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Diapositivas rrrr
1. Adopción
Se entiende por adopción o filiación adoptiva al acto jurídico mediante el
cual se crea un vínculo de parentesco entre dos personas, de tal forma que
establece entre ellas una relación de paternidad y/o maternidad.
2. DIFERENCIAS CULTURALES DE LA ADOPCIÓN
Las actitudes y las leyes relativas a la adopción varían mucho. Mientras que todas las
culturas tienen disposiciones conducentes a que los niños cuyos padres biológicos no
están disponibles para criarlos puedan ser criados por otros, no todas las culturas
tienen el concepto de adopción, que es el tratamiento de los niños no relacionados
como equivalentes a los hijos biológicos de los padres adoptivos
3. Adopción como Derecho Humano
Como una reacción contra las prohibiciones y obstáculos que afectan a la
adopción internacional, los estudiosos Elizabeth Bartholet y Paulo
Barrozo afirman que todo niño tiene derecho a una familia como una
cuestión de derechos humanos básicos. Esta afirmación devalúa el
patrimonio o en las reivindicaciones "culturales" y hace hincapié en la
existencia del niño como un ser humano en lugar de una "propiedad" de
las naciones específicas o, por ejemplo, cuidadores abusivos
4. Nota:
El único que tiende incidencia sobre la administración de la
adopción es el Tribunal Judicial más cercano a su domicilio,
aquel que debiera intervenir si usted tuviera en su convivencia
un litigio de cualquier naturaleza.
Nadie, absolutamente nadie, ni profesionales, ni organizaciones
no gubernamentales, ni sacerdotes (NADIE), puede ayudar en
este tema y el que lo hace podrá colaborarla en cualquier
esperanza menos en la celeridad del proceso de adopción.