Este documento establece una regulación del arancel judicial en Colombia. Define el arancel judicial como una contribución parafiscal destinada a financiar la administración de justicia. Exime del pago del arancel a procesos penales, laborales, de familia, menores, liquidatorios, insolvencia, jurisdicción voluntaria y controles constitucionales. Establece excepciones para personas de bajos ingresos y víctimas. Fija la tarifa del arancel en 1.5% de la base gravable, con un tope de 200 salarios mínimos.
Este documento presenta una tabla de valores de aranceles judiciales para procesos contenciosos y no contenciosos en el Poder Judicial del Perú para el año 2015. Incluye valores para diferentes tipos de procesos, recursos, diligencias y otros actos procesales según la cuantía del caso. También presenta tasas del TUPA para diferentes servicios del Poder Judicial como certificados de antecedentes penales, certificaciones y copias de documentos.
El documento presenta una tabla de valores de aranceles judiciales para diferentes tipos de procesos y actos procesales en Perú. La tabla detalla los montos en soles que se deben pagar para procesos contenciosos, no contenciosos, y otros actos como recursos, diligencias fuera del juzgado, entre otros. Además, incluye notas aclaratorias sobre la unidad de referencia procesal, procesos exonerados del pago y otros detalles importantes sobre la aplicación y devolución de los aranceles.
El documento presenta una tabla de valores de aranceles judiciales para diferentes tipos de procesos y actos procesales en Perú. La tabla detalla los montos en soles que se deben pagar para procesos contenciosos, no contenciosos, y otros trámites judiciales, según la cuantía del caso y el acto procesal requerido. Además, incluye notas que proveen información adicional sobre la aplicación y cálculo de los aranceles judiciales.
El documento presenta una tabla de valores de aranceles judiciales para diferentes tipos de procesos y actos procesales. La tabla detalla los códigos de cada proceso y acto, el porcentaje de Unidades Referenciales Procesales (URP) aplicable, y el monto en soles correspondiente según el rango de URP involucrado en cada caso. Adicionalmente, provee notas aclaratorias sobre la aplicación de los aranceles.
Cuadro de Valor de Aranceles Judiciales 2013 -P.J.xxdanilo87xx
Este documento presenta una tabla de aranceles judiciales para diferentes tipos de procesos y actuaciones. Los aranceles varían dependiendo de factores como la cuantía del caso, el tipo de proceso, solicitud u actuación. Se especifican exoneraciones y ajustes a los aranceles para ciertos procesos y partes.
Este documento presenta los valores de aranceles judiciales para procesos contenciosos y no contenciosos en el Poder Judicial del Perú para el año 2020. Incluye valores para conceptos como medidas cautelares, recursos de apelación, queja y casación, diligencias fuera del juzgado, entre otros. También presenta valores para solicitudes de remate judicial, actos judiciales como partes y copias, y tasas para la expedición de certificados y otros servicios.
Este documento presenta una tabla con los aranceles judiciales para diferentes tipos de procesos contenciosos y no contenciosos según el valor de la causa. Detalla los montos a pagar por conceptos como recursos, actuaciones fuera del juzgado, exhortos y otros trámites, los cuales varían dependiendo del valor de la causa y si el proceso es contencioso o no. También incluye notas importantes sobre la aplicación de estos aranceles.
Instructivo para pago de tasas judicialesTony Vidales
El documento presenta un instructivo para el pago de tasas judiciales en la provincia de Corrientes, Argentina. Detalla las diferentes tasas aplicables a diferentes tipos de procesos y actuaciones judiciales, como tasas proporcionales, generales de actuación y correspondientes al archivo de tribunales. Además, establece sobretasas diferenciales para actuaciones en ferias judiciales o con habilitación de días inhábiles, y aranceles para servicios forenses y de superintendencia.
Este documento presenta una tabla de valores de aranceles judiciales para procesos contenciosos y no contenciosos en el Poder Judicial del Perú para el año 2015. Incluye valores para diferentes tipos de procesos, recursos, diligencias y otros actos procesales según la cuantía del caso. También presenta tasas del TUPA para diferentes servicios del Poder Judicial como certificados de antecedentes penales, certificaciones y copias de documentos.
El documento presenta una tabla de valores de aranceles judiciales para diferentes tipos de procesos y actos procesales en Perú. La tabla detalla los montos en soles que se deben pagar para procesos contenciosos, no contenciosos, y otros actos como recursos, diligencias fuera del juzgado, entre otros. Además, incluye notas aclaratorias sobre la unidad de referencia procesal, procesos exonerados del pago y otros detalles importantes sobre la aplicación y devolución de los aranceles.
El documento presenta una tabla de valores de aranceles judiciales para diferentes tipos de procesos y actos procesales en Perú. La tabla detalla los montos en soles que se deben pagar para procesos contenciosos, no contenciosos, y otros trámites judiciales, según la cuantía del caso y el acto procesal requerido. Además, incluye notas que proveen información adicional sobre la aplicación y cálculo de los aranceles judiciales.
El documento presenta una tabla de valores de aranceles judiciales para diferentes tipos de procesos y actos procesales. La tabla detalla los códigos de cada proceso y acto, el porcentaje de Unidades Referenciales Procesales (URP) aplicable, y el monto en soles correspondiente según el rango de URP involucrado en cada caso. Adicionalmente, provee notas aclaratorias sobre la aplicación de los aranceles.
Cuadro de Valor de Aranceles Judiciales 2013 -P.J.xxdanilo87xx
Este documento presenta una tabla de aranceles judiciales para diferentes tipos de procesos y actuaciones. Los aranceles varían dependiendo de factores como la cuantía del caso, el tipo de proceso, solicitud u actuación. Se especifican exoneraciones y ajustes a los aranceles para ciertos procesos y partes.
Este documento presenta los valores de aranceles judiciales para procesos contenciosos y no contenciosos en el Poder Judicial del Perú para el año 2020. Incluye valores para conceptos como medidas cautelares, recursos de apelación, queja y casación, diligencias fuera del juzgado, entre otros. También presenta valores para solicitudes de remate judicial, actos judiciales como partes y copias, y tasas para la expedición de certificados y otros servicios.
Este documento presenta una tabla con los aranceles judiciales para diferentes tipos de procesos contenciosos y no contenciosos según el valor de la causa. Detalla los montos a pagar por conceptos como recursos, actuaciones fuera del juzgado, exhortos y otros trámites, los cuales varían dependiendo del valor de la causa y si el proceso es contencioso o no. También incluye notas importantes sobre la aplicación de estos aranceles.
Instructivo para pago de tasas judicialesTony Vidales
El documento presenta un instructivo para el pago de tasas judiciales en la provincia de Corrientes, Argentina. Detalla las diferentes tasas aplicables a diferentes tipos de procesos y actuaciones judiciales, como tasas proporcionales, generales de actuación y correspondientes al archivo de tribunales. Además, establece sobretasas diferenciales para actuaciones en ferias judiciales o con habilitación de días inhábiles, y aranceles para servicios forenses y de superintendencia.
