ENJ-300 El Perito Forense en la Investigación Medico Legal de las Muertes
1. El Perito Forense en la
Investigación Médico Legal de
las Muertes
Dr. Santo Jiménez Páez
Médico Patólogo Forense
2. La indeseable y crónica presencia de la violencia social con
su auge periódico, requiere con frecuencia del auxilio de
la medicina legal.
Los profesionales de esa rama son los encargados de la
realización de las experticias que arrojen luz y aporten
evidencias para una correcta interpretación de las
muertes violentas, súbitas o sospechosas y la severidad
de las lesiones en las víctimas que logran sobrevivir.
3. El Patólogo Forense
Es el encargado de realizar las
necropsias o autopsias para aportar las
evidencias en aquellos casos de
víctimas con lesiones fatales, que le
produzcan la muerte.
4. Medicina Legal
Se define como la rama de las ciencias
medicas encargada de aplicar los
conocimientos de la medicina a fin de
responder las interrogantes judiciales.
5. Las Interrogantes Judiciales
Los requerimientos judiciales incluyen entre
otros: determinar causa, tiempo, lugar y
circunstancias de muerte; identificación de
individuos, evaluación e interpretación de
lesiones corporales, efectos de la violencia en
las víctimas o agresores, naturaleza de los
distintos agentes que causan daño tanto en el
humano como en el medio ambiente y en sus
diferentes componentes ecológicos.
6. Las Interrogantes Judiciales
Los requerimientos judiciales incluyen entre
otros: determinar causa, tiempo, lugar y
circunstancias de muerte; identificación de
individuos, evaluación e interpretación de
lesiones corporales, efectos de la violencia en
las víctimas o agresores, naturaleza de los
distintos agentes que causan daño tanto en el
humano como en el medio ambiente y en sus
diferentes componentes ecológicos.
8. Maneras de muerte
Desde el punto de vista médico legal la muerte
puede ser:
Natural: Cuando no existe ningún elemento
físico, químico o biológico de naturaleza externa
que implique violencia.
Violenta: Existen factores externos de
naturaleza violenta que pueden ser físico,
químicos o biológicos.
9. Cuando el hecho violento implica perdida de
vida, esto genera el levantamiento de un
cadáver el cual debe ser ordenado, presidido y
dirigido por el Ministerio Público quien debe
estar acompañado del perito forense, para que
este certifique la muerte, golpes y heridas.
Este hecho es la primera diligencia judicial que
se realizan en caso de muerte violenta y que sin
duda es el 50% de la autopsia.
10. Necropsia o Autopsia
Es el estudio macro y microscópico del cadáver
conjuntamente con la realización de pruebas
toxicológicas que se hace con la finalidad de
determinar las causas, manera y circunstancias
de la muerte.
11. Ley 136-80
La ley 136-80, promulgada en la gaceta oficial
No. 9532 del 31 de Mayo de 1980.
Declara obligatoria la realización de autopsia
judicial en la instrucción preparatoria del
proceso penal, con la finalidad de presentar
las evidencias como medio de prueba.
12. Establece en su artículo No. 1
Que es obligatoria la realización de autopsia en
los casos de muertes ocurridas en las
circunstancias siguientes:
a) Cuando exista indicio o sospecha de que
halla sido provocada por manos criminales.
b) Por alguna forma de violencia criminal
c) Por muerte repentina o inesperada.
13. a) Si la persona fallece estando en prisión.
e) En los casos de suicidios o sospecha de tal
f) Proviene de un aborto o parto prematuro.
g) En cualquier circunstancia que sea
procedente a juicio del procurador.
14. Establece en su artículo No. 2
Que la autopsia debe tener por finalidad
esencial la determinación de la causa médica
de la muerte, de los Estados Patológicos pre-
existentes, de la forma médico legal del hecho
y del momento en que este se produce.
15. Establece en su artículo No. 9
No podrá hacerse autopsia sin la previa
certificación de la muerte por parte del
Médico Legista, luego de este funcionario
emplear los procedimientos habituales para
asegurar su realidad.
16. Cuando se inicia la investigación médico forense?
Inmediatamente recibe la notificación del evento
y se continúa con la llegada al lugar donde
ocurrieron los hechos.
17. Escena
Es la ubicación en la que ocurre el hecho incluyendo las
cercanías, áreas lindantes y rutas de escape.
Una búsqueda en la escena es conducida con el fin
de ubicar, identificar y preservar la evidencia física.
Además nos permite establecer una relación del hecho y
causalidad entre la víctima y el victimario.
45. Una búsqueda en la escena es conducida con el fin de
ubicar, identificar y preservar la evidencia física.
Además nos permite establecer una relación del hecho y
causalidad entre la víctima y el victimario.
46. De acuerdo al tipo de incidente y a la complejidad de la
escena, el investigador a cargo debe definir la
conformación de su equipo de trabajo. Personal
entrenado debe procesar la escena.
El investigador a cargo debe evaluar la escena con el fin
de determinar si se requieren recursos especializados.
47. Trate de que ninguna persona ajena al equipo toque el
cuerpo de la víctima, así como las evidencias y
pertenencias, hasta que el forense y las demás
autoridades no hayan concluido el examen.
48. Es cualquier objeto, sustancia, documento relacionado
con un hecho y que puede depender de la víctima, del
autor del crimen y su ambiente y del lugar de los hechos.
Evidencia
49. Es cualquier objeto (prenda de vestir, documento) que no
esté relacionado con un hecho.
Nota: En determinadas circunstancias una pertenencia se
convierte en una evidencia.
Pertenencia
50. Son aquellos elementos que permiten la demostración de
la realidad de un hecho.
La Prueba
51. En el área de investigación médico forense hay cosas que
parecen ser y no son en tanto que hay otras que lo son
sin parecerlo. Distinguir lo real y verdadero de lo aparente
y falso no es siempre una tarea fácil.