SlideShare una empresa de Scribd logo
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
El costo por financiamiento es un costo que forma parte fundamental en
la elaboración de un precio unitario ya que es en donde se considera el
valor del dinero a través del tiempo, o lo que es lo mismo, el valor del
tiempo en el dinero, esto es, es el costo que la contratante debe pagar al
contratista por el recurso económico (dinero) que se necesita para
poder solventar los supuestos gastos generados en la ejecución de los
trabajos. Es representado por un porcentaje del costo directo más el
costo indirecto de una obra (costo de venta).
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
El costo por financiamiento es tan importante que de no hacerse su
cálculo adecuadamente en una licitación, podría significar, por un lado,
la pérdida de la utilidad propuesta e incluso la solvencia en el contrato; y
por otro lado, la participación en la licitación con una propuesta de
monto elevado.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
DEFINICIÓN
El RLOPSRM en su artículo 214 define el costo por financiamiento como
“Los gastos derivados por la inversión de recursos propios o contratados
que realice el contratista para dar cumplimiento al programa de
ejecución de los trabajos calendarizados y valorizados por periodos.”
Cabe señalar que los gastos mencionados se originan por el
correspondiente flujo de ingresos y egresos durante la vigencia del
contrato.
Los ingresos tal como lo señala el artículo 65 del RLOPSRM,
corresponderán a los anticipos otorgados al contratista durante el
ejercicio del contrato y del pago de las estimaciones, deduciendo la
amortización de los anticipos.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
El mismo artículo establece que los egresos corresponderán a la suma
de los costos directos e indirectos, siendo congruentes con el programa
de ejecución valorizado con montos mensuales. Se deberá considerar
además la retención por derechos conforme a la Ley Federal de
Derechos y otros que procedan. Deberán considerarse también los
anticipos a proveedores para la adquisición de insumos y en general,
cualquier otro gasto requerido según el programa de ejecución.
Es conveniente hacer notar que el Impuesto Sobre Nóminas no está
considerado en los costos directos ni indirectos; sin embargo, se causa
en el momento en que se realizan las erogaciones por el trabajo
personal subordinado y se pagan mediante declaración mensual, por lo
que su financiamiento al no estar considerado en la LOPSRM o su
Reglamento, obligan a que sea con cargo al contratista.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
ANTICIPO (Art. 31, 39) habrá obras cuyo plazo de ejecución esté
comprendido dentro de un solo ejercicio presupuestal el artículo 138
del RLOPSRM establece que el importe de los anticipos que se otorguen
con base en los contratos de obras o de servicios, será el que resulte de
aplicar el porcentaje señalado en la convocatoria a la licitación pública al
monto total de la proposición.
Cabe señalar que desde la convocatoria a la licitación pública se deben
establecer el o los porcentajes, la forma y términos de los anticipas que
es su caso se otorguen, así como el plazo de ejecución de los trabajos en
días naturales, indicando la fecha estimada de inicio, la cual deberá
constatarse en el contrato.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
El otorgamiento del anticipo podrá realizarse en una sola exhibición o en
varias parcialidades, debiendo señalarse tal cuestión en la convocatoria
a la licitación y en el contrato respectivo.
Previamente a la entrega del anticipo, el contratista deberá presentar al
Área responsable de la ejecución de los trabajos un programa en el que
se establezca la forma en que se aplicará dicho anticipo, lo cual deberá
precisarse en la convocatoria a la licitación pública y en el contrato. El
área mencionada deberá requerir al contratista la información
conforme a la cual se acredite el cumplimiento del citado programa; tal
requerimiento podrá realizarse en cualquier momento durante la
vigencia del contrato; sin embargo, conformé al artículo 141 del mismo
Reglamento indica que "cuando el contratista no ejerza el anticipo
otorgado en la forma pactada en el contrato y conforme al programa
referido, las dependencias y entidades no podrán exigirle cargo alguno “.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
Por otra parte, las dependencias y entidades podrán otorgar hasta un
treinta por ciento de la asignación presupuestaria aprobada al contrato
en el ejercicio de que se trate; sin embargo, cuando las condiciones de
los trabajos lo requieran, el porcentaje de anticipo podrá ser mayor, en
cuyo caso será necesaria la autorización escrita del titular de la
dependencia o entidad o de la persona en quien éste haya delegado tal
facultad.
En caso que las condiciones de los trabajos requieran que se otorgue un
anticipo superior al cincuenta por ciento de la asignación presupuestal
aprobada para el contrato, el Área responsable de la contratación
deberá informar a la Secretaría de la Función Pública, previamente a la
entrega del anticipo, señalando las razones que lo sustenten.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
En el caso de obras cuyo periodo de ejecución abarque más de un ejercicio
anual, el artículo 138 del Reglamento señala que el monto del anticipo se
obtendrá aplicando el porcentaje señalado en la convocatoria a
la licitación pública al monto total de la asignación presupuestal autorizada
para el contrato en el ejercicio de que se trate. En caso que los trabajos se
inicien en el último trimestre del primer ejercicio y el anticipo resulte
insuficiente, las dependencias o entidades podrán, bajo su responsabilidad,
otorgar como anticipo hasta el monto total de la asignación autorizada al
contrato respectivo durante el primer ejercicio, vigilando que se cuente con la
suficiencia presupuestaria para el pago de la obra por ejecutar en el ejercicio
de que se trate.
En ejercicios subsecuentes, la entrega del anticipo deberá hacerse dentro de
los tres meses siguientes al inicio de cada ejercicio, previa entrega de la
garantía correspondiente.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
El atraso por parte de la dependencia o entidad en la entrega de los
anticipos será motivo para ajustar el costo financiero pactado en el
contrato. Teniendo en cuenta que en ejercicios subsecuentes, la entrega
del anticipo deberá hacerse dentro de los tres meses siguientes al inicio
de cada ejercicio, previa entrega de la garantía correspondiente.
En cualquier caso, el importe del anticipo deberá ser considerado
obligatoriamente por los licitantes para la determinación del costo
financiero de su proposición.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
ESTIMACIONES
El artículo 2, fracción XIV del RLOPSRM define estimación como: "la
valuación de los trabajos ejecutados en un periodo determinado
presentada para autorización de pago, en la cual se aplican los precios,
valores o porcentajes establecidos en el contrato en atención a la
naturaleza y características del mismo, considerando, en
su caso, la amortización de los anticipos, los ajustes de costos, las
retenciones económicas, las penas convencionales y las deducciones; así
como, la valuación de los conceptos que permitan determinar el monto
de los gastos no recuperables. ".
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
El artículo 54 de la LOPSRM señala que las estimaciones de los trabajos
ejecutados se deberán formular con una periodicidad no mayor de un mes. El
contratista deberá presentarlas a la residencia de obra dentro de los seis días
naturales siguientes a la fecha de corte para el pago de las estimaciones que
hubiere fijado la dependencia o entidad en el contrato, acompañadas de la
documentación que acredite la procedencia de su pago; la residencia
de obra para realizar la revisión y autorización de las estimaciones contará con
un plazo no mayor de quince días naturales siguientes a su presentación. En el
supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no
puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, éstas se resolverán e
incorporarán en la siguiente estimación.
Las estimaciones por trabajos ejecutados deberán pagarse por parte de la
dependencia o entidad, bajo su responsabilidad, en un plazo no mayor a veinte
días naturales, contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por
la residencia de la obra de que se trate y que el contratista haya presentado la
factura correspondiente.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
DESCUENTOS Y RETENCIONES
Amortización de anticipo (art. 143 RLOPSRM).
El anticipo se amortizará del importe de cada estimación de trabajos
ejecutados que presente el contratista conforme al programa de
ejecución convenido; dicha amortización deberá ser proporcional al
porcentaje de anticipo otorgado, verificando se amortice en su totalidad
en el mismo periodo en que se otorgó.
En caso de que exista un saldo faltante por amortizar, éste deberá
liquidarse totalmente en la estimación final.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
a) Cuando los trabajos se realicen en un solo ejercicio, se considerará lo
siguiente:
1. El importe del anticipo otorgado en el ejercicio se amortizará en el mismo
periodo del ejercicio en que se otorgue;
2. Cuando en la estimación presentada no se logre amortizar el anticipo
conforme al importe previsto en el programa de ejecución convenido, por
causas imputables al contratista, dicho importe se sumará al que
corresponda amortizar en la siguiente estimación de acuerdo al
mencionado programa, y
3. Cuando por causas no imputables al contratista no se logre amortizar el
anticipo otorgado conforme a los importes establecidos en el programa de
ejecución convenido, la amortización del importe pendiente se
ajustará de acuerdo a la modificación de dicho programa.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
b) En el caso de que los trabajos se ejecuten en más de un ejercicio, se
atenderá a lo siguiente:
1. El importe del anticipo otorgado se amortizará en el mismo ejercicio
en que se otorgue;
2. Cuando no se logre amortizar el anticipo otorgado en el ejercicio por
causas imputables al contratista, el saldo pendiente por amortizar se
descontará del importe a otorgar como anticipo en el siguiente
ejercicio. En este supuesto, en las estimaciones correspondientes a
los trabajos atrasados que se presenten en el siguiente ejercicio, no
serán afectadas por concepto de amortización de anticipo. En el
caso de que no se amortice el anticipo otorgado en los ejercicios
subsecuentes se aplicará lo previsto en los párrafos anteriores del
presente numeral;
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
3. En caso de que el anticipo no se amortice en el ejercicio en que se
otorgue por causas no imputables al contratista, el saldo por
amortizar no se reintegrará en ese ejercicio y el anticipo previsto
para el siguiente se entregará cuando inicien los trabajos
programados para este último ejercicio. El porcentaje de la
amortización del anticipo en el siguiente ejercicio será el resultado
de dividir el anticipo no amortizado del ejercicio de que se trate,
más el anticipo concedido en el siguiente ejercicio, entre el importe
total de los trabajos a ejecutar en el siguiente ejercicio, conforme al
programa de ejecución convenido. En el caso previsto en el presente
numeral, el anticipo del siguiente ejercicio se entregará siempre y
cuando el contratista acredite haber aplicado el anticipo del ejercicio
anterior conforme al programa a que se refiere el tercer párrafo del
artículo 138 de este Reglamento.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
Inspección y vigilancia (Art. 191 de la Ley Federal de Derechos).
