MODULO IV (28.08.2021)
Dictado por la Arquitecta Kelly Montoya Jara
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6. ANALISIS DE RIESGOS
El Análisis de Riesgo, cuenta con tres componentes: evaluación de riesgos, manejo de riesgos y comunicación
de riesgos.
Evaluación de riesgos
Manejo o control del riesgo
1
2
Comunicación del riesgo
3
9. INUDANCIONES
Las inundaciones se producen cuando las lluvias intensas o continuas sobrepasan la
capacidad de campo del suelo, el volumen máximo de transporte del rio es superado
y el cauce principal se desborda e inunda los terrenos circundantes (guía evar
versión 02)
26. UNIDAD II
MEDIDAD NO ESTRUCTURALES
• Zonificación de riesgo (Planificación urbana)
• Reasentamiento poblacional
• Planes de Prevención y Reducción de Riesgo de
Desastres.
28. ZONIFICACIÓN DEL RIESGO A PARTIR
DE LA EVALUACIÓN DEL RIESGO DE
DESASTRES
La “Zonificación del Riesgo” es aquella que incluye el
riesgo como variable de análisis, permite determinar y
establecer los niveles del riesgo ante el impacto de un
peligro originado por un fenómeno de origen natural o
inducido por la acción humana en un determinado territorio.
Zonificar el riesgo es un insumo condicionante para
establecer las áreas de expansión urbana y/o regular su
ocupación sobre el conocimiento del riesgo en el área de
estudio.
Mapa de Riesgo, de los centros poblados Vinzos y El Pedregal del distrito
de Chimbote, Provincia del Santa y Departamento de Ancash.
29. Acuerdo Nacional
(Visión al 2050)
Plan Estratégico Nacional
(Plan Bicentenario al 2021)
Plan Estratégico Nacional
(Plan Bicentenario al 2021)
Plan de Desarrollo Concertado
Regional
Plan de Desarrollo Concertado
Provincial
Plan de Ordenamiento Territorial
Plan de Acondicionamiento
Territorial
Plan de Desarrollo Metropolitano
Plan de Desarrollo Urbano /
Esquema Urbano
Sistema Nacional de
Centros Poblados -
RATDUS
Plan Estratégico Sectorial Multianual
Políticas Nacionales
Plan Estratégico del
MVCS –PESEM-
2016-2021 (PIRCC)
30. INSTRUMENTOS DE
PLANIFICACION URBANA
• Planes de Acondicionamiento
Territorial.
• Planes Urbanos
• Planes Específicos
• Planes Integrales
INSTRUMENTOS DE GESTION
URBANA
PLANIFICACION URBANA
DS 022-2016-VIVIENDA
GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
LEY 29664-LEY SINAGERD
• Zonificación
• Renovación Urbana
• Reajuste de Suelos
• Catastro Urbano
Mapas temáticos (*)
• Geología y geomorfología
• Suelos
• Hidrología y clima
• Cobertura Vegetal
• Topografía, otros
Elementos expuestos
• Asentamientos humanos
• Líneas y servicios vitales
• Actividades económicas
• Patrimonio cultura
31. • Mapa de Peligros
DIAGNÓSTICO
• Mapa de Vulnerabilidad
• Mapa de Riesgos
32. PROPUESTA DE ZONIFICACION
• Mapa de Riesgos
• Plano de Zonificación de usos del
suelo (ante desastres)
ZONIFICACIÓN
• Suelos Urbanos
• Suelos Urbanizables
• Suelos no Urbanizables.
REGLAMENTACIÓN DE
ZONIFICACIÓN
ÍNDICE DE USOS PARA LA
UBICACIÓN DE
ACTIVIDADES URBANAS.
La clasificación preliminar de usos de
suelo define y distribuye los usos de
suelo teniendo en consideración los
NIVELES DE RIESGOS.
33. Excluido el uso residencial en
distritos que eran focos de
atracción en principio
Restricciones de
uso del suelo en
zona de riesgo de
desastres. Mejora de la
seguridad en zonas
residenciales
Inducir a la población en
general en acogerse a los
planes de desarrollo
Promover la reubicación
De centros poblados por
alto riesgo no mitigable
Promover la evacuación
a las areas seguras ante
desastres
34. COMPONENTES
DIAGNOSTICO
URBANO
1.Ubicación y delimitación del ámbito
2. Actores
3.Análisis de riesgos
4.Análisis poblacional
5.Análisis de la demanda y oferta
habitacional
6.Análisis de la estructura y dinámica
económica productiva.
7.Análisis del equipamiento,
infraestructura y servicios urbanos.
8.Uso actúa de suelo
9.Tendencia de crecimiento urbano
10.Análisis de movilidad Urba.
11.Identificación de bienes inmuebles del
estado.
12.Marco Administrativo Institucional
13.Síntesis del Diagnostico
PROPUESTAS
GENERALES
1.Visión de Desarrollo de Largo Plazo
• Modelo de Desarrollo Urbano
• Matriz estratégica
PROGRAMAS DE
INVERSIONES
1.Clasificación general de los usos de
suelo
2.Delimitación de áreas para la
elaboración de planes específicos
3.Movilidad Urbana
4.Sistema Vial
5.Equipamiento, infraestructura y
servicios básicos
6.Vivienda
7.Zonificación urbana
PROGRAMA DE
INVERSIONES
1.Programa de inversiones
2.Mecanismos de gestión
PARTICIPACION CIUDADANA ( MESAS TECNICAS , TALLERES , ENTREVISTAS )
METODOLOGIA DEL PDU
43. En mayo del 2012, el Congreso de la República emitió
la Ley N° 29869, Ley de Reasentamiento Poblacional
para zonas de Muy Alto Riesgo No Mitigable, a través
de la cual se declara de necesidad pública e interés
nacional el reasentamiento poblacional de las personas
ubicadas en zonas de muy alto riesgo no mitigable
dentro del territorio nacional.
