El documento describe una denuncia presentada por una asociación de comuneros peruanos contra funcionarios públicos corruptos que se apoderaron ilegalmente de 148 hectáreas de terreno. Según la denuncia, los funcionarios registraron los terrenos a nombre de particulares usando documentos falsos. A pesar de advertencias sobre la ilegalidad de los documentos, la registradora pública aprobó la inscripción de los terrenos. La asociación ahora busca una investigación sobre este caso de corrupción y tráfico de tierras.
DENUNCIA CONTRA NOTARIO CORROMPIDO MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA DIRIGIDA AL...justiciasincorrupcion
DENUNCIAN GRAVES ACTOS DE CORRUPCION Y FALTAS MUY GRAVES COMETIDOS POR EL NOTARIO DELINCUENTE Y CORROMPIDO MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA DE LA CIUDAD DE TRUJILLO EN AGRAVIO DEL DENUNCIANTE, EN AGRAVIO DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL
El documento resume noticias locales de Oaxaca, incluyendo el regreso de tortugas marinas a la costa, la venta ilegal de terrenos comunales en Pochutla, y los esfuerzos para regularizar bares y cantinas en Puerto Escondido. También cubre historias policiales como acusaciones de fraude contra un ex director de escuela, un accidente automovilístico, una muerte por convulsiones de un turista, y el decomiso de un armamento.
La Asociación de Vivienda Taller Monserrat certifica que el señor Urbano Millio Monge es socio activo y propietario del lote 18 en la manzana A, zona I. Dicho lote es ocupado por él y dos copropietarios, los cuales están tramitando la formalización de la propiedad ante las autoridades correspondientes.
El resumen del documento es el siguiente:
1. Se llevó a cabo una audiencia de incoación de proceso inmediato contra Héctor Enrique Asto Araoz por el delito de cohecho activo.
2. El fiscal solicitó la incoación de proceso inmediato argumentando que el imputado ofreció un billete de 10 soles a un policía para evitar una multa.
3. La procuraduría se mostró de acuerdo con la incoación y solicitó una reparación civil de 2,000 soles.
4. La def
Este documento modifica un acuerdo anterior sobre la clasificación y codificación de mercancías cuya importación o exportación están reguladas por la Secretaría de Defensa Nacional. Las modificaciones incluyen: 1) identificar la fracción arancelaria correspondiente a los inmovilizadores eléctricos; 2) establecer un nuevo artículo para regular la importación de ciertas mercancías sin permiso ordinario; y 3) excluir el nitrato de estroncio y detonadores automotrices de la regulación. El objetivo es otorgar certidumbre jurídica
1) La Comisión Nacional del Agua (Conagua) sancionó con 5 millones de pesos al municipio de Santa María Huatulco por incumplimientos en el uso y manejo del agua potable en años previos. 2) Debido a esta sanción, Huatulco fue excluida de las participaciones federales de Conagua para mejoras en el servicio de agua. 3) El municipio tiene un déficit en el abastecimiento de agua debido a que la red de captación es insuficiente y se encuentra en mal estado.
El documento presenta un decreto para desincorporar 47.58 metros cuadrados de un predio ubicado en Avenida
Constituyentes número 43 en la Ciudad de México, que forma parte del dominio público, con el fin de su posterior
enajenación a título oneroso a favor de Complejo Inmobiliario 52, S.A. de C.V. Se describe la historia del predio y cómo fue
adquirido originalmente por el Departamento del Distrito Federal. Se mencionan los dictámenes y consideraciones del
Comité del Patrimonio
Este documento presenta un decreto que aclara el considerando quinto y artículo segundo de un decreto anterior sobre la desincorporación de un inmueble de 4,361.30 metros cuadrados ubicado en la Avenida Niños Héroes número 150 en la Ciudad de México. El decreto anterior desincorporó el inmueble del dominio público para su enajenación gratuita a favor del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, pero este nuevo decreto aclara que la enajenación es a favor del Tribunal Superior de Justicia a través del Conse
DENUNCIA CONTRA NOTARIO CORROMPIDO MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA DIRIGIDA AL...justiciasincorrupcion
DENUNCIAN GRAVES ACTOS DE CORRUPCION Y FALTAS MUY GRAVES COMETIDOS POR EL NOTARIO DELINCUENTE Y CORROMPIDO MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA DE LA CIUDAD DE TRUJILLO EN AGRAVIO DEL DENUNCIANTE, EN AGRAVIO DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL
El documento resume noticias locales de Oaxaca, incluyendo el regreso de tortugas marinas a la costa, la venta ilegal de terrenos comunales en Pochutla, y los esfuerzos para regularizar bares y cantinas en Puerto Escondido. También cubre historias policiales como acusaciones de fraude contra un ex director de escuela, un accidente automovilístico, una muerte por convulsiones de un turista, y el decomiso de un armamento.
La Asociación de Vivienda Taller Monserrat certifica que el señor Urbano Millio Monge es socio activo y propietario del lote 18 en la manzana A, zona I. Dicho lote es ocupado por él y dos copropietarios, los cuales están tramitando la formalización de la propiedad ante las autoridades correspondientes.
El resumen del documento es el siguiente:
1. Se llevó a cabo una audiencia de incoación de proceso inmediato contra Héctor Enrique Asto Araoz por el delito de cohecho activo.
2. El fiscal solicitó la incoación de proceso inmediato argumentando que el imputado ofreció un billete de 10 soles a un policía para evitar una multa.
3. La procuraduría se mostró de acuerdo con la incoación y solicitó una reparación civil de 2,000 soles.
4. La def
Este documento modifica un acuerdo anterior sobre la clasificación y codificación de mercancías cuya importación o exportación están reguladas por la Secretaría de Defensa Nacional. Las modificaciones incluyen: 1) identificar la fracción arancelaria correspondiente a los inmovilizadores eléctricos; 2) establecer un nuevo artículo para regular la importación de ciertas mercancías sin permiso ordinario; y 3) excluir el nitrato de estroncio y detonadores automotrices de la regulación. El objetivo es otorgar certidumbre jurídica
1) La Comisión Nacional del Agua (Conagua) sancionó con 5 millones de pesos al municipio de Santa María Huatulco por incumplimientos en el uso y manejo del agua potable en años previos. 2) Debido a esta sanción, Huatulco fue excluida de las participaciones federales de Conagua para mejoras en el servicio de agua. 3) El municipio tiene un déficit en el abastecimiento de agua debido a que la red de captación es insuficiente y se encuentra en mal estado.
El documento presenta un decreto para desincorporar 47.58 metros cuadrados de un predio ubicado en Avenida
Constituyentes número 43 en la Ciudad de México, que forma parte del dominio público, con el fin de su posterior
enajenación a título oneroso a favor de Complejo Inmobiliario 52, S.A. de C.V. Se describe la historia del predio y cómo fue
adquirido originalmente por el Departamento del Distrito Federal. Se mencionan los dictámenes y consideraciones del
Comité del Patrimonio
Este documento presenta un decreto que aclara el considerando quinto y artículo segundo de un decreto anterior sobre la desincorporación de un inmueble de 4,361.30 metros cuadrados ubicado en la Avenida Niños Héroes número 150 en la Ciudad de México. El decreto anterior desincorporó el inmueble del dominio público para su enajenación gratuita a favor del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, pero este nuevo decreto aclara que la enajenación es a favor del Tribunal Superior de Justicia a través del Conse
Este documento es el acta de una audiencia de aplicación del principio de oportunidad para dos imputados, Juan José Moscoso Ponce y Dany Daniel Rosa Cruz, quienes fueron intervenidos conduciendo en estado de ebriedad. En la audiencia, ambos imputados aceptaron su responsabilidad y acordaron pagar una suma por concepto de reparación civil. Se les exhortó a cumplir con el acuerdo establecido para evitar que continúe el proceso penal en su contra.
Ordenaron detener a Cristóbal López y su sociocravanzini
El documento detalla una causa judicial en la que Ricardo Echegaray (ex titular de la AFIP), Cristóbal López y Carlos de Sousa son acusados de defraudación a la administración pública. Se alega que Echegaray otorgó de manera irregular planes de pagos a Oil Combustibles para que no pagara el impuesto a la transferencia de combustibles, permitiendo que la empresa utilizara ese dinero en otras empresas. Esto habría perjudicado al Estado en más de $5.000 millones.
Este documento presenta tres avisos del gobierno de la Ciudad de México. El primero anuncia una modificación a los resultados de un programa de desarrollo social. El segundo indica que se deja sin efecto una resolución previa que impedía contratar con tres empresas. Y el tercero modifica nueve trámites a cargo de una dirección general.
Este documento resume las modificaciones realizadas a los artículos 191, 194 y 203 de la Constitución Política del Perú. Los cambios incluyen prohibir la reelección inmediata de gobernadores regionales, vicegobernadores y alcaldes, y establecer que deben renunciar seis meses antes de postular a otros cargos. También se otorgan nuevas atribuciones a los gobiernos regionales y locales.
El documento habla sobre la suspensión del presidente municipal de San Pedro Mixtepec, José Antonio Aragón Roldán, debido a la presunta malversación de fondos públicos. La nueva comisión de Hacienda descubrió una nómina con más de 300 empleados y más de 300 "aviadores" que cobraban sin trabajar. También se ignora el destino de 15 millones de pesos prestados por Banobras y se descubrió que algunos funcionarios recibían sueldos excesivamente altos. El senador Benjamín Robles Montoya presentó una
El documento describe un foro sobre corrupción transparente organizado por Foros Semana y la Auditoría General de la República. El foro contó con la participación de altos funcionarios del gobierno y académicos. Durante el evento, el Auditor General anunció acciones conjuntas de auditoría y control con la Fiscalía General para promover la responsabilidad por daños al patrimonio público. También se anunció la creación de un centro de control de contratación durante las elecciones para supervisar los contratos en ese periodo.
Este documento es una notificación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de México a varios contribuyentes. La notificación indica que estos contribuyentes emitieron comprobantes fiscales sin tener la capacidad para proveer los bienes o servicios descritos, por lo que se ubican en una situación prevista por el Código Fiscal de la Federación. Se les da un plazo para presentar pruebas que desvirtúen esta situación, de lo contrario sus nombres serán publicados en una lista y en el Diario Oficial por participar en oper
Este documento presenta la resolución 009 de 2013 del Concejo Municipal de San Jerónimo, Antioquia, mediante la cual se aprueba el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano para el año 2013. El plan busca crear confianza entre la comunidad y el Concejo Municipal y establecer políticas que minimicen riesgos de corrupción y mejoren la atención al ciudadano. La resolución adopta el plan, establece su carácter obligatorio y que se realizarán informes semestrales sobre su cumpl
El decreto reforma el Código Tributario de El Salvador para aumentar el porcentaje del anticipo a cuenta del Impuesto sobre la Renta de 1.5% a 1.75% de los ingresos brutos mensuales para la mayoría de contribuyentes. También establece un anticipo a cuenta del 0.3% para distribuidores de bebidas, productos comestibles y artículos de higiene personal. El decreto entrará en vigencia el 1 de enero de 2012.
Este documento presenta dos declaratorias de emergencia emitidas por la Secretaría de Gobernación de México. La primera declara en emergencia a tres municipios de Chihuahua (Casas Grandes, Guerrero y Nuevo Casas Grandes) debido a una granizada severa ocurrida entre el 7 y 9 de octubre de 2016. La segunda declara en emergencia a cuatro municipios de Veracruz (Pajapan, Tantoyuca, Tuxpan y Álamo Temapache) debido a lluvias severas e inundaciones entre el 8 y 9
Este documento anuncia el Anexo No. 8 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el estado de Coahuila. El anexo formaliza el compromiso de fortalecer el control aduanero y combatir la economía informal mediante la colaboración de las entidades federativas. El anexo otorga facultades a Coahuila para verificar el cumplimiento de obligaciones aduaneras y fiscales relacionadas con mercancías y vehículos extranjeros, y
Conforme a los términos del escrito presentado por el ciudadano Percy Aquino Rodrigue investigado Ulises Beltrán Villegas Rojas, regidor de la Municipalidad de Comas, negociaría y manejaría contratos de obras publicas en la citada Municipalidad. Asimismo, mantendría contacto con personas como “Mellizos de Collique”, “Los hermanos Linder”, y “Germán Valdivia Ríos”, quienes tienen antecedentes por homicidios, sicariato, robo, y comercialización de drogas, estando ligados a bandas de construcción civil. En la denuncia se agrega que Ulises Beltrán Villegas Rojas reparte favores a cambio de apoyo para su partido político “la Suma de Todos”.
