Este dictamen señala la pertinencia de contar con turnos de emergencia municipal, sin embargo, en caso de exceder las horas corresponde el descanso o el pago pecuniario de las horas realizadas por el personal municipal.
Dictamen Autonomía Pago Personal de MunicipalidadesNelson Leiva®
Este Dictamen, señala que los municipios son autónomos para fijar la fecha de pago de las remuneraciones de los funcionarios (as) municipales del país.
Dictamen pago de PMGM a personal municipal nuevoNelson Leiva®
Este dictamen aclara el pago que debe realizarse al personal recién ingresado en los municipios, ya que por omisión se realizaron pagos del trimestre y año completo.
Dictamen Sobre Horas Gremiales de Asociaciones de FuncionariosNelson Leiva®
Este Dictamen publicado anteriormente en esta página señala que los dirigentes gremiales tiene derecho a traspasar sus horas de permiso gremial, además aumentan de acuerdo a la pertenencia de la organización base , regional y nacional
Dictamen 47870 Sobre Horas Extras DiurnasNelson Leiva®
Este Dictamen aclara que se pueden cancelar más de 40 horas extras diurnas siempre y cuando estén decretadas, solo así procede el pago, ya que se cancelan sólo 40 horas diurnas o al 25%.
Este Dictamen señala que para efectos de la confección del escalafón, tratándose de períodos discontinuos de desempeño, debe considerarse como fecha de ingreso al municipio respectivo la que corresponda a la primera designación del funcionario de que se trate.
Dictamen Autonomía Pago Personal de MunicipalidadesNelson Leiva®
Este Dictamen, señala que los municipios son autónomos para fijar la fecha de pago de las remuneraciones de los funcionarios (as) municipales del país.
Dictamen pago de PMGM a personal municipal nuevoNelson Leiva®
Este dictamen aclara el pago que debe realizarse al personal recién ingresado en los municipios, ya que por omisión se realizaron pagos del trimestre y año completo.
Dictamen Sobre Horas Gremiales de Asociaciones de FuncionariosNelson Leiva®
Este Dictamen publicado anteriormente en esta página señala que los dirigentes gremiales tiene derecho a traspasar sus horas de permiso gremial, además aumentan de acuerdo a la pertenencia de la organización base , regional y nacional
Dictamen 47870 Sobre Horas Extras DiurnasNelson Leiva®
Este Dictamen aclara que se pueden cancelar más de 40 horas extras diurnas siempre y cuando estén decretadas, solo así procede el pago, ya que se cancelan sólo 40 horas diurnas o al 25%.
Este Dictamen señala que para efectos de la confección del escalafón, tratándose de períodos discontinuos de desempeño, debe considerarse como fecha de ingreso al municipio respectivo la que corresponda a la primera designación del funcionario de que se trate.
Dictamen Financiamiento Celebración día Nacional del FF.MMNelson Leiva®
Este Dictamen del año 2007, aclara que los municipios del país pueden financiar la celebración del Día Nacional del Funcionario Municipal.
Este es el primer dictamen en formato actualizado, ya que la CGR cambio su página web y los formatos a contar de ahora serán como este.
Dictamen Gasto Celebración del Día del FF.MMNelson Leiva®
Este dictamen de la CGR señala la correcta imputación de los gastos originados en la Celebración Anual del Día Nacional del Funcionario (a) Municipal de Chile, los cuales son de cargo de cada uno de los municipios de nuestro país.
Propuesta Interpretativa de Asemuch caso Ley N° 20922Nelson Leiva®
Esta presentación realizada por Asemuch al Subdere, buscar vía ley corta reparar el daño que afecta a los funcionarios (as) municipales a Contrata, además de aclarar y modificar los contenidos del Dictamen N° 63201.
Este Dictamen señala que la Municipalidad, no puede eliminar los últimos grados de las plantas, tiene que aplicarse de acuerdo a todos los cargos, debiendo quedar la misma cantidad de cargos que habían en la planta municipal.
Los plazos establecidos por el Estatuto Administrativo de los FF.MM es de seis meses, indica que situaciones generan la interrupción de la prescripción de dicho derecho
Dictamen PMGM Caso Jueces de Policía LocalNelson Leiva®
Este Dictamen de la CGR señala que los jueces de policía local (JPL) tienen derecho al pago de la asignación de mejoramiento a la gestión municipal en las condiciones que indica; y, la prestación de servicios a honorarios en el mismo ente edilicio en que se desempeña un cargo como subrogante, produce incompatibilidad de funciones, en las circunstancias que señala.