REASENTAMIENTO POBLACIONAL
44. LEY N° 29869
REASENTAMIENTO POBLACIONAL
PARA ZONAS DE MUY ALTO RIESGO
NO MITIGABLE
PRINCIPIOS
• Legalidad
• Sostenibilidad
• Igualdad
• Información
• Subsidiariedad
• Gradualidad
OBLIGATORIO
POR
• Entidades del Estado
• Entidades privadas.
• Personas naturales,
jurídicas o privadas.
NECESIDAD PÚBLICA
INTERÉS NACIONAL
FINALIDAD
• Sostenibilidad, inversión
pública en infraestructura
social y económica.
• Proteger el patrimonio
privado de la población.
LEY DE REASENTAMIENTO POBLACIONAL PARA ZONAS DE
MUY ALTO RIESGO NO MITIGABLE
45. Causal del reasentamiento poblacional:
Es causal de reasentamiento poblacional la declaración de zona
de muy alto riesgo no mitigable asociada a peligros naturales,
socionaturales o por causas humanas que ponen en peligro la
vida de los pobladores. La zona de muy alto riesgo no mitigable es
declarada por ACUERDO DE CONCEJO.
Aquella donde existe la probabilidad de que la población o sus
medios de vida sufran daños en forma recurrente, como
consecuencia de los constantes deslizamientos, huaicos, y
desbordes de ríos, entre otros. y debido a la recurrencia del
desastre, resulta de mayor costo y complejidad que llevar a cabo
solamente la reubicación de las viviendas y equipamiento urbano
respectivo. (Modificatoria del Reglamento de la Ley N°29869,
mediante Ley N°30645)
LEY DE REASENTAMIENTO POBLACIONAL PARA ZONAS DE MUY
ALTO RIESGO NO MITIGABLE
46.
47. EL GOBIERNO LOCAL competente presenta la solicitud de
reasentamiento poblacional al ÓRGANO TÉCNICO, luego de haber
declarado mediante ACUERDO DE CONCEJO LA ZONA COMO DE
MUY ALTO RIESGO NO MITIGABLE, indicando los datos del grupo
priorizado de pobladores a reasentar, los costos estimados y la
identificación de la zona de acogida.
LEY DE REASENTAMIENTO POBLACIONAL PARA ZONAS DE
MUY ALTO RIESGO NO MITIGABLE
SOLICITUD DE REASENTAMIENTO POBLACIONAL
1
48. El PROGRAMA NUESTRAS CIUDADES, o el que corresponda, del MINISTERIO
DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO es el órgano técnico que
emite opinión sobre la viabilidad de un proceso de reasentamiento poblacional.
Tiene las siguientes funciones:
1. EVALUAR el estudio técnico y el plan de reasentamiento poblacional presentado
por el gobierno local y, de ser necesario, solicitar información complementaria
según los criterios técnicos formulados en el reglamento.
2. EMITIR OPINIÓN sobre la solicitud de reasentamiento poblacional.
3. PONER EN CONOCIMIENTO DEL CENEPRED la viabilidad de la solicitud de
reasentamiento poblacional y, en caso de que no recomiende su aprobación,
proponer las acciones de mitigación.
ÓRGANO TÉCNICO
2
LEY DE REASENTAMIENTO POBLACIONAL PARA ZONAS DE
MUY ALTO RIESGO NO MITIGABLE
49. A propuesta del CENEPRED, la Presidencia del Consejo de Ministros,
mediante resolución ministerial, aprueba la solicitud de reasentamiento
poblacional.
3 APROBACIÓN DE LA SOLICITUD
• Está PROHIBIDO OCUPAR zonas declaradas de muy alto riesgo no mitigable para fines
de vivienda o cualquier otro que ponga en riesgo la vida o integridad de las personas.
• Corresponde a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL ejecutar las acciones administrativas y
legales que correspondan para el cumplimiento de la ley y a la MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL brindar el apoyo necesario.
• NO SE PUEDE DOTAR DE SERVICIOS PÚBLICOS a los asentamientos poblacionales que
ocupen zonas declaradas de muy alto riesgo no mitigable, bajo responsabilidad.
PROHIBICIÓN DE OCUPAR ZONAS DE MUY ALTO RIESGO
NO MITIGABLE
4
LEY DE REASENTAMIENTO POBLACIONAL PARA ZONAS DE
MUY ALTO RIESGO NO MITIGABLE
50. Reglamento de la Ley N° 29869, Ley de
Reasentamiento Poblacional para zonas de Muy Alto
Riesgo No Mitigable
Decreto Supremo Nº 115–2013–PCM, y su
Modificatoria
LEY DE REASENTAMIENTO POBLACIONAL PARA ZONAS DE
MUY ALTO RIESGO NO MITIGABLE
51. Consta de siete (07) Títulos,
setenta y tres (73) Artículos,
cuatro (04) Disposiciones
Complementarias Finales, y una
(01) Disposición Complementaria
Transitoria, y cinco (05) Anexos
52. DEL OBJETO
Establecer los PROCEDIMIENTOS TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS,
así como las actividades de las instituciones responsables de adoptar las medidas para
la implementación del reasentamiento poblacional de las personas ubicadas en zonas de
muy alto riesgo no mitigable dentro del territorio nacional.
DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN
Será de APLICACIÓN PARA LAS ENTIDADES DEL ESTADO, PERSONAS
NATURALES O JURÍDICAS, PÚBLICAS O PRIVADAS QUE PARTICIPAN EN UN
REASENTAMIENTO POBLACIONAL.
NO están comprendidos los procesos de reasentamiento poblacional que impulsa el
SECTOR PRIVADO los que se efectuarán en coordinación con los GOBIERNOS
LOCALES de la jurisdicción a reasentar, correspondiendo al sector privado asumir la
responsabilidad de dichos procesos.
