El documento describe las etapas del proceso de selección de contrataciones del Estado en Perú. Explica los diferentes tipos de procesos de selección como licitación pública, concurso público, adjudicación directa y adjudicación de menor cuantía. También describe las etapas comunes a todos los procesos como convocatoria, registro de participantes, consultas, presentación de propuestas y otorgamiento de la buena pro.
Responsabilidad en las Contrataciones con el Estado - 2021 Segunda EdiciónOscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Responsabilidad en las Contrataciones con el Estado - 2021 Segunda Edición" realizado el 26/08/2021
Acceda al Video del Webinar en nuestro canal de Youtube: https://www.youtube.com/user/comprasestatales?sub_confirmation=1
PROCESOS DE SELECCIÓN CONTRATACIONES DEL ESTADOEmilio Castillo
Este documento describe las fases y procedimientos clave de la programación y preparación de contrataciones públicas en Perú, incluyendo la elaboración del Plan Anual de Contrataciones, los órganos participantes, la determinación del valor referencial, y los diferentes procesos y etapas de selección como licitaciones públicas, adjudicaciones directas y de menor cuantía.
Modificaciones al Contrato (Bienes y Servicios)Oscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Modificaciones al Contrato (Bienes y Servicios)" realizado el 22/07/2021
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Admisión, Evaluación, Calificación y Otorgamiento de la Buena ProOscar Saravia
Diapositivas del Seminario On Line "Admisión Evaluación, Calificación y Otorgamiento de la Buena Pro" dictado el 17/01/2020 INFORMES de Nuestros Seminarios On Line Gratuitos: http://licitafacil.pe/webinar
Guía de contrataciones con el estado peruano - Obras y consultoría de obras 2021ProColombia
Este documento presenta una guía sobre el régimen de contrataciones del Estado peruano para obras y consultoría de obras. Explica los organismos que intervienen en las contrataciones, como el MEF, OSCE y CGR. También resume el marco normativo que rige las contrataciones, los principios aplicables, el proceso de contratación y los requisitos para participar como proveedor del Estado, entre los que se incluyen estar inscrito en el RNP y no estar impedido.
Sanciones a Proveedores en las Contrataciones con el EstadoOscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Sanciones a Proveedores en las Contrataciones con el Estado" realizado el 24/06/2021
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El documento describe las etapas del proceso de selección de contrataciones del Estado en Perú. Explica los diferentes tipos de procesos de selección como licitación pública, concurso público, adjudicación directa y adjudicación de menor cuantía. También describe las etapas comunes a todos los procesos como convocatoria, registro de participantes, consultas, presentación de propuestas y otorgamiento de la buena pro.
Responsabilidad en las Contrataciones con el Estado - 2021 Segunda EdiciónOscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Responsabilidad en las Contrataciones con el Estado - 2021 Segunda Edición" realizado el 26/08/2021
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PROCESOS DE SELECCIÓN CONTRATACIONES DEL ESTADOEmilio Castillo
Este documento describe las fases y procedimientos clave de la programación y preparación de contrataciones públicas en Perú, incluyendo la elaboración del Plan Anual de Contrataciones, los órganos participantes, la determinación del valor referencial, y los diferentes procesos y etapas de selección como licitaciones públicas, adjudicaciones directas y de menor cuantía.
Modificaciones al Contrato (Bienes y Servicios)Oscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Modificaciones al Contrato (Bienes y Servicios)" realizado el 22/07/2021
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Admisión, Evaluación, Calificación y Otorgamiento de la Buena ProOscar Saravia
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Guía de contrataciones con el estado peruano - Obras y consultoría de obras 2021ProColombia
Este documento presenta una guía sobre el régimen de contrataciones del Estado peruano para obras y consultoría de obras. Explica los organismos que intervienen en las contrataciones, como el MEF, OSCE y CGR. También resume el marco normativo que rige las contrataciones, los principios aplicables, el proceso de contratación y los requisitos para participar como proveedor del Estado, entre los que se incluyen estar inscrito en el RNP y no estar impedido.
Sanciones a Proveedores en las Contrataciones con el EstadoOscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Sanciones a Proveedores en las Contrataciones con el Estado" realizado el 24/06/2021
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Este documento presenta un análisis e interpretación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Contrataciones Pública. Se analiza la relación entre la Constitución de Venezuela y la Ley de Contrataciones Públicas, se identifican las características generales de esta ley y se establecen las diferencias con la derogada Ley de Licitaciones. Además, se describe el proceso de contratación de obras y servicios de PDVSA y su relación con la Ley de Contrataciones Públicas. El objetivo es aumentar
Este documento resume los principales aspectos de los contratos complementarios para obras y servicios según la normativa ecuatoriana. Explica que estos contratos surgen ante factores imprevistos en la ejecución de obras y que no proceden para adquisición de bienes ni para contratos integrales por precio fijo. Además, establece las condiciones y porcentajes máximos permitidos para la celebración de contratos complementarios.
El documento describe los aspectos fundamentales del expediente de contratación según la Ley de Contrataciones del Estado. Explica que el expediente contiene toda la información del proceso de contratación, desde la determinación de la necesidad hasta la culminación del contrato. Asimismo, detalla los componentes clave del expediente como el valor referencial, la disponibilidad presupuestal y los documentos requeridos.
Este documento habla sobre las contrataciones del Estado. Explica el proceso de elaboración del Plan Anual de Adquisiciones (PAAC) y su relación con el Plan Institucional de Inversiones (PIA). También describe los pasos para realizar una contratación estatal, incluyendo la consolidación de necesidades, elaboración del expediente, aprobación, conformación del Comité Especial, y elaboración de bases. Resalta la importancia de contar con bases claras y precisas para asegurar la transparencia y libre competencia.
El documento habla sobre los contratos en el Código Civil peruano. Explica que el contrato es un acuerdo entre dos o más partes que crea una obligación. Luego describe varios tipos de contratos como la compraventa, el arrendamiento, el préstamo, y el contrato de obra. Finalmente, da ejemplos de contratos de obra recientes como la Línea 2 del Metro de Lima.
Este documento presenta información sobre la creación del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) en Perú según la Ley de Contrataciones del Estado. El OSCE supervisa los procesos de contratación del estado, es un organismo técnico adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas con autonomía. Sus funciones incluyen promover compras eficientes y transparentes por parte del estado, aprobar bases estandarizadas, administrar el Registro Nacional de Proveedores y el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado.
El OSCE supervisa las contrataciones del Estado de manera selectiva y aleatoria para verificar el cumplimiento de la ley. Administra herramientas como el SEACE, RNP, catálogos electrónicos y subastas inversas. El SEACE permite el registro de procedimientos, intercambio de información y transacciones electrónicas sobre las contrataciones del Estado. El RNP registra a los proveedores para que puedan participar en procesos de selección y contratar con el Estado. Estos deben mantener su registro vigente y actualizado.
