SlideShare una empresa de Scribd logo
ARTICULO 14. DE LOS MEDIOS QUE PUEDEN UTILIZAR LAS ENTIDADES ESTATALES
PARA EL
CUMPLIMIENTO DEL OBJETO CONTRACTUAL. Para el cumplimiento de los fines de la
contratación, las
entidades estatales al celebrar un contrato:
1o. Tendrán la dirección general y la responsabilidad de ejercer el control y vigilancia de la
ejecución del contrato.
En consecuencia, con el exclusivo objeto de evitar la paralización o la afectación grave de los
servicios públicos a
su cargo y asegurar la inmediata, continua y adecuada prestación, podrán, en los casos
previstos en el numeral
2o. de este artículo, interpretar los documentos contractuales y las estipulaciones en ellos
convenidas, introducir
modificaciones a lo contratado y, cuando las condiciones particulares de la prestación así lo
exijan, terminar
unilateralmente el contrato celebrado.
En los actos en que se ejercite algunas de estas potestades excepcionales deberá procederse
al reconocimiento
y orden de pago de las compensaciones e indemnizaciones a que tengan derecho las personas
objeto de tales
medidas y se aplicarán los mecanismos de ajuste de las condiciones y términos contractuales a
que haya lugar,
todo ello con el fin de mantener la ecuación o equilibrio inicial.
Contra los actos administrativos que ordenen la interpretación, modificación y terminación
unilaterales, procederá
el recurso de reposición, sin perjuicio de la acción contractual que puede intentar el contratista,
según lo previsto
en el artículo 77 de esta ley.
2o. Pactarán las cláusulas excepcionales al derecho común de terminación, interpretación y
modificación
unilaterales, de sometimiento a las leyes nacionales y de caducidad en los contratos que
tengan por objeto el
ejercicio de una actividad que constituya monopolio estatal, la prestación de servicios públicos
o la explotación y
concesión de bienes del Estado, así como en los contratos de obra. En los contratos de
explotación y concesión
de bienes del Estado se incluirá la cláusula de reversión.
Las entidades estatales podrán pactar estas cláusulas en los contratos de suministro y de
prestación de servicios.
En los casos previstos en este numeral, las cláusulas excepcionales se entienden pactadas
aún cuando no se
consignen expresamente.
PARAGRAFO. En los contratos que se celebren con personas públicas internacionales, o de
cooperación, ayuda
o asistencia; en los interadministrativos; en los de empréstito, donación y arrendamiento y en
los contratos que
tengan por objeto actividades comerciales o industriales de las entidades estatales que no
correspondan a las
señaladas en el numeral 2o. de este artículo, o que tengan por objeto el desarrollo directo de
actividades científicas
o tecnológicas, así como en los contratos de seguro tomados por las entidades estatales, se
prescindirá de la
utilización de las cláusulas o estipulaciones excepcionales.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Despacho ley impesto a la riqueza
Despacho ley impesto a la riquezaDespacho ley impesto a la riqueza
Despacho ley impesto a la riqueza
Mendoza Post
 
Cláusulas exorbitantes del contrato estatal
Cláusulas exorbitantes del contrato estatalCláusulas exorbitantes del contrato estatal
Cláusulas exorbitantes del contrato estatal
gerardoorrego
 
Nueva reforma tributaria 2018
Nueva reforma tributaria 2018Nueva reforma tributaria 2018
Nueva reforma tributaria 2018
Jesus Barcia
 
Contrato de arrendamiento de vivienda en aahh juan parra del riego
Contrato de arrendamiento de vivienda en aahh juan parra del riegoContrato de arrendamiento de vivienda en aahh juan parra del riego
Contrato de arrendamiento de vivienda en aahh juan parra del riego
Victor Raul Huerta Cardenas
 
Comparativo de propuesta de Reforma Energetica Constitucional GobFed/PAN
Comparativo de propuesta de Reforma Energetica Constitucional GobFed/PANComparativo de propuesta de Reforma Energetica Constitucional GobFed/PAN
Comparativo de propuesta de Reforma Energetica Constitucional GobFed/PAN
Temo Galindo
 