Por el servicio de vigilancia, inspección y control que las leyes de la
materia encomiendan a la Secretaría de la Función Pública, los
contratistas con quienes se celebren contratos de obra pública y de
servicios relacionados con la misma, pagarán un derecho equivalente al
cinco al millar sobre el importe de cada una de las estimaciones de
trabajo.
Las oficinas pagadoras de las dependencias de la administración pública
federal centralizada y paraestatal, al hacer el pago de las estimaciones
de obra, retendrán el importe del derecho a que se refiere el párrafo
anterior.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
Penas convencionales.
No son consideradas en este curso, ya que ellas se originan durante la
ejecución de los trabajos y no en la etapa de análisis de nuestra
propuesta económica a una licitación.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
FLUJO DE INGRESOS Y EGRESOS DURANTE LA. VIGENCIA DEL CONTRATO.
El artículo 127 del RLOPSRM establece que las cantidades de trabajos
presentadas en las estimaciones deberán corresponder a la secuencia y
tiempo previsto en el programa de ejecución convenido en el contrato,
en el cual deberán establecerse las fechas de corte.
Una vez analizados y calculados los importes de las estimaciones, las
dependencias y entidades deberán considerar para su pago los derechos
e impuestos que les sean aplicables, así como retener el importe de los
mismos, cuando corresponda, de conformidad con las disposiciones
fiscales aplicables (art. 128 del RLOPSRM).
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
COSTO POR FINANCIAMIENTO
Como ya se mencionó, para determinar el costo por financiamiento es
necesario deducir lo más aproximado posible, el flujo de efectivo (ingresos
menos egresos) que tendremos durante la ejecución de la obra; para ello, es
obligado considerar y en detalle el o los programas de ejecución de la obra en
base a su ruta crítica, además de los programas de egresos correspondientes a
erogaciones a costo directo por mano de obra, herramienta de mano,
equipo de seguridad personal, maquinaria, equipo y materiales y su
correspondiente costo indirecto.
Cabe recordar que el procedimiento para el análisis, cálculo e integración del
costo por financiamiento será fijado por cada dependencia o entidad, por lo
que a veces resulta tedioso y muchas otras confuso, lo que ha provocado
que las proposiciones de muchos licitantes sean desechadas durante su
evaluación económica. No obstante lo anterior, sin importar el procedimiento
es posible realizar su análisis y para el cual presentamos algunos ejemplos.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
Tasa de interés.
En el análisis del costo por financiamiento, los licitantes deberán fijar la tasa de
interés con base en un indicador económico específico, por ejemplo:
Certificados de la Tesorería (CETES, Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio
del Banco Nacional de México (TIIE), Costo Porcentual Promedio de Captación
(CPP), Tasa de Interés Interbancaria Promedio (TIIP) etcétera (tasa pasiva),
considerando en su caso los puntos que le requiera una institución crediticia
como sobrecosto por el crédito (tasa activa).
T = TP + i
en donde:
TP = Tasa Pasiva con referencia en un indicador económico.
i = Tasa o puntos que cobra la institución de crédito por diferentes conceptos.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
Dichos puntos deben ser los suficientes , considerando que la tasa de interés
que se determine sea justa tanto para el contratista como para la contratante,
ya que ésta será aplicará indistintamente a los sobrantes o faltantes de dinero
resultantes del flujo de efectivo.
Para determinar el costo real por financiamiento, es necesario considerar la
tasa pasiva para sobrantes de efectivo y tasa activa para faltantes, lo que
permite obtener una tasa de interés balanceada para el cálculo del
financiamiento.
Este análisis es trascendente, ya que el ajuste del costo por financiamiento se
realizará conforme al análisis original presentado por el contratista,
actualizando únicamente la tasa de interés respecto al indicador económico
específico.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
ANÁLISIS Y CÁLCULO DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO
Para el análisis, cálculo e integración del porcentaje del costo por
financiamiento, debemos considerar lo indicado en el artículo 216 del
RLOPSRM:
1. Que la calendarización de egresos esté acorde con el programa de
ejecución de los trabajos y el plazo indicado en la proposición del
contratista
2. Que el porcentaje del costo por financiamiento se obtenga de la diferencia
que resulte entre los ingresos y egresos, afectado por la tasa de interés
propuesta por el contratista, y dividida entre el costo directo más los
costos indirectos.
3. Que se integre por los siguientes ingresos:
a) Los anticipos que se otorgarán al contratista durante el ejercicio del contrato.
b) El importe de las estimaciones a presentar, considerando los plazos de
formulación, aprobación, trámite y pago, deduciendo la amortización de los
anticipas concedidos.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
4. Que se integre por los siguientes egresos:
a) Los gastos que impliquen los costos directos e indirectos.
b) Los anticipos para compra de maquinaria o equipo e instrumentos de
instalación permanente que en su caso se requieran.
c) En general, cualquier otro gasto requerido según el programa de ejecución.
Asimismo el artículo 214 del Reglamento indica que el costo por
financiamiento deberá estar representado por un porcentaje de la suma
de los costos directos e indirectos.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
En el cual se expresa que el costo por financiamiento (F) es el porcentaje que
se obtiene de dividir la sumatoria total de los productos y gastos financieros
(ΣG) que el contratista tiene que hacer para poder cumplir con el programa
calendarizado de trabajos entre la sumatoria total de los costos directos más
indirectos del mismo (Σ(CD+CI)), mediante la siguiente expresión:
en donde:
F= Costo por Financiamiento.
ΣG = Todos los gastos financieros del contratista para poder cumplir con el
programa de ejecución de los trabajos.
Σ(CD+CI) = Sumatoria total de los Costos Directos más los Costos Indirectos de
la obra o Costo de Venta.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
El cálculo de la sumatoria de todos los gastos financieros (ΣG) se obtendrá de la
diferencia que resulte de los ingresos y egresos, afectado por la tasa de interés
propuesta por el contratista (tasa pasiva) por tanto:
en donde:
Ij = Ingresos acumulados en el periodo (j).
Ej = Egresos acumulados en el periodo (j).
T = Tasa de Interés por periodo.
j = Periodo.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
INTERPRETACIÓN DEL FACTOR POR FINANCIAMIENTO
No es ocioso instruirlo para que cuide de realizar de manera correcta la
interpretación del factor resultante del costo por financiamiento.
En la vida profesional he encontrado licitantes que no saben
interpretarlo. Olvídese si el factor por financia miento presenta signo
positivo o negativo, ello es relativo. Preocúpese mejor por saber
interpretar el resultado.
Que sucede si la contratante nos otorga uno o varios anticipos y aun
considerándolos, el flujo de efectivo señala falta de liquidez para hacer
frente al gasto corriente de obra (materiales, mano de obra, maquinaria
y equipo y sus correspondientes costos indirectos). Es necesario
financiar, sea que tengamos recursos propios o requiramos de
un tercero un préstamo; es decir, tendremos un gasto financiero.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
Por el contrario, qué sucede si el flujo de efectivo nos indica que lejos de
requerir de financiamiento se tiene un beneficio económico, por ejemplo, el
monto del anticipo que nos fue concedido puede ser mayor al necesario para
la ejecución de los trabajos, lo que generará un interés bancario. Este producto
financiero recibido no es propiedad del contratista, ya que el recurso es
propiedad de la contratante, por tanto es dinero que debemos entregar a ésta.
Muchas veces sucede que al no saber interpretarlo, deciden reflejar en cero el
cálculo por financiamiento o bien incluso, renuncian al "costo" por
financiamiento. Esto es causa de desecho de su proposición. En primer lugar,
no se trata de un costo, gasto o erogación por parte de nosotros y que
tendríamos que recuperar a través del factor por financiamiento, por el
contrario, se trata de una ganancia o producto económico debido al exceso de
ingreso respecto al programa de erogaciones que a su vez está en función del
programa de ejecución propuesto por el licitante.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
EVALUACIÓN ECONÓMICA DEL COSTO FINANCIERO
El artículo 65 del RLOPSRM señala que para la evaluación económica de
las proposiciones bajo el mecanismo binario se deberá verificar, entre
otros que el análisis, cálculo e integración del costo financiero se haya
determinado considerando lo siguiente:
a) Que los ingresos por concepto del o los anticipas que le serán
otorgados al contratista, durante el ejercicio del contrato y del pago
de las estimaciones, consideren la periodicidad y su plazo de trámite
y pago, deduciendo del monto de las estimaciones la amortización
de los anticipos.
b) Que el costo del financiamiento esté representado por un
porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos.
EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
c) Que la tasa de interés aplicable esté definida con base en un
indicador económico específico.
d) Que el costo del financiamiento sea congruente con el programa de
ejecución valorizado con montos mensuales.
e) Que la mecánica para el análisis y cálculo del costo por
financiamiento empleada por el licitante sea congruente
con lo que se establezca en la convocatoria a la licitación pública.
DETERMINACIÓN DE CARGOS POR UTILIDAD Y CARGOS ADICIONALES
CARGO POR UTILIDAD
El artículo 219 del Reglamento señala que "El cargo por utilidad es la
ganancia que recibe el contratista por la ejecución del concepto de
trabajo; será fijado por el propio contratista y estará representado por
un porcentaje sobre la suma de los costos directos, indirectos y de
financiamiento. Para el cálculo del cargo por utilidad se considerará el
impuesto sobre la renta y la participación de los trabajadores en las
utilidades de las empresas a cargo del contratista."
DETERMINACIÓN DE CARGOS POR UTILIDAD Y CARGOS ADICIONALES
CARGOS ADICIONALES
Los cargos adicionales son las erogaciones que debe realizar el contratista, por
estar convenidas como obligaciones adicionales que se aplican después de la
utilidad del precio unitario porque derivan de un impuesto o derecho que se
cause con motivo de la ejecución de los trabajos y que no forman parte de los
costos directos, indirectos y por financiamiento, ni del cargo por utilidad.
Únicamente quedarán incluidos en los cargos adicionales aquéllos que deriven
de ordenamientos legales aplicables o de disposiciones administrativas que
emitan autoridades competentes en la materia, como derechos e impuestos
locales y federales y gastos de inspección y supervisión.
Los cargos adicionales deberán incluirse al precio unitario después de la
utilidad y solamente serán ajustados cuando las disposiciones legales que les
dieron origen establezcan un incremento o decremento para los mismos
FACTOR DE SOBRECOSTO
A lo largo del curso hemos aprendido a analizar y calcular los costos
directos que intervienen en un concepto de trabajo por el uso de
materiales, maquinaria, equipo y mano de obra, incluyendo el uso de
herramienta de mano y equipo de seguridad.
Somos capaces de determinar los costos indirectos que debemos
considerar en nuestra propuesta económica, tanto de obra como de
oficina central.
Hemos aprendido a calcular una tasa única de interés que compensa
