Este documento establece normas para la clasificación y manejo de desechos en establecimientos de salud en Venezuela. Define cinco tipos de desechos (A, B, C, D y E) y especifica requisitos para su recolección, almacenamiento y transporte dentro de los establecimientos de salud con el fin de prevenir la contaminación e infecciones. También indica que todos los establecimientos relacionados con la salud deben cumplir con estas normas y las normas adicionales para el manejo de desechos peligros
El documento establece los requisitos de etiquetado obligatorio para diferentes tipos de productos como prendas de vestir, calzados, cervezas, alimentos envasados, bebidas y productos domisanitarios. Cada categoría debe incluir información como el país de origen, composición de materiales, instrucciones de mantenimiento, contenido neto, fecha de vencimiento y advertencias de seguridad. La información debe estar en español y cumplir con las normas sobre etiquetado, rotulado y premedidos.
Esta resolución establece disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los lugares de trabajo con el objetivo de preservar la salud y bienestar de los trabajadores. Incluye regulaciones sobre la infraestructura de los establecimientos, servicios higiénicos, manejo de residuos, riesgos físicos, químicos y biológicos, equipos de protección personal, prevención de incendios, maquinaria, herramientas, transporte de materiales y más. Además, define las obligaciones de los e
Este documento discute la importancia del lavado de manos para prevenir infecciones nosocomiales. Explica que el lavado de manos es el procedimiento más importante pero que la adherencia es baja. También describe diferentes técnicas de lavado de manos y antisépticos comunes como alcohol, clorhexidina e iodopovidona. Concluye resaltando que mejorar el lavado de manos podría reducir costos, estancias hospitalarias y muertes infantiles.
El documento describe los lineamientos para el manejo adecuado de residuos hospitalarios. Explica que los residuos se deben clasificar, recolectar, almacenar y transportar de forma segura para proteger la salud del personal, los pacientes y el medio ambiente. También destaca la importancia de usar equipos de protección personal como guantes y delantales durante la manipulación de residuos.
La ley 9 de 1979 establece disposiciones legales y reglamentarias para garantizar la salud pública en todo el territorio nacional, preservar el medio ambiente y asegurar condiciones sanitarias que mejoren la calidad de vida y salud de la población. Define el medio ambiente y establece funciones del Ministerio de Salud relacionadas con el control sanitario del agua. Describe regulaciones para el consumo humano, uso y disposición de aguas, residuos líquidos y sólidos, emisiones atmosféricas y sal
La ley 9 de 1979 reglamenta las actividades y competencias de salud pública para asegurar el bienestar de la población, incluyendo la protección del agua potable, alimentos, medicamentos, y la salud y seguridad de los trabajadores. Establece los deberes de los empleadores de proveer equipo de seguridad a los trabajadores y los deberes de los trabajadores de usar el equipo con responsabilidad.
Norma Oficial Mexicana no 087 que se encarga del correcto manejo almacenamiento y dispocisión final de los residuos peligrosos biológicos infecciosos así como su clasificación..
IMPORTANCIA DE LA INOCUIDAD EN LA SEGURIDAD ALIMENTARIAGestioPolis com
Este documento describe la importancia de la inocuidad alimentaria para la salud pública. Explica que la contaminación de los alimentos puede causar enfermedades transmitidas por los alimentos y brotes. También discute los peligros comunes que amenazan la inocuidad de los alimentos, como bacterias, virus, parásitos y contaminantes químicos y físicos. Además, analiza los desafíos para garantizar sistemas efectivos de inocuidad de los alimentos en toda la cadena de suministro de alimentos.
El documento establece los requisitos de etiquetado obligatorio para diferentes tipos de productos como prendas de vestir, calzados, cervezas, alimentos envasados, bebidas y productos domisanitarios. Cada categoría debe incluir información como el país de origen, composición de materiales, instrucciones de mantenimiento, contenido neto, fecha de vencimiento y advertencias de seguridad. La información debe estar en español y cumplir con las normas sobre etiquetado, rotulado y premedidos.
Esta resolución establece disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los lugares de trabajo con el objetivo de preservar la salud y bienestar de los trabajadores. Incluye regulaciones sobre la infraestructura de los establecimientos, servicios higiénicos, manejo de residuos, riesgos físicos, químicos y biológicos, equipos de protección personal, prevención de incendios, maquinaria, herramientas, transporte de materiales y más. Además, define las obligaciones de los e
Este documento discute la importancia del lavado de manos para prevenir infecciones nosocomiales. Explica que el lavado de manos es el procedimiento más importante pero que la adherencia es baja. También describe diferentes técnicas de lavado de manos y antisépticos comunes como alcohol, clorhexidina e iodopovidona. Concluye resaltando que mejorar el lavado de manos podría reducir costos, estancias hospitalarias y muertes infantiles.
El documento describe los lineamientos para el manejo adecuado de residuos hospitalarios. Explica que los residuos se deben clasificar, recolectar, almacenar y transportar de forma segura para proteger la salud del personal, los pacientes y el medio ambiente. También destaca la importancia de usar equipos de protección personal como guantes y delantales durante la manipulación de residuos.
La ley 9 de 1979 establece disposiciones legales y reglamentarias para garantizar la salud pública en todo el territorio nacional, preservar el medio ambiente y asegurar condiciones sanitarias que mejoren la calidad de vida y salud de la población. Define el medio ambiente y establece funciones del Ministerio de Salud relacionadas con el control sanitario del agua. Describe regulaciones para el consumo humano, uso y disposición de aguas, residuos líquidos y sólidos, emisiones atmosféricas y sal
La ley 9 de 1979 reglamenta las actividades y competencias de salud pública para asegurar el bienestar de la población, incluyendo la protección del agua potable, alimentos, medicamentos, y la salud y seguridad de los trabajadores. Establece los deberes de los empleadores de proveer equipo de seguridad a los trabajadores y los deberes de los trabajadores de usar el equipo con responsabilidad.
Norma Oficial Mexicana no 087 que se encarga del correcto manejo almacenamiento y dispocisión final de los residuos peligrosos biológicos infecciosos así como su clasificación..
IMPORTANCIA DE LA INOCUIDAD EN LA SEGURIDAD ALIMENTARIAGestioPolis com
Este documento describe la importancia de la inocuidad alimentaria para la salud pública. Explica que la contaminación de los alimentos puede causar enfermedades transmitidas por los alimentos y brotes. También discute los peligros comunes que amenazan la inocuidad de los alimentos, como bacterias, virus, parásitos y contaminantes químicos y físicos. Además, analiza los desafíos para garantizar sistemas efectivos de inocuidad de los alimentos en toda la cadena de suministro de alimentos.
