La propiedad es una institución que ha ido evolucionando en función de su ejercicio a través del tiempo y pasó de una propiedad de derecho absoluto a ser una propiedad restringida y limitada por la ley; la cual exige el cumplimiento de la función social como elemento característico de la propiedad.
CONTENIDO:
*Posesión civil y agraria
*Diferencias entre posesión agraria y posesión civil
*Basamento legal
* Reforma agraria en Venezuela
*Garantías de permanencia.
El Tribunal Supremo de Justicia, es parte del Sistema de Justicia y órgano rector del Poder Judicial, en consecuencia es su máxima autoridad jurisdiccional y ejerce su dirección, gobierno y administración, con la finalidad de asegurar al justiciable la protección y tutela de sus derechos y garantías constitucionales.
Las Salas que estructuran al Máximo Tribunal de la República son siete (7). Cada una de ellas está integrada por cinco (5) Magistrados o Magistradas, a excepción de la Sala Constitucional que la conforman siete (7) Magistrados o Magistradas. El Tribunal Supremo de Justicia en Pleno está constituido por los treinta y dos (32) Magistrados o Magistrados de las seis (6) Salas.
La propiedad es una institución que ha ido evolucionando en función de su ejercicio a través del tiempo y pasó de una propiedad de derecho absoluto a ser una propiedad restringida y limitada por la ley; la cual exige el cumplimiento de la función social como elemento característico de la propiedad.
CONTENIDO:
*Posesión civil y agraria
*Diferencias entre posesión agraria y posesión civil
*Basamento legal
* Reforma agraria en Venezuela
*Garantías de permanencia.
El Tribunal Supremo de Justicia, es parte del Sistema de Justicia y órgano rector del Poder Judicial, en consecuencia es su máxima autoridad jurisdiccional y ejerce su dirección, gobierno y administración, con la finalidad de asegurar al justiciable la protección y tutela de sus derechos y garantías constitucionales.
Las Salas que estructuran al Máximo Tribunal de la República son siete (7). Cada una de ellas está integrada por cinco (5) Magistrados o Magistradas, a excepción de la Sala Constitucional que la conforman siete (7) Magistrados o Magistradas. El Tribunal Supremo de Justicia en Pleno está constituido por los treinta y dos (32) Magistrados o Magistrados de las seis (6) Salas.
LA IMPORTANCIA DEL DERECHO AGRARIO EN NUESTRO PAIS Y EN EL ESTUDIO DEL DERECHOMarly Jaimes Angel
La importancia del estudio del derecho agrario queda fuera de toda duda, negarlo equivaldría a señalar que el conocimiento de la normatividad que rige en mas del noventa por ciento del territorio nacional no tiene trascendencia, este territorio, constituido por la propiedad rural, es aquel que se integra por ejidos, las comunidades, las pequeñas propiedades, las colonias y los terrenos nacionales, mas de diez millones de mexicanos tienen una relación directa con esta propiedad.
Conocer la cuestión agraria es indispensable para entender el contexto de nuestra nación. Por lo mismo, también es muy importante entender su normatividad agraria, y no de una manera aislada, si no revisando su relación con otras ramas del derecho, y con los aspectos que necesariamente le dan su connotación del estudio multidisciplinario
Venezuela es un país que presenta una gran biodiversidad ambiental y riqueza natural que lo hacen potencialmente viable para lograr satisfacer las necesidades alimentarías y nutricionales de la población nacional, particularmente de aquellos sectores con grandes restricciones de medios de producción y bajo nivel de desarrollo humano y social.
Evolución del Derecho Agrario en VenezuelaLuis Hera
Evolución del Derecho Agrario en Venezuela, desde la Ley de las XII Tablas hasta el 2005.