tanto la tasa pasiva como activa y con ello el análisis, cálculo e
interpretación del cargo por financiamiento.
Sabemos que el cargo por utilidad es fijada por el contratista desde la
licitación y que ésta debe considerar la participación de los trabajadores
en la utilidad de la empresa y el impuesto sobre la renta.
FACTOR DE SOBRECOSTO
Nuestra capacidad de análisis nos permite considerar en los cargos
adicionales, no solo los gastos por inspección, vigilancia y supervisión;
sino también de cualquier impuesto o derecho que se cause siempre
que deriven de ordenamientos legales.
En cuestión de números, podemos englobar lo anterior en un solo
factor, el cual nos permitirá determinar el precio unitario (precio de
venta) de cualquier concepto de trabajo que se tenga a costo directo.
Es de gran utilidad el calcular este Factor de Sobrecosto ya que para
determinar el costo por financiamiento, requerimos conocer el precio
de venta de nuestra propuesta, pero ésta a su vez está en función del
financiamiento; es decir, se trata de una función implícita. Para
resolverla, es necesario realizar iteraciones que propongan un precio de
venta, lo cual modificará el costo por financiamiento, arrojando un
nuevo precio de venta. Cada iteración nos acerca a un único valor o
precio de venta; es decir, converge y resulta único.
PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO
En la actualidad el cálculo del costo por financiamiento se lleva a cabo
por medio del flujo de efectivo o de caja correspondiente a la propuesta
del contratista. El costo por financiamiento es un factor sobre los cargos
directos más indirectos que representa el cargo equivalente a los
intereses del capital invertido en la obra durante el tiempo que tarda la
Dependencia o Entidad en dar revolvencia a ese capital invertido por el
contratista. En otras palabras, “el costo por financiamiento deberá estar
representado por un porcentaje de la suma de costos directos e
indirectos y corresponderá a los gastos derivados por la inversión de
recursos propios o contratados que realice el contratista en costos
directos, indirectos, anticipos y en general cualquier gasto requerido
según programa de construcción.”
PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO
Las variables del costo por financiamiento son:
1. Periodo de Estimaciones (PE),
2. Periodo de Pago (PP),
3. Porcentaje de Anticipo (A),
4. Costo Directo de la Obra (CD),
5. Factor de Sobrecosto Supuesto Inicial (FSC1), para así obtener un precio de venta
(PV),
6. Porcentaje de Indirectos de Operación (IO),
7. Porcentaje de Indirectos de Campo (IC), para así obtener un costo de venta
(CV = Costo Directo + Costo Indirecto = CD * (1+ IO/100 + IC/100)),
8. Tasa de Interés (T).
De las variables mencionadas anteriormente el periodo de estimaciones, el periodo de
pago y el porcentaje de anticipo, son designadas por la dependencia o entidad
mientras que todas las demás son propuestas por la contratista.
PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO
Antes de entrar en detalle del procedimiento de cálculo del costo por
financiamiento, es importante mencionar que el cálculo del factor de
sobrecosto final de la propuesta del contratista se lleva a cabo
“mediante aproximaciones sucesivas, ya que para determinar el
financiamiento se hace necesario suponer el precio de venta y la
utilidad. En términos generales a la segunda o tercera tentativa se logra
la determinación del FSC correcto. Es una secuencia cíclica (iteraciones)
en la cual interviene el costo por financiamiento por lo que se tiene que
suponer primero un factor de sobrecosto inicial (FSC1), y así obtener un
costo por financiamiento y poder, consecuentemente, calcular la
utilidad y cargos adicionales de la propuesta obteniendo con ello el
factor de sobrecosto final (FSC2), el cual, sustituirá nuevamente al factor
de sobrecosto inicial (FSC1) y continuar con el ciclo hasta que se igualen
los factores de sobrecosto final e inicial.
PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO
El procedimiento de cálculo del costo por financiamiento se divide en seis
partes diferentes:
1. Producción o ejecución por periodo, éste tiene que coincidir con el
programa calendarizado de ejecución de los trabajos de la propuesta
económica, en otras palabras es el programa de estimaciones a precio de
venta.
2. Ingresos por periodo (Ij), en éste se tienen que considerar el o los
anticipos, cuando los haya, y los mismos montos de las estimaciones del
punto anterior pero tomando en cuenta el traslado en tiempo que produce
el periodo de pago de las estimaciones, las amortizaciones del anticipo, en
su caso, y los cargos o deducciones de las estimaciones (Secretaría de la
Función Pública, Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, etc.).
En este punto se obtendrán los ingresos acumulados.
PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO
3. Egresos o gastos por periodo (Ej), éstos deben ser a costo de venta y
debe corresponder con un programa de egresos en el que se
consideren los anticipos de compras de materiales preponderantes y
equipos de instalación permanente a juicio del contratista y
basándose en los programas calendarizados de suministro,
adquisición y ejecución de la propuesta económica. En este punto se
obtendrán los egresos acumulados.
4. Diferencias acumuladas por periodo (Ij - Ej), diferencia entre los
ingresos acumulados y los egresos acumulados, por lo tanto, se le
llamará producto cuando la diferencia sea positiva y gasto cuando la
diferencia sea negativa.
PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO
5. Productos y gastos financieros, aquí se obtendrán los productos y/o
gastos financieros mediante la aplicación de la tasa de interés
correspondiente a las diferencias acumuladas por periodo, cabe
mencionar que la tasa permanecerá constante, por lo que se tendrá
que aplicar la misma para los productos y gastos financieros,
debiendo ser tasa pasiva para los productos financieros y tasa activa
para los gastos financieros.
6. Costo por financiamiento (F), esto es la razón de dividir el total de
gastos financieros entre el costo de venta de la obra.
PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO
Los valores de las variables que se toman como caso base para este
trabajo de investigación son las siguientes:
PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO
A continuación se presenta el cálculo del costo por financiamiento del
caso que se ha tomado como base y que para efectos de simplicidad,
sólo se ha considerado como descuentos las amortizaciones del anticipo
y no se están considerando otras deducciones como por ejemplo pago a
la Secretaría de la Función Pública, Cámara Mexicana de la Industria de
la Construcción, etc.
AJUSTE DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO
Como se pudo observar, en el punto anterior en el que se expone el
procedimiento del cálculo del costo por financiamiento, la tasa de interés que
se aplica a las diferencias entre los ingresos acumulados y los egresos
acumulados, es la tasa activa, ya que es la que aplica cuando hay un evento de
financiamiento entre dos partes y la que presta el dinero cobra por éste una
tasa activa muy cercana a la que rija en ese momento en las instituciones
bancarias o de crédito y que por ley debe permanecer constante para todo el
cálculo. Pero hacer el cálculo de esta manera lleva implícito un error ya que
cuando en el proceso de cálculo en la diferencia entre ingreso acumulado y
egreso acumulado sea positivo, o sea, el ingreso acumulado es mayor que el
egreso acumulado en el periodo, esto significa que el saldo para este periodo
es a favor y por lo tanto a dicho saldo se le debe aplicar una tasa pasiva
haciendo con esto un producto financiero. En cambio cuando la diferencia
entre el ingreso acumulado y el egreso acumulado en el periodo sea negativa,
o sea, el ingreso acumulado es menor que el egreso acumulado en el periodo,
esto significa que el saldo para este periodo es en contra y por lo tanto se le
debe aplicar a dicho saldo la tasa activa ya que en este periodo se está
financiando con esta cantidad a la obra, produciendo con esto un gasto
financiero para el contratista.
AJUSTE DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO
El costo por financiamiento se calcula mediante el flujo de efectivo,
como se mencionó anteriormente y que por ley, se aplica sólo una tasa
de interés indistintamente tanto al producto como al gasto financiero, la
cual, se referencia Por lo que es necesario, para ser más justos en el
cálculo y si se quiere ser más competitivos y no estar en desventajas en
una licitación, desde el punto de vista de un licitante, hacer un ajuste del
costo por financiamiento en su cálculo para cumplir con el requisito
legal que limita el uso de la tasa de interés a una sola y con el objetivo
de participar con un costo por financiamiento que se acerque más a la
realidad que el que se usaría al aplicar la tasa activa como se mostró en
el punto anterior.
Es importante señalar que lo que realmente se ajusta no es el costo por
financiamiento sino la tasa de interés que se aplica a las diferencias
entre los ingresos acumulados y los egresos acumulados por periodo.
AJUSTE DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO
1.- Se realiza el cálculo del costo por financiamiento real por el método
del flujo de efectivo aplicando una tasa pasiva a las diferencias positivas
entre el ingreso acumulado y el egreso acumulado, produciendo con
esto productos financieros y aplicando una tasa activa a las diferencias
negativas entre ingreso acumulado y el egreso acumulado, produciendo
con esto gastos financieros obteniendo así un costo por financiamiento
real, (Freal).
2.- Se calcula el total de los gastos financieros que se deberían tener
para obtener el costo por financiamiento real.
AJUSTE DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO
AJUSTE DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO
3.- Como ya se tiene los gatos financieros real, de la ecuación (2), se
calcula la tasa de interés ajustada.
AJUSTE DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO
4.- Ya calculada la Tasa de Interés Ajustada se realiza ahora el cálculo del
costo por financiamiento de concurso, mismo que contendrá sólo una
tasa de interés.
Todo esto se hace mucho más accesible y práctico actualmente con el so
de las hojas de cálculo en las computadoras u ordenadores.
A continuación se presenta como ejemplo el procedimiento de ajuste
del costo por financiamiento del caso base para su mayor ilustración:
Procedimiento de Ajuste de la Tasa de Interés
1.- Se realiza el cálculo del costo por financiamiento real por el método
del flujo de efectivo aplicando una tasa pasiva a las diferencias positivas
entre el ingreso acumulado y el egreso acumulado, produciendo con
esto productos financieros y aplicando una tasa activa a las diferencias
negativas entre ingreso acumulado y el egreso acumulado, produciendo
con esto gastos financieros obteniendo así un costo por financiamiento
real, (Freal).
Procedimiento de Ajuste de la Tasa de Interés
2.- Se calcula el total de los gastos financieros que se deberían tener
para obtener el costo por financiamiento real.
Procedimiento de Ajuste de la Tasa de Interés
3.- Como ya se tiene los gatos financieros real se calcula la tasa de
interés ajustada.
Procedimiento de Ajuste de la Tasa de Interés
4.- Ya calculada la Tasa de Interés Ajustada se realiza ahora el cálculo del
costo por financiamiento de concurso, mismo que contendrá sólo una
tasa de interés (tasa de interés del concurso).
Fuentes:
• Metodología en el Desarrollo de Concursos de Obra Pública Federal.
Suárez Salazar C.
• Ley de Obra Publica y Servicios Relacionados con las Mismas
• Reglamento de la Ley de Obra Publica y Servicios Relacionados con
las Mismas
• Catedra del Ing. Oscar Monter UAM-Azc.

