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Aspectos Relevantes de la Unidad
Facultades y Competencias Legales
Proceso de Determinación y discusión
Proceso Sancionatorio
Notificaciones de las Actuaciones
Proceso de Cobro
Situaciones detectadas por la Unidad
Beneficios de cumplir con el pago de aportes
Canales de Atención Integral al Ciudadano
Sesión de Preguntas y Respuestas
Agenda Primera Jornada de Capacitación
Aspectos Relevantes de la Unidad de Gestión
Pensional y Parafiscales UGPP
Procedimiento de Determinación de Obligaciones
Procedimiento Sancionatorio
Competencias Legales de la Unidad
Sesión de Preguntas
Agenda
Aspectos Relevantes de
la Unidad de Gestión
Pensional y Parafiscales
Social
Contribuciones
Parafiscales de la
Protección Social
B
Salud
Pensiones
Riesgos laborales
Cajas de compensación familiar
ICBF
SENA
Reconocimiento oportuno
ajustado a la Ley
Reconocimiento
Pensiones Régimen
de prima media
A
RESPONSABILIDADES CRÍTICAS
Creación de la capacidad del
SISTEMA para hacer cumplir
las obligaciones de los 6
subsistemas de la Protección
social
PARAFISCALES
Solución a la problemática
pensional de Cajanal, Puertos de
Colombia y 13 entidades más, de
40 entidades públicas del orden
nacional liquidadas o en proceso
de liquidación**
PENSIONES
*Cifra de 2013
Recaudo Anual
$ 43,6 B
Año 2012 – $39,9 B
Incremento 9,3%
Pensionados
341.026
** Hoy la UGPP ha recibido 300.600 (88%)
pensionados de 15 entidades.
Contribuciones Parafiscales de la Protección
SocialB
Reducir la evasión de los
aportes parafiscales de la
Protección Social generando
cultura de pago a través de
acciones persuasivas, de
sensibilización y
fiscalización.
Dinam
arca
Sue
ciaReino
Unido
EEU
U
Colo
mbia
LOGROS
1era estimación de la evasión de parafiscales en Colombia…
con metodología de vanguardia
Fuente: OCDE (2010) Tax Administration in OECD and Selected non-OECD Countries: Comparative Information Series
Cifras en
billones de $
LINEAS DE ACCION
Enfoque
estratégico
Construir una
estrategia
anti evasión
Información
Consolidar la
información y
utilizarla para
hacer cumplir
Articular
acciones
Coordinar un
sistema en el que
cada actor tiene
metas y
responsabilidades
definidas
Construir la capacidad del Sistema para hacer cumplir
y combatir la evasión
Apoyados en una estrategia de comunicaciones para crear conciencia de la
importancia del cumplimiento de las obligaciones parafiscales
y estimular la cultura de pago
Eliminación
de Barreras
Propiciar acciones
eficiente y coordinadas
Acciones para hacer fácil cumplir
Acciones
con gremios
Planeación de acciones
coordinadas para
promover cumplimiento
Información a
los ciudadanos
Información de calidad
con comunicaciones
persuasivas
Capacitaciones
Sobre aspectos relevantes
sobre el cumplimiento de
las obligaciones
Empleados
controlando
empleadores
Envío masivo de
información de aportes
a empleados. Acciones
de sensibilización
Mayor
Enfoque
Estimaciones Anuales
de evasión - Estudio
sobre causas
de evasión
Mayor
Eficiencia
MÁS fiscalizaciones
en menos tiempo
Menos
Oportunidades
para Evadir
Más validaciones
en PILA
Aplicación de Sanciones
por la UGPP
• Omisión afiliación, vinculación y NO pago
• Inexactitud
• Mora
• NO remisión de información
• Incumplimiento de estándares de cobro
ACCIONES PARA HACER DIFÍCIL NO CUMPLIR
Mayor
Cobertura
Acciones
diseñadas para
todos los perfiles
(ej. Persuasivas, coactivas)
La Dirección de Parafiscales es el área encargada de
adelantar las tareas de seguimiento, colaboración y
determinación de la adecuada, completa, y oportuna
liquidación y pago de las contribuciones parafiscales
de la Protección Social.
ESTRUCTURA
Dirección de Parafiscales
Subdirección de
Integración del Sistema
de Aportes Parafiscales
Subdirección de
Determinación de
Obligaciones
Subdirección de
Cobranzas
Identifica presuntos casos
de evasión mediante la
recepción de denuncias,
cruces y análisis de
información de bases de
datos.
Realiza investigaciones
para verificar el
cumplimiento de las
obligaciones relacionadas
con liquidación y pago de
los aportes.
