El fallo de la Corte de La Haya de 2012 estableció la frontera marítima entre Colombia y Nicaragua. La Corte le otorgó a Nicaragua una zona marítima de más de 50,000 km2 y confirmó la soberanía colombiana sobre el archipiélago de San Andrés y varios cayos. El fallo tuvo consecuencias en ambos países y generó desacuerdo en Colombia sobre algunos aspectos de la delimitación marítima trazada.
FALLO DE LA CORTE DE LA HAYA (2012), COLOMBIA - NICARAGUAStellita Ordoñez
La Corte Internacional de Justicia falló a favor de Nicaragua en la disputa territorial y de delimitación marítima con Colombia en el mar Caribe. El fallo amplió el espacio marítimo de Nicaragua y ratificó la soberanía colombiana sobre las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Sin embargo, Colombia perdió el control sobre una importante porción de zona marítima al este del meridiano 82, la cual fue reconocida como soberanía de Nicaragua. El fallo generó reaccusiones en ambos países y ha tenido efectos sobre la exploración de recurs
El documento describe varios métodos para la solución pacífica de conflictos internacionales, incluyendo la negociación diplomática, mediación, conciliación, investigación y arbitraje. Explica los procesos y diferencias entre estos métodos, con un enfoque en la Corte Permanente de Arbitraje y la Corte Internacional de Justicia como organismos clave para la resolución de disputas entre naciones.
El Reenvio en el Derecho Internacional Privadomatris28
Este documento explica el concepto de reenvío en Derecho Internacional Privado. El reenvío ocurre cuando la ley de un estado remite la solución de un caso a la legislación de otro estado, y esta legislación a su vez remite el caso a la primera legislación u otra. El documento analiza los orígenes del reenvío, diferentes tipos de reenvío, justificaciones y críticas de la doctrina del reenvío, y su aceptación en el derecho positivo.
El documento describe la evolución del derecho consular desde sus orígenes en la antigua Grecia hasta su forma actual. Originalmente surgió para proteger a los comerciantes que viajaban a otros lugares, y con el tiempo se desarrollaron figuras como los proxenes y los nautodicas. En la Edad Media, las instituciones consulares se extendieron por Europa y el Mediterráneo para resolver disputas comerciales. Hoy en día, los cónsules tienen funciones como proteger a los ciudadanos en el extranjero, promover las relaciones bilaterales y
Este documento clasifica y define diferentes tipos de obligaciones. Describe las obligaciones según su objeto, efectos, sujetos y otras características. También cubre obligaciones condicionales, a plazo, modales, de especie o cuerpo cierto y naturales.
Merejildo.Genoveva.Unidad 4. Actividad 2. Doctrinas de Reconocimiento de Gobi...Genoveva Merejildo
Este documento describe dos doctrinas de reconocimiento de gobierno: la Doctrina Tobar y la Doctrina Estrada. La Doctrina Tobar surgió en 1907 y sostenía que los gobiernos no debían reconocer a aquellos que llegaran al poder por la fuerza sin ser legítimos constitucionalmente. La Doctrina Estrada, enunciada en 1930 por México, establecía que ese país no se pronunciaría sobre el reconocimiento de otros gobiernos, considerando esa práctica ofensiva a la soberanía de otras naciones.
Este documento proporciona una introducción al arbitraje internacional, resumiendo su historia, tipos y principales características. Comienza describiendo los antecedentes históricos del arbitraje desde los siglos XV-XIX, cuando comenzó a institucionalizarse. Luego resume los tres tipos de arbitraje internacional, las características del proceso arbitral, el rol del árbitro y los laudos. Finalmente, brinda detalles sobre la Corte Permanente de Arbitraje, como su creación y funciones en facilitar el arbitra
El documento explica los diferentes tipos de términos en las obligaciones contractuales. Define términos fijos, extintivos y suspensivos. Indica que el término solo retrasa la ejecución de la obligación a diferencia de la condición. También cubre términos conocidos y desconocidos, convencionales, legales y judiciales. Señala que el término generalmente beneficia al deudor pero que este no puede reclamarlo si ha quebrado o disminuido las garantías.
FALLO DE LA CORTE DE LA HAYA (2012), COLOMBIA - NICARAGUAStellita Ordoñez
La Corte Internacional de Justicia falló a favor de Nicaragua en la disputa territorial y de delimitación marítima con Colombia en el mar Caribe. El fallo amplió el espacio marítimo de Nicaragua y ratificó la soberanía colombiana sobre las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Sin embargo, Colombia perdió el control sobre una importante porción de zona marítima al este del meridiano 82, la cual fue reconocida como soberanía de Nicaragua. El fallo generó reaccusiones en ambos países y ha tenido efectos sobre la exploración de recurs
El documento describe varios métodos para la solución pacífica de conflictos internacionales, incluyendo la negociación diplomática, mediación, conciliación, investigación y arbitraje. Explica los procesos y diferencias entre estos métodos, con un enfoque en la Corte Permanente de Arbitraje y la Corte Internacional de Justicia como organismos clave para la resolución de disputas entre naciones.
El Reenvio en el Derecho Internacional Privadomatris28
Este documento explica el concepto de reenvío en Derecho Internacional Privado. El reenvío ocurre cuando la ley de un estado remite la solución de un caso a la legislación de otro estado, y esta legislación a su vez remite el caso a la primera legislación u otra. El documento analiza los orígenes del reenvío, diferentes tipos de reenvío, justificaciones y críticas de la doctrina del reenvío, y su aceptación en el derecho positivo.
El documento describe la evolución del derecho consular desde sus orígenes en la antigua Grecia hasta su forma actual. Originalmente surgió para proteger a los comerciantes que viajaban a otros lugares, y con el tiempo se desarrollaron figuras como los proxenes y los nautodicas. En la Edad Media, las instituciones consulares se extendieron por Europa y el Mediterráneo para resolver disputas comerciales. Hoy en día, los cónsules tienen funciones como proteger a los ciudadanos en el extranjero, promover las relaciones bilaterales y
Este documento clasifica y define diferentes tipos de obligaciones. Describe las obligaciones según su objeto, efectos, sujetos y otras características. También cubre obligaciones condicionales, a plazo, modales, de especie o cuerpo cierto y naturales.
Merejildo.Genoveva.Unidad 4. Actividad 2. Doctrinas de Reconocimiento de Gobi...Genoveva Merejildo
Este documento describe dos doctrinas de reconocimiento de gobierno: la Doctrina Tobar y la Doctrina Estrada. La Doctrina Tobar surgió en 1907 y sostenía que los gobiernos no debían reconocer a aquellos que llegaran al poder por la fuerza sin ser legítimos constitucionalmente. La Doctrina Estrada, enunciada en 1930 por México, establecía que ese país no se pronunciaría sobre el reconocimiento de otros gobiernos, considerando esa práctica ofensiva a la soberanía de otras naciones.
Este documento proporciona una introducción al arbitraje internacional, resumiendo su historia, tipos y principales características. Comienza describiendo los antecedentes históricos del arbitraje desde los siglos XV-XIX, cuando comenzó a institucionalizarse. Luego resume los tres tipos de arbitraje internacional, las características del proceso arbitral, el rol del árbitro y los laudos. Finalmente, brinda detalles sobre la Corte Permanente de Arbitraje, como su creación y funciones en facilitar el arbitra
El documento explica los diferentes tipos de términos en las obligaciones contractuales. Define términos fijos, extintivos y suspensivos. Indica que el término solo retrasa la ejecución de la obligación a diferencia de la condición. También cubre términos conocidos y desconocidos, convencionales, legales y judiciales. Señala que el término generalmente beneficia al deudor pero que este no puede reclamarlo si ha quebrado o disminuido las garantías.