Más contenido relacionado

Similar a 362731240-Costo-Por-Financiamiento.pptx

Reg_134_18.03.2020.doc
Reg_134_18.03.2020.docReg_134_18.03.2020.doc
Reg_134_18.03.2020.doc
Liz Arce
 
REAJUSTE DE PRECIOS EN LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE OBRA PUBLICA PACTADOS...
REAJUSTE DE PRECIOS EN LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE OBRA PUBLICA PACTADOS...REAJUSTE DE PRECIOS EN LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE OBRA PUBLICA PACTADOS...
REAJUSTE DE PRECIOS EN LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE OBRA PUBLICA PACTADOS...
p39961945
 
Financiamiento
FinanciamientoFinanciamiento
Financiamiento
Lucio Santos
 
Nic 11
Nic 11Nic 11
Nic 11
Karen Quispe
 
Caso practico
Caso practicoCaso practico
Modulo3
Modulo3Modulo3
Modulo3
cefic
 
Esp. gral. administración delegada
Esp. gral. administración delegadaEsp. gral. administración delegada
Esp. gral. administración delegada
jnicolers
 
7 FIANZAS Y GARANTIAS.pdf
7 FIANZAS Y GARANTIAS.pdf7 FIANZAS Y GARANTIAS.pdf
7 FIANZAS Y GARANTIAS.pdf
Karina935521
 
LIQUIDACION DE OBRAS POR CONTRATA Y ADMINISTRACION DIRECTA (Módulo N°6).pdf
LIQUIDACION DE OBRAS POR CONTRATA Y ADMINISTRACION DIRECTA (Módulo N°6).pdfLIQUIDACION DE OBRAS POR CONTRATA Y ADMINISTRACION DIRECTA (Módulo N°6).pdf
LIQUIDACION DE OBRAS POR CONTRATA Y ADMINISTRACION DIRECTA (Módulo N°6).pdf
KarenGrajeda3
 
Para blogger
Para bloggerPara blogger
Para blogger
Cauvi Astete
 
Ejecución de la garantía por adelanto directo en los contratos de obra
Ejecución de la garantía por adelanto directo en los contratos de obraEjecución de la garantía por adelanto directo en los contratos de obra
Ejecución de la garantía por adelanto directo en los contratos de obra
Cauvi Astete
 
Gaceta oficial5096 d 1417
Gaceta oficial5096 d 1417Gaceta oficial5096 d 1417
Gaceta oficial5096 d 1417
kracso
 
Con28 contrato compraventa_vivienda
Con28 contrato compraventa_viviendaCon28 contrato compraventa_vivienda
Con28 contrato compraventa_vivienda
ClubdelasesorIntersoft
 
Reg 041 22.03.2016
Reg 041 22.03.2016Reg 041 22.03.2016
Reg 041 22.03.2016
Marco Antonio Zuta Ripa
 
Presentacion de Trabajo de Campo_GRUPO N 02.pptx
Presentacion de Trabajo de Campo_GRUPO N 02.pptxPresentacion de Trabajo de Campo_GRUPO N 02.pptx
Presentacion de Trabajo de Campo_GRUPO N 02.pptx
Erick Roncal
 
Valorización y liquidación de proyectos.pptx
Valorización y liquidación de proyectos.pptxValorización y liquidación de proyectos.pptx
Valorización y liquidación de proyectos.pptx
MAHLIMISTRALTREBEJOC
 
Contrato de Obra Machote (Edificio medico).docx
Contrato de Obra Machote (Edificio medico).docxContrato de Obra Machote (Edificio medico).docx
Contrato de Obra Machote (Edificio medico).docx
RicardoYam8
 
Contratos de obras por ivo gonzalez 27.837.368
Contratos de obras por ivo gonzalez 27.837.368Contratos de obras por ivo gonzalez 27.837.368
Contratos de obras por ivo gonzalez 27.837.368
IvoGonzalez2
 
Presentacion adm contratos en obras
Presentacion adm contratos en obrasPresentacion adm contratos en obras
Presentacion adm contratos en obras
MarisolVizuete
 
Controlde estimaciones
Controlde estimacionesControlde estimaciones
Controlde estimaciones
Issis Espinosa
 

Similar a 362731240-Costo-Por-Financiamiento.pptx (20)

Reg_134_18.03.2020.doc
Reg_134_18.03.2020.docReg_134_18.03.2020.doc
Reg_134_18.03.2020.doc
 
REAJUSTE DE PRECIOS EN LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE OBRA PUBLICA PACTADOS...
REAJUSTE DE PRECIOS EN LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE OBRA PUBLICA PACTADOS...REAJUSTE DE PRECIOS EN LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE OBRA PUBLICA PACTADOS...
REAJUSTE DE PRECIOS EN LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE OBRA PUBLICA PACTADOS...
 
Financiamiento
FinanciamientoFinanciamiento
Financiamiento
 
Nic 11
Nic 11Nic 11
Nic 11
 
Caso practico
Caso practicoCaso practico
Caso practico
 
Modulo3
Modulo3Modulo3
Modulo3
 
Esp. gral. administración delegada
Esp. gral. administración delegadaEsp. gral. administración delegada
Esp. gral. administración delegada
 
7 FIANZAS Y GARANTIAS.pdf
7 FIANZAS Y GARANTIAS.pdf7 FIANZAS Y GARANTIAS.pdf
7 FIANZAS Y GARANTIAS.pdf
 
LIQUIDACION DE OBRAS POR CONTRATA Y ADMINISTRACION DIRECTA (Módulo N°6).pdf
LIQUIDACION DE OBRAS POR CONTRATA Y ADMINISTRACION DIRECTA (Módulo N°6).pdfLIQUIDACION DE OBRAS POR CONTRATA Y ADMINISTRACION DIRECTA (Módulo N°6).pdf
LIQUIDACION DE OBRAS POR CONTRATA Y ADMINISTRACION DIRECTA (Módulo N°6).pdf
 
Para blogger
Para bloggerPara blogger
Para blogger
 
Ejecución de la garantía por adelanto directo en los contratos de obra
Ejecución de la garantía por adelanto directo en los contratos de obraEjecución de la garantía por adelanto directo en los contratos de obra
Ejecución de la garantía por adelanto directo en los contratos de obra
 
Gaceta oficial5096 d 1417
Gaceta oficial5096 d 1417Gaceta oficial5096 d 1417
Gaceta oficial5096 d 1417
 
Con28 contrato compraventa_vivienda
Con28 contrato compraventa_viviendaCon28 contrato compraventa_vivienda
Con28 contrato compraventa_vivienda
 
Reg 041 22.03.2016
Reg 041 22.03.2016Reg 041 22.03.2016
Reg 041 22.03.2016
 
Presentacion de Trabajo de Campo_GRUPO N 02.pptx
Presentacion de Trabajo de Campo_GRUPO N 02.pptxPresentacion de Trabajo de Campo_GRUPO N 02.pptx
Presentacion de Trabajo de Campo_GRUPO N 02.pptx
 
Valorización y liquidación de proyectos.pptx
Valorización y liquidación de proyectos.pptxValorización y liquidación de proyectos.pptx
Valorización y liquidación de proyectos.pptx
 
Contrato de Obra Machote (Edificio medico).docx
Contrato de Obra Machote (Edificio medico).docxContrato de Obra Machote (Edificio medico).docx
Contrato de Obra Machote (Edificio medico).docx
 
Contratos de obras por ivo gonzalez 27.837.368
Contratos de obras por ivo gonzalez 27.837.368Contratos de obras por ivo gonzalez 27.837.368
Contratos de obras por ivo gonzalez 27.837.368
 
Presentacion adm contratos en obras
Presentacion adm contratos en obrasPresentacion adm contratos en obras
Presentacion adm contratos en obras
 
Controlde estimaciones
Controlde estimacionesControlde estimaciones
Controlde estimaciones
 

Último

INVENTARIO CEROO Y DINAMICAA FABRIL.pptx
INVENTARIO CEROO Y DINAMICAA FABRIL.pptxINVENTARIO CEROO Y DINAMICAA FABRIL.pptx
INVENTARIO CEROO Y DINAMICAA FABRIL.pptx
FernandoRodrigoEscal
 
PRACTICA 2 EDAFOLOGÍA TEXTURA DEL SUELO.pptx
PRACTICA 2 EDAFOLOGÍA TEXTURA DEL SUELO.pptxPRACTICA 2 EDAFOLOGÍA TEXTURA DEL SUELO.pptx
PRACTICA 2 EDAFOLOGÍA TEXTURA DEL SUELO.pptx
ANGELJOELSILVAPINZN
 
Infografía de operaciones básicas....pdf
Infografía de operaciones básicas....pdfInfografía de operaciones básicas....pdf
Infografía de operaciones básicas....pdf
jahirrtorresa
 
Informe Municipal provincial de la ciudad de Tacna
Informe Municipal provincial de la ciudad de TacnaInforme Municipal provincial de la ciudad de Tacna
Informe Municipal provincial de la ciudad de Tacna
BrusCiriloPintoApaza
 
PRIMERA Y SEGUNDA LEY DE LA TERMODINÁMICA
PRIMERA Y SEGUNDA LEY DE LA TERMODINÁMICAPRIMERA Y SEGUNDA LEY DE LA TERMODINÁMICA
PRIMERA Y SEGUNDA LEY DE LA TERMODINÁMICA
carmenquintana18
 