Realiza y dirige acciones
de cobro persuasivas y
coactivas para recuperar
las contribuciones que se
dejaron de pagar
Facultades y
Competencias Legales
COMPETENCIAS LEGALES
Ley 1151 de 2007
Decreto Ley 169 de 2008
Ley 1607 de 2012
Decreto 575 de 2013
COMPETENCIAS LEGALES
Crea la UGPP como Entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, con personería jurídica , autonomía administrativa y patrimonio
independiente otorgándole las siguientes funciones:
1. El reconocimiento de derechos pensionales.
2. Realizar seguimiento, colaboración y determinación de la
adecuada, completa y oportuna liquidación y pago de las
contribuciones parafiscales de la Protección Social.
3. Recibir hallazgos enviados por las entidades que administran
sistemas de información de estas contribuciones y solicitar de los
actores administradores de las mismas, la información que estime
conveniente para establecer la ocurrencia de los hechos
generadores.
LEY 1151 DE 2007 – ARTÍCULO 156
COMPETENCIAS LEGALES
LEY 1151 DE 2007 – ARTÍCULO 156
Esta Ley tenía previstas funciones de determinación y cobro de las
contribuciones parafiscales de la Protección Social por parte de cada una de
las entidades integrantes del sistema y de la UGPP, las cuales se derogaron
parcialmente por la Ley 1607 de 2012 donde se estableció un
procedimiento especial en cabeza de la entidad y la continuidad de las
funciones de cobro de las administradoras con opción preferente para la
UGPP.
• El procedimiento de Liquidación oficial se adelanta con base en las
disposiciones establecidas en el Libro V, Títulos I, IV, V, Y VI del
Estatuto Tributario.
• Establece que los intereses aplicables en caso de mora corresponden a
al misma tasa vigente aplicable para efectos tributarios y equivale a la
máxima tasa de usura certificada por la Superintendencia Financiera.
COMPETENCIAS LEGALES
DECRETO LEY 169 DE 2008
Establece las funciones de la Unidad y armoniza el procedimiento de
liquidación y cobro de las contribuciones parafiscales de la protección social.
1. Solicitar información relevante que tengan las diferentes entidades,
administradoras, y órganos de vigilancia y control del Sistema de la
Protección Social.
2. Solicitar a los aportantes , afiliados o beneficiarios del sistema
explicaciones y documentos sobre las inconsistencias en la
información relativa a sus obligaciones en materia de contribuciones
parafiscales.
3. Realizar cruces de información con autoridades tributarias,
instituciones financieras y otras entidades que administren información
para la verificación de la adecuada, completa y oportuna liquidación pago
de las contribuciones parafiscales.
4. Verificar la exactitud de las autoliquidaciones.
COMPETENCIAS LEGALES
DECRETO LEY 169 DE 2008
1. Citar a los aportantes, afiliados o beneficiarios para que rindan
informes o testimonios referentes al cumplimiento de las
obligaciones.
2. Realizar visitas de inspección y recopilar todas las pruebas que
sustenten la omisión o inexactitud en la liquidación de las
contribuciones parafiscales. Se podrán decretar las pruebas necesarias
autorizadas por la legislación civil
3. Realizar las investigaciones que estime convenientes para establecer la
existencia de hechos que generen obligaciones en materia de
contribuciones parafiscales .
4. Proferir las liquidaciones oficiales.
5. Afiliar transitoriamente a la administradora publica respectiva a los
evasores omisos que no hayan atendido la instrucción de afiliarse
voluntariamente, hasta que el afiliado elija.
COMPETENCIAS LEGALES
Ley 1607 de 2012 – Artículos 178 -179 y 180
1. Competencia a la Unidad para realizar acciones de determinación y cobro
de las Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, respecto de los
omisos e inexactos; conservando la facultad de efectuar acciones de
cobro sobre aquellos casos que considere conveniente adelantar
directamente y de forma preferente.
Lo anterior no implica que las administradoras se eximan de las
responsabilidades fijadas legalmente por la omisión en el cobro de los
aportes (Cobro persuasivo, coactivo y judicial).
2. Modifica el procedimiento de determinación de obligaciones e imposición
de sanciones, manteniendo el procedimiento establecido en el Estatuto
Tributario pero recortando algunos plazos.
3. Establece las sanciones que debe imponer la Unidad, por omisión en la
afiliación y/o vinculación, inexactitud y NO envío de información en los
plazos señalados por la Unidad. Las sanciones tanto por omisión y por
inexactitud se aplican sin detrimento del cobro de intereses moratorios.
COMPETENCIAS LEGALES
DECRETO 575 DE 2013
• Modifica la estructura de la Unidad y establece las funciones de
cada una de sus dependencias.
• Estableciendo en la Subdirección de Determinación la facultad
de investigación y determinación de las obligaciones
parafiscales y en la Dirección de Parafiscales la facultad de
conocer del proceso de discusión de las actuaciones
administrativas expedidas en el proceso de determinación y
sancionatorio.
Proceso de
Determinación y
Discusión
PROCESO DE DETERMINACIÓN
Requerimiento de información
Requerimiento para declarar o
corregir
Liquidación oficial
Fallo
6 meses
Términos
6 meses
1 mes
10 días h.