El documento presenta información sobre el derecho procesal, definiéndolo como la rama del derecho que regula la organización de los tribunales y la actuación de las personas involucradas en procesos judiciales. Explica conceptos básicos como jurisdicción, acción, proceso y objeto del proceso, e introduce los principios procesales como debido proceso, cosa juzgada y preclusión. Finalmente, distingue entre las diferentes ramas del derecho procesal como civil, penal, administrativo y laboral.
Este documento describe tres formas de solución de conflictos: 1) autotutela, que permite al titular resolver el conflicto sin necesidad de facultades legales; 2) autocomposición, mediante acuerdos entre las partes; y 3) heterocomposición, donde un tercero como un árbitro o juez resuelve el conflicto. Incluye ejemplos de cada forma como legítima defensa, transacción y arbitraje.
El documento resume la historia de la codificación del derecho civil en Alemania. Después de que el Código Napoleónico influyera en gran parte de Europa, Thibaut abogó por un código unificado para Alemania en 1814. Sin embargo, Savigny y la Escuela Histórica se opusieron, argumentando que el derecho evoluciona orgánicamente de acuerdo con la cultura de cada pueblo. A pesar de esto, en 1871 Alemania se unificó y en 1896 se promulgó el Código Civil Alemán (BGB) después de más de 20
Este documento describe la teoría general del reconocimiento en derecho internacional público. Define el reconocimiento como un acto jurídico, voluntario, discrecional, oportuno, individual e irrevocable a través del cual un sujeto de derecho internacional reconoce a otro como sujeto de derecho internacional. También discute las teorías del reconocimiento de estado y gobierno.
Este documento describe las fuentes de las obligaciones, incluyendo los actos jurídicos voluntarios e involuntarios y los hechos jurídicos. Explica que los actos jurídicos voluntarios, como los contratos y actos unipersonales, buscan tanto los efectos naturales como los jurídicos de la conducta, mientras que los actos involuntarios solo buscan los efectos naturales. Además, proporciona detalles sobre los elementos, requisitos y etapas de un contrato válido.
El documento describe las fuentes del Derecho Internacional Público, incluyendo tratados, costumbres internacionales, principios generales de derecho y jurisprudencia. Explica que los tratados son la fuente más importante dado que requieren el consentimiento expreso de los Estados. También describe los elementos necesarios para que una costumbre se convierta en una norma jurídica vinculante, como la práctica reiterada y la convicción de que dicha práctica es obligatoria. Finalmente, resume las fuentes que la Corte Internacional de Justicia aplica de ac
Capitulo 7 efectos de las obligaciones - primera partevglibota
1) Los efectos de las obligaciones incluyen derechos y deberes para el acreedor y el deudor. Para el acreedor, estos incluyen el derecho a exigir el cumplimiento de la prestación y obtener una indemnización en caso de incumplimiento. Para el deudor, estos incluyen el deber de cumplir la prestación y el derecho a liberarse de la obligación una vez cumplida.
2) Los efectos se proyectan sobre los sujetos de la obligación y sus sucesores. También pueden alcanzar a ter
Las principales fuentes del derecho internacional público son los tratados internacionales, la costumbre internacional y los principios generales del derecho. Otras fuentes incluyen resoluciones de organismos internacionales, actos unilaterales y acuerdos ejecutivos internos. Existen diferentes teorías sobre la recepción del derecho internacional en el derecho interno de los estados, como las teorías dualista, monista y del pluralismo jurídico.
Este documento trata sobre un seminario sobre incidentes en materia civil. Se divide en dos partes principales. La primera parte cubre las excepciones y medios de inadmisión como la excepción de incompetencia, litispendencia, conexidad y nulidad. La segunda parte trata sobre incidentes de la instancia como la unión o desunión de instancias, interrupción y suspensión de la instancia, y demandas incidentales. El documento proporciona detalles legales sobre cada uno de estos temas.
Este documento clasifica y define los bienes y las cosas en el derecho civil. Explica que las cosas son el objeto más amplio, mientras que los bienes son cosas susceptibles de apropiación. Procede a clasificar los bienes según su naturaleza (muebles e inmuebles), divisibilidad, certidumbre y otros atributos, definiendo cada categoría. El documento provee una descripción completa de la clasificación de bienes en el derecho civil.
La copropiedad permite que dos o más personas tengan derechos sobre el mismo bien de forma común. Existen copropiedades voluntarias y forzosas, temporales y permanentes, sobre bienes determinados o un patrimonio. Los copropietarios deben aprobar por mayoría los actos de administración y de forma unánime los actos de dominio. La copropiedad termina por división, destrucción del bien, enajenación o consolidación de cuotas en un solo propietario.
El documento define el uso como un derecho real temporal para usar y disfrutar de los bienes ajenos sin alterar su forma o sustancia, permitiendo usar los frutos para la necesidad del usuario y su familia. El uso se establece para recibir los frutos de la cosa ajena hasta el límite de la necesidad del usuario y su familia, sin poder alterar la sustancia de la cosa o alquilarla si es una vivienda.
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 7edgardoquispe
El documento presenta una definición de la responsabilidad civil y describe sus dos aspectos: contractual y extracontractual. También describe los requisitos de la responsabilidad civil como la antijuricidad, el daño causado y la relación de causalidad. Finalmente, analiza conceptos como el dolo, la culpa inexcusable, la culpa leve y las consecuencias de la prestación no ejecutada por causa no imputable al deudor.
Este documento describe los elementos y tipos de delitos de omisión en el derecho penal. Explica que un delito de omisión implica no hacer lo que la ley manda y vulnera la norma imperativa. Describe dos tipos de delitos de omisión: delitos de simple omisión que involucran inactividad voluntaria, y delitos de comisión por omisión que ocurren cuando el omitente tiene el deber de impedir un resultado antijurídico pero no lo hace. Los elementos comunes de un delito de omisión son la inactividad voluntaria, un
El documento explica las diferencias entre obligaciones mancomunadas y solidarias. Las obligaciones mancomunadas dividen la deuda entre los deudores de forma que cada uno solo es responsable de una parte, mientras que en las obligaciones solidarias cada deudor es responsable de toda la deuda. También describe los efectos entre el acreedor y los deudores solidarios, así como entre los propios codeudores solidarios.
El documento describe el sistema interamericano de derechos humanos, el cual está constituido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La Comisión fue creada en 1959 y tiene la función de promover y proteger los derechos humanos en el continente americano, recibiendo denuncias individuales y realizando informes. La Corte, creada en 1969, tiene competencia judicial para casos remitidos por la Comisión.
ENJ 200 - Módulo I Protección de los Derechos Fundamentales en el Sistema Jur...ENJ
Presentación
Módulo I - Protección de los Derechos Fundamentales en el Sistema Jurídico Dominicano y en el Sistema Interamericano
ENJ-1-206-14-01 Curso Derecho de Amparo
Escuela Nacional de la Judicatura
Este documento describe los diferentes tipos de competencia en el sistema judicial dominicano, incluyendo la competencia de atribución, territorial, y prorrogada. Explica que la competencia se determina por la materia del caso y el territorio, y cubre las competencias en asuntos civiles, penales, laborales, inmobiliarios y constitucionales. También discute el privilegio de jurisdicción en materia penal y la competencia implícita y funcional.