La resolución establece disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los lugares de trabajo con el objetivo de preservar la salud y prevenir accidentes de los trabajadores. Incluye requisitos para instalaciones, servicios sanitarios, ventilación, iluminación, ruido, equipos de protección y prevención de incendios. También describe las obligaciones de los empleadores y trabajadores para cumplir estas normas.
Métodos de limpieza, desinfección y esterilización utilizadosMarilu Perez Castro
Este documento describe los principales métodos de limpieza, desinfección y esterilización utilizados en la industria alimentaria. Explica los métodos físicos, químicos, manuales y automáticos de limpieza, así como los métodos de desinfección por calor, agua caliente y sustancias químicas. También detalla los métodos de esterilización por calor húmedo, calor seco, pasteurización, radiaciones y agentes químicos. Finalmente, proporciona referencias sobre estas té
Protocolo de manejo del accidente ocupacionalNatalie Montoya
El documento presenta un protocolo para el manejo de accidentes ocupacionales en un laboratorio de patología. Establece que cualquier accidente debe ser reportado dentro de las primeras 8 horas y evaluado clínicamente en las primeras 2 horas. Se clasifican las exposiciones en Clase I (de membranas mucosas o piel a fluidos corporales) y Clase II (de piel intacta a fluidos). En caso de exposición Clase I se proporciona seguimiento médico y evaluaciones serológicas debido al riesgo de infección.
La Ley 9 de 1979 establece normas para proteger la salud humana en diferentes ámbitos como el medio ambiente laboral, el suministro de agua, alimentos, medicamentos, vigilancia epidemiológica, desastres y más. Define deberes del Estado, empleadores y empleados para lograr un ambiente de trabajo seguro y saludable, y proteger la salud de los trabajadores y la población en general. Reconoce el derecho fundamental de los habitantes a vivir en un ambiente sano y acceder a servicios de salud.
Este documento establece los requisitos para el manejo de desechos sólidos peligrosos bioinfecciosos. Define desechos comunes, peligrosos y especiales, con énfasis en los bioinfecciosos. Describe el sistema de gestión que incluye generación, manejo interno, recolección y transporte externo, tratamiento y disposición final.
Este documento describe la gestión de residuos sólidos hospitalarios en el Hospital Félix Mayorca Soto en el 2010. Se estableció un comité para gestionar los residuos compuesto por varios jefes y coordinadores de departamentos. El documento detalla los procedimientos de segregación, almacenamiento temporal y central, recolección interna, tratamiento y disposición final de los residuos. También se menciona la capacitación al personal sobre la gestión de residuos hospitalarios.
El documento presenta una introducción a la higiene ocupacional, definiéndola como la disciplina que anticipa, reconoce, evalúa y controla los peligros a la salud en el ambiente laboral para proteger la salud de los trabajadores. También discute los retos actuales de esta área, incluyendo la necesidad de mejorar la legislación, aumentar la cantidad de higienistas ocupacionales, y enfocarse más allá de simplemente medir exposiciones.
Este documento resume los principales aspectos tratados en la Resolución 2400 de 1979 sobre salud ocupacional en Colombia. Establece normas para patronos y trabajadores en relación a servicios médicos, higiene y seguridad industrial, iluminación, ruido, ventilación, equipos de protección personal y maquinaria. También cubre temas como edificios, baños, limpieza, temperatura y disposición de residuos.
Este documento habla sobre la bioseguridad hospitalaria. Explica que los cambios en los métodos de trabajo médico y los avances tecnológicos han requerido proteger la salud de los trabajadores de la salud. Define la bioseguridad como el conjunto de medidas para prevenir riesgos como la exposición a residuos biológicos potencialmente infecciosos. Describe los objetivos de la bioseguridad como dictar normas de prevención, definir riesgos por área, y establecer programas de educación. Finalmente, cubre tem
Este documento presenta una capacitación sobre Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y Sistema de Análisis de Peligros y de Puntos Críticos de Control (APPCC). Explica la importancia de las BPM para producir alimentos seguros y de calidad. Detalla las áreas de trabajo clave como estructura, higiene, personal, elaboración, almacenamiento y transporte. También incluye recomendaciones para la aplicación de las BPM en temas como vestuario, higiene personal, lavado de manos y más.
Este documento proporciona información sobre colostomías. Explica que una colostomía es la exteriorización del colon a través de la pared abdominal para crear una salida artificial de las heces. Las colostomías se realizan cuando parte del intestino está dañado o no puede funcionar correctamente. Detalla los tipos de bolsas de colostomía, los cuidados de la piel y la bolsa, y aclara que con una colostomía se puede llevar una vida normal e incluso practicar deportes.
Este documento presenta un programa de limpieza y desinfección para una planta de fruver. Describe los procedimientos para limpiar y desinfectar utensilios, equipos e instalaciones para garantizar la inocuidad de los productos y la salud de los empleados. También define términos clave como limpieza, desinfección e higiene y establece las responsabilidades del encargado del programa.
EVOLUCIÓN DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL EN VENEZUELAJonas_jesus28
El documento resume la evolución de la higiene y seguridad industrial en Venezuela desde 1905 hasta 1997. Algunos hitos clave incluyen la creación de una sección de higiene ocupacional en el Ministerio de Sanidad en 1955, la promulgación de la ley de seguro social obligatorio en 1967, y la publicación del reglamento de condiciones de higiene y seguridad industrial en 1968 y su reforma en 1973. La legislación sobre higiene y seguridad industrial en Venezuela ha ido evolucionando gradualmente desde las primeras normas en 1917 hasta convertirse en una ver
Este documento describe los requisitos de vestimenta para el personal quirúrgico. Todos deben usar gorros, mascarillas, camisas de manga corta y pantalones que cubran los tobillos, hechos de materiales que impidan la contaminación. Además, se debe usar zapatillas desechables para proteger el quirófano. El cambio de ropa después de cada cirugía es obligatorio para prevenir la transmisión de bacterias.
Este documento establece los requisitos técnicos que debe cumplir la leche para consumo humano en Colombia. Define términos clave como leche, quesos, yogur y mantequilla. Establece normas para la recolección, procesamiento, envasado, almacenamiento y comercialización de leche para proteger la salud pública.
