ENSAYO DEL PROTOCOLO DE ESTAMBUL. MEDICINA FORENSE
1. UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
Centro Universitario de Tlajomulco
Médico Cirujano y Partero
4to
semestre
Tema: Ensayo de protocolo Estambul
PRESENTA:
Cuevas Torres Karla Alejandra
Gonzalez Nungaray Jocelyn Noemi
Matricula:
216229164
215667931
Docente:
Hélix Iván Barajas Claderón
Materia:
Medicina Forense
Fecha:23/02/2023
2. Introducción
El Protocolo de Estambul es el primer conjunto de directrices internacionales para la
investigación y documentación de la tortura. El protocolo sirve para dar directrices
comprensivas y prácticas para la valoración de personas que aleguen haber sufrido tortura y
malos tratos, para investigar casos de presunta tortura y para comunicar los hallazgos
realizados a las autoridades pertinentes. Iniciado y coordinado por Médicos para Derechos
Humanos (PHR USA), Acción para Sobrevivientes de Tortura y la Fundación de Derechos
Humanos de Turquía (HRFT), el Protocolo fue elaborado durante tres años por más de 40
organizaciones incluyendo el Consejo Internacional para la Rehabilitación de las víctimas de
la Tortura (IRCT) y la Asociación Mundial de Médicos (WMA).
El objetivo de los datos que se encuentran en la recopilación de reglas y normas de las
naciones unidas en la esfera de prevención del delito y la justicia penal, es que en cada una de
las instancias penitenciarias se cumpla con los estándares de control para una dignificación de
la persona que se encuentra en un proceso penal o en su defecto, ya esté cumpliendo una
sanción por algún delito imputado.
Desarrollo
La tortura es todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores
o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero,
información o una confesión, señala la ONU. Los principios fundamentales de toda
investigacion viable sobre casos de tortura son competencia, imparcialidad, independencia,
prontitud y minuciosidad. Estos elementos pueden adaptarse a cualquier sistema juridico y
deben orientar todas las investigaciones de presuntos casos de tortura.
El objetivo general de la investigacion consiste en aclarar los hechos en relación con
presuntos casos de tortura, con miras a identificar a los responsables de los hechos y facilitar
su procesamiento o a utilizar la informacion en el contexto de otros procedimientos dirigidos
a obtener reparación para las víctimas.
Algo que nos tiene que quedar claro es el papel de los expertos médicos que
participen en la investigación de torturas o malos tratos se conducirán en todo momento
conforme a las normas éticas más estrictas y, en particular, obtendrán el libre consentimiento
de la persona antes de examinar. Los exámenes deben respetar las normas establecidas de la
práctica médica. Concretamente, se llevarán a cabo en privado bajo control del experto
médico y nunca en presencia de agentes de seguridad u otros funcionarios del gobierno. El
experto médico redactar lo antes posible un informe fiel que debe incluir al menos los
siguientes elementos: Las circunstancias de la entrevista,los hechos expuestos, examen físico
y psicológicos, opinión esto hace referencia a una interpretación de la relación probable entre
los síntomas físicos y psicológicos y las posibles torturas o malos tratos que fue sometido.
3. Recomendación de un tratamiento médico y psicológico o de nuevos exámenes algo esencial
es la autoría con esto nos conlleva a que el informe debe ir firmado y en él se debe de
identificar claramente a las personas que hayan llevado a cabo el examen el informe tendrá
carácter confidencial.
Cabe resaltar que el sujeto que fue violentado tiene derecho a negarse a cooperar con
la totalidad o con parte de la investigación. Se hará todo lo posible por acomodar todo el
proceso a su disponibilidad de tiempo y a sus deseos. A la presunta víctma de tortura se le
mantendra regularmente informada sobre el progreso de la investigación. También se le
notificarán todas las audiencias importantes que se realicen en la investigación y el
procesamiento del caso.
-El Estado u organización que establezca una comisión de indagación deberá determinar el
objeto de la investigación especificando el mandato en su autorización.
-La comisión deberá tener a su disposición los servicios de especialistas en patología, ciencia
forense, psiquiatría, psicología, ginecología y pediatría. Para realizar una investigación
totalmente imparcial y minuciosa.
-Las evaluaciones que se realizan a quien acusa tortura son médicas y psicológicas, y de
acuerdo con los lineamientos del Protocolo de Estambul, se deben considerar los factores
psicosociales de la persona que dice haber sido víctima de tortura.
-El investigador tratará de obtener tanta información como sea posible del testimonio de la
presunta víctima. Las circunstancias que condujeron a la tortura, incluido el arresto o el rapto
y la detencion.
-Las fechas y horas aproximadas de la tortura, con mención del momento del ultimo acto de
tortura.
-Una descripción detallada de las personas que intervinieron en el arresto, la detención y la
tortura.
-El investigador organiza el examen médico de la presunta víctima. Es particularmente
importante que ese examen se haga en el momento más oportuno. De todas formas, debe
realizarse independientemente del tiempo que haya transcurrido desde el momento de la
tortura
Cabe aclarar, que los médicos y los psicólogos no son quienes determinan si hubo o no
tortura, ellos sólo aportan pruebas a través de las evaluaciones médico/psicológicas, para que
sea el juez quien así lo determine.
4. Conclusión
Es en este sentido, concluimos que el presente “Protocolo de Estambul”, hace referencia al
tratamiento que las Naciones obedientes del derecho internacional humanitario acordaron en
el duro tema de la tortura. Toma pertinencia para el área de la salud, podemos observar como
en todas las profesiones se trabaja de acuerdo con códigos éticos en los que se describen los
valores comunes y deberes reconocidos de los profesionales y se establecen las normas
morales que se espera que cumplan. un común denominador en todos los conflictos;
lastimosamente es un mal que está lejos de ser erradicado,en la mayoría se realiza una
práctica ilícita en la mayoría de las naciones que mantienen guerra interna y externa, pero tan
cotidiana que pareciera que formará parte de sus procedimientos legales donde la protección
de los derechos de los ciudadanos se ven vulnerados pero lo más importante, es connotar
como ha servido de marco de investigación y ayuda en examinar, valorar y resolver, casos de
abusos y maltratos, es decir torturas en diferentes conflictos y situaciones, haciendo hincapié
en la práctica por parte de las autoridades oficiales de dicha conducta y la incidencia contra el
debido proceso.
Referencias bibliográficas
Gómez, A. G., Arteaga, L., & Canjura, Ó. (2022, 15 noviembre). El Protocolo de Estambul
2022: Un manual para la acción frente a casos de tortura o malos tratos - Agenda.
AgendaEstadodeDerecho.https://agendaestadodederecho.com/el-protocolo-de-estamb
ul-2022/
ProtocoloEstambul|ONU-DH.(s.f.).https://hchr.org.mx/publicaciones/protocolo-de-estambul/
United Nations & United Nations. (2005). Protocolo de Estambul: manual para la
investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles,
inhumanos o degradantes. Naciones Unidas