Este decreto establece la venta de los bienes raíces pertenecientes a las órdenes religiosas y a la Iglesia con el objetivo de reducir la deuda pública y aumentar la riqueza nacional. Se disponen las reglas para la subasta de estas tierras, exceptuando algunos edificios de interés histórico o cultural. El decreto forma parte de la desamortización impulsada por Mendizábal en 1836 para recaudar fondos para la guerra carlista.