Este documento explica la diferencia entre contratos informáticos y contratos electrónicos, señalando que los primeros se refieren al objeto del contrato mientras que los segundos se refieren a la forma. También define los contratos de adhesión y su relación con la contratación en Internet, así como las cláusulas abusivas en telecontratación y los vicios de consentimiento que pueden producirse. Por último, explica que el outsourcing en materia de contratos informáticos implica la subcontratación de servicios a proveedores externos.