1. ESTADO DE EMERGENCIA ESTADO DE SITIO
SEMEJANZAS
Se restringen los derechos a la
libertad y a la seguridad
personales, la inviolabilidad del
domicilio, y la libertad de reunión y
de tránsito en el territorio.
-En ambas actua las FF.AA
-Derecho a suspender guerras
-Ambos organismos son publicas y
autónomas
-La libertad de transito
-La libertad de reunión
Se restringen Derecho a la
vida. Derecho a la integridad
personal. Prohibición de la esclavitud
y servidumbre. Principio de legalidad
y retroactividad.
-En ambas actúa las FF.AA
-Derecho a suspender guerras
-Ambos organismos son públicos y
autónomas
-perturbación de la paz
-Graves circunstancias que afectan la
vida de la nación
DIFERENCIAS
– Se establecen los supuestos
habilitantes como perturbación de la
paz o del orden interno, catástrofes y
graves circunstancias que afecten la
vida de la Nación.
– Los derechos y libertades que se
restringen son: inviolabilidad del
domicilio, libertad de reunión,
libertad de tránsito, y libertad y
seguridad personales.
– No excede de 60 días, es
prorrogable mediante nuevo decreto
supremo.
– Puede ser total o parcial, en todo el
territorio o parte de él.
– Se establecen los supuestos
habilitantes como en caso de invasión,
guerra exterior, guerra civil, o peligro
inminente de que se produzcan.
– Se debe indicar los derechos que no se
restringen.
– El plazo correspondiente no excede
los 45 días.
– La prórroga requiere aprobación del
Congreso.