ANALISIS DE LA CONVENCION AMERICANA DE LOS DERECHOS HUMANOS.docx
1. Universidad Mariano Gálvez de Guatemala
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Ext. Morales, Izabal
Estudiante: Gabriel Abizai Tábora Amador
No. De Carné:4850-20-4482
Facultad: Ciencias Jurídicas y Sociales
Curso: Derechos Humanos
Catedrática: Silvia Lizet Retana Cruz
Tarea:Análisis De la Convención Americana Sobre Los Derechos Humanos
2. Análisis General De La Convención Americana Sobre Los Derechos
Humanos:
La Convención Americana Sobre Los Derechos Humanos o bien conocida como el Pacto
de San José data sobre el propósito general que buscaron todas las naciones que
pertenecen al cuadro que la forma, ante ello la idea principal de todos los países
pertenecientes a dicho cuadro erareafirmar lo que en los distintos textosconstitucionales
decía que es con respecto al respeto de los derechos del hombre debido a que aunque
muchas veces estuviesen escritos algunos países por su forma de gobierno, su ideología o
incluso su régimen constitucional no permitían que del todo se respetaran por ello
también se dio paso a la Declaración De Los Derechos Humanos.
Dicho pacto que tuvolugar en San José de Costa Rica busco la forma en la que se puedan
implementar condicionantes de carácter obligatorio para que se permita al hombre gozar
al cien todo aquello que la ley le otorga y no solo vivir bajo las obligaciones que la misma
le plantea.
3. Análisis Específico de la Parte II de dicho texto
Art. 33: Tanto la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos como
la Corte Interamericana de los Derechos Humanos tienen total competencia
en todos los asuntos en los cuales se le involucre asuntos relacionados con
los compromisos que contrajeron los Estados Partes en dicha convención,
por lo que todo deberá cumplirse tal y como el acuerdo lo dice.
Art. 34: La Comisión Interamericanade los Derechos Humanos tendrá como
parte de su organización a 7 personas las cuales serán responsables de velar
como tal del cumplimiento mencionado en el artículo anterior, por ende
dichas personas deberán ser de alta autoridad Moral y de reconocida
versación con respecto al área de los Derechos Humanos.
Art. 35: El representante general de dicha organización mencionada es la
Comisión que la integra ante todos los Estados Americanos.
Art. 36: Todo miembro de la Comisión será electo a título personal por parte
de la Asamblea General de la Organización, la cual se encargara de sacar un
listado de posibles candidatos para los puestos de gobiernos de los Estados
miembros, dicho esto también se aclara que todos los gobiernos pueden
postular hasta 3 candidatos a nivel nacional.
37: Los miembros que ocupen algún puesto en dicha comisión serán electos
por 4 años teniendo así la opción de reelección.
38: Toda vacante que quede en la Comisión no se tomara como expirada o
tachada como obsoleta, debido a que será ocupada por parte del Consejo
Permanente de la Organización.
Art. 39: La Comisión será la encargada de preparar y presentar todos los
datos requeridos para así conseguir la aprobación y dictar su propio
reglamento.
Art. 40: Todo servicio que sea requerido a la Secretaria de la Comisión
deberá ser desempeñado por una división especializada en lo requerido,
dicha división forma parte de la Secretaria General de la Organización por lo
4. cual esta debe facilitarle todos los recursos necesarios para que esta cumpla
su tarea de la mejor manera posible, con eficiencia y eficacia.
Art. 41: La Comisión cuenta con una observación principal, la cual es
promover y defender la observancia de los derechos humanos, como tal en
el ejercicio de sus mandatos también cuenta con funciones y atribuciones las
cuales son: Estimular la conciencia del ser humano, formular
recomendaciones, preparar los estudios e informes generalizados que crean
convenientes para el desempeño de las funciones, solicitar a los gobernantes
de los estados miembros que faciliten informes sobre cualquier tipo de
medida que se adopte para promover los Derechos Humanos, atender
cualquier tipo de consulta relacionada al tema, enmendar peticiones, rendir
anualmente un informe a la Asamblea General de la Organización de los
Estados Americanos.
