Estudiar el derecho de las mujeres a un vida libre de violencia, en base a la Ley Orgánica promulgada. Erradicar el sistema patriarcal de la sociedad venezolana para lograr una verdadera justicia social.
Medidas se seguridad y Medidas cautelares en el proceso de denuncia de violen...betsy leal
Análisis legal respecto a las medidas de seguridad y Medidas cautelares en casos de denuncias por materia de violencia contra la mujer en Venezuela (2016)
Medidas se seguridad y Medidas cautelares en el proceso de denuncia de violen...betsy leal
Análisis legal respecto a las medidas de seguridad y Medidas cautelares en casos de denuncias por materia de violencia contra la mujer en Venezuela (2016)
Igualdad de género (Aspectos legales en Colombia) (Septiembre 27 de 2015)
Asunto: LEYES GENERO
Fecha: Septiembre 27 de 2015
El presente trabajo lo realizó la Doctora María Romero Silva, Magistrada Sala Administrativa del Magdalena (Colombia) y formadora de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla (Colombia).
Violencia contra las Mujeres: radiografía de BCS 2014 (versión ppt)Pola Peña
Presentación conferencia magistral a invitación del PRI en el Estado de Baja California Sur, con motivo del Día Internacional para Eliminar la Violencia contra las Mujeres; 25 de Noviembre de 2014.
Evolución del Feminismo como movimiento, a través de las distintas etapas de la historia, y desde la perspectiva de los diferentes paises. Luchas de mujeres para lograr una sociedad justa e igualitaria.
El rol de las Mujeres en la Independenciabetsy leal
Tomado de la autora Gladys Higuera. Miembro de la Sociedad Bolivariana del Táchira. Venezuela. Expone el papel y la importancia de la mujeres latinoamericanas durante el proceso independentista.
Igualdad de género (Aspectos legales en Colombia) (Septiembre 27 de 2015)
Asunto: LEYES GENERO
Fecha: Septiembre 27 de 2015
El presente trabajo lo realizó la Doctora María Romero Silva, Magistrada Sala Administrativa del Magdalena (Colombia) y formadora de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla (Colombia).
Violencia contra las Mujeres: radiografía de BCS 2014 (versión ppt)Pola Peña
Presentación conferencia magistral a invitación del PRI en el Estado de Baja California Sur, con motivo del Día Internacional para Eliminar la Violencia contra las Mujeres; 25 de Noviembre de 2014.
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Tomado de la autora Gladys Higuera. Miembro de la Sociedad Bolivariana del Táchira. Venezuela. Expone el papel y la importancia de la mujeres latinoamericanas durante el proceso independentista.
Directorio centros de apoyo a mujeres víctimas de violencia y organismos rece...betsy leal
Listado de instituciones gubernamentales y no gubernamentales que prestan apoyo en el proceso de recepción de denuncias en materia de violencia contra la mujer
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
www.iafjsr.com.ve
09.12.08(b): An Introduction to Blood Gas Analysis Open.Michigan
Slideshow is from the University of Michigan Medical School’s M2 Respiratory sequence
View additional course materials on Open.Michigan:
openmi.ch/med-M2Resp
Conceptualización, tipos, consecuencias psicológicas de la violencia de género y cómo realizar la intervención psicológica con las víctimas de violencia de género.
Mª Carmen Romero Gallego.
Psicóloga de Genera Psicología.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
es un libro utilizado para el peritaje o estudio de los documentos y firmas, encontrara una guía completa que le servirá para emitir un dictamen técnico en la materia.
contiene ejemplos para una mejor interpretación, ente no solo es de carácter teórico si no que presenta las habilidades de origen técnico.
3. ABG. BETSY LEAL ZAPATA
Para DURKHEIM, la sociedad es más que la suma de
los individuos que la componen. Tiene una existencia
propia que va mas allá de la experiencia personal
(individual), pues desde antes del nacimiento de cada
individuo, existen formas reiteradas y consideradas
correctas de comportamiento que se van
transmitiendo de generación en generación.
FALICOV, Estela y Sara LIFSZYC (2002), SOCIOLOGÍA.