La resolución establece disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo. Impone obligaciones a los patronos como proveer equipos y elementos de protección adecuados para los trabajadores, y a los trabajadores como utilizar correctamente dichos equipos. También especifica requisitos para edificios, servicios de higiene, evacuación de residuos, y tipos de equipos de protección personal requeridos en diferentes situaciones laborales.
Clase 2 y 3 buenas practicas de manufacturaJohnfornerod
Este documento describe las buenas prácticas de manufactura (BPM) para la manipulación segura de alimentos. Explica que las BPM incluyen prácticas para todas las etapas de la cadena alimentaria, desde la recepción de materias primas hasta el consumo final. También cubre áreas clave como la infraestructura, higiene personal y de equipos, control de temperaturas, documentación y más. El objetivo final es obtener productos alimenticios seguros e inocuos para el consumo humano.
Este documento establece los requisitos sanitarios para las personas y empresas que fabrican, procesan, envasan, almacenan, transportan, distribuyen y comercializan alimentos en Colombia. Define conceptos clave, y establece condiciones de higiene para edificaciones, equipos, personal manipulador, fabricación, control de calidad, saneamiento y almacenamiento, transporte y comercialización de alimentos. También especifica los requisitos para la notificación, permiso y registro sanitario de acuerdo con el riesgo del alimento.
Este documento provee información sobre la clasificación y manejo integral de residuos hospitalarios y similares. Los residuos se clasifican en no peligrosos como biodegradables e inertes, y peligrosos como biosanitarios, anatomopatológicos, cortopunzantes, químicos y mercuriales. Se describen normas de bioseguridad y enfermedades asociadas al mal manejo de residuos.
Este documento presenta información sobre bioseguridad en bancos de sangre y centros de hemoterapia. Explica que la bioseguridad implica medidas para proteger al personal de salud, pacientes y medio ambiente de agentes nocivos. Describe los principios de universalidad y uso de barreras, así como los niveles de riesgo biológico. También detalla equipos de protección personal, normas para la descontaminación y eliminación adecuada de desechos infecciosos como sangre y sus derivados.
Decreto 2.218 normas para la clasificación y manejoluisamoronp
Este documento establece normas para la clasificación y manejo de desechos en establecimientos de salud en Venezuela. Define cinco tipos de desechos (A-E) y especifica requisitos para la recolección, almacenamiento, transporte interno y externo de cada tipo. Los desechos Tipo A son comunes mientras que los Tipos B, C y D son potencialmente peligrosos, infecciosos u orgánicos respectivamente. El documento detalla procedimientos para garantizar que el manejo de desechos se realice de manera
Decreto 2.218 normas para la clasificación y manejoluisamoronp
Este documento establece normas para la clasificación y manejo de desechos en establecimientos de salud en Venezuela. Define cinco tipos de desechos (A-E) y especifica requisitos para la recolección, almacenamiento, transporte interno y externo de cada tipo. Los desechos Tipo A son comunes mientras que los Tipos B, C y D son potencialmente peligrosos, infecciosos u orgánicos respectivamente. El documento detalla procedimientos para garantizar que el manejo de desechos se realice de manera
La resolución establece disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los lugares de trabajo con el objetivo de preservar la salud y prevenir accidentes de los trabajadores. Incluye requisitos para instalaciones, servicios sanitarios, ventilación, iluminación, ruido, equipos de protección y prevención de incendios. También describe las obligaciones de los empleadores y trabajadores para cumplir estas normas.
Métodos de limpieza, desinfección y esterilización utilizadosMarilu Perez Castro
Este documento describe los principales métodos de limpieza, desinfección y esterilización utilizados en la industria alimentaria. Explica los métodos físicos, químicos, manuales y automáticos de limpieza, así como los métodos de desinfección por calor, agua caliente y sustancias químicas. También detalla los métodos de esterilización por calor húmedo, calor seco, pasteurización, radiaciones y agentes químicos. Finalmente, proporciona referencias sobre estas té
Protocolo de manejo del accidente ocupacionalNatalie Montoya
El documento presenta un protocolo para el manejo de accidentes ocupacionales en un laboratorio de patología. Establece que cualquier accidente debe ser reportado dentro de las primeras 8 horas y evaluado clínicamente en las primeras 2 horas. Se clasifican las exposiciones en Clase I (de membranas mucosas o piel a fluidos corporales) y Clase II (de piel intacta a fluidos). En caso de exposición Clase I se proporciona seguimiento médico y evaluaciones serológicas debido al riesgo de infección.
La Ley 9 de 1979 establece normas para proteger la salud humana en diferentes ámbitos como el medio ambiente laboral, el suministro de agua, alimentos, medicamentos, vigilancia epidemiológica, desastres y más. Define deberes del Estado, empleadores y empleados para lograr un ambiente de trabajo seguro y saludable, y proteger la salud de los trabajadores y la población en general. Reconoce el derecho fundamental de los habitantes a vivir en un ambiente sano y acceder a servicios de salud.
Este documento establece los requisitos para el manejo de desechos sólidos peligrosos bioinfecciosos. Define desechos comunes, peligrosos y especiales, con énfasis en los bioinfecciosos. Describe el sistema de gestión que incluye generación, manejo interno, recolección y transporte externo, tratamiento y disposición final.
Este documento describe la gestión de residuos sólidos hospitalarios en el Hospital Félix Mayorca Soto en el 2010. Se estableció un comité para gestionar los residuos compuesto por varios jefes y coordinadores de departamentos. El documento detalla los procedimientos de segregación, almacenamiento temporal y central, recolección interna, tratamiento y disposición final de los residuos. También se menciona la capacitación al personal sobre la gestión de residuos hospitalarios.
El documento presenta una introducción a la higiene ocupacional, definiéndola como la disciplina que anticipa, reconoce, evalúa y controla los peligros a la salud en el ambiente laboral para proteger la salud de los trabajadores. También discute los retos actuales de esta área, incluyendo la necesidad de mejorar la legislación, aumentar la cantidad de higienistas ocupacionales, y enfocarse más allá de simplemente medir exposiciones.
Este documento resume los principales aspectos tratados en la Resolución 2400 de 1979 sobre salud ocupacional en Colombia. Establece normas para patronos y trabajadores en relación a servicios médicos, higiene y seguridad industrial, iluminación, ruido, ventilación, equipos de protección personal y maquinaria. También cubre temas como edificios, baños, limpieza, temperatura y disposición de residuos.
