La constitución de 1978 estableció una monarquía parlamentaria en España con soberanía nacional, separación de poderes y protección de los derechos humanos. Reconoció las autonomías regionales y estableció el castellano como idioma oficial junto con las lenguas cooficiales de las comunidades autónomas. Diseñó un estado moderno y democrático después de la dictadura franquista.
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CONSTITUCIONES ESPAÑOLAS (1812-1978)
CONSTITUCIÓN 1812 (LIBERAL)
CONTEXTO HISTÓRICO
El contexto histórico en el que se sitúa la Constitución de 1812 es en plena Guerra de
Independencia (1808-1812). El rey Carlos IV escoge como ministro a Manuel Godoy, quien
firma el Tratado de Fontainebleau con Napoleón, permitiendo que las tropas francesas entren en
España. A su vez, se fue formando en torno al príncipe Fernando (primogénito de Carlos IV) un
partido de nobles y clero enemigos de Godoy. Todo ello desembocó en el Motín de Aranjuez
(18 marzo 1808). Ante esta situación el rey pidió ayuda a Napoleón, quien consiguió que
renunciara a la corona para dársela a su hermano José I. Por ello, se produjo el alzamiento de 2
de mayo de 1808 creándose juntas provinciales (13) y una Junta Central en Madrid. Esta
incapaz de dirigir la guerra en 1810 convoca unas Cortes que se reunieron en Cádiz. Formadas
por absolutistas, ilustrados, liberales. Ellos fueron los encargados de elaborar una Constitución,
dando por terminado el Antiguo Régimen. Por tanto, el 19 de marzo de 1812 se proclamó la
Pepa que es la PRIMERA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE LA HISTORIA.
CARACTERÍSTICAS
Sus artículos más importantes son:
- Soberanía nacional
- Sufragio universal masculino indirecto para mayores de 21 años
- División de poderes (legislativo, en manos de las Cortes; ejecutivo, en manos del rey;
judicial; en los Tribunales de Justicia).
- Unicamerales (una sola cámara) la del congreso de los diputaos.
- Declaración de libertades
- Religión oficial la católica, no existe libertad de cultos
ESTATUTO REAL 1834 (CARTA OTORGADA)
CONTEXTO HISTÓRICO
El Estatuto Real lo podemos situar en una España liberal, con una monarquía constitucional y
parlamentaria. Tras la muerte de Fernando VII, tuvo que encargarse de la regencia de España su
esposa, Mª Cristina de Borbón, puesto que la hija de ambos era menor de edad. Sin embargo, los
absolutistas se negaron a reconocer a Isabel como sucesora amparándose en la Ley Sálica, a
pesar de haber sido ya abolida. Por ello, absolutistas se agruparon en torno al hermano del rey,
Carlos Mª Isidro, proclamándolo rey el mismo día de la muerte de Fernando VII y dando
comienzo a las Guerras Carlistas. En cuanto a la regencia de Mª Cristina, dejó el gobierno a los
liberales moderados, cuyo jefe de gobierno, Martínez de la Rosa fue el encargado de elaborar en
1834 un ESTATUTO REAL, que es una carta otorgada que nunca fue aprobada por las Cortes.
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CARACTERÍSTICAS
- No hay división de poderes
- Dividía las Cortes en dos cámaras (cortes bicamerales). Por un lado, la cámara de los
Próceres (cámara alta) cuyo cargo era vitalicio y hereditario. Por otro lado, cámara de los
Procuradores (cámara baja) elegida entre aquellos que disponían de una reta superior a los
12 mil reales.
- Sufragio muy restringido, 0’1% de la población podía votar.