Buenos Aires, Aique. Página 187.
4. ABG. BETSY LEAL ZAPATA
A los hombres les
decimos que son:
cabeza del hogar
Fuertes
protectores
Paga las cuentas (trabajan)
A las mujeres les
decimos que son:
amas de casa
delicadas
sumisas
Debe Cuidar a los hijos y a las hijas
5. ABG. BETSY LEAL ZAPATA
Son las características innatas,
físicas, biológicas, fisiológicas
y anatómicas que diferencian
las hembras de los varones.
Es la base de las diferencias
sexuales, que al ser innatas no
se cambian en forma natural.
Se refiere al conjunto de
valores, actitudes,
conductas y formas de
relacionarse, las cuales
definen lo que es un
HOMBRE y lo que es una
MUJER en la sociedad.
Esta influencia solo ha creado una...
6. ABG. BETSY LEAL ZAPATA
Las mujeres no saben manejar.
Macho que se respeta no llora.
Los hombres son mas fuertes que las mujeres.
Los hijos e hijas son de la mujer.
Los hombres no cocinan
Macho que se respeta no limpia.
El rosado es para niñas.
Las niñas no juegan con carritos.
Los niños no juegan con muñecas.
NOS DICEN QUE...
Al decir esto...
¿hablamos de sexo o
género?
7. ABG. BETSY LEAL ZAPATA
Son aquellas tareas, actividades, actitudes y
formas de actuar que una cultura (Sociedad)
asigna a cada uno de los sexos.
(Por Ejemplo: Las tareas que deben hacer los hombres y las que
deben hacer las mujeres).
8. ABG. BETSY LEAL ZAPATA
Es un SISTEMA jerárquico de relaciones:
Sociales, Políticas y Económicas y religiosas.
Que, en base a las diferencia biológicas
sexuales entre hombres y mujeres,
ESTABLECE, REPRODUCE Y MANTIENE al
hombre (o a lo masculino) como parámetro de la
humanidad, otorgándole una serie de privilegios e
institucionalizando el dominio y la opresión
masculina sobre las mujeres
9. ABG. BETSY LEAL ZAPATA
Este sistema...
ESTABLECE,
REPRODUCE
Y MANTIENE
MACHISMO
• Actitud de
prepotencia de los
hombres respecto
a las mujeres.
• Practicas,
comportamientos
y dichos que
resultan ofensivos
contra el genero
femenino.
SEXISMO
• Discriminación de
personas de un
sexo por
considerarlo
inferior al otro.
ANDROCENTRISMO
• Establece como
única realidad
posible la visión
de lo masculino
(el ideal de
genero
masculino). Por
lo tanto pone
que el HOMBRE
es el centro del
universo.
Existen mujeres que siendo victimas del sistema patriarcal viven, multiplican y
creen en estas ideologías
10. ABG. BETSY LEAL ZAPATA
El término violencia por motivos de género, está dirigida
a afectar a personas o grupos de personas con base en el
género. (Es decir en base a la diferencia que la sociedad ha
puesto entre hombres y mujeres).
Esta violencia tiene un impacto devastador en la vida de
las mujeres y las niñas, quienes en su mayoría son las
víctimas.
También dificulta el desarrollo de los niños, adolescentes
Al vivir en el sistema patriarcal, hay mas posibilidades de que exista...
12. ABG. BETSY LEAL ZAPATA
ART. 1: … “Garantizar y promover el derecho de las mujeres a
una vida libre de violencia, creando condiciones para prevenir,
atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres
(…) impulsando cambios en los patrones socioculturales (…) para
favorecer la construcción de una sociedad justa democrática,
participativa, paritaria y protagónica.”
Art. 14: … “Todo acto sexista que tenga o pueda tener como
resultado la muerte, un daño o sufrimiento físico, sexual,
psicológico, emocional, laboral, económico o patrimonial; la
coacción o la privación arbitraria de la libertad, así como la
amenaza de ejecutar tales actos, tanto si se producen en el
ámbito público como en el privado.