REGLAMENTO DE LA LEY N° 29869, LEY DE REASENTAMIENTO
POBLACIONAL PARA ZONAS DE MUY ALTO RIESGO NO MITIGABLE
53. REASENTAMIENTO POBLACIONAL EN EL MARCO DEL SINAGERD
INDECI
CENEPRED
Entidades técnico
científicas y
organismos públicos
Órgano Rector:
Responsable de la CONDUCCIÓN
Y FISCALIZACIÓN DE LOS
PROCESOS DE GRD.
Órganos responsables del
APOYO Y
COORDINACIÓN
TÉCNICA
RESPONSABLES
DE
LA
GESTIÓN
A
NIVEL
NACIONAL
Responsables
de
la
gestión
a
nivel
regional
y
local
Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
Órgano de Dirección Superior:
Responsable de DECISIÓN
POLÍTICA Y COORDINACIÓN
ESTRATÉGICA.
Presidente de la República
MINISTERIOS
GOBIERNOS
REGIONALES /
LOCALES
Responsables
de
la
ejecución
sectorial
Gestión reactiva
Gestión prospectiva / correctiva
ELABORA INFORME
PRELIMINAR DE RIESGO Y EL
INFORME DE EVALUACIÓN DE
RIESGOS.
SOLICITA LA INTERVENCIÓN
DE LAS ENTIDADES TÉCNICAS.
ELABORA Y EJECUTA EL PLAN
DE REASENTAMIENTO
POBLACIONAL.
Asiste técnicamente la implementación del
proceso de reasentamiento poblacional.
Monitorear el avance y cumplimiento del Plan
de Reasentamiento Poblacional
En caso de peligro inminente, coordina
la Declaratoria de Estado de
Emergencia.
Coordinar con los gobiernos
regionales y locales.
Evaluar los estudios técnicos.
Emitir opinión técnica.
Brindar información.
Presidencia del Consejo de Ministros
EMITIR RESOLUCIÓN QUE
APRUEBA EL
REASENTAMIENTO
POBLACIONAL.
Determinar el nivel de
peligrosidad en la zona de riesgo
y de la zona de acogida.
Emitir opinión técnica.
Responsables de la implementación de los
procesos (regional y local) .
Plataformas
de D.C.
Grupos de
trabajo (GR y GL)
54. CIRA, Certificado de inexistencia de restos
Arqueológicos.
COORDINAR LA PROTECCIÓN Y
ASISTENCIA HUMANITARIA de las personas
involucradas en un reasentamiento poblacional.
Condición del predio, terrenos afectados en uso,
transferencia de propiedad, etc., y ATENDER
LOS PEDIDOS DE TRANSFERENCIA DE
TERRENOS EN EL MARCO DEL
PROCESO DE REASENTAMIENTO
POBLACIONAL.
ANTECEDENTES REGISTRALES Y/O
TITULARIDAD DEL DOMINIO, de los terrenos
afectados para el reasentamiento (títulos de
propiedad, planos, etc.)
OTRAS ENTIDADES
55. DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICO CIENTÍFICAS,ETC
EFECTUAR EL CENSO Y
ESTUDIO SOCIOECONÓMICO
requerido para el Plan de
Reasentamiento Poblacional.
BRINDAR LA INFORMACIÓN QUE
TENGAN RESPECTO DE LOS
PREDIOS AFECTADOS y suscribir
los CONVENIOS necesarios con el
ÓRGANO EJECUTOR a fin de
realizar el SANEAMIENTO
TÉCNICO Y LEGAL DEL TERRENO
DE ACOGIDA, que comprende la
elaboración de la lotización y la
adjudicación de los lotes.
DETERMINAR EL NIVEL DE
PELIGROSIDAD en la ZONA DE
RIESGO y DETERMINAR EL NIVEL
DE PELIGROSIDAD DE LA ZONA
DE ACOGIDA
OTRAS ENTIDADES
56. Instancia de COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LOS SECTORES, LOS
GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES Y LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS PARA EL
ASESORAMIENTO Y ASISTENCIA TÉCNICA DE UN PROCESO DE REASENTAMIENTO
POBLACIONAL; el organismo ejecutor debe de organizar y conformar un Comité Multisectorial.
Dicho Comité Multisectorial será presidido por el organismo ejecutor del Plan de
Reasentamiento, integrado por:
Un (1) representante del Gobierno local
Un (1) representante del Gobierno regional
Un (1) representante de la Población
Un (1) representante de cada uno de los Sectores Comprometidos
Un (1) representante de cada una de las Instituciones Técnicas Comprometidas
DEL COMITTÉ MULTISECTORIAL
Solicitar la realización del informe de determinación
del nivel de peligrosidad a las instituciones técnico
científicas.
Identificar terrenos para la reubicación temporal.
Identificar terrenos para la zona de acogida.
Coordinar con los sectores e instituciones el
asesoramiento y asistencia técnica para el proceso
de reasentamiento poblacional.
COMPETENCIAS DEL COMITÉ: 2
4
1
3
57. DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD COMPETENTE PARA LA ELABORACIÓN
Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE REASENTAMIENTO
GOBIERNO REGIONAL
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
Municipalidad deberá presentar un informe al cual detalle y
precise que NO CUENTA CON CAPACIDAD TECNICA Y
ADMINISTRATIVA para la elaboración del PR.
Excepcionalmente en caso que la zona de acogida se ubique
parcial o totalmente en otra jurisdicción , fuera del área de
influencia del gobierno regional, ambos GOBIERNOS
REGIONALES ELABORARAN Y EJECUTARAN en forma
conjunta el PR.
EL ÓRGANO que elaborará y ejecutará el PR deberá llevar a
cabo el CENSO Y ESTUDIO SOCIOECONÓMICO, con
intervención técnica del INEI.
