Este documento describe la relación laboral y el contrato de trabajo. Explica que la relación laboral implica que una persona (el trabajador) preste un servicio personal a otra (el empleador) a cambio de un salario, con elementos como la subordinación del trabajador. También define el contrato de trabajo como el acuerdo que establece las condiciones del trabajo como duración, salario, jornada laboral, y debe contener información específica de ambas partes.
La estabilidad laboral se aplica a los empleados que no tengan inamovilidad laboral, por lo tanto es permanente, mientras que la inamovilidad es temporal...
La estabilidad laboral se aplica a los empleados que no tengan inamovilidad laboral, por lo tanto es permanente, mientras que la inamovilidad es temporal...
En cuanto a la relación laboral es tomada en cuenta como un vínculo existente y se establece entre un individuo y su patrono, el cual se origina a partir de un contrato de trabajo celebrado entre estos en el cual se estipula que el empleado está obligado a brindar o ejecutar una prestación en el ejercicio de su empleador a cambio de lo que le pague periódicamente una remuneración por el trabajo, un salario como tal. La creación de este vínculo de tal clase se origina de un conjunto de deberes y de hechos para el empleado y el empleador, los cuales surgen por mandato legal, disposición contractual, acuerdo de trabajo, etc.
En cuanto a la relación laboral es tomada en cuenta como un vínculo existente y se establece entre un individuo y su patrono, el cual se origina a partir de un contrato de trabajo celebrado entre estos en el cual se estipula que el empleado está obligado a brindar o ejecutar una prestación en el ejercicio de su empleador a cambio de lo que le pague periódicamente una remuneración por el trabajo, un salario como tal. La creación de este vínculo de tal clase se origina de un conjunto de deberes y de hechos para el empleado y el empleador, los cuales surgen por mandato legal, disposición contractual, acuerdo de trabajo, etc.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
es un libro utilizado para el peritaje o estudio de los documentos y firmas, encontrara una guía completa que le servirá para emitir un dictamen técnico en la materia.
contiene ejemplos para una mejor interpretación, ente no solo es de carácter teórico si no que presenta las habilidades de origen técnico.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
Derecho individual del trabajo, la relacion y el contrato de trabajo semana 2
1. LA RELACION Y EL
CONTRATO DE TRABAJO
En esta relación, la persona que aporta el trabajo se denomina
contrato, en tanto que la que aporta el capital se denomina
patronal o empresario, el trabajador siempre es una persona
física, en tanto que el empleador puede ser una persona física
como una persona jurídica.
2. RELACION INDIVIDUAL DE
TRABAJO
Se inicia en el momento en que se empieza a realizar la prestación del
trabajo.
Art. 20 ley federal del trabajo.
Concepto: se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea
acto que le de origen, la prestación de un trabajo personal
subordinado, mediante el pago de un salario. De dicha definición se
desprenden los siguientes elementos:
A) los sujetos que son el trabajador y el patrón.
B) la prestación personal del trabajo.
C) la subordinación,.
D) la remuneración.
3. PUNTOS IMPORTANTES:
La relación de trabajo obliga únicamente a las personas
involucradas en el.
El trabajador tiene que cumplir una serie de actividades
encomendadas por el patrón.
La contraprestación será un salario.
El trabajo no se puede realizar por otra persona que el
trabajador designe como suplente.
El salario es el pago por los servicios que realiza el trabajador.
4. CONTRATO INDIVIDUAL DE
TRABAJO
Art. 20 segundo párrafo LFT:
El contrato individual de trabajo , cualquiera que sea su forma o
denominación, es aquel por su virtud del cual una persona se
obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el
pago de un salario.
- Contrato de trabajo: se perfecciona por el acuerdo de voluntades.
5. EL CONTRATO DE TRABAJO TIENE 2
FUNCIONES:
Las relaciones individuales de trabajo nacen de la prestación del
servicio, por lo que esta relación debe estar establecida a través de
un contrato.
Generar una relación obligatoria de cambio entre sus sujetos
integrantes.
Establecer aquellas condiciones laborales que mejoren las
condiciones establecidas.
6. CONTRATO DE TRABAJO
El contrato de trabajo son las normas que regulan la relación laboral, el
contrato de trabajo tiene un contenido mínimo obligatorio establecido en
todo lo mencionado anteriormente, entre los que se destacan el derecho
laboral y leyes laborales. El contrato laboral y el hecho de tener un
sueldo es lo que indica que el trabajador es parte de una relación laboral.
La subordinación es el elemento que le da el poder al patrono de
establecer una relación de obediencia, orden, ubicación su fuerza de
trabajo y la toma de decisiones. El empleado esta sometido al
cumplimiento del contrato hasta que terminen las condiciones de dicho
acuerdo.
Duración de las relaciones de trabajo: artículos 35-40.
7. EL ESCRTITO DONDE CONSTEN LAS CONDICIONES
DE TRABAJO DEBE CONTENER:
Art. 25 LFT
Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, clave única de registro de población, registro
federal de contribuyentes y domicilio del trabajador y del patrón.
Si la relación de trabajo es para obra o tiempo determinado, por temporada, de capacitación
inicial o por tiempo indeterminado y en su caso si esta sujeta a un periodo de prueba.
El servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinaran con la mayor precisión
posible.
El lugar o los lugares donde deba prestarse el trabajo.
La duración de la jornada.
La forma y el monto del salario.
El día y el lugar de pago del salario.
La indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado en los términos de los
planes y programas establecidos o que se establezcan en la empresa, conforme a lo
dispuesto en esta ley.