Este documento describe la financiación del Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia. Explica cómo se financian los regímenes contributivo y subsidiado, incluyendo los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía y el Sistema General de Participaciones. También define conceptos clave como la Unidad de Pago por Capitación, las cuotas moderadoras y los copagos.
Este documento describe la financiación del Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia. Explica los diferentes regímenes (contributivo y subsidiado), las fuentes de financiación como el Fondo de Solidaridad y Garantía, la Unidad de Pago por Capitación, el Sistema General de Participaciones y los copagos y cuotas moderadoras. También define conceptos clave como EPS, FOSSYGA y sus subcuentas.
El documento describe el sistema general de seguridad social de Colombia, el cual está regulado por el gobierno y comprende los sistemas de pensiones, salud, riesgos laborales y servicios sociales complementarios. El sistema de salud colombiano está compuesto por el Estado, las entidades promotoras de salud y aseguradoras, y las instituciones prestadoras de servicios.
El documento describe el sistema general de seguridad social en salud de Colombia, el cual está integrado por la Comisión de Regulación en Salud, los organismos de administración y financiación como las EPS y las IPS, los empleadores, trabajadores y beneficiarios, y los comités de participación. También explica las diferencias entre el régimen contributivo y subsidiado en términos de afiliación, beneficiarios, POS y Poss.
Financiación del Sistema de Seguridad Social en SaludKatrina Claro
El documento describe el sistema de financiación de la salud en Colombia. El Estado regula el sistema a través de la Comisión de Regulación en Salud y el Fondo de Solidaridad y Garantía. Los aseguradores como las EPS, AFP y ARP recaudan las cotizaciones. Los prestadores como IPS, hospitales y clínicas ofrecen los servicios. El sistema se financia principalmente a través de cotizaciones al régimen contributivo y subsidios al régimen subsidiado.
LOS TEMAS DE LA LEY:Dirección y Regulación.
Del Financiamiento.
Del Aseguramiento.
De la prestación de servicios de salud.
Salud Publica.
Inspección, Vigilancia y Control.
Información.
Este documento resume 11 aspectos relevantes de la reforma a la salud establecida en la Ley 1438 de 2011 en Colombia. 1) Los niños en Sisben 1 y 2 con discapacidad o enfermedades catastróficas tendrán atención y medicamentos gratuitos. 2) Los niños víctimas de violencia tendrán rehabilitación física y mental gratuita. 3) Las EPS tienen 2 días para resolver peticiones de medicamentos o servicios fuera del POS.
Este documento describe los sistemas de salud en Chile. Explica que existen dos sistemas principales: el público FONASA y los privados ISAPRES. Detalla quiénes son los afiliados y beneficiarios de cada sistema, las prestaciones médicas que cubren, y cómo se financian. También describe las instituciones de salud previsional privadas (ISAPRES), sus funciones, cotizaciones, contratos y prestaciones.
Este documento describe la financiación del Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia. Explica los diferentes regímenes (contributivo y subsidiado), las fuentes de financiación como el Fondo de Solidaridad y Garantía, la Unidad de Pago por Capitación, el Sistema General de Participaciones y los copagos y cuotas moderadoras. También define conceptos clave como EPS, FOSSYGA y sus subcuentas.
El documento describe el sistema general de seguridad social de Colombia, el cual está regulado por el gobierno y comprende los sistemas de pensiones, salud, riesgos laborales y servicios sociales complementarios. El sistema de salud colombiano está compuesto por el Estado, las entidades promotoras de salud y aseguradoras, y las instituciones prestadoras de servicios.
El documento describe el sistema general de seguridad social en salud de Colombia, el cual está integrado por la Comisión de Regulación en Salud, los organismos de administración y financiación como las EPS y las IPS, los empleadores, trabajadores y beneficiarios, y los comités de participación. También explica las diferencias entre el régimen contributivo y subsidiado en términos de afiliación, beneficiarios, POS y Poss.
Financiación del Sistema de Seguridad Social en SaludKatrina Claro
El documento describe el sistema de financiación de la salud en Colombia. El Estado regula el sistema a través de la Comisión de Regulación en Salud y el Fondo de Solidaridad y Garantía. Los aseguradores como las EPS, AFP y ARP recaudan las cotizaciones. Los prestadores como IPS, hospitales y clínicas ofrecen los servicios. El sistema se financia principalmente a través de cotizaciones al régimen contributivo y subsidios al régimen subsidiado.
LOS TEMAS DE LA LEY:Dirección y Regulación.
Del Financiamiento.
Del Aseguramiento.
De la prestación de servicios de salud.
Salud Publica.
Inspección, Vigilancia y Control.
Información.
Este documento resume 11 aspectos relevantes de la reforma a la salud establecida en la Ley 1438 de 2011 en Colombia. 1) Los niños en Sisben 1 y 2 con discapacidad o enfermedades catastróficas tendrán atención y medicamentos gratuitos. 2) Los niños víctimas de violencia tendrán rehabilitación física y mental gratuita. 3) Las EPS tienen 2 días para resolver peticiones de medicamentos o servicios fuera del POS.
Este documento describe los sistemas de salud en Chile. Explica que existen dos sistemas principales: el público FONASA y los privados ISAPRES. Detalla quiénes son los afiliados y beneficiarios de cada sistema, las prestaciones médicas que cubren, y cómo se financian. También describe las instituciones de salud previsional privadas (ISAPRES), sus funciones, cotizaciones, contratos y prestaciones.