Dictamen No Cumplimiento de Jornadas y Horas ExtrasNelson Leiva®
Este Dictamen señala que no corresponde que se desarrollen jornadas semanales inferiores a las pactadas en los contratos de trabajo, y que a su vez se realicen horas extraordinarias, que asimismo exceden del límite legal.
Dictamen Asociación FF.MM Reclama por Escalafón de MéritoNelson Leiva®
Asociaciones de Funcionarios Municipales, pueden plantear, con carácter general, irregularidades vinculadas al escalafón de mérito y antigüedad, sin que por ello se afecte la ubicación de los funcionarios cuando este ordenamiento se encuentre ejecutoriado. No procede extender el resultado de la evaluación en un empleo específico, a otro distinto.
Ley Nº 7390 del 14.01.1943 "Desahucio Obreros Municipales"Nelson Leiva®
Esta Ley promulgada en el año 1943 y aplicada a posteriori favorece a los trabajadores de data antigua , que tienen la calidad de su contrato como "Obrero Municipal" otorgando un desahucio de treinta días por año de servicio,-
En el caso de contratos para mantención de áreas verdes se puede concesionar o cumplir las labores con FF.MM de planta y contrata del escalafón auxiliares
Directores de Control , Labor Fiscalizadora y Concejo MunicipalNelson Leiva®
Esta presentación realizada por la Contraloría General de la República, analiza el marco jurídico de los Directores de Control Municipal, su labor fiscalizadora y la relación con el Concejo Municipal .
Importante dictamen que reconsidera en lo pertinente el dictamen N° 10.749 de 2015, en cuanto establece que la antigüedad, por tanto bienos, no se pierden respecto de aquellos funcionarios que ostentaban cargos nominados vieron incrementado sus grados (2 grados bajo el alcalde) en cumplimiento a lo dispuesto en el art. 16 de la ley 18.695, modificado por la ley 20.742.
Este Dictamen indica que un dirigente gremial, el cual tiene un cargo de director comunal y a la vez tiene otro cargo en la directiva nacional de la organización, suma los dos permisos gremiales con las horas correspondientes, no prima uno sobre otro.
Dictamen 81836 sobre límites de gasto en personalNelson Leiva®
Este Dictamen obliga a los municipios a los alcaldes a que deben cumplir con el límite presupuestario legal establecido para gastos en personal a contrata.
Presentación Incentivo Retiro Municipales Nelson Leiva®
Presentación original realizada por el Gobierno, expuesto a la directiva de Asemuch en reunión conjunta. Esta presentación será socializada por las Asemuch y a la vez serán entregadas las propuestas recogidas para tener un sólo documento único de contrapropuesta al gobierno.
Dictamen CGR Caso destinación no se dictó Decreto AlcaldicioNelson Leiva®
Destinación de servidor regido por la ley N° 18.883, debió ordenarse mediante el correspondiente decreto alcaldicio, respetando las funciones propias del cargo para el que fue nombrado.
Dictamen Sobre Horarios de Dirigentes Municipales 18.05.2016Nelson Leiva®
Dictamen de la CGR , indica que Municipalidad ha podido establecer un plazo determinado para que dirigentes gremiales comuniquen que harán uso del derecho de ausentarse de sus labores, término que no puede restringir el desarrollo de la actividad gremial.
Dictamen Financiamiento Celebración día Nacional del FF.MMNelson Leiva®
Este Dictamen del año 2007, aclara que los municipios del país pueden financiar la celebración del Día Nacional del Funcionario Municipal.
Este es el primer dictamen en formato actualizado, ya que la CGR cambio su página web y los formatos a contar de ahora serán como este.
Dictamen Gasto Celebración del Día del FF.MMNelson Leiva®
Este dictamen de la CGR señala la correcta imputación de los gastos originados en la Celebración Anual del Día Nacional del Funcionario (a) Municipal de Chile, los cuales son de cargo de cada uno de los municipios de nuestro país.