En Venezuela específicamente inició en 1936 a partir de la reunión de un grupo de hombres que buscaban trabajar «con y para» los campesinos ante la precaria situación de la producción agrícola
El derecho agrario tiene una gran variedad de conceptualizaciones, que varían de acuerdo al autor en la organización de las palabras, mas no en su contexto básico. La mayoría coincide que es un derecho del cual se estudia o protege todo lo relacionado con la tierra, hombre y los frutos que de estas tierras provengan, abarca todo lo relacionado con el sector agropecuario así como los elementos que las integran
“Estudio de casos” Métodos de la investigación educativa. Profesor: F. Jav...Sergio Quiroz
El libro lo define como: “método de investigación de gran relevancia para el desarrollo de las ciencias humanas y sociales que implica un proceso de indagación caracterizado por el examen sistemático y en profundidad de casos de un fenómeno, entendido éstos como entidades sociales o entidades educativas únicas”.
Orientaciones Generales para la entrega de Informes de los Proyectos Comunit...Sergio Quiroz
Recomendamos que el Proyecto especifique, entre otros, los aspectos que a continuación enunciamos. Esto con miras a alimentar el Banco de Proyectos del PFG-EJ.
El derecho en América Latina. Un mapa para el pensamiento jurídico del siglo ...Sergio Quiroz
Este libro ofrece una muestra especial del gran cambio experimentado por la reflexión sobre el derecho latinoamericano en las últimas dos décadas. Reúne a una generación de juristas que imaginó, primero, y ayudó a motorizar, luego, importantes avances sociales e institucionales en sus respectivos países y en la región.
Pensamiento Jurídico en la Independencia. Ponencia Abg. Gladys TorresSergio Quiroz
Presentación del análisis de la influencia de los distintos pensadores de la historia, durante la colonia y la formación de las primeras repúblicas y su liberación en Venezuela.
Júpiter - Hércules - Hermes Tres Modelos de Juez. Autor François OstSergio Quiroz
En el número de junio de 1990 de la Revue de l’École nationale de la magistrature se describe en estos términos la profesión de magistrado: “No existe de manera evidente ningún otro modelo de referencia, ninguna otra definición unívoca de una profesión que tienda a volverse tan multiforme y pluralista”. La constatación, a su vez, se inscribe en la observación de un campo judicial y jurídico definido como “heterogéneo y complejo”, de tal manera que las evoluciones en curso impiden “toda referencia a la idea de un modelo”-
Ética Judicial: Reflexione desde Jueces para la Democracia. Fundación Antonio...Sergio Quiroz
El de la ética judicial es un tema de moda. El debate sobre la ética judicial se ha desarrollado, sobre todo, en los últimos años paralelamente al nuevo protagonismo del juez.
Acceso a la Justicia y servicios Jurídicos no Estatales en Venezuela. Autor S...Sergio Quiroz
Este trabajo analiza los servicios jurídicos no dependientes del Estado en Venezuela a la luz de sus aportes a la problemática del acceso a la justicia. Se parte de una elaboración teórica del significado e importancia del acceso en la dinámica social, sus principales obstáculos y las respuestas frente a ellos.
A través de un estudio socio-jurídico fundamentado en un trabajo de campo, se describen aspectos concretos de estas organizaciones muy poco conocidas hasta ahora en nuestro país: su configuración, funcionamiento, tipo de casos atendidos y usuarios, ubicación geográfica, alcance y limitaciones, soporte económico, motivaciones en su labor, entre otros aspectos. El estudio evidencia el importante aporte que ellas han brindado para satisfacer
necesidades jurídicas, especialmente de la población más pobre, a la vez que representan una experiencia enriquecedora para estudiantes y profesionales desde la perspectiva del trabajo comunitario y el “aprendizaje en acción”.
Globalizacion y Neoliberalismo, Elemento de una Critica. Autor Victor BaroneSergio Quiroz
Se está haciendo referencia al conjunto de políticas conocidas como Neoliberalismo y Globalización, elementos fundamentales de la ofensiva capitalista a nivel mundial y local, y a las cuales se debe oponer una alternativa basada en la comprensión profunda de sus características y potencialidades
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLAJAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA, crea y desarrolla ACERTIJO: «CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS». Esta actividad de aprendizaje lúdico que implica de cálculo aritmético y motricidad fina, promueve los pensamientos lógico y creativo; ya que contempla procesos mentales de: PERCEPCIÓN, ATENCIÓN, MEMORIA, IMAGINACIÓN, PERSPICACIA, LÓGICA LINGUISTICA, VISO-ESPACIAL, INFERENCIA, ETCÉTERA. Didácticamente, es una actividad de aprendizaje transversal que integra áreas de: Matemáticas, Neurociencias, Arte, Lenguaje y comunicación, etcétera.