Este documento presenta modificaciones a la Ley de Seguridad Social en Salud de Colombia. Establece la creación de una Comisión de Regulación en Salud para definir los planes obligatorios de salud, medicamentos esenciales, valor de la unidad de pago por capitación y subsidios. También incrementa las cotizaciones al sistema para alcanzar cobertura universal en 3 años y destina más recursos al régimen subsidiado para personas de bajos ingresos.
Este documento presenta una actividad para que los estudiantes identifiquen sus conocimientos previos sobre el Sistema General de Seguridad Social en Colombia. Incluye un cuadro con 12 conceptos clave sobre este tema para que los estudiantes anoten su definición actual y luego la comparen con la información consultada. Finalmente, propone una discusión virtual con compañeros y el instructor para intercambiar experiencias sobre este ejercicio de autoevaluación.
El documento describe los dos regímenes de salud en Colombia - el Régimen Contributivo y el Régimen Subsidiado. El Régimen Contributivo es financiado por empleadores, trabajadores y pensionados a través de cotizaciones mensuales. El Régimen Subsidiado provee cobertura a los pobres y vulnerables sin capacidad de pago y recibe fondos de varias fuentes como el gobierno nacional, departamentos, juegos de azar y el Fondo de Solidaridad y Garantía.
El documento resume los principales aspectos del proceso de identificación, selección y priorización de beneficiarios del Régimen Subsidiado de Salud en Colombia. Explica que el Sisbén es la encuesta socioeconómica que permite identificar a las personas en condiciones de pobreza para acceder al subsidio. También cubre los listados censales para poblaciones especiales y el proceso de priorización de cupos para la afiliación según nivel Sisbén y grupos vulnerables como embarazadas, niños menores de 5 años y despl
El documento describe el sistema de seguridad social integral en Colombia. Este sistema incluye instituciones públicas y privadas que garantizan derechos relacionados con la salud, pensiones y riesgos laborales. Sin embargo, la mezcla de los sectores público y privado ha llevado a que la salud se convierta en un negocio, violando el derecho constitucional a la salud. Además, existen déficit fiscal e insostenibilidad debido al alto número de afiliados al régimen subsidiado y la baja en el contributivo.
La reforma de 2006 buscó ampliar la cobertura del sistema de salud colombiano al incluir a 8 millones de personas de los niveles 1, 2 y 3 del Sisben en el régimen subsidiado. Los beneficios para los afiliados incluyen la eliminación de copagos y cuotas moderadoras, la reducción de los tiempos mínimos de cotización y la actualización anual del Plan Obligatorio de Salud. Además, se fortaleció la vigilancia del sistema a través de la creación del Sistema de Inspección, Vigil
Este documento resume las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) en Perú. Explica que las EPS son empresas privadas que brindan servicios de salud complementarios a EsSalud. Detalla las obligaciones y ventajas de las EPS, como proveer infraestructura médica, aceptar afiliados y ofrecer atención de calidad. También resume el proceso por el cual los empleadores aportan fondos a EsSalud y una EPS para cubrir servicios médicos de complejidad variable.
La ley 1122 de 2007 realiza reformas al Sistema General de Seguridad Social en Salud con el fin de mejorar la prestación de servicios a los usuarios, incluyendo la universalización de la cobertura, la evaluación de los actores del sistema basada en indicadores, y el fortalecimiento de la regulación, vigilancia y control. También se establecen mecanismos para la financiación del régimen subsidiado y el flujo de los recursos entre las diferentes entidades.
La Ley 1122 de 2007 introduce modificaciones a la Ley 100 de 1993 con el objetivo de ampliar la cobertura del aseguramiento, racionalizar la prestación de servicios, fortalecer la dirección y regulación del sistema de salud, y reestructurar el recaudo y flujo de los recursos financieros. Algunos de los cambios clave incluyen fortalecer al Ministerio de Protección Social como rector del sistema, crear la Comisión de Regulación en Salud, aumentar la cotización al 12.5%, mejorar el flujo de recursos, regular
El documento presenta un resumen de varios artículos de la Ley 100 de 1993 en Colombia que establece el Sistema General de Seguridad Social en Salud. El sistema tiene como objetivos regular el servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso para toda la población. Los artículos describen los principales integrantes, características y funciones del sistema, incluyendo la dirección, administración, financiamiento y afiliados al mismo.
Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) tendrán las funciones de ser delegatarias del Fondo de Solidaridad y Garantía para captar aportes de afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud, promover la afiliación de grupos no cubiertos actualmente, y organizar la forma en que los afiliados accedan a servicios de salud en todo el país. Las EPS actúan en los regímenes contributivo y subsidiado, y deben aceptar a toda persona que solicite afiliación y cumpla los requis
El documento describe el sistema de seguridad social en salud de Colombia. Establece que la Ley 100 de 1993 creó el sistema general de seguridad social en salud para garantizar el acceso universal a los servicios de salud. El sistema se rige por principios como la equidad, obligatoriedad, protección integral y libre escogencia. Se compone de entidades como las Empresas Promotoras de Salud, Instituciones Prestadoras de Servicios, el Ministerio de Salud y la Superintendencia Nacional de Salud. Las personas se pueden afiliar al régimen subsidiado o contributivo.
El documento describe el sistema de seguridad social en salud de Colombia. Establece que la Ley 100 de 1993 creó el sistema general de seguridad social en salud para garantizar el acceso universal a los servicios de salud. El sistema está compuesto por entidades promotoras de salud, instituciones prestadoras de servicios, el Ministerio de Salud y otros organismos. Las personas se afilian al régimen subsidiado o contributivo dependiendo de su capacidad de pago.