13. VIOLENCIA PSICOLOGICA: Toda conducta activa u
omisiva en deshonra, descrédito o menosprecio al valor o
dignidad personal, tratos humillantes y vejatorios, vigilancia
constante, aislamiento, marginalización, negligencia,
abandono, celotipia, comparaciones destructivas, amenazas
y actos que conllevan a las mujeres víctimas de violencia a
disminuir su autoestima, a perjudicar o perturbar su sano
desarrollo, a la depresión e incluso al suicidio
ACOSO U HOSTIGAMIENTO: Toda conducta
abusiva y especialmente los comportamientos, palabras,
actos, gestos, escritos o mensajes electrónico dirigidos a
perseguir, intimidar, chantajear, apremiar, importunar,
vigilar a una mujer que pueda atentar contra su estabilidad
emocional, dignidad, prestigio, integridad física o psíquica,
o que puedan poner en peligro su empleo, promoción,
reconocimiento en el lugar de trabajo o fuera de él.
14. AMENAZA: Anuncio verbal o con actos de
la ejecución de un daño físico, psicológico,
sexual, laboral o patrimonial con el fin de
intimidar a la mujer, tanto en el contexto
doméstico como fuera de él.
VIOLENCIA FISICA: Toda acción u
omisión que directa o indirectamente está
dirigida a ocasionar un daño o sufrimiento
físico a la mujer, tales como lesiones internas
o externas, heridas, hematomas,
quemaduras, empujones o cualquier otro
maltrato que afecte su integridad física.
15. VIOLENCIA DOMÉSTICA:
Toda conducta activa u omisiva,
constante o no, de empleo de
fuerza física o violencia psicológica,
intimidación, persecución o
amenaza contra la mujer por parte
del cónyuge, el concubino, ex
cónyuge, ex concubino, persona
con quien mantiene o mantuvo
relación de afectividad,
ascendientes, descendientes,
parientes colaterales,
consanguíneo o afines.
16. VIOLENCIA SEXUAL: Toda conducta que
amenace o vulnere el derecho de la mujer a decidir
voluntaria y libremente su sexualidad,
comprendiendo ésta no sólo el acto sexual, sino toda
forma de contacto o acceso sexual, genital o no
genital, tales como actos lascivos, actos lascivos
violentos, acceso carnal violento o la violación
propiamente dicha.
ACCESO CARNAL VIOLENTO: Es una
forma de violencia sexual, en la cual el hombre
mediante violencias o amenazas, constriñe a la
cónyuge, concubina, persona con quien hace vida
marital o mantenga unión estable de hecho o no, a
un acto carnal por vía vaginal, anal u oral, o
introduzca objetos sea cual fuere su clase, por
alguna de estas vías.
17. PROSTITUCION FORZADA: Es la acción de
obligar a una mujer a realizar uno o más actos de
naturaleza sexual por la fuerza o mediante la
amenaza de la fuerza, o mediante coacción como
la causada por el temor a la violencia, la
intimidación, la opresión psicológica o el abuso del
poder, esperando obtener o haber obtenido
ventajas o beneficios pecuniarios o de otro tipo, a
cambio de los actos de naturaleza sexual de la
mujer.
ESCLAVITUD SEXUAL: Es la privación
ilegítima de libertad de la mujer, para su venta,
compra, préstamo o trueque con la obligación de
realizar uno o más actos de naturaleza sexual.
18. ACOSO SEXUAL: Solicitud de cualquier acto o
comportamiento de contenido sexual, para sí o para un
tercero, o el procurar cualquier tipo de acercamiento sexual
no deseado que realice un hombre prevaliéndose de una
situación de superioridad laboral, docente o análoga, o con
ocasión de relaciones derivadas del ejercicio profesional, y
con la amenaza expresa o tácita de causarle a la mujer un
daño relacionado con las legítimas expectativas que ésta
pueda tener en el ámbito de dicha relación.
VIOLENCIA LABORAL: Discriminación hacia la mujer
en los centros de trabajo, públicos o privados, que
obstaculicen su acceso al empleo, ascenso o estabilidad en el
mismo, tales como exigir requisitos sobre el estado civil, la
edad, la apariencia física o buena presencia, o la solicitud de
resultados de exámenes de laboratorios clínicos, que
supeditan la contratación, ascenso o la permanencia de la
mujer en el empleo. Constituye también discriminación de
género en el ámbito laboral el quebrantar el derecho de
igual salario por igual trabajo.
