El documento habla sobre el delito de publicación abusiva de correspondencia electrónica según la ley argentina. Define la comunicación electrónica como correspondencia cerrada y protegida. Explica que la ley busca proteger la privacidad personal y castigar a quien publique correspondencia electrónica sin autorización, ya sea el estado u otros terceros. Detalla que el sujeto activo es quien está en posesión legítima de la comunicación y el sujeto pasivo es su titular.