Casos Prácticos: Sanciones a Proveedores en las Contrataciones del EstadoOscar Saravia
El documento habla sobre las sanciones a proveedores en las contrataciones del Estado. Explica que el Tribunal de Contrataciones del Estado puede sancionar a proveedores, participantes, postores, contratistas y otros sujetos con multas e inhabilitaciones temporales o definitivas cuando incumplan con la ley o cometan infracciones administrativas como presentar información falsa o retirar injustificadamente su oferta. También describe el procedimiento sancionador que sigue el Tribunal y los criterios para sancionar a consorcios.
El documento describe las funciones y procesos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), la entidad encargada de supervisar los procesos de contratación del Estado. El OSCE se encarga de velar por el cumplimiento de las normas de contratación, supervisar los procesos de selección, administrar el registro de proveedores, y denunciar irregularidades. Los procesos de contratación del Estado incluyen planificación, selección de proveedores, ejecución de contratos y auditorías.
Este documento explica el proceso de valorización y liquidación de obras públicas. Describe que la valorización cuantifica económicamente el avance físico de la obra en un período determinado. Explica que depende del sistema de contratación (precios unitarios o suma alzada), el supervisor e inspector miden los avances y los valorizan multiplicando los metrados por los precios. También cubre los requisitos de una valorización y el proceso de liquidación final para definir el monto total de la obra.
La Ley de Contrataciones del Estado establece las normas que rigen los procesos de contratación de bienes, servicios y obras por parte de las entidades del sector público. La ley busca maximizar el valor del dinero público a través de contrataciones oportunas y bajo las mejores condiciones de precio y calidad, respetando principios como la transparencia, economía, concurrencia e igualdad. La ley crea el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado para supervisar el sistema y el Tribunal de Contrataciones para resolver impugn
Ley de Contrataciones Públicas y Control Fiscal, Autor Edgar Mariño Díaz-emar...IECSAM Edgar Mariño
El documento presenta los módulos de un curso sobre contrataciones públicas impartido por Edgar Mariño. Los módulos cubren temas como las definiciones legales, las fuentes jurídicas, las comisiones de contratación, los sistemas y registros nacionales de contrataciones, y los recursos administrativos aplicables. El documento también incluye la información de contacto del facilitador.
"Casos Prácticos Modificaciones al Contrato (Bienes y Servicios)" 2021 - 2da....Oscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Casos Prácticos Modificaciones al Contrato (Bienes y Servicios)" 2021 - 2da. Edición, realizado el 27/01/2022
Acceda al Video del Webinar en nuestro canal de Youtube: https://www.youtube.com/user/comprasestatales?sub_confirmation=1
Este documento presenta información sobre conceptos básicos de obras, tipos de obras, modalidades de ejecución de obras, profesionales responsables en obras y su normativa vinculada. En particular, describe las funciones y atribuciones del residente de obra, así como los requisitos para ejercer como residente de obra pública.
El documento describe los principales aspectos de la programación y el régimen de contrataciones del Estado en Perú. Explica el marco legal, los objetivos de la contratación estatal, las fases del proceso de contratación, y los instrumentos clave de planificación como el Plan Estratégico Institucional, el Plan Operativo Institucional, el Cuadro Anual de Necesidades y el Plan Anual de Contrataciones. Además, detalla conceptos como el expediente de contratación, el requerimiento, las características técnicas y el estudio
El documento describe los principales aspectos de la programación y el régimen de contrataciones del Estado en Perú. Explica que la programación se realiza a través del Plan Estratégico Institucional, Plan Operativo Institucional, Cuadro Anual de Necesidades y Plan Anual de Contrataciones. También detalla los diferentes elementos que componen el expediente de contratación, como el requerimiento, estudio de mercado, valor referencial y disponibilidad presupuestal. Finalmente, resume brevemente los sistemas y modalidades de contratación estatal.
Presentación del Programa: Contrataciones Exitosas con el Estado - 2022Oscar Saravia
Este documento presenta el programa "Contrataciones Exitosas con el Estado - 2022" y ofrece información sobre las contrataciones realizadas por el Estado Peruano en 2021. En 2021, el Estado Peruano contrató a más de 25,000 proveedores por un monto total de casi 50,000 millones de soles a través de más de 48,000 procedimientos de selección. El documento también describe las normas y marcos legales que los proveedores deben considerar para contratar exitosamente con el Estado, así como los desafíos comunes y las responsabilidades de los
Nueva Ley de Contrataciones del Estado (Perú) - Luis Bossano LomelliniElizabeth Ontaneda
La contratación del Estado en Perú se estima en más de S/. 50,000 millones o 10% del PBI. La Ley de Contrataciones del Estado promulgado en julio 2014 busca simplificar y agilizar la contratación de manera que se integre con el proceso presupuestal y otros sistemas del Estado.
Luis Bossano, profesor de Postgrado UPC y especialista en contrataciones del estado, nos explica los cambios más importantes de esta nueva ley y sus implicancias.
Responsabilidad en las Contrataciones con el Estado - 2022Oscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Responsabilidad en las Contrataciones con el Estado - 2022" realizado el 21/04/2022
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Responsabilidad en las Contrataciones con el Estado Oscar Saravia
Diapositivas de del Webinar "Responsabilidad en las Contrataciones con el Estado " realizado el 28/01/2021
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INFORMES de Nuestros Seminarios On Line Gratuitos: https://licitafacil.pe/webinar
Este documento presenta información sobre sanciones a proveedores en casos prácticos para 2022. Explica las infracciones administrativas según la Ley de Contrataciones del Estado, las sanciones aplicables como multas y inhabilitaciones temporales o definitivas, el procedimiento sancionador llevado a cabo por el Tribunal de Contrataciones del Estado, y algunas consideraciones sobre la suspensión del procedimiento sancionador a la espera de una decisión arbitral o judicial.
Este documento presenta un análisis e interpretación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Contrataciones Pública. Se analiza la relación entre la Constitución de Venezuela y la Ley de Contrataciones Públicas, se identifican las características generales de esta ley y se establecen las diferencias con la derogada Ley de Licitaciones. Además, se describe el proceso de contratación de obras y servicios de PDVSA y su relación con la Ley de Contrataciones Públicas. El objetivo es aumentar
Este documento resume los principales aspectos de los contratos complementarios para obras y servicios según la normativa ecuatoriana. Explica que estos contratos surgen ante factores imprevistos en la ejecución de obras y que no proceden para adquisición de bienes ni para contratos integrales por precio fijo. Además, establece las condiciones y porcentajes máximos permitidos para la celebración de contratos complementarios.
El documento describe los aspectos fundamentales del expediente de contratación según la Ley de Contrataciones del Estado. Explica que el expediente contiene toda la información del proceso de contratación, desde la determinación de la necesidad hasta la culminación del contrato. Asimismo, detalla los componentes clave del expediente como el valor referencial, la disponibilidad presupuestal y los documentos requeridos.
Este documento habla sobre las contrataciones del Estado. Explica el proceso de elaboración del Plan Anual de Adquisiciones (PAAC) y su relación con el Plan Institucional de Inversiones (PIA). También describe los pasos para realizar una contratación estatal, incluyendo la consolidación de necesidades, elaboración del expediente, aprobación, conformación del Comité Especial, y elaboración de bases. Resalta la importancia de contar con bases claras y precisas para asegurar la transparencia y libre competencia.