Este documento establece las pautas para el funcionamiento del Centro de Mediación Judicial y Extrajudicial en la provincia de San Luis. Se describen los procedimientos para la remisión de causas al Centro, los requisitos para ser mediador, el sorteo y asignación de mediadores, la realización de audiencias de mediación y las sanciones por incomparecencia. El objetivo es organizar el proceso de mediación y proveer una gestión eficiente del Centro.
Este documento proporciona información sobre los recursos de apelación y reconsideración ante la Presidencia Ejecutiva del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) para procedimientos de selección cuyo valor estimado sea menor a 65 Unidades Impositivas Tributarias. Se detallan los requisitos, plazos y autoridades competentes para resolver estos recursos administrativos. También se describen los recursos de apelación ante el Tribunal de Contrataciones del Estado derivados de decisiones del OSCE y de Petroperú.
Corrupción en las Contrataciones del EstadoOscar Saravia
El documento describe la corrupción en las contrataciones del Estado en Perú. Se estima que el país pierde más de 12,600 millones de soles anualmente debido a la corrupción, que representa aproximadamente el 10% del presupuesto público. En las contrataciones estatales, prácticas institucionalizadas de corrupción desvían alrededor de 5,000 millones de soles a manos privadas cada año. El documento también explica los delitos de corrupción, las fases de la contratación pública donde ocurre la corrupción
Este documento describe el proceso de investigación disciplinaria de una denuncia o queja contra un policía. Inicia con una investigación previa donde se nombra un investigador para recibir pruebas y elaborar un informe. Si la investigación previa encuentra mérito, se abre una investigación disciplinaria donde se nombra un instructor para notificar al investigado, tomar declaraciones, recibir pruebas y elaborar un informe. Finalmente, si procede, se presenta una petición razonada ante un tribunal disciplinario para una audiencia inicial y posible resolución
El documento describe el proceso de investigación penal en el que la policía judicial realiza investigaciones iniciales y presenta informes al fiscal delegado. El fiscal evalúa el caso y ordena más investigaciones a la policía judicial, algunas de las cuales requieren autorización judicial. El fiscal puede archivar el caso, aplicar el principio de oportunidad o formular una imputación ante el juez de garantías.
El documento presenta un diagrama del proceso penal ordinario según el Código de Procedimientos Penales. Se divide en 5 etapas: preliminar, de instrucción, de juzgamiento, trámite del recurso de nulidad y etapa de ejecución con otorgamiento de beneficio. Describe las funciones de los actores como el Ministerio Público, la policía, el poder judicial, la defensoría pública y la procuraduría pública en cada etapa.
El documento presenta un mapa del proceso penal acusatorio colombiano dividido en tres etapas: 1) investigación, 2) juzgamiento y 3) ejecución de penas. Detalla los pasos que involucran a la fiscalía, policía judicial y jueces en cada etapa, incluyendo actividades de investigación, imputación de cargos, formulación de acusación, juicio oral y ejecución de sentencias.
Este documento describe los procedimientos contenciosos tributarios en Perú. Explica que existen tres instancias para los tributos: la SUNAT en primera instancia y el Tribunal Fiscal en segunda para algunos tributos, y las municipalidades provinciales y distritales en primera instancia y el Tribunal Fiscal en segunda para otros tributos. También resume los pasos del procedimiento contencioso tributario, incluidos los recursos de reclamación y apelación, y los plazos asociados a estos procedimientos.
Este documento establece el procedimiento para la instalación de árbitro único o tribunal arbitral ad hoc en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado. Define los lineamientos a seguir, incluyendo la presentación de la solicitud, la calificación y evaluación de la misma, la programación y realización de la audiencia de instalación presencial, así como los requisitos de participación de las partes involucradas. El objetivo es garantizar la atención oportuna de las solicitudes de instalación de árbitro único o tribunal arbitral ad
El documento describe el sistema acusatorio colombiano, el cual se basa en el equilibrio entre la acusación y la defensa. Explica que la Fiscalía General de la Nación es responsable de investigar los delitos y presentar cargos, mientras que la defensa tiene garantizado el debido proceso. El proceso consiste en etapas de investigación, intermedia y juicio oral, donde la Fiscalía presenta pruebas y la defensa puede confrontar testigos, con el juez garantizando el equilibrio entre las partes.
El documento presenta información sobre la solución de controversias durante el proceso de selección en las contrataciones públicas en Perú. Explica que existen dos mecanismos principales: las consultas y observaciones para aclarar dudas, y las apelaciones ante la entidad o el Tribunal de Contrataciones del Estado para impugnar actos. También describe los procedimientos, plazos, causales de improcedencia y efectos de las apelaciones, así como las sanciones que puede imponer el Tribunal de Contrataciones.
Este documento resume las propuestas de la Comisión de Asuntos Inscripcionales para modificar el trámite de expedientes con sospecha de doble inscripción. Propone que estos expedientes sean enviados primero a la Secretaría de la Oficina Nacional Electoral para su estudio antes de aceptar la inscripción, a fin de evitar incorporar inscripciones duplicadas. También propone reutilizar las determinaciones cívicas tomadas por error para regularizar el trámite correcto y desglosar los testimonios de nacimiento en casos de rect
Supuestos generadores de Responsabilidad Administrativa 2021 IECSAM Edgar Mariño
El documento resume varios puntos relacionados con los supuestos generadores de responsabilidad administrativa establecidos en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. Señala que algunos artículos de la ley contienen inconsistencias y son contradictorios, y que ciertos supuestos están regulados en múltiples leyes en vez de solo una, lo cual va en contra de lo establecido en la constitución. También resume nuevos supuestos añadidos en la Ley de Contrataciones Públicas
La Municipalidad Provincial de Cutervo convoca a una Adjudicación Directa Selectiva para contratar servicios de consultoría para la elaboración de un expediente técnico para la construcción de una carretera. El documento establece el cronograma del proceso, los requisitos de participación, el contenido de las propuestas técnica y económica, y los criterios de evaluación y adjudicación.
Este documento describe los artículos 321, 325 y 326 del Código Procesal Civil, los cuales se refieren a la audiencia inicial. El artículo 321 establece que el juez puede fijar una audiencia inicial dentro de los 15 días posteriores a que se conteste la demanda. El artículo 325 indica que las partes y sus abogados deben comparecer personalmente a la audiencia inicial. El artículo 326 detalla el contenido de la audiencia inicial, la cual busca conciliar a las partes y, de no lograrse, fijar el objeto
El documento presenta un mapa de flujo del proceso penal acusatorio colombiano, describiendo las diferentes etapas que incluyen la denuncia, investigación, imputación, juicio, sentencia, apelación y ejecución de penas.