Este documento habla sobre la bioseguridad hospitalaria. Explica que los cambios en los métodos de trabajo médico y los avances tecnológicos han requerido proteger la salud de los trabajadores de la salud. Define la bioseguridad como el conjunto de medidas para prevenir riesgos como la exposición a residuos biológicos potencialmente infecciosos. Describe los objetivos de la bioseguridad como dictar normas de prevención, definir riesgos por área, y establecer programas de educación. Finalmente, cubre tem
Este documento presenta una capacitación sobre Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y Sistema de Análisis de Peligros y de Puntos Críticos de Control (APPCC). Explica la importancia de las BPM para producir alimentos seguros y de calidad. Detalla las áreas de trabajo clave como estructura, higiene, personal, elaboración, almacenamiento y transporte. También incluye recomendaciones para la aplicación de las BPM en temas como vestuario, higiene personal, lavado de manos y más.
Este documento proporciona información sobre colostomías. Explica que una colostomía es la exteriorización del colon a través de la pared abdominal para crear una salida artificial de las heces. Las colostomías se realizan cuando parte del intestino está dañado o no puede funcionar correctamente. Detalla los tipos de bolsas de colostomía, los cuidados de la piel y la bolsa, y aclara que con una colostomía se puede llevar una vida normal e incluso practicar deportes.
Este documento presenta un programa de limpieza y desinfección para una planta de fruver. Describe los procedimientos para limpiar y desinfectar utensilios, equipos e instalaciones para garantizar la inocuidad de los productos y la salud de los empleados. También define términos clave como limpieza, desinfección e higiene y establece las responsabilidades del encargado del programa.
EVOLUCIÓN DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL EN VENEZUELAJonas_jesus28
El documento resume la evolución de la higiene y seguridad industrial en Venezuela desde 1905 hasta 1997. Algunos hitos clave incluyen la creación de una sección de higiene ocupacional en el Ministerio de Sanidad en 1955, la promulgación de la ley de seguro social obligatorio en 1967, y la publicación del reglamento de condiciones de higiene y seguridad industrial en 1968 y su reforma en 1973. La legislación sobre higiene y seguridad industrial en Venezuela ha ido evolucionando gradualmente desde las primeras normas en 1917 hasta convertirse en una ver
Este documento describe los requisitos de vestimenta para el personal quirúrgico. Todos deben usar gorros, mascarillas, camisas de manga corta y pantalones que cubran los tobillos, hechos de materiales que impidan la contaminación. Además, se debe usar zapatillas desechables para proteger el quirófano. El cambio de ropa después de cada cirugía es obligatorio para prevenir la transmisión de bacterias.
Este documento establece los requisitos técnicos que debe cumplir la leche para consumo humano en Colombia. Define términos clave como leche, quesos, yogur y mantequilla. Establece normas para la recolección, procesamiento, envasado, almacenamiento y comercialización de leche para proteger la salud pública.
La resolución establece disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo. Impone obligaciones a los patronos como proveer equipos y elementos de protección adecuados para los trabajadores, y a los trabajadores como utilizar correctamente dichos equipos. También especifica requisitos para edificios, servicios de higiene, evacuación de residuos, y tipos de equipos de protección personal requeridos en diferentes situaciones laborales.
Clase 2 y 3 buenas practicas de manufacturaJohnfornerod
Este documento describe las buenas prácticas de manufactura (BPM) para la manipulación segura de alimentos. Explica que las BPM incluyen prácticas para todas las etapas de la cadena alimentaria, desde la recepción de materias primas hasta el consumo final. También cubre áreas clave como la infraestructura, higiene personal y de equipos, control de temperaturas, documentación y más. El objetivo final es obtener productos alimenticios seguros e inocuos para el consumo humano.
Este documento establece los requisitos sanitarios para las personas y empresas que fabrican, procesan, envasan, almacenan, transportan, distribuyen y comercializan alimentos en Colombia. Define conceptos clave, y establece condiciones de higiene para edificaciones, equipos, personal manipulador, fabricación, control de calidad, saneamiento y almacenamiento, transporte y comercialización de alimentos. También especifica los requisitos para la notificación, permiso y registro sanitario de acuerdo con el riesgo del alimento.
Este documento provee información sobre la clasificación y manejo integral de residuos hospitalarios y similares. Los residuos se clasifican en no peligrosos como biodegradables e inertes, y peligrosos como biosanitarios, anatomopatológicos, cortopunzantes, químicos y mercuriales. Se describen normas de bioseguridad y enfermedades asociadas al mal manejo de residuos.
Este documento presenta información sobre bioseguridad en bancos de sangre y centros de hemoterapia. Explica que la bioseguridad implica medidas para proteger al personal de salud, pacientes y medio ambiente de agentes nocivos. Describe los principios de universalidad y uso de barreras, así como los niveles de riesgo biológico. También detalla equipos de protección personal, normas para la descontaminación y eliminación adecuada de desechos infecciosos como sangre y sus derivados.
Decreto 2.218 normas para la clasificación y manejoluisamoronp
Este documento establece normas para la clasificación y manejo de desechos en establecimientos de salud en Venezuela. Define cinco tipos de desechos (A-E) y especifica requisitos para la recolección, almacenamiento, transporte interno y externo de cada tipo. Los desechos Tipo A son comunes mientras que los Tipos B, C y D son potencialmente peligrosos, infecciosos u orgánicos respectivamente. El documento detalla procedimientos para garantizar que el manejo de desechos se realice de manera
Decreto 2.218 normas para la clasificación y manejoluisamoronp
Este documento establece normas para la clasificación y manejo de desechos en establecimientos de salud en Venezuela. Define cinco tipos de desechos (A-E) y especifica requisitos para la recolección, almacenamiento, transporte interno y externo de cada tipo. Los desechos Tipo A son comunes mientras que los Tipos B, C y D son potencialmente peligrosos, infecciosos u orgánicos respectivamente. El documento detalla procedimientos para garantizar que el manejo de desechos se realice de manera
El documento establece las directrices para la gestión de desechos bioinfecciosos tipo B generados en establecimientos de salud. Define este tipo de desechos y especifica los requisitos para su segregación, envasado, almacenamiento temporal, transporte interno, tratamiento primario y secundario, los cuales deben realizarse de forma que se inactiven los agentes patógenos y se garantice la inocuidad de los desechos. Asimismo, detalla las características que deben cumplir los contenedores, áreas de almac
Este documento presenta la Norma Técnica para el Manejo de los Desechos Bioinfecciosos de El Salvador. Establece requisitos para el manejo, transporte, tratamiento y disposición final de desechos bioinfecciosos generados en establecimientos de salud y otros lugares. Incluye definiciones de términos clave, clasificación de desechos, requisitos para envasado, embalaje y almacenamiento temporal de desechos bioinfecciosos y punzocortantes.