Ley 80 1993
Ley 80 1993Ley 80 1993
Ley 80 1993
Manuel Bedoya D
 
Franquicias
FranquiciasFranquicias
Franquicias
Paula Garcia
 
ANEXO- PROTOCOLO NACIONAL DE ALERTA TEMPRANA DE DESALOJOS DE VIVIENDA ÚNICA Y...
ANEXO- PROTOCOLO NACIONAL DE ALERTA TEMPRANA DE DESALOJOS DE VIVIENDA ÚNICA Y...ANEXO- PROTOCOLO NACIONAL DE ALERTA TEMPRANA DE DESALOJOS DE VIVIENDA ÚNICA Y...
ANEXO- PROTOCOLO NACIONAL DE ALERTA TEMPRANA DE DESALOJOS DE VIVIENDA ÚNICA Y...
Unidiversidad
 
Texto final del reglamento modificatorio 2015 pdf
Texto final del reglamento modificatorio 2015 pdfTexto final del reglamento modificatorio 2015 pdf
Texto final del reglamento modificatorio 2015 pdf
John Barrera
 
Análisis de ley de Arrendamiento - Venezuela
Análisis de ley de Arrendamiento - VenezuelaAnálisis de ley de Arrendamiento - Venezuela
Análisis de ley de Arrendamiento - Venezuela
Diógenes Castellín
 
Modelo de contrato las verbenas
Modelo de contrato   las verbenasModelo de contrato   las verbenas
Modelo de contrato las verbenas
Federico Delgado
 
Consulta de la norma
Consulta de la norma Consulta de la norma
Consulta de la norma
oscar Peñaloza Echavez
 
Du 073 97
Du 073 97Du 073 97
Santa Cruz: Decreto 309/1992
Santa Cruz: Decreto 309/1992Santa Cruz: Decreto 309/1992
Santa Cruz: Decreto 309/1992
estebandelcampo
 
Ley 24464 SISTEMA FEDERAL DE LA VIVIENDA
Ley 24464 SISTEMA FEDERAL DE LA VIVIENDALey 24464 SISTEMA FEDERAL DE LA VIVIENDA
Ley 24464 SISTEMA FEDERAL DE LA VIVIENDA
CPAS
 
GC CF 14 Arrendamiento Financiero
GC CF 14 Arrendamiento FinancieroGC CF 14 Arrendamiento Financiero
GC CF 14 Arrendamiento Financiero
Balbino Rodriguez
 
Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993
JuanCordoba54
 
Decreto 399 de 2011
Decreto 399 de 2011Decreto 399 de 2011
Decreto 399 de 2011
Luis Duran
 
Reglamento especifico sistema de administracion de b. y serv. 14
Reglamento especifico sistema de administracion de b. y serv.  14Reglamento especifico sistema de administracion de b. y serv.  14
Reglamento especifico sistema de administracion de b. y serv. 14
TodasMisprue
 

La actualidad más candente (19)

Despacho ley impesto a la riqueza
Despacho ley impesto a la riquezaDespacho ley impesto a la riqueza
Despacho ley impesto a la riqueza
 
Cláusulas exorbitantes del contrato estatal
Cláusulas exorbitantes del contrato estatalCláusulas exorbitantes del contrato estatal
Cláusulas exorbitantes del contrato estatal
 
Nueva reforma tributaria 2018
Nueva reforma tributaria 2018Nueva reforma tributaria 2018
Nueva reforma tributaria 2018
 
Contrato de arrendamiento de vivienda en aahh juan parra del riego
Contrato de arrendamiento de vivienda en aahh juan parra del riegoContrato de arrendamiento de vivienda en aahh juan parra del riego
Contrato de arrendamiento de vivienda en aahh juan parra del riego
 
Comparativo de propuesta de Reforma Energetica Constitucional GobFed/PAN
Comparativo de propuesta de Reforma Energetica Constitucional GobFed/PANComparativo de propuesta de Reforma Energetica Constitucional GobFed/PAN
Comparativo de propuesta de Reforma Energetica Constitucional GobFed/PAN
 
Ley 80 1993
Ley 80 1993Ley 80 1993
Ley 80 1993
 
Franquicias
FranquiciasFranquicias
Franquicias
 
ANEXO- PROTOCOLO NACIONAL DE ALERTA TEMPRANA DE DESALOJOS DE VIVIENDA ÚNICA Y...
ANEXO- PROTOCOLO NACIONAL DE ALERTA TEMPRANA DE DESALOJOS DE VIVIENDA ÚNICA Y...ANEXO- PROTOCOLO NACIONAL DE ALERTA TEMPRANA DE DESALOJOS DE VIVIENDA ÚNICA Y...
ANEXO- PROTOCOLO NACIONAL DE ALERTA TEMPRANA DE DESALOJOS DE VIVIENDA ÚNICA Y...
 