Excepcionalmente la PCM podrá designar la ejecución del
PR al sector o sectores vinculados con la LEY N°29869.
a) b)
c)
d) e)
f)
g)
h)
58. Es el documento técnico mediante el cual se determinan los NIVELES DE RIESGOS Y LOS CONTROLES DEL MISMO
en determinada área geográfica, mediante la determinación del nivel de peligrosidad originada por fenómenos naturales
o los inducidos por la acción humana, así como el análisis de las condiciones de vulnerabilidad (exposición, fragilidad y
resiliencia), a fin de calcular el nivel de riesgos y el control de los mismos.
En caso el informe de EVALUACIÓN DE RIESGOS DE LA ZONA DE MUY ALTO RIESGO NO MITIGABLE, determine
dicha zona como peligro inminente, el ÓRGANO EJECUTOR coordinará con el INDECI a fin de iniciar la reubicación
temporal de la población en zonas seguras y decretar la Declaratoria de Estado de Emergencia.
LINEAMIENTOS TÉCNICOS
DEL PROCESO DE
ESTIMACIÓN DEL RIESGO
DE DESASTRES
R.M. N°334-2012-PCM
DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA - LEGAL
DEL INFORME DE EVALUACIÓN DE RIESGOS
1
59. Es aquel que PERMITE IDENTIFICAR Y DECLARAR LA ZONA DE MUY ALTO RIESGO NO
MITIGABLE, debiendo contener como mínimo lo siguiente:
a) Identificación de población a ser reasentada.
b) Identificación de bienes públicos expuestos.
c) Informe de Evaluación de Riesgos.
d) Identificación de zona de acogida.
e) Situación legal de los predios afectados.
f) Estudio socioeconómico.
g) Estimación de los costos o valor de los mismos frente a los costos de mitigación del riesgo de
desastres.
Es el documento que CONSOLIDA la OPINIÓN LEGAL Y EL SUSTENTO JURÍDICO del
requerimiento de reasentamiento de la población, teniendo como ANTECEDENTE EL
INFORME TÉCNICO QUE IDENTIFICA Y DECLARA LA ZONA DE ALTO RIESGO NO
MITIGABLE.
DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA - LEGAL
DEL ESTUDIO TÉCNICO
2
DEL INFORME LEGAL
3
60. Los censos y estudios socioeconómicos y culturales con datos actualizados serán utilizados
para recoger directamente la información principal de toda la población de la zona objeto del
reasentamiento. EL ÓRGANO COMPETENTE PARA ELABORAR E IMPLEMENTAR EL
PLAN DE REASENTAMIENTO, ES EL RESPONSABLE DE LLEVAR A CABO EL CENSO Y
ESTUDIOS SOCIOECONÓMICOS Y CULTURALES RESPECTIVOS, CON
INTERVENCIÓN DEL INEI.
El Censo y estudio socioeconómico y cultural permitirá:
❖ Describir y analizar las características demográficas, sociales, económicas, étnicas y
culturales de la población.
❖ Identificar y determinar el número y tipo de unidades sociales y personas que se deberán
desplazar y conocer con exactitud su localización espacial.
❖ Identificar las unidades sociales que por sus características, demandan una atención
especial.
❖ Contar con información para formular el Plan de Reasentamiento.
❖ Disponer de una línea de base para identificar los impactos generados por el
desplazamiento y evaluar el Plan de Reasentamiento.
DEL CENSO Y ESTUDIO SOCIOECONÓMICO Y CULTURAL
4
DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA - LEGAL
61. La Declaratoria de Zona de Muy Alto Riesgo No Mitigable requiere el
pronunciamiento expreso del CONCEJO MUNICIPAL, EN BASE AL
INFORME DE EVALUACIÓN DE RIESGOS, EL ESTUDIO TÉCNICO Y
EL INFORME LEGAL EMITIDOS SOBRE EL PARTICULAR.
DE LA DECLARATORIA DE ZONA DE MUY ALTO RIESGO NO
MITIGABLE
DE LA DECLARATORIA DE ZONA DE MUY ALTO
RIESGO NO MITIGABLE
1
En el ACUERDO DEL CONCEJO MUNICIPAL se indicará la fecha de
inicio de la elaboración del Plan de Reasentamiento, y se designará a los
profesionales que elaboran el Plan de Reasentamiento. El Acuerdo de
Concejo será publicado en el portal institucional, y en el diario de mayor
circulación local.
DEL ACUERDO DE CONCEJO
2
62. El reasentamiento se inicia:
A. De oficio, por parte del Gobierno Local.
B. A pedido de parte, por cualquier representante acreditado de un centro poblado.
Sobre los REQUISITOS para presentar la solicitud de reasentamiento poblacional
El GOBIERNO LOCAL competente presenta la solicitud de reasentamiento poblacional al ÓRGANO
TÉCNICO, luego de haber declarado mediante Acuerdo de Concejo la zona como de Muy Alto Riesgo No
Mitigable, indicando los datos del grupo priorizado de pobladores a reasentar, los costos estimados y
la identificación de la zona de acogida.
Sobre los CRITERIOS de priorización del reasentamiento poblacional
1. MAGNITUD DEL RIESGO asociado al peligro identificado.
2. GRADO DE INMINENCIA DE MANIFESTACIÓN DEL PELIGRO, sustentado por las Instituciones Técnico
Científicas respectivas.
3. CONDICIÓN DE POBRE O POBRE EXTREMO en conformidad al Sistema de Focalización de Hogares –
SISFOH
Sobre la OPINIÓN TÉCNICA DEL MVCS
El MVCS, en su condición de ÓRGANO TÉCNICO del proceso de Reasentamiento Poblacional EMITIRÁ
OPINIÓN SOBRE LA VIABILIDAD DE LA SOLICITUD de Reasentamiento Poblacional.
DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
DEL INICIO DEL PROCEDIMIENTO
1
REQUISITOS, CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN Y OPINIÓN
TÉCNICA
2
a
b
c
63. El MVCS, comunica al CENEPRED la viabilidad de la solicitud del
Reasentamiento Poblacional adjuntando el expediente técnico que
contendrá los siguientes documentos:
a. Informe sobre la viabilidad de la solicitud.
b. Informe técnico sectorial de sustento o acciones de mitigación.
c. Informe de Evaluación de Riesgo, Informe Legal, Acuerdo de Concejo
y Plan de Reasentamiento Poblacional.
El CENEPRED revisa el estudio técnico remitido por el Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento y EMITE EL INFORME TÉCNICO
– LEGAL RECOMENDANDO SU APROBACIÓN POR LA PCM O
PROPONIENDO LAS ACCIONES DE MITIGACIÓN QUE PREVIAMENTE
DEBEN SER INCLUIDOS EN DICHO EXPEDIENTE TÉCNICO.
DE LA APROBACIÓN DE LA SOLICITUD
1 DE LA APROBACIÓN DE LA SOLICITUD
64. Son aquellas áreas geográficas que, como resultado de los INFORMES TÉCNICOS DE
DETERMINACIÓN DEL NIVEL DE PELIGROSIDAD Y DE LOS INFORMES DE EVALUACIÓN DE
RIESGOS presentan las MEJORES CONDICIONES DE SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE
DESASTRE Y ES ADECUADA PARA LA RECEPCIÓN DE POBLACIÓN EN EL MARCO DEL
PROCESO DE REASENTAMIENTO.
DE LA ZONA DE ACOGIDA
a) SUSCEPTIBILIDAD DE LOS TERRENOS A DIFERENTES
PELIGROS GEOLÓGICOS. En tal sentido no son elegibles si no se
cuenta con este tipo de estudios.
b) ACCESO A VÍAS DE COMUNICACIÓN, debiendo tener una
cercanía inmediata a alguna vía de transporte de alcance nacional,
regional o local.
c) EXTENSIÓN GEOGRÁFICA ÚTIL PARA VIVIENDA; el área no
puede ser menor a 2 Há, por cada 100 familias de reasentamiento,
siguiéndose este factor según la población a reasentar. En caso de
acceder a Programa de vivienda el factor será referencial.
CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LA ZONA DE ACOGIDA:
1
65. d) FACTIBILIDAD DE ANEXIÓN A ÁREA URBANA; el predio debe tener potencial
para anexar la población a reasentar a un centro poblado ya consolidado.
e) NO AFECTACIÓN DE PROYECTOS PÚBLICOS, la selección no deberá afectar
el desarrollo de ninguna obra pública o proyecto efectuado por alguno de los 3
niveles de gobiernos, o impactar negativamente en las etapas de planificación o
ejecución.
f) FACTIBILIDAD DE ALCANZAR UN NIVEL DE SERVICIOS BÁSICOS Y DE
EQUIPAMIENTO ÓPTIMO TALES COMO: dotación de servicios de saneamiento,
energía eléctrica, transporte público, salud y educación.
g) INAFECTACIÓN DE LAS ÁREAS AGRÍCOLAS Y PECUARIAS DEL ENTORNO
URBANO.
h) INAFECTACIÓN DE ÁREAS ARQUEOLÓGICAS O CON VALOR CULTURAL,
ZONAS RESERVADAS NATURALES que han sido declaradas por el órgano
competente
DE LA ZONA DE ACOGIDA
66. Si el TERRENO IDENTIFICADO CORRESPONDE AL ESTADO,
debidamente representado por la SBN o al Gobierno Regional, el
COFOPRI procederá a efectuar el diagnóstico técnico legal del terreno
de la zona de acogida teniendo previamente el informe respectivo de
las instituciones técnico científicas que determinen que el terreno es
habitable sin existencia de riesgo alguno.
Posteriormente, se hará la TRANSFERENCIA a favor de la Municipalidad
Distrital, Provincial o de ser el caso al Gobierno Regional respectivo, para
que sea DESTINADO EXCLUSIVAMENTE AL REASENTAMIENTO
POBLACIONAL. Con el informe de diagnóstico técnico legal, el gobierno
local efectuará las acciones municipales en el marco de sus competencias
DE LA ENTIDAD COMPETENTE DEL SANEAMIENTO TÉCNICO LEGAL
2
DE LA ZONA DE ACOGIDA
67. Artículo 18 de la Ley 29869 modificado mediante Ley N°30645
publicada en el Diario El Peruano de fecha 17 de agosto del 2017.
“Articulo 18. Reserva para la zona de acogida.
Para determinar la zona de acogida se requiere identificar y evaluar las
condiciones de seguridad, factibilidad de instalación y uso de
servicios básicos, así como la accesibilidad e infraestructura
básica del terreno frente a los riesgos de desastre….”
DE LA ZONA DE ACOGIDA
68. “Artículo 4. Declaración de intangibilidad y de inhabitabilidad
•Declárase como zona intangible e inhabitable aquellas ÁREAS QUE SE
ENCUENTREN EN CONDICIÓN DE RIESGO NO MITIGABLE, por lo que
está prohibido el otorgamiento de titularidad y dotación de servicios
públicas.
•(…) queda PROHIBIDA LA ADQUISICIÓN de la propiedad vía
prescripción adquisitiva de dominio respecto de aquellos inmuebles que
se encuentren en Zonas De Riesgo No Mitigable Y En Zonas De Riesgo
Recurrente Por Deslizamientos, Huaicos Y Desbordes De Ríos.”
Artículo 4 de la Ley 29869 modificado mediante Ley N°30645 publicada
en el Diario El Peruano de fecha 17 de agosto del 2017.