El documento habla sobre los contratos en el Código Civil peruano. Explica que el contrato es un acuerdo entre dos o más partes que crea una obligación. Luego describe varios tipos de contratos como la compraventa, el arrendamiento, el préstamo, y el contrato de obra. Finalmente, da ejemplos de contratos de obra recientes como la Línea 2 del Metro de Lima.
Este documento presenta información sobre la creación del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) en Perú según la Ley de Contrataciones del Estado. El OSCE supervisa los procesos de contratación del estado, es un organismo técnico adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas con autonomía. Sus funciones incluyen promover compras eficientes y transparentes por parte del estado, aprobar bases estandarizadas, administrar el Registro Nacional de Proveedores y el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado.
El OSCE supervisa las contrataciones del Estado de manera selectiva y aleatoria para verificar el cumplimiento de la ley. Administra herramientas como el SEACE, RNP, catálogos electrónicos y subastas inversas. El SEACE permite el registro de procedimientos, intercambio de información y transacciones electrónicas sobre las contrataciones del Estado. El RNP registra a los proveedores para que puedan participar en procesos de selección y contratar con el Estado. Estos deben mantener su registro vigente y actualizado.
Casos Prácticos: Sanciones a Proveedores en las Contrataciones del EstadoOscar Saravia
El documento habla sobre las sanciones a proveedores en las contrataciones del Estado. Explica que el Tribunal de Contrataciones del Estado puede sancionar a proveedores, participantes, postores, contratistas y otros sujetos con multas e inhabilitaciones temporales o definitivas cuando incumplan con la ley o cometan infracciones administrativas como presentar información falsa o retirar injustificadamente su oferta. También describe el procedimiento sancionador que sigue el Tribunal y los criterios para sancionar a consorcios.
El documento describe las funciones y procesos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), la entidad encargada de supervisar los procesos de contratación del Estado. El OSCE se encarga de velar por el cumplimiento de las normas de contratación, supervisar los procesos de selección, administrar el registro de proveedores, y denunciar irregularidades. Los procesos de contratación del Estado incluyen planificación, selección de proveedores, ejecución de contratos y auditorías.
Este documento explica el proceso de valorización y liquidación de obras públicas. Describe que la valorización cuantifica económicamente el avance físico de la obra en un período determinado. Explica que depende del sistema de contratación (precios unitarios o suma alzada), el supervisor e inspector miden los avances y los valorizan multiplicando los metrados por los precios. También cubre los requisitos de una valorización y el proceso de liquidación final para definir el monto total de la obra.
La Ley de Contrataciones del Estado establece las normas que rigen los procesos de contratación de bienes, servicios y obras por parte de las entidades del sector público. La ley busca maximizar el valor del dinero público a través de contrataciones oportunas y bajo las mejores condiciones de precio y calidad, respetando principios como la transparencia, economía, concurrencia e igualdad. La ley crea el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado para supervisar el sistema y el Tribunal de Contrataciones para resolver impugn
Ley de Contrataciones Públicas y Control Fiscal, Autor Edgar Mariño Díaz-emar...IECSAM Edgar Mariño
El documento presenta los módulos de un curso sobre contrataciones públicas impartido por Edgar Mariño. Los módulos cubren temas como las definiciones legales, las fuentes jurídicas, las comisiones de contratación, los sistemas y registros nacionales de contrataciones, y los recursos administrativos aplicables. El documento también incluye la información de contacto del facilitador.
"Casos Prácticos Modificaciones al Contrato (Bienes y Servicios)" 2021 - 2da....Oscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Casos Prácticos Modificaciones al Contrato (Bienes y Servicios)" 2021 - 2da. Edición, realizado el 27/01/2022
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Este documento presenta información sobre conceptos básicos de obras, tipos de obras, modalidades de ejecución de obras, profesionales responsables en obras y su normativa vinculada. En particular, describe las funciones y atribuciones del residente de obra, así como los requisitos para ejercer como residente de obra pública.
El documento describe los principales aspectos de la programación y el régimen de contrataciones del Estado en Perú. Explica el marco legal, los objetivos de la contratación estatal, las fases del proceso de contratación, y los instrumentos clave de planificación como el Plan Estratégico Institucional, el Plan Operativo Institucional, el Cuadro Anual de Necesidades y el Plan Anual de Contrataciones. Además, detalla conceptos como el expediente de contratación, el requerimiento, las características técnicas y el estudio
El documento describe los principales aspectos de la programación y el régimen de contrataciones del Estado en Perú. Explica que la programación se realiza a través del Plan Estratégico Institucional, Plan Operativo Institucional, Cuadro Anual de Necesidades y Plan Anual de Contrataciones. También detalla los diferentes elementos que componen el expediente de contratación, como el requerimiento, estudio de mercado, valor referencial y disponibilidad presupuestal. Finalmente, resume brevemente los sistemas y modalidades de contratación estatal.
Presentación del Programa: Contrataciones Exitosas con el Estado - 2022Oscar Saravia
Este documento presenta el programa "Contrataciones Exitosas con el Estado - 2022" y ofrece información sobre las contrataciones realizadas por el Estado Peruano en 2021. En 2021, el Estado Peruano contrató a más de 25,000 proveedores por un monto total de casi 50,000 millones de soles a través de más de 48,000 procedimientos de selección. El documento también describe las normas y marcos legales que los proveedores deben considerar para contratar exitosamente con el Estado, así como los desafíos comunes y las responsabilidades de los
Nueva Ley de Contrataciones del Estado (Perú) - Luis Bossano LomelliniElizabeth Ontaneda
La contratación del Estado en Perú se estima en más de S/. 50,000 millones o 10% del PBI. La Ley de Contrataciones del Estado promulgado en julio 2014 busca simplificar y agilizar la contratación de manera que se integre con el proceso presupuestal y otros sistemas del Estado.
Luis Bossano, profesor de Postgrado UPC y especialista en contrataciones del estado, nos explica los cambios más importantes de esta nueva ley y sus implicancias.
Responsabilidad en las Contrataciones con el Estado - 2022Oscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Responsabilidad en las Contrataciones con el Estado - 2022" realizado el 21/04/2022
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Responsabilidad en las Contrataciones con el Estado Oscar Saravia
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Este documento presenta información sobre sanciones a proveedores en casos prácticos para 2022. Explica las infracciones administrativas según la Ley de Contrataciones del Estado, las sanciones aplicables como multas y inhabilitaciones temporales o definitivas, el procedimiento sancionador llevado a cabo por el Tribunal de Contrataciones del Estado, y algunas consideraciones sobre la suspensión del procedimiento sancionador a la espera de una decisión arbitral o judicial.
Sanciones a Proveedores en las Contrataciones del Estado - 2021 - 2da. EdiciónOscar Saravia
Este documento trata sobre las sanciones a proveedores en las contrataciones del Estado. Explica las infracciones administrativas que pueden cometer los proveedores según la Ley de Contrataciones del Estado y las sanciones correspondientes, como multas e inhabilitaciones temporales o definitivas. También cubre temas como el procedimiento sancionador, la obligación de las entidades públicas de informar sobre posibles infracciones y consideraciones especiales para consorcios.
