Este contrato establece los términos y condiciones para que un individuo actúe como Consultor Independiente de WINALITE COLOMBIA LTDA para la venta y distribución de sus productos de cuidado de la salud. El contrato detalla los derechos, obligaciones y responsabilidades de ambas partes, así como los pagos, incentivos, políticas y procedimientos aplicables. El contrato puede darse por terminado por cualquier parte y tiene una duración indefinida.
1. WINALITE COLOMBIA LTDA
Nit 900225903-7
Carrera 15 # 100-69 Oficina 303 – Bogotá
Teléfono. (1) 6161594
CONTRATO DE CONSULTOR WINALITE INDEPENDIENTE
El Negocio Multinivel de productos para el cuidado de la salud, denominado WINALITE, sociedad constituida legalmente con Nit. No.
900225903-7 y representada legalmente por su Gerente General, con facultades suficientes para tal efecto, quien en lo sucesivo se
denominará “El Proveedor” y por la otra “El Consultor” al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:
DECLARACIONES
El Consultor declara:
I- Que ha leído completamente este contrato, así como las Políticas Comerciales, el Plan de Compensación y el Código de Ética de
WINALITE y los acepta completamente.
II- Que es su deseo ser Consultor Independiente de los productos de WINALITE.
III- Que es de su conocimiento que no será empleado de WINALITE en términos de prestaciones, seguro o impuestos estatales.
IV- Que toda posibilidad de ingreso, descrita en el Plan de Compensación, dependerá solo del esfuerzo y del tiempo que le dedique
cada Consultor.
V- Acepta y acata las Cláusulas de este contrato.
El Proveedor declara:
I- Que WINALITE, es una Sociedad legalmente constituida, y paga los impuestos conforme a las leyes de nuestro país.
II- Que cumple con los requisitos necesarios otorgados por los organismos gubernamentales para la distribución de cada producto.
III- Cuenta con los recursos económicos y técnicos para llevar avante y mantener dicho Negocio Multinivel.
IV- Es titular de la marca registrada WINALITE, y es propietario del Software Administrativo y de la página web
http://www.winalite.com.
V- Cuenta con personal calificado tanto para la importación de nuevos productos, asistencia técnica, tecnológica, así como logística.
VI- Acepta y acata incondicionalmente las siguientes Cláusulas de este contrato.
CLAUSULAS:
1. Objeto del contrato- El presente contrato tiene como finalidad la distribución en red por parte del Consultor de los productos
importados por el Proveedor, de acuerdo con el plan de compensación, las políticas comerciales y el código de ética de WINALI TE,
los cuales hacen parte integral de este contrato.
2. Validez- El presente contrato es el único acuerdo válido y obligatorio entre las partes, cualquier otro acuerdo verbal, o escrito por
algún Consultor no será compromiso del proveedor ni tendrá fuerza o efecto legal. Sin embargo las partes declaran, que las
promociones, de viajes o regalos, las políticas comerciales entre otras que se publiquen, en la página web , se considerarán
información oficial, y serán igualmente obligatorias para las partes, como si estuviesen dentro de este contrato.
3. Duración- el presente contrato tendrá una duración indefinida. Sin embargo, las partes lo podrán dar por terminado en los siguientes
casos:
I. Si un Consultor o usuario, intenta dañar al Proveedor, o no acatase las políticas o lineamientos del Proveedor.
II. Por incumplimiento de alguna de las partes a los términos y condiciones del contrato.
III. En caso de incurrir en circunstancias que afecten la viabilidad de la empresa.
IV. Por voluntad de cualquiera de las partes.
Documento id.______________________________
Al firmar este contrato acepto todos los puntos menciona
Contrato No (Código):
No de Centro:
Nombre de Consultor:
ID
Dirección:
Ciudad:
Tel:
2. WINALITE COLOMBIA LTDA
Nit 900225903-7
Carrera 15 # 100-69 Oficina 303 – Bogotá
Teléfono. (1) 6161594
4. Designación-El proveedor conviene por este medio al suscrito en este contrato, permitir que éste actuará
como Consultor Independiente, del proveedor y le otorga el derecho a vender al menudeo y distribución en red
de los productos, así mismo el Consultor acepta que con esta designación no es propietario de Franquicia, no es
representante comercial, no es agente comercial.
5. Plan de Compensación- Para dar certidumbre al Consultor, el proveedor se compromete a dar a conocer la
estructura del Plan de Compensación WINALITE mediante material físico o digital.
6. Pagos- el proveedor se obliga a pagar la retribución al Consultor en tiempo y forma, conforme a lo establecido
en el Plan de Compensación, Políticas Comerciales y Promociones Especiales de WINALITE.
7. Forma y Periodicidad de pagos-Los pagos se realizarán semanalmente por transferencia bancaria a la cuenta
del Consultor titular del Código Afiliado o a una cuenta diferente con previa autorización.
