El informe técnico analiza la propuesta de creación de la Unidad de Control de Actividades Ambulatorias dentro de la Subgerencia de Desarrollo Empresarial. Se concluye que no es posible crear una nueva unidad orgánica de tercer o cuarto nivel debido a que excedería el límite del 5% de cargos de confianza establecido por ley. También se observa que el proyecto de ordenanza y el sustento presupuestal requieren modificaciones para cumplir con los lineamientos legales. Se sugiere fortalec
1. INFORME TECNICO N 006-2017-MPT/GPP/SGPR/JCAP
A : Soc. Ana Cecilia Ancajima Cornejo
Subgerente de Planeamiento y Racionalización
Asunto : Informe Técnico sobre el proyecto de ordenanza de creación de la Unidad de Control de las
actividades Ambulatorias.
Referente : Oficio N°1367-2016-MPT/GDEL/SGDE
Fecha : Trujillo, 07 de Febrero del 2017
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Es grato dirigirme a Usted, para saludarlo cordialmente y en atención al documento de la referencia sobre el proyecto de
ordenanza de creación de la Unidad de Control de las actividades Ambulatorias, de la Subgerencia de Desarrollo
Empresarial, es necesario informarle lo siguiente:
I. ANTECEDENTES
I.1 Que, mediante Oficio N°1367-2016-MPT/GDEL/SGDE, la Subgerencia de Desarrollo Empresarial , está remitiendo
el proyecto de ordenanza e informe técnico sustentatorio para la creación de la UNIDAD DE CONTROL DE LAS
ACTIVIDADES AMBULATORIAS (Antes Oficina de Comercio Ambulatorio e Informal).
I.2 Que, mediante Oficio N°2898-2016-MPT/GDEL, la Gerencia de Desarrollo Económico Local , está remitiendo a la
Gerencia Municipal el proyecto de ordenanza e informe técnico sustentatorio para la creación de la Unidad de
Control de las Actividades Ambulatorias (Antes Oficina de Comercio Ambulatorio e Informal) en la Subgerencia de
Desarrollo Empresarial.
I.3 Que mediante memorando N°4543-2016-MPT/GM, de fecha 21/12/2016, la Gerencia Municipal, deriva los
actuados a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, para que emita su informe técnico respecto al proyecto
de creación de la Unidad de Control de las Actividades Ambulatorias Unidad de Control de las Actividades
Ambulatorias.
I.4 Que, mediante Proveído S/N, de fecha 22 de Diciembre del 2016, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto
deriva a la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización los actuados, para su evaluación y opinión sobre la
creación de la Unidad de Control de las Actividades Ambulatorias de la Subgerencia de Desarrollo Empresarial.
II. ANALISIS:
II.1 . Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú concordante con el articulo II del Título Preliminar de la
Ley N°27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer
actos de gobierno y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
II.2 Que, mediante Decreto Supremo N°043-2004-PCM, se aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación
del Cuadro para Asignación de Personal – CAP – de las Entidades de la Administración Publica.
II.3 Que el Cuadro de Asignación de Personal – CAP- es un documento de gestión institucional que contiene los
cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF.
II.4 Que, el Artículo 10° del Decreto Supremo N°043-2004-PCM de la asignación de cargos establece “ Que los
cargos contenidos en el Cuadro de Asignación de Personal –CAP- son independientes de la plaza contenida en el
Presupuesto Analítico de Personal –PAP
II.5 Que, mediante Ordenanza Municipal N° 017-2009-MPT de fecha 26 de Febrero de 2009, se aprobó la
modificación a la Ordenanza Municipal N°039-2007-MPT que aprobó el Cuadro de Asignación de Personal (CAP)
de la Municipalidad Provincial de Trujillo, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, el
Decreto Supremo N°043-2004-PCM, Ley Marco del Empleado Público – Ley N° 28175, y Ley Marco de
Modernización de la Gestión del Estado Ley N°27658.
2. II.6 Que, de acuerdo al Cuadro de Asignación de Personal aprobado por Ordenanza Municipal N° 017-2009-MPT y
sus modificatorias, la Subgerencia de Desarrollo Empresarial está estructurado de la siguiente manera:
II.7 Que el Cuadro de Asignación de Personal aprobado por Ordenanza Municipal N° 017-2009-MPT y sus
modificatorias, solo están consignados por tipo de personal como: Empleados nombrados, Empleados contratados
por funcionamiento, Obreros Permanentes y Obreros Contratados para Servicio Específico, no se incluye al
personal contratado bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS).
II.8 Que, siendo prioridad necesaria por parte de la Subgerencia de Desarrollo Empresarial crear Unidad de Control de
las Actividades Ambulatorias se está procediendo a evaluar el presente proyecto:
1. INFORME TECNICO SUSTENTATORIO
SECCION 1. JUSTIFICACION
a. Análisis Funcional ,
Observación
• Falta complementar en las nuevas funciones que se está estableciendo el ROF propuesto el
sustento legal de cada una de estas funciones (Ver inc i), del Artículo 30° del D:S: N°043-2006-
PCM).
