Glibota LandrielGlibota Landriel
Facultad de Ciencias Económicas UNNEFacultad de Ciencias Económicas UNNE
Actos jurídicos enActos jurídicos en
particular:particular:
actos de comercio yactos de comercio y
relaciones de consumorelaciones de consumo
BibliografíaBibliografía
•Actos de comercio. AproximaciónActos de comercio. Aproximación
a una definición. Su importancia.a una definición. Su importancia.
•Clasificación. Enumeración legal.Clasificación. Enumeración legal.
Análisis del artículo 8º del CódigoAnálisis del artículo 8º del Código
de Comercio. Otros actos dede Comercio. Otros actos de
comercio.comercio.
•Relaciones de consumo. SuRelaciones de consumo. Su
inclusión en la C. N. de 1994.inclusión en la C. N. de 1994.
Concepto de la Ley 24.240.Concepto de la Ley 24.240.
Alcances. Contratos de consumo:Alcances. Contratos de consumo:
concepto. Cláusulas ineficaces.concepto. Cláusulas ineficaces.
Actos de comercioActos de comercio
Aproximación a una definición.Aproximación a una definición.
Sistemas:Sistemas:
Normas que consignan un principio general:
por ej.: “intermediación en el cambio”
Normas que no definen sino que enumeran
los actos de comercio
Sistema del Código de
Comercio Argentino
DERECHO COMERCIAL: conjuntoDERECHO COMERCIAL: conjunto
de normas jurídicas que regulan lasde normas jurídicas que regulan las
relaciones de los comerciantes entrerelaciones de los comerciantes entre
sí y las consecuencias de lossí y las consecuencias de los actos deactos de
comercio.comercio.
Concepción subjetiva Concepción objetiva
Los actos de los comerciantes se
“presumen” actos de comercio,
salvo prueba en contrario. (art. 5
Cód. Com.)
“Los que verifican
accidentalmente algún acto de
comercio no son considerados
comerciantes. Sin embargo,
quedan sujetos, en cuanto a las
controversias que ocurran sobre
dichas operaciones, a las leyes y
jurisdicción del comercio”. (art.
6 Cód. Com.
“Si un acto es comercial para una
sola de las partes, todos los
contrayentes quedan por razón de
él, sujetos a la ley mercantil, excepto
a las disposiciones relativas a las
personas de los comerciantes, y
salvo que la disposición de dicha
ley resulte que no se refiere sino al
contratante para quien tiene el acto
Enumeración legal (art. 8 Cód.
Com.)
Conceptos de “acto de comercio”:Conceptos de “acto de comercio”:
““La materia de comercio es todoLa materia de comercio es todo
supuesto de hecho al que lasupuesto de hecho al que la
ley considera mercantil”ley considera mercantil”
(Fontanarrosa).(Fontanarrosa).
““Acto de comercio es todo actoActo de comercio es todo acto
atinente a la materiaatinente a la materia
comercial” (Vivante).comercial” (Vivante).
““Acto intrínsecamente mercantilActo intrínsecamente mercantil
es todo aquel que realiza oes todo aquel que realiza o
facilita una interposición en elfacilita una interposición en el
Articulo 8Articulo 8
EXPRESIÓN ACTO DE COMERCIO
=
NEGOCIO COMERCIAL COMPLEJO
( ya que enumera como acto jurídico por
ejemplo a: Empresas de fábrica)
Enumeración legalEnumeración legal
En nuestro Derecho :Solo la ley declara la
comercialidad de los actos
El art. 8 Cod. Com. enuncia
los actos considerados
“objetivamente” mercantiles
La enunciación tiene carácter
ejemplificativa, no taxativa.
Es de “Orden Público”
De allí que
IMPORTANCIA DE DEFINIR UNIMPORTANCIA DE DEFINIR UN
ACTO COMERCIALACTO COMERCIAL
 1.-DETERMINA LA COMPETENCIA1.-DETERMINA LA COMPETENCIA
LEGAL Y JURISDICCIONAL.LEGAL Y JURISDICCIONAL.
