El SGSSS está conformado por el Estado, las EPS, las IPS y entidades territoriales. Cubre la salud, pensiones, riesgos laborales y servicios sociales. Se accede a través de los regímenes contributivo y subsidiado. El POS cubre promoción, prevención y recuperación de la salud. El sistema está normado por las leyes 100, 1122, 1438 y otras.
Fue instituido por la Ley 100 de 1993 y reúne de manera coordinada un conjunto de entidades, normas y procedimientos a los cuales podrán tener acceso las personas y la comunidad con el fin principal de garantizar una calidad de vida que esté acorde con la dignidad humana, haciendo parte del Sistema de Protección Social junto con políticas, normas y procedimientos de protección laboral y asistencia social.
Fue instituido por la Ley 100 de 1993 y reúne de manera coordinada un conjunto de entidades, normas y procedimientos a los cuales podrán tener acceso las personas y la comunidad con el fin principal de garantizar una calidad de vida que esté acorde con la dignidad humana, haciendo parte del Sistema de Protección Social junto con políticas, normas y procedimientos de protección laboral y asistencia social.
EL SUBSISTEMAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN VENEZUELAAlexlnn
Constituyen “Programas públicos diseñados para proporcionar ingresos y servicios a particulares en supuestos de jubilación, enfermedad, incapacidad, muerte o desempleo".
EL SUBSISTEMAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN VENEZUELAAlexlnn
Constituyen “Programas públicos diseñados para proporcionar ingresos y servicios a particulares en supuestos de jubilación, enfermedad, incapacidad, muerte o desempleo".
En esta revista queremos dar a conocer
que la Seguridad Social se considera como un elemento imprescindible y esencial de la sociedad, en virtud de que es un sistema de protección pública de cualquier situación de necesidad para todos los ciudadanos, con en el fin de proteger la existencia de los individuos, la capacidad productiva y la tranquilidad de la familia, en tal sentido, tiene por finalidad garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo
En el siguiente archivo se explica en resumen el sistema de seguridad social, compuesto por: salud, pensión, riesgos laborales y aportes para fiscales.
Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
2. CONFORMACION DEL SGSSS
Está integrado por: El Estado, a través del Ministerio de Salud y
Protección Social, quien actúa como organismo de coordinación,
dirección y control; las Entidades Promotoras de Salud (EPS),
responsables de la afiliación y el recaudo de las cotizaciones y de
garantizar la prestación del Plan Obligatorio de Salud a los afiliados;
y las instituciones prestadoras de salud (IPS), que son los hospitales,
clínicas y laboratorios, entre otros, encargadas de prestar la
atención a los usuarios. También hacen parte del Sistema General
de Seguridad Social - SGSSS las Entidades Territoriales y la
Superintendencia Nacional de Salud, como entes de control y
vigilancia.
3. ?COMO OPERA EL SISTEMA¿
LO COMPONEN 4 SISTEMAS
S.G. DE PENSIONES
S.G.S SALUD
S.G RIESGOS LABORALES
SERVICIOS SOCIALES
COMPLEMENTARIOS
4. Sistema General de Pensiones.
El Sistema General de Pensiones tiene por objeto garantizar a la población, el
amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte,
mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones determinadas en la
Ley 100 de 1993. También propende por la ampliación progresiva de cobertura a
los segmentos de población no cubiertos con un sistema de pensiones.
Está compuesto por dos regímenes solidarios excluyentes pero que coexisten. El
primero es el Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida que es de
carácter público y es administrado por Colpensiones. El segundo es el Régimen de
Ahorro Individual con Solidaridad, que es de carácter privado y es operado por las
Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías.
5. Sistema General de Seguridad Social
en Salud.
El Sistema General de Seguridad Social en Salud
tiene por objeto regular el servicio público esencial
de salud y crear condiciones de acceso al servicio a
toda la población, en todos los niveles de atención.