FONASA es el organismo público encargado de otorgar cobertura de atención de salud a personas que cotizan el 7% de sus ingresos o que son financiadas por el Estado. Su objetivo es satisfacer las necesidades de salud de los asegurados entregando cobertura financiera en el sector público y privado de manera eficiente. Divide a los afiliados en tramos según sus ingresos para determinar el valor que deben pagar por la atención o el nivel de bono asignado.
El documento resume los principales aspectos del régimen contributivo en Colombia. 1) Los afiliados cotizantes directos incluyen trabajadores dependientes, independientes y pensionados. 2) Los cotizantes directos y sus beneficiarios reciben servicios de salud definidos en el POS y prestaciones económicas sujetas a tiempos mínimos de cotización. 3) Los cotizantes pueden afiliar a su núcleo familiar como beneficiarios y a otros parientes como cotizantes o beneficiarios adicionales.
Antes de la reforma de 1993, el sistema de salud colombiano era inequitativo e insolidario. La cobertura era baja y el acceso dependía de la capacidad de pago. Tras la reforma de 1993 y la creación del Sistema General de Seguridad Social en Salud, el acceso es ahora un derecho para todos los colombianos de manera equitativa y solidaria. Aunque se han logrado ampliar la cobertura y mejorar la equidad, todavía existen desafíos como mejorar la claridad del Plan Obligatorio de Salud y fortalec
1. El régimen contributivo del SGSSS requiere que las personas con capacidad de pago como trabajadores formales e independientes y pensionados coticen mensualmente. Los empleados y pensionados cotizan el 12.5% de su salario o pensión, mientras que los trabajadores independientes cotizan el 12.5% de sus ingresos.
2. La CRES define los POS, medicamentos esenciales, valores de la UPC y subsidios. También establece tarifas y criterios para pagos moderadores. Sus funciones buscan mejorar el acceso
El documento resume el sistema de salud en Colombia. El sistema tiene dos regímenes, el subsidiado para la población más pobre financiado por el estado, y el contributivo para trabajadores formales. Los usuarios se afilian a EPS que les proveen servicios médicos a través de IPS. Actualmente el gobierno busca reformar el sistema a través de leyes para mejorar el acceso a medicamentos y solventar deudas entre entidades.
El documento describe el sistema general de seguridad social en salud de Colombia, el cual incluye los regímenes contributivo y subsidiado. El régimen contributivo cubre a personas con capacidad de pago que realizan aportes mensuales. El régimen subsidiado cubre a la población más pobre a través de subsidios estatales para aquellos clasificados en los niveles 1 y 2 del SISBEN. El sistema busca garantizar el acceso universal a los servicios de salud en Colombia.
Este documento resume el Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia. Establece dos regímenes, el contributivo para personas con capacidad de pago y el subsidiado para personas sin capacidad de pago. Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) organizan la afiliación y garantizan el acceso a los servicios de salud a través de Instituciones Prestadoras de Servicios (IPS) como hospitales y clínicas. El Fondo de Solidaridad y Garantía financia los regímenes a través de contribuciones, impuestos y
Este documento presenta modificaciones a la Ley de Seguridad Social en Salud de Colombia. Establece la creación de una Comisión de Regulación en Salud para definir los planes obligatorios de salud, medicamentos esenciales, valor de la unidad de pago por capitación y subsidios. También incrementa las cotizaciones al sistema para alcanzar cobertura universal en 3 años y destina más recursos al régimen subsidiado para personas de bajos ingresos.
Este documento presenta una actividad para que los estudiantes identifiquen sus conocimientos previos sobre el Sistema General de Seguridad Social en Colombia. Incluye un cuadro con 12 conceptos clave sobre este tema para que los estudiantes anoten su definición actual y luego la comparen con la información consultada. Finalmente, propone una discusión virtual con compañeros y el instructor para intercambiar experiencias sobre este ejercicio de autoevaluación.
El documento describe los dos regímenes de salud en Colombia - el Régimen Contributivo y el Régimen Subsidiado. El Régimen Contributivo es financiado por empleadores, trabajadores y pensionados a través de cotizaciones mensuales. El Régimen Subsidiado provee cobertura a los pobres y vulnerables sin capacidad de pago y recibe fondos de varias fuentes como el gobierno nacional, departamentos, juegos de azar y el Fondo de Solidaridad y Garantía.
El documento resume los principales aspectos del proceso de identificación, selección y priorización de beneficiarios del Régimen Subsidiado de Salud en Colombia. Explica que el Sisbén es la encuesta socioeconómica que permite identificar a las personas en condiciones de pobreza para acceder al subsidio. También cubre los listados censales para poblaciones especiales y el proceso de priorización de cupos para la afiliación según nivel Sisbén y grupos vulnerables como embarazadas, niños menores de 5 años y despl
El documento describe el sistema de seguridad social integral en Colombia. Este sistema incluye instituciones públicas y privadas que garantizan derechos relacionados con la salud, pensiones y riesgos laborales. Sin embargo, la mezcla de los sectores público y privado ha llevado a que la salud se convierta en un negocio, violando el derecho constitucional a la salud. Además, existen déficit fiscal e insostenibilidad debido al alto número de afiliados al régimen subsidiado y la baja en el contributivo.
La reforma de 2006 buscó ampliar la cobertura del sistema de salud colombiano al incluir a 8 millones de personas de los niveles 1, 2 y 3 del Sisben en el régimen subsidiado. Los beneficios para los afiliados incluyen la eliminación de copagos y cuotas moderadoras, la reducción de los tiempos mínimos de cotización y la actualización anual del Plan Obligatorio de Salud. Además, se fortaleció la vigilancia del sistema a través de la creación del Sistema de Inspección, Vigil
Este documento resume las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) en Perú. Explica que las EPS son empresas privadas que brindan servicios de salud complementarios a EsSalud. Detalla las obligaciones y ventajas de las EPS, como proveer infraestructura médica, aceptar afiliados y ofrecer atención de calidad. También resume el proceso por el cual los empleadores aportan fondos a EsSalud y una EPS para cubrir servicios médicos de complejidad variable.