 2.-SE DETERMINA QUIEN ES2.-SE DETERMINA QUIEN ES
COMOERCIANTECOMOERCIANTE
 3.- DETERMINA LA APLICABILIDAD DE3.- DETERMINA LA APLICABILIDAD DE
PRINCIPIO Y DISCIPLINA DE LASPRINCIPIO Y DISCIPLINA DE LAS
OBLIGACIONES Y CONTRATOSOBLIGACIONES Y CONTRATOS
COMERCIALES Y DEL REGIMEN DECOMERCIALES Y DEL REGIMEN DE
LOS CONCURSOS MERCANTILESLOS CONCURSOS MERCANTILES
Articulo 8 Código de ComercioArticulo 8 Código de Comercio
“ La ley declara actos de comercio en general:
1.- Toda adquisición a título oneroso de una cosa mueble o de un derecho sobre
ella, para lucrar con su enajenación, bien sea en el mismo estado que se
adquirió o después de darle otra forma de mayor o menor valor;
2.- La trasmisión a que se refiere el inciso anterior;
3.- Toda operación de cambio, banco, corretaje o remate;
4.- Toda negociación sobre letras de cambio o de plaza, cheques o cualquier otro
género de papel endosable o al portador;
5.- Las empresas de fábricas, comisiones, mandatos comerciales, depósitos o
transportes de mercaderías o personas por agua o por tierra;
6.- Los seguros y las sociedades anónimas, sea cual fuere su objeto;
7.- Los fletamentos, construcción, compra o venta de buques, aparejos, provisiones
y todo lo relativo al comercio marítimo;
8.- Las operaciones de los factores tenedores de libros y otros empleados de los
comerciantes, en cuanto concierne al comercio del negociante de quien
dependen;
9.- Las convenciones sobre salarios de dependientes y otros empleados de los
comerciantes;
10.- Las cartas de crédito, fianzas, prenda y demás accesorios de una operación
comercial;
11.- Los demás actos especialmente legislados en este Código”.
 
Clasificación: s/ FontanarrosaClasificación: s/ Fontanarrosa
1.
Actos de comercio por su naturaleza
2.
Actos de comercio por conexión
3.
Actos de comercio por
disposición de la ley
1. Actos de comercio por su naturaleza1. Actos de comercio por su naturaleza
Son aquellos típicamente mercantiles. Implican interposición en el
cambio (definición tomada de la economía política)
InterposiciónInterposición
en el cambioen el cambio
De mercaderías (incs. 1 y 2 del art. 8)De mercaderías (incs. 1 y 2 del art. 8)
De dinero (inc. 3):De dinero (inc. 3):
AdquisiciónAdquisición ≠≠ compracompra A título oneroso
Cosas muebles oCosas muebles o
derechos sobre ellasderechos sobre ellas
Ánimo de
lucro
Enajenación en el mismoEnajenación en el mismo
estado o luego de suestado o luego de su
transformacióntransformación (forma de(forma de
mayor o menor valor)mayor o menor valor)
manual
trayecticio
Operaciones de bancoOperaciones de bancoactivasactivas
pasivaspasivas
Operación de cambioOperación de cambio
2.Actos de comercio por conexión2.Actos de comercio por conexión
Vinculados con actos
naturalmente mercantiles
o con la actividad de
comercio
Conexión que hay que
demostrar en cada caso
Conexión que se
presume por ley
Tales los supuestos de:
Mandato comercial y comisión (art. 221
y 222 Cód. Com.),
Fianza comercial (inc. 10 y art. 478 Cód.
Com.),
Mutuo (art. 558 Cód. Com.),
Depósito (art. 572 Cód. Com.),
Prenda (art. 8 inc. 10 y 580 Cód. Com.),
etc.