Es operado por las Entidades Promotoras de Salud
(EPSs) y la prestación del servicio está a cargo de
las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud
(IPSs)
6. Sistema General de Riesgos Laborales.
El Sistema General de Riesgos Laborales es el conjunto de
entidades públicas y privadas, normas y procedimientos,
destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los
efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan
ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que
desarrollan.
Su financiación proviene de la cotización obligatoria, determinada
por el nivel de ingreso y la clasificación del riesgo. Las
Administradoras de Riesgos Laborales (ARLs) son las entidades
responsables de la afiliación, el registro y el recaudo de sus
cotizaciones.
7. Servicios Sociales Complementarios.
(Colombia mayor).
Con estos subsidios económicos se busca proteger a las
personas de la tercera edad que se encuentran
desamparadas, no cuentan con una pensión o viven en la
indigencia y/o en extrema pobreza. Hoy en día, este
componente se desarrolla a través del Programa Colombia
Mayor que otorga un subsidio económico a las personas
mayores de edad con bajos ingresos o que carezcan de ellos.
Además de lo contemplado en la Ley 100, existen otros
sistemas que hacen parte del Sistema de Seguridad Social
en Colombia, los cuales se presentan a continuación.
8. OTROS COMPONENTES
Además de lo contemplado en la Ley 100, existen otros sistemas que
hacen parte del Sistema de Seguridad Social en Colombia, los cuales se
presentan a continuación.
9. Cesantías
Las cesantías son una prestación social a la que tienen
derecho los empleados del sector público y privado,
diseñada con el fin de crear un ahorro para solventar los
gastos durante el desempleo, pero que puede ser usado
para pagar educación superior o comprar vivienda.
Las cesantías son administradas por los fondos privados y
por el Fondo Nacional del Ahorro, en el caso de los
trabajadores del Estado.
10. Subsidio Familiar
El subsidio familiar es una prestación social cuyo objetivo fundamental
consiste en el alivio de las cargas económicas que representan el
sostenimiento de la familia como núcleo básico de la sociedad (Artículo
343 del Código Sustantivo del Trabajo). El subsidio familiar no es
salario, sino un derecho latente que se concreta cuando se le genera al
trabajador por razones de parentesco, convivencia o dependencia
económica, para que con él disfrute de los beneficios que ofrecen las
instituciones responsables de la administración del subsidio.
El subsidio familiar es suministrado a los trabajadores en bienes,
servicios y en ayudas monetarias. Es administrado por las cajas de
compensación familiar.
11. Beneficios Económicos Periódicos -
BEPS
Es un programa de ahorro voluntario para la vejez,
que favorece a los colombianos que hoy no
cuentan con la posibilidad de cotizar para una
pensión, o que habiéndolo hecho, cumplieron la
edad y no lograron obtenerla.
Los BEPS consisten en un ahorro durante la etapa
laboral que será disfrutado en la vejez como una
forma de ingreso. Este ahorro es voluntario,
flexible en su monto y periodicidad, lo cual permite
una mayor cobertura.
12. FUNCION DEL SGSSS
Regular el servicio público esencial de
salud y crear condiciones de acceso para
toda la población residente del país, en
todos los niveles de atención.
13. COMO SE ACCEDE AL SISTEMA
Al Sistema General de Seguridad Social en Salud se
accede a través del Régimen Contributivo y a través
del Régimen Subsidiado.
De otro lado, debe tenerse en cuenta que la Entidad
Territorial deberá garantizar la atención de la
población pobre no asegurada, con cargo a los
recursos que recibe por transferencias del Sistema
General de Participaciones –SGP– para atención de
servicios en lo cubierto por subsidio a la oferta, para
lo cual se deberá cancelar las cuotas de recuperación
a que haya lugar.
14. CONDICIONES DE ACCESO
La puerta de entrada del afiliado a los
servicios del POS se hará en forma directa a
través de urgencias o la consulta médica y
odontológica no especializada.
Para acceder a los servicios especializados
de salud es indispensable la remisión por
medicina general, odontología general.
15. PLAN DE BENEFICIOS DEL SGSSS
Es el conjunto de servicios para la atención en salud que
todo afiliado al Sistema General de Seguridad Social en
Salud tiene derecho.
