1. CASO : 14-2022
Fiscal : Julio Marcos Samanamud
Osorio
SUMILLA : Solicito control de plazo
fiscal
SEÑOR FISCAL DEL PRIMER DESPACHO DE LA FISCALIA PROVINCIAL
CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS
DEL DISTRITO FISCAL DE HUAURA.-
JORGE L. CONDE REYES, abogado defensor de
LILY BALCZÁR COCA, en la siguiente investigación
que se les sigue por la presunta comisión del delito
de Peculado en agravio del Estado, ante usted
respetuosamente indico lo siguiente:
I. PRETENSIÓN. –
Que, por convenir a los derechos e intereses de mis defendidos a ser investigados dentro
de un plazo razonable, recurro a su judicatura al amparo del artículo 334° inciso 21
, y en
concordancia con el artículo 144° inciso 12
del código procesal penal con la finalidad de
SOLICITAR CONTROL DE PLAZO de las DILIGENCIAS PRELIMINARES, toda vez que, el
plazo concedido se encuentra vencido y a la fecha el su despacho no ha dado por
concluida la presente investigación, ante ello, se emita la Disposición de CONCLUSIÓN
DE DILIGENCIAS PRELIMINARES, petición que realizo en base a los fundamentos de
hecho y de derecho que paso a exponer:
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El plazo de las diligencias preliminares, conforme al artículo 3, es de sesenta días, salvo que se produzca
la detención de una persona. No obstante, ello el fiscal podrá fijar un plazo distinto según las características
de complejidad y circunstancias de los hechos objeto de investigación. Quien se considere afectado por
una excesiva duración de las diligencias preliminares, solicitará al fiscal le dé termino y dicte la disposición
que corresponda. Si el fiscal no acepta la solicitud del
afectado o fija un plazo irrazonable, este último podrá acudir al uuez de nnvestigación
Preparatoria en el plazo de 5 días instando su pronunciamiento. El juez resolverá previa
audiencia con la participación del fiscal y del solicitante.
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