Texto final del reglamento modificatorio 2015 pdf
Texto final del reglamento modificatorio 2015 pdfTexto final del reglamento modificatorio 2015 pdf
Texto final del reglamento modificatorio 2015 pdf
 
Análisis de ley de Arrendamiento - Venezuela
Análisis de ley de Arrendamiento - VenezuelaAnálisis de ley de Arrendamiento - Venezuela
Análisis de ley de Arrendamiento - Venezuela
 
Modelo de contrato las verbenas
Modelo de contrato   las verbenasModelo de contrato   las verbenas
Modelo de contrato las verbenas
 
Consulta de la norma
Consulta de la norma Consulta de la norma
Consulta de la norma
 
Du 073 97
Du 073 97Du 073 97
Du 073 97
 
Santa Cruz: Decreto 309/1992
Santa Cruz: Decreto 309/1992Santa Cruz: Decreto 309/1992
Santa Cruz: Decreto 309/1992
 
Ley 24464 SISTEMA FEDERAL DE LA VIVIENDA
Ley 24464 SISTEMA FEDERAL DE LA VIVIENDALey 24464 SISTEMA FEDERAL DE LA VIVIENDA
Ley 24464 SISTEMA FEDERAL DE LA VIVIENDA
 
GC CF 14 Arrendamiento Financiero
GC CF 14 Arrendamiento FinancieroGC CF 14 Arrendamiento Financiero
GC CF 14 Arrendamiento Financiero
 
Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993
 
Decreto 399 de 2011
Decreto 399 de 2011Decreto 399 de 2011
Decreto 399 de 2011
 
Reglamento especifico sistema de administracion de b. y serv. 14
Reglamento especifico sistema de administracion de b. y serv.  14Reglamento especifico sistema de administracion de b. y serv.  14
Reglamento especifico sistema de administracion de b. y serv. 14
 

Similar a Articulo 14 ley 80

Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993
Milena898635
 
Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993Ley 80 de 1993
Celebración de los contratos
Celebración de los contratosCelebración de los contratos
Celebración de los contratos
Ing Andres Mendoza
 
Ley 80 de 1993 contratación pública
Ley 80 de 1993   contratación públicaLey 80 de 1993   contratación pública
Ley 80 de 1993 contratación pública
Sociedad Colombiana de Archivistas
 
Contratacion estatal la salle mayo 2010
Contratacion estatal la salle mayo 2010Contratacion estatal la salle mayo 2010
Contratacion estatal la salle mayo 2010
Gersain Aranda
 
Taller ley 80 de 1993 decreto 4747 de 2007
Taller ley 80 de 1993 decreto 4747 de 2007Taller ley 80 de 1993 decreto 4747 de 2007
Taller ley 80 de 1993 decreto 4747 de 2007
Orlando Zuluaga Martinez
 
Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993
jorgeiol1110
 
LEY-19886_30-JUL-2003 comentarios.pdf
LEY-19886_30-JUL-2003 comentarios.pdfLEY-19886_30-JUL-2003 comentarios.pdf
LEY-19886_30-JUL-2003 comentarios.pdf
VivianaMorales98
 
Presentación derechos y deberes
Presentación derechos y deberesPresentación derechos y deberes
Presentación derechos y deberes
edmarey10
 
Los contratos abril 2018
Los contratos   abril 2018Los contratos   abril 2018
Los contratos abril 2018
Gloria Patricia Cadavid Franco
 
Expo terminacion y liquidacion del contrato estatal [autoguardado]
Expo terminacion y liquidacion del contrato estatal [autoguardado]Expo terminacion y liquidacion del contrato estatal [autoguardado]
Expo terminacion y liquidacion del contrato estatal [autoguardado]
Lili Barrera
 
Contrato estatal andres mancipe
Contrato estatal andres mancipeContrato estatal andres mancipe
Contrato estatal andres mancipe
mancipe2200
 
