EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES
EL PAGO
 Es el cumplimiento de la obligación
 Se paga al dar una cosa, prestar el servicio u observar la abstención a la
que se obligó el deudor
 Es la forma natural de extinguir la obligación
¿Cuándo se debe pagar?
SANEAMIENTO
 Es la indemnización que se paga por transmitir
un bien respecto del cual no se tenía el
derecho real para trasladar el bien a otra
persona
 Necesidad de reparar los daños y perjuicios
causados al adquirente de una cosa por causa
de evicción o de vicios ocultos.
 Art 2119, habrá evicción
cuando el que adquirió
alguna cosa fuere privado
del todo o parte de ella por
sentencia que cause
ejecutoria, en razón de
algún derecho anterior a la
adquisición
 Artículo 2142, se pagará
saneamiento por los vicios
ocultos de la cosa
enajenada que la hagan
impropia para los usos a
que está destinada
CONDICIONES PARA LA EVICCIÓN
 Que el adquirente de buena fe sufra
la perdida total o parcial de la cosa
 Que exista sentencia ejecutoria que
ordene el despojo del bien
 Que la sentencia se funde en un
derecho anterior a la adquisición
SANEAMIENTO POR VICIOS OCULTOS
Puede el afectado elegir:
 Rescisión del contrato y el pago de los gastos realizados
 Rebaja de un porcentaje del precio
Deben darse los siguientes requisitos:
 Transmisión de una cosa que ya presenta vicios o deficiencias
 Que los defectos impidan la utilidad de la cosa
 Que los vicios no sean ostensibles
Obligaciones del adquirente
afectado
 De acuerdo al artículo 2159, el adquirente
deberá demostrar la preexistencia de los vicios
y su gravedad, pues la ley arroja sobre él la
carga de la prueba , al establecer la presunción
iuris tantum de que los defectos son
posteriores a la adquisición.
 Se requiere de prueba pericial para demostrar
la temporalidad y gravedad de los defectos y
vicios
TRANSMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES
Cesión de Derechos
• Cuando el acreedor
mediante contrato cede
su derecho (incorpóreo) a
un cesionario, sin
autorización ni
conocimiento previo del
deudor (art 2029 CC)
Subrogación por pago
• Subrogar significa
“sustituir” sin extinguir la
obligación del deudor
principal.
• Subrogación legal (2058
CC)
• Subrogación convencional
(2059 CC)
Cesión de deuda
• En este caso es el deudor
cedente quien transmite
el débito a otro, donde en
el contrato interviene el
Acreedor, el deudor
principal y el tercero que
asume la deuda (art 2051
CC)

Efectos de las obligaciones

  • 1.
    EFECTOS DE LASOBLIGACIONES
  • 2.
    EL PAGO  Esel cumplimiento de la obligación  Se paga al dar una cosa, prestar el servicio u observar la abstención a la que se obligó el deudor  Es la forma natural de extinguir la obligación ¿Cuándo se debe pagar?
  • 3.
    SANEAMIENTO  Es laindemnización que se paga por transmitir un bien respecto del cual no se tenía el derecho real para trasladar el bien a otra persona  Necesidad de reparar los daños y perjuicios causados al adquirente de una cosa por causa de evicción o de vicios ocultos.
  • 4.
     Art 2119,habrá evicción cuando el que adquirió alguna cosa fuere privado del todo o parte de ella por sentencia que cause ejecutoria, en razón de algún derecho anterior a la adquisición  Artículo 2142, se pagará saneamiento por los vicios ocultos de la cosa enajenada que la hagan impropia para los usos a que está destinada
  • 5.
    CONDICIONES PARA LAEVICCIÓN  Que el adquirente de buena fe sufra la perdida total o parcial de la cosa  Que exista sentencia ejecutoria que ordene el despojo del bien  Que la sentencia se funde en un derecho anterior a la adquisición
  • 6.
    SANEAMIENTO POR VICIOSOCULTOS Puede el afectado elegir:  Rescisión del contrato y el pago de los gastos realizados  Rebaja de un porcentaje del precio Deben darse los siguientes requisitos:  Transmisión de una cosa que ya presenta vicios o deficiencias  Que los defectos impidan la utilidad de la cosa  Que los vicios no sean ostensibles
  • 7.
    Obligaciones del adquirente afectado De acuerdo al artículo 2159, el adquirente deberá demostrar la preexistencia de los vicios y su gravedad, pues la ley arroja sobre él la carga de la prueba , al establecer la presunción iuris tantum de que los defectos son posteriores a la adquisición.  Se requiere de prueba pericial para demostrar la temporalidad y gravedad de los defectos y vicios
  • 8.
    TRANSMISIÓN DE LASOBLIGACIONES Cesión de Derechos • Cuando el acreedor mediante contrato cede su derecho (incorpóreo) a un cesionario, sin autorización ni conocimiento previo del deudor (art 2029 CC) Subrogación por pago • Subrogar significa “sustituir” sin extinguir la obligación del deudor principal. • Subrogación legal (2058 CC) • Subrogación convencional (2059 CC) Cesión de deuda • En este caso es el deudor cedente quien transmite el débito a otro, donde en el contrato interviene el Acreedor, el deudor principal y el tercero que asume la deuda (art 2051 CC)