Colombia y Nicaragua mantienen un conflicto limítrofe sobre las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Las islas se encuentran dentro de la plataforma continental submarina y el mar territorial de Nicaragua, aunque en 1928 el Tratado Esguerra-Bárcenas reconoció la soberanía colombiana sobre dichas islas.
Este documento analiza el fallo de la Corte Internacional de Justicia sobre la disputa marítima entre Colombia y Nicaragua desde la perspectiva de la negociación internacional. Se discuten tres estrategias: 1) Colombia no estableció estrategias posicionales favorables al retirarse del Pacto de Bogotá; 2) La comunicación entre los equipos negociadores fue deficiente; 3) Nicaragua mostró más compromiso al destinar recursos a la litigación, mientras que Colombia adoptó una estrategia ambigua de acatar pero no aplicar el fallo. El documento también
El documento presenta información sobre el derecho procesal, definiéndolo como la rama del derecho que regula la organización de los tribunales y la actuación de las personas involucradas en procesos judiciales. Explica conceptos básicos como jurisdicción, acción, proceso y objeto del proceso, e introduce los principios procesales como debido proceso, cosa juzgada y preclusión. Finalmente, distingue entre las diferentes ramas del derecho procesal como civil, penal, administrativo y laboral.
Este documento describe tres formas de solución de conflictos: 1) autotutela, que permite al titular resolver el conflicto sin necesidad de facultades legales; 2) autocomposición, mediante acuerdos entre las partes; y 3) heterocomposición, donde un tercero como un árbitro o juez resuelve el conflicto. Incluye ejemplos de cada forma como legítima defensa, transacción y arbitraje.
El documento resume la historia de la codificación del derecho civil en Alemania. Después de que el Código Napoleónico influyera en gran parte de Europa, Thibaut abogó por un código unificado para Alemania en 1814. Sin embargo, Savigny y la Escuela Histórica se opusieron, argumentando que el derecho evoluciona orgánicamente de acuerdo con la cultura de cada pueblo. A pesar de esto, en 1871 Alemania se unificó y en 1896 se promulgó el Código Civil Alemán (BGB) después de más de 20
Este documento describe la teoría general del reconocimiento en derecho internacional público. Define el reconocimiento como un acto jurídico, voluntario, discrecional, oportuno, individual e irrevocable a través del cual un sujeto de derecho internacional reconoce a otro como sujeto de derecho internacional. También discute las teorías del reconocimiento de estado y gobierno.
Este documento describe las fuentes de las obligaciones, incluyendo los actos jurídicos voluntarios e involuntarios y los hechos jurídicos. Explica que los actos jurídicos voluntarios, como los contratos y actos unipersonales, buscan tanto los efectos naturales como los jurídicos de la conducta, mientras que los actos involuntarios solo buscan los efectos naturales. Además, proporciona detalles sobre los elementos, requisitos y etapas de un contrato válido.
El documento describe las fuentes del Derecho Internacional Público, incluyendo tratados, costumbres internacionales, principios generales de derecho y jurisprudencia. Explica que los tratados son la fuente más importante dado que requieren el consentimiento expreso de los Estados. También describe los elementos necesarios para que una costumbre se convierta en una norma jurídica vinculante, como la práctica reiterada y la convicción de que dicha práctica es obligatoria. Finalmente, resume las fuentes que la Corte Internacional de Justicia aplica de ac
Capitulo 7 efectos de las obligaciones - primera partevglibota
1) Los efectos de las obligaciones incluyen derechos y deberes para el acreedor y el deudor. Para el acreedor, estos incluyen el derecho a exigir el cumplimiento de la prestación y obtener una indemnización en caso de incumplimiento. Para el deudor, estos incluyen el deber de cumplir la prestación y el derecho a liberarse de la obligación una vez cumplida.
2) Los efectos se proyectan sobre los sujetos de la obligación y sus sucesores. También pueden alcanzar a ter
Las principales fuentes del derecho internacional público son los tratados internacionales, la costumbre internacional y los principios generales del derecho. Otras fuentes incluyen resoluciones de organismos internacionales, actos unilaterales y acuerdos ejecutivos internos. Existen diferentes teorías sobre la recepción del derecho internacional en el derecho interno de los estados, como las teorías dualista, monista y del pluralismo jurídico.
Este documento trata sobre un seminario sobre incidentes en materia civil. Se divide en dos partes principales. La primera parte cubre las excepciones y medios de inadmisión como la excepción de incompetencia, litispendencia, conexidad y nulidad. La segunda parte trata sobre incidentes de la instancia como la unión o desunión de instancias, interrupción y suspensión de la instancia, y demandas incidentales. El documento proporciona detalles legales sobre cada uno de estos temas.
Este documento clasifica y define los bienes y las cosas en el derecho civil. Explica que las cosas son el objeto más amplio, mientras que los bienes son cosas susceptibles de apropiación. Procede a clasificar los bienes según su naturaleza (muebles e inmuebles), divisibilidad, certidumbre y otros atributos, definiendo cada categoría. El documento provee una descripción completa de la clasificación de bienes en el derecho civil.
La copropiedad permite que dos o más personas tengan derechos sobre el mismo bien de forma común. Existen copropiedades voluntarias y forzosas, temporales y permanentes, sobre bienes determinados o un patrimonio. Los copropietarios deben aprobar por mayoría los actos de administración y de forma unánime los actos de dominio. La copropiedad termina por división, destrucción del bien, enajenación o consolidación de cuotas en un solo propietario.
El documento define el uso como un derecho real temporal para usar y disfrutar de los bienes ajenos sin alterar su forma o sustancia, permitiendo usar los frutos para la necesidad del usuario y su familia. El uso se establece para recibir los frutos de la cosa ajena hasta el límite de la necesidad del usuario y su familia, sin poder alterar la sustancia de la cosa o alquilarla si es una vivienda.
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 7edgardoquispe
El documento presenta una definición de la responsabilidad civil y describe sus dos aspectos: contractual y extracontractual. También describe los requisitos de la responsabilidad civil como la antijuricidad, el daño causado y la relación de causalidad. Finalmente, analiza conceptos como el dolo, la culpa inexcusable, la culpa leve y las consecuencias de la prestación no ejecutada por causa no imputable al deudor.
Este documento describe los elementos y tipos de delitos de omisión en el derecho penal. Explica que un delito de omisión implica no hacer lo que la ley manda y vulnera la norma imperativa. Describe dos tipos de delitos de omisión: delitos de simple omisión que involucran inactividad voluntaria, y delitos de comisión por omisión que ocurren cuando el omitente tiene el deber de impedir un resultado antijurídico pero no lo hace. Los elementos comunes de un delito de omisión son la inactividad voluntaria, un
El documento explica las diferencias entre obligaciones mancomunadas y solidarias. Las obligaciones mancomunadas dividen la deuda entre los deudores de forma que cada uno solo es responsable de una parte, mientras que en las obligaciones solidarias cada deudor es responsable de toda la deuda. También describe los efectos entre el acreedor y los deudores solidarios, así como entre los propios codeudores solidarios.
El documento describe el sistema interamericano de derechos humanos, el cual está constituido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La Comisión fue creada en 1959 y tiene la función de promover y proteger los derechos humanos en el continente americano, recibiendo denuncias individuales y realizando informes. La Corte, creada en 1969, tiene competencia judicial para casos remitidos por la Comisión.