Este documento contiene varios edictos judiciales citando a herederos, acreedores y otras partes involucradas en sucesiones y procesos de prescripción adquisitiva. También incluye un edicto de remate de una propiedad rural y convocatorias a asambleas generales ordinarias de dos asociaciones. Finalmente, comunica el reconocimiento de la personería jurídica de un partido político a nivel local.
Demanda contra el Ministro de la Agricultura (Cuba) por impedir el acceso a la información sobre inaudita negligencia y corrupción en la mercantil cubana LABIOFAM, S.A. Se relaciona con la demanda contra los Diputados Raúl Castro Ruz y Mariela Castro Espín (hija) por impedir el acceso a la información sobre la extraordinaria corrupción generada en LABIOFAM, S.A. por José Antonio Fraga Castro (sobrino y primo) con conexiones con el Crimen Organizado Transnacional.
La policía nacional del Perú en la región policial de Cajamarca realizó diversas actividades durante la semana del 18 al 24 de diciembre, incluyendo 140 operativos y la captura de 30 requisitoriados, además de brindar chocolateadas navideñas y regalos a niños en varias comunidades de la región.
El documento describe el proceso de elección de los procuradores para las Cortes Generales del Reino en 1834 en la provincia de Huelva. Se dividió la provincia en partidos judiciales, cada uno eligió dos electores que a su vez eligieron a los dos procuradores de la provincia, resultando elegidos José Clarós y Juan Gualberto González. Clarós también fue elegido por Badajoz y renunció a Huelva, eligiéndose entonces a Pedro Jacobo Pizarro en su lugar.
El documento presenta información sobre cuatro propiedades inmobiliarias cuyo dominio fue extinguido. Se detalla la ubicación de cada propiedad y la dependencia gubernamental a la que se asignó su uso, como centros de justicia, estaciones de policía o refugios. También se modifica la asignación de una de las propiedades.
El documento describe la historia de las comunidades costeras de Cahuita y Puerto Viejo en Costa Rica y los desafíos que enfrentan con respecto a la ley de la Zona Marítimo Terrestre. Las comunidades fueron establecidas por leyes en 1915 y 1935 pero ahora enfrentan desalojos debido a interpretaciones arbitrarias de la ley de 1977. Se pide una solución que proteja los derechos de las comunidades originarias y permita el desarrollo sostenible.
El documento solicita al Ministerio Público Fiscal que investigue denuncias públicas realizadas por directivos del Nuevo Banco de La Rioja sobre irregularidades en el manejo de fondos de organizaciones no gubernamentales que recibían subsidios del gobierno provincial. Se pide que se investiguen en particular dos fundaciones - Liderar Para Una Mejor Calidad de Vida y Futuro Riojano - por la suma de fondos manejados y su retiro en efectivo. Se solicitan medidas de prueba como oficios al BCRA y al Nuevo Banco de La Rio
Que, con fecha 31 de mayo del año en curso, en horas de la mañana, en el programa SIN MEDIAS TINTAS, del canal 2, se propaló el reportaje realizado sobre el recojo de la basura en el distrito de Comas, de donde se desprende que los camiones de placas de rodaje F4D-913, D9H-797 Y C6C-785, que vienen realizando el recojo de la basura en el distrito de Comas, son de propiedad de Bibiano Paulino Méndez Guerrero y Luz Rosario Casas Quezada, esta Ultima actual Gerente de
Administración y Finanzas de la Municipalidad de Comas.
DENUNCIAN A NOTARIOS CORRUPTOS JOSE ALBERTO HUACHILLO CEVALLOS Y ALFONSO DE ...justiciasincorrupcion
DENUNCIAN GRAVES ACTOS DE CORRUPCION, Y GRAVES DELITOS DE OCULTAMIENTO DE DOCUMENTOS, ENCUBRIMIENTO REAL, OMISION DE FUNCIONAES Y OMISION DE DENUNCIA Y FALTAS MUY GRAVES, FLAGRANTE INCONDUCTA FUNCIONAL, INFRACCIÓN A LOS DEBERES FUNCIONALES, MANIFIESTA PARCIALIZACIÓN CON LA PARTE INFLUYENTE ESTO ES CON EL DENUNCIADO NOTARIO DELINCUENTE ALFONSO DE LA CRUZ RIOS NOTARIO CORRUPTO Y DELINCUENTE ALFONSO DE LA CRUZ RIOS DE LA CIUDAD DE BELLAVISTA- SULLANA Y NEGLIGENCIA INEXCUSABLE, COMETIDOS POR EL DECANO DEL COLEGIO DE NOTARIOS PUBLICOS DE PIURA Y TUMBES JOSE ALBERTO HUACHILLO CEVALLOS Y POR LOS QUE RESUELTEN RESPONSABLES POR ENCUBRIR LOS GRAVES ACTOS DE CORRUPCION, LOS GRAVES DELITOS Y FALTAS MUY GRAVES COMETIDOS POR EL DENUNCIADO NOTARIO PUBLICO ALFONSO DE LA CRUZ RIOS DE LA CIUDAD DE BELLAVISTA- SULLANA,EN AGRAVIO DEL DENUNCIANTE, EN AGRAVIO DE LA EMPRESA HOSTAL LIMA SRL Y EN AGRAVIO DEL ESTADO PERUANO, PUES DESDE QUE HA SIDO DERIVADO EL OFICIO NÚMERO 206-2018 JUS/OILC AL COLEGIO DE NOTARIOS DE PIURA Y TUMBES POR LA OFICINA DE INTEGRIDAD Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y A PESAR DE HABER SOLICITADO AL ACTUAL DECANO DEL COLEGIO DE NOTARIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD DE PIURA Y TUMBES QUIEN HA AGRAVIADO VARIAS VECES AL DENUNCIANTE HACE VARIOS AÑOS EN SU CALIDAD DE NOTARIO PUBLICO DE LA CIUDAD DE SULLANA POR MEDIO DE GRAVES ACTOS DE CORRUPCIÓN Y GRAVES DELITOS POR LO CUAL EL MENCIONADO NOTARIO PUBLICO
JOSE ALBERTO HUACHILLO CEVALLOS FUE DENUNCIADO PENALMENTE ANTE EL MINISTERIO PUBLICO POR EL MISMO DENUNCIANTE HABIENDO LOGRADO ARCHIVAR LAS DENUNCIAS DEL DENUNCIANTE POR MEDIO DE LA CORRUPCIÓN QUE IMPERA EN LAS FISCALÍAS DE SULLANA, ES QUE SE HABÍA SOLICITADO QUE SE INHIBA DE CONOCER LA MENCIONADA DENUNCIA INTERPUESTA CONTRA NOTARIO DELINCUENTE ALFONSO DE LA CRUZ RIOS DE LA CIUDAD DE BELLAVISTA- SULLANA
AMPLIAN DENUNCIA CONTRA CORROMPIDO NOTARIO MARCO CORCUERA GARCIAjusticiasincorrupcion
Un grupo de litigantes peruanos formó una asociación para luchar contra la corrupción judicial. Su misión es enseñar valores éticos y principios morales a los ciudadanos, y enseñarles a no ser conformistas ante los atropellos de funcionarios públicos corruptos. Amplían una denuncia penal contra un notario público por cometer falsificación ideológica al tramitar títulos fraudulentos relacionados con una empresa. Solicitan copias certificadas de documentos y libros de actas, y que se cite a involucrados para exhibición
Este documento es el acta de una audiencia de aplicación del principio de oportunidad para dos imputados, Juan José Moscoso Ponce y Dany Daniel Rosa Cruz, quienes fueron intervenidos conduciendo en estado de ebriedad. En la audiencia, ambos imputados aceptaron su responsabilidad y acordaron pagar una suma por concepto de reparación civil. Se les exhortó a cumplir con el acuerdo establecido para evitar que continúe el proceso penal en su contra.
Ordenaron detener a Cristóbal López y su sociocravanzini
El documento detalla una causa judicial en la que Ricardo Echegaray (ex titular de la AFIP), Cristóbal López y Carlos de Sousa son acusados de defraudación a la administración pública. Se alega que Echegaray otorgó de manera irregular planes de pagos a Oil Combustibles para que no pagara el impuesto a la transferencia de combustibles, permitiendo que la empresa utilizara ese dinero en otras empresas. Esto habría perjudicado al Estado en más de $5.000 millones.
Este documento presenta tres avisos del gobierno de la Ciudad de México. El primero anuncia una modificación a los resultados de un programa de desarrollo social. El segundo indica que se deja sin efecto una resolución previa que impedía contratar con tres empresas. Y el tercero modifica nueve trámites a cargo de una dirección general.
Este documento resume las modificaciones realizadas a los artículos 191, 194 y 203 de la Constitución Política del Perú. Los cambios incluyen prohibir la reelección inmediata de gobernadores regionales, vicegobernadores y alcaldes, y establecer que deben renunciar seis meses antes de postular a otros cargos. También se otorgan nuevas atribuciones a los gobiernos regionales y locales.
El documento habla sobre la suspensión del presidente municipal de San Pedro Mixtepec, José Antonio Aragón Roldán, debido a la presunta malversación de fondos públicos. La nueva comisión de Hacienda descubrió una nómina con más de 300 empleados y más de 300 "aviadores" que cobraban sin trabajar. También se ignora el destino de 15 millones de pesos prestados por Banobras y se descubrió que algunos funcionarios recibían sueldos excesivamente altos. El senador Benjamín Robles Montoya presentó una
El documento describe un foro sobre corrupción transparente organizado por Foros Semana y la Auditoría General de la República. El foro contó con la participación de altos funcionarios del gobierno y académicos. Durante el evento, el Auditor General anunció acciones conjuntas de auditoría y control con la Fiscalía General para promover la responsabilidad por daños al patrimonio público. También se anunció la creación de un centro de control de contratación durante las elecciones para supervisar los contratos en ese periodo.
Este documento es una notificación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de México a varios contribuyentes. La notificación indica que estos contribuyentes emitieron comprobantes fiscales sin tener la capacidad para proveer los bienes o servicios descritos, por lo que se ubican en una situación prevista por el Código Fiscal de la Federación. Se les da un plazo para presentar pruebas que desvirtúen esta situación, de lo contrario sus nombres serán publicados en una lista y en el Diario Oficial por participar en oper
Este documento presenta la resolución 009 de 2013 del Concejo Municipal de San Jerónimo, Antioquia, mediante la cual se aprueba el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano para el año 2013. El plan busca crear confianza entre la comunidad y el Concejo Municipal y establecer políticas que minimicen riesgos de corrupción y mejoren la atención al ciudadano. La resolución adopta el plan, establece su carácter obligatorio y que se realizarán informes semestrales sobre su cumpl
El decreto reforma el Código Tributario de El Salvador para aumentar el porcentaje del anticipo a cuenta del Impuesto sobre la Renta de 1.5% a 1.75% de los ingresos brutos mensuales para la mayoría de contribuyentes. También establece un anticipo a cuenta del 0.3% para distribuidores de bebidas, productos comestibles y artículos de higiene personal. El decreto entrará en vigencia el 1 de enero de 2012.
