1. República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Instituto Universitario “Antonio José de Sucre”
Mérida Estado Mérida
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Algenib Oviedo
C.I.V- 22.986.225
Mérida, 25 de Julio 2016.
2. DERECHO DE LA PUBLICIDAD
Saber delimitar qué es publicidad respecto a otras formas de comunicación, que
aunque tienen puntos en común con la publicidad, también presentan diferencias
con la misma.
La publicidad se delimita con la propaganda, RR.PP, publicidad (en sentido legal).
Publicidad Vs. propaganda: términos que suelen confundirse (se utiliza como
sinónimos). Desde el punto de vista jurídico son conceptos distintos. La publicidad
se asocia a la contratación.
La propaganda se utilizó por primera vez (el término) en el siglo XVI por Gregorio
XV, denominó a una congregación (Vaticana) de la "Propaganda Fide". Trataba de
difundir el catolicismo, la fe católica y mantenerla.
Propagar (según el diccionario) tiene varias acepciones:
Extender el conocimiento de una cosa o a la afición a ella.
La propaganda, lo que se pretende comunicar no es la marca de un producto sino
de una ideología, para que la gente adopte una determinada actitud o
comportamiento (ya sea religiosa o políticamente). La propaganda busca la
adhesión a una ideología.
Ideología: (diccionario) Doctrina filosófica centrada en el origen de ideas; y
conjunto de ideas fundamentales, que caracterizan el pensamiento de una
persona, colectividad o época de un movimiento cultural, religioso o político.
Ideología "solo" puede aplicarse a ideas fundamentales que han dado lugar a una
determinada doctrina; Esto es, que exista una base científica que respalda esas
ideas.
Publicidad/propaganda:
Notas comunes:
Ambas son formas de comunicar, utilizan los mismos MDC.
La diferencia es que la publicidad pretende promover la contratación; en cambio,
la ideología pretende la adhesión a una corriente de pensamiento y que el público
tenga una opinión y comportamiento determinados. Por ejemplo, en propaganda
política buscar el voto.
Otra diferencia es que la publicidad es onerosa y la propaganda puede ser pagada
o no.
3. La publicidad y la propaganda tienen un régimen jurídico distinto. Las normas de
publicidad solo se aplicarán a aquellos mensajes que pueden encuadrarse dentro
de la definición legal de publicidad. (Artículo 2 de la Ley General de Publicidad).
La finalidad que tiene el derecho, es la de regular las relaciones sociales. Que
exista una norma no significa que se cumpla.
Hay que distinguir la publicidad de la información general, ya que tiene un régimen
jurídico diferente; según el artículo segundo de la Ley General de Publicidad. Esto
es muy importante a la hora de aplicar una u otra ley.
. La razón de esta importancia no solo reside en el régimen jurídico a aplicar, sino
en la confusión que hay a este respecto en la aplicación de la ley. Un ejemplo
claro es la crítica que se hace en la prensa deportiva, identificable como
información general y en ningún caso como punible por la Ley de Competencia
Desleal.
-¿Qué es la información general?
Es aquella que pretende comunicar al público un hecho de interés general para él.
La importancia de esta distinción respecto a la información publicitaria viene dada
por la reacción del público, que estima que detrás de la información solo hay unos
hechos de relevancia. Por el contrario, la publicidad no tiene interés por informar.
El anunciante comunica al público algo, con la intención de que éste contrate o
compre sus servicios. Si el público entiende esta información como de interés
general, tenderá a darle un mayor crédito.
- ¿Cuáles son las notas comunes?
. Utilización de los mismos medios de comunicación (MDC).
. Representan una forma de expresión de ideas.
. Transmiten una información “útil al público”
- Diferencias:
1) Independencia del MDC respecto al contenido del mensaje publicitario. La
publicidad casi nunca es creada por el medio que la difunde, éste se limita a
difundirlo sin elaborar el contenido.
2) La intencionalidad del mensaje:
- La información general solo pretende dar a conocer al público hechos, mientras
que en la publicidad hay un fin comercial, promover la contratación.
4. 3) Extensión de la comunicación:
- La publicidad es pagada, dependiendo de su extensión, lo que generalmente la
hace tener forma de mensajes breves.
- La información general, por el contrario, es más amplia.
- Diferencia entre la publicidad general y la publicidad institucional
Primero hay que definir la publicidad institucional; serían aquellas comunicaciones
que no se refieren a un determinado producto sino a la imagen de una empresa en
su conjunto para construir su popularidad, prevenir una crisis o intentar resolverla;
en resumen, ganarse la confianza del público.
Se considera como aquellas comunicaciones que realiza una institución con el fin
de promover, defender, potenciar o fomentar determinados intereses generales.
- Características de la Publicidad Institucional
1) En la Publicidad Institucional, el anunciante generalmente serán instituciones
públicas o asociaciones con intereses de comunes de este tipo. Por ejemplo, las
campañas de Tráfico. Es mucho más difícil que lo hagan las empresas, ya que van
a defender sus propios intereses, no los intereses comunes. En algunos casos,
esta diferencia no ha sido delimitada con claridad.
2) Los intereses generales que defiende este tipo de publicidad son muy variables.
- Diferencias existentes entre ambas.
. En la publicidad general, el anunciante es una empresa, en la institucional, suele
ser la Administración Pública o cualquier institución sin ánimo de lucro directo.
La finalidad en la publicidad general es la contratación de servicios y en la
institucional es el interés público, general.
La publicidad general se difunde en interés del anunciante y la institucional del
público.
La publicidad general es pagada, pero la institucional, en ocasiones es difundida
gratuitamente por los MDC.
En la publicidad general, el anunciante escoge el medio, en la institucional no
existe; en un principio, esta libertad debe de ser distribuida de forma proporcional
entre los diferentes medios de difusión.