Federico es un aprendiz del SENA en modalidad virtual que fue asignado a realizar una visita a una empresa. Sin embargo, el jefe de mantenimiento de la empresa le solicitó que presentara su carné como aprendiz SENA, el cual Federico nunca ha tenido. La líder de bienestar del SENA le había dicho que los carnés son solo para aprendices presenciales. La respuesta se basaría en el Capítulo I del Reglamento de Aprendices del SENA, el cual establece que todo aprendiz, independientemente de la modalidad (presen
2. Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el
SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso
de formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para
observar el espacio donde permanece la maquinaria y para que analice el
mantenimiento que se le hace a la misma. Federico llega a la empresa a
efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que
presente el carné personal que lo acredita como aprendiz SENA. Federico
manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha
solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para
los aprendices de la modalidad presencial. De acuerdo con el Reglamento de
Aprendices en lo que respecta a los derechos, proporcione una respuesta
argumentada a los siguientes cuestionamientos:
¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se
basaría?
3. RESPUESTA :
Yo le respondería a Federico que es totalmente falso que el carnet sea exclusivamente para alumnos de carreras
en modalidad presencial porque a pesar de que su formación sea 100% virtual, él es un aprendiz del SENA y
por tal calidad es regido plenamente por el reglamento del aprendiz el cual consagra en su Capítulo I, Articulo
3 “Se considera aprendiz SENA a toda persona matriculada en los programas de formación profesional de la
entidad, en cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria, desde las diferentes modalidades
Presencial, Virtual o Combinada, por consiguiente debe ser consciente y vivenciar que derechos y deberes son
correlativos e inseparables en su proceso formativo.” A demás con respecto a la expedición del carné en el
Capítulo II, Artículo 7, Derechos del Aprendiz durante el proceso de Aprendizaje, Numeral 4 “Recibir en el
momento de la legalización de su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA.”
4.
5. RESPUESTA:
La solicitud de Nicolás se puede amparar en el Capítulo II
Derechos del Aprendiz, Articulo 7, Numeral 8 “Ser escuchado
y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los
directivos, Instructores y personal administrativo, ante las
dificultades que se puedan presentar en su proceso de
formación.” y Numeral 11 “Ser evaluado objetiva e
integralmente, con base en los criterios de evaluación y la
ruta de aprendizaje. y a conocer, dentro de los ocho (8) días
hábiles siguientes, los resultados de las evaluaciones, así
como las diferentes novedades académicas, cuando estas
ocurrieren, tales como amonestación, sanción, suspensión o
cancelación del registro de matrícula.”