Art. 42: Los Estados Partes tienen la obligación de remitir a la Comisión,
copia de todos los informes y estudios que se lleven a cabo año con año, y
deberán ser acompañados con sus respectivos campos tal y como lo solicitan
las Comisiones Ejecutivas del Consejo Interamericano Económico y Social
del Consejo Interamericano para la Educación, La Ciencia y la Cultura, a fin
de que aquella sea la responsable de promover los derechos derivados de las
normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura,
contenidas todas en la Carta de la Organización de los Estados Americanos,
reformados por el Protocolo de Buenos Aires.
Art. 43: Los Estados Partes están totalmente ligados a la obligación de
proporcionar a la Comisión todo tipo de información que esta le solicite con
respecto a la forma en la que su derecho interno se aplica y que sea efectivo.
Art. 44: A la hora de presentar denuncias,peticioneso quejas de violaciónde
la Convención llevada a cabo por un Estado parte, deberá tener un
reconocimiento por uno o más Estados miembros de la Organización.
Art. 45: Todo Estado parte tendrá o podrá optar por competencia para poder
declarar y examinar las comunicaciones en que un Estado alegue a otro
Estado que ha concurrido en violaciones de derechos si y solo si, este ya haya
llevado a cabo el deposito o entrega de su instrumento de ratificación o
adhesión a dicha Convención.
5. Art. 46: A la hora de la admisión de una Petición o Comunicación prestada
conforme al Art. 44 y 45, debera obtener los siguientes requisitos:
* Que se haya interpuesto y agotado el recurso esencial que forma parte de la
jurisdicción interna.
* Que se haya presentado dentro del plazo de seis meses
*Que la materia de la petición o comunicación no esté pendiente de otro
proceso
*Que no exista legislación interna.
*Que se haya retardado injustificadamente la decisión de los mencionados
recursos.
Art. 47: La Comisión tiene facultad legal en todo momento en el que la
comunicación o petición presentada cuente con las siguientes fallas según el
art. 44 o 45:
* Falte alguno de los requeridos indicados
* No exponga de hechos que caractericen una violación de derechos
*Sea sustancialmente de la reproducción de petición o comunicación
anterior.
Art. 48: Cuando la Comisión reciba una petición o comunicación en la que se
alegue violación de cualquier tipo de derecho consagrado en esta
Convención, debera de tener claro que:
* Si reconoce la admisibilidad de la petición o comunicación solicitará
informaciones al Gobierno del Estado al cual pertenezca la autoridad
señalada como responsable de dicha violación.
* Recibida la información y transcurridoel plazo fijo sin que sean verificadas
las existencias o subsistan motivos de la petición o comunicación, de no
existir ningún tipo de prueba, se mandara al archivo el expediente.
*Se pondrá a disposición de las partes interesadas, a fin de llegar a una
soluciónamistosa del asunto fundada en el respeto a los Derechos Humanos.
Art. 49: Si de alguna manera se ha conseguido un común acuerdo poco
problemático y bastante amistoso, las disposiciones que se tomaran serán la
redaccióndel informe de manera breve con dichos sucesos y la exposiciónde
informes verbales de hechos en virtud de lo sucedido.
6. Art. 50: De no tener algún tipo de solucion y dentro del plazo estimado no se
ha redactado ningún tipo de informe, se debera exponer los hechos y
conclusiones para que asi cualquier interesado pueda encontrarle solucion
alguna a la problematica planteada.
Art. 51: Si en los tres meses que da de plazo a los Estados interesados la
Comisión, esta tendrá facultad de poder poner a disposición por parte de la
corte por la Comisión o por el Estado interesado aceptando su competencia
para asi emitir por mayoría absoluta los votos de sus miembros y los dichos
informes en el plazo fijado.
Art. 52: La corte constara de 7 jueces de los Estados miembros de la
organización, electos a título personal entre los juristas de la más alta
autoridad moral por lo que están obligados a cumplir todo lo requerido para
el ejercicio de las más elevadas funciones judiciales.
Art. 53: Los jueces de la Corte serán electos por parte de los Estados de parte
mediante el proceso de votación secreta, los postulados a los puestos serán
dados por la Asamblea General de la Organización y ganara la mayoría.
Art. 54: El periodo por el cual los jueces de la Corte rija en su puesto será de
seis años con la condicionantedeque pueden ser reelectos una vez; todojuez
sin importar su posición en la jerarquía de poderes tendrá que mantener su
posición en funcionamiento hasta que termine el último de sus días en el
mandato.