Busca la protección integral de las familias a la
maternidad y enfermedad general, en las fases de
promoción y fomento de la salud y la prevención,
diagnóstico, tratamiento y rehabilitación para todas
las patologías.
16. QUE CUBRE EL POS
PROMOCION Y PREVENCION: El POS cubre toda actividad de información,
educación, capacitación y comunicación a los afiliados de todo grupo de edad y
género, de manera preferencial para la población infantil y adolescente, población
de mujeres gestantes y lactantes, la población en edad reproductiva y el adulto
mayor, para fomento de factores protectores, la inducción a estilos de vida
saludables y para control de enfermedades crónicas no transmisibles.
RECUPERACION DE LA SALUD: Atención inicial de urgencias, internación en
unidades especiales, servicio de hospitalización, atención domiciliaria, trasplantes,
servicios odontológicos, medicamentos.
CUIDADOS PALIATIVOS
TRANSPORTE Y TRASLADO DE PACIENTES
17. NORMATIVIDAD DEL SGSSS
Ley 100 de 1993: por la cual se reglamenta el SGSSS
Ley 1122 DE 2011: Por la cual se hacen algunas modificaciones en el Sistema General de
Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones
Ley 1438 de 2011: Esta ley tiene como objeto el fortalecimiento del Sistema General de
Seguridad Social en Salud, a través de un modelo de prestación del servicio público en
salud que en el marco de la estrategia Atención Primaria en Salud permita la acción
coordinada del Estado, las instituciones y la sociedad para el mejoramiento de la salud y
la creación de un ambiente sano y saludable, que brinde servicios de mayor calidad,
incluyente y equitativo, donde el centro y objetivo de todos los esfuerzos sean los
residentes en el país.
Se incluyen disposiciones para establecer la unificación del Plan de Beneficios para
todos los residentes, la universalidad del aseguramiento y la garantía de portabilidad o
prestación de los beneficios en cualquier lugar del país, en un marco de sostenibilidad
financiera.
18. Ley 1562 de 2012: es la que se encarga de ampliar y modernizar el sistema de
riesgo laborales y le brinda a todas las personas, con diferentes tipos de contrato y
afiliación, el programa de prevención y promoción a los afiliados al sistema de
riesgos laborales.
Decreto 780 de 2016: Compila y simplifica todas las normas reglamentarias
preexistentes en el sector de la salud, tiene como objetivo racionalizar las normas
de carácter reglamentario que rigen en el sector y contar con un instrumento
jurídico único.
Ley 1797 de 2016: La presente ley tiene por objeto fijar medidas de carácter
financiero y operativo para avanzar en el proceso de saneamiento de deudas del
sector y en el mejoramiento del flujo de recursos y la calidad de la prestación de
servicios dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
19. Decreto 1072 de 2015: regula el sistema de gestión de seguridad y salud en el
trabajo. La implementación del SG-SST es de obligatorio cumplimiento. Las
empresas, sin importar su naturaleza o tamaño, deben implementar un Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
Decreto 1833 de 2016: El objeto de este Decreto es compilar la normatividad
vigente en materia pensional, expedida por el Gobierno Nacional mediante las
facultades reglamentarias conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la
Constitución Política al Presidente de la República para para la cumplida ejecución
de las leyes .
20. Ley 1966 de 2019: La presente ley adopta medidas a fin de mejorar la
transparencia, vigilancia, control y aplicación del uso de los recursos financieros del
Sistema General de Seguridad Social en Salud. Mejorar la eficiencia de operación y
transparencia a través de la unificación de los sistemas de información de gestión
financiera y asistencial, la publicación de información esencial para el control social
y rendición de cuentas de los agentes del sector; así como introducir decisiones de
operación de la prestación de servicios y mecanismos de asignación de recursos
para el aseguramiento por desempeño, con el fin de promover la alineación entre
agentes del sector, que logre resultados encaminados hacia el mejoramiento de la
salud y de la experiencia de la población colombiana en los servicios de salud.