Este documento presenta la Ley 7.690 del Registro Cívico Nacional de Uruguay. Establece que el Registro Cívico Nacional contiene las inscripciones de todos los ciudadanos aptos para votar y que la Corte Electoral estará a cargo de su formación, calificación, archivo y custodia. También crea las Juntas Electorales departamentales que tendrán la dirección de los actos y procedimientos electorales locales bajo la supervisión de la Corte Electoral. Define las atribuciones y funciones de estos organismos electorales, incl
El documento resume la normativa constitucional y legal sobre contrataciones del Estado en Perú. Establece que las contrataciones estatales deben realizarse a través de procesos de licitación, concurso o adjudicación directa de acuerdo a la ley, con el fin de asegurar la eficiencia en el uso de recursos públicos. También presenta pronunciamientos y opiniones del OSCE, organismo supervisor de contrataciones, que sientan precedentes administrativos vinculantes sobre la interpretación de la normativa.
Este documento establece la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal en Bolivia. Resume los principales aspectos del proceso coactivo fiscal como la investigación de oficio por parte del juez, los instrumentos que permiten iniciar una acción como informes de auditoría, y las etapas del proceso incluyendo la notificación al demandado, la presentación de descargos, la apelación y la ejecución de la sentencia a través del embargo y remate de bienes.
Este documento describe los aspectos fundamentales del contencioso tributario en Venezuela. Explica que el contencioso tributario se rige por el Código Orgánico Tributario y que los tribunales competentes son los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario. Asimismo, detalla los principales recursos como el recurso jerárquico, recurso de revisión y recurso contencioso tributario, incluyendo sus procedimientos y plazos.
Arancel de abogados para el estado de jaliscoBabalawo Odara
Este documento presenta el Arancel de Abogados para el Estado de Jalisco en México. Establece las tarifas y honorarios que los abogados pueden cobrar por diferentes servicios legales como juicios civiles, penales, laborales, sucesiones y más. El arancel especifica porcentajes de honorarios basados en el valor monetario de un caso, así como tarifas fijas para consultas, vistas de documentos y otras actividades. Tiene como objetivo regular los honorarios de los abogados en ausencia de un contrato escrito entre el abogado
Este documento establece las pautas para el funcionamiento del Centro de Mediación Judicial y Extrajudicial en la provincia de San Luis. Se describen los procedimientos para la remisión de causas al Centro, los requisitos para ser mediador, el sorteo y asignación de mediadores, la realización de audiencias de mediación y las sanciones por incomparecencia. El objetivo es organizar el proceso de mediación y proveer una gestión eficiente del Centro.
Este documento proporciona información sobre los recursos de apelación y reconsideración ante la Presidencia Ejecutiva del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) para procedimientos de selección cuyo valor estimado sea menor a 65 Unidades Impositivas Tributarias. Se detallan los requisitos, plazos y autoridades competentes para resolver estos recursos administrativos. También se describen los recursos de apelación ante el Tribunal de Contrataciones del Estado derivados de decisiones del OSCE y de Petroperú.
Corrupción en las Contrataciones del EstadoOscar Saravia
El documento describe la corrupción en las contrataciones del Estado en Perú. Se estima que el país pierde más de 12,600 millones de soles anualmente debido a la corrupción, que representa aproximadamente el 10% del presupuesto público. En las contrataciones estatales, prácticas institucionalizadas de corrupción desvían alrededor de 5,000 millones de soles a manos privadas cada año. El documento también explica los delitos de corrupción, las fases de la contratación pública donde ocurre la corrupción
Este documento describe el proceso de investigación disciplinaria de una denuncia o queja contra un policía. Inicia con una investigación previa donde se nombra un investigador para recibir pruebas y elaborar un informe. Si la investigación previa encuentra mérito, se abre una investigación disciplinaria donde se nombra un instructor para notificar al investigado, tomar declaraciones, recibir pruebas y elaborar un informe. Finalmente, si procede, se presenta una petición razonada ante un tribunal disciplinario para una audiencia inicial y posible resolución
El documento describe el proceso de investigación penal en el que la policía judicial realiza investigaciones iniciales y presenta informes al fiscal delegado. El fiscal evalúa el caso y ordena más investigaciones a la policía judicial, algunas de las cuales requieren autorización judicial. El fiscal puede archivar el caso, aplicar el principio de oportunidad o formular una imputación ante el juez de garantías.
El documento presenta un diagrama del proceso penal ordinario según el Código de Procedimientos Penales. Se divide en 5 etapas: preliminar, de instrucción, de juzgamiento, trámite del recurso de nulidad y etapa de ejecución con otorgamiento de beneficio. Describe las funciones de los actores como el Ministerio Público, la policía, el poder judicial, la defensoría pública y la procuraduría pública en cada etapa.
El documento presenta un mapa del proceso penal acusatorio colombiano dividido en tres etapas: 1) investigación, 2) juzgamiento y 3) ejecución de penas. Detalla los pasos que involucran a la fiscalía, policía judicial y jueces en cada etapa, incluyendo actividades de investigación, imputación de cargos, formulación de acusación, juicio oral y ejecución de sentencias.
Este documento describe los procedimientos contenciosos tributarios en Perú. Explica que existen tres instancias para los tributos: la SUNAT en primera instancia y el Tribunal Fiscal en segunda para algunos tributos, y las municipalidades provinciales y distritales en primera instancia y el Tribunal Fiscal en segunda para otros tributos. También resume los pasos del procedimiento contencioso tributario, incluidos los recursos de reclamación y apelación, y los plazos asociados a estos procedimientos.
Este documento establece el procedimiento para la instalación de árbitro único o tribunal arbitral ad hoc en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado. Define los lineamientos a seguir, incluyendo la presentación de la solicitud, la calificación y evaluación de la misma, la programación y realización de la audiencia de instalación presencial, así como los requisitos de participación de las partes involucradas. El objetivo es garantizar la atención oportuna de las solicitudes de instalación de árbitro único o tribunal arbitral ad
El documento describe el sistema acusatorio colombiano, el cual se basa en el equilibrio entre la acusación y la defensa. Explica que la Fiscalía General de la Nación es responsable de investigar los delitos y presentar cargos, mientras que la defensa tiene garantizado el debido proceso. El proceso consiste en etapas de investigación, intermedia y juicio oral, donde la Fiscalía presenta pruebas y la defensa puede confrontar testigos, con el juez garantizando el equilibrio entre las partes.
El documento presenta información sobre la solución de controversias durante el proceso de selección en las contrataciones públicas en Perú. Explica que existen dos mecanismos principales: las consultas y observaciones para aclarar dudas, y las apelaciones ante la entidad o el Tribunal de Contrataciones del Estado para impugnar actos. También describe los procedimientos, plazos, causales de improcedencia y efectos de las apelaciones, así como las sanciones que puede imponer el Tribunal de Contrataciones.
