Este documento resume los principales aspectos del derecho sucesoral en el derecho internacional privado. Explica que el derecho sucesoral regula la transmisión del patrimonio de una persona fallecida a sus herederos. Describe los tipos de sucesiones como testamentarias o ab intestato y las sucesiones particulares o universales. Además, explica que la ley de derecho internacional privado somete las sucesiones al derecho del domicilio del causante y reconoce el sistema de unidad de sucesiones.
Regimen Procesal y Procesos JurisdiccionalesDavid Torres
Comprender las Leyes a las que estamos sujetos no necesariamente significa utilizar el sesgo, las Leyes contienen el espíritu del legislador por lo cual las interpretaciones estarán siempre a la orden del día.
Trabajo presentado ante la Universidad Bicentenaria de Aragua, nucleo Charallave, carrera: Derecho, para la materia Teoria General del Proceso II, profesor: Jean Carlos Montana, Alumna: Nancy Carolina Vanegas Terán, Modalidad: 100% On-line
Regimen Procesal y Procesos JurisdiccionalesDavid Torres
Comprender las Leyes a las que estamos sujetos no necesariamente significa utilizar el sesgo, las Leyes contienen el espíritu del legislador por lo cual las interpretaciones estarán siempre a la orden del día.
Trabajo presentado ante la Universidad Bicentenaria de Aragua, nucleo Charallave, carrera: Derecho, para la materia Teoria General del Proceso II, profesor: Jean Carlos Montana, Alumna: Nancy Carolina Vanegas Terán, Modalidad: 100% On-line
El Tribunal Supremo de Justicia, es parte del Sistema de Justicia y órgano rector del Poder Judicial, en consecuencia es su máxima autoridad jurisdiccional y ejerce su dirección, gobierno y administración, con la finalidad de asegurar al justiciable la protección y tutela de sus derechos y garantías constitucionales.
Las Salas que estructuran al Máximo Tribunal de la República son siete (7). Cada una de ellas está integrada por cinco (5) Magistrados o Magistradas, a excepción de la Sala Constitucional que la conforman siete (7) Magistrados o Magistradas. El Tribunal Supremo de Justicia en Pleno está constituido por los treinta y dos (32) Magistrados o Magistrados de las seis (6) Salas.
Los delitos que sólo pueden ser enjuiciados previo requerimiento o instancia de la víctima se tramitarán de acuerdo con las normas generales relativas a los delitos de acción pública. La parte podrá desistir de la acción propuesta en cualquier estado del proceso, y en tal caso se extinguirá la respectiva acción penal”.
Esta norma se refiere concretamente a aquellos delitos que siendo de acción privada, su persecución puede iniciarla el Ministerio Público cuando sea requerido por la víctima o sus representantes legales, con la particularidad de que se tramitarán de acuerdo con las normas generales relativas a los delitos de acción pública y que la víctima sin haber propuesto querella se le faculta para desistir en cualquier grado y estado del proceso de la acción propuesta y en tal caso se extinguirá la respectiva acción penal.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
El Tribunal Supremo de Justicia, es parte del Sistema de Justicia y órgano rector del Poder Judicial, en consecuencia es su máxima autoridad jurisdiccional y ejerce su dirección, gobierno y administración, con la finalidad de asegurar al justiciable la protección y tutela de sus derechos y garantías constitucionales.
Las Salas que estructuran al Máximo Tribunal de la República son siete (7). Cada una de ellas está integrada por cinco (5) Magistrados o Magistradas, a excepción de la Sala Constitucional que la conforman siete (7) Magistrados o Magistradas. El Tribunal Supremo de Justicia en Pleno está constituido por los treinta y dos (32) Magistrados o Magistrados de las seis (6) Salas.
Los delitos que sólo pueden ser enjuiciados previo requerimiento o instancia de la víctima se tramitarán de acuerdo con las normas generales relativas a los delitos de acción pública. La parte podrá desistir de la acción propuesta en cualquier estado del proceso, y en tal caso se extinguirá la respectiva acción penal”.