DIAGRAMA DE FLUJO DE ALGORITMO .......
DIAGRAMA DE FLUJO  DE  ALGORITMO .......DIAGRAMA DE FLUJO  DE  ALGORITMO .......
DIAGRAMA DE FLUJO DE ALGORITMO .......
taniarivera1015tvr
 
Cargas de Cálculos Estructurales de un Puente
Cargas de Cálculos Estructurales de un PuenteCargas de Cálculos Estructurales de un Puente
Cargas de Cálculos Estructurales de un Puente
jemifermelgarejoaran1
 
SLIDEHARE.docx..........................
SLIDEHARE.docx..........................SLIDEHARE.docx..........................
SLIDEHARE.docx..........................
azulsarase
 
Sesión 03 universidad cesar vallejo 2024
Sesión 03 universidad cesar vallejo 2024Sesión 03 universidad cesar vallejo 2024
Sesión 03 universidad cesar vallejo 2024
FantasticVideo1
 
tintura-de-fibras-celulc3b3sicas-con-colorantes-reactivos-ii (1).pdf
tintura-de-fibras-celulc3b3sicas-con-colorantes-reactivos-ii (1).pdftintura-de-fibras-celulc3b3sicas-con-colorantes-reactivos-ii (1).pdf
tintura-de-fibras-celulc3b3sicas-con-colorantes-reactivos-ii (1).pdf
MishelBautista4
 
Kit del Analisis y Visualizacion de Datos.pdf
Kit del Analisis y Visualizacion de Datos.pdfKit del Analisis y Visualizacion de Datos.pdf
Kit del Analisis y Visualizacion de Datos.pdf
OMORDO
 
Calculo-de-Camaras-Frigorificas.pdf para trabajos
Calculo-de-Camaras-Frigorificas.pdf para trabajosCalculo-de-Camaras-Frigorificas.pdf para trabajos
Calculo-de-Camaras-Frigorificas.pdf para trabajos
JuanCarlos695207
 
Estilo Arquitectónico Ecléctico e Histórico, Roberto de la Roche.pdf
Estilo Arquitectónico Ecléctico e Histórico, Roberto de la Roche.pdfEstilo Arquitectónico Ecléctico e Histórico, Roberto de la Roche.pdf
Estilo Arquitectónico Ecléctico e Histórico, Roberto de la Roche.pdf
ElisaLen4
 
Presentación- de motor a combustión -diesel.pptx
Presentación- de motor a combustión -diesel.pptxPresentación- de motor a combustión -diesel.pptx
Presentación- de motor a combustión -diesel.pptx
ronnyrocha223
 
Presentación transferencia de calor Jesus Morales.pdf
Presentación transferencia de calor Jesus Morales.pdfPresentación transferencia de calor Jesus Morales.pdf
Presentación transferencia de calor Jesus Morales.pdf
jdcumarem02
 
DIAGRAMA DE FLUJO DE ALGORITMO......
DIAGRAMA DE FLUJO   DE   ALGORITMO......DIAGRAMA DE FLUJO   DE   ALGORITMO......
DIAGRAMA DE FLUJO DE ALGORITMO......
taniarivera1015tvr
 
PRINCIPALES CARACTERISTICAS DE EL PH.pptx
PRINCIPALES CARACTERISTICAS DE EL PH.pptxPRINCIPALES CARACTERISTICAS DE EL PH.pptx
PRINCIPALES CARACTERISTICAS DE EL PH.pptx
MONICADELROCIOMUNZON1
 
CURSO FINAL CONMINUCION-CHANCADO Y MOLIENDA
CURSO FINAL CONMINUCION-CHANCADO Y MOLIENDACURSO FINAL CONMINUCION-CHANCADO Y MOLIENDA
CURSO FINAL CONMINUCION-CHANCADO Y MOLIENDA
KruggerCossio1
 
TIA portal Bloques PLC Siemens______.pdf
TIA portal Bloques PLC Siemens______.pdfTIA portal Bloques PLC Siemens______.pdf
TIA portal Bloques PLC Siemens______.pdf
ArmandoSarco
 
PRESENTACION TRANSFERENCIA FABIAN ALVAREZ.pdf
PRESENTACION TRANSFERENCIA FABIAN ALVAREZ.pdfPRESENTACION TRANSFERENCIA FABIAN ALVAREZ.pdf
PRESENTACION TRANSFERENCIA FABIAN ALVAREZ.pdf
fabian28735081
 

Último (20)

INVENTARIO CEROO Y DINAMICAA FABRIL.pptx
INVENTARIO CEROO Y DINAMICAA FABRIL.pptxINVENTARIO CEROO Y DINAMICAA FABRIL.pptx
INVENTARIO CEROO Y DINAMICAA FABRIL.pptx
 
PRACTICA 2 EDAFOLOGÍA TEXTURA DEL SUELO.pptx
PRACTICA 2 EDAFOLOGÍA TEXTURA DEL SUELO.pptxPRACTICA 2 EDAFOLOGÍA TEXTURA DEL SUELO.pptx
PRACTICA 2 EDAFOLOGÍA TEXTURA DEL SUELO.pptx
 
Infografía de operaciones básicas....pdf
Infografía de operaciones básicas....pdfInfografía de operaciones básicas....pdf
Infografía de operaciones básicas....pdf
 
Informe Municipal provincial de la ciudad de Tacna
Informe Municipal provincial de la ciudad de TacnaInforme Municipal provincial de la ciudad de Tacna
Informe Municipal provincial de la ciudad de Tacna
 
PRIMERA Y SEGUNDA LEY DE LA TERMODINÁMICA
PRIMERA Y SEGUNDA LEY DE LA TERMODINÁMICAPRIMERA Y SEGUNDA LEY DE LA TERMODINÁMICA
PRIMERA Y SEGUNDA LEY DE LA TERMODINÁMICA
 
DIAGRAMA DE FLUJO DE ALGORITMO .......
DIAGRAMA DE FLUJO  DE  ALGORITMO .......DIAGRAMA DE FLUJO  DE  ALGORITMO .......
DIAGRAMA DE FLUJO DE ALGORITMO .......
 
Cargas de Cálculos Estructurales de un Puente
Cargas de Cálculos Estructurales de un PuenteCargas de Cálculos Estructurales de un Puente
Cargas de Cálculos Estructurales de un Puente
 
SLIDEHARE.docx..........................
SLIDEHARE.docx..........................SLIDEHARE.docx..........................
SLIDEHARE.docx..........................
 
Sesión 03 universidad cesar vallejo 2024
Sesión 03 universidad cesar vallejo 2024Sesión 03 universidad cesar vallejo 2024
Sesión 03 universidad cesar vallejo 2024
 
tintura-de-fibras-celulc3b3sicas-con-colorantes-reactivos-ii (1).pdf
tintura-de-fibras-celulc3b3sicas-con-colorantes-reactivos-ii (1).pdftintura-de-fibras-celulc3b3sicas-con-colorantes-reactivos-ii (1).pdf
tintura-de-fibras-celulc3b3sicas-con-colorantes-reactivos-ii (1).pdf
 
Kit del Analisis y Visualizacion de Datos.pdf
Kit del Analisis y Visualizacion de Datos.pdfKit del Analisis y Visualizacion de Datos.pdf
Kit del Analisis y Visualizacion de Datos.pdf
 
Calculo-de-Camaras-Frigorificas.pdf para trabajos
Calculo-de-Camaras-Frigorificas.pdf para trabajosCalculo-de-Camaras-Frigorificas.pdf para trabajos
Calculo-de-Camaras-Frigorificas.pdf para trabajos
 
Estilo Arquitectónico Ecléctico e Histórico, Roberto de la Roche.pdf
Estilo Arquitectónico Ecléctico e Histórico, Roberto de la Roche.pdfEstilo Arquitectónico Ecléctico e Histórico, Roberto de la Roche.pdf
Estilo Arquitectónico Ecléctico e Histórico, Roberto de la Roche.pdf
 
Presentación- de motor a combustión -diesel.pptx
Presentación- de motor a combustión -diesel.pptxPresentación- de motor a combustión -diesel.pptx
Presentación- de motor a combustión -diesel.pptx
 
Presentación transferencia de calor Jesus Morales.pdf
Presentación transferencia de calor Jesus Morales.pdfPresentación transferencia de calor Jesus Morales.pdf
Presentación transferencia de calor Jesus Morales.pdf
 
DIAGRAMA DE FLUJO DE ALGORITMO......
DIAGRAMA DE FLUJO   DE   ALGORITMO......DIAGRAMA DE FLUJO   DE   ALGORITMO......
DIAGRAMA DE FLUJO DE ALGORITMO......
 
PRINCIPALES CARACTERISTICAS DE EL PH.pptx
PRINCIPALES CARACTERISTICAS DE EL PH.pptxPRINCIPALES CARACTERISTICAS DE EL PH.pptx
PRINCIPALES CARACTERISTICAS DE EL PH.pptx
 
CURSO FINAL CONMINUCION-CHANCADO Y MOLIENDA
CURSO FINAL CONMINUCION-CHANCADO Y MOLIENDACURSO FINAL CONMINUCION-CHANCADO Y MOLIENDA
CURSO FINAL CONMINUCION-CHANCADO Y MOLIENDA
 
TIA portal Bloques PLC Siemens______.pdf
TIA portal Bloques PLC Siemens______.pdfTIA portal Bloques PLC Siemens______.pdf
TIA portal Bloques PLC Siemens______.pdf
 
PRESENTACION TRANSFERENCIA FABIAN ALVAREZ.pdf
PRESENTACION TRANSFERENCIA FABIAN ALVAREZ.pdfPRESENTACION TRANSFERENCIA FABIAN ALVAREZ.pdf
PRESENTACION TRANSFERENCIA FABIAN ALVAREZ.pdf
 