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Presentación
Módulo I - Protección de los Derechos Fundamentales en el Sistema Jurídico Dominicano y en el Sistema Interamericano
ENJ-1-206-14-01 Curso Derecho de Amparo
Escuela Nacional de la Judicatura
Este documento describe los diferentes tipos de competencia en el sistema judicial dominicano, incluyendo la competencia de atribución, territorial, y prorrogada. Explica que la competencia se determina por la materia del caso y el territorio, y cubre las competencias en asuntos civiles, penales, laborales, inmobiliarios y constitucionales. También discute el privilegio de jurisdicción en materia penal y la competencia implícita y funcional.
Colombia y Nicaragua mantienen un conflicto limítrofe sobre las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Las islas se encuentran dentro de la plataforma continental submarina y el mar territorial de Nicaragua, aunque en 1928 el Tratado Esguerra-Bárcenas reconoció la soberanía colombiana sobre dichas islas.
Este documento analiza el fallo de la Corte Internacional de Justicia sobre la disputa marítima entre Colombia y Nicaragua desde la perspectiva de la negociación internacional. Se discuten tres estrategias: 1) Colombia no estableció estrategias posicionales favorables al retirarse del Pacto de Bogotá; 2) La comunicación entre los equipos negociadores fue deficiente; 3) Nicaragua mostró más compromiso al destinar recursos a la litigación, mientras que Colombia adoptó una estrategia ambigua de acatar pero no aplicar el fallo. El documento también
El documento describe la historia de la disputa territorial entre Colombia y Nicaragua sobre las islas de San Andrés y Providencia. Explica que en 1803 la costa de Mosquitos pasó a formar parte del Virreinato de la Nueva Granada, del cual también formaban parte San Andrés, Panamá y parte de Nicaragua. Más tarde, Nicaragua y Panamá se independizaron de las provincias unidas de Centroamérica y Colombia respectivamente. En 1928, Colombia y Nicaragua firmaron el Tratado Esguerra-Barcenas, en el que Nicaragua reconoci
La Corte Internacional de Justicia falló una disputa de fronteras marítimas entre Colombia y Nicaragua. La corte otorgó la soberanía de varias islas y cayos a Colombia, pero trazó una nueva frontera marítima que divide por igual la zona de plataforma continental disputada entre los dos países. La corte rechazó otras demandas de Nicaragua.
El documento resume el fallo de la Corte de La Haya de 2012 sobre la delimitación de la frontera marítima entre Colombia y Nicaragua, otorgando la mayor parte del área en disputa a Nicaragua. También describe brevemente a La Haya como la sede del gobierno holandés que alberga importantes instituciones como la Corte Suprema y donde se encuentra la Corte Internacional de Justicia que emitió el fallo. Finalmente, menciona la reacción negativa de Colombia al anuncio de Nicaragua de construir un canal interoceánico en el territorio que le fue ot
Este documento trata sobre los principales problemas limítrofes que ha tenido Nicaragua a lo largo de su historia con los países vecinos de Costa Rica, Colombia y Honduras. Explica las características y causas de estos problemas limítrofes y analiza específicamente los casos de la disputa sobre el territorio de Guanacaste/Nicoya con Costa Rica, las islas de San Andrés y Providencia reclamadas por Colombia, y los límites marítimos con Honduras. El objetivo es caracterizar estos conflictos limítrofes históricos y
Colombia enfrenta varios problemas fronterizos con sus países vecinos. Con Brasil, la explotación ilegal de oro y la presencia de guerrillas y narcotraficantes han generado inestabilidad. Con Ecuador y Perú, el comercio ilegal de armas y la migración de desplazados colombianos son problemas clave. Con Venezuela, la falta de demarcación clara de la frontera y el contrabando han creado desafíos. En general, los problemas internos de Colombia se han extendido regionalmente y afectan la seguridad y econom
El documento presenta el diferendo marítimo y territorial entre Nicaragua y Colombia. En primer lugar, hace una breve reseña de los antecedentes históricos de la disputa sobre la soberanía del archipiélago de San Andrés. Luego, resume las consideraciones preliminares de la Corte Internacional de Justicia en su fallo de 2007, donde define el objeto de la controversia. Por último, introduce brevemente el procedimiento de solución de controversias de la Corte y las teorías de formación de tratados que serán analizadas para entender la posible solución jur
La disputa por los territorios marítimo entre Nicaragua y Colombia en cuanto a las islas de San Andres, Providencia y Santa Catalina, es una controversia que lleva más de 200 años.
Los partidos políticos son agrupaciones de personas con diferentes opiniones sobre cómo debería gobernarse la sociedad. Surgen en el siglo XIX en Colombia como resultado de las influencias de terratenientes y comerciantes, dando origen al Partido Liberal y Conservador. Mientras los conservadores querían que la iglesia guiara al estado, los liberales se oponían a esto y buscaban la libertad de cultos.
Casos Modelo Corte Internacional De Justicianazhlycote
La Corte Internacional de Justicia es el principal órgano judicial de la ONU y se encarga de resolver disputas legales entre estados soberanos y dar opiniones consultivas. Tiene su sede en La Haya y sucedió a la Corte Permanente de Justicia Internacional en 1946. En este caso simulado, Perú presenta una demanda contra Chile sobre la delimitación de sus zonas marítimas en el Océano Pacífico. México también presenta una solicitud para interpretar la sentencia de la CIJ en el caso Avena y Other Mexican Nationals contra Estados Unidos.
El documento describe varios planes de desarrollo económico y social implementados en Colombia entre 1970-1990. El primer plan de 1970-1973 se enfocó en la reestructuración de la tenencia de la tierra. El plan de 1974-1978 conocido como "Las cuatro estrategias" promovió la construcción, exportaciones, tecnificación agrícola e impuestos progresivos. Los planes subsiguientes buscaron cerrar brechas sociales, descentralización, y combatir la pobreza a través de planes de rehabilitación y desarrollo campesino.
Estructura basica del atomo y sus interaccionesprofesoralorna
El documento describe la estructura básica del átomo y sus interacciones. Explica que los átomos están formados por partículas subatómicas como protones, neutrones y electrones. Los protones y neutrones se encuentran en el núcleo mientras que los electrones orbitan en la corteza. También describe cómo los átomos pueden formar iones al ganar o perder electrones, y cómo los iones y átomos comparten electrones para formar enlaces iónicos y covalentes.
Este documento analiza los posibles conflictos entre los tratados internacionales y el orden interno en Venezuela a la luz de la Constitución. Examina las teorías monista y dualista sobre cómo el derecho internacional se relaciona con el derecho interno. Concluye que la Constitución venezolana no adopta estrictamente ninguna teoría, sino más bien una postura mixta, aplicando en algunos casos la teoría monista y en otros la dualista.
Conflictos de colombia con paises limitrofesIsabel Velez
Colombia mantiene conflictos limítrofes con Nicaragua sobre las Islas de San Andrés y con Venezuela sobre la definición de los límites marítimos en el Mar Caribe. Además, los problemas de orden público en Colombia han hecho que las relaciones con países vecinos como Brasil, Venezuela y Ecuador se debiliten afectando las negociaciones sobre fronteras.