 Son todos los actos no identificados y
comprendidos bajo la presunción
genérica del artículo 5 segundo
párrafo;
 como así también las operaciones de
los factores y empleados en cuanto
conciernen al comercio del principal
(Art. 8, inc. 8) .
3.3. Actos de comercio por disposiciónActos de comercio por disposición
de la leyde la ley
Inc. 3
Corretaje
Remate
Intermediación entre oferta y
demanda
Venta en pública subasta martillero
Inc. 4
Operaciones
cambiarias
(letras de cambio)
Cheques
Papeles de
comercio
endosables o al
portador
Títulos de crédito
Inc. 5 Empresas
De fábrica
Mandato
Depósito
Transporte
Comisión
cosas
personas
Por agua o
por tierra
Inc. 6
Seguros
Sociedade
s
anónimas
Inc. 11
Actos de comercio no enumeradosActos de comercio no enumerados
«Los demás actos
especialmente legislados en
este Código».
La doctrina entiende que
también los incorporados por
leyes especiales
Ejemplos:Ejemplos:
Modernos contratos comerciales: franchising, leasing,Modernos contratos comerciales: franchising, leasing,
underwriting, concesión, distribución, Joint ventures,underwriting, concesión, distribución, Joint ventures,
etc. (algunos de tipicidad social admitidos como talesetc. (algunos de tipicidad social admitidos como tales
por la jurisprudencia).por la jurisprudencia).
Todas las demás sociedades comerciales de la LeyTodas las demás sociedades comerciales de la Ley
19550.19550.
La prenda con registro, el warrant (como garantíasLa prenda con registro, el warrant (como garantías
comerciales)comerciales)
Empresas de diversa índole (transporte aéreo,Empresas de diversa índole (transporte aéreo,
servicios y bienes: espectáculos, transporte de noticias,servicios y bienes: espectáculos, transporte de noticias,
software, medicina prepaga, educación privada, etc.)software, medicina prepaga, educación privada, etc.)
Actos excluidosActos excluidos
Art. 452 Cód. Com.:Art. 452 Cód. Com.:
No se consideran mercantiles:
1.Las compras de bienes raíces y muebles accesorios. Sin embargo, serán
comerciales las compras de cosas accesorias al comercio, para prepararlo o
facilitarlo, aunque sean accesorias a un bien raíz;
2.Las de objetos destinados al consumo del comprador, o de la persona por cuyo
encargo se haga la adquisición;
3.Las ventas que hacen los labradores y hacendados de los frutos de sus cosechas y
ganados;
4.Las que hacen los propietarios y cualquier clase de persona, de los frutos y efectos
que perciban por razón de renta, dotación, salario, emolumento u otro cualquier
título remuneratorio o gratuito;
5.La reventa que hace cualquier persona del resto de los acopios que hizo para su
consumo particular.
Sin embargo, si fuere mayor cantidad la que vende que la que hubiese consumido,
se presume que obró en la compra con ánimo de vender y se reputan mercantiles la
compra y la venta.
Inc. 9, art. 8 Cód. Com.Inc. 9, art. 8 Cód. Com. corresponde al Derecho Laboralcorresponde al Derecho Laboral
Relación de consumoRelación de consumo
ConstituciónConstitución
NacionalNacional
(reforma de(reforma de
1994)1994)
Derechos de
Tercera Generación
Art. 42: Derechos
del Consumidor
Noción omnicomprensiva: “relación de consumo”
Ley 24.240Ley 24.240
“Defensa del“Defensa del
Consumidor”Consumidor”
(reformada(reformada
por Ley 26361por Ley 26361
en el añoen el año
2008)2008)
Incorpora
Art. 1: conceptoArt. 1: concepto
amplio de consumidoramplio de consumidor
Art. 3: define relaciónArt. 3: define relación
de consumode consumo
De lo que deriva:
relación de consumo ≠≠ contrato de consumo
Relación de consumo
Art. 3
vinculo jurídicoConsumidor o usuario proveedor
1. toda persona física o jurídica que
adquiere o utiliza bienes o
servicios en forma gratuita u
onerosa como destinatario final,
en beneficio propio o de su
grupo familiar o social.