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfsandradianelly
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestr
Today is Pentecost. Who is it that is here in front of you? (Wang Omma.) Jesus Christ and the substantial Holy Spirit, the only Begotten Daughter, Wang Omma, are both here. I am here because of Jesus's hope. Having no recourse but to go to the cross, he promised to return. Christianity began with the apostles, with their resurrection through the Holy Spirit at Pentecost.
Hoy es Pentecostés. ¿Quién es el que está aquí frente a vosotros? (Wang Omma.) Jesucristo y el Espíritu Santo sustancial, la única Hija Unigénita, Wang Omma, están ambos aquí. Estoy aquí por la esperanza de Jesús. No teniendo más remedio que ir a la cruz, prometió regresar. El cristianismo comenzó con los apóstoles, con su resurrección por medio del Espíritu Santo en Pentecostés.
2. “(…) Es la llamada a amparar los principios
constitucionales previstos en los artículos
2, 26, 49, 305 y 307 y que el legislador
concentró en el artículo 1 de la Ley de Tierras y
Desarrollo Agrario, como la consolidación de
los mismos dentro de un estado
democrático, social de derecho y de justicia
(…)”
(Vid. s. S.C. n° 1080 del 07-07-2011).
LA JURISDICCIÓN ESPECIAL AGRARIA
3. “(…) profundización de los valores constitucionales
de desarrollo sustentable, inherentes a la
seguridad agroalimentaria y a la justa
disponibilidad suficiente de alimentos de calidad,
distribución de la riqueza y planificación
estratégica, democrática y participativa; así como
la mejora de la calidad de vida de la población
campesina, y el logro de un desarrollo amónico(sic.) y
viable en el contexto de la justicia social que toda
actividad agraria persigue (…)”
(Vid. s. S.C. n° 1080 del 07-07-2011).
LA JURISDICCIÓN ESPECIAL AGRARIA
4. AUTONOMÍA DEL DERECHO AGRARIO
DEBATE
DE LA
AUTONOMÍA
DEL
DERECHO
AGRARIO
(1828-1931)
Giangastone Bolla
“Rivista di Diritto
Agrario”
(1922)
El Debate Trasciende a
la Época
Luego de Planteado el
Debate y luego de la
teoría de la AGRARIEDAD
surgen discusiones
contemporáneas
5. AUTONOMÍA DEL DERECHO AGRARIO
PRIMEROS
ESTUDIOS
PROCESALES
Mediados del Siglo XIX
-La Praxis y la Exégesis-
ADOLFO WACH 1868
Manual del Derecho Procesal
Civil Alemán
Nacimiento de la Escuela
Científica
(histórico –sistemático)
CHIOVENDA
Nacimiento de la escuela
sistemática;
ACCIÓN, PRETENSIÓN Y
DEMANDA
6. AUTONOMÍA DEL DERECHO AGRARIO
DOCTRINAS
DEL DERECHO
AGRARIO
ENFRENTADAS
ENTRE
(1928-1931)
DOCTRINA AUTÓNOMA
Intenta precisar claras
fronteras entre el Derecho
Agrario con las otras
ramas del Derecho Común
DOCTRINA DE LA
ESPECIALIDAD
Considera que el Derecho
Agrario esta inmerso
dentro del tronco común
del Derecho Civil.