Este documento resume las propuestas de la Comisión de Asuntos Inscripcionales para modificar el trámite de expedientes con sospecha de doble inscripción. Propone que estos expedientes sean enviados primero a la Secretaría de la Oficina Nacional Electoral para su estudio antes de aceptar la inscripción, a fin de evitar incorporar inscripciones duplicadas. También propone reutilizar las determinaciones cívicas tomadas por error para regularizar el trámite correcto y desglosar los testimonios de nacimiento en casos de rect
Supuestos generadores de Responsabilidad Administrativa 2021 IECSAM Edgar Mariño
El documento resume varios puntos relacionados con los supuestos generadores de responsabilidad administrativa establecidos en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. Señala que algunos artículos de la ley contienen inconsistencias y son contradictorios, y que ciertos supuestos están regulados en múltiples leyes en vez de solo una, lo cual va en contra de lo establecido en la constitución. También resume nuevos supuestos añadidos en la Ley de Contrataciones Públicas
La Municipalidad Provincial de Cutervo convoca a una Adjudicación Directa Selectiva para contratar servicios de consultoría para la elaboración de un expediente técnico para la construcción de una carretera. El documento establece el cronograma del proceso, los requisitos de participación, el contenido de las propuestas técnica y económica, y los criterios de evaluación y adjudicación.
Este documento describe los artículos 321, 325 y 326 del Código Procesal Civil, los cuales se refieren a la audiencia inicial. El artículo 321 establece que el juez puede fijar una audiencia inicial dentro de los 15 días posteriores a que se conteste la demanda. El artículo 325 indica que las partes y sus abogados deben comparecer personalmente a la audiencia inicial. El artículo 326 detalla el contenido de la audiencia inicial, la cual busca conciliar a las partes y, de no lograrse, fijar el objeto
El documento presenta un mapa de flujo del proceso penal acusatorio colombiano, describiendo las diferentes etapas que incluyen la denuncia, investigación, imputación, juicio, sentencia, apelación y ejecución de penas.
Este documento presenta la Ley 7.690 del Registro Cívico Nacional de Uruguay. Establece que el Registro Cívico Nacional contiene las inscripciones de todos los ciudadanos aptos para votar y que la Corte Electoral estará a cargo de su formación, calificación, archivo y custodia. También crea las Juntas Electorales departamentales que tendrán la dirección de los actos y procedimientos electorales locales bajo la supervisión de la Corte Electoral. Define las atribuciones y funciones de estos organismos electorales, incl
El documento resume la normativa constitucional y legal sobre contrataciones del Estado en Perú. Establece que las contrataciones estatales deben realizarse a través de procesos de licitación, concurso o adjudicación directa de acuerdo a la ley, con el fin de asegurar la eficiencia en el uso de recursos públicos. También presenta pronunciamientos y opiniones del OSCE, organismo supervisor de contrataciones, que sientan precedentes administrativos vinculantes sobre la interpretación de la normativa.
Este documento establece la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal en Bolivia. Resume los principales aspectos del proceso coactivo fiscal como la investigación de oficio por parte del juez, los instrumentos que permiten iniciar una acción como informes de auditoría, y las etapas del proceso incluyendo la notificación al demandado, la presentación de descargos, la apelación y la ejecución de la sentencia a través del embargo y remate de bienes.
Este documento describe los aspectos fundamentales del contencioso tributario en Venezuela. Explica que el contencioso tributario se rige por el Código Orgánico Tributario y que los tribunales competentes son los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario. Asimismo, detalla los principales recursos como el recurso jerárquico, recurso de revisión y recurso contencioso tributario, incluyendo sus procedimientos y plazos.
Arancel de abogados para el estado de jaliscoBabalawo Odara
Este documento presenta el Arancel de Abogados para el Estado de Jalisco en México. Establece las tarifas y honorarios que los abogados pueden cobrar por diferentes servicios legales como juicios civiles, penales, laborales, sucesiones y más. El arancel especifica porcentajes de honorarios basados en el valor monetario de un caso, así como tarifas fijas para consultas, vistas de documentos y otras actividades. Tiene como objetivo regular los honorarios de los abogados en ausencia de un contrato escrito entre el abogado
Este documento discute varios temas relacionados con el pago de impuestos en Ecuador. Explica que los pagos de impuestos deben realizarse en las oficinas designadas por la ley y en las fechas establecidas. También cubre los pagos a cuenta, la imputación de pagos, la concesión de prórrogas para el pago de impuestos, los efectos del pago de impuestos, los modos de extinción de la obligación tributaria, los intereses moratorios por pagos atrasados y las sanciones por incumplimiento
Este documento presenta la aprobación de dos modelos oficiales relacionados con la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social en España. El modelo 696 es para la autoliquidación de la tasa, mientras que el modelo 695 es para solicitar la devolución de parte de la tasa en ciertos casos. También se especifican los procedimientos y plazos para la presentación de estos modelos.
Este documento presenta el texto ordenado de la Ley 10397 del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires. El Código establece las normas para la determinación, fiscalización y percepción de tributos en la provincia, así como las sanciones aplicables. Se describen los organismos de la administración fiscal provincial y sus facultades, incluyendo la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires. También se especifican las normas de interpretación de las disposiciones fiscales y los procedimientos de ejecución y medidas cautelares.
1) El documento presenta el Código Procesal Civil, el cual regula el proceso judicial civil en un país. 2) Establece disposiciones generales como las instancias, interpretación de normas procesales y observancia de las mismas. 3) También regula aspectos como jurisdicción, competencia por materia y cuantía, cálculo de la cuantía de las demandas y desacuerdos sobre la misma.
Modos de extinguir la obligación tributaria..Luis mora
El documento describe los modos de extinguir la obligación tributaria en Ecuador. El pago es el cumplimiento de la prestación que hace al objeto de la obligación tributaria. Si no se paga a tiempo, se incurren en intereses moratorios y sanciones como multas o inhabilitación para ejercer ciertas profesiones. La mora tributaria se produce automáticamente si hay un retardo imputable al deudor en el cumplimiento de la obligación tributaria.
ESQUEMA DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION DE CREDITOS FISCALESOscarCastro223
El documento describe el procedimiento de ejecución de créditos fiscales según el Código Orgánico Tributario. El procedimiento lo inicia y conduce la Administración Tributaria. Si el deudor no paga dentro de 5 días de ser notificado, se embargan sus bienes. Luego, los bienes embargados son valuados por un experto y subastados para cubrir la deuda.
Este documento establece los aranceles y honorarios mínimos para abogados y procuradores en la provincia de Salta, Argentina. Define los honorarios como de carácter alimentario y establece las unidades de medición de honorarios ("ius"). Además, regula los honorarios mínimos para diferentes tipos de casos judiciales y labor extrajudicial, los porcentajes de honorarios según el resultado del caso y la instancia, y los requisitos para los pactos de honorarios.
La Corte Constitucional analiza una acción por incumplimiento presentada contra la Superintendencia de Bancos por presunto incumplimiento de normas que regulan el retiro voluntario con indemnización. La Corte desestima la acción al determinar que las normas citadas no contienen obligaciones específicas que la entidad habría incumplido según lo alegado por la accionante.
Extinción de la Relación Jurídica Tributariarlanditha
Este documento describe los procedimientos relacionados con el pago de tributos en Venezuela. Incluye información sobre la concesión de prórrogas para el pago, formas de pago, compensación de deudas, prescripción de obligaciones tributarias, y declaratoria de deudas como incobrables. También establece que la administración tributaria puede establecer plazos especiales o conceder prórrogas para el pago de tributos en ciertas circunstancias.