Art. 1 Art. 2,
primer párrafo
2. se considera asimismo consumidor o
usuario a quien, sin ser parte de una
relación de consumo, como
consecuencia o en ocasión de ella
adquiere o utiliza bienes o servicios
como destinatario final, en beneficio
propio o de su grupo familiar o
social,
3. a quien de cualquier manera está
expuesto a una relación de consumo.
Contrato de
consumo
Es la persona física o
jurídica de naturaleza
pública o privada, que
desarrolla de manera
profesional, aun
ocasionalmente, actividades
de producción, montaje,
creación, construcción,
transformación, importación,
concesión de marca,
distribución y
comercialización de bienes y
servicios, destinados a
consumidores o usuarios.
Todo proveedor está
obligado al cumplimiento de
la presente ley.
Cláusulas ineficaces en los contratos deCláusulas ineficaces en los contratos de
consumoconsumo
Cláusulas abusivas
ARTICULO 37. — Interpretación. Sin perjuicio de la validez del
contrato, se tendrán por no convenidas:
a) Las cláusulas que desnaturalicen las obligaciones o limiten la
responsabilidad por daños;
b) Las cláusulas que importen renuncia o restricción de los derechos
del consumidor o amplíen los derechos de la otra parte;
c) Las cláusulas que contengan cualquier precepto que imponga la
inversión de la carga de la prueba en perjuicio del consumidor.
La interpretación del contrato se hará en el sentido más favorable
para el consumidor. Cuando existan dudas sobre los alcances de su
obligación, se estará a la que sea menos gravosa.
En caso en que el oferente viole el deber de buena fe en la etapa
previa a la conclusión del contrato o en su celebración o transgreda el
deber de información o la legislación de defensa de la competencia o
de lealtad comercial, el consumidor tendrá derecho a demandar la
nulidad del contrato o la de una o más cláusulas. Cuando el juez
declare la nulidad parcial, simultáneamente integrará el contrato, si
ello fuera necesario.

Capítulo 7

  • 1.
    Glibota LandrielGlibota Landriel Facultadde Ciencias Económicas UNNEFacultad de Ciencias Económicas UNNE Actos jurídicos enActos jurídicos en particular:particular: actos de comercio yactos de comercio y relaciones de consumorelaciones de consumo
  • 2.
    BibliografíaBibliografía •Actos de comercio.AproximaciónActos de comercio. Aproximación a una definición. Su importancia.a una definición. Su importancia. •Clasificación. Enumeración legal.Clasificación. Enumeración legal. Análisis del artículo 8º del CódigoAnálisis del artículo 8º del Código de Comercio. Otros actos dede Comercio. Otros actos de comercio.comercio. •Relaciones de consumo. SuRelaciones de consumo. Su inclusión en la C. N. de 1994.inclusión en la C. N. de 1994. Concepto de la Ley 24.240.Concepto de la Ley 24.240. Alcances. Contratos de consumo:Alcances. Contratos de consumo: concepto. Cláusulas ineficaces.concepto. Cláusulas ineficaces.
  • 3.
    Actos de comercioActosde comercio Aproximación a una definición.Aproximación a una definición. Sistemas:Sistemas: Normas que consignan un principio general: por ej.: “intermediación en el cambio” Normas que no definen sino que enumeran los actos de comercio Sistema del Código de Comercio Argentino
  • 4.