7. AUTONOMÍA DEL DERECHO AGRARIO
SURGE EL
GRAN DEBATE
DE LA
ÉPOCA
CLÁSICA
FORMALMENTE
A PARTIR DE
(1928)
Rivista di
Diritto
Agrario
Luego se parte
de la
importancia de
la materia
Principios del
Derecho
Agrario
Método
histórico
sistemático
8. AUTONOMÍA DEL DERECHO AGRARIO
•Sostener el Criterio Autonómico
•Amplia Legislación precedente.
Códigos: -Suiza
-Finlandia
-Francia (1791)
•Leyes de Reforma Agraria (muchos
países del mundo)
•Variedad de Libros, Obras y trabajos
•Principios Generales Propios
•Problemas en el Plano Científico.
POSICIÓN
AMPLIA
9. AUTONOMÍA DEL DERECHO AGRARIO
•Distingue a profundidad la tesis
de la Autonomía del Derecho
Agrario de:
GIANGASTONE BOLLA
•Distingue a profundidad la tesis
de la Especialidad del Derecho
Agrario de:
ARCANGELI
POSICIÓN
MÁS
PROFUNDA
10. AUTONOMÍA y ESPECIALIDAD DEL DERECHO
AGRARIO
Tesis de la
AUTONOMÍA
del Derecho
Agrario de:
GIANGASTONE
BOLLA
•Una materia con un Tecnicismo Propio.
•Factores aplicados a la producción tales como:
(Tierra, Trabajo, Capital).
•Peculiaridad de algunas Instituciones.
•La actividad agrícola es distinta a Derecho
Común.
•Coordinación de normas de Derecho Privado y
Publico.
Rus Suelo
•IUS PROPIUM
Fundus Hacienda
•Elementos Históricos, criterios ideológicos
distintos.
•Las relaciones son distintas (Actividad-Fundo-
Suelo).
11. AUTONOMÍA y ESPECIALIDAD DEL DERECHO
AGRARIO
Tesis de la
ESPECIALIDAD
del Derecho
Agrario de:
ARCANGELI
•Ubica al Derecho Agrario dentro
del Derecho Privado.
•Que al igual que el “DERECHO
CIVIL”, el Derecho Civil y Derecho
Comercial dependen del
“DERECHO PRIVADO”.
•Los principios son iguales,
provienen de los mismos
principios generales.
•Y que la fuente de igual forma
son las mismas de derecho
común.
12. AUTONOMÍA y ESPECIALIDAD DEL DERECHO
AGRARIO
En cuanto
a los
Principios
se
genero
esta gran
tarea
BALLARIN, MARCIAL.
(Alumno de Bolla)
Función Social de la Tierras.
Protección máxima a la empresa
agraria Familiar.
Distribución de la Propiedad.
Acceso a la propiedad familiar.
Fomentar asociación de campesinos.
Procurar la conservación en la
explotación agraria.
13. AUTONOMÍA y ESPECIALIDAD DEL DERECHO
AGRARIO
PLASMADOS MUCHOS DE LOS FRACASOS POR EXPLICAR
LA AUTONOMÍA DEL DERECHO AGRARIO NACE LA
ESCUELA MODERNA DE ANTONIO CARROZZA DESDE
(1962)
Dejar de un
lado el estudio
de los
Principios
Positivistas y
los Ius
Naturalistas
Estudiar el
Derecho
Agrario por
Institutos
representa
una salida
científica y
metodológica
Se Olvida un
poco el trauma
de la
Autonomía y
de la
Especialidad y
se
incrementan
nuevos temas
14. AUTONOMÍA y ESPECIALIDAD DEL DERECHO
AGRARIO
LA ESCUELA MODERNA DE ANTONIO CARROZZA
Finalmente da paso al tema de la Agrariedad (1972)
LA AGRARIEDAD
CONSISTENTE EN EL DESARROLLO DE UN CICLO
BIOLÓGICO, VEGETAL O ANIMAL, LIGADO DIRECTA
O INDIRECTAMENTE AL DISFRUTE DE LAS
FUERZAS O RECURSOS NATURALES, Y QUE SE
RESUELVE ECONÓMICAMENTE EN LA OBTENCIÓN
DE FRUTOS, VEGETALES O
ANIMALES, DESTINADOS AL CONSUMO
DIRECTO, SEA TALES O BIEN PREVIA UNA
MÚLTIPLES TRANSFORMACIONES.