Este documento resume varios conflictos internacionales de Colombia a lo largo de su historia, incluyendo la guerra Colombo-Peruana de 1932-1935 sobre territorio amazónico, disputas de fronteras marítimas y territorios con países vecinos como Perú, Venezuela, Ecuador, Jamaica, Honduras, Estados Unidos, Nicaragua y Panamá, y crisis diplomáticas recientes con Venezuela, Ecuador y Panamá sobre temas como presencia de guerrillas y delimitación de fronteras.
Este documento ofrece instrucciones para redactar un ensayo académico. Explica que un ensayo presenta ideas sobre un tema de forma organizada y con estilo formal. Se divide en tres partes: introducción, cuerpo y conclusión. La introducción presenta la idea principal y atrae al lector. El cuerpo desarrolla y apoya la idea principal con evidencias. La conclusión resume brevemente el ensayo y reafirma la tesis. Además, proporciona ejemplos de cada sección y estrategias para redactar el cuerpo del ens
El documento resume una disputa territorial entre Colombia y Nicaragua sobre un grupo de islas en el Caribe. La Corte Internacional de Justicia falló a favor de Colombia, determinando que las islas le pertenecen según un tratado de 1928 y estableciendo las fronteras marítimas en base a la soberanía colombiana sobre las islas. Nicaragua había argumentado que Colombia no tenía derechos legales sobre las islas, pero la corte rechazó parcialmente este argumento y falló a favor de Colombia en la disputa de larga data.
El fallo de la CIJ sobre las fronteras marítimas entre Colombia y NicaraguaJorge Burgos García
El documento resume el fallo de la Corte Internacional de Justicia sobre la disputa de fronteras marítimas entre Colombia y Nicaragua. La CIJ falló a favor de Nicaragua y trazó una nueva frontera que le otorgó a Nicaragua 200 millas náuticas desde su costa, modificando sustancialmente el mapa de los territorios reclamados por Colombia. El presidente de Colombia cuestionó el fallo, lo que generó criticas del presidente de Nicaragua sobre el incumplimiento del derecho internacional.
Este documento resume la historia del Tratado Esguerra-Bárcenas de 1928 entre Colombia y Nicaragua, que definió sus fronteras marítimas y territoriales. Incluye detalles sobre la posición geográfica de Colombia, el territorio y soberanía de las islas de San Andrés y Providencia, y el fallo de la Corte Internacional de Justicia de 2012 que modificó la frontera marítima entre los países.
Nicaragua presentó una demanda ante la Corte Internacional de Justicia para una nueva delimitación de la zona económica entre Nicaragua y Colombia, lo que podría significar una reconsideración de la soberanía colombiana sobre el Archipiélago de San Andrés. Colombia pidió a la CIJ que declare la demanda nicaragüense inadmisible, mientras que Nicaragua pidió una solución equitativa. La CIJ ya había reconocido la soberanía colombiana sobre las islas principales en 2007, pero la delimitación marítima completa sigue sin resolverse.
La disputa por los territorios marítimo entre Nicaragua y Colombia en cuanto a las islas de San Andres, Providencia y Santa Catalina, es una controversia que lleva más de 200 años.
El documento resume el litigio territorial y la delimitación marítima entre Colombia y Nicaragua. Resalta que el conflicto se originó hace más de 200 años por la disputa sobre la soberanía del Archipiélago de San Andrés. Aunque Colombia ha ejercido soberanía sobre el territorio desde 1803 mediante una Real Orden, Nicaragua ha cuestionado su validez. El documento también analiza los tratados posteriores entre los países y el fallo de la Corte Internacional de Justicia en 2012, el cual delimitó la frontera marítima entre los dos estados y confirmó la soberan
El documento resume la disputa territorial entre Colombia y Venezuela en el Golfo de Venezuela. Menciona tratados históricos que establecen los derechos de Colombia en el golfo y la plataforma continental. También discute posibles soluciones pacíficas como la negociación diplomática, la comisión de conciliación establecida en el tratado de 1939, y someter el caso a la Corte Internacional de Justicia.
El documento describe la larga historia del conflicto de fronteras entre Colombia y Venezuela desde la época colonial hasta la actualidad. El conflicto se origina con la independencia de estas regiones y la falta de acuerdos claros sobre los límites territoriales. A lo largo de los años se han realizado múltiples intentos de negociación que no han logrado resolver la disputa, especialmente sobre los límites marítimos en el Golfo de Venezuela rico en petróleo. Ambos países mantienen posiciones encontradas sobre cuál debe ser la delimitación exacta en esta región.
La Corte Internacional de Justicia delimitó la frontera marítima entre Colombia y Nicaragua en 2012, reconociendo los derechos marítimos de Nicaragua pero también la soberanía de Colombia sobre las aguas alrededor de las islas en disputa. Nicaragua ahora reclama una plataforma continental caribeña de 350 millas ante las Naciones Unidas.
La conferencia de 1958 estableció 4 convenciones sobre el mar territorial, la plataforma continental, la alta mar y la pesca. La conferencia de 1982 creó una convención integral que incluye el establecimiento de una zona económica exclusiva de 200 millas y la zona, cuyos recursos son patrimonio de la humanidad. Colombia ha ratificado algunas convenciones pero aún no ratifica la convención de 1982.
El remedio resultó peor que la enfermedadWilmer López
El documento discute el fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya en el caso limítrofe entre Colombia y Nicaragua. Argumenta que la intervención de un tercero como mediador o juez no necesariamente resuelve satisfactoriamente un conflicto y que en este caso, el fallo amputó parte importante del mar Caribe a Colombia. También resume la historia de la soberanía colombiana sobre el Archipiélago de San Andrés y la nulidad unilateral del Tratado Esguerra-Bárcenas por parte de Nicaragua en 1980.
El documento describe los factores y procesos involucrados en la delimitación de fronteras internacionales, incluidos la paz, la independencia y la seguridad. Explica que Colombia ha definido sus fronteras terrestres y marítimas a través de tratados con países vecinos, pero que existe un desacuerdo actual con Venezuela sobre la plataforma continental en el Golfo de Venezuela. Además, señala que la Constitución colombiana establece que los límites solo pueden modificarse mediante tratados aprobados por el Congreso.
A pesar que ya tenemos un mapa territorial con límites ya establecidoFroiliany Fernández
El proceso para determinar los límites territoriales de Venezuela con sus países vecinos ha sido complicado e inconcluso. Venezuela ha tenido disputas sobre sus fronteras con Guyana, Brasil y Colombia, llevando algunos asuntos a la ONU pero sin resolverlos completamente. Los tratados históricos para establecer los límites con estos países han tenido errores y han dejado inquietudes abiertas.
Políticas exteriores y problemas limítrofesWendy Arape
Venezuela y Colombia inician el proceso de establecer los límites en 1833, donde se concertó un proyecto entre los delegados: Santos Michelena (Venezuela) y Lino de Pombo (Colombia). El proyecto fue aprobado por el gobierno de Colombia y rechazado por el de Venezuela. En 1881 ambos países convinieron en concretar el asunto con la Corona de España. Diez años más tarde la reina María Cristina dictó un laudo arbitral que establecía unos límites que las comisiones de ambos países debían de marcar sobre el terreno. El trabajo que se debía hacer era prácticamente imposible ya que algunos de los lugares que marcaba el arbitraje no se encontraban en ninguno de los dos territorios. Tanto Venezuela como Colombia busco la solución de llamar al presidente del Consejo Suizo.