Propuesta Interpretativa de Asemuch caso Ley N° 20922Nelson Leiva®
Esta presentación realizada por Asemuch al Subdere, buscar vía ley corta reparar el daño que afecta a los funcionarios (as) municipales a Contrata, además de aclarar y modificar los contenidos del Dictamen N° 63201.
Este Dictamen señala que la Municipalidad, no puede eliminar los últimos grados de las plantas, tiene que aplicarse de acuerdo a todos los cargos, debiendo quedar la misma cantidad de cargos que habían en la planta municipal.
Los plazos establecidos por el Estatuto Administrativo de los FF.MM es de seis meses, indica que situaciones generan la interrupción de la prescripción de dicho derecho
Dictamen PMGM Caso Jueces de Policía LocalNelson Leiva®
Este Dictamen de la CGR señala que los jueces de policía local (JPL) tienen derecho al pago de la asignación de mejoramiento a la gestión municipal en las condiciones que indica; y, la prestación de servicios a honorarios en el mismo ente edilicio en que se desempeña un cargo como subrogante, produce incompatibilidad de funciones, en las circunstancias que señala.
Dictamen No Cumplimiento de Jornadas y Horas ExtrasNelson Leiva®
Este Dictamen señala que no corresponde que se desarrollen jornadas semanales inferiores a las pactadas en los contratos de trabajo, y que a su vez se realicen horas extraordinarias, que asimismo exceden del límite legal.
Dictamen Asociación FF.MM Reclama por Escalafón de MéritoNelson Leiva®
Asociaciones de Funcionarios Municipales, pueden plantear, con carácter general, irregularidades vinculadas al escalafón de mérito y antigüedad, sin que por ello se afecte la ubicación de los funcionarios cuando este ordenamiento se encuentre ejecutoriado. No procede extender el resultado de la evaluación en un empleo específico, a otro distinto.
Ley Nº 7390 del 14.01.1943 "Desahucio Obreros Municipales"Nelson Leiva®
Esta Ley promulgada en el año 1943 y aplicada a posteriori favorece a los trabajadores de data antigua , que tienen la calidad de su contrato como "Obrero Municipal" otorgando un desahucio de treinta días por año de servicio,-
En el caso de contratos para mantención de áreas verdes se puede concesionar o cumplir las labores con FF.MM de planta y contrata del escalafón auxiliares
Directores de Control , Labor Fiscalizadora y Concejo MunicipalNelson Leiva®
Esta presentación realizada por la Contraloría General de la República, analiza el marco jurídico de los Directores de Control Municipal, su labor fiscalizadora y la relación con el Concejo Municipal .
Importante dictamen que reconsidera en lo pertinente el dictamen N° 10.749 de 2015, en cuanto establece que la antigüedad, por tanto bienos, no se pierden respecto de aquellos funcionarios que ostentaban cargos nominados vieron incrementado sus grados (2 grados bajo el alcalde) en cumplimiento a lo dispuesto en el art. 16 de la ley 18.695, modificado por la ley 20.742.
Este Dictamen indica que un dirigente gremial, el cual tiene un cargo de director comunal y a la vez tiene otro cargo en la directiva nacional de la organización, suma los dos permisos gremiales con las horas correspondientes, no prima uno sobre otro.
Dictamen 81836 sobre límites de gasto en personalNelson Leiva®
Este Dictamen obliga a los municipios a los alcaldes a que deben cumplir con el límite presupuestario legal establecido para gastos en personal a contrata.
Presentación Incentivo Retiro Municipales Nelson Leiva®
Presentación original realizada por el Gobierno, expuesto a la directiva de Asemuch en reunión conjunta. Esta presentación será socializada por las Asemuch y a la vez serán entregadas las propuestas recogidas para tener un sólo documento único de contrapropuesta al gobierno.
Dictamen CGR Caso destinación no se dictó Decreto AlcaldicioNelson Leiva®
Destinación de servidor regido por la ley N° 18.883, debió ordenarse mediante el correspondiente decreto alcaldicio, respetando las funciones propias del cargo para el que fue nombrado.
Dictamen Sobre Horarios de Dirigentes Municipales 18.05.2016Nelson Leiva®
Dictamen de la CGR , indica que Municipalidad ha podido establecer un plazo determinado para que dirigentes gremiales comuniquen que harán uso del derecho de ausentarse de sus labores, término que no puede restringir el desarrollo de la actividad gremial.
