Este documento resume la legislación colombiana sobre el control del tabaco, incluyendo el Convenio Marco para el Control del Tabaco de la OMS, las leyes y resoluciones colombianas sobre espacios libres de humo, etiquetado de productos de tabaco, y prohibiciones de publicidad y venta a menores. También describe los programas educativos y de salud pública para prevenir el consumo de tabaco y ayudar a dejar de fumar, así como las sanciones por incumplimiento de la ley. El objetivo es proteger la salud de los col
LEY 1335 DE 2009 (julio 21)
Disposiciones por medio de las cuales se previenen daños a la salud de los menores de edad, la población no fumadora y se estipulan políticas públicas para la prevención del consumo del tabaco y el abandono de la dependencia del tabaco del fumador y sus derivados en la población colombiana.
LEY ORGÁNICA PARA REGULACIÓN Y CONTROL DEL TABACO (LORCT) Y SU REGLAMENTO EC...Miguel Ángel Silva Morocho
LEY ORGÁNICA PARA REGULACIÓN Y CONTROL DEL TABACO (LORCT) Y SU REGLAMENTO
ELABORADO: Lic. Miguel Ángel Silva Morocho. Mgs
Especialista Distrital de Promoción de Salud e Igualdad
LEY 1335 DE 2009 (julio 21)
Disposiciones por medio de las cuales se previenen daños a la salud de los menores de edad, la población no fumadora y se estipulan políticas públicas para la prevención del consumo del tabaco y el abandono de la dependencia del tabaco del fumador y sus derivados en la población colombiana.
LEY ORGÁNICA PARA REGULACIÓN Y CONTROL DEL TABACO (LORCT) Y SU REGLAMENTO EC...Miguel Ángel Silva Morocho
LEY ORGÁNICA PARA REGULACIÓN Y CONTROL DEL TABACO (LORCT) Y SU REGLAMENTO
ELABORADO: Lic. Miguel Ángel Silva Morocho. Mgs
Especialista Distrital de Promoción de Salud e Igualdad
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On the failure of applied genomics. On the complexity of genomics, biology, medicine. The need for AI. Barriers.
4. CMCT - Convenio marco para el
control del tabaco
Es el primer tratado mundial impulsado por la
Asamblea Mundial de Salud de la OMS con el
objetivo de reducir las muertes causadas por
el tabaco:
Proteger las generaciones presentes y futuras contra las
devastadoras consecuencias sanitarias, sociales,
ambientales y económicas del consumo de tabaco y de la
exposición
al humo de tabaco
5. • Ley 1109 de 2006., Colombia ratifica el CMCT.
• Resolución 1956 del 2008 mediante la cual se regulan los
espacios 100% libres de humo de tabaco.
• Ley 1335 de 2009 Ley Antitabaco.
• Resolución 3961 de 2009 sobre etiquetado y empaquetado.
• Ley 1393 12 julio 2010 Articulo 5º. (modifica art. 211 ley 223
de 1995: Se establece la sobretasa al consumo de cigarrillos
y tabaco.
Colombia Avances Normativos
10. Programas de salud y educación tendientes
• Contribuir a la disminución de su consumo
• Abandono de la dependencia del tabaco del
fumador
Establecen las sanciones correspondientes
11. PROHIBICIÓN DE VENDER PRODUCTOS DE
TABACO A MENORES DE EDAD
Obligación de los vendedores y expendedores de productos de tabaco
•Tener anuncio en su local, de la prohibición de la venta de productos de tabaco a
menores de edad.
Se prohíbe el uso de máquinas expendedoras de productos de tabaco,
en lugares y puntos de venta en los cuales hay libre acceso de los
menores de edad.
Se prohíbe la fabricación y comercialización de dulces, refrigerios,
juguetes u otros objetos que tengan forma de productos de tabaco y
puedan resultar atractivos para los menores
12.
13. PROGRAMAS EDUCATIVOS PARA
EVITAR EL CONSUMO DE TABACO Y
PROCURAR EL ABANDONO DEL
TABAQUISMO
Incidencia de
enfermedades
Discapacidad
prematura
Mortalidad
Debidas al
consumo
de tabaco
y a la
exposición
del humo
de tabaco
14. Políticas de salud pública antitabaquismo
Participación de comunidades indígenas y
afrocolombianas
Capacitación a personal formativo
Programas de educación preventiva en medios
masivos de comunicación a cargo de la nación
15.
16. EMPAQUETADO Y ETIQUETADO
Ser dirigidos a menores de edad o
ser especialmente atractivos para
estos
Sugerir que fumar contribuye al éxito
atlético o deportivo, la popularidad, al
éxito profesional o al éxito sexual
Contener publicidad falsa o
engañosa recurriendo a
expresiones tales como
cigarrillos “suaves”, “ligeros”,
“light”, o “bajo en alquitrán,
nicotina y monóxido de
carbono”.
17.
18.
19.
20.
21.
22. Derechos de las personas no
fumadoras
1. Respirar aire puro libre de humo de tabaco y sus derivados.
2. Protestar cuando se enciendan cigarrillos, tabaco y sus derivados en sitios
en donde su consumo se encuentre prohibido
3. Acudir ante la autoridad competente en defensa de sus derechos como no
fumadora y a exigir la protección de los mismos.
4. Exigir la publicidad masiva de los efectos nocivos y mortales que produce el
tabaco y la exposición al humo del tabaco.
5. Informar a la autoridad competente el incumplimiento de lo previsto en la
presente ley.
23. Entidades de Salud Inst. de Educación Museos y
bibliotecas
Establecimientos con
menores de edad
Medios de
transporte
Entidades públicas
privadas
Área con riesgo de
combustión
Espacios deportivos
24. Obligaciones de propietarios de
Instituciones (Anteriores)
a) Velar por el cumplimiento de las prohibiciones establecidas en la presente ley con
el fin de proteger a las personas de la exposición del humo de tabaco ambiental
b) Fijar en un lugar visible al público avisos que contengan mensajes alusivos a los
ambientes libres de humo, conforme a la reglamentación que expida el Ministerio de
la Protección Social
c) Adoptar medidas específicas razonables a fin de disuadir a las personas de que
fumen en el lugar, tales como pedir a la persona que no fume, interrumpir el servicio,
pedirle que abandone el local o ponerse en contacto con la autoridad competente.
25.
26. Acciones restaurativas
• Persona que se siente afectada por incumplimiento de la ley,
puede acudir a la autoridad competente
Sanciones por fumar en sitios prohibidos
• Amonestación verbal
• Sanción pedagógica
Sanciones por publicidad y promoción del tabaco
• Comerciantes al detal y al por mayor (2-3 SMLMV)
• Reincidente (4-5 SMLMV)
• Otras sanciones: (250-300 SMLMV)
Sanciones por venta de productos a menores de edad
• 1 SMLMV
• Reincidencia: 3 SMLMV
27. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE
LOS PROPIETARIOS, EMPLEADORES, REPRESENTANTES LEGALES Y
ADMINISTRADORES
1. Amonestación.
2. Multas sucesivas desde
un (1) salario mínimo legal
mensual vigente y hasta por
una suma equivalente a
cien (100) salarios mínimos
legales mensuales vigentes.
3. Suspensión temporal o
definitiva de la licencia
sanitaria.