Este documento resume la evolución histórica de la disputa limítrofe entre Venezuela y Colombia en el Golfo de Venezuela. Detalla las diferentes posiciones y tratados entre los países desde su independencia hasta la Hipótesis de Caraballeda en 1980, un intento de acuerdo que fracasó luego de ser presentado a las fuerzas armadas venezolanas y suspender las negociaciones. Concluye que las controversias fronterizas son cíclicas y que más comisiones no han logrado acuerdos concretos.
El documento describe la larga disputa entre Venezuela y Colombia sobre la delimitación de sus fronteras marítimas y terrestres. Tras separarse de la Gran Colombia en 1830, Venezuela y Colombia tuvieron que definir sus fronteras, lo que generó tensiones que llevaron a varios tratados y laudos arbitrales a lo largo del siglo XIX y principios del XX. La disputa sobre el Golfo de Venezuela, en particular, ha sido un tema recurrente de controversia debido a su importancia estratégica para Venezuela.
El documento discute las implicaciones de la ratificación de Colombia de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Primero, la falta de conocimiento del territorio marítimo de Colombia ha creado problemas para sus fronteras marítimas y terrestres. Segundo, la Corte Constitucional de Colombia aumentó la zona marítima de Nicaragua en 2012, reconoció su soberanía sobre algunas formaciones y eliminó la frontera imaginaria entre los países, lo que resultó en la pérdida de unos 75,000 kilómetros cuadrados de territorio marino
Causas y consecuencias de los conflictos limítrofes que nicargaua ha tenido.jorjeluismartinezojeda
Nicaragua ha tenido conflictos limítrofes con sus países vecinos por la delimitación de fronteras terrestres y marítimas. Estos conflictos incluyen disputas con Honduras sobre la frontera en el río Coco, con Colombia por la soberanía de islas en el mar Caribe, y con Costa Rica y El Salvador sobre la delimitación en el golfo de Fonseca. Nicaragua ha recurrido a la Corte Internacional de Justicia y a otros medios legales para resolver estas disputas territoriales.
El documento describe los problemas limítrofes de Venezuela con sus países vecinos Colombia y Guyana. Explica que Venezuela tiene disputas sobre sus fronteras marítimas con Colombia en el Golfo de Venezuela, así como una disputa territorial de larga data con Guyana sobre un laudo arbitral de 1899 que le otorgó 159,000 km2 de territorio a Guyana. También cubre los principales acuerdos e intentos de solución de estas disputas fronterizas a lo largo de la historia.
Similar a Fallo de la corte de la haya en caso nicaragua colombia (20)
Fallo de la corte de la haya en caso nicaragua colombia
1. Fallo de la Corte de La Haya
en 2012 sobre el litigio entre
Colombia y Nicaragua
Delimitación de fronteras marítimas
Colombia - Nicaragua
2. El fallo de la Corte de La Haya en
2012 sobre el litigio entre Colombia y
Nicaragua es una sentencia del 19 de
noviembre de 2012 mediante la cual
los jueces que integran dicha Corte
Internacional de Justicia se
pronunciaron, de forma unánime e
inapelable, en relación a la
delimitación de la frontera marítima
entre Colombia y Nicaragua en el mar
Caribe sudoccidental.
A causa de este dictamen, el mapa de
los territorios que Colombia alegaba
como propios cambió
radicalmente, pues el anterior
deslinde que ese país —basándose
en su interpretación del Tratado de
1928—, había determinado como
ubicado sobre el meridiano 82º, la
sentencia lo fijó —en algunos
sectores— 531 kilómetros más hacia
el este, hasta cerca del meridiano
79º, reconociéndole a Nicaragua la
soberanía de dichas aguas partiendo
desde de las 200 millas náuticas
desde sus costas. Como
contrapartida, reconoció la soberanía
de Colombia sobre parte de las aguas
y todas las islas y cayos en disputa.
3. Las zonas en cuestión
██ Mar de Colombia
██ Área de Régimen Común Colombia-Jamaica
██ Mar que era administrado por Colombia, y que el fallo de La Haya asignó a Nicaragua
██ Mar de Nicaragua
Tratado de límites marinos Colombia-Panamá (20 de noviembre de 1976)
Tratado de límites marinos Colombia-Costa Rica (17 de marzo de 1977)
Tratado de límites marinos Costa Rica-Panamá (2 de febrero de 1980)
Tratado de límites marinos Colombia-Honduras (2 de agosto de 1986)
Tratado de límites marinos Colombia-Jamaica (12 de noviembre de 1993)
Límites marinos Nicaragua-Honduras según fallo de la CIJ (8 de octubre de 2007)
Límites marinos Nicaragua-Colombia según fallo de la CIJ (19 de noviembre de 2012)
4. INDICE
O 1 La sentencia
O 1.1 Características
O 1.2 Antecedentes
O 1.3 Fundamentos del fallo de la última instancia
O 1.4 Consecuencias
O 2 El reparto de los territorios en disputa
O 2.1 Los cayos
O 3 Repercusiones tras el fallo
O 3.1 En Colombia
O 3.1.1 En las islas
O 3.2 En Nicaragua
O 4 Referencias
Lesbia M. Cerda Z. 4
5. LA SENTENCIA
1.1 Características
1.2 Antecedentes
1.3 Fundamentos del fallo de la última instancia
1.4 Consecuencias
Lesbia M. Cerda Z. 5
7. La sentencia.
O Características O El fallo fue leído, en una exposición
de unas 2 h, por el presidente de la
La sentencia fue emitida el lunes Corte, el juez eslovaco Peter
19 de noviembre de 2012 en la Tomka, frente a las delegaciones
ciudad de La Haya —Países de ambos países pleiteantes. El
lugar fue el auditorio de la
Bajos—. Fue elaborada por 15 Academia de Derecho
jueces del principal organismo Internacional; no lo hizo en la
judicial de la Organización de las habitual Gran Sala del Juzgado de
Naciones Unidas, el cual posee Paz pues esta se encuentra en
jurisdicción universal: la Corte renovación. Si bien el idioma de
ambos países litigantes es
Internacional de Justicia de La elespañol, este no se utilizó; sólo
Haya, que comenzó a impartir fue leída la sentencia en inglés y
justicia en el año 1946. La sede francés, al ser ambos los únicos
desde donde opera es el Palacio idiomas oficiales de la Corte
de la Paz, de la citada ciudad. Internacional. La lectura comenzó a
las 15 h (hora local, las 9 h en
Colombia y 8 h en Nicaragua).
Lesbia M. Cerda Z. 7
10. 1.2 Antecedentes
O El contencioso en La O Seis años después, en
Haya se inició con la diciembre de 2007, se
demanda interpuesta produjo un antecedente
por el gobierno fundamental de este
nicaragüense en fallo: fue la lectura de
diciembre de 2001. Por los juristas de la
la misma, Nicaragua conclusión del proceso
reclamaba un área incidental, en el cual la
marítima superior a los decisión de la corte fue
50 000 km², dentro de reconocer la soberanía
la cual se encontraban de Colombia sobre el
el archipiélago de San archipiélago de San
Andrés y varios Andrés, Providencia y
atolones y cayos. Santa Catalina.
Lesbia M. Cerda Z. 10
11. Antecedentes
O Al mismo tiempo, laudó que poseía
competencia jurídica para resolver la
disputa sobre la frontera marítima entre
ambos países, adelantando que la tesis
colombiana, la cual establecía que sobre
el meridiano 82º corría el límite
internacional Colombia-Nicaragua, era
incorrecta, por lo que dispuso que
analizaría la soberanía tanto la de los
demás islotes y cayos, como la de sus
aguas adyacentes.