Sanciones a Proveedores en las Contrataciones del Estado - 2022Oscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Sanciones a Proveedores en las Contrataciones del Estado - 2022" realizado el 22/09/2022
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La ley presenta modificaciones a la Ley de Contrataciones del Estado, incluyendo supuestos de inaplicación de la ley, como contratos menores a 3 UIT o derivados de donaciones internacionales del 25% del monto. También se describen funciones del Registro Nacional de Proveedores y del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado para supervisar procesos. Se establecen infracciones como fraccionar contratos o presentar documentación falsa, siendo sancionadas con inhabilitación.
El documento describe las responsabilidades de los proveedores en las contrataciones públicas. Señala que los proveedores pueden incurrir en responsabilidades durante el proceso de selección y la etapa contractual. También detalla varias causales por las cuales se puede imponer sanciones administrativas a los proveedores, como no mantener la oferta, presentar documentos falsos, o incumplir injustificadamente las obligaciones del contrato. Las sanciones pueden ser inhabilitación temporal o definitiva.
La documento describe el régimen de infracciones y sanciones en las contrataciones públicas. Se establece que el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado es el encargado de imponer sanciones como la inhabilitación temporal o definitiva a proveedores por cometer infracciones como presentar documentos falsos, no mantener la oferta, o incumplir obligaciones contractuales. Las sanciones buscan garantizar la legalidad, debido proceso y razonabilidad en los procesos de contratación pública.
El documento describe las multas y sanciones establecidas en el Reglamento Nacional de Contrataciones del Estado por incumplimientos en los procesos de contratación. Se especifican las causales que ameritan multas e inhabilitaciones temporales o definitivas, así como las penalidades por mora en la ejecución de contratos. Finalmente, se indica que la resolución de contratos procede ante incumplimientos injustificados o cuando se alcance el monto máximo de penalidades, ejecutándose en ese caso las garantías otorgadas.
Protestas y Propuestas a la revisión arbitral de la nulidad del Contrato Esta...Cesar Rubio
El Estado Peruano licita diariamente la contratación de bienes, servicios y obras a través de los procesos de selección, previstos en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; contratos que pueden ser obtenidos por particulares a través de sus propuestas de naturaleza de carácter enteramente documental.
Desafortunadamente, existen postores presentan ofertas con documentos falsos o inexactos, adjudicándose irregularmente estos contratos; perjudicando el sistema de contratación estatal, al no cumplir parcial o totalmente con las prestaciones ofrecidas, o hacerlo tardíamente en perjuicio de la entidad contratante.
Asimismo resulta que, una vez declarada la nulidad del contrato por haberse transgredido el Principio de Presunción de Veracidad con la presentación de documentación falsa o inexacta, los contratistas intentan liberarse de las responsabilidades pertinentes con el uso –y el abuso– del arbitraje administrativo.
Este trabajo de investigación tiene por objeto proponer a la revisión de nulidad del contrato como una potestad exclusiva del Tribunal de Contrataciones del Estado, en su calidad de órgano especializado en materia de contratación estatal; hecho cuya finalidad primaria constituirá un desincentivo sobre los postores que pretendan contratar con el Estado irregularmente. En ese orden de ideas, y como consecuencia directa de lo anterior, la finalidad última de esta discusión será reforzar el sistema de contratación estatal, en beneficio de las entidades contratantes, los postores que participan en los procesos de selección, y la sociedad civil en general.
El documento resume las funciones y estructura del Tribunal de Contrataciones del Estado (TCE) en Perú. El TCE es un órgano autónomo que resuelve controversias durante los procesos de contratación y aplica sanciones a proveedores por infracciones. Se compone de una presidencia y cuatro salas integradas por doce vocales. El TCE puede imponer multas, inhabilitaciones temporales o definitivas a proveedores por presentar información falsa u ocasionar la resolución de un contrato, entre otras infracciones.
El documento presenta la oferta técnica de CONSORCIO CONSTRUIRTE para la fiscalización de la construcción del Centro de Capacitación y Entrenamiento de la Empresa Municipal Cuerpo de Bomberos de Ambato. La oferta incluye la presentación y compromiso del oferente, datos generales, experiencia, personal técnico clave y equipos disponibles.
El documento resume los principales aspectos relacionados a la fase de ejecución contractual según la normativa peruana, incluyendo plazos para perfeccionar el contrato, requisitos, casos en los que se puede declarar la nulidad del contrato, límites a la subcontratación y supuestos en los que no se requiere garantía de cumplimiento. Explica en detalle temas como la obligación de contratar una vez consentida la buena pro, documentos que conforman el contrato y responsabilidades de las partes ante incumplimientos.
Este documento presenta un taller sobre contratación pública según la Ley 80 de 1993 y el Decreto 4747 de 2007. Explica conceptos como objeto de la ley 80, entidades estatales, servidores públicos, derechos y deberes de contratistas y entidades estatales, inhabilidades e incompatibilidades, mecanismos de selección de contratistas, elementos esenciales de un contrato y redes de prestación de servicios. Adicionalmente, hace énfasis en la comprobación de derechos de los usuarios para garantizar el p
Este documento describe la potestad sancionadora de la Administración Pública en el ámbito de las compras públicas en Perú. Explica que la Administración puede imponer sanciones económicas o inhabilitaciones a proveedores, participantes y contratistas que incumplan la normativa de contrataciones del Estado. También resume los tipos de infracciones sancionables, el procedimiento sancionador, las sanciones aplicables y los recursos disponibles contra las resoluciones del Tribunal de Contrataciones del Estado.
Este documento presenta el marco legal y normativo de las contrataciones públicas en el Perú. Establece que la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento son las normas vigentes, mientras que la nueva Ley de Contrataciones del Estado aún no entra en vigencia. También describe los principales organismos involucrados en el proceso de contratación pública y establece las responsabilidades de los funcionarios y proveedores en este ámbito.
Este documento describe un taller de tres días sobre el proceso de contratación de bienes y servicios del Estado Plurinacional de Bolivia según el Decreto Supremo 181. El objetivo general del taller es explicar los alcances de la normativa contenida en el decreto y sus decretos complementarios, así como las atribuciones y funciones de los participantes en las modalidades de contratación. El taller abarcará aspectos relevantes del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, especificaciones técnicas, precio referencial, modalidades de contratación y
1) El documento presenta información sobre la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, incluyendo cambios realizados y recomendaciones para una óptima gestión de las compras públicas.
2) Se describen diversas herramientas como el SEACE, RNP y CONOSCE, así como funciones del OSCE y responsabilidades de las entidades públicas en materia de contrataciones.
3) Se resaltan principios como la transparencia, integridad y prevención de la corrupción en los procesos de contratación del Estado.
Este documento presenta un resumen de la Ley de Contratación del Estado de Honduras. Establece los principios de eficiencia, publicidad, transparencia, igualdad y libre competencia que rigen los procesos de contratación estatal. También describe los órganos competentes para celebrar y adjudicar contratos, los requisitos para que personas naturales y jurídicas puedan contratar con el estado, y los registros de proveedores y contratistas.