Esta norma se refiere concretamente a aquellos delitos que siendo de acción privada, su persecución puede iniciarla el Ministerio Público cuando sea requerido por la víctima o sus representantes legales, con la particularidad de que se tramitarán de acuerdo con las normas generales relativas a los delitos de acción pública y que la víctima sin haber propuesto querella se le faculta para desistir en cualquier grado y estado del proceso de la acción propuesta y en tal caso se extinguirá la respectiva acción penal.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
CLASES-ADM EMP S3-05-GESTION DE OPERACIONES LOGISTICAS - SAP.pptx
Las sucesiones en el derecho internacional privado
1. LAS SUCESIONES EN EL DERECHO
INTERNACIONAL PRIVADO
Universidad Fermín Toro
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Barquisimeto-Lara
Integrante:
Nayibe González
C.I. 13.085.029
2. DERECHO SUCESORAL
Derecho Sucesoral o Hereditario es el conjunto de normas, principios
e instituciones que regulan la transmisión del patrimonio de la persona
que fallece a sus herederos y/ o causahabientes.
3. TIPOS DE SUCESIONES
Testamentarias
• El testamento, desde el punto de vista del derecho
natural, es un acto jurídico mortis causa, unilateral y
solemne, por el cual el causate dispone de sus bienes,
derechos y obligaciones transferibles para después de su
muerte.
Ab Intestato
• Es la forma como la ley busca repartir el patrimonio en
caso de que el de cujus o causante no haya dejado
expresada en testamento su última voluntad, es decir, su
manifestación de cómo quería él repartir sus bienes a su
muerte.
4. TIPOS DE SUCESIONES
Se entiende por sucesión particular o a título particular, el cambio en la
titularidad de una o más relaciones jurídicas de carácter patrimonial,
determinadas individualmente, es decir, individualizadas.
SUCESIONES A TÍTULO PARTICULAR
Se entiende como tal, el cambio en la titularidad de la totalidad de las
relaciones jurídicas de carácter patrimonial de una persona (consideradas
como una entidad compleja, es decir como un patrimonio total), o de una
parte alícuota de esa totalidad.
SUCESIONES A TITULO UNIVERSAL
5. LOS TESTAMENTOS
Es un acto jurídico sui géneris, que tiene por objeto hacer actuar la facultad
natural que el hombre tiene de disponer con libertad de sus cosas y bienes
patrimoniales, para cuando hubiere fallecido. En lo que respecta a su
fundamento, el derecho de testar es natural pero reconocido, sancionado y
amparado por los poderes públicos, ese orden dimanado de la naturaleza.
Acto a través del cual una persona, en
su testamento, decide repartir una parte
muy concreta de sus bienes a otra
persona determinada.
LEGADO
S
6. EL DERECHO DE SUCESIONES EN LA LEY DE
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
La Ley de Derecho Internacional Privado somete las sucesiones al
derecho del domicilio del causante (Articulo 34. LDIP); esta
solución introduce una importante innovación en el sistema
venezolano en el cual, antes de la promulgación de la Ley,
predominaba la regla Lex Rei Sitae (Articulo 10. CC). Con esta
modificación la Ley acoge, en forma muy clara, el Sistema de la
Unidad de las Sucesiones que permite la aplicación extraterritorial
del derecho extranjero a los bienes ubicados en Venezuela y del
derecho venezolano a los bienes situados en el exterior.
7. EL DERECHO DE SUCESIONES EN LA LEY DE
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
LA LEGITIMA
8. LA BONA VACANTIA
Se da en el caso de que los bienes de la sucesión correspondan al Estado,
o cuando no existan o se ignoren los herederos, los bienes situados en la
República pasarán al patrimonio de la Nación venezolana; esta disposición
refleja la tradición de la legislación patria.
Artículo 36 de la LDIP: En el caso de que,
de acuerdo con el Derecho competente,
los bienes de la sucesión correspondan al
Estado, o en el caso de que no existan o
se ignoren los herederos, los bienes
situados en la República pasarán al
patrimonio de la Nación venezolana.