Este documento presenta dos declaratorias de emergencia emitidas por la Secretaría de Gobernación de México. La primera declara en emergencia a tres municipios de Chihuahua (Casas Grandes, Guerrero y Nuevo Casas Grandes) debido a una granizada severa ocurrida entre el 7 y 9 de octubre de 2016. La segunda declara en emergencia a cuatro municipios de Veracruz (Pajapan, Tantoyuca, Tuxpan y Álamo Temapache) debido a lluvias severas e inundaciones entre el 8 y 9
Este documento anuncia el Anexo No. 8 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el estado de Coahuila. El anexo formaliza el compromiso de fortalecer el control aduanero y combatir la economía informal mediante la colaboración de las entidades federativas. El anexo otorga facultades a Coahuila para verificar el cumplimiento de obligaciones aduaneras y fiscales relacionadas con mercancías y vehículos extranjeros, y
Conforme a los términos del escrito presentado por el ciudadano Percy Aquino Rodrigue investigado Ulises Beltrán Villegas Rojas, regidor de la Municipalidad de Comas, negociaría y manejaría contratos de obras publicas en la citada Municipalidad. Asimismo, mantendría contacto con personas como “Mellizos de Collique”, “Los hermanos Linder”, y “Germán Valdivia Ríos”, quienes tienen antecedentes por homicidios, sicariato, robo, y comercialización de drogas, estando ligados a bandas de construcción civil. En la denuncia se agrega que Ulises Beltrán Villegas Rojas reparte favores a cambio de apoyo para su partido político “la Suma de Todos”.
Este documento contiene varios edictos judiciales citando a herederos, acreedores y otras partes involucradas en sucesiones y procesos de prescripción adquisitiva. También incluye un edicto de remate de una propiedad rural y convocatorias a asambleas generales ordinarias de dos asociaciones. Finalmente, comunica el reconocimiento de la personería jurídica de un partido político a nivel local.
Demanda contra el Ministro de la Agricultura (Cuba) por impedir el acceso a la información sobre inaudita negligencia y corrupción en la mercantil cubana LABIOFAM, S.A. Se relaciona con la demanda contra los Diputados Raúl Castro Ruz y Mariela Castro Espín (hija) por impedir el acceso a la información sobre la extraordinaria corrupción generada en LABIOFAM, S.A. por José Antonio Fraga Castro (sobrino y primo) con conexiones con el Crimen Organizado Transnacional.
La policía nacional del Perú en la región policial de Cajamarca realizó diversas actividades durante la semana del 18 al 24 de diciembre, incluyendo 140 operativos y la captura de 30 requisitoriados, además de brindar chocolateadas navideñas y regalos a niños en varias comunidades de la región.
El documento describe el proceso de elección de los procuradores para las Cortes Generales del Reino en 1834 en la provincia de Huelva. Se dividió la provincia en partidos judiciales, cada uno eligió dos electores que a su vez eligieron a los dos procuradores de la provincia, resultando elegidos José Clarós y Juan Gualberto González. Clarós también fue elegido por Badajoz y renunció a Huelva, eligiéndose entonces a Pedro Jacobo Pizarro en su lugar.
El documento presenta información sobre cuatro propiedades inmobiliarias cuyo dominio fue extinguido. Se detalla la ubicación de cada propiedad y la dependencia gubernamental a la que se asignó su uso, como centros de justicia, estaciones de policía o refugios. También se modifica la asignación de una de las propiedades.
El documento describe la historia de las comunidades costeras de Cahuita y Puerto Viejo en Costa Rica y los desafíos que enfrentan con respecto a la ley de la Zona Marítimo Terrestre. Las comunidades fueron establecidas por leyes en 1915 y 1935 pero ahora enfrentan desalojos debido a interpretaciones arbitrarias de la ley de 1977. Se pide una solución que proteja los derechos de las comunidades originarias y permita el desarrollo sostenible.
El documento solicita al Ministerio Público Fiscal que investigue denuncias públicas realizadas por directivos del Nuevo Banco de La Rioja sobre irregularidades en el manejo de fondos de organizaciones no gubernamentales que recibían subsidios del gobierno provincial. Se pide que se investiguen en particular dos fundaciones - Liderar Para Una Mejor Calidad de Vida y Futuro Riojano - por la suma de fondos manejados y su retiro en efectivo. Se solicitan medidas de prueba como oficios al BCRA y al Nuevo Banco de La Rio
Que, con fecha 31 de mayo del año en curso, en horas de la mañana, en el programa SIN MEDIAS TINTAS, del canal 2, se propaló el reportaje realizado sobre el recojo de la basura en el distrito de Comas, de donde se desprende que los camiones de placas de rodaje F4D-913, D9H-797 Y C6C-785, que vienen realizando el recojo de la basura en el distrito de Comas, son de propiedad de Bibiano Paulino Méndez Guerrero y Luz Rosario Casas Quezada, esta Ultima actual Gerente de
Administración y Finanzas de la Municipalidad de Comas.
DENUNCIAN A NOTARIOS CORRUPTOS JOSE ALBERTO HUACHILLO CEVALLOS Y ALFONSO DE ...justiciasincorrupcion
DENUNCIAN GRAVES ACTOS DE CORRUPCION, Y GRAVES DELITOS DE OCULTAMIENTO DE DOCUMENTOS, ENCUBRIMIENTO REAL, OMISION DE FUNCIONAES Y OMISION DE DENUNCIA Y FALTAS MUY GRAVES, FLAGRANTE INCONDUCTA FUNCIONAL, INFRACCIÓN A LOS DEBERES FUNCIONALES, MANIFIESTA PARCIALIZACIÓN CON LA PARTE INFLUYENTE ESTO ES CON EL DENUNCIADO NOTARIO DELINCUENTE ALFONSO DE LA CRUZ RIOS NOTARIO CORRUPTO Y DELINCUENTE ALFONSO DE LA CRUZ RIOS DE LA CIUDAD DE BELLAVISTA- SULLANA Y NEGLIGENCIA INEXCUSABLE, COMETIDOS POR EL DECANO DEL COLEGIO DE NOTARIOS PUBLICOS DE PIURA Y TUMBES JOSE ALBERTO HUACHILLO CEVALLOS Y POR LOS QUE RESUELTEN RESPONSABLES POR ENCUBRIR LOS GRAVES ACTOS DE CORRUPCION, LOS GRAVES DELITOS Y FALTAS MUY GRAVES COMETIDOS POR EL DENUNCIADO NOTARIO PUBLICO ALFONSO DE LA CRUZ RIOS DE LA CIUDAD DE BELLAVISTA- SULLANA,EN AGRAVIO DEL DENUNCIANTE, EN AGRAVIO DE LA EMPRESA HOSTAL LIMA SRL Y EN AGRAVIO DEL ESTADO PERUANO, PUES DESDE QUE HA SIDO DERIVADO EL OFICIO NÚMERO 206-2018 JUS/OILC AL COLEGIO DE NOTARIOS DE PIURA Y TUMBES POR LA OFICINA DE INTEGRIDAD Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y A PESAR DE HABER SOLICITADO AL ACTUAL DECANO DEL COLEGIO DE NOTARIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD DE PIURA Y TUMBES QUIEN HA AGRAVIADO VARIAS VECES AL DENUNCIANTE HACE VARIOS AÑOS EN SU CALIDAD DE NOTARIO PUBLICO DE LA CIUDAD DE SULLANA POR MEDIO DE GRAVES ACTOS DE CORRUPCIÓN Y GRAVES DELITOS POR LO CUAL EL MENCIONADO NOTARIO PUBLICO
JOSE ALBERTO HUACHILLO CEVALLOS FUE DENUNCIADO PENALMENTE ANTE EL MINISTERIO PUBLICO POR EL MISMO DENUNCIANTE HABIENDO LOGRADO ARCHIVAR LAS DENUNCIAS DEL DENUNCIANTE POR MEDIO DE LA CORRUPCIÓN QUE IMPERA EN LAS FISCALÍAS DE SULLANA, ES QUE SE HABÍA SOLICITADO QUE SE INHIBA DE CONOCER LA MENCIONADA DENUNCIA INTERPUESTA CONTRA NOTARIO DELINCUENTE ALFONSO DE LA CRUZ RIOS DE LA CIUDAD DE BELLAVISTA- SULLANA
AMPLIAN DENUNCIA CONTRA CORROMPIDO NOTARIO MARCO CORCUERA GARCIAjusticiasincorrupcion
Un grupo de litigantes peruanos formó una asociación para luchar contra la corrupción judicial. Su misión es enseñar valores éticos y principios morales a los ciudadanos, y enseñarles a no ser conformistas ante los atropellos de funcionarios públicos corruptos. Amplían una denuncia penal contra un notario público por cometer falsificación ideológica al tramitar títulos fraudulentos relacionados con una empresa. Solicitan copias certificadas de documentos y libros de actas, y que se cite a involucrados para exhibición
Milco Torres Barrionuevo solicita al fiscal reprogramar su declaración debido a que las fechas originales coinciden con reuniones previamente programadas. Además, pide garantías de seguridad dado que ha sido acosado por los implicados en la denuncia contra Romel Pedro Cuayla Gutierrez. Katherine Veronica Salazar Llaique, testigo en el caso, también solicita reprogramar su declaración ya que no puede viajar a Moquegua en las fechas indicadas originalmente y pide declarar en Arequipa. Ambos ratifican sus denuncias originales.
INTERPONEN DENUNCIA CIUDADANA CONTRA EL MILLONARIO VOCAL CORRUPTO IVO MANRIQ...justiciasincorrupcion
La asociación Justicia sin Corrupción y Educación con Alimentación presentó una denuncia ciudadana ante el Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura en contra del vocal corrupto Ivo Manrique Borrero por graves actos de corrupción como liberar ilegalmente a traficantes de drogas y absolver rápidamente a un funcionario acusado de peculado. Se pide que no sea ratificado como magistrado debido al daño causado al liberar delincuentes que han hecho que Piura y Sullana sean las ciudades más peligrosas del país.
PRIMERA DENUNCIA PENAL CONTRA ARBITRARIO Y PREVARICADOR JUEZ JOSE VENTURA TOR...justiciasincorrupcion
La publicación de la presente nota de prensa se realiza en la “legítima defensa” que tenemos los ciudadanos peruanos como Derecho consagrado en el articulo 2 inciso 23 de nuestra Constitución; para defendernos legalmente ante tanto abuso, vejamen y atropello y ante tanta agresión ilegítima cometida por diversas clase de malos funcionarios públicos y malos magistrados del Ministerio Publico y del Poder Judicial que en forma permanente y brutal violan en forma impune y flagrantemente de manera sistemática y constante los más elementales derechos y principios constitucionales de los ciudadanos peruanos:
NOTA DE PRENSA
Denuncian Graves Actos De Corrupcion De Prevaricador Y Arbitrario Juez Jose Ventura Torres Marin
03/04/2013 11:25 Lectura: 23 min (6272 palabras)
PUBLICAMOS LA DENUNCIA PENAL PRESENTADA ANTE EL JEFE DE LA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DEL MINISTERIO PUBLICO DE TRUJILLO CONTRA EL JUEZ EXTREMADAMENTE CORRUPTO DEL TERCER JUZGADO CIVIL DE TRUJILLO
mitad
JOSE VENTURA TORRES MARÍN por haber incurrido en Graves delitos de Abuso de Autoridad, Prevaricato, Omisión y rehusamiento de actos funcionales y ocultamiento de Libro de Actas de la empresa Hostal David SRL PARA QUE SIRVA COMO MODELO DE DENUNCIA PENAL PARA LOS AGRAVIADOS VICTIMAS DE LA CORRUPCION Y DEL MINISTERIO PUBLICO MODELO DE DENUNCIA PENAL POR GRAVES DELITOS INTERPUESTO CONTRA JUEZ EXTREMADAMENTE CORRUPTO JOSE TORRES MARIN
Este documento describe la formación de una asociación de litigantes peruanos cansados de los abusos cometidos por malos magistrados, notarios y funcionarios públicos. Su misión es enseñar y fortalecer los valores éticos y morales de los ciudadanos para que no sean conformistas y sepan defenderse. Se denuncian graves actos de corrupción cometidos por los notarios Marco Antonio Corcuera García y Alfonso de la Cruz Ríos, por los cuales se ha solicitado el cierre de sus notarías.