- Las cortes tenían derecho a voto pero no poder legislativo
CONSTITUCIÓN DE 1837 (LIBERAL PROGRESISTA)
CONTEXTO HISTÓRICO
Esta constitución se sitúa en la regencia de Mª Cristina y las Guerras Carlistas. La reina dejó el
gobierno a los liberales moderados, cuyo jefe de gobierno, Martínez de la Rosa fue el encargado
de elaborar en 1834 un ESTATUTO REAL. Pero pronto se hizo evidente de que era
insuficiente, por lo que los liberales progresistas protagonizaron revueltas urbanas. Además hay
que añadir las desamortizaciones de Mendizábal. Ante esta situación, el clero presiona a Mª
Cristina para que prescindiera de Mendizábal y acabar con las desamortizaciones. En este
momento se convocan Cortes extraordinarias para analizar la situación de país y ver si es
conveniente restaurar la Constitución de 1812 o hacer una nueva. Tras un año de deliberaciones
se aprobó una nueva Constitución, que se promulgó el 8 de junio de 1837 y fue abolida por la
reina nueve días más tarde por ser demasiado progresista.
CARACTERÍSTICAS
- Soberanía nacional
- División de poderes
- Declaración de libertades
- La potestad legislativa está en manos del rey y las cortes
- Dos cámaras: Congreso y Senado
- Las cortes controlan el gobierno
- Sufragio censitario, solo votan aquellos hombres con grandes fortunas, 2% población
- Protección de la religión católica.
CONSTITUCIÓN DE 1845 (MODERADA)
CONTEXTO HISTÓRICO
Podemos situar la Constitución de 1845 en la década moderada (1844-1854). Los moderados
que habían apartado a Espartero del gobierno debido al error de firmar un tratado comercial con
Inglaterra que permitía la entrada de tejidos británicos más baratos y de mejor calidad en
España, lo cual perjudicaba a la incipiente industria catalana que estaba empezando a
desarrollarse. Por ello, los obreros promulgaron huelgas ya que sus puestos de trabajo. La
respuesta de Espartero fue bombardear Barcelona hasta conseguir su sumisión. Todos estos
hecho hicieron que los ciudadanos se pusiesen en contra de los progresistas, concretamente de
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Espartero, por lo que fue obligado a dimitir y el gobierno pasó al mando de los moderados
encabezados por el General Narváez quien puso las bases del nuevo gobierno moderado para los
siguientes diez años, destacando la Constitución de 1845.
CARACTERÍSTICAS
- Soberanía compartida entre el rey y las Cortes.
- Religión oficial la católica, estado confesional, sin libertad de cultos
- La monarquía tiene grandes poderes: elaborar leyes, nombrar ministros..
- Cortes Bicamerales: Congreso y Senado
- Sufragio muy restringido
- Menos derechos y libertades que la de 1937
CONSTITUCIÓN DE 1869 (LIBERAL DEMOCRÁTICA) muy progresista
CONTEXTO HISTÓRICO
La crisis política y económica eran claramente perceptibles antes de que estallase la Revolución
de 1868. A esto hay que añadirle que gran parte de la población tenía motivos en contra de la
reina Isabel II. Ante esta situación, surge una revolución iniciada en Cádiz el 19 de septiembre
de 1868 con el pronunciamiento militar de Topete, Prim y Serrano, quienes exigían una reforma
en la constitución, respeto a las libertades individuales y la abolición de la monarquía. Prim y
Serrano toman Madrid y crean una Junta revolucionaria para dirigir el alzamiento. El gobierno
moderado y la reina fueron vencidos, por lo que el gobierno tuvo que dimitir y la reina se exilió.
Tras esto se creó un gobierno provisional presidido por Serrano, quien convocó Cortes
Constituyentes para elaborar una Constitución que se promulgó el 6 de junio de 1869.
CARACTERÍSTICAS
- Soberanía nacional
- Sufragio universal masculino directo e indirecto
- Cortes bicamerales y tienen el poder legislativo
- División de poderes
- Libertad de culto por primera vez en una constitución
- Amplio catálogo de derechos y libertades
- El futuro rey tendrá el poder ejecutivo y disolver las Cortes si lo ve conveniente
CONSTITUCIÓN DE 1876 (LIBERAL CONSERVADORA)
CONTEXTO HISTÓRICO
Esta constitución se sitúa tras la restauración de la monarquía en la figura de Alfonso XII,
llevado a cabo durante el Sexenio Revolucionario y más concretamente durante la dictadura de
Primo de Rivera. El protagonista de ello fue Antonio Cánovas del Castillo quien tras el
Manifiesto de Sandhurst quería preparar el regreso del rey legalmente, pero el General Martínez
Campos junto con otros militares dieron un pronunciamiento milita en Sagunto el 29 de
diciembre de 1874 proclamando la restauración de la monarquía borbónica. Con la llegada del
rey a España se prepararon las bases de la Constitución de 1876.