Destinación de FF.MM No cumple con procedimientos AdministrativosNelson Leiva®
La CGR señala que al producirse una destinación de un funcionario municipal se debe dictar un Decreto Alcaldicio y además, se debe cumplir de acuerdo al grado con mantener una dependencia habilitada para poder cumplir con la nueva función
Dic. Alcalde no puede demorar prestaciones serviciosNelson Leiva®
El ejercicio de la facultad de administración de los recursos municipales propia del alcalde no puede afectar la prestación del servicio respectivo. Los municipios deben dar respuesta oportuna a las presentaciones que le formulen los particulares.
Este Dictamen señala que funciones a las cuales fue destinado el interesado, tendrán que ser acordes a su nivel jerárquico. Planta municipal no contempla de manera nominada la plaza de director de obras, por lo que cargo deberá ser ejercido por un directivo genérico que cumpla con los requisitos para dicha función, y en caso de no ser ello posible, proceder en los términos que se indican.
Dictamen N° 44500 Obligación de Aparcadero MunicipalNelson Leiva®
Este Dictamen de la CGR señala que las municipalidades tienen la obligación de contar con un parqueadero para depositar los vehículos que hayan sido detenidos por estado de abandono y diferentes causas motivadas por la Ley N° 18290
Dictamen Nº 81836 del 23.10.2014 Sobre límite de gasto en Personal a ContrataNelson Leiva®
La CGR en este Dictamen señala que los municipios deben contar con un límite de gasto aprobado en el presupuesto municipal para el tema Gasto en Personal a Contrata
Historia Ley 19280 de Plantas Municipales 06.12.1993Nelson Leiva®
La historia de la Ley N° 19280 de fecha 06.12.1993 rigió los destinos de los FF.MM durante largos 23 años. No estuvo exenta de demoras, aprobaciones y rechazos, tanto parlamentarios, como de Asemuch, ya que estaba gestándose el Art. 110, el cual en los años posteriores generö el primer Paro Nacional de Funcionarios Municipales del país
.
Dictamen no procede contratos codigo para planta direcciónNelson Leiva®
No procede contratar por el Código del Trabajo a director de unidad de salud municipal, ya que la ley señala claramente que debe poseer la calidad jurídica de planta.
Dictamen Sobre Autonomía Municipal y CGRNelson Leiva®
Autonomía municipal no es absoluta, debiendo ejercerse observando el principio de juridicidad. Dicha autonomía no afecta las facultades de fiscalización de que se encuentra investida la Contraloría General de la República (CGR).-
Similar a Dictamen Procedencia Turnos Emergencia Municipal (20)
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Nelson Leiva®
En el día de hoy Miércoles 22 de Diciembre se publicó en el Diario Oficial de Chile la Ley N° 21405, la que "Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del Sector Público , concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales"
En la antesala de la publicación de la Ley N° 21405 en el Diario Oficial, que se realizaría mañana Lunes 20 de Diciembre probablemente, se emite el presente decreto por parte del Ministerio de Hacienda
La Cámara de Diputados y Diputadas envía este boletín con fecha 06.Dic.2021, el cual contiene el reajuste a las remuneraciones del Sector Público y concede aguinaldos y bonos
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022Nelson Leiva®
Documento oficial del 02.Dic.2021, suscrito entre el Ministerio de Hacienda del Gobierno y los Gremios que confirman la Mesa del Sector Público , donde se encuentra el gremio de los funcionarios (as) municipales de Chile
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021Nelson Leiva®
La Contraloría General de la República emitió el Dictamen E160318/2021 del 29.11.2021 sobre la no autorización a que los municipios puedan vender gas licuado u otro tipo de gas.
La ciudad de San Felipe nacida en el año 1740, siempre ha tenido una trascendencia destacada en la historia de Chile desde sus albores,
Este interesante trabajo de José Antonio Mora revela la inserción e influencia que ha tenido en la génesis de nuestro país la querida Tres veces heroica ciudad de San Felipe de Aconcagua
Este estudio realizado por Hazbún Abogados Asociados analiza el Dictamen E156769 del 17.11.2021, indicando cuales son las nuevas razones para desvincular a dichos funcionarios, el cual recoge los distintos pronunciamientos de los Tribunales de Justicia
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021Nelson Leiva®
Esta propuesta constitucional para una nueva institucionalidad en las municipalidades ha sido editada por la Asociación de Municipalidades de Chile (AMUCH) como contribución y apoyo al cambio y fortalecimiento del rol ciudadano en el nuevo municipio chileno.