El documento es un acta de transacción extrajudicial entre dos partes. Se acuerda que la asociación de moradores reubicará a uno de los involucrados en otros lotes para evitar continuar con una investigación fiscal por denuncia de usurpación y estafa. Ambas partes desisten de acciones legales si se cumple el acuerdo de reubicación.
El documento es una denuncia penal presentada ante un fiscal por Manuel Augusto Zarpan Mendivil contra María Isabel Zarpan Mendive por el delito de falsedad ideológica. Manuel alega que María insertó declaraciones falsas en una minuta notarial para hacerse pasar como la única heredera de los bienes de su padre, José María Manuel Zarpan Garnique, excluyéndolo a él como también heredero. Manuel solicita que se inicie una investigación preliminar contra María para recabar pruebas y determinar su responsabilidad penal por el delito den
Interponen denuncia contra notario corrompido notario miguel angel pajares alvajusticiasincorrupcion
Este documento describe una ampliación de denuncia contra un notario público corrupto. Se solicita la nulidad de un informe fiscal que propone absolver al notario denunciado sin haber considerado todas las pruebas presentadas. También se amplía la denuncia contra el fiscal por emitir un dictamen parcializado sin tomar en cuenta ampliaciones y recursos presentados con anterioridad. Se reitera la solicitud de que se considere toda la evidencia aportada y se reponga el proceso.
Este documento presenta una denuncia penal contra Jorge Eduardo Díaz Campos, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura y Jefe de la Oficina Distrital del Control de la Magistratura de Piura, por los delitos de corrupción de funcionarios públicos, tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito, así como falsedad genérica. La denuncia alega que Díaz Campos participó en la adjudicación irregular de una propiedad a través de un testaferro y luego la transfirió a su pareja, lo que dem
Carta abierta a las notarias publicas y centro de conciliaciones de la ciudad...justiciasincorrupcion
1.1.1.- El documento denuncia graves actos de corrupción y delitos cometidos por el notario Marco Antonio Corcuera García, el abogado Oscar Farfán Galvez y el socio Abelardo Cerna Pérez en agravio del denunciante Humberto Armando Rodríguez Cerna y sus empresas. Se solicita a las notarías y centros de conciliación de Sullana y Piura que tengan cuidado con la documentación presentada por los denunciados, ya que el domicilio registrado del denunciante se encuentra usurpado y él no
Diligencias preparatorias. migdonio guadamuz en boaco.jua vargas
La abogada Margarita Adriana Castañeda, en representación de Migdonio Guadamuz Jarquin, solicita a la corte que ordene la exhibición de documentos relacionados con la escritura de compraventa de una propiedad. Se alega que la propiedad de su cliente fue registrada y vendida sin su consentimiento por los demandados Jorge Miranda Oporta y Julio Reyálvarez Marín. Se busca asegurar pruebas para una futura demanda por falsedad de instrumento público y cancelación de asientos registrales.
El documento contiene varias noticias breves de la región de Ayacucho, Perú. Incluye una carta de la cantante Magaly Solier cuestionando un artículo del diario El Comercio, el reconocimiento oficial de una nueva compañía de bomberos voluntarios, y actividades planeadas por la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga para conmemorar el Día Mundial del Folklore. También reporta sobre el descubrimiento de una plantación de marihuana y cuestionamientos a candidatos por no cumplir con obligaciones
Este documento presenta el proceso sucesorio extrajudicial intestado de Manuel Ricardo Salazar Monge. Se inicia el proceso a solicitud de su hermana Ana Lucia Salazar Monge. Se realizan las publicaciones correspondientes y la junta de herederos donde los hermanos del causante aceptan ser sus herederos. Finalmente, la resolución declara herederos a los hermanos Juan Estuardo, Evelyn Ileana y Ana Lucia Salazar Monge.
Este documento presenta un resumen de tres recursos legales presentados por Mario Alberto Suárez Centeno como representante legal de Llanos de Nicaragua S.A. El primer recurso es un recurso de revisión contra la negativa de inscripción de la sociedad en la Dirección General de Ingresos. El segundo es un recurso de apelación luego que el recurso de revisión fue rechazado. El tercero es un recurso de amparo luego que el recurso de apelación también fue rechazado. En todos los recursos se solicita la inscripción de la soc
Este documento es una carta del Consorcio Alto Mayo dirigida a la Municipalidad Distrital de Yuracyacu solicitando la liquidación de una obra de rehabilitación de agua potable y saneamiento ya recepcionada, así como la devolución de las cartas fianzas correspondientes. Adjunta el informe de liquidación de la obra referida.
El director de la Asociación Justicia sin Corrupción ha solicitado la intervención de los procuradores públicos en una investigación de más de nueve meses sobre el cobro ilegal de dos millones de soles por parte de funcionarios de una institución financiera. Se ha dirigido a varias autoridades nacionales como la Fiscal de la Nación y el Ministro de Economía y Finanzas para que ordenen a los procuradores públicos de sus respectivas instituciones que revisen el caso y defiendan los intereses del Estado.
Fiscalia en contra del crimen organizadoeconatura123
El fiscal dispone la formalización de la investigación preparatoria contra William Marcelo Merma Valencia y otros por los delitos de asociación ilícita para delinquir, usurpación agravada y estelionato. Se les atribuye integrar una organización criminal dedicada a cometer estos delitos en agravio de la Asociación de Vivienda Jardines del Chachani y sus asociados. Se identifica a los imputados y a los agraviados, y se exponen los elementos de convicción recabados que vinculan a los imputados con los he
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MASON HUMBERTO ARMANDO RODRIGUEZ CERNA SOLICITA LA CAPTURA DE LOS ULTRA CORRUPTOS OPERADORES JURIDICCIONALES DE LA CIUDAD DE TRUJILLO ELIZA SOLEDAD DELGADO SUAREZ Y VICTOR ALEJANDRO TORRES ALBITRES
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Este documento presenta los estatutos de la primera Asociación Anti Mafia del Perú, cuyos objetivos principales son combatir la corrupción y las organizaciones secretas que la promueven, capacitar a la ciudadanía en sus derechos y deberes, y crear una red nacional anti mafia que una a diversas organizaciones sociales en la lucha contra la corrupción y por el bien común.
La Asociación Justicia sin Corrupción lleva 12 años luchando contra la corrupción en el poder judicial y ministerio público en el norte de Perú sin recibir ayuda internacional. Ahora están abriendo una cuenta bancaria para recibir donaciones que les permita expandir su labor a otras regiones del país donde la corrupción es grave. Solicitan apoyo económico y material para continuar su misión.
La policía del Departamento de Investigación Criminal (Deincri) de Sullana logró la captura del extremadamente corrupto ex juez penal y ultra delincuente Juan Francisco Cajusol Acosta quien se encontraba con varias órdenes de captura por haber cometido varias veces graves delitos de Prevaricato en diversos casos en agravios de muchos litigantes de las ciudades de Sullana y en agravio del Estado:
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Hace varias semanas los principales diarios y radios regionales del norte del Perú habían dado la noticia de la captura de uno de los Jueces más ultra corruptos del sistema judicial peruano
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El Director Ejecutivo de la Asociación Civil “Justicia sin Corrupción y Educación con Alimentación”, se ha apersonado ante el Ministerio Publico de la ciudad de Talara y ha presentado un escrito ante el parcializado magistrado Pedro López López, Fiscal de la Fiscalia Corporativa Penal de Talara en donde se ha adjuntando copia de la queja interpuesta contra su persona por Falta Grave, Flagrante Inconducta Funcional, Infracción a los Deberes Funcionales, Manifiesta Parcialización con la parte influyente, Negligencia Inexcusable, Inobservancia de la Norma Procesal y AL EXISTIR AHORA NUEVOS MEDIOS PROBATORIOS QUE ACREDITARIAN LOS DELITOS COMETIDOS POR GRAVES ACTOS DE CORRUPCIÓN, se ha solicitado la inmediata detención preventiva del extremadamente corrupto Alcalde de Talara Rogelio Ralvis Trelles Saavedra en el Caso Nº 243- 2013 que se le sigue por los Delitos de Concusión y Cohecho Pasivo Propio y otros en agravio del Estado por el caso de graves actos de corrupción que se pudieron ver en el programa televisivo de Punto Final de Frecuencia Latina:
https://www.youtube.com/watch?v=GUxTy7je4C8
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La corte absolvió al director de la Asociación Justicia sin Corrupción de cargos de difamación presentados en su contra. Los jueces determinaron que las publicaciones en cuestión, que alertaban sobre un posible intento de asesinato en su contra, no constituían difamación. El director ahora busca una demanda por daños contra quienes presentaron las acusaciones falsas.
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La Asociación Justicia sin Corrupción ha presentado una nueva denuncia penal contra la jueza María Elena Palomino Calle por prevaricato y abuso de autoridad. La jueza emitió una sentencia condenatoria contra el director de la asociación a pesar de que no se acreditaron los delitos, variando el delito durante el proceso y afectando el debido proceso. La sala penal de apelaciones declaró nula la sentencia por no respetar los derechos del acusado. La asociación alega que la jueza ha actuado de manera
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La denuncia presenta cargos de prevaricato y abuso de autoridad contra la jueza María Elena Palomino Calle por cambiar ilegalmente la calificación del delito en el proceso penal 91-2010 de difamación simple a difamación agravada al emitir la sentencia, afectando el debido proceso y los derechos de defensa del denunciante. Adicionalmente, la jueza envió de forma abusiva copias del proceso a la fiscalía por supuesto fraude procesal sin que este delito estuviera tipificado.