19. VIOLENCIA PATRIMONIAL Y ECONOMICA:
Toda conducta activa u omisiva que directa o indirectamente,
en los ámbitos público y privado, esté dirigida a ocasionar un
daño a los bienes muebles o inmuebles en menoscabo del
patrimonio de las mujeres víctimas de violencia o a los bienes
comunes, así como la perturbación a la posesión o a la
propiedad de sus bienes, sustracción, destrucción, retención
o distracción de objetos, documentos personales, bienes y
valores, derechos patrimoniales o recursos económicos
destinados a satisfacer sus necesidades; limitaciones
económicas encaminadas a controlar sus ingresos; o la
privación de los médicos económicos indispensables para
vivir.
VIOLENCIA OBSTÉTRICA: Es la apropiación del
cuerpo y procesos reproductivos de las mujeres por personal
de salud, que se expresa en un trato deshumanizado, en un
abuso de medicalización y patologización de los procesos
naturales, trayendo consigo pérdida de autonomía y
capacidad de decidir libremente sobre sus cuerpos y
sexualidad, impactando negativamente en la calidad de vida
de las mujeres.
20. ESTERILIZACION FORZADA:
Realizar o causar intencionalmente a la
mujer, sin brindarle la debida información,
sin su consentimiento voluntario e
informado y sin que la misma haya tenido
justificación, un tratamiento médico o
quirúrgico u otro acto que tenga como
resultado su esterilización a la privación de
su capacidad biológica y reproductiva.
VIOLENCIA MEDIATICA: Es la
exposición de la mujer, niña o adolescente,
a través de cualquier medio de difusión,
que de manera directa o indirecta explote,
discrimine, deshonre, humille o que atente
contra su dignidad con fines económicos,
sociales o de dominación.
21. VIOLENCIA INSTITUCIONAL: Acciones
u omisiones que realizan las autoridades,
funcionarios y funcionarias, profesionales,
personal y agentes pertenecientes a cualquier
órgano, ente o institución pública, que tengan
como fin retardar, obstaculizar o impedir que las
mujeres tengan acceso a las políticas públicas y
ejerzan los derechos previstos en esta Ley, para
asegurar una vida libre de violencia.
VIOLENCIA SIMBÓLICA: Son mensajes,
valores, iconos, signos que trasmiten y
reproducen relaciones de dominación,
desigualdad y discriminación en las relaciones
sociales que se establecen entre las personas y
naturalizan la subordinación de la mujer en la
sociedad.
22. TRÁFICO DE MUJERES, NIÑAS Y
ADOLESCENTES: Todos los actos que
implican su reclutamiento o transporte dentro o
entre fronteras, empleando engaños, coerción o
fuerza, con el propósito de obtener un beneficio de
tipo financiero u otro de orden material de
carácter ilícito.
TRATA DE MUJERES, NIÑAS Y
ADOLESCENTES: Es la captación, transportes,
traslado, acogida o recepción de mujeres, niñas y
adolescentes, recurriendo a la amenaza o al uso de
la fuerza o de otras formas de coacción, al rapto, al
fraude, al engaño, al abuso de poder o de una
situación de vulnerabilidad o la concesión o
recepción de pagos o beneficios para obtener el
consentimiento de una persona que tenga
autoridad sobre mujeres, niñas o adolescentes, con
fines de explotación, tales como prostitución,
explotación sexual, trabajos o servicios forzados, la
esclavitud o practicas análogas o la esclavitud, la
servidumbre o la extracción de órganos.
23. FEMICIDIO: Es la forma extrema
de violencia de género, causada por
odio o desprecio a su condición de
mujer, que degenera en su muerte,
producidas tanto en el ámbito público
como privado.
INDUCCIÓN AL SUICIDIO: Es
la consecuencia extrema de la
violencia psicológica, acoso,
hostigamiento y amenaza que
generan las condiciones para
provocar la muerte de una mujer por
motivaciones de género.