8. Los Incentivos- los incentivos se entregarán conforme a lo establecido por WINALITE.
9. Requisitos para pagos e incentivos- Para que haya lugar a los pagos e incentivos el Consultor debe estar activo
en el sistema de WINALITE y estar en cumplimiento cabal del plan de compensación, código de ética y de las
políticas comerciales de WINALITE.
10. La Administración- El proveedor se compromete a mantener en funcionamiento los accesos a la Oficina
Virtual del Consultor y a la página web de WINALITE.
11. Las Políticas- El proveedor podrá añadir o modificar las políticas que crea necesarias para el beneficio de la
empresa y sus Consultores en cualquier momento y sin previo aviso.
12. Entregas del producto- La entrega de producto será únicamente a través de empresas de mensajería o
Centro de Distribución Autorizado, que el proveedor señale. Las entregas conforme a este contrato se
efectuarán en los envases habituales para embarque. El envió será pagado por el Consultor cuando el tope sea
menor a 20 Kits. El Consultor deberá, inspeccionar todos los productos de inmediato al recibirlos, para verificar
que no haya faltantes o productos dañados, y en caso de alguna de las dos anteriores, deberá dejar constancia
de los hechos con la empresa transportadora e informarlo inmediatamente a WINALITE. De no ser así no
procederá reclamación alguna, situación de la cual está consciente y acepta el Consultor WINALITE.
13. Derechos y obligaciones del Consultor – A. El Consultor conviene en aplicar sus óptimos esfuerzos para la
afiliación, promoción, venta, mantenimiento de su red y mercadeo de los productos y que por su propia cuenta
y riesgo efectuará las siguientes funciones:
I- El Consultor, se dedicará a las actividades de promoción de afiliación, ventas y reclutamiento de prospectos para
el crecimiento de su red y sus ganancias.
II- El Consultor, mantendrá y capacitará a su propia organización de ventas y distribución activa, la cual realizará
en plena libertad y sin supervisión directa alguna.
III- El Consultor, impartirá entrenamientos internos concebidos para asegurar el desarrollo e implementación de
ventas y distribución efectivos aplicables a los productos y a su propia red de distribución.
IV- El Consultor, se compromete a realizar sus consumos mensuales, en tiempo y forma, tal y como lo establece
el Plan de Compensación y Políticas WINALITE. El incumplimiento durante un lapso de 12 meses consecutivos
dará lugar a que el Sistema WINALITE lo elimine automáticamente, considerándose como Consultor Inactivo,
perdiendo así su posición en la red, y todo derecho de pago.
V- El Consultor, podrá a su elección capacitarse en los programas de entrenamiento de ventas, en las oficinas
descritas por el proveedor, siendo dicha situación de carácter optativo, por parte del Consultor para efecto de
apoyo a su crecimiento, para que a través de éste pueda informar el plan de compensación a sus prospectos y
afiliarlos a WINALITE, sin que deba interpretarse como una obligación de las que establecen el Código de Trabajo,
por no tratarse de una relación de trabajo, situación de la cual el Consultor WINALITE se encuentra consiente y
acepta.
VI- Es del conocimiento del Consultor, que no será empleado del proveedor en términos de prestaciones, Seguro
Social o Impuestos Estatales, entre otros.
VII- Conducta General- El Consultor, conducirá sus negocios en toda ocasión, de manera que refleje una buena
imagen favorable sobre el proveedor y sus productos, y no usará, ni practicará, ni se dedicará a procedimiento
comercial alguno que sea engañoso, que conduzca al error ilegal o contrario a la ética, situación de la cual se
encuentra consiente y acepta ya que el incumplimiento a los supuestos antes mencionados será únicamente
imputable a su persona. Será obligación del Consultor cumplir en todo tiempo con las leyes y demás
disposiciones legales, con las políticas comerciales, el código de ética, el plan de compensación, entre otros.
3. WINALITE COLOMBIA LTDA
Nit 900225903-7
Carrera 15 # 100-69 Oficina 303 – Bogotá
Teléfono. (1) 6161594
B. El Consultor tendrá derecho a recibir capacitación sobre la forma de hacer el negocio, la afiliación, promoción,
venta y mercadeo de los productos y la característica de los mismos por parte del Proveedor, en los términos y
condiciones que éste establezca.
C. El Consultor tendrá derecho a recibir sus pagos de manera oportuna siempre que cumpla con lo dispuesto en
este contrato y en el Plan de Compensación.
14. Derechos y obligaciones del Proveedor – A. El Proveedor conviene en aplicar sus óptimos esfuerzos para
dar capacitación al Consultor en todo lo relacionado al negocio, la afiliación, promoción, venta y mercadeo de
los productos y características de los mismos.
B. El Proveedor tendrá derecho a retener los pagos siempre que se configure por parte del Consultor una falta a
las políticas comerciales, al código de ética o al plan de compensación.
C. El Proveedor se inhibirá de efectuar los pagos cuando se configuren las causas por las cuales no le
corresponde efectuarlos.
