Decreto 3075
Se creo en 1997 con el fin de regular todas
las actividades que puedan generar
factores de riesgo por el consumo de
alimentos.

Organización y parámetros :
Procesos tecnológicos, materia prima,
manipulación de alimentos, manipuladores
de alimentos, construcción, elementos de
construcción e instalaciones de cuartos
fríos.
cUIDADoS Y AlertAS PArA lA
     MANIPUlAcIoN De AlIMeNtoS
Se deben de tener en cuenta             unos puntos
específicos:
Tener una buena presentación de implementos,
guantes, redecillas, delantales, botas.

Congelación y Refrigeración
•La congelación es de -12°a18°c
•La refrigeración es de 3 a 5°c
AlMAceNAMIeNto
El lugar especifico: único para organizar y guardar los
alimentos y para nada más.
Estibas: distancia de la pared es de 60cm y del piso es
de 15cm no deben de estar sucias y deterioradas
vehícUloS
Si el vehículo es de refrigeración debe estar en las
condiciones apropiadas para los alimentos.
La empresa esta en obligación de revisar que este en
 condición adecuadas para el transporte de los
alimentos y debe tener un lavado fácil.
coNDIcIoNeS eSPecIfIcAS
Del áreA De PrePArAcIóN
      De AlIMeNtoS
 El piso debe ser antideslizante del lavado fácil
  y que no tenga grietas, una pendiente o
  desnivel de 2% y un drenaje de 10cm por
  cada 40m cuadrados.
 Las    paredes deben ser de un material
  resistente sin grietas, fácil limpieza y su
  pintura debe ser clara
recIDUoS
Deben ser recolectados de manera que no contaminen
la zona de producción.
Clasificación de residuos orgánicos e inorgánicos.
oAzul: plástico
oGris: papel, cartón
oVerde: orgánico
oRojo: control sanitario
INvIMA
 Es un entidad pública del orden nacional, de
carácter científico y tecnológico, con personería
jurídica, autonomía administrativa y patrimonio
independiente, perteneciente al Sistema de
Salud, adscrito al Ministerio de la Protección
Social. Se puede realizar formatos de trámites y
servicios, denuncias, quejas y reclamos.

       Instituto nacional de vigilancia de
          medicamentos y alimentos.
DocUMeNtAcIóN PArA exPeDIr el
           certIfIcADo INvIMA


Certificado   sanitario del país de origen o su
equivalente
Copia de registro sanitario para aquellos
productos que estén sujetos a este requisito
según lo establecido
Acta de inspección de la mercancía
Resultado de los análisis de laboratorio
realizados a las muestras de los productos
vIGeNcIA Del reGIStro
         SANItArIo

El registro sanitario tendrá una vigencia de diez
años, contados a partir de la fecha de su
expedición y podrá renovarse por períodos
iguales en los términos establecidos en el
presente decreto.
SANcIoNeS Y MUltAS A loS
      eStAblecIMIeNtoS

 Causas:
 Que  el alimento presente causas de alteración
  y afecte directamente las condiciones
  sanitarias del mismo.
 Que se haga una inspección y el
  establecimiento no cumpla con las normas
  b.p.m fijadas en el presente decreto.
 Que  no haya el transporte , embace,
 distribución, elaboración correcta que
 afecten la salud de las personas.

 Multa:
 Podrán  imponerse multas hasta diez mil
 salarios mínimos legales al maximo valor de
 los establecimientos que fabriquen,
 embacen y vendan.
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Decreto 3075

  • 1.
    Decreto 3075 Se creoen 1997 con el fin de regular todas las actividades que puedan generar factores de riesgo por el consumo de alimentos. Organización y parámetros : Procesos tecnológicos, materia prima, manipulación de alimentos, manipuladores de alimentos, construcción, elementos de construcción e instalaciones de cuartos fríos.
  • 2.
    cUIDADoS Y AlertASPArA lA MANIPUlAcIoN De AlIMeNtoS Se deben de tener en cuenta unos puntos específicos: Tener una buena presentación de implementos, guantes, redecillas, delantales, botas. Congelación y Refrigeración •La congelación es de -12°a18°c •La refrigeración es de 3 a 5°c
  • 3.
    AlMAceNAMIeNto El lugar especifico:único para organizar y guardar los alimentos y para nada más. Estibas: distancia de la pared es de 60cm y del piso es de 15cm no deben de estar sucias y deterioradas
  • 4.
    vehícUloS Si el vehículoes de refrigeración debe estar en las condiciones apropiadas para los alimentos. La empresa esta en obligación de revisar que este en condición adecuadas para el transporte de los alimentos y debe tener un lavado fácil.
  • 5.
    coNDIcIoNeS eSPecIfIcAS Del áreADe PrePArAcIóN De AlIMeNtoS  El piso debe ser antideslizante del lavado fácil y que no tenga grietas, una pendiente o desnivel de 2% y un drenaje de 10cm por cada 40m cuadrados.  Las paredes deben ser de un material resistente sin grietas, fácil limpieza y su pintura debe ser clara
  • 6.
    recIDUoS Deben ser recolectadosde manera que no contaminen la zona de producción. Clasificación de residuos orgánicos e inorgánicos. oAzul: plástico oGris: papel, cartón oVerde: orgánico oRojo: control sanitario
  • 7.
    INvIMA Es unentidad pública del orden nacional, de carácter científico y tecnológico, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, perteneciente al Sistema de Salud, adscrito al Ministerio de la Protección Social. Se puede realizar formatos de trámites y servicios, denuncias, quejas y reclamos. Instituto nacional de vigilancia de medicamentos y alimentos.
  • 8.
    DocUMeNtAcIóN PArA exPeDIrel certIfIcADo INvIMA Certificado sanitario del país de origen o su equivalente Copia de registro sanitario para aquellos productos que estén sujetos a este requisito según lo establecido Acta de inspección de la mercancía Resultado de los análisis de laboratorio realizados a las muestras de los productos
  • 9.
    vIGeNcIA Del reGIStro SANItArIo El registro sanitario tendrá una vigencia de diez años, contados a partir de la fecha de su expedición y podrá renovarse por períodos iguales en los términos establecidos en el presente decreto.
  • 10.
    SANcIoNeS Y MUltASA loS eStAblecIMIeNtoS  Causas:  Que el alimento presente causas de alteración y afecte directamente las condiciones sanitarias del mismo.  Que se haga una inspección y el establecimiento no cumpla con las normas b.p.m fijadas en el presente decreto.
  • 11.
     Que no haya el transporte , embace, distribución, elaboración correcta que afecten la salud de las personas.  Multa:  Podrán imponerse multas hasta diez mil salarios mínimos legales al maximo valor de los establecimientos que fabriquen, embacen y vendan.
  • 12.
  • 13.
  • 14.
  • 15.
  • 16.