DECLARACIÓN DE INTANGIBILIDAD Y DE INHABITABILIDAD
69. En base a los diseños de habilitación se dispondrá la ASIGNACIÓN DE LOTES A
CADA GRUPO FAMILIAR considerado en el ÁMBITO PRIORIZADO DE
REASENTAMIENTO POBLACIONAL, bajo los siguientes criterios:
a) ASIGNAR UN LOTE A CADA GRUPO FAMILIAR, de acuerdo a la extensión del
lote que determine el Gobierno Local en el Plan de Reasentamiento.
b) MANTENER EN LA MEDIDA de lo posible la ubicación y cercanía de las familias
conforme se encontraban en su centro poblado de origen, en caso contrario se
procederá al respectivo sorteo de lotes.
c) RESERVAR áreas para la construcción de Programas de vivienda adicionales
DE LA HABILITACIÓN URBANA CON FINES DE
REASENTAMIENTO CON FINES DE REASENTAMIENTO
El Programa o los proyectos que se desprendan del Plan de Reasentamiento Poblacional (agua
potable y saneamiento, electrificación, vivienda, educación, salud, etc.) deberán enmarcarse en la
LEY 29090-LEY DE REGULACIÓN DE HABILITACIONES URBANAS Y DE EDIFICACIONES ASÍ
COMO EN LAS DISPOSICIONES DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA – SNIP
SEGÚN CORRESPONDA
ASIGNACIÓN DE LOTES
1
70. Las familias reasentadas ACCEDERÁN A UN LOTE DE VIVIENDA
DE TIPO ESTÁNDAR que determinará el Gobierno Local en el Plan
de Reasentamiento, al margen del valor de la vivienda que se
abandona en la zona de riesgo, en el marco del Programa
Habitacional de Interés Social promovido por éste.
Toda familia beneficiada deberá acreditar la propiedad del bien
abandonado, o su posesión o alquiler no menor de diez (10) años,
dejando constancia de la no posesión de alguna otra propiedad
DE LA NUEVA VIVIENDA
2
DE LA HABILITACIÓN URBANA CON FINES DE
REASENTAMIENTO CON FINES DE REASENTAMIENTO
71. Son beneficiarios del reasentamiento los PROPIETARIOS O POSEEDORES DE
UN PREDIO ÚNICO EN ZONA DE MUY ALTO RIESGO NO MITIGABLE.
DE LA POBLACIÓN A REASENTAR
LOS BENEFICIARIOS
1
Los beneficiados deberán contar con los siguientes REQUISITOS:
a) Contar con RESIDENCIA PERMANENTE en el centro poblado no menor de diez (10) años, ocupando vivienda
propia, o en posesión de diez (10) años (certificado por el Gobierno Local correspondiente).
b) NO CONTAR CON PROPIEDAD INMOBILIARIA a nivel nacional.
c) NO INTEGRAR MÁS DE UN GRUPO FAMILIAR.
REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIOS
2
La población participante del proceso de reasentamiento tiene los SIGUIENTES DERECHOS:
a) Un LOTE FAMILIAR ESTÁNDAR, establecido y regulado por el MVCS, en el marco del Proyecto Habitacional de
Interés Social.
b) MANTENER EN LO POSIBLE LA UBICACIÓN ESPACIAL SIMILAR A LA QUE CONTABA EN EL CENTRO DE
ORIGEN.
c) Contar en la nueva ubicación a ACCESO A LOS SERVICIOS PÚBLICOS EN IGUAL O MEJOR CONDICIÓN que en
la zona de origen.
d) SER INFORMADAS DURANTE TODO EL PROCESO DE SUS DERECHOS, las causas del reasentamiento y el
estado en que esta se encuentra.
DE LOS BENEFICIARIOS
3
72. DE LA ESTRUCTURA DEL PLAN DE REASENTAMIENTO
De la documentación Técnica - Legal
LINEAMIENTOS TÉCNICOS DEL
PROCESO DE PREVENCIÓN
DEL RIESGO DE DESASTRES
R.M. N°222-2013-PCM
LINEAMIENTOS TÉCNICOS DEL
PROCESO DE REDUCCIÓN DEL
RIESGO DE DESASTRES
R.M. N°220-2013-PCM
DEL PLAN DE REASENTAMIENTO
73. a) Los gobiernos que ejecutan el Plan de Reasentamiento Poblacional para
Zonas de Muy Alto Riesgo No Mitigable, UTILIZAN LOS RECURSOS QUE
RECIBEN POR CONCEPTO DE CANON Y SOBRECANON Y DE REGALÍA
MINERA PARA FINANCIAR DICHO PLAN, en lo que respecta a los proyectos
de inversión pública. En caso de que el gobierno local competente no cuente
con los recursos suficientes para dicho fin, el GOBIERNO REGIONAL
respectivo otorga recursos de las mismas fuentes de financiamiento al
GOBIERNO LOCAL para iniciar el procedimiento de Reasentamiento
Poblacional.
Se puede hacer uso de recursos del GOBIERNO NACIONAL, según la
disponibilidad presupuestal del SECTOR A CARGO, cuando el costo respectivo
sobrepase la capacidad presupuestal del gobierno local y del gobierno regional.
b) El Plan de Reasentamiento Poblacional debe CONTEMPLAR LA
ADJUDICACIÓN DE VIVIENDAS A TRAVÉS DE SOLUCIONES
HABITACIONALES DE INTERÉS SOCIAL, promovidas por cualquiera de los
tres niveles de gobierno y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal.
DEL FINANCIAMIENTO DEL PLAN DE REASENTAMIENTO
74. c) EN CASO DE QUE EL TERRENO DE ACOGIDA SEA DE PROPIEDAD DEL
ESTADO, bajo la administración de la SBN o del gobierno regional, La
transferencia se realiza a TÍTULO GRATUITO, salvo el porcentaje destinado a
dicha entidad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 79° del Reglamento
de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales.
El porcentaje correspondiente al valor del predio (3%) previsto en el artículo 79°
del D.S. N° 007-2008-Vivienda, deberá ser presupuestado por el gobierno que
ejecuta el Plan de Reasentamiento Poblacional para efectos del pago a la
Superintendencia Nacional de Bienes Estatales.