La ley 1122 de 2007 realiza reformas al Sistema General de Seguridad Social en Salud con el fin de mejorar la prestación de servicios a los usuarios, incluyendo la universalización de la cobertura, la evaluación de los actores del sistema basada en indicadores, y el fortalecimiento de la regulación, vigilancia y control. También se establecen mecanismos para la financiación del régimen subsidiado y el flujo de los recursos entre las diferentes entidades.
La Ley 1122 de 2007 introduce modificaciones a la Ley 100 de 1993 con el objetivo de ampliar la cobertura del aseguramiento, racionalizar la prestación de servicios, fortalecer la dirección y regulación del sistema de salud, y reestructurar el recaudo y flujo de los recursos financieros. Algunos de los cambios clave incluyen fortalecer al Ministerio de Protección Social como rector del sistema, crear la Comisión de Regulación en Salud, aumentar la cotización al 12.5%, mejorar el flujo de recursos, regular
El documento presenta un resumen de varios artículos de la Ley 100 de 1993 en Colombia que establece el Sistema General de Seguridad Social en Salud. El sistema tiene como objetivos regular el servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso para toda la población. Los artículos describen los principales integrantes, características y funciones del sistema, incluyendo la dirección, administración, financiamiento y afiliados al mismo.
Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) tendrán las funciones de ser delegatarias del Fondo de Solidaridad y Garantía para captar aportes de afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud, promover la afiliación de grupos no cubiertos actualmente, y organizar la forma en que los afiliados accedan a servicios de salud en todo el país. Las EPS actúan en los regímenes contributivo y subsidiado, y deben aceptar a toda persona que solicite afiliación y cumpla los requis
El documento describe el sistema de seguridad social en salud de Colombia. Establece que la Ley 100 de 1993 creó el sistema general de seguridad social en salud para garantizar el acceso universal a los servicios de salud. El sistema se rige por principios como la equidad, obligatoriedad, protección integral y libre escogencia. Se compone de entidades como las Empresas Promotoras de Salud, Instituciones Prestadoras de Servicios, el Ministerio de Salud y la Superintendencia Nacional de Salud. Las personas se pueden afiliar al régimen subsidiado o contributivo.
El documento describe el sistema de seguridad social en salud de Colombia. Establece que la Ley 100 de 1993 creó el sistema general de seguridad social en salud para garantizar el acceso universal a los servicios de salud. El sistema está compuesto por entidades promotoras de salud, instituciones prestadoras de servicios, el Ministerio de Salud y otros organismos. Las personas se afilian al régimen subsidiado o contributivo dependiendo de su capacidad de pago.
FONASA es el organismo público encargado de otorgar cobertura de atención de salud a personas que cotizan el 7% de sus ingresos o que son financiadas por el Estado. Su objetivo es satisfacer las necesidades de salud de los asegurados entregando cobertura financiera en el sector público y privado de manera eficiente. Divide a los afiliados en tramos según sus ingresos para determinar el valor que deben pagar por la atención o el nivel de bono asignado.
El documento resume los principales aspectos del régimen contributivo en Colombia. 1) Los afiliados cotizantes directos incluyen trabajadores dependientes, independientes y pensionados. 2) Los cotizantes directos y sus beneficiarios reciben servicios de salud definidos en el POS y prestaciones económicas sujetas a tiempos mínimos de cotización. 3) Los cotizantes pueden afiliar a su núcleo familiar como beneficiarios y a otros parientes como cotizantes o beneficiarios adicionales.
Antes de la reforma de 1993, el sistema de salud colombiano era inequitativo e insolidario. La cobertura era baja y el acceso dependía de la capacidad de pago. Tras la reforma de 1993 y la creación del Sistema General de Seguridad Social en Salud, el acceso es ahora un derecho para todos los colombianos de manera equitativa y solidaria. Aunque se han logrado ampliar la cobertura y mejorar la equidad, todavía existen desafíos como mejorar la claridad del Plan Obligatorio de Salud y fortalec
1. El régimen contributivo del SGSSS requiere que las personas con capacidad de pago como trabajadores formales e independientes y pensionados coticen mensualmente. Los empleados y pensionados cotizan el 12.5% de su salario o pensión, mientras que los trabajadores independientes cotizan el 12.5% de sus ingresos.
2. La CRES define los POS, medicamentos esenciales, valores de la UPC y subsidios. También establece tarifas y criterios para pagos moderadores. Sus funciones buscan mejorar el acceso
El documento resume el sistema de salud en Colombia. El sistema tiene dos regímenes, el subsidiado para la población más pobre financiado por el estado, y el contributivo para trabajadores formales. Los usuarios se afilian a EPS que les proveen servicios médicos a través de IPS. Actualmente el gobierno busca reformar el sistema a través de leyes para mejorar el acceso a medicamentos y solventar deudas entre entidades.
El documento describe el sistema general de seguridad social en salud de Colombia, el cual incluye los regímenes contributivo y subsidiado. El régimen contributivo cubre a personas con capacidad de pago que realizan aportes mensuales. El régimen subsidiado cubre a la población más pobre a través de subsidios estatales para aquellos clasificados en los niveles 1 y 2 del SISBEN. El sistema busca garantizar el acceso universal a los servicios de salud en Colombia.