Art. 55: El juez que sea o este familiarizado con alguno de los Estados partes,
tendrá que ser sometido a la corte sin embargo este no perderá su derecho a
conocer del mismo; si alguno de los jueces fuera de la nacionalidad de los
dichos Estados partes también tendrá la facultad de designar a alguien más
para que actué en calidad de Juez Ad Hoc.
Art. 56: Las deliberaciones de la Corte se llevaran a cabo por un quorum el
cual se integrara por 5 jueces electos por ellos mismos.
Art. 57: La encargada de comparecer en todos los casos a presentar ante la
corte será la Comision debido a que actúa como representante de dichas
áreas requeridas en corte en procesos a llevar.
7. Art. 58: La Corte podrá celebrar reuniones en cualquier tipo de territorio de
cualquierEstado miembro en la Organizaciónde los Estados Americanos sin
embargo sus sedes tendrán que estar situadas en los lugares donde la
Asamblea General de la Organización les indique para su mejor
funcionamiento,dichomandatose llevara a cabo con el voto de los miembros
que la conforman.
Art. 59: La secretaria de la Corte servirá bajo el mandato dado por el
Secretario de la misma, según sus acuerdos con las normas administrativas
de la misma y esta será establecida en el lugar donde dicho Secretario
indique.
Art. 60: El Estado será preparado para el proceso con la Asamblea General,
proceso del cual será llevado a cabo por la Corte y así mismo dictara su
reglamento.
Art. 61: Los Estados Partes y la Comision tienen facultad como tal de poder
llevar la decisión de la corte al proceso de someterla para verificar su
veracidad.
Art. 62: Todo Estado parte a la hora de entregar su convenio de ratificación
o adhesión a dicha convención puede declarar que se le dio a conocer por
ende no alegar ignorancia sobre el derecho a formar parte de la competencia
de la Corte con respecto a casos relativos de interpretación o aplicación de
dicha convención.
Art. 63: Cuando en algún momento de la vida decida dejar claro que existió
violación alguna de un derecho o libertad que esté protegido y garantizado
en esta Convención, la Corte tiene como obligación dar al lesionado o
reprimido de sus derechos el goce total de sus derechos y podrá tambien
pagarle una indemnización justa a la parte lesionada.
Art. 64: La Organizacióntienefacultaddeconsultarlea la Corte cual es el tipo
de interpretación que está llevando a cabo con sus procesos con respecto a la
protección de los derechos Humanos, tambien tiene la facultad de realizar la
8. consulta o solicitud sobre las opiniones de compatibilidad entre cualquier
tipo de ley pertenecientes a ellos como a los demás.
Art. 65: La Corte tiene facultad de someter a consideración las labores
llevadas a cabo de años o periodos anteriores de los demás organismos, la
encargada de llevar a cabo un juicio sobre esto es la Asamblea General de la
Organización.
Art. 66: Todo fallo de la corte será motivado por lo que el fallo debe
expresarse como parte unánime de los jueces.
Art. 67: El fallode la corte no solo tiene que llevarsea cabo de forma unanime
sino tambien debe ser definitivo por lo que dicho el fallo interpretado no
podra cambiarse.
Art. 68: Los Estados Partes tienen la obligacion de cumplir todas las
decisiones que sean llevadas a cabo por la Corte.
Art. 69: El fallo que se tome como tal podra ser notificado a las partes en el
caso y transmitido a todos aquellos Estados partes en la convención.
Art. 70: Todo juez de la corte y perteneciente a la comisión gozan de
inmunidad total durante todo el tiempo que dure su mandato por lo que son
reconocidos como agentes diplomáticos a nivel internacional.
Art. 71: Serán incompatibles en su totalidad los puestos de Juez de la corte o
miembro de la comisión en sus distintasactividades,porlo que ambos deben
desempeñar de forma única sus labores.
Art. 72: Los jueces de la corte y los miembros de la comisión asi como gozan
de inmunidad tambien gozaran el derecho de poder realizar viajes conforme
sus condiciones de Estatutos los pidan.
9. Art. 73: Solamente cuando existe algún tipo de solicitud de la Comision o de
la Corte que corresponda a la Asamblea General con respecto a las sanciones
aplicables a los miembros de la comisión o jueces que hubieron incurrido a
los causales previstos según el estatus.