Lesbia M. Cerda Z. 11
14. Fundamentos del fallo de la
última instancia
O Según el presidente de la CIJ, Peter
Tomka, el fallo sólo se relaciona a
Colombia y Nicaragua, sin perjuicio de los
derechos de terceros países. Esto se
vincula al hecho de que Colombia firmó
tratados limítrofes marítimos con Costa
Rica, Honduras, y Jamaica, los que ahora
deberían ser renegociados también con
Nicaragua.
Lesbia M. Cerda Z. 14
16. Consecuencias
O Por medio de este fallo se pondría fin al
conflicto entre Colombia y Nicaragua en
un amplio territorio del mar Caribe
sudoccidental, si bien esto no ha ocurrido
todavía. El deslinde emitido por la Corte
igualmente aún queda abierto y sin definir
más allá de las 200 millas náuticas
contadas desde las costas
continentales, zona sobre la cual los
magistrados se abstuvieron de
pronunciarse.
Lesbia M. Cerda Z. 16
17. Consecuencias
O Si bien el fallo es de carácter
definitivo, uno o ambos países litigantes
eventualmente podría interponer un
recurso de revisión ante la misma corte, si
es que entiende que han aparecido
nuevos y determinantes elementos, los
que al ser desconocidos no fueron
presentados en las fases previas. Si se
diera este escenario, la Corte debería
evaluarlo, disponiendo para ello de un
amplio plazo de 10 años.
Lesbia M. Cerda Z. 17
18. 2. El reparto de los
territorios en disputa
2.1 Los Cayos
Lesbia M. Cerda Z. 18
19. El reparto de los territorios en
disputa
Lesbia M. Roncador. Cayo Sureste.
Cayo Cerda Z. 19
20. Mapa con el área del
acuerdo entre Colombia y
Jamaica, indicando los
cayos de Bajo Nuevo y
Serranilla.
21. Vista satelital del mar
Caribe
occidental, mostrando en
rojo el banco Serranilla.
22.
23. Los territorios en disputa sobre la
plataforma marítima la corte los
repartió de la siguiente manera:
COLOMBIA NICARAGUA
O Los territorios insulares y O Gran parte del área
una porción marítima marítima en disputa fue
quedaron para Colombia asignada a Nicaragua
(hasta el día de la
sentencia esas zonas
eran explotadas por
Lesbia M. Cerda Z. Colombia). 23
25. O Los cayos ratificados como colombianos son
territorios insulares de muy poca altura, por lo
que algunos son también denominados
bancos, o atolones, pues se originan por la
acumulación natural de sedimentos y
especialmente de escombros coralinos de
arrecifes de coral, los que aún los rodean
periféricamente. En algunos de ellos, en
razón de ser lugares de anidamiento de
varias especies de aves marinas, hubo
explotaciones de sus depósitos de guano. Los
7 cayos son:
Lesbia M. Cerda Z. 25
26. Se sitúa a unos 37
km al suroeste de
San Andrés, en las
coordenadas
12°10′N 81°51′O.2
27.
28.
29. en las coordenadas 15°50′N 79°50′O.
Desde la firma del Tratado de
Delimitación Marítima entre Colombia y
Honduras del 2 de agosto de 1986, que
entró en vigor al ser ratificado por
Honduras el 20 de diciembre
de1999, ambos países fijaron una línea
limítrofe que excluyó a Honduras de todo
reclamo sobre este Banco, excepto por
algunos islotes situados a más de 12
millas náuticas del banco, pese a lo cual
sigue existiendo en la Constitución de
Honduras la mención de su soberanía
sobre Serranilla.3Fue también
reclamado por Estados Unidos en el año
1879 en virtud delActa de Islas
Guaneras —aún es ley válida en dicho
país—, si bien el 8 de septiembre de
1972, en el acuerdo de ese país con
Colombia no fue incluida. En el
intercambio de notas del 24 de octubre
de 1983 Colombia le reconoció derechos
de pesca a Estados Unidos en esa zona.
Este fallo ha definido a favor de
Nicaragua parte de dicha área, dejando
de este modo obsoleto al acuerdo
EEUU-Colombia en lo que atañe a dicho
sector. En algunas publicaciones
oficiales figura erróneamente como un
«territorio no organizado y no
incorporado» de los EEUU.4
30. con un faro y presencia de la Armada
Colombiana, en las coordenadas
15°53′N 78°38′O. Fue también reclamado
por Estados Unidos en el año 1869 en
virtud del Acta de Islas Guaneras —aún
es ley válida en dicho país—, si bien el 8
de septiembre de 1972, en el acuerdo de
ese país con Colombia no fue incluida.
En el intercambio de notas del 24 de
octubre de1983 Colombia le reconoció
derechos de pesca a Estados Unidos en
esa zona. Este fallo ha definido a favor de
Nicaragua parte de dicha área, dejandó
de este modo obsoleto al acuerdo EEUU-
Colombia en lo que atañe a dicho sector.
En algunas publicaciones oficiales figura
erróneamente como un «territorio no
organizado y no incorporado» de los
EEUU. El 13 de noviembre de 1993
Colombia y Jamaica firmaron un Tratado
de Delimitación Marítima que estableció
en torno al Bajo Nuevo (al igual que
sobre el banco Serranilla) una zona
conjunta de
administración, control, exploración, y
explotación, tanto de sus recursos vivos
como de los no vivos, la cual fue
denominada jurídicamente: «Área de
Régimen Común».5
31.
32. En las coordenadas 14°20′N
80°20′O, fue también
disputado por Estados
Unidos, quien hasta el 17 de
septiembre de 1981
mantenían una base militar en
él. El 8 de septiembre de
1972, por un acuerdo
binacional, Estados Unidos lo
reconoció como colombiano.
Los dos últimos cayos han
pasado a ser, mediante este
fallo, enclaves colombianos
rodeados de una pequeña
plataforma de mar
colombiano, pero que a su
vez, ambas están rodeadas
por aguas nicaragüenses.
33. 3. Repercusiones tras el
fallo
3.1 En Colombia
3.1.1 En las islas
3.2 En Nicaragua
Lesbia M. Cerda Z. 33
35. O Inmediatamente de darse a O También advirtió que:
conocer el resultado del
contencioso de límites, el O «Existen claros obstáculos
presidente colombiano Juan que hacen compleja y difícil
Manuel Santos convocó a una la aplicación de algunos
reunión en la Casa de aspectos de la delimitación
Nariño, para analizarlo
meticulosamente, a la marítima trazada por el fallo
Comisión Asesora de de la Corte de La Haya.
Relaciones Exteriores. La Equivocadamente, en lugar
misma está compuesta, entre de limitarse a trazar la línea
otros, por ex cancilleres y
expresidentes colombianos.6 en el área regulada por el
O Posteriormente, en una tratado Esguerra-
alocución que fue transmitida Bárcenas, resolvió extender
a todo el país, el presidente dicha línea al norte y al sur
señaló que su gobierno no del archipiélago. No estamos
descartará:
O «...ningún recurso o
de acuerdo con que la Corte
mecanismo del derecho se haya salido del ámbito
internacional para defender los cobijado por el tratado, que
derechos de los ella misma había declarado
colombianos.» válido y vigente».