El documento presenta información sobre la fiscalización de contratos de construcción en Ecuador. Explica que un fiscalizador es un profesional experto que controla el diseño, construcción y arquitectura de un proyecto usando sus conocimientos para revisar que se cumplan los estándares. También describe algunas de las responsabilidades del fiscalizador como verificar el avance de obras y aprobar planillas de pago.
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Este documento presenta una introducción a las modificaciones que pueden realizarse a los contratos de bienes y servicios con el Estado. Explica los supuestos en los que se pueden realizar adicionales, reducciones, ampliaciones de plazo y otras modificaciones. Asimismo, detalla los procedimientos y formalidades que deben seguirse para que dichas modificaciones sean aprobadas de manera legal. Finalmente, incluye algunos casos prácticos sobre modificaciones contractuales.
Casos Prácticos Suscripción del Contrato - 2022Oscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Casos Prácticos Suscripción del Contrato - 2022" realizado el 08/09/2022
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Penalidades en la Ejecución del Contrato - 2022Oscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Penalidades en la Ejecución del Contrato - 2022" realizado el 01/09/2022
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Qué tan difícil resulta Contratar con el Estado - 2022Oscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Qué tan difícil resulta Contratar con el Estado - 2022" realizado el 25/08/2022
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Errores Frecuentes en las Contrataciones con el Estado.pdfOscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Errores Frecuentes en las Contrataciones con el Estado - 2022" realizado el 18/08/2022
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Casos Prácticos: Admisión, Evaluación y Calificación de Ofertas - 2022 Oscar Saravia
Este documento presenta información sobre las etapas de admisión y evaluación de ofertas en los procesos de selección. Explica que en la admisión se verifican los requisitos formales y de fondo de las ofertas, y que en la evaluación se asignan puntajes a las ofertas admitidas según los criterios establecidos en las bases. También describe algunos casos prácticos sobre la aplicación correcta o incorrecta de estas etapas.
Casos Prácticos: El Recurso de Apelación - 2022Oscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Casos Prácticos: El Recurso de Apelación - 2022" realizado el 4/08/2022
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Casos Prácticos: Ofertas en Consorcio y Subsanación de Ofertas - 2022Oscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Casos Prácticos: Ofertas en Consorcio y Subsanación de Ofertas - 2022" realizado el 21/07/2022
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Estrategias para una Contratación Exitosa - 2022Oscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Estrategias para una Contratación Exitosa - 2022" realizado el 30/06/2022
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Diapositivas del Webinar "Ejecución del Contrato - 2022" realizado el 23/06/2022
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Diapositivas del Webinar "Ofertas En Consorcio - 2022" realizado el 16/06/2022
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1) El documento habla sobre el recurso de apelación en las contrataciones del Estado. 2) El recurso de apelación solo puede interponerse luego de otorgada la Buena Pro o después de publicados los resultados de adjudicación en los procedimientos para implementar o extender la vigencia de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. 3) El recurso de apelación es conocido y resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado, cuando se trate de procedimientos cuyo Valor estimado o Valor Referencial sea superior a cincuenta (50)
Admisión, Evaluación, Calificación y Otorgamiento de la Buena Pro - 2022Oscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Admisión, Evaluación, Calificación y Otorgamiento de la Buena Pro - 2022" realizado el 2/06/2022
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Cómo Elaborar una Oferta Exitosa - 2022Oscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Cómo Elaborar una Oferta Exitosa - 2022" realizado el 26/05/2022
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METODOS DE VALUACIÓN DE INVENTARIOS.pptxBrendaRub1
Los metodos de valuación de inentarios permiten gestionar y evaluar de una manera más eficiente los inventarios a nivel económico, este documento contiene los mas usados y la importancia de conocerlos para poder aplicarlos de la manera mas conveniente en la empresa
El-Codigo-De-La-Abundancia para todos.pdfAshliMack
Si quieres alcanzar tus sueños y tener el estilo de vida que deseas, es primordial que te comprometas contigo mismo y realices todos los ejercicios que te propongo para recibieron lo que mereces, incluso algunos milagros que no tenías en mente
Bienvenido al mundo real de la teoría organizacional. La suerte cambiante de Xerox
muestra la teoría organizacional en acción. Los directivos de Xerox estaban muy involucrados en la teoría organizacional cada día de su vida laboral; pero muchos nunca se
dieron cuenta de ello. Los gerentes de la empresa no entendían muy bien la manera en que
la organización se relacionaba con el entorno o cómo debía funcionar internamente. Los
conceptos de la teoría organizacional han ayudado a que Anne Mulcahy y Úrsula analicen
y diagnostiquen lo que sucede, así como los cambios necesarios para que la empresa siga
siendo competitiva. La teoría organizacional proporciona las herramientas para explicar
el declive de Xerox, entender la transformación realizada por Mulcahy y reconocer algunos pasos que Burns pudo tomar para mantener a Xerox competitiva.
Numerosas organizaciones han enfrentado problemas similares. Los directivos de
American Airlines, por ejemplo, que una vez fue la aerolínea más grande de Estados
Unidos, han estado luchando durante los últimos diez años para encontrar la fórmula
adecuada para mantener a la empresa una vez más orgullosa y competitiva. La compañía
matriz de American, AMR Corporation, acumuló $11.6 mil millones en pérdidas de 2001
a 2011 y no ha tenido un año rentable desde 2007.2
O considere los errores organizacionales dramáticos ilustrados por la crisis de 2008 en el sector de la industria hipotecaria
y de las finanzas en los Estados Unidos. Bear Stearns desapareció y Lehman Brothers se
declaró en quiebra. American International Group (AIG) buscó un rescate del gobierno
estadounidense. Otro icono, Merrill Lynch, fue salvado por formar parte de Bank of
America, que ya le había arrebatado al prestamista hipotecario Countrywide Financial
Corporation.3
La crisis de 2008 en el sector financiero de Estados Unidos representó un
cambio y una incertidumbre en una escala sin precedentes, y hasta cierto grado, afectó a
los gerentes en todo tipo de organizaciones e industrias del mundo en los años venideros.
Mario Mendoza Marichal — Un Líder con Maestría en Políticas Públicas por ...Mario Mendoza Marichal
Mario Mendoza Marichal: Un Líder con Maestría en Políticas Públicas por la Universidad de Chicago
Mario Mendoza Marichal es un profesional destacado en el ámbito de las políticas públicas, con una sólida formación académica y una amplia trayectoria en los sectores público y privado.
3. RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
Constituyen conductas sancionables
administrativamente, las infracciones
previstas expresamente en normas con
rango de ley mediante su tipificación como
tales, sin admitir interpretación extensiva
o analogía.
4. RESPONSABILIDAD CIVIL
La responsabilidad civil es la obligación de resarcir que
surge como consecuencia del daño provocado por un
incumplimiento contractual (responsabilidad
contractual) o de reparar el daño que ha causado a otro
con el que no existía un vínculo previo (responsabilidad
extracontractual), sea en naturaleza o bien por un
equivalente monetario, habitualmente mediante el
pago de una indemnización de perjuicios.