15. Materiales Publicitarios- El Proveedor informará de la existencia y venderá sus materiales promocionales
habituales relativos al negocio y sus productos, como eventos, folletos, DVD’s, o cualquier otro, siendo
el Consultor WINALITE quien decide si los adquiere o no.
El Consultor, no utilizará ni promocionará material alguno en relación con la venta de productos que no sea
producido o aprobado por el proveedor. El Consultor conviene en proporcionar a el proveedor, para su
aprobación copias de todo material impreso que vaya a ser usado en su promoción, no suministrado por el
proveedor pero, en los cuales se mencione a éste, o a los productos, situación que el Consultor, acepta y se
encuentra consiente que dicha situación, es únicamente para efectos de salvaguardar el prestigio de los
productos o la marca del proveedor.
16. Cesión de derechos- El Consultor podrá ceder los derechos del presente Contrato a la persona que designe en
el presente Contrato como Beneficiaria al 100% en caso de fallecimiento del Titular. Para hacer válido dicho
beneficio se deberá presentar dentro de los 2 meses posteriores al fallecimiento del Consultor, con el acta de
defunción para hacer los trámites correspondientes.
17. Los Impuestos- Los impuesto Estatales, Nacionales, Departamentales o Municipales y cualquier otro
aplicable (I.V.A, I.C.A., RETEFUENTE u otros similares), deberán ser pagados por el beneficiario o Consultor, o
serán retenidos por el proveedor de acuerdo a la ley.
Debido a que el Banco cobra la prestación de servicio por Depósitos Nacionales, el Proveedor está de acuerdo
con asumir la comisión por depósitos nacionales.
18. Los Precios- Uno de los beneficios de ser Consultor, es que podrá obtener cualquier producto de la línea
WINALITE a un precio preferencial.
19. Exclusividad y Lealtad- El proveedor declara, que queda expresamente convenido por ambas partes que no
se otorgarán derechos exclusivos de ninguna naturaleza, ni de territorio alguno. El Consultor declara que no
distribuirá la misma clase de productos de otro proveedor durante la vigencia de este contrato.
20. El contrato- Para que la empresa pueda proceder al depósito de las comisiones de primera vez a un usuario
nuevo, es necesario que éste haya firmado y entregado el presente contrato al Centro de distribución de su
localidad o a su Patrocinador directo, y con las formalidades legales adjuntando los documentos requeridos a la
Oficina Principal de WINALITE en Colombia.
21. Sanciones - Acepto que por cualquier violación o incumplimiento de cualquier término o disposición de
este Contrato, podré ser sancionado comercialmente, según se especifica en las Políticas comerciales, plan
de compensación, código de ética y Procedimientos, a discreción del Proveedor. Una vez cancelado este
Contrato, acepto que perderé y renunciaré expresamente a cualquier o todos los derechos, incluyendo
derechos de propiedad, sobre mi anterior organización de ventas en red o en línea descendente y sobre
cualquier bonificación, comisión u otra compensación que resulte de las ventas generadas por mí mismo o
por mi anterior organización en red o en línea descendente.
22. Deducciones - La Compañía tendrá derecho a deducir y a compensar contra mis comisiones,
bonificaciones, regalías, o cualquier otro dinero que me deba pagar, cualquier monto vencido y no pagado
por compras de productos y servicios del Proveedor, o cualquier otro monto que yo deba al Proveedor.
23. Indemnizaciones-. Estoy de acuerdo en indemnizar y exonerar al Proveedor de todos y cada uno de
mis reclamos, daños y gastos, incluso honorarios jurídicos, que se deriven en mis acciones o en mi
conducta, y en la conducta de mis empleados y agentes en violación de este Contrato.
4. WINALITE COLOMBIA LTDA
Nit 900225903-7
Carrera 15 # 100-69 Oficina 303 – Bogotá
Teléfono. (1) 6161594
24. Solución de controversias- Toda controversia que se suscite con relación a este contrato será sometida
primeramente a un tribunal de arbitramento de la cámara de comercio de Bogotá de conformidad con la
legislación que se encuentre vigente, el cual deberá decidir en derecho, excepto en los asuntos que presten
mérito ejecutivo.
25. Mérito Ejecutivo- Este contrato presta mérito ejecutivo entre las partes, para tal efecto las partes renuncian
por este medio a cualquier requerimiento legal que se les deba efectuar para constituirlos en mora.
26. Ley reguladora- Este contrato se regirá en todos y en cada uno de sus aspectos por las leyes de Colombia,
para todo asunto relativo a la interpretación o cumplimiento de este contrato, las partes se someten a los
Tribunales competentes de la ciudad de Bogotá, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero de
Jurisdicción que les pudiera corresponder en razón de su domicilio.
Firma: ______________________________
Nombre: ______________________________
Documento id.______________________________
Al firmar este contrato acepto todos los puntos mencionados