En el caso de los predios de las demás entidades del Sistema Nacional de Bienes
Estales la transferencia se realiza a título oneroso.
DEL FINANCIAMIENTO DEL PLAN DE REASENTAMIENTO
77. FASES DE LA ELABORACIÓN DEL
PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
Fase 1: Preparación
Fase 2: Diagnóstico
Fase 3: Formulación
Fase 4: Validación
Fase 5: Implementación
Fase 6:
Seguimiento y
evaluación
78. FASE 2
FASES DE ELABORACIÓN DEL PLAN
PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
d) Análisis de Normatividad e Instrumentos de Gestión de Riesgo de Desastres
ROLES Y FUNCIONES INSTITUCIONALES EN GRD
Integrante del SINAGERD tiene responsabilidades en concordancia con el Art. 14° de la
Ley N° 29664 y en adición acuerdo al Art. 11° del reglamento de la Ley N°29664.
En ese contexto, a partir de la estructura
orgánica se identifica la “Oficina de Gestión de
Riesgo de Desastres”, como órgano de línea,
quien depende funcional y jerárquicamente …..;
por tanto al ser de ultimo nivel jerárquico tiene
limitaciones de acción presupuestal.
De acuerdo al ROF de la Entidad:
79. FASE 2
FASES DE ELABORACIÓN DEL PLAN
PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
d) Análisis de Normatividad e Instrumentos de Gestión de Riesgo de Desastres
Caso:
80. FASE 2
FASES DE ELABORACIÓN DEL PLAN
PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
e) Capacidad Operativa para la Gestión de Riesgo de Desastres
ANÁLISIS DE RECURSOS HUMANOS
El análisis de recursos
humanos, implica identificar a
los actores claves que
interviene en la planificación y
ejecución de actividades de
los procesos de estimación,
prevención, reducción,
preparación, respuesta,
rehabilitación de la GRD y la
reconstrucción, acorde a tres
componentes de la GRD.
ACTORES ESPACIO SUSTENTO
PERSONAL
EN GRD
• Grupo de Trabajo
de GRD
Funcionarios de nivel
directivo superior
Resolución
Jefatural
10
• Equipos Técnico
de GRD
Entidades de primera
respuesta ante desastres
Resolución
Jefatural
6
• Oficina de
Defensa Nacional
Funcionario
CAS
Consultores
Decreto supremo
que aprueba ROF
5
• Brigadas de
emergencia
Primeros auxilios
Evacuación y rescate
Lucha contra incendios
Resolución
Jefatural
53
• Brigadas según
sedes
Sede Central
Sedes Descentralizadas
Resolución
Jefatural
60
81. FASE 2
FASES DE ELABORACIÓN DEL PLAN
PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
e) Capacidad Operativa para la Gestión de Riesgo de Desastres
ANÁLISIS DE RECURSOS LOGÍSTICOS
RECURSOS CANTIDAD ESTADO DEPENDENCIA
Vehículos 10 Bueno Sede principal
Equipos 15 Bueno Archivo general
Extintores 15 Deficiente
Detectores de humo 13 Regular
Luces de emergencia 57 Regular
ESTADO:
Recursos insuficientes/inexistentes e inoperativos = DEFICIENTE
Recursos básicos y operativos = REGULAR
Recursos suficientes y operativos = BUENO
Para a evaluación tomados como inexistentes = S/D.
82. FASE 3
FASES DE ELABORACIÓN DEL PLAN
PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
La fase de formulación, se considera como una de la más importantes del
Plan, puesto que implica establecer objetivos y acciones en un plazo de tiempo
especifico, siendo de responsabilidad de Equipo Técnico - PPRRD integrado
por especialistas, autoridades y otros actores.
1
2
3
4
Definir de la visión del Plan
Definir los objetivos, general y
específicos
Definir las estrategias
Identificar de medidas, programas,
proyectos y actividades.
5
6
7
Explorar de alternativas de
prevención y reducción
Seleccionar de la medida más
adecuada
Programación (matriz de
acciones)
83. FASE 3
FASES DE ELABORACIÓN DEL PLAN
PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
MATRIZ DE ARTICULACIÓN
POLÍTICA DE
ESTADO -
ACUERDO
NACIONAL
N° 32
GESTIÓN DE RIESGO DE
DESASTRES
Promover una política de gestión del riesgo de desastres, con la finalidad de proteger la
vida, la salud y la integridad de las personas; así como el patrimonio público y privado,
promoviendo y velando por la ubicación de la población y sus equipamientos en las
zonas de mayor seguridad, reduciendo las vulnerabilidades con equidad e inclusión,
bajo un enfoque de procesos que comprenda: La estimación y reducción del riesgo, la
respuesta ante emergencias y desastres y la reconstrucción.
PLAN NACIONAL
EN GRD
FINALIDAD DE LA
POLÍTICA NACIONAL
DE GRD
Protección de la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado
OBJETIVOS DE LA
POLÍTICA NACIONAL EN
GRD
Institucionalizar y
desarrollar los
procesos de GRD
Incorporar la GRD a
través de la Planificación
Fortalecer el
desarrollo de
capacidades
Fortalecer la cultura de la
prevención y el aumento de
la resiliencia
OBJETIVO NACIONAL
DEL PLANAGERD
Reducir la vulnerabilidad de la población y sus medios de vida ante el riesgo de desastres
PROCESOS
ESTRATEGICOS
Estimación Prevención y Reducción
Institucionalidad y cultura de prevención
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS DEL
PLANAGERD
1.