Este instructivo ha sido emitido por la Contraloría General de la República con la finalidad de incorporar y recopilar los distintos fallos de los Tribunales Superiores de Justicia
La I. Municipalidad de San Felipe tiene este formato para quienes desean comenzar una actividad comercial, industrial, profesional o de alcoholes, obtener su patente CIPA, la cual puede ejercer en la jurisdicción comunal de San Felipe, en la parte posterior se encuentran los requisitos y documentación exigida.
Seminario Nacional de Municipalidades Las CondesNelson Leiva®
En la comuna de Las Condes se reunirán más de medio millar de funcionarios y funcionarias municipales provenientes de todos los municipios del país.
Este evento organizado por Asemuch comienza el 24 de Abril y finaliza este Viernes 27 de Abril del 2018
Este manual diseñado para el Deco Magic TV que contiene el sistema de canales HD de los canales afiliados a Anatel Chile.
Cabe señalar que en este sistema solo cancelas el valor del equipo y no tiene ningún cobro adicional, ni mensualidades, con una nitidez y sonido más avanzado que los de la TV paga.
Modernización Municipal Propuesta Nueva ArquitecturaNelson Leiva®
Este documento elaborado por dos expertos en políticas públicas de la UC, muestra un serio trabajo sobre el tema de la modernización municipal y la forma de construirla
Circular N° 0031 Nueva denominación de RegionesNelson Leiva®
Esta circular del Ministerio del Interior señala lo principal, que a contar de esta fecha las regiones se denominarán solo por su nombre y no por número.
Dictamen N°6400 del 02.03.2018 Caso ContratasNelson Leiva®
Este Dictamen aclara y modifica todos los puntos sobre la tratativa de el personal a contrata, clarifica este tema que ha sido sancionado por la Corte Suprema recientemente.
Sentencia CS Caso funcionario a Contrata 13.03.2018Nelson Leiva®
Sentencia de la Corte Suprema que favorece a funcionario de la SuperIntendencia de Valores y Seguros (SVS) que en su calidad de contrata y de estar en esa calidad jurídica por mucho tiempo había sido despedido.
Esta sentencia va a ser la referencia ante este tipo de despidos de funcionarios a contrata en los servicios del estado y municipales.
Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
1. ID Dictamen: 079246N10 Vista preliminar
Indicadores de Estado
Nº Dictamen 79246 Fecha 29-12-2010
Nuevo NO Reactivado SI
Alterado NO Carácter NNN
Origenes DJU, MUN
Referencias
Decretos y/o Resoluciones
Abogados
IMF PHM
Destinatarios
Pedro Valdés Sazo, presidente de la Asociación de Funcionarios de la Municipalidad de
Peñalolén
Texto
Sobre procedencia de fijar turnos de llamada de personal afecto a la ley 18883.
Acción
aplica dictámenes 11962/2006, 33878/2009
Fuentes Legales
ley 18883 art/62, ley 18883 art/67, ley 18695, ley 18695 art/4 lt/i ley 18575 art/3 inc/1, ley
18575 art/28, ley 18575 art/5
Descriptores
funcionarios municipales, turnos de llamada, emergencias, prestación servicio público
Documento Completo
N° 79.246 Fecha: 29-XII-2010
Se ha dirigido a esta Contraloría General don Pedro Valdés Sazo, presidente de la Asociación
de Funcionarios de la Municipalidad de Peñalolén, solicitando un pronunciamiento que
determine si procede que esa entidad edilicia establezca un sistema de turnos de llamada, en
cuya virtud el personal que cumple labores en determinadas unidades municipales, deba estar
a disposición del municipio durante sus períodos de descanso -tales como días festivos y fines
de semana-, para cumplir sus correspondientes funciones, en el evento que sean requeridos
ante una situación de emergencia, pagándosele sólo las horas extraordinarias efectivamente
ejecutadas, lo que, según su parecer, implicaría un menoscabo al derecho de los funcionarios
a disponer de su tiempo libre.