Este documento resume el Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia. Establece dos regímenes, el contributivo para personas con capacidad de pago y el subsidiado para personas sin capacidad de pago. Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) organizan la afiliación y garantizan el acceso a los servicios de salud a través de Instituciones Prestadoras de Servicios (IPS) como hospitales y clínicas. El Fondo de Solidaridad y Garantía financia los regímenes a través de contribuciones, impuestos y
El documento define una serie de términos relacionados con el Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA) en Colombia, incluyendo su función de administrar recursos para la inversión en salud, así como términos como reclamaciones, gastos funerarios, transporte de víctimas, obligaciones presupuestales y más.
1. El documento habla sobre la Seguridad Social Integral en Colombia, que incluye las instituciones, normas y procedimientos para garantizar la calidad de vida de las personas mediante la cobertura de riesgos como enfermedades y la capacidad económica.
2. Describe los diferentes regímenes y entidades que componen el sistema como EPS, IPS, FOSYGA y cajas de compensación.
3. Explica conceptos clave como afiliados, cotizaciones, copagos, cuotas moderadoras, régimen contributivo y subsidiado
La reforma de la salud en Colombia de 1993 tuvo tres objetivos principales: 1) Desmonopolizar la seguridad social en salud para los trabajadores del sector privado al brindarles la opción de elegir la entidad prestadora, 2) Crear subsidios para la población más pobre y vulnerable, y 3) Permitir la participación del sector privado en la prestación de servicios de salud.
El documento describe el Plan Obligatorio de Salud (POS) para el Régimen Subsidiado en Colombia. Explica que el POS incluye más de 5,800 procedimientos e intervenciones médicas y más de 660 medicamentos. Además, desde 2010 el POS para niños, niñas y adolescentes en el régimen subsidiado es el mismo que en el régimen contributivo. Finalmente, el documento detalla los derechos y deberes de los afiliados al régimen subsidiado y el proceso de afiliación a través del Sistema de Identificación de
El documento describe el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) que incluye el Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia, el Seguro Familiar de Salud y el Seguro de Riesgos Laborales. El SDSS cubre a la población de manera universal y obligatoria y se financia a través de contribuciones de empleadores y empleados, así como subsidios estatales. El sistema busca proveer pensiones, atención médica y compensación por riesgos laborales de manera integral, equitativa y con participación de ent
Preguntas sobre copagos y cuotas moderadorasBryan Stev
El documento explica las diferencias entre cuota moderadora, copago, cuota de recuperación y tarifa plena en Colombia. Resume quién debe pagar cada una, en qué casos y a quién se le recauda. Explica que la cuota moderadora busca regular el uso del servicio de salud, el copago ayuda a financiar el sistema, la cuota de recuperación financia servicios fuera de la red y la tarifa plena financia el servicio completo en la red pública. Las EPS recaudan cuotas moderadoras y copagos, mientras las IPS
El documento presenta información sobre la legislación colombiana de seguridad social. Define los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad del sistema de seguridad social integral colombiano. Explica que tienen derecho a la seguridad social aquellas personas que tengan algún tipo de ingreso económico. Además, nombra los tres libros que conforman la Ley 100 de 1993, describiendo el objetivo de cada uno sobre pensiones, seguridad social en salud, y riesgos profesionales.
sistema de salud argentino 2024.ppt enfermería 1er añossuser96c60a1
El documento describe el sistema de salud argentino, el cual es mixto y está conformado por tres subsistemas: público, de seguridad social y privado. Explica que cada subsistema difiere en su conformación, población objetivo, servicios brindados y fuentes de financiamiento. Además, analiza algunos aspectos positivos y negativos del sistema de salud argentino en general.
Ayudas para las personas con discapacidad 10-10-2015moebius_org
El documento describe los diferentes niveles administrativos involucrados en la concesión de ayudas y prestaciones para personas con discapacidad en España, incluyendo la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las entidades locales. También explica que las ayudas pueden variar entre territorios y que el Estado garantiza el acceso a prestaciones básicas para todos los ciudadanos. Finalmente, resume algunas de las principales prestaciones y subvenciones disponibles.
El Mecanismo de Protección al Cesante (MPC) garantiza la protección social de los trabajadores cesantes al mantener su acceso a la salud, pensiones, subsidio familiar y servicios de empleo. El MPC integra beneficios monetarios con servicios de intermediación laboral y capacitación. Los elementos claves incluyen el Servicio Público de Empleo, el Fondo de Solidaridad para financiar la seguridad social de cesantes, y las cuentas de cesantías de los trabajadores.