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Amplian denuncia contra notario delincuente alfonso de la cruz rios
1. Un grupo de valientes litigantes peruanos, hastiados de ser las eternas víctimas de atropellos y vejámenes, cometidos
por parte de malos magistrados, malos notarios y malos funcionarios públicos, acordaron formar una asociación de
agraviados judiciales de lucha contra la corrupción. Su misión es Enseñar, difundir y fortalecer, los valores éticos y
principios morales del ciudadano; enseñarle a ser valiente, a no ser conformista,
BLOG DEL MAGO ALQUIMISTABLOG DEL MAGO ALQUIMISTA
VIERNES, 19 DE ABRIL DE 2019
AMPLIAN DENUNCIA CONTRA NOTARIO DELINCUENTE ALFONSO
DE LA CRUZ RIOS
EXPEDIENTE FISCAL: N° 2672 -2017
SUMILLA: - AMPLIA DENUNCIA Y REITERA SOLICITUD DE OFICIAR
-SOLICITA DECLARAR COMPLEJO EL CASO
-ADJJUNTA MEDIOS PROBATORIOS
SR FISCAL DE LA PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE SULLANA
Humberto Armando Rodríguez Cerna, iden ficado con DNI N° 06506619, de profesión
Químico Farmacéu co, con Domicilio Procesal en CALLE UGARTECHE N° 436 – B de
Sullana donde se nos deberá de no ficar obligatoriamente lo resuelto en la presente
DENUNCIA SEGUIDA CONTRA NELLY YOVANY ROMAN SOTO Y OTROS por delito de
falsedad ideológica, a Usted digo:
I.- PETITORIO
1.1.- Que, de conformidad con lo establecido por el ar culo 2º inciso 20 y Ar culo 159 Inciso 5: de la
Cons tución Polí ca del Estado y con lo establecido en la Ley Penal Tributaria (Decreto Legisla vo N° 813)
y sus respec vas modificaciones y con lo dispuesto en los ar culos 1, 60 inciso 1 y 94 inciso 1y ar culo
342 INCISO 3 del Código Procesal Penal y con lo prescrito en los ar culos 317,376,377,411,416,428,430
Y 438 del Código Penal vigente, recurro a su Despacho para ampliar la DENUNCIA PENAL CONTRA
ALFONSO DE LA CRUZ RIOS IDENTIFICADA CON DNI 17858301, EN SU ACTUACIÓN COMO
NOTARIO PÚBLICO DE LA CIUDAD DE BELLAVISTA por haber incurrido en los delitos de Falsedad
Ideológica, Asociación Ilícita para delinquir, Falsa declaración administra va, Falsedad Genérica Y Omisión
de Denuncia en agravio del denunciante en su calidad de Gerente de la Empresa Hostal Lima Srl, en
agravio de la empresa Hostal Lima Srl y en agravio del Estado Peruano representado por el Procurador
de la SUNARP Y ASI MISMO ACUDO A SU DESPACHO PARA AMPLIAR LA
DENUNCIA PENAL CONTRA
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2. ALFONSO DE LA CRUZ RIOS IDENTIFICADO CON DNI 17858301 EN SU
ACTUACIÓN COMO NOTARIO PÚBLICO DE LA CIUDAD DE BELLAVISTA Y
CONTRA LA REGISTRADORA PUBLICA
GAUDHY
ELIZABETH SUGEY SAAVEDRA CHIRA IDENTIFICADA CON DNI N°
42111510, por haber incurrido en los delito de FALSA DECLARACIÓN EN PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO,ASOCIACIÓN ILICITA PARA DELINQUIR CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS, OMISION DE
FUNCIONAES, ABUSO DE AUTORIDAD FALSEDAD GENÉRICA, FALSEDAD IDEOLÓGICA, Y OMISIÓN
DE DENUNCIA EN AGRAVIO DE LA SUNARP Y EN AGRAVIO de la Asociación de Comuneros Eventuales Señor
Cau vo de Pampas de Góngora representada por su presidente, Víctor Urteaga Bonilla y para lo cual
solicitamos imprimir la ficha de Reniec y no ficar al agraviado para que rinda sus declaración, delitos
come dos según la denuncia periodís ca PUBLICADA en el Diario Correo con fecha 4 de marzo del 2018 y
la cual transcribimos textualmente:
Una pareja conyugal habría inscrito predios en la Sunarp, solo con escritura
pública. Asociación Señor Cautivo pide investigación
“Piura.- 4 de marzo del 2018 Los integrantes de la Asociación de Comuneros Eventuales Señor Cau vo de
Pampas de Cóngora (cuyos terrenos están ubicados en el kilómetro 8 de la vía Piura-Paita) denunciaron
que presuntos traficantes de terrenos se han apoderado de 148 hectáreas -de un total de 153- que ellos
poseen. Al parecer, usaron documentos presuntamente ilegales para inscribir los predios en la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) de Sullana.
PREOCUPANTE. Según el presidente de dicha asociación, Víctor Urteaga Bonilla, estos terrenos deben ser
adjudicados por la SBN (Superintendencia Nacional de Bienes Estatales) al ser eriazos de propiedad del
Estado. Actualmente, los comuneros eventuales realizan trámites para que dicha en dad les otorgue la
propiedad.
Asimismo, manifestó que su asociación tomó posesión de dicha área en el año 1999, pero fue en el 2013
cuando la comunidad San Juan Bau sta de Catacaos les hizo la transferencia.
Urteaga Bonilla manifiesta que la presunta mafia de traficantes, para inscribir el área en la Registros
Públicos, primero elaboró un contrato de compra-venta entre el ciudadano Dionisio Berrú Peña y la
sociedad conyugal Edwin Mijahuanca Ramírez y Nélida Elizabeth García Huacchillo ante el hoy fallecido
notario Alberto Quintana Delgado. La transferencia correspondía a S/50,000 en el 2003, cuando el predio
formaba parte de la comunidad de Catacaos.
Denuncian tráfico de terrenos en la vía Piura- Paita
https://diariocorreo.pe/edicion/piura/denuncian-trafico-de-terrenos-en-la-piura-
paita-806165/ra-Paita
INTERPONEN DENUNCIA
CONTRA NOTARIO
CORRUPTO JOSE
ALBERTO HUACHILLO
CEVALLOS
EXPEDIENTE N° - 2019
SUMILLA:- PONE EN CONOCIMIENTO
GRAVES ACTOS DE CORRUPCION Y
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GRAVE ACTO DE
CORRUPCION DE JUEZ
CORRUPTO Y MAFIOSO
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AMPLIAN DENUNCIA
CONTRA CORROMPIDO
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CORCUERA GARCIA
CASO : N° 4191 -
2018 SUMILLA:- SUMILLA: - AMPLIA
DENUNCIA PENAL - SOLICITA OFICIAR
EN FORMA URGENTE A JEFE DE LA
SUNA...
DENUNCIAN GRAVE ACTO DE
CORRUPCIÓN DE CORRUPTO EX
SECRETARIO JUDICIAL MARCOS
CONDE MELENDEZ
¿¡¡¡¡¡COMPATRIOTAS, CONOZCAN A
SUS VERDADEROS ENEMIGOS:!!!!! LOS
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MINISTERIO PUBLICO: ARBITRARIOS,
ABUSIVOS, PREVARI...
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EN ESTE BLOG ANTICORRUPCION
VEREMOS LA CALUMNIOSA DENUNCIA
DE LOS TRES GERENTES Y DEL
ABOGADO DE LA CAJA MUNICIPAL DE
SULLANA HASTA LA DEMANDA POR
DAÑOS Y PERJUICIOS.
LA REPARACION CIVIL SERÁ EN
BENEFICIO DE LOS AGRAVIADOS
JUDICIALES Y PARA CONSTRUIR UN
CENTRO COMUNITARIO MEDICO
FARMACEUTICO
DIRECTOR DE LA ASOCIACION
ANTICORRUPCION DEMANDA A LA CAJA
MUNICIPAL - SULLANA
3. Lo irregular que advierte el dirigente es que en el archivo regional no existe el contrato de compra-venta.
Además, en el año 2011, el notario público Alfonso de la Cruz Ríos ra ficó el primer contrato de
transferencia de propiedad.
Posteriormente, el 15 de enero de 2016, la ra ficación del contrato fue presentado ante la registradora
Gaubdy Saavedra Chira, quien solicitó un informe a la Oficina de Catastro de Registros Públicos de Sullana.
Urteaga señala que existe un informe técnico de catastro N° 210-2016 de la Sunarp en donde la encargada
de la Oficina de Catastro, Martha Arrunategui Silupú, advierte a la registradora pública de Sullana que “la
en dad competente para desafectar y adjudicar es la SBN”. En otro informe N° 387-2016, el coordinador
de Catastro, Federico Trelles, indica que “el predio se encuentra en el ámbito de la Comunidad Campesina
San Juan Bau sta de Catacaos”.
A pesar de estas advertencias, la registradora inmatricula ( incorpora al Registro Público un bien sin
antecedentes registrales) el inmueble a favor de la pareja Edwin Mijahuanca y Nélida García.
“Nos causa malestar el despojo y la falta de control por parte de la registradora Saavedra, quien inserta la
ra ficación de contrato de compra-venta de un inmueble, que no es un tulo legalmente válido para una
inscripción de inmatriculación”, sos ene Urteaga.
Según documentos de la Sunarp, la par da del dominio del área en cues ón se inscribió el 18 de marzo del
2016 y después de un mes, el 18 de abril, la sociedad conyugal transfiere el 46.83% de dichas acciones a
Henry Alexander Oruna de Lama, Aníbal Sánchez Fernández y Deisi Orinda Meca Quevedo.
Además, el 7 de julio del mismo año, la sociedad conyugal cede a Julio More Vilela el 53.17 % de las acciones
y derechos restantes.
Finalmente, los tulares del terreno traspasan el predio a la empresa Eco Petroleum S.A.C por un valor de
3 millones de dólares, los cuales indica que iban a ser entregados en 30 días. Según Urteaga, finalmente la
empresa vende el área nuevamente a los cuatro tulares.”
Y por lo cual solicitamos que se tenga por ampliada la presente Denuncia penal Y
SOLICITAMOS QUE SE DECLARE COMPLEJO EL PRESENTE CASO y para que se sirva disponer la
ampliación de la inves gación preliminar correspondiente en el más breve plazo para evitar
que los denunciados puedan eludir la acción de la jus cia y solicitando no ficar al Procurador
de la Sunarp a la brevedad posible según los Fundamentos que a con nuación exponemos:
II.- FUNDAMNTOS FACTICOS
2.1.-Que el denunciante es gerente de la empresa Hostal David Srl con personería jurídica inscrita en la
Par da Electrónica N° 03137424 DEL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
DE LA CIUDAD DE TRUJILLO según copia de la Vigencias de poder del Gerente de la empresa Hostal David
srl y así mismo el denunciante es gerente de la empresa Hostal Lima Srl con personería jurídica
inscrita en la Par da Electrónica N° 05010809 DEL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS DE LOS
REGISTROS PÚBLICOS DE LA CIUDAD DE SULLANA según el documento Original de la Vigencias de poder
del Gerente de la empresa Hostal Lima srl que estamos adjuntando
2.2.- Que el día 9 de Junio del 2017 mientras el denunciante se encontraba en un internet de la ciudad
de Sullana por medio del Mecanismo de Alerta Registral. El denunciante ha recibido el siguiente mensaje:
---------- Mensaje reenviado ----------
De: SUNARP <ALERTA@sunarp.gob.pe>
Fecha: 9 de junio de 2017, 9:35
Asunto: No ficacion de Alerta Registral
Para: JUSTICIASINCORRUPCION@gmail.com
La Par da Registral No 05010809 está siendo objeto de calificación por el Título No. 2017-01092415
presentado en la sede: SULLANA. Para mayor información consulte el mismo a través del si o
web: h ps://enlinea.sunarp.gob.pe/sunarpweb/pages/acceso/frmTitulos.faces
2.3.- Y siendo que al abrir el Link que se indica que pertenece a la SUNARP, se puede visualizar que el
denunciante ha sido alertado vía correo electrónico que se pretende inscribir dolosa, delincuencial y
fraudulentamente en los Registros Públicos de la ciudad de Sullana, el Titulo N° No. 2017- 01092415 de
una supuesta ADECUACION A LA NUEVA LEY GENERAL DE SOCIEDADES DE UNA S.R.LTDA presentada por
segunda vez por la cues onada evasora de impuestos y conocida abogada delincuente
NELLY YOVANY ROMAN SOTO por medio de un fraudulento documento en la que supuestamente se
modifica los Estatutos de la empresa Hostal Lima srl y el cual transcribimos textualmente:
SERVICIOS >> Consulta de Estado de Títulos >> Detalle del Título
Número Título: 01092415 Año: 2017 Oficina: SULLANA
Tipo Registro DE PERSONAS JURIDICAS
Actos Registrales - ADECUACION A LA NUEVA LEY GENERAL DE SOCIEDADES DE UNA S.R.LTDA
Resultado de la Calificación CALIF/PROR
Mensaje Su Titulo se encuentra en Calificacion y Prorrogado
4. Fecha Hora de Presentación 25/05/2017 10:19:42
Vencimiento 23/08/2017
Fecha Máxima de Reingreso y/o Pago de Mayor Derecho 16/08/2017
Presentante
ROMAN SOTO NELLY YOVANY
Documento : 40331814
Par das Bloqueadas
Par das Oficina
05010809 SULLANA
Fecha de Impresión 11/06/2017 18:40:14
2.4.- Siendo que Sr FISCAL que para este fraudulento Titulo se ha u lizado documentación notarial
fraudulenta para agraviar a la empresa Hostal lima srl tal como lo he denunciado primigenia
y anteriormente en el fraudulento tulo idén co Nª 2017 -00777438 también en agravio de la empresa
Hostal Lima SRL y en agravio de la SUNARP en la ciudad de Sullana, haciendo hincapié que el denunciante
en su calidad de Gerente de la empresa Hostal Lima srl no ha recibido ningún documento ni nunca ha
recibido ninguna carta notarial ni ha firmado ni ha tramitado ningún documento ante la SUNARP de las
ciudades de Sullana y Trujillo y por lo cual la documentación presentada en la Sunarp de Sullana para una
supuesta MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS DE SOCIEDAD ANÓNIMA y ahora para una