Este decreto establece las normas para la gestión de residuos sanitarios en Galicia. Clasifica los residuos sanitarios en no peligrosos (clases I y II) y peligrosos (clases III, IV y V), e indica los procedimientos para su separación, envasado, almacenamiento y entrega a gestores. También define los deberes de los productores de residuos sanitarios, como elaborar planes de gestión y llevar registros de producción.
Este documento establece las normas técnicas para el manejo de desechos bioinfecciosos en El Salvador. Define desechos bioinfecciosos y establece requisitos para su clasificación, envasado, embalaje, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final con el fin de proteger la salud humana y el medio ambiente. La norma es de aplicación obligatoria para todas las entidades que generen, manejen o traten este tipo de desechos en el país.
CAPACITACION MANEJO INTEGRAL DE DESECHOS HOSPITALARIOS.pptxJuan Carlos Moncada
Este documento trata sobre la gestión integral de desechos hospitalarios. Explica la clasificación de desechos en peligrosos e inocuos y los procedimientos para su recolección, transporte, tratamiento y disposición final de manera segura y en cumplimiento con la normativa legal. También describe los roles y responsabilidades de los establecimientos de salud y de las empresas encargadas de la gestión externa de desechos.
La Norma Oficial Mexicana NOM-087 clasifica los residuos peligrosos biológico-infecciosos (RPBI) y establece especificaciones para su manejo. Esta norma es obligatoria para establecimientos de atención médica y laboratorios que generen más de 25 kg de RPBI al mes o 1 kg al día. La norma clasifica los RPBI, establecimientos generadores, manejo, almacenamiento y disposición final de los residuos.
Este documento presenta el Reglamento sobre Manejo de Basuras establecido por el Presidente de la República y el Ministro de Salud. El reglamento define términos clave relacionados con los desechos sólidos y establece las responsabilidades y procedimientos para el almacenamiento, recolección, transporte y disposición final de la basura de forma segura y sanitaria, tanto para residuos ordinarios como especiales. Se especifican los roles de las municipalidades y contratistas en la prestación del servicio de manejo de desechos, así como los requis
trabajo realizado durante el curso TÉCNICO EN EMERGENCIAS SANITARIAS del modulo de LOGÍSTICA. el trabajo trata sobre los diferentes tipos de residuos, contenedores y como eliminar dichos residuos en una catástrofe.
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TRABAJO FINAL AGENTES I MANIPULACION DE RESIDUOS SOLIDOS.pptxLuisRodrigoParedesBo
El documento trata sobre el manejo adecuado de residuos sólidos hospitalarios. Explica que un manejo inadecuado puede tener impactos negativos en la salud humana y el medio ambiente, creando un círculo vicioso de enfermedades. También describe los diferentes tipos de residuos hospitalarios y el proceso completo para su adecuado manejo dentro de los centros de salud.
Este documento describe las diferentes etapas de la gestión interna de residuos y desechos en los establecimientos de salud, incluyendo la clasificación, acondicionamiento, recolección, transporte, inactivación y almacenamiento de desechos. Explica los requisitos para el manejo adecuado de desechos comunes, biológico-infecciosos, corto-punzantes, anatomopatológicos y farmacéuticos. Además, destaca la importancia de que los establecimientos cuenten con un al
Este documento describe los procedimientos para la gestión interna de residuos y desechos en establecimientos de salud. Explica las fases de la gestión que incluyen acondicionamiento, clasificación, recolección, transporte, inactivación y almacenamiento. Además, detalla los requisitos para el acondicionamiento y almacenamiento primario de diferentes tipos de desechos como comunes, biológico-infecciosos, corto-punzantes, anatomopatológicos y farmacéuticos.
Este documento presenta un plan de capacitación sobre bioseguridad dirigido al personal de la Clínica San Juan Masías. El plan incluye temas como el manejo adecuado de materiales punzocortantes y la prevención ante la pandemia. La capacitación será impartida por la licenciada Jenny Villalobos y durará 40 minutos por día durante una semana. El objetivo es mejorar la seguridad del personal y pacientes a través de la correcta gestión de residuos médicos.
Este documento proporciona información sobre el manejo adecuado de residuos en una clínica odontológica. Explica la clasificación y códigos de colores para la segregación de residuos peligrosos y no peligrosos. También describe las características requeridas para los recipientes, bolsas y el movimiento interno de residuos, con el fin de realizar una adecuada segregación en la fuente y proteger la salud y el medio ambiente.
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Este documento resume la legislación y actividades relacionadas con el saneamiento básico ambiental en Colombia. Describe las leyes que rigen la salud ocupacional y la organización de comités de seguridad industrial. Explica los componentes del saneamiento básico como el abastecimiento de agua potable, eliminación de excretas, control de plagas y manejo de residuos sólidos. Además, clasifica y describe el manejo adecuado de residuos hospitalarios peligrosos y no peligrosos.
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La medicina tradicional
Ñn´anncue Ñomndaa es el saber-conocimiento de mayor trascendencia en la vida de
quienes integran las comunidades amuzgas, vinculadas por cómo la
población se relaciona con el mundo donde vive .Es un elemento integrador de conductas,
saberes y prácticas sociales, simbólicas y
psicológicas en la que se puede apreciar su interrelación para resolver y afrontar los
problemas emocionales, espirituales y de
salud (equilibrio del cuerpo, la mente y el
espíritu).
Desde esta perspectiva de salud/enfermedad
SABEDORAS y SABEDORES
atienden diferentes enfermedades (malestares que están dentro y
fuera del cuerpo), entre ellas: el espanto, el empacho, el antojo o motolin, y el
coraje. La incidencia en la curación de acuerdo a los Ñonmdaa
depende de algunos elementos centrales: A la experiencia del Sabedor y al carácter
territorial.