5. RESPONSABILIDAD PENAL
Responsabilidad penal es la consecuencia
jurídica derivada de la comisión de un
hecho tipificado en una ley penal por un
sujeto, y siempre que dicho hecho sea
contrario al orden jurídico, es decir, sea
antijurídico; además de punible.
6. FASES DEL PROCESO DE CONTRATACION
Actos
Preparatorios
Procedimiento
de Selección
Ejecución del
Contrato
7. ACTOS PREPARATORIOS
• Determinación de la Necesidad
• Elaboración de los EETT -TDR - RTM –
Requisitos de Calificación - Evaluación
• Estudio de Mercado – Cotización
8. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
• Elaboración de Bases del Procedimiento de Selección
• Registro de Participantes (antes, ahora a través del
SEACE)
• Formulación y
• Absolución de Consultas y Observaciones a las Bases
• Integración de Bases
• Presentación de Ofertas
• Evaluación y Calificación de Ofertas
• Otorgamiento de la Buena Pro
9. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
• Suscripción del Contrato
• Entregas y Conformidad
• Pagos (Suspensión de la ejecución de la Obra
terceraValorización)
• Aplicación de Penalidades
• Ampliaciones
• Adicionales
• Prestaciones Accesorias
10. SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Art. 50 LCE
• Multa no menor del cinco por ciento (5%) ni mayor al quince por
ciento (15%) de la oferta económica o del contrato, según
corresponda, el cual no puede ser inferior a una (1) UIT, (retirar su
oferta, no perfeccionar el contrato, subcontratar, etc,) - Literales
a), b), d), e), k), l), m) y n)
• InhabilitaciónTemporal - De 3 a 36 meses (Contratar estando
impedido, resolución del contrato, no sanear vicios ocultos,
información inexacta) - Literales c), f), g), h) e i) y en caso de
reincidencia en la infracción prevista en los literales m) y n). No
menor de 36 ni mayor de 60 meses (Presentar documentos falsos o
adulterados) - Literal j)
• Inhabilitación definitiva – Mas de dos sanciones que sumen mas de
36 meses en los últimos 4 años o reincida en presentar documentos
falsos o adulterados
11. INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS
Art. 50 LCE
a) Desistirse o retirar injustificadamente su oferta.
b) Incumplir injustificadamente con su obligación de perfeccionar
el contrato o de formalizar Acuerdos Marco
c) Contratar con el Estado estando impedido conforme a Ley.
d) Subcontratar prestaciones sin autorización de la Entidad o en
porcentaje mayor al permitido por el Reglamento o cuando el
subcontratista no cuente con inscripción vigente en el Registro
Nacional de Proveedores (RNP), esté impedido o inhabilitado o
suspendido para contratar con el Estado.
12. INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS
Art. 50 LCE
e) Incumplir la obligación de prestar servicios a tiempo completo
como residente o supervisor de obra, salvo en aquellos casos en
que la normativa lo permita.
f) Ocasionar que la Entidad resuelva el contrato, incluido Acuerdos
Marco, siempre que dicha resolución haya quedado consentida o
firme en vía conciliatoria o arbitral.
g) No proceder al saneamiento de los vicios ocultos en la
prestación a su cargo, según lo requerido por la Entidad, cuya
existencia haya sido reconocida por el contratista o declarada en
vía arbitral.
h) Negarse injustificadamente a cumplir las obligaciones derivadas
del contrato que deben ejecutarse con posterioridad al pago.
13. INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS
Art. 50 LCE
i) Presentar información inexacta a las Entidades, alTribunal de
Contrataciones del Estado, al Registro Nacional de Proveedores
(RNP), al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
(OSCE) y a la Central de Compras Públicas–Perú Compras. En el
caso de las Entidades siempre que esté relacionada con el
cumplimiento de un requerimiento, factor de evaluación o
requisitos que le represente una ventaja o beneficio en el
procedimiento de selección o en la ejecución contractual.
Tratándose de información presentada alTribunal de
Contrataciones del Estado, al Registro Nacional de Proveedores
(RNP) o al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
(OSCE), el beneficio o ventaja debe estar relacionada con el
procedimiento que se sigue ante estas instancias
14. INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS
Art. 50 LCE
j) Presentar documentos falsos o adulterados a las Entidades, al
Tribunal de Contrataciones del Estado, al Registro Nacional de
Proveedores (RNP), al Organismo Supervisor de las Contrataciones
del Estado (OSCE), o a la Central de Compras Públicas–Perú
Compras.
k) Suscribir contratos o Acuerdos Marco sin contar con inscripción
vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) o suscribir
contratos por montos mayores a su capacidad libre de
contratación, en especialidades o categorías distintas a las
autorizadas por el Registro Nacional de Proveedores (RNP).
15. INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS
Art. 50 LCE
l) Perfeccionar el contrato, luego de notificada en el Sistema
Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) la suspensión,
recomendación de nulidad o la nulidad del proceso de contratación
dispuesta por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del
Estado (OSCE) en el ejercicio de sus funciones.
m) Formular fichas técnicas o estudios de pre inversión o
expedientes técnicos con omisiones, deficiencias o información
equivocada, o supervisar la ejecución de obras faltando al deber de
velar por la correcta ejecución técnica, económica y administrativa
de la prestación, ocasionando perjuicio económico a las Entidades.
n) Presentar cuestionamientos maliciosos o manifiestamente
infundados al pliego de absolución de consultas y/u observaciones.
16. Artículo 12 RLCE. Situaciones que afectan la
vigencia de inscripción y retiro temporal del RNP
En los casos siguientes, el OSCE dispone el retiro
temporal del RNP, afectando con ello la vigencia de la
inscripción del proveedor en el RNP:
a) Cuando incumple su obligación de actualizar su
información según lo dispuesto en el artículo anterior,
pese a haber sido requerido previamente por el RNP.
b) Cuando de la evaluación de la información
financiera el proveedor resulte insolvente.
c) A solicitud del proveedor.
17. DECLARACIÓN JURADA ARTº 52 RLCE
i. No haber incurrido y me obligo a no incurrir en actos de corrupción, así como a respetar
el principio de integridad.
ii. No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar
con el Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.
iii. Que mi información (en caso que el postor sea persona natural) o la información de la
persona jurídica que represento, registrada en el RNP se encuentra actualizada.
iv. Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su
Reglamento, así como las disposiciones aplicables delTUO de la Ley N° 27444, Ley del
Procedimiento AdministrativoGeneral.
v. Participar en el presente proceso de contratación en forma independiente sin mediar
consulta, comunicación, acuerdo, arreglo o convenio con ningún proveedor; y, conocer
las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1034, Decreto Legislativo que aprueba la
Ley de Represión de ConductasAnticompetitivas.
vi. Conocer, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de
selección.
vii. Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el
presente procedimiento de selección.
viii. Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el procedimiento de
selección y a perfeccionar el contrato, en caso de resultar favorecido con la buena pro.