15. “(…) naturaleza e independencia del derecho agrario sobre el
derecho civil, no es de novel data, por el contrario la misma
tuvo su origen en los estudios del maestro Giangastone Bolla,
a inicios del siglo pasado, considerado el padre de la escuela
clásica del derecho agrario, quien enfáticamente se pronunció
sobre la inaplicabilidad de las disposiciones del derecho civil
para resolver situaciones derivadas de la aplicación de las
instituciones propias del derecho agrario, lo cual fue
posteriormente reforzado de manera diferente por el maestro
Antonio Carroza, institutos los cuales fueron recogidos
directamente por la Ley de Tierras de Desarrollo Agrario. (Vid.
s. S.C. n° 1080 del 07-07-2011).
NATURALEZA E INDEPENDENCIA
DEL DERECHO AGRARIO
16. “(…) ello en virtud a la autonomía y especialidad del derecho
agrario, cuyos principios rectores son de estricto orden
público en razón de los intereses sociales y colectivos
tutelados por los procedimientos previstos en la referida ley
especial, la cual ha devenido en el tiempo con más fuerza
como una herramienta para la consecución de la paz social en
el campo a través del establecimiento y perfeccionamiento de
instituciones que le son propias, tal como lo es la posesión
agraria (…)”
(Vid. s. S.C. n° 1080 del 07-07-2011).
AUTONOMÍA Y ESPECIALIDAD
17. “(…) para establecer y confirmar la especialidad y autonomía
del derecho agrario; y ello es en cumplimiento a nuestra
propia Constitución, quien como ley de leyes, sentó las bases
de una solida jurisdicción agraria, cuya misión va más allá de
un simple control de la legalidad agraria; por lo cual a los
operadores de justicia le es ineludible procurar mantener la
vigencia del texto constitucional, previsto en los artículos
305, 306 y 307, como garantes de una efectiva aplicación de
la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y demás normativas que
versen sobre la materia.
(Vid. s. S.C. n° 1080 del 07-07-2011).
AUTONOMÍA Y ESPECIALIDAD
18. “(…)una actividad sometida en mayor o menor grado a un régimen
estatutario de derecho público que ha sido objeto de tutela por
parte del legislador, no sólo mediante una serie de medidas
relacionadas directamente con el régimen sustantivo de los derechos
(vgr., la afectación de uso y redistribución de las tierras), sino
mediante la creación de una jurisdicción (competencia) especial que
permita a los particulares un acceso directo a órganos
jurisdiccionales especializados; que estén en capacidad de atender
con criterios técnicos, tomando en consideración el interés general
de asentar las bases del desarrollo rural integral y sustentable,
asegurando la vigencia efectiva de los derechos de protección
ambiental y agroalimentario de la presente y futuras generaciones
(Cfr. Artículo 1 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario)(…)”.
(Negrillas de este Juzgado)
(fallo s.c. Nº (262/2005)
NATURALEZA DE LA ACTIVIDAD AGRARIA
19. Ejemplo
Animus y Corpus en Materia Agraria
Las acciones relativas a la posesión agraria, deben contener
elementos constitutivos propios de la materia especial; tales elementos de
posesión antes señalados son el “corpus” y el “animus”, como bien lo trata
el autor Enrique Napoleón Ulate Chacón (2012) en su libro “Manual de
Derecho Agrario y Justicia Agraria”, Editorial Jurídica Continental, Costa
Rica, pág. 193, donde expone:
“(…) Los elementos de la posesión agraria deben responder al fin
económico social del bien de que se trate. Por ello se ha requerido un
animus especial caracterizado por la intención de apropiarse
económicamente de los frutos producidos en el bien. Igualmente un
corpus no es la simple tenencia material, pues se debe manifestar a través
del ejercicio de actos posesorios agrarios estables y efectivos (…)”
(Resaltados de este Tribunal)