Lesbia M. Cerda Z. 35
36. Expresó que el dictamen es:
O «...inconsistente y no compatible con la
concepción geográfica de lo que es un
archipiélago...Todo esto realmente son
omisiones, errores, excesos, inconsistencias, que
no podemos aceptar. Teniendo en cuenta lo
anterior, Colombia -representada por su Jefe de
Estado- rechaza enfáticamente ese aspecto del
fallo que la Corte ha proferido en el día de hoy. El
Gobierno respeta el derecho pero considera que la
Corte ha incurrido en este tema en serias
equivocaciones. La Corte, al trazar la línea de
delimitación marítima, cometió errores graves que
debo resaltar, y que nos afectan negativamente».8
Lesbia M. Cerda Z. 36
37. O Juan Lozano, presidente del Partido
Social de Unidad Nacional y Senador de
la República de Colombia por el periodo
2010-2014, exigió que el país recurra a
los caminos que la ley le otorga para
hacer frente al fallo, el cual, según él, es
adverso a los intereses del país. Para el
senador: «los reglamentos contemplan
dos figuras que están vivas en el derecho
internacional: La primera es una demanda
de revisión frente al fallo y la segunda una
demanda de aclaración...».
Lesbia M. Cerda Z. 37
38. O También fue crítica la opinión de la
senadora por el Movimiento
Independiente de Renovación Absoluta
(MIRA), Alexandra Moreno
Piraquive, señalando que: «la corte se ha
equivocado de cabo a rabo, nos
esperábamos otra cosa, hasta un fallo
salomónico, pero esto es absurdo, nos
atravesó la línea divisoria por la mitad de
la casa, nos reconocen los cayos, pero el
resto del mar que los rodea es de
Nicaragua. ¿Por dónde vamos a pasar?
Yo creo que esto es absurdo».
Lesbia M. Cerda Z. 38
39. O El magistrado Gustavo Gómez
Aranguren, presidente del Consejo de
Estado, confesó que recibió el fallo «con
dolor de patria», e indicó que el alto
tribunal le había aconsejado a la comisión
negociadora del gobierno nacional no
acudir a los tribunales
internacionales, adelantándole cómo sería
el fallo si lo hacían.10 11
O El 28 de noviembre, el presidente Santos
anunció que Colombia se retiraba del
pacto de Bogotá, poniendo término a la
jurisdicción de la CIJ en eventuales
disputas con otros países.
Lesbia M. Cerda Z. 39
41. O Los principales damnificados por el fallo
fueron las comunidades de habitantes de
las islas. Arlinton Howard, presidente de
la Asamblea de la isla de San
Andrés, objetó a los integrantes del
ejecutivo nacional
Lesbia M. Cerda Z. 41
42. O «Son los responsables de todo. Esto
nunca debió pasar. Desconocieron a San
Andrés y ahora quien va a padecer esos
errores será nuestra población...se perdió
cerca del 50 % del mar territorial. Este es
un daño patrimonial incalculable. La
pérdida económica será enorme pues
sólo en el cayo de Quitasueño se
producen al año 200 toneladas de
langostas, 100 de caracol pala, y 2000 de
pescado. Súmele lo demás y verá que
hay un daño grave».
Lesbia M. Cerda Z. 42
43. O Gabriel Arango Bacci, almirante retirado y
excomandante en San Andrés, advirtió
que el fallo afectará a Colombia en lo que
atañe a la seguridad, pues en esa zona
marítima suelen operar actividades ilícitas
relacionadas al tráfico de personas, de
dólares, de drogas, y de armas, las cuales
el país las enfrentaba con dureza. «¿Qué
va a pasar ahora?, es algo incierto».
Lesbia M. Cerda Z. 43
45. O Daniel Ortega, presidente de Nicaragua, festejó la
sentencia arbitral —la que según él resultó una
«victoria nacional inapelable»— con un discurso en la
«plaza de la Revolución» de Managua, frente a miles
de personas. Estaba acompañado por los
expresidentes liberales Arnoldo Alemán y Enrique
Bolaños, por el yerno de la ex gobernante Violeta
Chamorro (Antonio Lacayo), y varios ex
cancilleres, entre los que destacaba un liberal crítico al
presidente Ortega Eduardo Montealegre.
O En su proclama, por momentos arengada, además de
asegurar que «sus hermanos sanandresanos» podrán
desplazarse sin problemas por las aguas
nicaragüenses, al mismo tiempo que mostró su
alegría, criticó a su par colombiano calificando su
Lesbia M. Cerda Z.
alocución de «preocupante» ante la posibilidad de 45 que
Colombia no reconozca el dictamen:
46. O «Es un acto que muestra irrespeto total al derecho
internacional, a la Corte, al pueblo colombiano, al mismo
Estado colombiano, y se está irrespetando el mismo
presidente, porque él había comprometido la palabra a su
propio pueblo. Palabra que se compromete, palabra que se
cumple. Esto nos preocupa. Será una falta de seriedad y falta
de responsabilidad total. ¿A dónde va a recurrir?, sólo que
recurra a la Corte Celestial. Entonces, ¿para qué fueron a la
Corte?, ¿para qué admitieron a la Corte?, si no se puede
cumplir con lo que manda la Corte porque las leyes internas
no lo permiten. La Corte obliga en todo caso a que las leyes
internas se ajusten a lo inmediato para que den plena
potestad al mandato de la Corte. Con todo respeto al
presidente Santos, pero él no es autoridad suprema para venir
a juzgar a la Corte en qué se equivocó y en qué no se
equivocó. Espero que esto no sea más que un discurso del
momento por el impacto que les ha provocado esta
Lesbia M. Cerda Z. 46
resolución, donde sencillamente se le está reconociendo a
Nicaragua derechos que les habían usurpado.(...)
47. O Estamos logrando una plataforma continental, un territorio
marítimo. Antes, hasta el día de hoy, éramos prisioneros en
nuestro propio territorio marítimo. Colombia hizo muchas
artimañas. Firmó tratados con Honduras y con Costa Rica
para seguirnos atrapando. (...) Allá, en el meridiano 82º
trazaron una línea y los colombianos nos mantenían
acorralados con su poderío militar. No tenemos fuerzas de
mar, fuerzas de aire que se puedan comparar con las fuerzas
colombianas como para podernos ir a batallar en el mar. Se
impusieron por la fuerza durante años. Colombia debería
indemnizarnos por tantos años de explotación de nuestros
recursos naturales. (...) Hoy es un día de la patria, hoy es un
día de la unidad nacional, hoy es un día de victoria nacional
de todos los nicaragüenses y de todas las nicaragüenses.
Este fallo se debe a la tenacidad de nuestro pueblo (...) la
tenacidad de los nicaragüenses, quienes han logrado recorrer
ese largo camino, venciendo escollos salvando
obstáculos, enfrentando atropellos y frente a atropellos
respondiendo con la lucha y con la ley en la mano».
Lesbia M. Cerda Z. 47
48. O Según lo señaló el embajador de Nicaragua
en Holanda, Carlos José Argüello, con el fallo
de la Corte, Nicaragua se sintió
«satisfecha», pues es un «gran triunfo», una
«victoria» para el país, que ha conseguido
«espacios marítimos importantísimos».15
O Similares palabras emitió el equipo
nicaragüense: «difícilmente hubiéramos
podido salir mejor». El abogado de la
delegación nicaragüense, Antonio
Remiro, indicó que gracias a esta
sentencia, su país: ha salido de la jaula del
meridiano 82.16
Lesbia M. Cerda Z. 48