El documento habla sobre los efectos del pago de obligaciones tributarias en Venezuela. Explica que el pago puede hacerse de varias formas como pagos a cuenta o mediante prórrogas y que causa efectos como satisfacer al acreedor y liberar al deudor de la obligación. También cubre temas como los intereses moratorios por pagos atrasados y las sanciones por incumplimiento de obligaciones tributarias.
Este documento describe varios procedimientos legales relacionados con los arrendamientos de viviendas en Venezuela. Explica el procedimiento consignatorio mediante el cual un arrendatario puede consignar los cánones de arrendamiento ante un tribunal. También describe el derecho a reintegro si un arrendador cobra montos por encima del canon máximo, los procedimientos administrativos para resolver disputas inquilinarias, y los recursos contencioso administrativos que pueden interponerse contra decisiones del organismo regulador.
Este documento describe el procedimiento administrativo de ejecución en México para hacer efectivos los créditos fiscales no pagados. Explica que el procedimiento incluye actos de inicio como el mandamiento de ejecución y el requerimiento de pago, y actos de coerción como el embargo de bienes del deudor. También describe los pasos del embargo como la designación de depositarios, las excepciones de bienes que no pueden ser embargados, y el proceso de oposición de terceros.
Este documento describe el procedimiento administrativo de ejecución para hacer efectivos los créditos fiscales del Estado. Se inicia con un mandamiento de ejecución y un requerimiento de pago al deudor. Si el deudor no paga, la autoridad embarga bienes suficientes para cubrir el crédito fiscal. El embargo implica fijar los bienes a la ejecución e impedir que el deudor los enajene. El procedimiento incluye actos de coerción como el embargo, la custodia de bienes, su remate o adjudicación forzosa para
El documento presenta extractos de dos leyes argentinas relacionadas con los procedimientos de ejecución fiscal y tributaria. La primera ley detalla las medidas que puede tomar la administración aduanera si los tributos no son pagados dentro de cierto plazo, incluyendo la suspensión de mercaderías, embargo y suspensión de registros. La segunda ley establece el procedimiento de juicio de ejecución fiscal, permitiendo al ente recaudador iniciar el proceso con una boleta de deuda y decretar embargos de cuentas u otros bienes
La prescripción en el derecho tributario priva al Estado de exigir el pago de tributos adeudados y al ciudadano de exigir pagos indebidos al Estado después de cierto tiempo. La prescripción puede ser de 4 a 6 años dependiendo de circunstancias como si el contribuyente presentó declaraciones, pero puede extenderse a 10 años para acciones penales o si no se declararon ingresos. El documento explica los diferentes tipos y plazos de prescripción según el Código Orgánico Tributario de Venezuela.
Este documento establece las normas generales sobre los honorarios de abogados y procuradores en Paraguay. Determina que los honorarios profesionales se fijarán de acuerdo a esta ley cuando no exista un contrato escrito. Establece reglas sobre gastos, honorarios múltiples profesionales, participación ocasional y representación obligatoria por abogado. Además, incluye secciones sobre la determinación de honorarios a través de contrato o regulación judicial, incluyendo factores a considerar como el monto del asunto, valor de la
Este documento resume los principales aspectos del pago de obligaciones tributarias según el Código Orgánico Tributario de Venezuela. Explica que el pago extingue la obligación tributaria y puede realizarse en efectivo, por compensación u otras formas. También cubre temas como los plazos de pago, prórrogas, intereses moratorios y sanciones por incumplimiento.
Este decreto reglamenta el literal j) del artículo 428 del Estatuto Tributario de Colombia, el cual establece que las importaciones de envíos urgentes cuyo valor no exceda los 200 dólares estadounidenses no causarán impuesto sobre las ventas. El decreto especifica los requisitos y controles aduaneros para este tipo de importaciones, así como las sanciones por incumplimiento de las obligaciones establecidas.
Solicitud del Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFACircular extern...normasresumidas
Este documento establece los plazos y requisitos para la presentación del Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFA) para sociedades clasificadas en el Grupo 1. Las fechas límite para la presentación del ESFA son el 25 y 26 de junio de 2014 dependiendo de los últimos dos dígitos del NIT. El ESFA debe diligenciarse usando el aplicativo STORM y enviarse a la Superintendencia de Sociedades a través de su portal.
La resolución prescribe el nuevo Formulario Oficial número 1344 para solicitar la devolución del IVA a turistas extranjeros no residentes en Colombia por la compra de bienes en el país. El formulario estará disponible de forma gratuita en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y en los sitios habilitados para su radicación. La resolución deroga la norma anterior sobre este tema y entra en vigencia desde su publicación.
Este decreto corrige un error en el artículo 198 de la Ley 1607 de 2012. El artículo 198 derogaba expresamente el artículo 28 de la Ley 191 de 1995, pero la intención del legislador era modificar ese artículo, no derogarlo. Este decreto enmienda el artículo 198 para aclarar que solo se derogan otros artículos, pero no el artículo 28 de la Ley 191 de 1995.
Este decreto establece plazos especiales para la presentación de declaraciones tributarias y el pago de impuestos por parte de establecimientos permanentes de sociedades extranjeras y entidades constituidas en el extranjero con sede en Colombia. Se fijan fechas límite hasta el 24 de octubre de 2014 para declarar y pagar impuestos como renta, IVA, consumo e impuestos de retención en la fuente. También se indica que las entidades con sede en Colombia que tengan sucursales de sociedades extranjeras deben
La Unión Europea ha acordado un paquete de sanciones contra Rusia por su invasión de Ucrania. Las sanciones incluyen restricciones a las importaciones de productos rusos de alta tecnología y a las exportaciones de bienes de lujo a Rusia. Además, se congelarán los activos de varios oligarcas rusos y se prohibirá el acceso de los bancos rusos a los mercados financieros de la UE.
La DIAN ha puesto a disposición de los contribuyentes los formularios 110 y 1732 para la declaración de renta de personas jurídicas correspondiente al año gravable 2013, cuyo período de vencimientos para presentar, declarar y pagar será entre el 8 y 24 de abril de 2014. El formato 1732 deberá ser presentado por grandes contribuyentes, agencias de aduanas, importadores con ingresos superiores a $1.250.000.000 en 2012, y personas jurídicas con ingresos superiores a ese monto.
Declaracion de renta 2013 Resolución número 000087 2014normasresumidas
La resolución modifica el Formulario 110 "Declaración de Renta" y el Formato 1732 "Información con Relevancia Tributaria" para corregir errores y ajustar instrucciones. Se modifica la etiqueta de la casilla 83 en el Formulario 110 y se ajustan las denominaciones, campos y instrucciones en el Formato 1732 y sus respectivos instructivos. La resolución entra en vigencia desde su publicación.