• Falta el sustento técnico de la inclusión o supresión de cada una de las funciones establecidas en
el proyecto de ROF propuesto. (Ver inc ii), del Artículo 30° del D:S: N°043-2006-PCM).
b. Análisis de Estructura,
Observación
• La Unidad de Control de las Actividades Ambulatorias está considerado como cuarto nivel
organizacional, por lo tanto de acuerdo al D.S N°043-2006-PCM solo en la estructura orgánica se
considera aquellas unidades hasta el Tercer Nivel Organizacional, por lo que deberá modificar la
estructura orgánica propuesta.
• Las Unidades de Cuarto nivel organizacional se consideran en el Cuadro de Asignación de
Personal, por lo que deberá modificarse y presentar un nuevo CAP de acuerdo a los lineamientos
(Anexo 4) establecidos Directiva N°002-2015-SERVIR/GDSRH, aprobado por Resolución de
Presidencia Ejecutiva N°304-20154-SERVIR/PE y sus modificatoria la Resolución de Presidencia
Ejecutiva N°057-2016-SERVIR/PE que establece ”Normas para la Gestión del proceso de
administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puesto de la Entidad – CPE”.
SECCION 3. EFECTO PRESUPUESTAL
Nº ORD.
DENOMINACION ORGANICA Y DEL CARGO
ESTRUCTURAL
Código Clasificac
Total
Presuput
SITUACION
DEL
CARGO
CARGO DE
CONFIANZAO P
G. ÓRGANOS DE LÍNEA
G.2.1.- SUBGERENCIA DE DESARROLLO EMPRESARIAL
229 SUBGERENTE 1311 73 20 EC 1 1 x
230 INGENIERO I 1311 73 50 SP-ES 0 X
231 TÉC. ADM. II 1311 73 60 SP-AP 1 1
232-233 TÉC. ADM. I 1311 73 60 SP-AP 2 2
234 OFICINISTA II 1311 73 60 SP-AP 1 1
235 OFICINISTA I 1311 73 60 SP-AP 1 1
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 6 5 1
3. Observación
• Según los lineamientos se debe sustentar la coherencia entre la estructura orgánica propuesta y el
financiamiento con que cuenta la entidad, es decir que erróneamente se está considerando un
presupuesto consignado de la Actividad 10 (denominada Tratamiento y Reducción del Comercio
Informal del POI-2017) de la Subgerencia de Desarrollo Empresarial, debiendo ser lo correcto que
adjunte un cuadro comparativo de los gastos de operación de la estructura vigente con la
estructura propuesta es decir de la siguiente forma:
Costo de estructural por nivel
jerárquico
Vigente propuesta
F6= Alcalde = 01
F4= Gerente Municipal = 01
F3= Gerentes = 20
F2= Subgerentes = 34
F1= Jefe de Unidad = 06
(*) Total = 62
S/ xxxxxxxxx.xx
F6= Alcalde = 01
F4= Gerente Municipal = 01
F3= Gerentes = 20
F2= Subgerentes = 34
F1= Jefe de Unidad = 07
Total = 63
S/. yyyyyyyyy.yy
( *) Según CAP vigente de la MPT
RESUMEN
2. PROYECTO DE ORDENANZA
Observación
Deberá modificarse el proyecto de Ordenanza por cuanto solo se tiene que considerar la
modificación de las funciones de la Subgerencia de Desarrollo empresarial, así como también
dejar sin efecto la función contenida en el Inc 8) del Artículo 109 de la Subgerencia de Seguridad
Ciudadana.
Costo de la estructura vigente
Costo de la estructura propuesta
Diferencia
S/. xxxxxxxxxxx.xx
yyyyyyyyyyy.yy
zzzzzzzz.zz
4. III.- CONCLUSION:
Por antes indicado concluimos que :
3.1 Que la creación de una nueva unidad orgánica dentro de la estructura general de la Municipalidad, ya sea de
tercer o cuarto nivel organizacional, implicaría la designación de un nivel jerárquico que no es posible ser atendido,
por cuanto el numeral 2 del artículo 4° de la Ley 28175 – Ley Marco del Empleo Público dispone que en ningún
caso los cargos de confianza serán mayor al 5% de los servidores públicos existentes en cada entidad, y que en la
actualidad el número de cargos se encuentra al tope como lo establece el Cuadro de Asignación de Personal
Vigente, aprobado por Ordenanza Municipal N°003-2010-MPT y que al considera nuevos cargos y plazas de
personal para su funcionamiento, se estaría extralimitando dicho porcentaje, con la observación a futuro por parte
del Órgano de Control Institucional por incumplimiento con los dispositivos legales vigentes.
3.2 Por lado en el proyecto de reestructuración de la estructura orgánica de la municipalidad se está considerando la
creación de la Unidad de Comercio Informal, y que a la actualidad está en etapa subsanación de observaciones
por parte de la comisión de regidores.
3.3 Se sugiere a fin de poder cumplir con los objetivos y metas asignadas a la Subgerencia de Desarrollo Empresarial
sería conveniente fortalecer e incluir más funciones a las de ya existentes para un mejor funcionamiento y a través
de la modificación del Reglamento de Organización y Funciones.
3.4 Deberá modificar el proyecto de ordenanza en la cual modifica las funciones de la Subgerencia de Desarrollo
Empresarial.
Es todo cuanto se informa salvo mejor parecer.
Atentamente,
______________
Ing. Julio C. Aldea Polo
Esp. Administrativo II