supuesta ADECUACIÓN A LA NUEVA LEY GENERAL DE SOCIEDADES de la empresa Hostal Lima srl ES
TOTALMENTE FRAUDULENTA Y DELICTIVA y que se están haciendo a espaldas del gerente de las empresas
Hostal Lima srl y Hostal David srl y siendo lo grave que se este úl mo hecho delic vo se ha realizado con
el auxilio doloso de la Registradora Publica Gaudhy Elizabeth Saavedra Chira y también con la actuación
delic va del notario público de la ciudad de Bellavista
ALFONSO DE LA CRUZ RIOS iden ficado con DNI 17858301
2.5.- Que anteriormente el tulo idén co Nª 2017 -00777438 presentado bajo los mismos términos y
con la misma fraudulenta escritura pública N° 53-2017 de modificación de estatutos de escritura pública
para Adecuación a la Nueva ley General de sociedades de la empresa Hostal Lima srl confeccionada en
forma fraudulenta en la notaría pública del distrito de Bellavista De La Cruz Ríos FUE TACHADO por el
Registrador Publico Yesller Sandoval Guevara según copia de tacha que estamos adjuntando nuevamente
al haber presentado el mencionado notario público oposición de inscripción en el tulo 2017 -00777438
al haberle el denunciante enviado una carta notarial con fecha 20 de Abril del 2017 solicitándole que se
oponga a la inscripción de dicha escritura pública que la transcribo textualmente:
CARTA NOTARIAL
Sumilla: Solicita pedir el desis miento de la inscripción del tulo 2017
-00777438 en la Sunap de Sullana al haber sido sorprendido vuestra
notaria
calle Puno 399 – Bellavista Sullana
Sr. Notario Público Alfonso de la Cruz Rios
5. Nelly Yovany Román
y otros a los delitos de Falsedad Ideológica, Falsedad Genérica, Fraude procesal y Falsa declaración
administra va, en agravio del gerente de la empresa Hostal Lima SRL, en agravio de la misma empresa
Hostal Lima srl y en agravio de la Sunarp representando al Estado peruano pues el denunciante como se
indico en una anterior denuncia interpuesto ante vuestro despacho nunca había recibido ninguna carta
notarial de fecha 14 de febrero del 2017 según se indica en la cues onada escritura pública N° 53
-2017 del mencionado Notario Público De La Cruz Rios pues el denunciado Abelardo Cerna Pérez no
deja ingresar al denunciante a la empresa Hostal Lima srl desde hace varios años y el domicilio real del
denunciante ubicado en Calle San Mar n 758 segundo piso - Sullana se encuentra usurpada por el
mismo denunciado Abelardo Cerna Pérez según los medios probatorios que hemos adjuntando
sicamente al presente escrito y por lo tanto todo lo actuado en dicha notaria era nulo de pleno
derecho
1.- Por medio de la presente carta que le será entregada en forma notarial me dirijo a Usted para hacerle ver que el suscrito
Humberto Armando Rodríguez Cerna gerente de la empresa Hostal Lima SRL de la ciudad de Sullana por medio de la alerta
registral he recibido un aviso donde se pretende inscribir el tulo -2017 – 00777438 de modificación de escritura pública de la
empresa Hostal Lima SRL por medio de la escritura pública N° 53-2017 sobre Adecuacion a nueva ley confeccionada en
vuestra notaria publica y por lo cual se ha ampliado denuncia penal contra Abelardo Cerna Pérez y otros por delitos de
Falsedad Ideológica, Falsedad Genérica, Fraude procesal y Falsa declaración administra va, en agravio del gerente de la
empresa Hostal Lima SRL, en agravio de la misma empresa Hostal Lima srl y en agravio de la Sunarp representando al Estado
peruano pues el denunciante nunca ha recibido ninguna carta notarial de fecha 14 de febrero del 2017 según se indica en
vuestra escritura pública N° 53 -2017 pues el denunciado Abelardo Cerna Perez no me deja ingresar a la empresa Hostal Lima
srl desde hace varios años y mi domicilio real ubicado en Calle San Mar n 758 segundo piso se encuentra usurpada por el
mismo denunciado Abelard Cerna Perez según los medios probatorios que estamos adjuntando y por lo tanto todo lo actuado
en vuestra notaria es nulo de pleno derecho y por lo cual vuestra actuación como notario público seria completamente dolosa
al habérseme ocultado la carta notarial convocando a Junta, la cual niego haber recibido y siendo que con toda seguridad se
ha come do un nuevo delito en mi agravio en donde su notaria publica ha sido u lizada para cometerlo es que solicito muy
atentamente para evitar que vuestra notaria sea comprendida en una nueva denuncia penal, que pida a la brevedad posible
y al término de la distancia el desis miento de la inscripción del tulo 2017 -00777438 en la Sunap de Sullana al haber sido
sorprendido vuestra notaria pues es claro la ley General de Sociedades que para realizarse una convocatoria notarial debe el
gerente haber recibido una carta notarial y este jamás ha recibido ninguna carta notarial y por lo cual se está preparando
una nueva denuncia por ocultamiento de carta notarial.
ANEXOS
-Copia de DNI y copia de denuncia Penal y copia de denuncia administra va interpuesta contra Abelardo Cerna Pérez por
graves delitos de Falsedad Ideológica y otros en agravio del gerente de la empresa Hostal Lima SRL y en agravio del Estado
-Copia de resolución de juicio oral que acredita que mi domicilio real se encuentra Usurpado por el Sr Abelardo Cerna Pérez y
con lo que acredito que nunca he recibido ninguna carta notarial
Sullana, 18 de Abril del 2017
Muy atentamente
........................................................................
Q.F. HUMBERTO ARMANDO RODRÍGUEZ CERNA
DNI 0650662919
porque además no le correspondía a dicha notaria publica ubicada del distrito de Bellavista hacer dicha
convocatoria notarial sino que le correspondía a una notaría pública de la ciudad de Sullana y porque las
par cipaciones en el acta diferían completamente de la par da electrónica inscrita en los Registros
Públicos y por lo cual una vez tachado el suscrito amplió la denuncia penal interpuesta contra Abelardo
Cerna Pérez,
2.6.- Pero es el caso que nuevamente los denunciados Abelardo Cerna Pérez y
6. Gaudhy Elizabeth Saavedra Chira QUIEN ES UNA AUTENTICA DELINCUENTE inscribir
dolosamente dicha escritura pública ( la misma que anteriormente fue tachada con el
titulo Nª 2017-00777438) sobre Adecuación a la Nueva ley General de sociedades de la
empresa Hostal Lima srly por lo cual el denunciante envió una nueva carta notarial de
fecha al denunciado Notario Publico Sr. Notario Público Alfonso de la Cruz Rios solicitándole
nuevamente que se oponga a la inscripción de dicha escritura pública que la transcribo textualmente:
CARTA NOTARIAL
SUMILLA: -SOLICITA PEDIR LA OPOSICION DE LA INSCRIPCIÓN DEL TÍTULO
2017 - 01092415 EN LA SUNARP DE SULLANA AL ESTAR SIENDO USADO EN
FORMA DOLOSA NUEVAMENTE VUESTRA ESCRITURA PUBLICA DE
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS DE LA EMPRESA HOSTAL LIMA SRL EN LA
QUE FUE SORPRENDIDO VUESTRA NOTARIA PUBLICA
-ADJUNTA MEDIOS PROBATORIOS
CALLE PUNO 399 – BELLAVISTA - SULLANA
1.- Por medio de la presente carta me dirijo a Usted para hacerle ver que el suscrito Humberto Armando Rodríguez Cerna
gerente de la empresa Hostal Lima SRL de la ciudad de Sullana por medio de la alerta registral he recibido un nuevo aviso a mi
correo electrónico donde se pretende inscribir otro tulo , el Numero -2017 – 01092415 por medio de la escritura pública N°
53-2017 sobre Adecuación a la nueva ley de Sociedades confeccionada ilegalmente en vuestra notaria publica pues el gerente
de la empresa Hostal lima srl nunca recibió ninguna carta notarial por encontrarse su domicilio real usurpado
Nelly
Yovany
Román
Soto
usando
la
misma fraudulenta escritura pública N°
53 -2017 realizada en la notaria publica
de Bellavista estaban tratando en
complicidad con la registradora
públicos
SR. NOTARIO PÚBLICO ALFONSO DE LA CRUZ RIOS
7. 2.- Que anteriormente el tulo Nª 2017 -00777438 presentado bajo los mismos términos y con la misma escritura pública N°
53-2017 de modificación de estatutos de escritura pública para Adecuación a la Nueva ley General de sociedades de la
empresa Hostal Lima srl confeccionada en vuestra notaria publica fue tachado por el Registrador Publico Yesller Sandoval
Guevara según copia de tacha que se adjunta al haber presentado vuestra persona oposición de inscripción en el tulo 2017
-00777438 al haber sido sorprendido por los denunciados Abelardo Cerna Pérez y Nelly Yovany Román Soto y porque no le
correspondía a vuestra notaria publica ubicada del distrito de Bellavista hacer dicha convocatoria notarial sino que le
correspondía a una notaría pública de la ciudad de Sullana y por el suscrito amplió la denuncia penal interpuesta contra
Abelardo Cerna Pérez, Nelly Yovany Román y otros a los delitos de Falsedad Ideológica, Falsedad Genérica, Fraude procesal y
Falsa declaración administra va, en agravio del gerente de la empresa Hostal Lima SRL, en agravio de la misma empresa
Hostal Lima srl y en agravio de la Sunarp representando al Estado peruano pues el denunciante como se le indico en una
anterior carta notarial a vuestra persona nunca ha recibido ninguna carta notarial de fecha 14 de febrero del 2017 según se
indica en vuestra escritura pública N° 53 -2017 pues el denunciado Abelardo Cerna Pérez no me deja ingresar a la empresa
Hostal Lima srl desde hace varios años y mi domicilio real ubicado en Calle San Mar n 758 segundo piso se encuentra
usurpada por el mismo denunciado Abelardo Cerna Pérez según los medios probatorios que estamos adjuntando y por lo tanto
todo lo actuado en vuestra notaria era nulo de pleno derecho y usted estaba en la obligación de oponerse a que sus escrituras
publicas sean usadas dolosamente en los Registros públicos
3.- Pero es el caso que nuevamente los denunciados Abelardo Cerna Pérez y Nelly Yovany Román Soto usando la misma
escritura pública N° 53 -2017 realizada en vuestra notaria publica de Bellavista pretenden en complicidad con el registrador
públicos Gaudhy Elizabeth Saavedra Chira inscribir dolosamente la dicha escritura pública para Adecuación a la Nueva ley
General de sociedades de la empresa Hostal Lima srl y por lo cual al ponérsele en conocimiento por medio de esta carta
notarial que nuevamente vuestra escritura pública N° 53 -2017 está siendo u lizada para ac vidades delic vas es que solicito
muy atentamente para evitar que vuestra notaria publica sea comprendida en una nueva denuncia penal, que pida a la
brevedad posible y al término de la distancia la OPOSICION de la inscripción del nuevo tulo 2017 - 01092415 en la Sunarp
de Sullana al querérsele involucrar a vuestra notaria publica en un hecho delic vo con la misma escritura pública cues onada
tal como lo puede verificar en los medos probatorios que estamos adjuntando pues es claro la ley
General de Sociedades que para realizarse una convocatoria notarial debe el gerente haber recibido una carta notarial y este
jamás ha recibido ninguna carta notarial y por lo cual ya se le ha denunciado nuevamente a los denunciados Abelardo Cerna
Pérez y Nelly Yovany y se está preparando una nueva denuncia por el delito de falsedad genérica contra las referidas personas
por el uso doloso reitera vo de vuestra escritura pública pues lo que se busca es re rarme de la gerencia de la empresa hostal
lima SRL en forma ilegal y vender ilegalmente los inmuebles de la empresa para no pagarme mis beneficios sociales ni mis
par cipaciones societarias
ANEXOS
-Copia de DNI y cer ficado de vigencia de poder de Gerente de la empresa Hostal Lima srl
- copia de esquela de observación del tulo Numero -2017 – 01092415 en la se pretende inscribir la escritura pública N° 53-
2017 sobre Adecuación a nueva ley de Sociedades confeccionada ilegalmente en vuestra notaria publica
- Copia de tacha del anterior tulo Nª 2017 -00777438 que fue tachada al oponerse vuestra persona por haber sido
sorprendido obre modificación de estatutos de la escritura pública de la empresa Hostal Lima SRL
- Copia de resolución de juicio oral que acredita que mi domicilio real se encuentra Usurpado por el Sr Abelardo Cerna Pérez y
con lo que acredito que nunca he recibido ninguna carta notarial
-copia de denuncia administra va interpuesta contra Abelardo Cerna Pérez y el registrador público Gaudhy Elizabeth
Saavedra Chira tratar de inscribir un tulo que ya había sido tachado
Sullana, 9 de Abril del 2017
Muy atentamente
........................................................................