Este documento establece los requisitos y procedimientos para la inscripción en el registro profesional y expedición de la tarjeta profesional de Contador Público en Colombia. Se requiere título de Contador Público y un año de experiencia contable certificada. El solicitante debe completar un formulario y adjuntar documentos como fotografías, cédula, recibo de pago y certificado de experiencia. Si la solicitud está incompleta, se da un plazo para subsanar. Aprobada la solicitud, se expide la tarjeta
Requisitos grandes contribuyentes 2014Resolucion 000027 23012014(1)normasresumidas
La resolución establece las condiciones y el procedimiento para calificar a los contribuyentes como Grandes Contribuyentes. Define 8 condiciones relacionadas con activos, patrimonio, ingresos, impuestos pagados, retenciones y comercio exterior. Cada año, la DIAN analizará los contribuyentes que cumplen con las condiciones y someterá la lista al Comité de Programas para su aprobación y calificación oficial por resolución.
Devolucion de dos puntos de iva 20 comunicado de_prensa_23012014(1)normasresumidas
La DIAN está lista para devolver los dos puntos de IVA una vez las instituciones bancarias y emisoras de tarjetas de crédito y débito reporten las transacciones de sus tarjetahabientes para procesar y validar la información. Sin embargo, algunas entidades aún no han realizado los cambios tecnológicos necesarios para distinguir entre el IVA e Impuesto al Consumo, por lo que devolver los dos puntos de IVA sin verificar a qué impuesto corresponde podría resultar en detrimento patrimonial para la DIAN.
Tarifas Autorretencion CREE Decreto 014 del 09 de enero de 2014normasresumidas
Este decreto modifica las tarifas de autorretención del impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) establecidas en el Decreto 1828 de 2013. Se modifica la tabla de tarifas aplicables a diferentes actividades económicas, las cuales ahora oscilan entre 0,40% y 0,49%. El objetivo es garantizar el recaudo efectivo de recursos para el Sistema General de Seguridad Social en Salud, ante la exoneración parcial del pago de cotizaciones por parte de algunas empresas e individuos. Adicionalmente, se deroga
Reglamentacion Grupo 2 Decreto 3022 del 27 de diciembre de 2013normasresumidas
Este decreto establece que las entidades que conforman el Grupo 2 aplicarán la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES) como su marco técnico normativo. Define el Grupo 2 y establece un cronograma para la aplicación de la NIIF para las PYMES, incluyendo períodos de preparación, transición y reporte obligatorios para los primeros estados financieros bajo la nueva normativa con corte al 31 de diciembre de 2016.
Modificaciones Impuesto CREE Decreto 3048 del 27 de diciembre de 2013normasresumidas
Que la Ley 1607 de 2012 ,creó, a partir' del 1 de enero de 2013: el impuesto sobre la renta para la equidad -CREE, el cual se consagra como el aporte con el que contribuyen las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta, nacionales y extranjeras, en beneficio de los trabajadores, la generación de empleo y la inversión social.
Requisitos lugares y plazo declaraciones 2014 Decreto 2972 del 20 de diciembr...normasresumidas
Este decreto establece los plazos y lugares para presentar declaraciones tributarias y pagar impuestos en Colombia durante 2014. Define que las declaraciones se deben presentar en bancos autorizados o de forma virtual, y que los pagos se deben realizar en bancos. También especifica quienes están obligados y no obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta, como empleados y trabajadores por cuenta propia cuya facturación e ingresos cumplan con ciertos umbrales.
Devoluciones compensaciones del IVA Decreto 2877 del 11 de diciembre de 2013normasresumidas
Que el Decreto 2277 de 2012 reglamentó el procedimiento de gestión de las devoluciones y/o compensaciones,
Que la Ley 1607 de 2012 modificó los artículos 477, 481, 485, 489, 815, 850 Y 855 del Estatuto Tributario, y por lo tanto se requiere modificar el Decreto 2277 de 2012 para el trámite de las devoluciones y/o compensaciones en materia de impuesto sobre las ventas.
Que se dio cumplimiento·a la formalidad prevista en el numeral 8° del artículo 8° del' Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en relación con el texto del presente Decreto.
Que el artículo 67 de la Ley 1607 de 2012 modificó el artículo 850-1 del Estatuto Tributario a efecto de incluir en el beneficio de devolución del IV A, las adquisiciones hechas por personas naturales con tarjetas de crédito y débito de bienes o servicios gravados con la tarifa del IVA del cinco por ciento (5%) y las adquisiciones de bienes o servicios efectuadas a través del servicio de banca móvil gravados con el IV A a la tarifa general o a la del cinco por ciento (5%).
Este documento establece el grupo de entidades obligadas a suministrar información tributaria a la DIAN para el año 2013, incluyendo datos de cuentas bancarias, certificados de depósito, inversiones, tarjetas de crédito, préstamos y más. Se especifica el contenido y formato técnico requerido para cada tipo de información, así como los plazos para la entrega de la misma. La resolución fue emitida por el Director General de la DIAN para cumplir con la ley tributaria colombiana.
Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLMJuan Martín Martín
Examen de Selectividad de la EvAU de Geografía de junio de 2023 en Castilla La Mancha. UCLM . (Convocatoria ordinaria)
Más información en el Blog de Geografía de Juan Martín Martín
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
Este documento presenta un examen de geografía para el Acceso a la universidad (EVAU). Consta de cuatro secciones. La primera sección ofrece tres ejercicios prácticos sobre paisajes, mapas o hábitats. La segunda sección contiene preguntas teóricas sobre unidades de relieve, transporte o demografía. La tercera sección pide definir conceptos geográficos. La cuarta sección implica identificar elementos geográficos en un mapa. El examen evalúa conocimientos fundamentales de geografía.
Soluciones Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinar...Juan Martín Martín
Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
Soluciones al examen.
Convocatoria Ordinaria.
Examen resuelto de Geografía
conocer el examen de geografía de julio 2024 en:
https://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/2024/06/soluciones-examen-de-selectividad.html
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
Dosificación de los aprendizajes U4_Me gustan los animales_Parvulos 1_2_3.pdf
Arancel Judicial ley 1653 de 2013
1. LEY ~o. 1653
«POR LA CUAL SE REGULA UN ARANCEL JUDICIAL Y SE DICTAN OTRAS
DISPOSICIONES»
El CONGRESO DE lA REPÚBLICA DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTíCULO 1°. Gratuidad de la justicia. La Administración de Justicia será gratuita y
su funcionamiento estará a cargo del Estado, sin perjuicio de las agencias en
derecho, costas, expensas y aranceles judiciales que se fijen de conformidad con la
ley.
ARTíCULO 2°. Naturaleza jurídica. El arancel judicial es una contribución parafiscal
destinada a sufragar gastos de inversión de la Administración de Justicia.
Los recursos recaudados con ocasión del arancel judicial serán administrados por el
Fondo para la Modernización, Fortalecimiento y Bienestar de la Administración de
Justicia.
Parágrafo. La partida presupuestal de inversión que anualmente asigna el Gobierno
Nacional al sector jurisdiccional no podrá ser objeto, en ningún caso, de recorte, so
pretexto de la existencia de los recursos adicionales recaudados por concepto de
arancel.