Delitos Contra la Administración Pública- Dr. Francisco Vega
Delitos Contra la Administración Pública- Dr. Francisco VegaDelitos Contra la Administración Pública- Dr. Francisco Vega
Delitos Contra la Administración Pública- Dr. Francisco Vega
johany90
 
Boletin
BoletinBoletin
Generalidades de Obligaciones y Contratos II.pdf
Generalidades de Obligaciones y Contratos II.pdfGeneralidades de Obligaciones y Contratos II.pdf
Generalidades de Obligaciones y Contratos II.pdf
AndrSFelipeChavarroC
 
Las cláusulas exorbitantes en la contratación pública autor josé maría paco...
Las cláusulas exorbitantes en la contratación pública   autor josé maría paco...Las cláusulas exorbitantes en la contratación pública   autor josé maría paco...
Las cláusulas exorbitantes en la contratación pública autor josé maría paco...
Corporación Hiram Servicios Legales
 
01 grupo ampliaciones de plazo
01 grupo ampliaciones de plazo01 grupo ampliaciones de plazo
01 grupo ampliaciones de plazo
WilderJoelCollanqueS1
 
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA- Dr. Francisco Vega
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA- Dr. Francisco VegaDELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA- Dr. Francisco Vega
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA- Dr. Francisco Vega
contraloriacasanare
 
Arita
AritaArita
Arita
eljher
 
Ley de contratación del estado presentacion
Ley de contratación del estado presentacionLey de contratación del estado presentacion
Ley de contratación del estado presentacion
JoshuaBrooks40
 

Similar a Articulo 14 ley 80 (20)

Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993
 
Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993
 
Celebración de los contratos
Celebración de los contratosCelebración de los contratos
Celebración de los contratos
 
Ley 80 de 1993 contratación pública
Ley 80 de 1993   contratación públicaLey 80 de 1993   contratación pública
Ley 80 de 1993 contratación pública
 
Contratacion estatal la salle mayo 2010
Contratacion estatal la salle mayo 2010Contratacion estatal la salle mayo 2010
Contratacion estatal la salle mayo 2010
 
Taller ley 80 de 1993 decreto 4747 de 2007
Taller ley 80 de 1993 decreto 4747 de 2007Taller ley 80 de 1993 decreto 4747 de 2007
Taller ley 80 de 1993 decreto 4747 de 2007
 
Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993
 
LEY-19886_30-JUL-2003 comentarios.pdf
LEY-19886_30-JUL-2003 comentarios.pdfLEY-19886_30-JUL-2003 comentarios.pdf
LEY-19886_30-JUL-2003 comentarios.pdf
 
Presentación derechos y deberes
Presentación derechos y deberesPresentación derechos y deberes
Presentación derechos y deberes
 
Los contratos abril 2018
Los contratos   abril 2018Los contratos   abril 2018
Los contratos abril 2018
 
Expo terminacion y liquidacion del contrato estatal [autoguardado]
Expo terminacion y liquidacion del contrato estatal [autoguardado]Expo terminacion y liquidacion del contrato estatal [autoguardado]
Expo terminacion y liquidacion del contrato estatal [autoguardado]
 
Contrato estatal andres mancipe
Contrato estatal andres mancipeContrato estatal andres mancipe
Contrato estatal andres mancipe
 
Delitos Contra la Administración Pública- Dr. Francisco Vega
Delitos Contra la Administración Pública- Dr. Francisco VegaDelitos Contra la Administración Pública- Dr. Francisco Vega
Delitos Contra la Administración Pública- Dr. Francisco Vega
 
Boletin
BoletinBoletin
Boletin
 
Generalidades de Obligaciones y Contratos II.pdf
Generalidades de Obligaciones y Contratos II.pdfGeneralidades de Obligaciones y Contratos II.pdf
Generalidades de Obligaciones y Contratos II.pdf
 
Las cláusulas exorbitantes en la contratación pública autor josé maría paco...
Las cláusulas exorbitantes en la contratación pública   autor josé maría paco...Las cláusulas exorbitantes en la contratación pública   autor josé maría paco...
Las cláusulas exorbitantes en la contratación pública autor josé maría paco...
 