En esta presentación encontrarán información detallada sobre cómo realizar correctamente la maniobra de Heimlich y también información sobre lo que es la asfixia.
1. NORMAS PARA LA CLASIFICACIÓN
Y MANEJO DE DESECHOS
EN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD
Gaceta Oficial Nº 4.418 Extraordinario del 27 de abril de 1992
Decreto Nº 2.218 23 de Abril de 1992
CARLOS ANDRÉS PÉREZ
Presidente de la República
En uso de las atribuciones que le confieren los artículos 190,
ordinal 10º de la Constitución, en concordancia con lo
establecido en la Ley de Sanidad Nacional y en los artículos 19
y 20 de la Ley Orgánica del Ambiente, en Consejo de Ministros,
DECRETA
Las siguientes:
NORMAS PARA LA CLASIFICACIÓN Y MANEJO DE
DESECHOS EN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente Decreto tiene por objeto establecer las
condiciones bajo las cuales se debe realizar el manejo de los
desechos generados en establecimientos relacionados con el
sector salud, humana o animal, con la finalidad de prevenir la
contaminación e infección microbiana en usuarios,
trabajadores y público en general, así como
Artículo 2. Para los efectos del presente decreto se establecen
las siguientes definiciones:
Desecho: Todo material o sustancia generada o producida en
los establecimientos relacionados con el sector salud, humana
o animal, cualquiera sea su naturaleza u origen, destinado al
desuso o al abandono.
Manejo: Conjunto de operaciones dirigidas a darle a los
desechos el destino más adecuado, de acuerdo con sus
características, con la finalidad de prevenir daños a la salud y
al ambiente. Comprende la recolección, almacenamiento,
transporte, caracterización, tratamiento, disposición final y
cualquier otra operación que los involucre.
Establecimiento de salud: Lugar, sitio o instalación donde se
llevan a cabo actividades relacionadas con la salud humana o
animal.
Recolección primaria: Operación que se realiza en cada área
del establecimiento de salud.
Almacenamiento primario: Aquel que se realiza mediante la
utilización de dispositivos, acordes con estas Normas, en cada
área del establecimiento de salud.
Recolección general: Proceso mediante el cual se reagrupan
en dispositivos especiales, los desechos almacenados en las
diferentes áreas del establecimiento de salud.
Transporte interno: Movimiento de los desechos desde el
área de generación hasta el lugar de disposición o
almacenamiento final en el establecimiento de salud
Area de transferencia: Lugar en el cual se almacenan
temporalmente los desechos generados en las áreas del
establecimiento de salud.
Almacenamiento final: Proceso mediante el cual se reagrupan
por un tiempo definido, los desechos provenientes de las
diferentes áreas del establecimiento de salud.
Transporte externo: Movimiento de los desechos desde el
área de almacenamiento final, en el establecimiento de salud,
hasta el sitio de tratamiento o disposición final.
Tratamiento: Modificación de las características físicas,
químicas o biológicas, mediante métodos, técnicas o procesos
para eliminar el carácter infeccioso o nocivo de los desechos.
Artículo 3 . Quedan sujetos al cumplimientos de lo dispuesto
en el presente Decreto, todos los establecimientos
relacionados con el sector salud, así como aquellos que posean
iguales características o funciones, a los que se indican a
continuación:
A. Establecimientos de salud del Sub-sector Público:
Ambulatorios y Hospitales.
B. Institutos Autónomos relacionados con la salud.
C. Clínicas, Dispensarios, Centros Médicos y
Odontológicos, Centros de Salud, Hospitales
Generales y Clínicas Psiquiátricas, Geriátricas y
de otras especialidades del Sector Privado.
D. Laboratorios Clínicos, Bioanalíticos o de
Bioanálisis del Sub-sector Público y Privado.
E. Anatomía Patológica, Morgues y Funerarias.
F. Consultorios, Clínicas, Hospitales Veterinarios y
Laboratorios Veterinarios.
G. Centros de Investigación Biomédica.
H. Establecimientos de cualquier otro tipo que
determine la Autoridad Sanitaria.
Artículo 4. Todos los establecimientos mencionados
anteriormente, deben dar cumplimiento a lo establecido en las
“Normas para el Control de la Generación y manejo de los
Desechos Peligrosos”.
2. CAPÍTULO II
CLASIFICACION DE LOS DESECHOS
Artículo 5. Los desechos generados en establecimientos de
salud, a los efectos del presente decreto, se clasifican en:
Desechos Comunes (Tipo “A”), Desechos Potencialmente
Peligrosos (Tipo”B”), Desechos Infecciosos (Tipo “C”),
Desechos Orgánicos o Biológicos (Tipo “D”) Y Desechos
Especiales (Tipo “E”).
DESECHOS COMUNES (TIPO “A”)
Son aquellos cuyos componentes básicos son: papeles, cartones,
plásticos, residuos de alimentos, vidrios, componentes de barrido
generados en las áreas administrativas, limpieza en general,
elaboración de alimentos, almacenes y talleres, siempre y cuando
no hayan estado en contacto con los desechos clasificados como
B, C, D y E.
DESECHOS POTENCIALMENTE PELIGROSOS
(TIPO”B”)
Son todos aquellos materiales, que sin ser por su naturaleza
peligrosos, por su ubicación, contacto o cualquier otra
circunstancia puedan resultar contaminados. Se incluyen aquí los
provenientes de áreas de hospitalización de los enfermos y de
consulta externa.
DESECHOS INFECCIOSOS (TIPO “C”)
Aquellos desechos que por su naturaleza, ubicación, exposición,
contacto o por cualquier otra circunstancia, resulten contentivos
de agentes infecciosos provenientes de áreas de reclusión o
tratamiento de pacientes infecto-contagiosos, actividades
biológicas, áreas de cirugía, quirófanos, salas de parto, salas de
obstetricia y cuartos de los pacientes correspondientes,
departamentos de emergencia y medicina crítica, servicios de
hemodiálisis, bancos de sangre, laboratorios, institutos de
investigación, bioterios, morgues, anatomía patológica, salas de
autopsias y toda área donde puedan generarse desechos
infecciosos.
DESECHOS ORGANICOS O BIOLOGICOS (TIPO “D”)
Son todas aquellas partes o porciones extraídas o provenientes de
seres humanos y animales, vivos o muertos, y los envases que los
contengan.