18. RESPONSABILIDAD CIVIL
GARANTÍAS
• Fiel Cumplimiento
• Fiel Cumplimiento
por prestaciones
accesorias
• Adelantos
SEGUROS - DAÑOS
• Responsabilidad
Civil
• Deshonestidad
• Daños y Perjuicios
• Complementario de
Trabajo de Riesgo
• Vida y de accidentes
personales
PENALIDADES
• Mora
• Otras Penalidades
• Máximo 10 % c/u
• Previstas en las
Bases y en el
Contrato
19. PENALIDADES Arts. 162 y 163 RLCE
Artículo 162. Penalidad por mora en la ejecución de la prestación
162.1. En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del
contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso.
Penalidad diaria = 0.10 x monto vigente
F x plazo vigente en días
Donde F tiene los siguientes valores:
a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, para bienes, servicios en general, consultorías y
ejecución de obras: F 0.40.
b) Para plazos mayores a sesenta (60) días:
b.1) Para bienes, servicios en general y consultorías: F = 0.25
b.2) Para obras: F = 0.15
20. PENALIDADES Arts. 162 y 163 RLCE
Artículo 163. Otras penalidades
163.1. Los documentos del procedimiento de selección pueden establecer penalidades distintas a la
mencionada en el artículo 162, siempre y cuando sean objetivas, razonables, congruentes y
proporcionales con el objeto de la contratación. Para estos efectos, incluyen los supuestos de
aplicación de penalidad, distintas al retraso o mora, la forma de cálculo de la penalidad para cada
supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar.
163.2. Estas penalidades se calculan de forma independiente a la penalidad por mora.
Estos dos (2) tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al
diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió
ejecutarse.
21. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS Art. 155 RLCE
155.1 Las garantías se ejecutan en los siguientes supuestos:
a) Cuando el contratista no la hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento. Una vez que se cuente con la
conformidad de la recepción de la prestación o haya quedado consentida la liquidación, según corresponda, y siempre que no
existan deudas a cargo del contratista o de haber saldo a favor, se le devuelve el monto ejecutado sin dar lugar al pago de
intereses. Tratándose de las garantías por adelantos, no corresponde devolución alguna por el adelanto pendiente de
amortización.
b) La garantía de fiel cumplimiento se ejecuta, en su totalidad, cuando la resolución por la cual la Entidad resuelve el contrato
por causa imputable al contratista haya quedado consentida o cuando por laudo arbitral se declare procedente la decisión de
resolver el contrato. En estos supuestos, el monto de la garantía corresponde íntegramente a la Entidad,
independientemente de la cuantificación del daño efectivamente irrogado.
c) Igualmente, la garantía de fi el cumplimiento se ejecuta cuando transcurridos tres (3) días hábiles de haber sido requerido
por la Entidad, el contratista no hubiera cumplido con pagar el saldo a su cargo establecido en el acta de conformidad de la
recepción de la prestación a cargo del contratista, en el caso de bienes, servicios en general y consultorías en general, o en la
liquidación final del contrato, en el caso de consultoría de obras y ejecución de obras. Esta ejecución es solicitada por un
monto equivalente al citado saldo a cargo del contratista.
d) La garantía por adelantos se ejecuta cuando resuelto o declarado nulo el contrato, no se realice la amortización o el pago,
aun cuando este evento haya sido sometido a un medio de solución de controversias.
22. SEGUROS, DAÑOS
PÓLIZAS DE SEGURO
• Responsabilidad Civil
• Deshonestidad
• Daños y Perjuicios
• Complementario deTrabajo de Riesgo
• Vida y de accidentes personales
RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Artículo 166. Efectos de la resolución
166.1. Si la parte perjudicada es la Entidad, esta ejecuta las garantías que el contratista hubiera
otorgado sin perjuicio de la indemnización por los mayores daños irrogados.
23. RESPONSABILIDAD PORVICIOS OCULTOS
Art. 40 LCE: “El contratista es responsable de ejecutar la totalidad de
las obligaciones a su cargo, de acuerdo a lo establecido en el contrato”
• Ejecución de Obras 7 años
• Bienes y servicios 1 año
• ExpedienteTécnico de Obras 3 años
• Supervisión de Obras 7 años
24. INFRACCIONES AL DERECHO DE
COMPETENCIA
• Acuerdos de Precios. Pacto entre competidores
para ofertar un mismo precio de venta, acuerdos
de precios mínimos,
• Reparto de Mercado. Abstenciones en conjunto,
Ofertas de resguardo y descalificaciones, rotación
de ganadores
• Asociaciones Colusorias (consorcio entre
competidores)
31. El INDECOPI prepublicó el Proyecto de ‘Lineamientos del Programa de
Recompensas’, con el objetivo de maximizar la detección, persecución y sanción de
cárteles empresariales.
Los actores que pueden haber participado en la infracción o tengan acceso a
información sobre su existencia, pueden recurrir a mecanismos como el Programa
de Clemencia (que otorga descuentos en las multas a los agentes involucrados en
la infracción que colaboren en su investigación y sanción), así como recompensas a
aquellas personas que, sin haber participado de la infracción directamente, han
tomado conocimiento de ella en razón de su cargo (por ejemplo, un trabajador o
funcionario de la empresa infractora) o por el mercado en el que operan (por
ejemplo, un proveedor o distribuidor que conoce de los acuerdos anticompetitivos
alcanzados por un grupo de empresas en el sector).
De acuerdo con el Proyecto, se han previsto recompensas que, en general, podrían
alcanzar los S/ 200,000 (doscientos mil soles), de acuerdo con un conjunto de
criterios desarrollados en dicho documento, como son el valor agregado de la
información aportada y la gravedad de la conducta develada. Más aún, en
circunstancias especiales, las recompensas podrían alcanzar los S/ 400,000
(cuatrocientos mil soles), cuando la colaboración desplegada sea especialmente
activa y valiosa para la Secretaría Técnica y el colaborador haya incurrido en costos
significativos al desplegar su colaboración.
32. Artículo 14. Protección y promoción de la competencia y
prevención del delito
14.1 Cuando la Entidad, el Organismo Supervisor de las Contrataciones
del Estado (OSCE) o el Tribunal de Contrataciones del Estado verifique
la existencia de indicios de conductas anticompetitivas en un
procedimiento de selección en los términos de la normativa especial,
debe remitir toda la información pertinente a la Secretaría Técnica de la
Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI para que
ésta, de ser el caso, inicie el procedimiento administrativo sancionador
correspondiente contra los presuntos responsables. Esta decisión debe
ser mantenida en reserva y no debe ser notificada a los presuntos
responsables a fi n de asegurar la eficacia de la investigación.
33. VigésimaTercera Disposición Complementaria Final. Prácticas
Anticompetitivas en contrataciones del Estado
En el marco de lo regulado en la Segunda DisposiciónComplementaria Final
del Decreto Legislativo Nº 1034, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de
Represión de Conductas Anticompetitivas, cuando el Instituto Nacional de
Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
(INDECOPI) determina una infracción a dicha Ley calificada como muy grave y
la sanción quede firme, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del
Estado (OSCE) procede a la inscripción de los infractores en el registro de
inhabilitados o el que haga sus veces para contratar con el Estado por el plazo
de un año.
