3. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
HITOS EN LA HISTORIA DE LA SALUD
SEXUAL Y REPRODUCTIVA EN CHILE
• 1965: 40.180 usuarias de métodos de planificación familiar. Sólo 5.7%
de la población beneficiaria de mujeres en edad fértil.
• 1966: Inicio Plan de Regulación de la Natalidad.
• 1967: Programa de Planificación Familiar.
• 1991: Programa de Salud materno-perinatal.
• 1997: Programa de Salud de la Mujer.
• 2012: El 99,7% de los partos son atendidos por profesionales de la
salud.
• 2013: 1.368.298 usuarias de métodos de planificación familiar.
5. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
ESTO HA PERMITIDO
• Evitar 13.500 muertes de mujeres por aborto durante estos últimos 45
años.
• Reducir fuertemente las tasas de fecundidad desde 1960 a la fecha en
las mujeres adultas.
• Disminuir la mortalidad neonatal asociada.
7. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
EVOLUCIÓN DE LA NORMATIVA
• En Chile hasta 1989, el Código de Derecho Sanitario en su artículo 119
decía: “Sólo con fines terapéuticos se podrá interrumpir un embarazo,
para lo cual basta la firma de dos médicos cirujanos”.
• Desde septiembre de 1989 la Junta Militar elimina este artículo y lo
reemplaza por el que dice: “Artículo 119. No podrá ejecutarse ninguna
acción cuyo fin sea provocar un aborto”.
• Esta determinación tan amplia y drástica no consideró la interrupción
del embarazo por causas médicas y dejó en una situación de
incompatibilidad el sentido.
11. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
TASAS DE ABORTO SEGÚN EDAD
CHILE 2001-2010/CADA 10.000
Fuente: Molina et al
12. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
RAZÓN DE MORTALIDAD MATERNA
SEGÚN CAUSA. CHILE 2011
Fuente: Deis Minsal
13. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
13
NÚMERO DE MUERTES MATERNA POR
COMPLICACIONES DEL ABORTO.
MINSAL 1990-2004
Fuente: DR. RMC. FAC. MED. U. DE CH.2007
Fuente: Molina et al
14. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud 14
¿POR QUÉ HAY RESISTENCIA A ACEPTAR
EL ABORTO POR TRES CAUSALES?
Porque se cree erradamente, que
todas las mujeres van a querer
abortar…
15. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
15
CAMBIOS EN LA TASA DE ABORTOS EN
SUIZA DESPUÉS DE LA LEGALIZACIÓN
8,4
7,5
7,5
0
10
1996 2001 2002
Legalización
16. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
%
CAUSALES DE ABORTO LEGAL
• En casi todos los
países la ley permite el
aborto para salvar la
vida de la mujer y en
muchos países el
aborto es permitido
para preservar su
salud física y mental.
•Existen cinco países
en el mundo en los
cuales el aborto es
ilegal por cualquier
causa y circunstancia:
Chile, El Salvador,
Honduras, Republica
Dominicana y
Nicaragua.
18. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
18
• La solución ideal al problema del aborto provocado
inseguro sería que no hubieran más abortos.
• Mientras ese ideal permanezca inalcanzable hay que
tratar que se realicen en ambientes seguros, que
resguarden la salud física y mental de las mujeres.
PARA HACER FRENTE A ESTA
SITUACIÓN…
19. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
19
• Despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo por
tres causales:
1. Riesgo vital de la madre.
2. Malformaciones fetales incompatibles con la vida.
3. En caso de violación.
PROPUESTA DE GOBIERNO
20. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
DEFINICIÓN DE ABORTO POR CAUSA
MÉDICA
• Es la interrupción del embarazo antes de la viabilidad fetal con medios
adecuados con el objeto de prevenir la muerte de la mujer o de tratar una
enfermedad que afecta tanto al feto como a la madre y que hace inviable
la vida embrionaria o fetal.
• En general esta herramienta se aplica en todos los países, pues es una
indicación Gineco – Obstétrica que se describe en todos los textos de
medicina de la especialidad.
• A estas causas también se les denomina como abortos de Causa Médica o
de Salud y en su controvertida acepción: Aborto Terapéutico.
Quien lo debe decidir es la mujer
21. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
RIESGO VITAL:
CASOS EN QUE LA CONDICIÓN DE
EMBARAZO O SU PATOLOGÍA
AMENAZAN A LA MUJER
• Corioamnionitis.
• Embarazo ectópico (tubario, ovárico, cervical o abdominal).
• Descompensación de una patología materna preexistente.
• Casos en que es el embrión o cigoto el causante directo o indirecto del
compromiso vital de la mujer.
22. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
LÍMITES DE LA VIABILIDAD FETAL
• Desde un punto de vista legal la extracción de un feto vivo inmaduro
no es un aborto si el feto puede ser cuidado en una Unidad de
Tratamiento Intensivo que le ofrecerá mejores condiciones que al
interior del útero (22 semanas o más de gestación).
• Estos casos son muy específicos y se manejan en cualquier servicio de
Obstetricia y Ginecología del país y lo que entra en discusión es el
momento de la interrupción y la disponibilidad de plaza en una UTI
para la atención de él o la recién nacida.
23. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
MALFORMACIONES FETALES
INCOMPATIBLES CON LA VIDA
EXTRAUTERINA
• Anencefalia
• Holoproscencefalia alobar
• Encefalocele severo
• Agenesia renal bilateral (Síndrome de Potter)
• Riñones multi o poliquísticos bilaterales asociados a hipoplasia pulmonar
• Malformación de Tallo Corporal
• Secuencia banda amniótica con malformaciones incompatibles con la vida
• Gemelos acárdicos
• Gemelos siameses con malformaciones incompatibles con la vida
• Trisomía 13
• Trisomía 18
• Triploidía
24. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
ESTIMACIONES DE CASOS ESPERADOS EN CHILE BASADOS
EN LA PREVALENCIA CONOCIDA
• Se calcula sobre un promedio de 2.492.469 nacidos vivos en Chile
entre 2000 - 2009, según datos DEIS. Promedio: 249.247 NV por año.
Fuente: Molina et al
25. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
EN CASO DE GESTACIÓN POR
VIOLACIÓN
• Frente a aquellos embarazos que responden a una situación fundada
en la desigualdad de poder y la violencia -como los resultantes de una
violación o incesto-, dada la condición aberrante en que se producen, la
sociedad no debería obligar a las mujeres a asumir sus consecuencias,
sino respetar su propia decisión.
26. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Hacemos una invitación a enfrentar el
debate poniendo en el centro a las
mujeres de Chile, desde sus derechos y con
equidad
Santiago, junio de 2014