ARTíCULO 3°. Sujeto activo. El arancel judicial se causa a favor del Consejo
Superior de la Judicatura, Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, o quien
haga sus veces, con destino al Fondo para la Modernización, Descongestión y
Bienestar de la Administración de Justicia.
El arancel judicial constituirá un ingreso público a favor del Sector Jurisdiccional de la
Rama Judicial.
ARTíCULO 4°. Hecho generador. El arancel judicial se genera en todos los procesos
judiciales con pretensiones dinerarias, con las excepciones previstas en la Ley
Estatutaria de la Administración de Justicia yen la presente ley.
ARTíCULO 5°. Excepciones. No podrá cobrarse arancel en los procedimientos
arbitrales, de carácter penal, laboral, contencioso laboral, de familia, de menores,
procesos liquidatorios, de insolvencia, de jurisdicción voluntaria, ni en los juicios de
control constitucional o derivados del ejercicio de acciones de tutela, populares, de
grupo, de cumplimiento y demás acciones constitucionales. No podrá cobrarse
arancel judicial a las personas jurídicas de derecho público, salvo las que pertenezcan
al sector financiero o que sean vigiladas por la Superintendencia Financiera de
Colombia, sin importar su naturaleza jurídica y los colectores de activos públicos
1
2. señalados como tales en la ley cuando sean causahabientes de obligaciones
dinerarias de alguna entidad del sector financiero.
En los procesos contencioso administrativos diferentes al contencioso laboral, cuando
el demandante sea un particular, se causará y pagará el arancel judicial de acuerdo
con las reglas generales previstas en la presente ley. Sin embargo, en caso de que
prosperen total o parcialmente las pretensiones, el juez ordenará en la sentencia que
ponga fin al proceso la devolución, total o parcial, del arancel judicial y dará aplicación
al parágrafo 10
del artículo 80
de esta ley.
Cuando el demandante sea una persona natural y en el año inmediatamente anterior
a la presentación de la demanda no hubiere estado legalmente obligada a declarar
renta, o cuente con amparo de pobreza, el pago del arancel judicial estará a cargo del
demandado vencido en el proceso. En este caso, la base gravable serán las
condenas económicas decretadas en la sentencia. El juez que conozca del proceso,
al admitir la demanda, reconocerá tan condición, si a ello hubiere lugar. La
circunstancia de no estar obligado a declarar renta es una negación indefinida que no
requiere prueba.
En los procesos contencioso administrativos diferentes al contencioso laboral cuando
el demandado sea un particular, se aplicará la misma regla prevista en el inciso
anterior para las personas que no están legalmente obligadas a declarar renta.
Cuando se demande ante una autoridad administrativa en ejercicio de función
jurisdiccional en aquellos asuntos en los que esta y el juez tengan competencia a
prevención para conocer de la actuación, el arancel judicial se causará a favor de la
autoridad administrativa respectiva.
Parágrafo 1°. Quien utilice información o documentación falsa o adulterada, o que a
través de cualquier otro medio fraudulento se acoja a cualquiera de las excepciones
previstas en el presente artículo, deberá cancelar, a título de sanción, un arancel
judicial correspondiente al triple de la tarifa inicialmente debida, sin perjuicio de las
sanciones penales a que hubiere lugar.
Parágrafo 2°. En las sucesiones procesales en las que el causante hubiere estado
exceptuado del pago del arancel judicial, será obligatorio su pago, salvo que el
causahabiente, por la misma u otra condición, se encuentre eximido. El juez no podrá
admitir al sucesor procesal sin que este hubiere pagado el arancel judicial, cuando a
ello hubiere lugar.
Parágrafo 3°. En los procesos de reparación directa no se cobrará arancel judicial
siempre que sumariamente se le demuestre al juez que el daño antijurídico cuya
indemnización se reclama ha dejado al sujeto activo en situación de indefensión, de
tal manera que cubrir el costo del arancel limita su derecho fundamental de acceso a
la administración de justicia. En estos eventos, el juez deberá admitir la demanda de
quien alegue esta condición y decidir de forma inmediata sobre la misma. El gobierno
Nacional reglamentará la materia.
Parágrafo 4 0. Serán sujetos de exención de arancel judicial las víctimas en los
procesos judiciales de reparación de que trata la Ley 1448 de 2011 .
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3. ARTíCULO 6°. Sujeto pasivo. El arancel judicial está a cargo del demandante inicial,
del demandante en reconvención o de quien presenta una demanda acumulada en
procesos con pretensiones dinerarias. De la misma manera, estará a cargo del
lIamante en garantía, del denunciante del pleito, del ad excludendum, del que inicie un
incidente de liquidación de perjuicios cuando no se trate del mismo demandante que
pagó el arancel al presentar la demanda y de todo aquel que ejerza una pretensión
dineraria.
El demandante deberá cancelar el arancel judicial antes de presentar la demanda y
deberá acompañar a ella el correspondiente comprobante de pago, salvo en los casos
establecidos en el artículo 5 de la presente ley. En caso de no pagar, no acreditar su
pago o hacer un pago parcial del arancel judicial, su demanda será inadmitida en los
términos del artículo 85 del Código de Procedimiento Civil.
El juez estará obligado a controlar que el arancel judicial se haya pagado de acuerdo
con lo establecido en la ley o que la persona o el proceso se encuentren exonerados
de pagar el arancel judicial, de lo cual dejará constancia en el auto admisorio de la
demanda.
El arancel se tendrá en cuenta al momento de liquidar las costas, de conformidad con
lo previsto en el artículo 393 del Código de Procedimiento Civil y subsiguientes. Al
momento de liquidar las costas solo se tendrá en cuenta el valor indexado del arancel
judicial, excluyendo del mismo las sanciones previstas en el parágrafo 1° del artículo
5° de la presente ley.
Parágrafo 10. En caso de litisconsorcio necesario, el pago del arancel podrá ser
realizado por uno cualquiera de los litisconsortes. la misma regla se aplicará a los
litisconsortes cuasinecesarios. Si el litisconsorcio es facultativo, cada uno de los
litisconsortes deberá pagar el arancel judicial. En los eventos de coadyuvancia o
llamamiento de oficio, no se causará el arancel.
Parágrafo 2°. Si en cualquier etapa del proceso se establece que no se ha pagado
total o parcialmente el arancel judicial, el juez realizará el requerimiento respectivo
para que se cancele en el término de cinco (5) días, so pena de aplicar las
consecuencias previstas para el desistimiento tácito, la perención o cualquier otra
forma de terminación anormal del proceso, según el estatuto procesal aplicable.
ARTíCULO 7°. Base gravable. El arancel judicial se calculará sobre las pretensiones
dinerarias de la demanda o de cualquier otro trámite que incorpore pretensiones
dinerarias.
Cuando en la demanda se incorporen varias pretensiones dinerarias, todas ellas
deberán sumarse con el fin de calcular el valor del arancel judicial. Las pretensiones
dinerarias que incorporen frutos, intereses, multas, perjuicios, sanciones, mejoras o
similares se calcularán a la fecha de presentación de la demanda.