Q.F. HUMBERTO ARMANDO RODRÍGUEZ CERNA
DNI 0650662919
2.7.- Que es muy sospechoso que el denunciado notario público no se volviera a oponerse a la inscripción
de dicha fraudulenta escritura pública por lo que el denunciante presentó un nuevo escrito ante su oficina
del denunciado Notario Publico Sr. Notario Público
Alfonso de la Cruz Rios solicitándole nuevamente que se oponga a la inscripción de dicha escritura pública y
solicitándole copia cer ficada del acta correspondiente que la transcribo textualmente:
Sumilla: Solicita copia CERTIFICADA de carta notarial del mes de Marzo
del 2017 enviada dolosamente hace unos días al gerente de la empresa
Hostal Lima srl a un domicilio que se encuentra usurpado, en calle San
Mar n 758 – Sullana
Reitera por úl ma vez solicitud de pedir el desis miento de la inscripción
del tulo 2017 -00777438 en la Sunap de Sullana antes de presentar
denuncia penal contra vuestra persona
calle Puno 399 – Bellavista Sullana
1.- Por medio de la presente carta me dirijo muy atentamente a Usted para hacerle ver que el suscrito Javier Palacios
Yamunaque abogado del Sr Q.F. Humberto Armando Rodríguez Cerna, gerente de la empresa Hostal Lima SRL de la ciudad de
Sullana, ha sido informado por medio de la alerta registral que ha recibido un aviso donde se pretende inscribir dolosamente
el tulo -2017 – 01092415 de modificación de escritura pública de la empresa Hostal Lima SRL por medio de una aclaración
Sr. Notario Público Alfonso de la Cruz Rios
8. de escritura pública N° 53-2017 sobre Adecuacion a nueva ley confeccionada en vuestra notaria publica y por lo cual
estaremos ampliando la denuncia penal contra Abelardo Cerna Pérez y otros por delitos de Falsedad Ideológica, Falsedad
Genérica, Fraude procesal y Falsa declaración administra va, en agravio del gerente de la empresa Hostal Lima SRL, en
agravio de la misma empresa Hostal Lima srl y en agravio de la Sunarp representando al Estado peruano contra su persona
pues el denunciante nunca ha recibido ninguna carta notarial ni en el mes de Febrero ni en el mes de marzo del 2017 según se
indica en vuestra nueva escritura publica pues el denunciado Abelardo Cerna Perez no lo deja ingresar a la empresa Hostal
Lima srl desde hace varios años y su domicilio real ubicado en Calle San Mar n 758 segundo piso se encuentra usurpada por el
mismo denunciado Abelard Cerna Perez según los medios probatorios que hemos adjuntado anteriormente en las anteriores
cartas notariales enviadas a usted por el Sr Humberto Armando Rodriguez cerna y por lo tanto todo lo actuado en vuestra
notaria es nulo de pleno derecho y por lo cual vuestra actuación como notario público seria completamente dolosa al
ocultarnos la entrega de la carta notarial convocando a Junta que estamos solicitando para ver quien la ha recibido y para
demostrar que la persona que lo ha recibido no laboraba en el mes de marzo del 2017 en la bo ca libertad y con lo cual se
solicitara el cierre de vuestra notaria por hacer tan graves actos de corruipciopn y la cual niego haber recibido y siendo que
con toda seguridad se ha come do un nuevo delito en mi agravio en donde su notaria publica ha sido u lizada para
cometerlo es que solicito muy atentamente para evitar que vuestra notaria sea comprendida en una nueva denuncia penal,
que pida a la brevedad posible y al término de la distancia el desis miento de la inscripción del tulo 2017 -01092415 en la
Sunap de Sullana al haber sido sorprendido vuestra notaria pues es claro la ley General de Sociedades que para realizarse una
convocatoria notarial debe el gerente haber recibido una carta notarial y este jamás ha recibido ninguna carta notarial de
vuestra persona y por lo cual se está preparando una nueva denuncia por ocultamiento de carta notarial contra vuestra
persona si es que no nos entregara la copia cer ficada de la referida carta notarial
Sullana, 30 de Junio del 2017
Muy atentamente
........................................................................
Q.F. HUMBERTO ARMANDO RODRÍGUEZ CERNA
DNI 0650662919
2.8.- Que increíblemente el denunciado notario público no se opuso a la inscripción de la mencionada
fraudulenta escritura pública ni se opuso a la inscripción del NUEVO FRAUDULENTO TÍTULO
2017 - 01092415 y tampoco la registradora publica
Gaudhy Elizabeth Saavedra CHIRA TAMPOCO TACHO DICHA NUEVO FRAUDULENTO TÍTULO 2017
- 01092415 porque no le correspondía a dicha notaria publica ubicada del distrito de Bellavista hacer dicha
convocatoria notarial sino que le correspondía a una notaría pública de la ciudad de Sullana y porque las
par cipaciones en el acta diferían de la par da electrónica en los registros públicos y porque EL MISMO
NOTARIO PUBLICO DE LA CRUZ RIOS se había opuesto anteriormente a su inscripción por haber sido
sorprendido pero es el caso que la denunciada registradora público Gaudhy Elizabeth Saavedra Chira ha
observo levemente EL NUEVO TITULO 2017 - 01092415 EN DONDE SE HA PRESENTADO LA MISMA
ESCRITURA PUBLICA 53- 2017 DEL NOTARIO PUBLICO
ALFONSO DE LA CRUZ RÍOS SIN NINGUNA MODIFICACIÓN para que los denunciados puedan levantar
fácilmente las observaciones EN DONDE NO SE OBSERVA QUE NO LE CORRESPONDE A UNA NOTARIA
PUBLICA DE BELLAVISTA HACER DICHA CONVOCATORIA NOTARIAL SINO A UNA NOTARIA PUBLICA DE
SULLANA TAMPOCO SE HA OBSERVADO QUE LAS PARTICIPACIONES DEL DENUNCIADO ABELARDO CERNA
PEREZ EN LA ESCRITURA PUBLICA QUE SE INSCRIBIERON DIFIEREN COMPLETAMENTE DE LA PARTIDA
9. ELECTRÓNICA INSCRITA EN LOS REGISTROS PUBLICOS Y LOGRANDO INSCRIBIR LA MISMA FRAUDULENTA
ESCRITURA PUBLICA POR LA QUE ANTERIORMENTE SE HABÍA OPUESTO EL NOTARIO PUBLICO DE LA CRUZ
RIOS A QUE SE INSCRIBA y CON LO QUE SE VERIFICA QUE NO EXISTE SEGURIDAD JURIDICA EN LA SUNARP
DE SULLANA y por lo cual recurro a su Despacho para ampliar la DENUNCIA PENAL contra ALFONSO DE
LA CRUZ RIOS iden ficada con DNI 17858301, en su actuación como notario público de la ciudad de
Bellavista por haber incurrido en los delitos de Falsedad Ideológica, Asociación Ilícita para delinquir, Falsa
declaración administra va, Falsedad Genérica Y Omisión de Denuncia en agravio del denunciante en su
calidad de Gerente de la Empresa Hostal Lima Srl, en agravio de la empresa Hostal Lima Srl y en agravio
del Estado Peruano representado por el Procurador de la SUNARP, DELITOS INCURRIDOS EN LA
TRAMITACION DEL FRAUDULENTO TÍTULO 2017 - 01092415 INSCRITO EN LA SUNARP
2.10.- Que asi mismo acudo a su despacho para ampliar la DENUNCIA PENAL contra
ALFONSO DE LA CRUZ RIOS iden ficado con DNI 17858301 en su actuación como notario público de la
ciudad de Bellavista y contra LA REGISTRADORA PUBLICA GAUDHY ELIZABETH SUGEY SAAVEDRA CHIRA
IDENTIFICADA CON DNI N° 42111510, por haber incurrido en los delitos de FALSA DECLARACIÓN EN
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO,ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR, CORRUPCIÓN DE
FUNCIONARIOS, OMISION DE ACTOS FUNCIONAES, FALSEDAD GENÉRICA, FALSEDAD IDEOLÓGICA,
Y OMISIÓN DE DENUNCIA EN AGRAVIO DE LA SUNARP Y EN AGRAVIO DE LA ASOCIACIÓN DE COMUNEROS
EVENTUALES SEÑOR CAUTIVO DE PAMPAS DE GÓNGORA REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE, VÍCTOR
URTEAGA BONILLA y para lo cual solicitamos imprimir la ficha de Reniec y no ficar al mencionado
agraviado para que rinda sus declaración, delitos come dos según la denuncia periodís ca PUBLICADA en
el Diario Correo con fecha 4 de marzo del 2018 y la cual transcribimos textualmente:
Una pareja conyugal habría inscrito predios en la Sunarp, solo con escritura
pública. Asociación Señor Cautivo pide investigación
“Piura.- 4 de marzo del 2018
Los integrantes de la Asociación de Comuneros Eventuales Señor Cau vo de Pampas de Cóngora (cuyos terrenos están
ubicados en el kilómetro 8 de la vía Piura-Paita) denunciaron que presuntos traficantes de terrenos se han apoderado de 148
hectáreas -de un total de 153- que ellos poseen. Al parecer, usaron documentos presuntamente ilegales para inscribir los
predios en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) de Sullana.
PREOCUPANTE. Según el presidente de dicha asociación, Víctor Urteaga Bonilla, estos terrenos deben ser adjudicados por la
SBN (Superintendencia Nacional de Bienes Estatales) al ser eriazos de propiedad del Estado. Actualmente, los comuneros
eventuales realizan trámites para que dicha en dad les otorgue la propiedad.
Asimismo, manifestó que su asociación tomó posesión de dicha área en el año 1999, pero fue en el 2013 cuando la comunidad
San Juan Bau sta de Catacaos les hizo la transferencia.
Urteaga Bonilla manifiesta que la presunta mafia de traficantes, para inscribir el área en la Registros Públicos, primero
elaboró un contrato de compra-venta entre el ciudadano Dionisio Berrú Peña y la sociedad conyugal Edwin Mijahuanca
Ramírez y Nélida Elizabeth García Huacchillo ante el hoy fallecido notario Alberto Quintana Delgado. La transferencia
correspondía a S/50,000 en el 2003, cuando el predio formaba parte de la comunidad de Catacaos.
Lo irregular que advierte el dirigente es que en el archivo regional no existe el contrato de
compra-venta. Además, en el año 2011, el notario público Alfonso de la Cruz Ríos ra ficó el
primer contrato de transferencia de propiedad.