    DERECHO COMERCIAL: conjuntoDERECHOCOMERCIAL: conjunto de normas jurídicas que regulan lasde normas jurídicas que regulan las relaciones de los comerciantes entrerelaciones de los comerciantes entre sí y las consecuencias de lossí y las consecuencias de los actos deactos de comercio.comercio. Concepción subjetiva Concepción objetiva Los actos de los comerciantes se “presumen” actos de comercio, salvo prueba en contrario. (art. 5 Cód. Com.) “Los que verifican accidentalmente algún acto de comercio no son considerados comerciantes. Sin embargo, quedan sujetos, en cuanto a las controversias que ocurran sobre dichas operaciones, a las leyes y jurisdicción del comercio”. (art. 6 Cód. Com. “Si un acto es comercial para una sola de las partes, todos los contrayentes quedan por razón de él, sujetos a la ley mercantil, excepto a las disposiciones relativas a las personas de los comerciantes, y salvo que la disposición de dicha ley resulte que no se refiere sino al contratante para quien tiene el acto Enumeración legal (art. 8 Cód. Com.)
  • 5.
    Conceptos de “actode comercio”:Conceptos de “acto de comercio”: ““La materia de comercio es todoLa materia de comercio es todo supuesto de hecho al que lasupuesto de hecho al que la ley considera mercantil”ley considera mercantil” (Fontanarrosa).(Fontanarrosa). ““Acto de comercio es todo actoActo de comercio es todo acto atinente a la materiaatinente a la materia comercial” (Vivante).comercial” (Vivante). ““Acto intrínsecamente mercantilActo intrínsecamente mercantil es todo aquel que realiza oes todo aquel que realiza o facilita una interposición en elfacilita una interposición en el
  • 6.
    Articulo 8Articulo 8 EXPRESIÓNACTO DE COMERCIO = NEGOCIO COMERCIAL COMPLEJO ( ya que enumera como acto jurídico por ejemplo a: Empresas de fábrica)
  • 7.
    Enumeración legalEnumeración legal Ennuestro Derecho :Solo la ley declara la comercialidad de los actos El art. 8 Cod. Com. enuncia los actos considerados “objetivamente” mercantiles La enunciación tiene carácter ejemplificativa, no taxativa. Es de “Orden Público” De allí que
  • 8.
    IMPORTANCIA DE DEFINIRUNIMPORTANCIA DE DEFINIR UN ACTO COMERCIALACTO COMERCIAL  1.-DETERMINA LA COMPETENCIA1.-DETERMINA LA COMPETENCIA LEGAL Y JURISDICCIONAL.LEGAL Y JURISDICCIONAL.  2.-SE DETERMINA QUIEN ES2.-SE DETERMINA QUIEN ES COMOERCIANTECOMOERCIANTE  3.- DETERMINA LA APLICABILIDAD DE3.- DETERMINA LA APLICABILIDAD DE PRINCIPIO Y DISCIPLINA DE LASPRINCIPIO Y DISCIPLINA DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOSOBLIGACIONES Y CONTRATOS COMERCIALES Y DEL REGIMEN DECOMERCIALES Y DEL REGIMEN DE LOS CONCURSOS MERCANTILESLOS CONCURSOS MERCANTILES
  • 9.
    Articulo 8 Códigode ComercioArticulo 8 Código de Comercio “ La ley declara actos de comercio en general: 1.- Toda adquisición a título oneroso de una cosa mueble o de un derecho sobre ella, para lucrar con su enajenación, bien sea en el mismo estado que se adquirió o después de darle otra forma de mayor o menor valor; 2.- La trasmisión a que se refiere el inciso anterior; 3.- Toda operación de cambio, banco, corretaje o remate; 4.- Toda negociación sobre letras de cambio o de plaza, cheques o cualquier otro género de papel endosable o al portador; 5.- Las empresas de fábricas, comisiones, mandatos comerciales, depósitos o transportes de mercaderías o personas por agua o por tierra; 6.- Los seguros y las sociedades anónimas, sea cual fuere su objeto; 7.- Los fletamentos, construcción, compra o venta de buques, aparejos, provisiones y todo lo relativo al comercio marítimo; 8.- Las operaciones de los factores tenedores de libros y otros empleados de los comerciantes, en cuanto concierne al comercio del negociante de quien dependen; 9.- Las convenciones sobre salarios de dependientes y otros empleados de los comerciantes; 10.- Las cartas de crédito, fianzas, prenda y demás accesorios de una operación comercial; 11.- Los demás actos especialmente legislados en este Código”.  