24. ABG. BETSY LEAL ZAPATA
La violencia de un hombre hacia una mujer sigue un ciclo...
25. Existen Motivos Afectivos
Preocupación por bienestar de los hijos/as.
Existencia de sentimientos hacia el hombre: amor o lástima.
Creencia de que pueden cambiarlo.
Baja autoestima.
Miedo, a que la golpeen, la maten (a ella o a sus hijos/as), hasta
temores emocionales como el miedo a perderlo, a perder el cariño de sus
hijos o a establecer una nueva relación que implique un padrastro y una
posible recaída en una situación de violencia.
26. Existen MOTIVOS SOCIALES
El bajo nivel cultural (que limita las posibilidades de salir de la
situación de violencia).
Las convenciones sociales (temor a ser juzgada y culpabilizada).
La costumbre (la naturalización de la violencia).
Los modelos familiares (patrones conductuales aprendidos).
La aceptación crítica de los roles de Género (ser agredida forma parte
del “ser mujer”).
Dependencia económica y/o psicológica (no toma decisiones sin su
autorización o la imposibilidad de mantenerse económicamente a sí
misma y sus hijos/as.
Falta de ayuda, de orientación o información, como por fallas dentro
de la respuesta institucional y/o comunitario.
27. Para que exista agresión sexual, la mujer provoca al violador por su
actitud o vestimenta.
Las agresiones sexuales ocurren en lugares oscuros a altas horas de la
noche.
La violencia de género es cuando el novio o el esposo le pegan a su
mujer.
Los agresores son enfermos mentales o estaban borrachos.
Las mujeres no se van porque son débiles y cobardes.
Las mujeres no se van porque les gusta.
Esta violencia...
28. ABG. BETSY LEAL ZAPATA
Las mujeres agredidas Deben tomar decisiones y acciones al respecto
En este punto interviene la acción del Estado mediante sus
regulaciones, en la medida en que es requerida por las mujeres, sin
embargo cualquiera que conozca sobre la comisión de un acto de
violencia contra la mujer debe:
1. Planificar con ella los pasos a dar.
2. Hacerla sentir segura y acompañada.
3. Articular con las instituciones que se requiera.
4. Acompañarla en el proceso de denuncia.
5. Si no quiere denunciar no juzgarla ni presionarla.
6. Explicarle el ciclo de la violencia.
29. ABG. BETSY LEAL ZAPATA
•1. La mujer agredida.
•2. Los parientes consanguíneos o afines.
•3. El personal de la salud de instituciones públicas y privadas que
tuviere conocimiento de los casos de violencia previstos en esta Ley.
•4. Las defensorías de los derechos de la mujer a nivel nacional,
metropolitano, estadal y municipal, adscritas a los institutos nacionales,
metropolitanos, regionales y municipales, respectivamente.
•5. Los Consejos Comunales y otras organizaciones sociales.
•6. Las organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres.
•7. Cualquier otra persona o institución que tuviere conocimiento de los
hechos punibles previstos en esta Ley.
30. Artículo 70 de la Ley:
Tribunales de violencia contra la
mujer en funciones de control,
audiencias y medidas.
Ministerio público
Juzgados de paz.
Prefectura y jefaturas civiles
División de protección en materia
de niños, adolescentes, mujer y
familia del cuerpo de investigaciones
con competencia en la materia.
Órganos de policía.
Unidades de comando fronterizas.
Tribunales de municipio en
localidades donde no existan los
órganos anteriormente nombrados.
Los pueblos y comunidades
indígenas constituirán órganos
receptores de denuncia, (…) de
acuerdo a sus costumbres y
tradiciones.
ABG. BETSY LEAL ZAPATA
31. ABG. BETSY LEAL ZAPATA
A ti mujer; que por ser mujer te quitaron el vuelo.
A ti; que eres humillada sin hacer nada.
A ti por ser maltratada, luego perdonas y
eres apuñalada.
A ti mujer que sufres en silencio para que los
demás no sufran.
A ti mujer que crees que ya no vales nada.
A ti mujer van estas palabras.
A ti mujer te digo levanta el vuelo y no estés callada.