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CARACTERÍSTICAS
La constitución de 1876 ha sido la de mayor duración en la historia de España, puesto que se
mantuvo vigente hasta 1923. Su característica más destacada fue la estabilidad. Esta
constitución ha sido considerada como una mezcla entre la constitución moderada del 45 y la
progresista del 69. Sus aspectos más novedosos son:
- Soberanía compartida entre el rey y las cortes
- Cortes bicamerales
- Separación de poderes. Ejecutivo en manos del rey; legislativo compartido entre las cortes
y el rey; judicial en los Tribunales de Justicia
- Amplios derechos y amplias libertades
- La corona es uno de los grandes pilares del nuevo sistema político
- Sufragio universal masculino para mayores de 25 años
- Confesionalidad del Estada, con alguna tolerancia hacia otros cultos.
CONSTITUCIÓN DE 1931 (DEMOCRÁTICA)
CONTEXTO HISTÓRICO
Esta constitución se sitúa dentro de la II República. El 12 de abril de 1931 se convocaron
elecciones a favor o en contra de la monarquía. Los resultados fueron en contra, por lo tanto el
14 de abril de 1931 se proclamó la II República. Tras la destrucción de la monarquía se crea un
gobierno provisional presidido por Niceto Alcalá- Zamora. Este gobierno convocó elecciones
para Cortes Constituyentes para crear una constitución. En pocos meses proclamaron la
Constitución de 1931 que tuvo un marcado carácter democrático y progresista.
CARACTERÍSTICAS
- Soberanía nacional
- División en 4 poderes
- No hay religión oficial sino libertad de cultos dentro de un estado laico
- Reconoce la autonomía de las regiones
- Sufragio universal, directo para mayores de 23 años. Por primera vez se concede el voto a
la mujer
- Se reconoce el matrimonio civil y el divorcio
- Amplia declaración de derechos y libertades
- Posibilidad de expropiación obligatoria de la tierra y nacionalizar algunos sectores públicos
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CONSTITUCIÓN DE 1978 (DEMOCRÁTICA)
CONTEXTO HISTÓRICO
Tras la muerte de Franco se produce el juramente de Juan Carlos I como rey de España el 22 de
noviembre de 1975. El rey nombró a Carlos Arias Navarro presidente del gobierno, pero
presionado por diversos sectores dimitió. El 3 de julio de 176 fue nombrado presidente del
gobierno Adolfo Suárez. España quedó sorprendida porque procedía de falange y nadie creía
que él fuera le hombre apropiado para traer la democracia a España. Pero las cosas
transcurrieron de manera muy distinta.
El gobierno elaboró la Ley para la Reforma Política (LRP), aprobada el 10 de septiembre de
1976. Esta sería el preámbulo de la Constitución de 1978. Además, la aprobación de esta ley
significó la legalidad de todos los partidos políticos. El siguiente paso en la instauración de la
democracia fue elaborar una constitución por la comisión de asuntos constitucionales del
congreso. El documento se sometió a referéndum el día 6 de diciembre de 1978 y tras ser
aprobada el rey aceptó la Constitución de 1978 el 27 de diciembre.
CARACTERÍSTICAS
Esta constitución recoge las características esenciales de la democracia:
- Soberanía nacional
- Monarquía parlamentaria
- Separación de los tres poderes (legislativo, en las Cortes bicamerales; ejecutivo, en el
gobierno junto con las Cortes; judicial, en los tribunales de justicia)
- Sufragio universal directo y secreto, con mayoría de edad a los 18 años
- Derecho de las autonomías
- Lengua oficial del estado el castellano y se establecen como cooficiales las demás en sus
respectivas comunidades autónomas
- Garantiza derechos humanos y libertades, igualdad de toso los españoles ante la Ley
- Establece aconfesionalidad del Estado
- Libertad de enseñanza, de culto, de ideología, derecho a la huelga y la educación
La constitución diseña un estado moderno y democrático.