01 grupo ampliaciones de plazo
01 grupo ampliaciones de plazo01 grupo ampliaciones de plazo
01 grupo ampliaciones de plazo
 
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA- Dr. Francisco Vega
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA- Dr. Francisco VegaDELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA- Dr. Francisco Vega
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA- Dr. Francisco Vega
 
Arita
AritaArita
Arita
 
Ley de contratación del estado presentacion
Ley de contratación del estado presentacionLey de contratación del estado presentacion
Ley de contratación del estado presentacion
 

Más de jorgeiol1110

Tarjeta madre o placa base
Tarjeta madre o placa baseTarjeta madre o placa base
Tarjeta madre o placa base
jorgeiol1110
 
Ley 1480
Ley 1480Ley 1480
Ley 1480
jorgeiol1110
 
Presentacion las tics
Presentacion las ticsPresentacion las tics
Presentacion las tics
jorgeiol1110
 
Contrato
ContratoContrato
Contrato
jorgeiol1110
 
Contrato
ContratoContrato
Contrato
jorgeiol1110
 
Joel
JoelJoel
Contrato
ContratoContrato
Contrato
jorgeiol1110
 

Más de jorgeiol1110 (8)

Tarjeta madre o placa base
Tarjeta madre o placa baseTarjeta madre o placa base
Tarjeta madre o placa base
 
Ley 1480
Ley 1480Ley 1480
Ley 1480
 
Presentacion las tics
Presentacion las ticsPresentacion las tics
Presentacion las tics
 
Contrato
ContratoContrato
Contrato
 
Contrato
ContratoContrato
Contrato
 
Joel
JoelJoel
Joel
 
Contrato
ContratoContrato
Contrato
 
Doc1
Doc1Doc1
Doc1
 

Articulo 14 ley 80

  • 1. ARTICULO 14. DE LOS MEDIOS QUE PUEDEN UTILIZAR LAS ENTIDADES ESTATALES PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO CONTRACTUAL. Para el cumplimiento de los fines de la contratación, las entidades estatales al celebrar un contrato: 1o. Tendrán la dirección general y la responsabilidad de ejercer el control y vigilancia de la ejecución del contrato. En consecuencia, con el exclusivo objeto de evitar la paralización o la afectación grave de los servicios públicos a su cargo y asegurar la inmediata, continua y adecuada prestación, podrán, en los casos previstos en el numeral 2o. de este artículo, interpretar los documentos contractuales y las estipulaciones en ellos convenidas, introducir modificaciones a lo contratado y, cuando las condiciones particulares de la prestación así lo exijan, terminar unilateralmente el contrato celebrado. En los actos en que se ejercite algunas de estas potestades excepcionales deberá procederse al reconocimiento y orden de pago de las compensaciones e indemnizaciones a que tengan derecho las personas objeto de tales medidas y se aplicarán los mecanismos de ajuste de las condiciones y términos contractuales a que haya lugar, todo ello con el fin de mantener la ecuación o equilibrio inicial. Contra los actos administrativos que ordenen la interpretación, modificación y terminación unilaterales, procederá el recurso de reposición, sin perjuicio de la acción contractual que puede intentar el contratista, según lo previsto en el artículo 77 de esta ley. 2o. Pactarán las cláusulas excepcionales al derecho común de terminación, interpretación y modificación unilaterales, de sometimiento a las leyes nacionales y de caducidad en los contratos que tengan por objeto el ejercicio de una actividad que constituya monopolio estatal, la prestación de servicios públicos o la explotación y concesión de bienes del Estado, así como en los contratos de obra. En los contratos de explotación y concesión de bienes del Estado se incluirá la cláusula de reversión. Las entidades estatales podrán pactar estas cláusulas en los contratos de suministro y de prestación de servicios. En los casos previstos en este numeral, las cláusulas excepcionales se entienden pactadas aún cuando no se consignen expresamente. PARAGRAFO. En los contratos que se celebren con personas públicas internacionales, o de cooperación, ayuda o asistencia; en los interadministrativos; en los de empréstito, donación y arrendamiento y en los contratos que tengan por objeto actividades comerciales o industriales de las entidades estatales que no correspondan a las señaladas en el numeral 2o. de este artículo, o que tengan por objeto el desarrollo directo de actividades científicas o tecnológicas, así como en los contratos de seguro tomados por las entidades estatales, se prescindirá de la utilización de las cláusulas o estipulaciones excepcionales.