Esta ley realiza ajustes al sistema general de seguridad social en salud, creando el Centro de Regulación en Salud para definir los planes obligatorios de salud y medicamentos cubiertos. Además, establece que el aporte al régimen contributivo será del 12.5% entre empleador y empleado, ampliando la cobertura subsidiada al 90% sin cuotas moderadoras para los más pobres. También obliga a las EPS a considerar medicamentos de alto costo no cubiertos a través de comités técnicos o acciones de
Las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) actúan como intermediarias entre los afiliados y el Estado, siendo responsables de la afiliación, el recaudo de cotizaciones y su ingreso al Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA). El FOSYGA devuelve una cantidad por cada afiliado a las EPS. Estas deben garantizar la prestación del plan de salud obligatorio ya sea directamente o mediante contratos con Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud. Existen diferentes formas de pago como la capitación, pago por
La facturación en el sistema de salud colombiano implica recopilar los servicios prestados a los pacientes para cuantificarlos económicamente. Esto permite que las entidades de salud obtengan ingresos para financiarse y cubrir los costos de los tratamientos. El proceso de facturación involucra a las Instituciones Prestadoras de Salud, las Entidades Promotoras de Salud y otros actores del sistema. Las IPS recopilan los servicios prestados a cada paciente y generan facturas para las EPS. Estas deben pagar según los acuerdos
El documento analiza el creciente gasto en licencias médicas en Chile y propone reformas. Señala que el gasto en licencias médicas ha aumentado drásticamente, debido al diseño inadecuado del sistema y a incentivos perversos. Propone la creación de un ente independiente para administrar los subsidios, disminuir la cobertura otorgada, establecer una red preferente de médicos autorizados a otorgar licencias, legislar más estrictamente el fraude, y ampliar los beneficios de licencias maternales y por enfermedad infantil
La Ley 100 de 1993 creó el Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia para reformar el sistema de salud. Integró un nuevo sistema de aseguramiento mediante la solidaridad para proveer acceso universal a servicios de salud de calidad a través de entidades públicas y privadas. Afilia a los trabajadores a través del Régimen Contributivo y a los más pobres al Régimen Subsidiado financiado por el Fondo de Solidaridad y Garantía.
El documento describe el sistema de seguridad social en salud de Colombia. Tiene dos regímenes: contributivo para personas con empleo formal e independientes, y subsidiado para población pobre sin capacidad de pago. Todos los colombianos deben afiliarse a un régimen para recibir atención médica integral gratuita a través de entidades promotoras de salud. El Estado garantiza el acceso universal a la salud como un servicio público esencial.
El SGSSS está conformado por el Estado, las EPS, las IPS y entidades territoriales. Cubre la salud, pensiones, riesgos laborales y servicios sociales. Se accede a través de los regímenes contributivo y subsidiado. El POS cubre promoción, prevención y recuperación de la salud. El sistema está normado por las leyes 100, 1122, 1438 y otras.
Este documento presenta información sobre la normatividad en salud en Colombia. Explica que la Ley 100 de 1993 creó el Sistema de Seguridad Social en Salud, el cual está compuesto por el Estado, las aseguradoras y los prestadores. La ley estableció los principios de universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y participación. También presentó los dos regímenes de afiliación al sistema: el subsidiado para la población vulnerable y el contributivo para personas con capacidad de pago.
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El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
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En esta sesión de la Constituyente de 1940, comienza la discusión del proyecto constitucional presentado a la Convención.
Se discuten el prologo, artículos 1, 2, 3. Disputa territorial por la Cienaga de Zapata.
1. Financiación del SGSSS
Realizado por : Ayssa Fernanda Reyes Baquero
Programa de formación: Tecnólogo en Gestión de Procesos Administrativos en Salud
Ficha de caracterización: 662056 Convenio SENA-CTB
2. Vocabulario
Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA): Cuenta adscrita al Ministerio
de Salud manejada por encargo fiduciario, sin personería jurídica ni planta
de personal propia.
Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB): Son las
Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y Subsidiado,
Empresas Solidarias de Salud, las Cajas de Compensación Familiar en sus
actividades de salud, las Entidades que administren planes adicionales de
salud, las entidades obligadas a compensar, las entidades adaptadas de
Salud.
3. Régimen Contributivo: Opera a través del aseguramiento que en forma
individual ofrecen las EPS a los afiliados que libremente las eligen.
Régimen Subsidiado: La Ley 100 de 1993 definió al régimen subsidiado
como un conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos al
SGSSS, la vinculación se hace a través del pago de una cotización
subsidiada, total o parcialmente, con recursos fiscales o de solidaridad.
Unidad de Pago por Capitación (UPC): Es el valor que reconoce el sistema
a cada EPS para garantizar de la prestación de los servicios de salud.
Sistema General de Participaciones (SPG): Recursos que la nación trasfiere
a las entidades territoriales, para la financiación de los servicios de salud,
educación, entre otros.
Vocabulario
4. La cuota moderadora: Aporte en dinero que efectúa el afiliado, al utilizar
los servicios ofrecidos por el Plan Obligatorio de Salud, a fin de moderar el
uso de los mismos.
El Copago: Aportes en dinero que realizan los usuarios de los servicios de
salud y tienen como finalidad ayudar a financiar el sistema. Pago
porcentual, que deben realizar los Beneficiarios del Cotizante, al recibir
cualquiera de los siguientes servicios: cirugía, hospitalización, apoyos
terapéuticos y diagnósticos de nivel 2 y 3.
Vocabulario
6. Régimen Subsidiado
Los contratos de aseguramiento eran financiados con
recursos fiscales de la entidad territorial y con
transferencias del nivel central denominadas Sistema
General de Participaciones (SGP).
Los giros de los recursos se realizan mensualmente durante
los diez días primeros del mes siguiente al que
corresponde la transferencia.
Una baja rotación de su cartera, originada en las demoras
que presentan acreedores, especialmente del régimen
subsidiado.
Los recursos de juegos de suerte y azar, y regalías ETESA lo
girara directamente al régimen subsidiado.
Las rentas cedidas destinadas a salud de los
departamentos y al Distrito capital, se destinará al menos
50% a esté régimen.
7. Régimen Contributivo
Las aseguradoras obtienen sus ingresos mediante el
reconocimiento que el sistema realiza, Unidad de Pago por
Capitación (UPC) o prima, reconocida por cada uno de sus
afiliados.
Las EPS obtienen otros ingresos como lo son los pagos
denominados copagos y cuotas moderadoras.
La cartera de las empresas promotoras de salud que administran el
régimen contributivo ascendió a $1,2 billones; su concentración en
cartera de 90 días y más es de 45,9%, superior en 14,4 puntos
respecto de diciembre de 2008.