Requerido su informe, el referido municipio expresa que siempre han existido sistemas de
turnos de llamada para los funcionarios que realizan labores en las unidades encargadas de
las emergencias comunales, dado que es preciso tener personal en condiciones de trabajar
ante la eventualidad que ocurra algún imprevisto, para los fines de dar continuidad a la
atención de las necesidades de la comunidad y, por último, que las respectivas horas
extraordinarias, cumplidas en exceso de la jornada ordinaria de trabajo, son pagadas a los
servidores de que se trate.
Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 62 de la ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo
para Funcionarios Municipales, dispone una jornada ordinaria de trabajo de los funcionarios
municipales, de cuarenta y cuatro horas semanales distribuidas de lunes a viernes, no
pudiendo exceder de nueve horas diarias.
A su vez, el artículo 67 del mismo cuerpo normativo prescribe que el alcalde ordenará los
2. turnos pertinentes entre su personal y fijará los descansos complementarios que
correspondan.
Asimismo, es dable manifestar que el artículo 4, letra i) de la ley Nº 18.695, -Orgánica
Constitucional de Municipalidades-, faculta a esas reparticiones públicas para desarrollar,
directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, funciones relacionadas con
la prevención de riesgos y la prestación de auxilio en situaciones de emergencia o catástrofes.
En armonía con lo anterior, resulta pertinente destacar que conforme a los principios de
continuidad del servicio y de eficiencia y eficacia, establecidos en los artículos 3°, inciso
primero, 28 y 5° de la ley Nº 18.575 -Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado-, es un deber de los órganos públicos actuar aprovechando los
medios disponibles y cumplir en todo momento con la función pública que les ha sido
asignada.
De este modo, es dable colegir que corresponde al alcalde, en uso de sus facultades para
dirigir y administrar el respectivo organismo, implementar el sistema horario que estime
conveniente para asegurar la prestación del servicio público en el caso en estudio, teniendo
presente la especial naturaleza de las funciones que a la entidad edilicia le compete ejercer
frente a hechos imprevisibles.
Siendo ello así, al establecerse un régimen de turnos de llamada para los empleados que
laboren en unidades de la municipalidad cuyas funciones guarden relación con ese tipo de
hechos, la superioridad de esa entidad sólo está cumpliendo con la obligación que la ley Nº
18.695 le asignó a ese tipo de reparticiones, esto es, en lo que interesa, la prestación de
auxilio en situaciones de emergencia o catástrofes.
Por lo demás, la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control, contenida entre
otros en los dictámenes Nos 11.962, de 2006, y 33.878, de 2009, ha concluido, en síntesis, que
en relación con los organismos o establecimientos a los cuales la ley les ha encomendado
atender emergencias o hechos imprevisibles, debe entenderse reconocida la existencia de un
sistema de turnos de llamada que permita, ocurrida alguna de esas contingencias, contar con
el personal necesario para solucionar problemas de esa índole, criterio que resulta aplicable a
los servidores de las municipalidades que ejerzan labores relacionadas con el acaecimiento
de esos eventos, de acuerdo a lo dispuesto en el citado precepto de su ley orgánica y los
anotados principios.
En todo caso, cabe hacer presente que la atribución del alcalde, conforme a la cual, los
funcionarios deben excepcionalmente desarrollar, en un horario especial, las tareas propias
del cargo que ocupan dentro de las unidades del municipio relacionadas con la materia en
estudio, debe establecerse con pleno resguardo de las normas estatutarias relativas a ellos, lo
que implica el respeto de los límites horarios a que se refiere el referido artículo 62 de la ley
Nº 18.883, y que el período en que los mismos deben estar ubicables, no puede ser
considerado como trabajos extraordinarios, salvo que, ocurrida la emergencia, se labore
efectivamente y se cumplan las demás condiciones que dan derecho al descanso
complementario o al pago de las horas extraordinarias en su caso.
En consecuencia, en mérito de lo expuesto, resulta forzoso concluir que atendida la
naturaleza especial de las funciones que corresponde realizar a las municipalidades, relativas
a las emergencias comunales, el sistema de turno de llamadas implementado por esa entidad
edilicia, se encuentra ajustado a derecho.
Ramiro Mendoza Zúñiga
Contralor General de la República