Las pretensiones dinerarias expresadas en salarios mínimos legales mensuales, en
moneda extranjera o cualquier otra unidad de valor, deberán liquidarse, para efectos
del pago del arancel judicial, a la fecha de presentación de la demanda.
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4. ARTíCULO 8°. Tarifa. La tarifa del arancel judicial es del uno punto cinco por ciento
(1.5%) de la base gravable, y no podrá superar en ningún caso en total los doscientos
salarios mínimos legales mensuales vigentes (200 SMLMV).
Parágrafo 10. Las sumas pagadas por concepto de arancel judicial serán objeto de
devolución al demandante, en el evento en que el juez de única, primera o segunda
instancia no cumpla con los términos procesales fijados en la ley en relación con la
duración máxima de los procesos de conformidad con lo establecido en las normas
procesales.
El trámite de devolución del arancel judicial podrá realizarse, a solicitud del sujeto
pasivo que realizó el pago, mediante el reembolso directo o mediante la entrega de
certificados de devolución de arancel judicial que serán títulos valores a la orden,
transferibles, destinados a pagar los tributos administrados por la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, en los términos que establezca el Gobierno
Nacional.
No habrá lugar al reembolso al demandante de lo pagado por concepto de arancel
judicial cuando el demandado no hubiere estado obligado a declarar renta en el año
inmediatamente anterior al momento de la presentación de la demanda. De igual
forma, no estará obligado al pago del arancel judicial el demandado vencido en el
proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la presente ley ,
cuando el demandado no hubiere estado obligado a declarar renta en el año
inmediatamente anterior al momento de presentación de la demanda.
La emisión y entrega de los certificados de devolución de arancel judicial la
efectuará la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial del Consejo Superior de la
Judicatura o quien haga sus veces, de acuerdo con el reglamento que para el efecto
expida el Gobierno Nacional.
El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, adoptará los
procedimientos que considere necesarios a fin de autorizar y controlar el pago de los
Impuestos Nacionales con los Certificados de Devolución de Arancel Judicial.
Parágrafo 2°. Cuando la demanda no fuere trarnitada por rechazo de la misma en los
términos establecidos en la ley procesal, el juez en el auto correspondiente ordenará
desglosar el comprobante de pago, con el fin de que el demandante pueda hacerlo
valer al momento de presentar nuevamente la demanda.
ARTíCULO 9°. Pago. Toda suma a pagar por concepto de arancel judicial, deberá
hacerse a órdenes del Consejo Superior de la Judicatura - Fondo · para la
Modernización, Descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia, según lo
reglamente el Consejo Superior de la Judicatura.
Una vez ejecutoriada la providencia que imponga pago del arancel judicial, se remitirá
copia de la misma al Consejo Superior de la Judicatura, Dirección Ejecutiva de la
Administración Judicial.
Toda providencia ejecutoriada que imponga el pago del arancel judicial presta mérito
ejecutivo.
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5. Las sumas adeudadas por concepto de arancel judicial a que se refiere esta ley serán
considerados créditos de primera clase de naturaleza fiscal, en los términos del
artículo 2495 del Código Civil.
Parágrafo. Para efectos del pago y recaudo de que trata el inciso 10
de este artículo,
el Consejo Superior de la Judicatura o quien haga sus veces podrá recaudar total o
parcialmente el arancel judicial a través de los bancos y demás entidades financieras
para lo cual señalará los requisitos exigidos para la autorización y establecerá los
convenios que estime pertinente, aplicado en lo que corresponda el artículo 801 del
Estatuto Tributario.
ARTíCULO 10. Falta disciplinaria. Todos los procesos deberán recibir un mismo
trato en cuanto a su trámite e impulso. Constituye falta disciplinaria gravísima del juez,
retrasar, sin justificación, la tramitación de los procesos en los que no se causa
arancel.
ARTíCULO 11. Destinación, vigencia y recaudo. Destínense los recursos
recaudados por concepto de arancel judicial de que trata la presente ley para la
descongestión de los despachos judiciales y la implementación del sistema oral a
nivel nacional. El Consejo Superior de la Judicatura, o la entidad que haga sus veces,
tendrá la facultad de administrar, gestionar y recaudar el mismo, sin perjuicio de que
el recaudo se realice a través del sistema financiero.
Los recursos deberán priorizarse para atender la implementación de los estatutos
procesales que establecen el trámite de los procesos en forma oral y por audiencias
en la jurisdicción ordinaria y contencioso administrativa en donde se causan los
recursos del arancel judicial, así como las mejoras y adecuaciones de la
infraestructura física y tecnológica destinada para garantizar un acceso eficiente a la
administración de justicia.
Parágrafo. De los recursos del arancel judicial se destinará hasta el diez por ciento
(10%) para la jurisdicción especial indígena. El Consejo Superior de la Judicatura, o la
entidad que haga sus veces, en enero de cada año, informará a la Mesa permanente
de concertación indígena el valor total recaudado por concepto de arancel judicial.
ARTíCULO 12. Seguimiento. El Consejo Superior de la Judicatura deberá rendir un
informe trimestral a una Comisión Especial de Seguimiento conformada por
delegados del Congreso de la República, el Ministerio de Justicia y del Derecho, el
Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Contraloria General de la República y a la
Procuraduría General de la Nación, acerca de la ejecución presupuestal de las sumas
recaudadas por concepto de arancel judicial, y todas aquellas que se destinen a
programas de descongestión y modernización de la Administración de Justicia,
construcción de infraestructura física e implementación de la oralidad en los
procedimientos judiciales.
ARTíCULO 13. Régimen de transición. El Arancel Judicial de que trata la presente
ley se generará a partir de su vigencia y sólo se aplicará a los procesos cuyas
demandas se presenten con posterioridad a la vigencia de esta ley.
5
6. Las demandas presentadas con anterioridad a la vigencia de la presente ley, se
regirán por las disposiciones previstas en la Ley 1394 de 2010 y estarán obligadas al
pago del arancel judicial en los términos allí previstos.
ARTíCULO 14. Vigencia y derogatorias. La presente ley rige a partir de su
promulgación y deroga la Ley 1394 de 2010, salvo para los efectos previstos en el
artículo anterior, así como todas las disposiciones que le sean contrarias.
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
ROvLE::?ROyRRE:AS MONTEALEG
EL SECRETARIO GENERAL DEL HONO BLE SENADO DE LA REPUBLlCA
GR
EL PRESIDENTE DE LA H ORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES
EL SECRETARIO GENERAL DE LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES
6
7. LEY Na. _1____________
"POR LA CUAL SE REGULA UN ARANCEL JUDICIAL Y SE DICTAN
OTRAS DISPOSICIONES"
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
PUBLíQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los
1 2
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
/J11fUtv( ui) (};~'-"--, -7
MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARíA
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DER CHO,
(
RUTH STELLA CORREA PALACIO