8. Régimen contributivo
Se obtienen ingresos por recobros que realizan frente
al FOSYGA por concepto de servicios, dispositivos,
medicamentos e insumos que, sin estar en el plan de
beneficios, son obligados a prestar o suministrar
mediante órdenes de tutela 14 o mediante la
emisión de conceptos de comités técnico-
científicos.
2 veces al mes.
El que no exista un flujo de recursos adecuado para garantizar el
acceso a los servicios de salud que se requieran con necesidad, no
incluidos dentro de los planes de servicio, obstaculiza el acceso a
dichos servicios.
9. Los regímenes exceptuados del Sistema
General son los de las Fuerzas Armadas, Fondo
Nacional del Magisterio, Ecopetrol y
universidades.
La financiación son por fondos específicos de
cada régimen exceptuado.
Régimen Exceptuado
11. Cuota Moderadora
Las cuotas moderadoras regulan la utilización del servicio de salud y estimular su buen uso.
Aplican solo para el régimen contributivo para los afiliados Cotizantes y sus grupo de
beneficiarios. Se utilizan en los servicios ambulatorios como:
Consulta externa médica y odontológica.
Consulta externa por médico especialista.
Fórmula de medicamentos para tratamientos ambulatorios.
Exámenes de diagnóstico por laboratorio clínico, ordenados en forma ambulatoria.
Exámenes de diagnóstico por imagenología, ordenados en forma ambulatoria
El monto se determina según en nivel salarial de afiliado cotizante, así:
1. Para afiliados cuyo IBC sea menor a 2 SMMLV, el 11.7% de 1 SMMLV.
2. Para afiliados cuyo IBC esté entre 2 y 5 SMMLV, el 46.1% de 1 SMMLV.
3. Para afiliados cuyo IBC sea mayor de 5 SMMLV, el 121.5% de 1 SMMLV.
Ingreso Base de Cotización – IBC: monto del salario sobre el cual se
aplica el porcentaje de cotización a Salud.
12. Copago
En el régimen contributivo el monto del copago se establece
en nivel salarial de afiliado cotizante en régimen contributivo,
así:
1. Para afiliados cuyo IBC sea menor a 2 SMMLV el 11.5% de
las tarifas pactadas por la EPS con las IPS, sin que el cobro por
un mismo evento exceda del 28.7% del SMMLV.
2. Para afiliados cuyo IBC esté entre 2 y 5 SMMLV, el 17.3% de
las tarifas pactadas por la EPS con las IPS, sin que exceda del
115% de un 1 SMMLV, por un mismo evento.
3. Para afiliados cuyo IBC sea mayor a cinco 5 SMMLV, el 23%
de las tarifas pactadas por la EPS con las IPS, sin que por un
mismo evento exceda del 230% de un 1 SMMLV.
13. Según el nivel del Sisben en el régimen subsidiado el monto de
los copagos es:
Para los casos de indigencia debidamente verificada y las
comunidades indígenas, la atención será gratuita y no habrá
lugar al cobro de copagos.
Para el nivel 1 del Sisbén y la población incluida en listado
censal, el copago máximo es del 5% del valor de la cuenta,
sin que el cobro por un mismo evento exceda de una cuarta
parte del SMMLV. El valor máximo por año calendario será
de medio SMMLV.
Para el nivel 2 del Sisbén el copago máximo es del 10% del
valor de la cuenta, sin que el cobro por un mismo evento
exceda de la mitad de un SMMLV. El valor máximo por año
calendario será de 1 SMMLV.
Copago
14. Cuotas de Recuperación
Dineros que debe pagar el usuario directamente a las Instituciones
Prestadoras de Servicios de Salud cuando se trata de población no
asegurada:
Para la población indígena y la indigente no existirán cuotas de
recuperación.
La población no afiliada al R.S identificada en el niveles 1 del
SISBEN o incluidas en los listados censales pagarán un 5 % del
valor de los servicios sin exceder el equivalente a un SMMLV por
la atención de un mismo evento y en el nivel 2 del SISBEN
pagarán un 10% del valor de los servicios sin exceder el
equivalente a 2 SMMLV.
Para la población identificada en el nivel 3 de SISBEN pagará
hasta un máximo del 30% del valor de los servicios sin exceder el
equivalente a 3 SMMLV por la atención de un mismo evento.
La población con capacidad de pago pagará tarifa plena.
16. Fondo de Solidaridad y Garantía
Destinataria de los recursos de salud por parte del
gobierno, quien realiza una distribución a cada una de sus
subcuentas para cubrir todos los frentes del sistema de
seguridad social.
Existen 4 Subcuentas:
De compensación.
De solidaridad.
De promoción de la salud.
De seguro de riesgos catastróficos y accidentes de tránsito.
17. Subcuenta Compensación
Se encarga de recaudar el valor de la compensación en el régimen
contributivo descontando de las cotizaciones recaudadas por las EPS y
demás entidades obligadas a compensar, en los porcentajes de aportes
de los empleados.
El Régimen contributivo se financia mediante el pago de UPC, es decir
la CRES fija una tarifa fija para la UPC la cual se reconoce por un usuario
afiliado, de ésta forma el FOSYGA con recursos de ésta cuenta gira a
cada una de las EPS el valor de UPC proporcional a la cantidad de
afiliados independientemente si éstos utilizan los servicios o no.
CRES - Comisión de Regulación en Salud: organismos gubernamentales del sector de la salud
en Colombia, como unidad administrativa especial encargada de dirigir el sistema de salud en
el país.