362731240-Costo-Por-Financiamiento.pptx

  • 1. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO
  • 2. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO El costo por financiamiento es un costo que forma parte fundamental en la elaboración de un precio unitario ya que es en donde se considera el valor del dinero a través del tiempo, o lo que es lo mismo, el valor del tiempo en el dinero, esto es, es el costo que la contratante debe pagar al contratista por el recurso económico (dinero) que se necesita para poder solventar los supuestos gastos generados en la ejecución de los trabajos. Es representado por un porcentaje del costo directo más el costo indirecto de una obra (costo de venta).
  • 3. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO El costo por financiamiento es tan importante que de no hacerse su cálculo adecuadamente en una licitación, podría significar, por un lado, la pérdida de la utilidad propuesta e incluso la solvencia en el contrato; y por otro lado, la participación en la licitación con una propuesta de monto elevado.
  • 4. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO DEFINICIÓN El RLOPSRM en su artículo 214 define el costo por financiamiento como “Los gastos derivados por la inversión de recursos propios o contratados que realice el contratista para dar cumplimiento al programa de ejecución de los trabajos calendarizados y valorizados por periodos.” Cabe señalar que los gastos mencionados se originan por el correspondiente flujo de ingresos y egresos durante la vigencia del contrato. Los ingresos tal como lo señala el artículo 65 del RLOPSRM, corresponderán a los anticipos otorgados al contratista durante el ejercicio del contrato y del pago de las estimaciones, deduciendo la amortización de los anticipos.
  • 5. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO El mismo artículo establece que los egresos corresponderán a la suma de los costos directos e indirectos, siendo congruentes con el programa de ejecución valorizado con montos mensuales. Se deberá considerar además la retención por derechos conforme a la Ley Federal de Derechos y otros que procedan. Deberán considerarse también los anticipos a proveedores para la adquisición de insumos y en general, cualquier otro gasto requerido según el programa de ejecución. Es conveniente hacer notar que el Impuesto Sobre Nóminas no está considerado en los costos directos ni indirectos; sin embargo, se causa en el momento en que se realizan las erogaciones por el trabajo personal subordinado y se pagan mediante declaración mensual, por lo que su financiamiento al no estar considerado en la LOPSRM o su Reglamento, obligan a que sea con cargo al contratista.
  • 6. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO ANTICIPO (Art. 31, 39) habrá obras cuyo plazo de ejecución esté comprendido dentro de un solo ejercicio presupuestal el artículo 138 del RLOPSRM establece que el importe de los anticipos que se otorguen con base en los contratos de obras o de servicios, será el que resulte de aplicar el porcentaje señalado en la convocatoria a la licitación pública al monto total de la proposición. Cabe señalar que desde la convocatoria a la licitación pública se deben establecer el o los porcentajes, la forma y términos de los anticipas que es su caso se otorguen, así como el plazo de ejecución de los trabajos en días naturales, indicando la fecha estimada de inicio, la cual deberá constatarse en el contrato.
  • 7. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO El otorgamiento del anticipo podrá realizarse en una sola exhibición o en varias parcialidades, debiendo señalarse tal cuestión en la convocatoria a la licitación y en el contrato respectivo. Previamente a la entrega del anticipo, el contratista deberá presentar al Área responsable de la ejecución de los trabajos un programa en el que se establezca la forma en que se aplicará dicho anticipo, lo cual deberá precisarse en la convocatoria a la licitación pública y en el contrato. El área mencionada deberá requerir al contratista la información conforme a la cual se acredite el cumplimiento del citado programa; tal requerimiento podrá realizarse en cualquier momento durante la vigencia del contrato; sin embargo, conformé al artículo 141 del mismo Reglamento indica que "cuando el contratista no ejerza el anticipo otorgado en la forma pactada en el contrato y conforme al programa referido, las dependencias y entidades no podrán exigirle cargo alguno “.
  • 8. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO Por otra parte, las dependencias y entidades podrán otorgar hasta un treinta por ciento de la asignación presupuestaria aprobada al contrato en el ejercicio de que se trate; sin embargo, cuando las condiciones de los trabajos lo requieran, el porcentaje de anticipo podrá ser mayor, en cuyo caso será necesaria la autorización escrita del titular de la dependencia o entidad o de la persona en quien éste haya delegado tal facultad. En caso que las condiciones de los trabajos requieran que se otorgue un anticipo superior al cincuenta por ciento de la asignación presupuestal aprobada para el contrato, el Área responsable de la contratación deberá informar a la Secretaría de la Función Pública, previamente a la entrega del anticipo, señalando las razones que lo sustenten.
  • 9. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO En el caso de obras cuyo periodo de ejecución abarque más de un ejercicio anual, el artículo 138 del Reglamento señala que el monto del anticipo se obtendrá aplicando el porcentaje señalado en la convocatoria a la licitación pública al monto total de la asignación presupuestal autorizada para el contrato en el ejercicio de que se trate. En caso que los trabajos se inicien en el último trimestre del primer ejercicio y el anticipo resulte insuficiente, las dependencias o entidades podrán, bajo su responsabilidad, otorgar como anticipo hasta el monto total de la asignación autorizada al contrato respectivo durante el primer ejercicio, vigilando que se cuente con la suficiencia presupuestaria para el pago de la obra por ejecutar en el ejercicio de que se trate. En ejercicios subsecuentes, la entrega del anticipo deberá hacerse dentro de los tres meses siguientes al inicio de cada ejercicio, previa entrega de la garantía correspondiente.
  • 10. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO El atraso por parte de la dependencia o entidad en la entrega de los anticipos será motivo para ajustar el costo financiero pactado en el contrato. Teniendo en cuenta que en ejercicios subsecuentes, la entrega del anticipo deberá hacerse dentro de los tres meses siguientes al inicio de cada ejercicio, previa entrega de la garantía correspondiente. En cualquier caso, el importe del anticipo deberá ser considerado obligatoriamente por los licitantes para la determinación del costo financiero de su proposición.
  • 11. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO ESTIMACIONES El artículo 2, fracción XIV del RLOPSRM define estimación como: "la valuación de los trabajos ejecutados en un periodo determinado presentada para autorización de pago, en la cual se aplican los precios, valores o porcentajes establecidos en el contrato en atención a la naturaleza y características del mismo, considerando, en su caso, la amortización de los anticipos, los ajustes de costos, las retenciones económicas, las penas convencionales y las deducciones; así como, la valuación de los conceptos que permitan determinar el monto de los gastos no recuperables. ".
  • 12. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO El artículo 54 de la LOPSRM señala que las estimaciones de los trabajos ejecutados se deberán formular con una periodicidad no mayor de un mes. El contratista deberá presentarlas a la residencia de obra dentro de los seis días naturales siguientes a la fecha de corte para el pago de las estimaciones que hubiere fijado la dependencia o entidad en el contrato, acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago; la residencia de obra para realizar la revisión y autorización de las estimaciones contará con un plazo no mayor de quince días naturales siguientes a su presentación. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, éstas se resolverán e incorporarán en la siguiente estimación. Las estimaciones por trabajos ejecutados deberán pagarse por parte de la dependencia o entidad, bajo su responsabilidad, en un plazo no mayor a veinte días naturales, contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por la residencia de la obra de que se trate y que el contratista haya presentado la factura correspondiente.
  • 13.
  • 14. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO DESCUENTOS Y RETENCIONES Amortización de anticipo (art. 143 RLOPSRM). El anticipo se amortizará del importe de cada estimación de trabajos ejecutados que presente el contratista conforme al programa de ejecución convenido; dicha amortización deberá ser proporcional al porcentaje de anticipo otorgado, verificando se amortice en su totalidad en el mismo periodo en que se otorgó. En caso de que exista un saldo faltante por amortizar, éste deberá liquidarse totalmente en la estimación final.
  • 15. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO a) Cuando los trabajos se realicen en un solo ejercicio, se considerará lo siguiente: 1. El importe del anticipo otorgado en el ejercicio se amortizará en el mismo periodo del ejercicio en que se otorgue; 2. Cuando en la estimación presentada no se logre amortizar el anticipo conforme al importe previsto en el programa de ejecución convenido, por causas imputables al contratista, dicho importe se sumará al que corresponda amortizar en la siguiente estimación de acuerdo al mencionado programa, y 3. Cuando por causas no imputables al contratista no se logre amortizar el anticipo otorgado conforme a los importes establecidos en el programa de ejecución convenido, la amortización del importe pendiente se ajustará de acuerdo a la modificación de dicho programa.
  • 16. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO b) En el caso de que los trabajos se ejecuten en más de un ejercicio, se atenderá a lo siguiente: 1. El importe del anticipo otorgado se amortizará en el mismo ejercicio en que se otorgue; 2. Cuando no se logre amortizar el anticipo otorgado en el ejercicio por causas imputables al contratista, el saldo pendiente por amortizar se descontará del importe a otorgar como anticipo en el siguiente ejercicio. En este supuesto, en las estimaciones correspondientes a los trabajos atrasados que se presenten en el siguiente ejercicio, no serán afectadas por concepto de amortización de anticipo. En el caso de que no se amortice el anticipo otorgado en los ejercicios subsecuentes se aplicará lo previsto en los párrafos anteriores del presente numeral;
  • 17. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO 3. En caso de que el anticipo no se amortice en el ejercicio en que se otorgue por causas no imputables al contratista, el saldo por amortizar no se reintegrará en ese ejercicio y el anticipo previsto para el siguiente se entregará cuando inicien los trabajos programados para este último ejercicio. El porcentaje de la amortización del anticipo en el siguiente ejercicio será el resultado de dividir el anticipo no amortizado del ejercicio de que se trate, más el anticipo concedido en el siguiente ejercicio, entre el importe total de los trabajos a ejecutar en el siguiente ejercicio, conforme al programa de ejecución convenido. En el caso previsto en el presente numeral, el anticipo del siguiente ejercicio se entregará siempre y cuando el contratista acredite haber aplicado el anticipo del ejercicio anterior conforme al programa a que se refiere el tercer párrafo del artículo 138 de este Reglamento.