  • 10.
    Clasificación: s/ FontanarrosaClasificación:s/ Fontanarrosa 1. Actos de comercio por su naturaleza 2. Actos de comercio por conexión 3. Actos de comercio por disposición de la ley
  • 11.
    1. Actos decomercio por su naturaleza1. Actos de comercio por su naturaleza Son aquellos típicamente mercantiles. Implican interposición en el cambio (definición tomada de la economía política) InterposiciónInterposición en el cambioen el cambio De mercaderías (incs. 1 y 2 del art. 8)De mercaderías (incs. 1 y 2 del art. 8) De dinero (inc. 3):De dinero (inc. 3): AdquisiciónAdquisición ≠≠ compracompra A título oneroso Cosas muebles oCosas muebles o derechos sobre ellasderechos sobre ellas Ánimo de lucro Enajenación en el mismoEnajenación en el mismo estado o luego de suestado o luego de su transformacióntransformación (forma de(forma de mayor o menor valor)mayor o menor valor) manual trayecticio Operaciones de bancoOperaciones de bancoactivasactivas pasivaspasivas Operación de cambioOperación de cambio
  • 12.
    2.Actos de comerciopor conexión2.Actos de comercio por conexión Vinculados con actos naturalmente mercantiles o con la actividad de comercio Conexión que hay que demostrar en cada caso Conexión que se presume por ley Tales los supuestos de: Mandato comercial y comisión (art. 221 y 222 Cód. Com.), Fianza comercial (inc. 10 y art. 478 Cód. Com.), Mutuo (art. 558 Cód. Com.), Depósito (art. 572 Cód. Com.), Prenda (art. 8 inc. 10 y 580 Cód. Com.), etc.  Son todos los actos no identificados y comprendidos bajo la presunción genérica del artículo 5 segundo párrafo;  como así también las operaciones de los factores y empleados en cuanto conciernen al comercio del principal (Art. 8, inc. 8) .
  • 13.
    3.3. Actos decomercio por disposiciónActos de comercio por disposición de la leyde la ley Inc. 3 Corretaje Remate Intermediación entre oferta y demanda Venta en pública subasta martillero Inc. 4 Operaciones cambiarias (letras de cambio) Cheques Papeles de comercio endosables o al portador Títulos de crédito
  • 14.
    Inc. 5 Empresas Defábrica Mandato Depósito Transporte Comisión cosas personas Por agua o por tierra Inc. 6 Seguros Sociedade s anónimas
  • 15.
    Inc. 11 Actos decomercio no enumeradosActos de comercio no enumerados «Los demás actos especialmente legislados en este Código». La doctrina entiende que también los incorporados por leyes especiales Ejemplos:Ejemplos: Modernos contratos comerciales: franchising, leasing,Modernos contratos comerciales: franchising, leasing, underwriting, concesión, distribución, Joint ventures,underwriting, concesión, distribución, Joint ventures, etc. (algunos de tipicidad social admitidos como talesetc. (algunos de tipicidad social admitidos como tales por la jurisprudencia).por la jurisprudencia). Todas las demás sociedades comerciales de la LeyTodas las demás sociedades comerciales de la Ley 19550.19550. La prenda con registro, el warrant (como garantíasLa prenda con registro, el warrant (como garantías comerciales)comerciales) Empresas de diversa índole (transporte aéreo,Empresas de diversa índole (transporte aéreo, servicios y bienes: espectáculos, transporte de noticias,servicios y bienes: espectáculos, transporte de noticias, software, medicina prepaga, educación privada, etc.)software, medicina prepaga, educación privada, etc.)