Fue liquidada por el gobierno colombiano en el 2012, mediante el Decreto 2560, y todas sus
funciones y competencias fueron trasladadas al Ministerio de Salud y Protección Social.
18. Subcuenta Solidaridad
Recauda los recursos aportados por todos los actores del sistema
con destino al régimen subsidiado. Son los siguientes:
Una parte <1,5 de la cotización a EPS> es aportada por todas las
personas afiliadas al régimen contributivo.
Un aporte del presupuesto nacional.
Los rendimientos financieros generados por la inversión de los
recursos anteriores.
Los recursos provenientes del impuesto de remesas de utilidades
de empresas petroleras correspondientes a la producción de
yacimientos.
Las multas para el empleador que impida o atente en cualquier
forma contra el derecho del trabajador a su afiliación y selección
de organismos e instituciones del Sistema de Seguridad Social
Integral.
19. Subcuenta ECAT
Subsana el costo de las atenciones de las víctimas de accidentes
de tránsito a través del SOAT y las víctimas de eventos
catastróficos y terroristas
El SOAT cubre, la atención integral de hospitalización, suministro de
medicamentos, pago de procedimientos, servicios diagnósticos y
rehabilitación que requiere el paciente hasta completar un monto
de 800 salarios mínimos legales vigentes, si la atención del
paciente sobrepasa éste monto el sobrecosto estará a cargo de
la EPS a la cual se encuentre afiliado el usuario.
SOAT: Seguro Obligatorio de Accidentes de Transito
20. Subcuenta Promoción
Financia las actividades de
educación, información y fomento
de la salud y de prevención de la
enfermedad.
22. Los recursos del SGP para salud se distribuyen en tres componentes:
Aportes para la financiación del Régimen Subsidiado en Salud. Los
recursos son girados por el Ministerio de Hacienda a los entes
municipales que son los encargados de suscribir los contratos con las
Administradoras del Régimen Subsidiado (ARS)
Aportes para la financiación de la atención de la población
considerada como “vinculada” al Sistema de Salud. Los recursos son
transferidos a los departamentos para financiar los servicios
especializados de los niveles II, II y IV, y a los municipios para financiar los
servicios del nivel I de atención.
Aportes para las acciones de salud pública, es decir, la financiación del
Plan de Atención Básica – PAB. Los recursos son transferidos a los
departamentos y municipios de cada ente territorial.
Sistema General de Participaciones
23. Sistema General de Participaciones
El porcentaje de recursos para financiar las acciones de Salud
Publica son:
Población por atender: Es la población total de cada
entidad territorial certificada por el DANE para el respectivo
año y se distribuirá entre los distritos, municipios y
corregimientos de acuerdo con su población - 40 % de los
recursos.
Equidad: Es el peso relativo que se asigna a cada entidad
territorial, de acuerdo con su nivel de pobreza y los riesgos
en salud pública – 50 % de los recursos.
Eficiencia administrativa: Es el mayor o menor cumplimiento
en metas prioritarias de salud pública, medidas por
indicadores trazadores – 10 % de los recursos.
26. Financiamiento de la Salud Pública
Las acciones de salud pública, APS, y PyP, se financiarán con:
Recursos del Sistema General de Participaciones
Unidad de Pago por Capitación
Subcuenta de Promoción y Prevención del FOSYGA
Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito
Aseguradoras de riesgos profesionales
Presupuesto General de la Nación
27. Incremento de la UPC
Desde los finales del año 2014 se informo que será reajustada la
Unidad de Pago por Capitación en 6,06 % en el año 2015 con
respecto al 2014; en promedio quedo de la siguiente manera:
Régimen contributivo: 593.978,40 pesos en 2014 a 629.974,80
en el 2015.
Régimen subsidiado: 531.388,80 pesos en 2014 a 563.590,80 en
2015.
Este incremento obedece principalmente al estudio de la
inflación, el crecimiento de las frecuencias de uso de
procedimientos de apoyo diagnóstico y terapéutico, y a los
costos de la prestación de los servicios de salud.
28. Justificación
La ley 715 de 2001 en los artículos 52 y 53 expresa la distribución de los
recursos para financiar las acciones de salud publica de forma prioritaria;
los recursos para financiar los eventos de salud pública, se distribuirán de
acuerdo con los criterios señalados así: 40% por población por atender,
50% por equidad y 10% por eficiencia administrativa, entendiéndose que
ésta existe, cuando se hayan logrado coberturas útiles de vacunación.
Además ahora el aumento de la UPC en el 2015 con el fin de garantizar un
mejor servicio de salud se espera que no se vuelvan a ver casos como en
Antioquia la cual señalaron que las EPS le deben a la IPS cerca de 1.400
millones de pesos.
29. Justificación
El principal problema aparece porque las instituciones prestadoras de
servicios de salud quedan supeditadas a la acción de varios
intermediarios, que les giran los recursos en lugar de recibirlos
directamente. Mientras tanto, las EPS (Entidades Promotoras de Salud),
reciben mensualmente los recursos por cada una de las personas afiliadas,
independientemente de que éstas utilicen o no los servicios.
30. Bibliografía
Ley 100 de 1993 – Sistema de seguridad social integral.
Ley 715 de 2001 – Sistema General de Participaciones.
Decreto 1018 de 2007 - parágrafo del Artículo 4o.
Ley 1176 de 2007 – Se modifica la estructura de la Superintendencia
Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones.
Decreto 1464 de 2012 - se definen criterios para que el incremento de la
UPC.
Resolución 5925 de 2014 – Se fija el valor de la Unidad de Pago por
Capitación del POS en el R.C y el R.S