34. PRINCIPIO DE INTEGRIDAD
Incorporado recientemente en la LCE, ante los sucesivos escándalos
de corrupción.Tiene por objeto comprometer a todos los partícipes
para que actúen con honestidad y veracidad.
En cumplimiento de este principio, como parte de la oferta el postor
debe declarar que no ha incurrido y se obliga a no incurrir en actos de
corrupción.
En el mismo sentido, en todos los contratos debe incluirse una
cláusula anticorrupción, cuyo contenido mínimo ha sido regulado en
el numeral 138.4 del artículo 138 del RLCE
35. DEBER DE COLABORACIÓN (BASES)
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista,
deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de Contrataciones del Estado.
En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y a la Secretaría Técnica de la Comisión
de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI, en todo momento según corresponda a sus competencias, a fin
de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la
Entidad, así como los proveedores y demás actores que participan en el proceso de contratación.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la
Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten durante el proceso de
contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o
norma que la sustituya, así como las demás normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista del
proceso de contratación deben permitir al OSCE o a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre
Competencia del INDECOPI el acceso a la información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida,
prestar testimonio o absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
36. NULIDAD DEL CONTRATO
Artículo 44.- Declaratoria de nulidad (LCE)
44.3 Después de celebrados los contratos, la Entidad puede
declarar la nulidad de oficio en los siguientes casos:
e) Cuando por sentencia consentida, ejecutoriada o
reconocimiento del contratista ante la autoridad competente
nacional o extranjera se evidencie que durante el procedimiento
de selección o para el perfeccionamiento del contrato, éste, sus
accionistas, socios o empresas vinculadas, o cualquiera de sus
respectivos directores, funcionarios, empleados, asesores,
representantes legales o agentes, ha pagado, recibido, ofrecido,
intentado pagar o recibir u ofrecer en el futuro algún pago,
beneficio indebido, dadiva o comisión. Esta nulidad es sin
perjuicio de la responsabilidad penal y civil a que hubiere lugar.
37. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: ANTICORRUPCIÓN
EL CONTRATISTA declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una
persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados,
representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo 7
del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, ofrecido, negociado o efectuado, cualquier
pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato.
Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del
contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de
corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas,
integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios,
asesores y personas vinculadas a las que se refiere el artículo 7 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.
Además, EL CONTRATISTA se compromete a i) comunicar a las autoridades competentes, de
manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera
conocimiento; y ii) adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar
los referidos actos o prácticas.
38. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en estas
cláusulas, durante la ejecución contractual, da el derecho a la
Entidad correspondiente a resolver automáticamente y de pleno
derecho el contrato, bastando para tal efecto que la Entidad remita
una comunicación informando que se ha producido dicha resolución,
sin perjuicio de las acciones civiles, penales y administrativas a que
hubiera lugar.
39. PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE
VERACIDAD (TUO - LPAG)
Título Preliminar – Capítulo I – Artículo IV 1.7. Principio de
presunción de veracidad.-
En la tramitación del procedimiento administrativo, se
presume que los documentos y declaraciones formulados por
los administrados en la forma prescrita por esta Ley,
responden a la verdad de los hechos que ellos afirman. Esta
presunción admite prueba en contrario.
40. PRESUNCIÓN DEVERACIDAD (LPAG)
Artículo 49.- Presunción de veracidad
49.1Todas las declaraciones juradas, los documentos sucedáneos presentados
y la información incluida en los escritos y formularios que presenten los
administrados para la realización de procedimientos administrativos, se
presumen verificados por quien hace uso de ellos, respecto a su propia
situación, así como de contenido veraz para fines administrativos, salvo prueba
en contrario. En caso de documentos emitidos por autoridades
gubernamentales o por terceros, el administrado puede acreditar su debida
diligencia en realizar previamente a su presentación las verificaciones
correspondientes y razonables.
41. FISCALIZACIÓN POSTERIOR (RLCE)
Artículo 64.- Consentimiento del otorgamiento de la buena pro
64.6. Asimismo, consentido el otorgamiento de la buena pro, el órgano
encargado de las contrataciones o al órgano de la Entidad al que se le haya
asignado tal función realiza la verificación de la oferta presentada por el postor
ganador de la buena pro. En caso de comprobar inexactitud o falsedad en las
declaraciones, información o documentación presentada, la Entidad declara la
nulidad del otorgamiento de la buena pro o del contrato, dependiendo de la
oportunidad en que se hizo la comprobación, de conformidad con lo
establecido en la Ley y en el Reglamento. Adicionalmente, la Entidad comunica
alTribunal para que inicie el procedimiento administrativo sancionador y al
Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente.
43. COLUSIÓN
Acuerdo clandestino alcanzado entre dos o más personas para
perjudicar a un tercero.
• Colusión ilegal simple, cuando un funcionario público concerta
con un tercero para defraudar al Estado. Este puede darse
dentro de un proceso de contratación pública y es descubierto
antes de afectar el patrimonio estatal.
• Colusión ilegal agravada ocurre cuando el delito se ha
consumado y se ha afectado el patrimonio del Estado.
Entonces, se sanciona con cárcel de seis a 15 años.
44. COHECHO (Soborno)
Los delitos de cohecho, también denominados “delitos
de corrupción de funcionarios”, vienen a representar un
conjunto de delitos consistentes en la compra-venta de
la función pública.
La característica común de estos es su “bilateralidad” o
la naturaleza de “delitos de participación necesaria”; ya
que, siempre, las partes que intervienen son dos
45. NEGOCIACIÓN INCOMPATIBLE
El funcionario o servidor público que indebidamente en forma
directa o indirecta o por acto simulado se interesa, en
provecho propio o de tercero, por cualquier contrato u
operación en que interviene por razón de su cargo, será
reprimido con pena privativa de libertad no menor de 4 ni
mayor de 6 años e inhabilitación conforme a los incisos 1 y 2
del artículo 36 del Código Penal y con ciento ochenta a
trescientos sesenta y cinco días multa
46. CONTRA LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL
Falsa declaración en procedimiento administrativo
El que, en un procedimiento administrativo, hace
una falsa declaración en relación a hechos o
circunstancias que le corresponde probar, violando
la presunción de veracidad establecida por ley, será
reprimido con pena privativa de libertad no menor
de uno ni mayor de cuatro años
47. CONTRA LA FE PÚBLICA (FALSIFICACIÓN
DE DOCUMENTOS)
Aquellos en los que se cometa falsedad simulando,
suponiendo, alterando la verdad intencionalmente y con
perjuicio de terceros, por palabras, hechos o usurpando
nombre, calidad o empleo que no le corresponde pena
privativa de libertad no menor de dos ni mayor de diez
años y con treinta a noventa días-multa si se trata de un
documento público
48. LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS
PERSONAS JURÍDICAS
Ley 30424, promulgada en abril de 2016,
modificada por el Decreto 1352 reconoce la
responsabilidad penal independiente de una
persona jurídica por soborno e impone sanciones
que van desde multas, inhabilitación de
contratación gubernamental hasta la disolución
de la entidad legal.