MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
ANEE evaluación promoción
1. Evaluación y promoción de los ANEE
La evaluación y promoción de los alumnos con necesidades educativas especiales está
regulada específicamente en la Orden de 14 de febrero de 1996 (BOE de 23/2/96). Los Reales
Decretos que establecen el currículo de E. Infantil, Primaria, ESO y Bachillerato hacen algunas
precisiones también con respecto a la evaluación en cada una de estas etapas educativas.
Evaluación de los Alumnos con Necesidades Educativas Especiales
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
ESO y Bachillerato
Formación Profesional Específica
La evaluación de los aprendizajes de los ANEE en aquellas áreas o materias que
hubieran sido objeto de adaptaciones curriculares significativas, se efectuará
tomando como referencia los objetivos y criterios de evaluación fijados para ellos
en las adaptaciones correspondientes. Podrán suspender si no alcanzan los
objetivos y los criterios fijados para ellos en su adaptación
La evaluación se hará tomando como
referencia los criterios de evaluación
para ellos propuestos, que, en todo
caso, asegurarán un nivel suficiente de
consecución de las capacidades
correspondientes.
CALIFICACIONES
ESO, Bachillerato y Formación Profesional Específica
Las calificaciones de materias objeto de adaptaciones curriculares significativas se expresarán en los mismos términos y
utilizarán las mismas escalas que los ya establecidos. Los que tienen adaptación curricular aparecerán en el acta con un
asterisco, bien sea con valoración positiva o negativa.
La información que se proporcione a los alumnos o padres constará, además, de una valoración cualitativa de su progreso
respecto a los objetivos propuestos en su adaptación.
REGISTRO DE LAS ADAPTACIONES CURRICULARES
ESO, Bachillerato y Formación Profesional Específica
Las adaptaciones curriculares significativas se expresarán en los mismos términos y utilizarán las mismas escalas que los
establecidos para todo el alumnado en general.
La información que se proporcione a los alumnos y a los padres constará, además, de una valoración cualitativa de su
progreso respecto a los objetivos propuestos para su adaptación.
EXENCIONES
Bachillerato
Formación Profesional Específica
ESO
No existen
Podrán solicitare por la Dirección
General de Renovación Pedagógica,
exclusivamente para los alumnos con
problemas graves de audición, visión y
motricidad cuando circunstancias
excepcionales, debidamente
acreditadas así lo aconsejen. Son
válidas para las pruebas de acceso a
la Universidad.
No existen
2. PERMANENCIA Y PROMOCIÓN
Bachillerato
Formación Profesional Específica
ESO
La decisión de promoción se adopta
cuando el alumno ha alcanzado los
objetivos propuestos para él.
Sólo se propone la permanencia de un
año más en el ciclo/nivel cuando:
El Bachillerato podrá cursarse
fragmentando en bloques las materias.
En este caso, los dos cursos de
duración podrán ampliarse en dos
más.
− Se prevé que alcance los objetivos o
la titulación correspondiente.
Los ANEE asociadas a discapacidad,
están autorizados a:
− Cursar las actividades programadas
para cada módulo un máximo de
cuatro veces
− Presentarse a la evaluación y
calificación un máximo de seis
veces.
− Se deriven beneficios para su
socialización.
− Si tiene todo con valoración positiva,
deberá pasar de curso aunque sea
con adaptaciones
TITULACIÓN
Bachillerato
Formación Profesional Específica
ESO
Se obtendrá el título de graduado en
ESO si el alumno hubiera alcanzado,
en términos globales, las
competencias básicas establecidos
para esta etapa.
La estimación de haber alcanzado los
objetivos generales se hará en función
de la madurez del alumno.
Se propondrá la expedición del Título
de Bachiller a los alumnos con
problemas graves de audición, visión y
motricidad que tengan exenciones o
adaptaciones significativas en algunas
materias cuando hubiesen obtenido
calificación positiva tanto en éstas
como en las restantes materias.
Serán propuestos para la expedición
de la titulación correspondiente
aquellos alumnos que superen las
enseñanzas correspondientes, en
aplicación de lo especificado en el
apartado de criterios de evaluación.
Un alumno que tenga todo valorado
positivamente en 4º con los asterisco,
puede no titular porque el equipo
docente evalúe que no ha conseguido
las competencias exigidas para titular.
Un alumno que lleve asterisco en
algunas materias, pero se considere
que ha alcanzado las competencias
básicas, puede titular.
El referente para titular son las
competencias básicas exigidas para
obtener el título de ESO.
Es necesario realizar las adaptaciones curriculares
significativas para guardarlas en los expedientes
académicos.
Fdo: Pilar Sánchez
Jefa del Departamento de Orientación