  • 16.
    Actos excluidosActos excluidos Art.452 Cód. Com.:Art. 452 Cód. Com.: No se consideran mercantiles: 1.Las compras de bienes raíces y muebles accesorios. Sin embargo, serán comerciales las compras de cosas accesorias al comercio, para prepararlo o facilitarlo, aunque sean accesorias a un bien raíz; 2.Las de objetos destinados al consumo del comprador, o de la persona por cuyo encargo se haga la adquisición; 3.Las ventas que hacen los labradores y hacendados de los frutos de sus cosechas y ganados; 4.Las que hacen los propietarios y cualquier clase de persona, de los frutos y efectos que perciban por razón de renta, dotación, salario, emolumento u otro cualquier título remuneratorio o gratuito; 5.La reventa que hace cualquier persona del resto de los acopios que hizo para su consumo particular. Sin embargo, si fuere mayor cantidad la que vende que la que hubiese consumido, se presume que obró en la compra con ánimo de vender y se reputan mercantiles la compra y la venta. Inc. 9, art. 8 Cód. Com.Inc. 9, art. 8 Cód. Com. corresponde al Derecho Laboralcorresponde al Derecho Laboral
  • 17.
    Relación de consumoRelaciónde consumo ConstituciónConstitución NacionalNacional (reforma de(reforma de 1994)1994) Derechos de Tercera Generación Art. 42: Derechos del Consumidor Noción omnicomprensiva: “relación de consumo” Ley 24.240Ley 24.240 “Defensa del“Defensa del Consumidor”Consumidor” (reformada(reformada por Ley 26361por Ley 26361 en el añoen el año 2008)2008) Incorpora Art. 1: conceptoArt. 1: concepto amplio de consumidoramplio de consumidor Art. 3: define relaciónArt. 3: define relación de consumode consumo De lo que deriva: relación de consumo ≠≠ contrato de consumo
  • 18.
    Relación de consumo Art.3 vinculo jurídicoConsumidor o usuario proveedor 1. toda persona física o jurídica que adquiere o utiliza bienes o servicios en forma gratuita u onerosa como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social. Art. 1 Art. 2, primer párrafo 2. se considera asimismo consumidor o usuario a quien, sin ser parte de una relación de consumo, como consecuencia o en ocasión de ella adquiere o utiliza bienes o servicios como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social, 3. a quien de cualquier manera está expuesto a una relación de consumo. Contrato de consumo Es la persona física o jurídica de naturaleza pública o privada, que desarrolla de manera profesional, aun ocasionalmente, actividades de producción, montaje, creación, construcción, transformación, importación, concesión de marca, distribución y comercialización de bienes y servicios, destinados a consumidores o usuarios. Todo proveedor está obligado al cumplimiento de la presente ley.
  • 19.
    Cláusulas ineficaces enlos contratos deCláusulas ineficaces en los contratos de consumoconsumo Cláusulas abusivas ARTICULO 37. — Interpretación. Sin perjuicio de la validez del contrato, se tendrán por no convenidas: a) Las cláusulas que desnaturalicen las obligaciones o limiten la responsabilidad por daños; b) Las cláusulas que importen renuncia o restricción de los derechos del consumidor o amplíen los derechos de la otra parte; c) Las cláusulas que contengan cualquier precepto que imponga la inversión de la carga de la prueba en perjuicio del consumidor. La interpretación del contrato se hará en el sentido más favorable para el consumidor. Cuando existan dudas sobre los alcances de su obligación, se estará a la que sea menos gravosa. En caso en que el oferente viole el deber de buena fe en la etapa previa a la conclusión del contrato o en su celebración o transgreda el deber de información o la legislación de defensa de la competencia o de lealtad comercial, el consumidor tendrá derecho a demandar la nulidad del contrato o la de una o más cláusulas. Cuando el juez declare la nulidad parcial, simultáneamente integrará el contrato, si ello fuera necesario.