Desarrollar el
conocimiento
del riesgo
2. Evitar y Reducir las
condiciones de riesgo de
los medios de vida de la
población
5. Fortalecer las
capacidades
institucionales
para el
desarrollo de la
GRD
6. Fortalecer la participación de la
población y la sociedad
organizada
para el desarrollo de una cultura
de prevención
PESEM
OBJETIVO
ESTRATÉGICO
Mejorar el nivel de la infraestructura vial para la integración segura interna y externa de
nuestro país.
84. FASE 3
FASES DE ELABORACIÓN DEL PLAN
PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
DEFINIR OBJETIVOS (General y específicos)
Objetivo General Indicador Objetivos Específico Indicador
Índice de
implementación de la
gestión prospectiva y
correctiva del riesgo de
desastres
Fortalecer las capacidades
técnicas para la ejecución de
los procesos de estimación,
prevención y reducción del
riesgo de desastres
% de servidores
capacitados en gestión
prospectiva y correctiva
del riesgo de desastres
Evitar y reducir las condiciones
de riesgo de la infraestructura y
del personal de la Entidad.
N° Instrumentos técnicos y
normativos implementados
que garanticen las
condiciones de seguridad.
Desarrollar el conocimiento del
los riesgos existentes ante el
posible impacto de los
principales peligros más
recurrentes.
% de estudios técnicos
ejecutados
Incrementar
progresivamente la
gestión prospectiva
y correctiva del
riesgo de desastres
para evitar la
generación de
nuevas
condiciones de
riesgos y reducir
las existentes.
85. FASE 3
FASES DE ELABORACIÓN DEL PLAN
PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
DEFINIR ACCIONES ESTRATEGICAS
Acciones estratégicas son logros que se esperan concretar en un plazo determinado
para el cumplimiento de la visión.
* Es conveniente establecer un orden de prioridad para su ejecución
86. FASE 3
FASES DE ELABORACIÓN DEL PLAN
PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
ACCIONES ESTRATEGICAS INDICADOR RESPONSABLES METAS
COSTO
ESTIMADO
(S/.)
OE 1. Desarrollar el conocimiento del los riesgos existentes ante el posible impacto de los principales peligros
más recurrentes
AE1.1 .Identificar y evaluar los riesgos
existentes en las sedes (sismo e
incendios).
N° de informes
Oficina de Defensa
Nacional
03 por sede
Por
determinar
AE1.2 . Articulación de información
geoespacial con la plataforma SIGRID.
N° reportes de registros
cargados
Oficina de Tecnología de
Información
01 convenio Sin costo
OE 2. Evitar y reducir las condiciones de riesgo de la infraestructura y del personal de la Entidad.
AE 2.1 Renovar o gestionar el certificado de
inspección técnica de seguridad en
edificaciones
N° de certificados ITSE Gerencia de Administración
03
certificados
Sin costo
DEFINIR ACCIONES ESTRATEGICAS
87. FASE 3
FASES DE ELABORACIÓN DEL PLAN
PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
EXPLORAR ALTERNATIVAS
Protección de diques.
Defensas ribereñas Reservorios
Estabilización de taludes. Drenajes
Descolmatación
MEDIDAS ESTRUCTURALES
88. FASE 3
FASES DE ELABORACIÓN DEL PLAN
PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
EXPLORAR ALTERNATIVAS
MEDIDAS NO ESTRUCTURALES
89. FASE 4
FASES DE ELABORACIÓN DEL PLAN
PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
PRESENTACIÓN PÚBLICA
En acto público convocado por la máxima
Autoridad de la Entidad Pública, del Gobierno
Regional o Local, el Equipo Técnico presentará el
documento preliminar a los actores participantes,
a fin de recibir sugerencias y recomendaciones a
ser incorporadas en el documento final. Es
importante señalar que la versión preliminar
deberá ser difundida previamente para facilitar
los aportes y la legitimidad social.
90. FASE 4
FASES DE ELABORACIÓN DEL PLAN
PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
APROBACIÓN OFICIAL
El Equipo Técnico de Trabajo, hace entrega a la
Autoridad, del documento final, solicitando su
aprobación.
La Autoridad dispone que se revise el documento y
elabore un informe técnico, paralelamente lo
somete a la consideración del Equipo Técnico de
Trabajo, con la opinión favorable procede a
solicitar su aprobación por parte del Señor Ministro
o del Jefe de la Entidad, por el Consejo Regional o
Concejo Municipal
91. FASE 4
FASES DE ELABORACIÓN DEL PLAN
PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
DIFUSIÓN DEL PLAN
Aprobado formalmente el PPRRD debe ser difundido
por medios de comunicación masivo a la población.
El Ministro de Estado, el Jefe de Entidad, el Presidente
del Gobierno Regional o el Alcalde Provincial o Distrital
según sea el caso, remitirán el documento final en
versión física y digital y una copia de la Resolución
Ministerial, Resolución Jefatural, Resolución Regional,
Provincial o Distrital a la Presidencia del Consejo de
Ministros en calidad de órgano Rector del SINAGERD
con copia al CENEPRED.
92. FASE 5
FASES DE ELABORACIÓN DEL PLAN
PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
• Fortalecimiento de capacidades en Gestión
del Riesgo de Desastres.
• Incorporación de la Gestión del Riesgo de
Desastres en las funciones de las
dependencias de las Entidades Públicas
(TUPA, ROF, MOF).
INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA PROPUESTA
93. FASE 5
FASES DE ELABORACIÓN DEL PLAN
PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
ASIGNACIÓN DE RECURSOS
Fuente: Adaptado del Manual Mecanismos de
Financiamiento para el SINAGER / PCM
Artículo 47. Recursos
para contribuir a la
reducción del riesgo de
desastres
Artículo 48. Recursos
para financiar estudios
e investigaciones para
la prevención del
riesgo de desastres
PRESUPUESTO DEL SECTOR
PÚBLICO PARA EL AÑO
FISCAL 2020
94. FASE 6
FASES DE ELABORACIÓN DEL PLAN
PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
Fuente: PPRRD Los Olivos