  • 18. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO Inspección y vigilancia (Art. 191 de la Ley Federal de Derechos). Por el servicio de vigilancia, inspección y control que las leyes de la materia encomiendan a la Secretaría de la Función Pública, los contratistas con quienes se celebren contratos de obra pública y de servicios relacionados con la misma, pagarán un derecho equivalente al cinco al millar sobre el importe de cada una de las estimaciones de trabajo. Las oficinas pagadoras de las dependencias de la administración pública federal centralizada y paraestatal, al hacer el pago de las estimaciones de obra, retendrán el importe del derecho a que se refiere el párrafo anterior.
  • 19. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO Penas convencionales. No son consideradas en este curso, ya que ellas se originan durante la ejecución de los trabajos y no en la etapa de análisis de nuestra propuesta económica a una licitación.
  • 20. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO FLUJO DE INGRESOS Y EGRESOS DURANTE LA. VIGENCIA DEL CONTRATO. El artículo 127 del RLOPSRM establece que las cantidades de trabajos presentadas en las estimaciones deberán corresponder a la secuencia y tiempo previsto en el programa de ejecución convenido en el contrato, en el cual deberán establecerse las fechas de corte. Una vez analizados y calculados los importes de las estimaciones, las dependencias y entidades deberán considerar para su pago los derechos e impuestos que les sean aplicables, así como retener el importe de los mismos, cuando corresponda, de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables (art. 128 del RLOPSRM).
  • 21.
  • 22.
  • 23. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO COSTO POR FINANCIAMIENTO Como ya se mencionó, para determinar el costo por financiamiento es necesario deducir lo más aproximado posible, el flujo de efectivo (ingresos menos egresos) que tendremos durante la ejecución de la obra; para ello, es obligado considerar y en detalle el o los programas de ejecución de la obra en base a su ruta crítica, además de los programas de egresos correspondientes a erogaciones a costo directo por mano de obra, herramienta de mano, equipo de seguridad personal, maquinaria, equipo y materiales y su correspondiente costo indirecto. Cabe recordar que el procedimiento para el análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento será fijado por cada dependencia o entidad, por lo que a veces resulta tedioso y muchas otras confuso, lo que ha provocado que las proposiciones de muchos licitantes sean desechadas durante su evaluación económica. No obstante lo anterior, sin importar el procedimiento es posible realizar su análisis y para el cual presentamos algunos ejemplos.
  • 24. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO Tasa de interés. En el análisis del costo por financiamiento, los licitantes deberán fijar la tasa de interés con base en un indicador económico específico, por ejemplo: Certificados de la Tesorería (CETES, Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio del Banco Nacional de México (TIIE), Costo Porcentual Promedio de Captación (CPP), Tasa de Interés Interbancaria Promedio (TIIP) etcétera (tasa pasiva), considerando en su caso los puntos que le requiera una institución crediticia como sobrecosto por el crédito (tasa activa). T = TP + i en donde: TP = Tasa Pasiva con referencia en un indicador económico. i = Tasa o puntos que cobra la institución de crédito por diferentes conceptos.
  • 25. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO Dichos puntos deben ser los suficientes , considerando que la tasa de interés que se determine sea justa tanto para el contratista como para la contratante, ya que ésta será aplicará indistintamente a los sobrantes o faltantes de dinero resultantes del flujo de efectivo. Para determinar el costo real por financiamiento, es necesario considerar la tasa pasiva para sobrantes de efectivo y tasa activa para faltantes, lo que permite obtener una tasa de interés balanceada para el cálculo del financiamiento. Este análisis es trascendente, ya que el ajuste del costo por financiamiento se realizará conforme al análisis original presentado por el contratista, actualizando únicamente la tasa de interés respecto al indicador económico específico.
  • 26. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO ANÁLISIS Y CÁLCULO DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO Para el análisis, cálculo e integración del porcentaje del costo por financiamiento, debemos considerar lo indicado en el artículo 216 del RLOPSRM: 1. Que la calendarización de egresos esté acorde con el programa de ejecución de los trabajos y el plazo indicado en la proposición del contratista 2. Que el porcentaje del costo por financiamiento se obtenga de la diferencia que resulte entre los ingresos y egresos, afectado por la tasa de interés propuesta por el contratista, y dividida entre el costo directo más los costos indirectos. 3. Que se integre por los siguientes ingresos: a) Los anticipos que se otorgarán al contratista durante el ejercicio del contrato. b) El importe de las estimaciones a presentar, considerando los plazos de formulación, aprobación, trámite y pago, deduciendo la amortización de los anticipas concedidos.
  • 27. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO 4. Que se integre por los siguientes egresos: a) Los gastos que impliquen los costos directos e indirectos. b) Los anticipos para compra de maquinaria o equipo e instrumentos de instalación permanente que en su caso se requieran. c) En general, cualquier otro gasto requerido según el programa de ejecución. Asimismo el artículo 214 del Reglamento indica que el costo por financiamiento deberá estar representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos.
  • 28. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO En el cual se expresa que el costo por financiamiento (F) es el porcentaje que se obtiene de dividir la sumatoria total de los productos y gastos financieros (ΣG) que el contratista tiene que hacer para poder cumplir con el programa calendarizado de trabajos entre la sumatoria total de los costos directos más indirectos del mismo (Σ(CD+CI)), mediante la siguiente expresión: en donde: F= Costo por Financiamiento. ΣG = Todos los gastos financieros del contratista para poder cumplir con el programa de ejecución de los trabajos. Σ(CD+CI) = Sumatoria total de los Costos Directos más los Costos Indirectos de la obra o Costo de Venta.
  • 29. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO El cálculo de la sumatoria de todos los gastos financieros (ΣG) se obtendrá de la diferencia que resulte de los ingresos y egresos, afectado por la tasa de interés propuesta por el contratista (tasa pasiva) por tanto: en donde: Ij = Ingresos acumulados en el periodo (j). Ej = Egresos acumulados en el periodo (j). T = Tasa de Interés por periodo. j = Periodo.
  • 30.
  • 31. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO INTERPRETACIÓN DEL FACTOR POR FINANCIAMIENTO No es ocioso instruirlo para que cuide de realizar de manera correcta la interpretación del factor resultante del costo por financiamiento. En la vida profesional he encontrado licitantes que no saben interpretarlo. Olvídese si el factor por financia miento presenta signo positivo o negativo, ello es relativo. Preocúpese mejor por saber interpretar el resultado. Que sucede si la contratante nos otorga uno o varios anticipos y aun considerándolos, el flujo de efectivo señala falta de liquidez para hacer frente al gasto corriente de obra (materiales, mano de obra, maquinaria y equipo y sus correspondientes costos indirectos). Es necesario financiar, sea que tengamos recursos propios o requiramos de un tercero un préstamo; es decir, tendremos un gasto financiero.
  • 32. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO Por el contrario, qué sucede si el flujo de efectivo nos indica que lejos de requerir de financiamiento se tiene un beneficio económico, por ejemplo, el monto del anticipo que nos fue concedido puede ser mayor al necesario para la ejecución de los trabajos, lo que generará un interés bancario. Este producto financiero recibido no es propiedad del contratista, ya que el recurso es propiedad de la contratante, por tanto es dinero que debemos entregar a ésta. Muchas veces sucede que al no saber interpretarlo, deciden reflejar en cero el cálculo por financiamiento o bien incluso, renuncian al "costo" por financiamiento. Esto es causa de desecho de su proposición. En primer lugar, no se trata de un costo, gasto o erogación por parte de nosotros y que tendríamos que recuperar a través del factor por financiamiento, por el contrario, se trata de una ganancia o producto económico debido al exceso de ingreso respecto al programa de erogaciones que a su vez está en función del programa de ejecución propuesto por el licitante.
  • 33. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO EVALUACIÓN ECONÓMICA DEL COSTO FINANCIERO El artículo 65 del RLOPSRM señala que para la evaluación económica de las proposiciones bajo el mecanismo binario se deberá verificar, entre otros que el análisis, cálculo e integración del costo financiero se haya determinado considerando lo siguiente: a) Que los ingresos por concepto del o los anticipas que le serán otorgados al contratista, durante el ejercicio del contrato y del pago de las estimaciones, consideren la periodicidad y su plazo de trámite y pago, deduciendo del monto de las estimaciones la amortización de los anticipos. b) Que el costo del financiamiento esté representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos.
  • 34. EL COSTO POR FINANCIAMIENTO c) Que la tasa de interés aplicable esté definida con base en un indicador económico específico. d) Que el costo del financiamiento sea congruente con el programa de ejecución valorizado con montos mensuales. e) Que la mecánica para el análisis y cálculo del costo por financiamiento empleada por el licitante sea congruente con lo que se establezca en la convocatoria a la licitación pública.
  • 35. DETERMINACIÓN DE CARGOS POR UTILIDAD Y CARGOS ADICIONALES CARGO POR UTILIDAD El artículo 219 del Reglamento señala que "El cargo por utilidad es la ganancia que recibe el contratista por la ejecución del concepto de trabajo; será fijado por el propio contratista y estará representado por un porcentaje sobre la suma de los costos directos, indirectos y de financiamiento. Para el cálculo del cargo por utilidad se considerará el impuesto sobre la renta y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas a cargo del contratista."
  • 36. DETERMINACIÓN DE CARGOS POR UTILIDAD Y CARGOS ADICIONALES CARGOS ADICIONALES Los cargos adicionales son las erogaciones que debe realizar el contratista, por estar convenidas como obligaciones adicionales que se aplican después de la utilidad del precio unitario porque derivan de un impuesto o derecho que se cause con motivo de la ejecución de los trabajos y que no forman parte de los costos directos, indirectos y por financiamiento, ni del cargo por utilidad. Únicamente quedarán incluidos en los cargos adicionales aquéllos que deriven de ordenamientos legales aplicables o de disposiciones administrativas que emitan autoridades competentes en la materia, como derechos e impuestos locales y federales y gastos de inspección y supervisión. Los cargos adicionales deberán incluirse al precio unitario después de la utilidad y solamente serán ajustados cuando las disposiciones legales que les dieron origen establezcan un incremento o decremento para los mismos
  • 37. FACTOR DE SOBRECOSTO A lo largo del curso hemos aprendido a analizar y calcular los costos directos que intervienen en un concepto de trabajo por el uso de materiales, maquinaria, equipo y mano de obra, incluyendo el uso de herramienta de mano y equipo de seguridad. Somos capaces de determinar los costos indirectos que debemos considerar en nuestra propuesta económica, tanto de obra como de oficina central. Hemos aprendido a calcular una tasa única de interés que compensa tanto la tasa pasiva como activa y con ello el análisis, cálculo e interpretación del cargo por financiamiento. Sabemos que el cargo por utilidad es fijada por el contratista desde la licitación y que ésta debe considerar la participación de los trabajadores en la utilidad de la empresa y el impuesto sobre la renta.