Posteriormente, el 15 de enero de 2016, la ra ficación del contrato fue presentado ante la
registradora
Denuncian tráfico de terrenos en la vía Piura- Paita
https://diariocorreo.pe/edicion/piura/denuncian-trafico-de-terrenos-en-la-piura-
paita-806165/ra-Paita
10. Gaubdy Saavedra Chira, quien solicitó un informe a la Oficina de Catastro de Registros
Públicos de Sullana. Urteaga señala que existe un informe técnico de catastro N° 210-2016 de
la Sunarp en donde la encargada de la Oficina de Catastro, Martha Arrunategui Silupú,
advierte a la registradora pública de Sullana que “la en dad competente para desafectar y
adjudicar es la SBN”. En otro informe N° 387-2016, el coordinador de Catastro, Federico Trelles,
indica que “el predio se encuentra en el ámbito de la Comunidad Campesina San Juan
Bau sta de Catacaos”.
A pesar de estas advertencias, la registradora inmatricula ( incorpora al Registro Público un
bien sin antecedentes registrales) el inmueble a favor de la pareja Edwin Mijahuanca y Nélida
García.
“Nos causa malestar el despojo y la falta de control por parte de la registradora Saavedra,
quien inserta la ra ficación de contrato de compra-venta de un inmueble, que no es un tulo
legalmente válido para una inscripción de inmatriculación”, sos ene Urteaga.
Según documentos de la Sunarp, la par da del dominio del área en cues ón se inscribió el 18 de marzo del 2016 y después de
un mes, el 18 de abril, la sociedad conyugal transfiere el 46.83% de dichas acciones a Henry Alexander Oruna de Lama, Aníbal
Sánchez Fernández y Deisi Orinda Meca Quevedo.
Además, el 7 de julio del mismo año, la sociedad conyugal cede a Julio More Vilela el 53.17 % de las acciones y derechos
restantes.
Finalmente, los tulares del terreno traspasan el predio a la empresa Eco Petroleum S.A.C por un valor de 3 millones de dólares,
los cuales indica que iban a ser entregados en 30 días. Según Urteaga, finalmente la empresa vende el área nuevamente a los
cuatro tulares.
“Nosotros nos enteramos de lo ocurrido en el 2016 por lo que ya hemos tomado medidas solicitando el bloqueo de la par da
registral y una inves gación al tulo archivado. Además, estamos solicitando a la jefa de Prorural que se manifieste sobre el
tema”, enfa zó el presidente de la asociación.
Víctor Urteaga indica que los presuntos traficantes de terrenos lograron adueñarse de 148 de las 153 hectáreas que poseen,
mediante una inscripción ilegal detallada líneas arribas.
Estas personas también habrían intentado apropiarse de las 5 hectáreas restantes a través del ciudadano Segundo Benicio
Días Gadivia, quien solicitó el otorgamiento de 5.1226 hectáreas del terreno ubicado en el sector Pampas de Cóngora ante la
gerencia de Prorural. No obstante, la en dad declaró el pedido improcedente porque el terreno estaba ocupado por terceros y
es parte del predio San Miguel.
POSESIÓN. “El 13 de febrero del presente año llegaron personas de mal vivir y a la fuerza se apoderaron de los terrenos usando
maquinaria pesada, por lo que llamé a la Policía y el apoderado de los tulares no mostró ningún documento de propiedad”,
refirió Urteaga.
Esta denuncia fue puesta en la dependencia policial por el delito de ursurpación agravada contra el apoderado Hector
Sabogal Urteaga. Actualmente, el caso es inves gado por la fiscal María Sandoval Zapata de la Primera Fiscalía Provincial
Penal Corpora va de Piura.
“Aquí hay una mafia de tráfico de terrenos, acá se ve que todo lo han hecho en el mismo año, la Oficina Registros Públicos de
Sullana debe pronunciarse”, dijo.
Son 22 miembros de la asociación los perjudicados. El presidente indica que los traficantes se apoderaron también de los
terrenos colindantes de sus predios que son de sus vecinos.
“Es una bajeza lo que han hecho con nosotros, es un robo, esta gente esta acostumbrada a amedrentar pero nosotros no nos
quedaremos cruzados de brazos”, afirmó tajantemente Urteaga Bonilla.
Y por lo cual solicitamos que se tenga por ampliada la presente Denuncia penal y para que se
sirva disponer la ampliación de la inves gación preliminar correspondiente en el más breve
plazo para evitar que los denunciados puedan eludir la acción de la jus cia y solicitando
no ficar al Procurador de la Sunat a la brevedad posible según los Fundamentos que hemos
expuesto y por lo cual solicitamos la des tución de dicha registradora publica pues nuevamente la
escritura pública N° 53 -2017 del notario de la Cruz Rios está siendo u lizada para ac vidades
delic vas pues lo que se busca es re rarme dolosamente de la gerencia de la empresa hostal lima SRL en
forma ilegal y vender ilegalmente los inmuebles de la empresa para no pagarle sus beneficios sociales ni
sus par cipaciones societarias al socio gerente.
Anexos
1.- Cer ficado de Vigencia de Poder de Gerente de la empresa Hostal Lima SRL
2.- Carta notarial con fecha 20 de Abril del 2017 dirigida al notario público de la ciudad de Bellavista
ALFONSO DE LA CRUZ RIOS iden ficada solicitándole que se oponga a la inscripción de la fraudulenta
escritura pública N 53 -2017
3,. Impresión de anotación de tacha del tulo N° 2017- 00777438
4.- Impresión de esquela de observación del tulo N° 2017- 01092415
5.- Carta notarial con fecha 13 de JUNIO del 2017 dirigida al notario público de la ciudad de Bellavista
ALFONSO DE LA CRUZ RIOS iden ficada solicitándole que se VUELVA A OPONER a la inscripción de la
fraudulenta escritura pública N° 53 -2017
6.- Impresión de consulta de Estado de Títulos que acredita que el fraudulento tulo 01092415-2017 ya se
encuentra inscrito en la SUNARP
7.- Publicación de la NUEVA denuncia periodís ca del diario correo de fecha 4 de Marzo del 2018 donde se
denuncia el tráfico de terrenos donde se encuentran INVOLUCRADOS la denunciada registradora publica
11. GAUDHY DELINCUENTE ELIZABETH SUGEY SAAVEDRA Y EL DENUNCIADO NOTARIO PUBLICO
DELINCUENTE ALFONSO DE
LA CRUZ RIOS
FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DE DENUNCIA
1.-Cons tución Polí ca del Estado.-
- Art. 2º Inciso 20: “Toda persona ene derecho a formular pe ciones ante la autoridad competente, la
que está obligada a pronunciarse dentro del plazo de Ley, por escrito y bajo responsabilidad”
- Ar culo 159 Inciso 5: Corresponde al Ministerio Público, el ejercicio de la acción penal, de oficio o a
pe ción de parte.
2.-- Código Procesal Penal
ARTÍCULO IV°. Titular de la acción penal.- 1. El Ministerio Público es tular del ejercicio público de la acción
penal en los delitos y ene el deber de la carga de la prueba. Asume la conducción de la inves gación
desde su inicio.
ARTÍCULO 1º Acción penal.- La acción penal es pública.
1. Su ejercicio en los delitos de persecución pública, corresponde al Ministerio Público. La ejercerá de
oficio, a instancia del agraviado por el delito o por cualquier persona, natural o jurídica, mediante acción
popular.
ARTÍCULO 60º Funciones.- 1. El Ministerio Público es el tular del ejercicio de la acción penal. Actúa de
oficio, a instancia de la víc ma, por acción popular o por no cia policial.
2. El Fiscal conduce desde su inicio la inves gación del delito. Con tal propósito la Policía Nacional está
obligada a cumplir los mandatos del Ministerio Público en el ámbito de su función.
ARTÍCULO 94º Definición.- 1. Se considera agraviado a todo aquél que resulte directamente ofendido por
el delito o perjudicado por las consecuencias del mismo. Tratándose de incapaces, de personas jurídicas o
del Estado, su representación corresponde a quienes la Ley designe.
ARTÍCULO 342° Plazo.- INCISO 3. Se considera proceso complejo cuando: a) requiera la actuación de una
cantidad significativa de actos de investigación; b) comprenda la investigación de numerosos delitos; c)
involucra una cantidad importante de imputados o agraviados; d) investiga delitos perpetrados por
imputados integrantes o colaborares de bandas u organizaciones delictivas; e) demanda la realización de
pericias que comportan la revisión de una nutrida documentación o de complicados análisis técnicos; f)
necesita realizar gestiones de carácter procesal fuera del país; o, g) deba revisar la gestión de personas
jurídicas o entidades del Estado.
3.- CODIGO PENAL
Ar culo 317.-Asociación ilícita El que forma parte de una agrupación de dos o más personas des nada a
cometer delitos será reprimido, por el sólo hecho, de ser miembro de la agrupación, con pena priva va de
libertad no menor de tres ni mayor de seis años.
Ar culo 376.- Abuso de autoridad El funcionario público que, abusando de sus atribuciones, comete u
ordena, en perjuicio de alguien, un acto arbitrario cualquiera, será reprimido con pena priva va de
libertad no mayor de dos años.
Ar culo 377.- Omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales El funcionario público que,
ilegalmente, omite, rehusa o retarda algún acto de su cargo, será reprimido con pena priva va de libertad
no mayor de dos años y con treinta a sesenta días-multa.
Ar culo 411.-Falsa declaración en procedimiento administra vo El que, en un procedimiento
administra vo, hace una falsa declaración en relación a hechos o circunstancias que le corresponde probar,
violando la presunción de veracidad establecida por ley, será reprimido con pena priva va de libertad no
menor de uno ni mayor de cuatro años.
Ar culo 416.-Fraude procesal El que, por cualquier medio fraudulento, induce a error a un funcionario o
servidor público para obtener resolución contraria a la ley, será reprimido con pena priva va de libertad
no menor de dos ni mayor de cuatro años. El que hace uso del documento como si el contenido fuera
exacto, siempre que de su uso pueda resultar algún perjuicio, será reprimido, en su caso, con las mismas
penas.
Ar culo 428.-Falsedad ideológica El que inserta o hace insertar, en instrumento público, declaraciones
falsas concernientes a hechos que deban probarse con el documento, con el objeto de emplearlo como si
la declaración fuera conforme a la verdad, será reprimido, si de su uso puede resultar algún perjuicio, con
pena priva va de libertad no menor de tres ni mayor de seis años y con ciento ochenta a trescientos
sesen cinco días-multa.El que hace uso del documento como si el contenido fuera exacto, siempre que de
su uso pueda resultar algún perjuicio, será reprimido, en su caso, con las mismas penas.
430.- Supresión, destrucción u ocultamiento de documentos El que suprime, destruye u oculta un
documento, en todo o en parte de modo que pueda resultar perjuicio para otro, será reprimido con la
pena señalada en los ar culos 427º y 428º, según sea el caso.
Ar culo 438.-Falsedad genérica El que de cualquier otro modo que no esté especificado en los Capítulos
precedentes, comete falsedad simulando, suponiendo, alterando la verdad intencionalmente y con
perjuicio de terceros, por palabras, hechos o usurpando nombre, calidad o empleo que no le corresponde,
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Publicado por Unknown en 16:28:00
Etiquetas: ABUSIVA JUEZ CECILIA BENITES LA PORTILLA, DELINCUENTE GAUDHY
SUGEY SAAVEDRA, NOTARIO DELINCUENTE ALFONSO DE LA CRUZ RIOS
suponiendo viva a una persona fallecida o que no ha exis do o viceversa, será reprimido con pena
priva va de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.
CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS (PACTO DE SAN JOSÉ)
Ar culo 1. Obligación de Respetar los Derechos
1. Los Estados Partes en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades
reconocidos en ella y a garan zar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción,
sin discriminación alguna por mo vos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones polí cas o de
cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición
social.
POR LO EXPUESTO
SR FISCAL SOLICITO TENER POR PRESENTADA ESTA DENUNCIA Y PROVEER DE ACUERDO A LEY
.........................................................
Q.F. HUMBERTO ARMANDO RODRIGUEZ CERNA
GERENTE DE HOSTTAL LIMA SRL
DNI 06506619
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