El resumen del documento en 3 oraciones o menos es:
Federico, un aprendiz virtual del SENA, visita una empresa pero le piden un carné que acredita su condición de aprendiz, el cual la líder de bienestar del SENA no le ha entregado alegando que es solo para aprendices presenciales. Nicolás, otro aprendiz, solicita la retroalimentación de sus trabajos pero su tutor se niega a dársela. Basándose en el reglamento del SENA, ambos aprendices tienen derecho a que se les entreg
1. DEBERES Y DERECHOS COMO APRENDIZ SENA
CASO 1
Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en
modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación
y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio
donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le
hace a la misma.
Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de
mantenimiento le solicita que presente el carné personal que lo acredita como
aprendiz SENA.
Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo
ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para
los aprendices de la modalidad presencial.
De acuerdo con el Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los derechos,
proporcione una respuesta argumentada a los siguientes cuestionamientos:
1. ¿Qué respuesta le daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se
basaría?
La respuesta dada a Federico y basándose en lo establecido en el Capito II,
Derechos del Aprendiz del SENA, en su artículo 7, numeral 4, que reza: “Recibir
en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como
Aprendiz del SENA”, es que debe exigir el carnet que lo acredite como aprendiz
sena al área o persona encargada de entregarlo en este caso la líder de
bienestar, puesto que es un derecho que tiene como estudiante sena, sea cual
sea la modalidad de su formación (presencial, virtual).
2. En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le
dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.
La respuesta brindada por parte de la líder de bienestar no fue la idónea, puesto
que está incumpliendo con las normativas establecidas por el sena, a su vez que
entorpece el proceso del aprendiz, pues al ella incumplir con este derecho que
tiene el aprendiz, dificultad la continuidad de algunos procesos del mismo, es
decir, al ella no proporcionarle el correspondiente carnet, el aprendiz no podrá
ingresar a la empresa a la cual fue enviada por parte de su tutor.
2. CASO 2
Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multimedia, desde el inicio
de su formación hace tres meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en
realizar las actividades de formación que le han planteado sus tutores en la guías
de aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación correspondiente de los
trabajos presentados para conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso.
Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación, este le
responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”. Nicolás está
muy preocupado porque teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha
comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse
para otra región a encontrarse con su familia.
Nicolás decide de manera respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación
de sus evidencias y quiere hacerlo cumpliendo con la normatividad del SENA.
De acuerdo con la intención de Nicolás de hacer una solicitud oficial para recibir
los juicios de evaluación de las evidencias presentadas:
1. ¿En qué capítulo, artículo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe
amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?
Teniendo en cuenta lo establecido en el reglamento del aprendiz SENA y
basándose en la particularidad del caso de Nicolás, él puede proceder a realizar
dicha solicitud basándose en el reglamento de aprendices, específicamente en lo
establecido en el Capito II, Derechos del Aprendiz del SENA, en su artículo 7,
numerales 8, 15 y 16, que mencionan:
“8. Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los
directivos, Instructores y personal administrativo, ante las dificultades que se
puedan presentar en su proceso de formación”.
“15. Recibir trato digno y respetuoso por parte de todos los integrantes de la
Comunidad Educativa”.
“16. Expresar con libertad su pensamiento, conocimiento e ideas en el marco del
respeto hacia los demás”.
Por tal razón, cualquier aprendiz SENA (modalidad virtual o presencial) y en este
caso Nicolás, tienen derecho a realizar cualquier tipo de consulta en relación a su
formación siempre y cuando cumplan con los parámetros de respeto hacia los
demás, a su vez, los instructores deben estar dispuestos a brindar la información
oportuna durante el proceso de formación de una manera respetuosa y precisa; a
su vez los directivos, Instructores y personal administrativo del SENA tienen el
deber de resolver cualquier duda e inquietud presentada por el aprendiz de una
manera precisa y respetuosa.