  • 38. FACTOR DE SOBRECOSTO Nuestra capacidad de análisis nos permite considerar en los cargos adicionales, no solo los gastos por inspección, vigilancia y supervisión; sino también de cualquier impuesto o derecho que se cause siempre que deriven de ordenamientos legales. En cuestión de números, podemos englobar lo anterior en un solo factor, el cual nos permitirá determinar el precio unitario (precio de venta) de cualquier concepto de trabajo que se tenga a costo directo. Es de gran utilidad el calcular este Factor de Sobrecosto ya que para determinar el costo por financiamiento, requerimos conocer el precio de venta de nuestra propuesta, pero ésta a su vez está en función del financiamiento; es decir, se trata de una función implícita. Para resolverla, es necesario realizar iteraciones que propongan un precio de venta, lo cual modificará el costo por financiamiento, arrojando un nuevo precio de venta. Cada iteración nos acerca a un único valor o precio de venta; es decir, converge y resulta único.
  • 39. PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO En la actualidad el cálculo del costo por financiamiento se lleva a cabo por medio del flujo de efectivo o de caja correspondiente a la propuesta del contratista. El costo por financiamiento es un factor sobre los cargos directos más indirectos que representa el cargo equivalente a los intereses del capital invertido en la obra durante el tiempo que tarda la Dependencia o Entidad en dar revolvencia a ese capital invertido por el contratista. En otras palabras, “el costo por financiamiento deberá estar representado por un porcentaje de la suma de costos directos e indirectos y corresponderá a los gastos derivados por la inversión de recursos propios o contratados que realice el contratista en costos directos, indirectos, anticipos y en general cualquier gasto requerido según programa de construcción.”
  • 40. PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO Las variables del costo por financiamiento son: 1. Periodo de Estimaciones (PE), 2. Periodo de Pago (PP), 3. Porcentaje de Anticipo (A), 4. Costo Directo de la Obra (CD), 5. Factor de Sobrecosto Supuesto Inicial (FSC1), para así obtener un precio de venta (PV), 6. Porcentaje de Indirectos de Operación (IO), 7. Porcentaje de Indirectos de Campo (IC), para así obtener un costo de venta (CV = Costo Directo + Costo Indirecto = CD * (1+ IO/100 + IC/100)), 8. Tasa de Interés (T). De las variables mencionadas anteriormente el periodo de estimaciones, el periodo de pago y el porcentaje de anticipo, son designadas por la dependencia o entidad mientras que todas las demás son propuestas por la contratista.
  • 41. PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO Antes de entrar en detalle del procedimiento de cálculo del costo por financiamiento, es importante mencionar que el cálculo del factor de sobrecosto final de la propuesta del contratista se lleva a cabo “mediante aproximaciones sucesivas, ya que para determinar el financiamiento se hace necesario suponer el precio de venta y la utilidad. En términos generales a la segunda o tercera tentativa se logra la determinación del FSC correcto. Es una secuencia cíclica (iteraciones) en la cual interviene el costo por financiamiento por lo que se tiene que suponer primero un factor de sobrecosto inicial (FSC1), y así obtener un costo por financiamiento y poder, consecuentemente, calcular la utilidad y cargos adicionales de la propuesta obteniendo con ello el factor de sobrecosto final (FSC2), el cual, sustituirá nuevamente al factor de sobrecosto inicial (FSC1) y continuar con el ciclo hasta que se igualen los factores de sobrecosto final e inicial.
  • 42. PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO El procedimiento de cálculo del costo por financiamiento se divide en seis partes diferentes: 1. Producción o ejecución por periodo, éste tiene que coincidir con el programa calendarizado de ejecución de los trabajos de la propuesta económica, en otras palabras es el programa de estimaciones a precio de venta. 2. Ingresos por periodo (Ij), en éste se tienen que considerar el o los anticipos, cuando los haya, y los mismos montos de las estimaciones del punto anterior pero tomando en cuenta el traslado en tiempo que produce el periodo de pago de las estimaciones, las amortizaciones del anticipo, en su caso, y los cargos o deducciones de las estimaciones (Secretaría de la Función Pública, Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, etc.). En este punto se obtendrán los ingresos acumulados.
  • 43. PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO 3. Egresos o gastos por periodo (Ej), éstos deben ser a costo de venta y debe corresponder con un programa de egresos en el que se consideren los anticipos de compras de materiales preponderantes y equipos de instalación permanente a juicio del contratista y basándose en los programas calendarizados de suministro, adquisición y ejecución de la propuesta económica. En este punto se obtendrán los egresos acumulados. 4. Diferencias acumuladas por periodo (Ij - Ej), diferencia entre los ingresos acumulados y los egresos acumulados, por lo tanto, se le llamará producto cuando la diferencia sea positiva y gasto cuando la diferencia sea negativa.
  • 44. PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO 5. Productos y gastos financieros, aquí se obtendrán los productos y/o gastos financieros mediante la aplicación de la tasa de interés correspondiente a las diferencias acumuladas por periodo, cabe mencionar que la tasa permanecerá constante, por lo que se tendrá que aplicar la misma para los productos y gastos financieros, debiendo ser tasa pasiva para los productos financieros y tasa activa para los gastos financieros. 6. Costo por financiamiento (F), esto es la razón de dividir el total de gastos financieros entre el costo de venta de la obra.
  • 45. PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO Los valores de las variables que se toman como caso base para este trabajo de investigación son las siguientes:
  • 46. PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO A continuación se presenta el cálculo del costo por financiamiento del caso que se ha tomado como base y que para efectos de simplicidad, sólo se ha considerado como descuentos las amortizaciones del anticipo y no se están considerando otras deducciones como por ejemplo pago a la Secretaría de la Función Pública, Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, etc.
  • 47.
  • 48.
  • 49. AJUSTE DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO Como se pudo observar, en el punto anterior en el que se expone el procedimiento del cálculo del costo por financiamiento, la tasa de interés que se aplica a las diferencias entre los ingresos acumulados y los egresos acumulados, es la tasa activa, ya que es la que aplica cuando hay un evento de financiamiento entre dos partes y la que presta el dinero cobra por éste una tasa activa muy cercana a la que rija en ese momento en las instituciones bancarias o de crédito y que por ley debe permanecer constante para todo el cálculo. Pero hacer el cálculo de esta manera lleva implícito un error ya que cuando en el proceso de cálculo en la diferencia entre ingreso acumulado y egreso acumulado sea positivo, o sea, el ingreso acumulado es mayor que el egreso acumulado en el periodo, esto significa que el saldo para este periodo es a favor y por lo tanto a dicho saldo se le debe aplicar una tasa pasiva haciendo con esto un producto financiero. En cambio cuando la diferencia entre el ingreso acumulado y el egreso acumulado en el periodo sea negativa, o sea, el ingreso acumulado es menor que el egreso acumulado en el periodo, esto significa que el saldo para este periodo es en contra y por lo tanto se le debe aplicar a dicho saldo la tasa activa ya que en este periodo se está financiando con esta cantidad a la obra, produciendo con esto un gasto financiero para el contratista.
  • 50. AJUSTE DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO El costo por financiamiento se calcula mediante el flujo de efectivo, como se mencionó anteriormente y que por ley, se aplica sólo una tasa de interés indistintamente tanto al producto como al gasto financiero, la cual, se referencia Por lo que es necesario, para ser más justos en el cálculo y si se quiere ser más competitivos y no estar en desventajas en una licitación, desde el punto de vista de un licitante, hacer un ajuste del costo por financiamiento en su cálculo para cumplir con el requisito legal que limita el uso de la tasa de interés a una sola y con el objetivo de participar con un costo por financiamiento que se acerque más a la realidad que el que se usaría al aplicar la tasa activa como se mostró en el punto anterior. Es importante señalar que lo que realmente se ajusta no es el costo por financiamiento sino la tasa de interés que se aplica a las diferencias entre los ingresos acumulados y los egresos acumulados por periodo.
  • 51. AJUSTE DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO 1.- Se realiza el cálculo del costo por financiamiento real por el método del flujo de efectivo aplicando una tasa pasiva a las diferencias positivas entre el ingreso acumulado y el egreso acumulado, produciendo con esto productos financieros y aplicando una tasa activa a las diferencias negativas entre ingreso acumulado y el egreso acumulado, produciendo con esto gastos financieros obteniendo así un costo por financiamiento real, (Freal). 2.- Se calcula el total de los gastos financieros que se deberían tener para obtener el costo por financiamiento real.
  • 52. AJUSTE DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO
  • 53. AJUSTE DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO 3.- Como ya se tiene los gatos financieros real, de la ecuación (2), se calcula la tasa de interés ajustada.
  • 54. AJUSTE DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO 4.- Ya calculada la Tasa de Interés Ajustada se realiza ahora el cálculo del costo por financiamiento de concurso, mismo que contendrá sólo una tasa de interés. Todo esto se hace mucho más accesible y práctico actualmente con el so de las hojas de cálculo en las computadoras u ordenadores. A continuación se presenta como ejemplo el procedimiento de ajuste del costo por financiamiento del caso base para su mayor ilustración:
  • 55. Procedimiento de Ajuste de la Tasa de Interés 1.- Se realiza el cálculo del costo por financiamiento real por el método del flujo de efectivo aplicando una tasa pasiva a las diferencias positivas entre el ingreso acumulado y el egreso acumulado, produciendo con esto productos financieros y aplicando una tasa activa a las diferencias negativas entre ingreso acumulado y el egreso acumulado, produciendo con esto gastos financieros obteniendo así un costo por financiamiento real, (Freal).
  • 56.
  • 57. Procedimiento de Ajuste de la Tasa de Interés 2.- Se calcula el total de los gastos financieros que se deberían tener para obtener el costo por financiamiento real.
  • 58. Procedimiento de Ajuste de la Tasa de Interés 3.- Como ya se tiene los gatos financieros real se calcula la tasa de interés ajustada.
  • 59. Procedimiento de Ajuste de la Tasa de Interés 4.- Ya calculada la Tasa de Interés Ajustada se realiza ahora el cálculo del costo por financiamiento de concurso, mismo que contendrá sólo una tasa de interés (tasa de interés del concurso).
  • 60.
  • 61. Fuentes: • Metodología en el Desarrollo de Concursos de Obra Pública Federal. Suárez Salazar C. • Ley de Obra Publica y Servicios Relacionados con las Mismas • Reglamento de la Ley de Obra Publica y Servicios Relacionados con las Mismas • Catedra del Ing. Oscar Monter UAM-Azc.