DESECHOS ESPECIALES (TIPO “E”)
Aquellos productos y residuos farmacéuticos o químicos,
material radioactivo y líquidos inflamables, así como cualquier
otro catalogado como peligroso, no comprendido entre los grupos
anteriores. El manejo de este tipo de desecho se hará por
separado y se regirá por lo establecido en las “Normas para el
Control de la Generación y Manejo de Desechos Peligrosos”,
contenidas en el Decreto 2.211.
CAPÍTULO III
MANEJO DE LOS DESECHOS DENTRO DE LOS
ESTABLECIMIENTOS DE SALUD
Sección I
Recolección y Almacenamiento Primario
Artículo 6. Cada área de generación de desechos en los
establecimientos de salud, deberá contar con la cantidad
necesaria de recipientes para recolectar y almacenar los desechos
producidos.
Artículo 7. Para la recolección de los desechos Tipo “A”, se
deben usar recipientes reutilizables con tapa, dentro de los cuales
se colocarán bolsas de polietileno, cuyo borde se pliegue hacia el
exterior. Tanto los recipientes como las bolsas, deberán tener una
capacidad acorde con la cantidad de desechos producidos en el
área de generación. Las bolsas deberán ser impermeables y
opacas, con una capacidad máxima de 120 lt para una carga que
no sobrepase los 30 kg, y un espesor mínimo por cara o película
de 0.080 mm.
Artículo 8. Para los desechos Tipos B y C deben usarse
recipientes reutilizables con tapa accionada a pedal, dentro de los
cuales se colocarán bolsas de polietileno, cuyo borde se pliegue
hacia el exterior. El volumen de la bolsa deberá estar acorde con
el volumen del recipiente usado, según las siguientes
características:
a) Bolsas plásticas de polietileno de baja densidad, de color
blanco opaco, impermeables, soldadas térmicamente en
el fondo, a fin de garantizar resistencia a las presiones o
impactos que pueden ocurrir bajo condiciones normales
de manejo.
b) Espesor mínimo por cara o película, de 0,10 mm.
c) Amarres que aseguren el cierre hermético de las bolsas.
d) Las bolsas y recipientes rígidos, deben estar claramente
identificados con el término “Desechos Peligrosos”, con
letras visibles y legibles de color rojo, no menor de cinco
(5) cm de altura, incluyendo el logotipo universal para
desechos médicos en un tamaño entre 20 y 50 cm de
altura, según el tamaño de la bolsa o recipiente. Las
bolsas usadas, en el interior de los recipientes, no serán
de identificación obligatoria.
Parágrafo Único: En caso de desechos Tipos B y C, tratados por
esterilización, las bolsas deberán ser de Policloruro de Vinilo
(PVC), resistentes a altas temperaturas.
Artículo 9. Todo contenedor o recipiente reutilizable, empleado
para almacenar los desechos Tipo B y C, deben ser desinfectados
o descontaminados inmediatamente después de cada recolección.
Artículo 10. Las piezas descartables punzo-cortantes (agujas
hipodérmicas, hojas de bisturí similares) deberán ser previamente
dispuestas en recipientes resistentes a cortes o a la acción de
objetos punzo-cortantes, tales como botellas de plástico rígido
incinerables, cajas de cartón corrugado o de plástico resistentes u
3. otros, excluyendo cualquier recipiente de vidrio. Una vez llenos
los recipientes, se cerrarán
herméticamente y se identificarán o serán colocados en bolsas
que contengan otros desechos.
Artículo 11. Los fluidos médicos orgánicos generados en los
establecimientos de salud, deberán disponerse en recipientes
resistentes, impermeables, sellados herméticamente y
compatibles con los tratamientos a los cuales serán sometidos.
Artículo 12. Los desechos Tipo D, deberán colocarse en
recipientes tipo balde, desechables, de polietileno de alta
densidad, con tapa de cierre hermético y con asa para su fácil
manipulación, o en bolsas plásticas con las características
descritas para los desechos Tipos B y C, las cuales se colocarán
en cajas de cartón corrugado, cerradas herméticamente y llevadas
al área de transferencia correspondiente.
Artículo 13. Las dimensiones de los recipientes tipo balde
desechables, no deberán ser superiores a 500 mm de diámetro y
500 mm de altura, y las cajas de cartón corrugado de 600 mm de
largo x 600 mm de alto x 450 mm de ancho. Estas cajas no
deberán ser reutilizadas..
Sección II
Transporte interno en el Establecimiento
de Salud
Artículo 14. El transporte de los desechos Tipos B, C y D desde
el área de generación o transferencia hasta el lugar de
almacenamiento dentro del establecimiento de salud, se hará por
lo menos una vez por cada turno de trabajo. Esta actividad se
realizará tomando todas las precauciones, para evitar la apertura
o rotura de los recipientes.
Artículo 15. El transporte se realizará mediante recipientes o
contenedores de plástico metal inoxidable sobre ruedas, de
superficie lisa y sin uniones salientes para su fácil limpieza y
desinfección. Las dimensiones de éstos estarán acordes al
recorrido interno y a las facilidades para su traslado vertical u
horizontal en los establecimientos de salud.
Parágrafo Único: Bajo ninguna circunstancia se usarán
recipientes de lona o tela para el traslado de bolsas con materiales
de desechos.
Artículo 16. Los contenedores o recipientes deberán
desinfectarse o descontaminarse diariamente. Estos recipientes no
podrán usarse para el transporte de otros materiales sin ser
previamente descontaminados por medio de vapor o sustancias
desinfectantes.
Artículo 17. Queda prohibido el transporte vertical de desechos
Tipos B, C, D y E a través de ductos por gravedad o neumáticos,
ni a través de los ascensores destinados al uso del público o
personal empleado del establecimiento de salud. Dicho transporte
sólo podrá efectuarse utilizando los ascensores previstos para
carga o servicio. En caso de no contar con ascensores, deberá
trasladarse los recipientes a través de rampas. De no existir éstas,
podrán utilizarse los ascensores de uso público, pero en horarios
especiales y no coincidentes con el uso de otras personas
diferentes a la que transporta el recipiente.
Artículo 18. La inspección, vigilancia y control de las
actividades de transporte interno en el establecimiento de salud,
corresponderá al Ministerio de Salud y Desarrollo Social.
Sección III
Almacenamiento
Artículo 19. Los desechos Tipo A, por su naturaleza, pueden
depositarse en contenedores normales para desechos municipales,
los cuales deberán colocarse bajo techo y en un espacio adecuado
para permitir el servicio de recolección.
Artículo 20. Los desechos Tipos B, C y D, serán almacenados en
un lugar dentro del establecimiento de salud. Este sitio deberá
tener las siguientes características:
• Recinto cerrado, ventilado, con amplitud suficiente para
accionar equipos de transporte.
• Paredes y pisos lisos, a prueba de ácidos y álcalis,
impermeables, anticorrosivos y con instalaciones sanitarias
para el fácil lavado y desinfección.
• Puertas amplias que permitan el movimiento de los
contenedores y todas las aberturas protegidas para evitar el
ingreso de insectos, roedores y aves.
Artículo 21. Los desechos Tipos B, C y D, deberán tratarse el
mismo día de su generación. En caso de no ser posible, podrán
almacenarse un máximo de treinta (30) días bajo las siguientes
condiciones:
• Para almacenar un día, la temperatura deberá estar entre 17º
°C y 25º C.
• Para almacenar tres (3) días, la temperatura deberá estar entre
1º C y 7º C.
• Para almacenar treinta (30) días, la temperatura deberá ser de
0º C.
Sección IV
Transporte Externo en el Establecimiento
de Salud
Artículo 22. El transporte de los desechos Tipo A, se efectuará
mediante el servicio de recolección domiciliaria. El de los
desechos Tipos B, C y D se realizará en vehículos con
características especiales, los cuales no se usarán para otros fines.
Artículo 23. La unidad de transporte de los desechos Tipos B, C
y D, tendrán las siguientes características:
• La cava será hermética, con presión negativa.
• Los pisos y costados deberán ser lisos, de material lavable, a
prueba de ácidos y álcalis, e incorporar un sistema para la
recolección y almacenaje de líquidos derramados.
• Las juntas entre paredes, pisos y techo de la cava, deberán ser
redondeadas.
4. • La altura interna de la cava no deberá ser menor de dos (2) m.
• La cava deberá tener, para el lavado y desinfección, un
sistema propio y autónomo.
• La puerta de la cava debe poseer un dispositivo de seguridad
que garantice la inviolavilidad de la misma.
• La temperatura interna de la cava no deberá ser superior a
15º C.
• La unidad de transporte deberá contar con una balanza para
realizar la cuantificación de los desechos generados en los
establecimientos de salud.
Parágrafo Único: En la operación de carga y descarga de los
desechos no deben haber esfuerzos de compactación.
Artículo 24. La unidad de transporte deberá estar provista de
todos los elementos de seguridad, que permitan hacer frente a
cualquier emergencia que pudiera presentarse con los desechos
transportados.
Artículo 25. La unidad de transporte deberá estar debidamente
identificada con el término “Transporte de Desechos Médicos”,
con letras color rojo no menores de 7 cm de altura, en las puertas
de carga y en los costados. En estos últimos deberá aparecer el
logotipo universal de desechos médicos, con un tamaño no menor
de 50 cm.
Artículo 26. En las puertas de la cabina de la unidad, deberá
aparecer en letras, con una altura no menor de 7 cm, lo siguiente:
• Nombre del transportista.
• “Desechos Médicos”.
• Permiso o registro.
• Logotipo universal de desechos médicos.
Artículo 27. Los vehículos utilizados para el transporte de estos
desechos, deberán cumplir con las condiciones sanitarias y de
funcionamiento óptimos de acuerdo a lo dispuesto en la
normativa legal vigente.
Sección V
Tratamiento y Disposición Final
Artículo 28. El tratamiento de los desechos Tipos B, C y D,
generados en los establecimientos de salud, deberá realizarse in
situ o fuera de él.
Parágrafo Unico: En el caso de que el tratamiento de estos
desechos se efectúe fuera del establecimiento de salud, se deberá
cumplir con lo dispuesto para el almacenaje de los desechos
Tipos B, C y D en un lugar dentro del establecimiento de salud, y
en lo establecido en las “Normas para el Control de la
Generación y Manejo de Desechos Peligrosos”.
Artículo 29. El tratamiento de los desechos Tipos B, C y D,
podrá realizarse mediante las técnicas o procesos siguientes:
a) Esterilización (Autoclave, Gas/Vapor, Irradiación).
b) Incineración controlada.
c) Inactivación térmica.
d) Cualquier otra técnica o proceso, que a criterio de las
autoridades competentes, asegure la inocuidad de los
desechos.
Artículo 30. Los desechos generados por la aplicación de
algunas de las técnicas o procesos de tratamiento, referidas
anteriormente, podrán ser dispuestos en los rellenos sanitarios
municipales, según las normas legales vigentes.
Artículo 31. La disposición final de los desechos Tipo A, se
regirá por lo establecido en el Decreto 2.216, referido a las
“Normas Generales para el Manejo de los Desechos Sólidos de
Origen Doméstico, Comercial, Industrial o de cualquier otra
naturaleza que no sean Peligrosos”.
Artículo 32. La disposición final de los desechos Tipo E, se
regirá por lo establecido en el Decreto 2.211, referido a las
“Normas para el Control de la Generación y Manejo de Desechos
Peligrosos”.
Artículo 33. Todo establecimiento de salud, público o privado,
que por su tamaño y tipo lo requiera, a criterio de la autoridad
sanitaria competente, deberá contar con una Dependencia de
Saneamiento y Mantenimiento, a cargo de un profesional
especializado y con autoridad que le permita el cabal
cumplimiento de estas Normas.
Artículo 34. La Dependencia de Saneamiento y Mantenimiento
deberá implementar programas de adiestramiento, dirigidos y
controlados para el manejo de los desechos que incluyan:
a) Capacitación y entrenamiento en servicio de todo el
personal en los establecimientos de salud, a fin de que
adquieran formación y criterio que garanticen un
manejo seguro y racional de los desechos.
b) Programas de saneamiento, mantenimiento, limpieza y
desinfección para asegurar las condiciones de asepsia
en equipos, instalaciones, elementos auxiliares y
locales empleados en el manejo de los desechos.
c) Programas de operación y mantenimiento de
instalaciones y equipos, tales como incineradores,
cavas, sistemas de refrigeración, esterilizadores,
sistemas de vapor, calderas, plantas eléctricas
auxiliares y otros.
.Dado en Caracas, a los veintitrés días del mes de abril de mil
novecientos noventa y dos. Año 182º de la Independencia y
133º de la Federación.
(L.S.)