Procesamiento de información y
análisis
Aportantes UGPP
Envío de información
Respuesta
Recurso de reconsideración
COBRANZAS
¿Qué es?
Es una actuación administrativa para solicitar al aportante, entidad
administradora del régimen o tercero en general, el envío de
información relacionada con la liquidación y pago de aportes
parafiscales de la protección social.
¿Qué contiene?
• Presentación de la Unidad
• Información solicitada al aportante, organizada en numerales
• Plazo en la cual debe ser entregada a la Unidad, reuniendo
características de calidad y completitud
• Descripción de las consecuencias de no enviar información
• Instrucciones para el aportante sobre el envío de información
REQUERIMIENTO DE INFORMACION
 Se debe incluir las clases 1 a la 9.
 Con corte anual por los periodos que conforman años completos
(Enero a Diciembre) y/o con corte mensual por periodos que
conforman años parciales.
 Debe contener las cuentas de balance y de resultados antes
de cierre contable.
 Certificados por el representante legal y contador público o
revisor fiscal si está obligado a tenerlo.
Precisiones: Punto 1. Balances de Prueba
Recuerde: Presentar el balance de prueba consolidado
PROCESO DE DETERMINACIÓN
 Detallados por mes y por tercero.
 Certificados por contador público o revisor fiscal, si está obligado a
tenerlo.
Precisiones: Punto 2
a) Auxiliares de las cuentas contables relacionadas con la
causación y pago de la nómina*
b) Auxiliares de las cuentas contables de servicios y diversos
* Si los auxiliares no se encuentran por tercero (trabajador), anexar el reporte del
consolidado de nómina para cargue a contabilidad detallado por concepto.
PROCESO DE DETERMINACIÓN
• En medio magnético, en el formato Requerimiento Nomina
de Salarios (Excel), que se encuentra en la página web:
http://www.ugpp.gov.co/parafiscales/requerimiento-informacion.html.
• Consolidada por mes*.
• Debe incluir todos los conceptos devengados, monetarios y no
monetarios.
• Debe incluir tanto los trabajadores activos como los retirados
que hayan estado activos en los periodos solicitados. Personas
Jurídicas
Precisiones: Punto 3. Nóminas mensuales de salarios
* El único evento en el que se puede presentar duplicidad de un registro en un mismo es cuando la
persona cambia de tipo de vinculación
PROCESO DE DETERMINACIÓN
 Certificadas por el representante legal y contador público o
revisor fiscal, si está obligado a tenerlo.
 Si tiene software de nómina, anexar la parametrización de las
cuentas contables asociadas a los conceptos de la nómina
(reporte generado por el sistema).
Precisiones Punto 3. Nóminas mensuales de salarios
 La nómina mensual no debe registrar más de 30 días trabajados.
 Incluya salarios y vacaciones pagados a personas retiradas en los periodos
reportados.
Recuerde
PROCESO DE DETERMINACIÓN
PROCESO DE DETERMINACIÓN
Otras Precisiones:
• Punto 4. Libro mayor y balances, con corte anual, en medio
magnético.
• Punto 5. Si la empresa tiene vinculados aprendices del
SENA, copia de los contratos de aprendizaje.
• Punto 6. Si la empresa tiene vinculados pensionados por
vejez activos, copia de las resoluciones de
reconocimiento de la pensión.
Otras Precisiones:
 Punto 7. Si la empresa tiene trabajadores extranjeros que no
estén cotizando a pensiones en el país, copia del
documento de identidad del trabajador, del contrato de
trabajo u orden de prestación de servicios y constancia de
aportes a pensiones en el país de origen.
 Punto 8. Copia de las convenciones, pactos colectivos o
similares, vigentes en los periodos antes citados, si
existieren.
 Punto 9. Si la empresa tiene personal suministrado por un
tercero, fotocopia del contrato y certificación emitida por la
empresa contratista, en la que se indique vigencia y objeto
del mismo.
PROCESO DE DETERMINACIÓN
Otras Precisiones:
• Punto 10. Relación de las planillas PILA mediante las
cuales se realizó el pago de aportes, remitida en
formato Excel.
• Punto 11. Otros documentos o información adicional que
estime pertinente para verificar el pago de aportes al
Sistema de la Protección Social, detallada por periodo y
trabajador.
• Punto 12. Si autoriza la notificación electrónica, formato
debidamente diligenciado. Esta autorización permite
dar mayor agilidad al proceso.
PROCESO DE DETERMINACIÓN
REQUERIMIENTO PARA DECLARAR
O CORREGIR
Tabla de Sanción por omisión
• Sanción por Inexactitud:
 El aportante que corrija por inexactitud autoliquidaciones de las
contribuciones parafiscales de la protección social, sin que medie
Requerimiento de Información de la UGPP, debe liquidar y
pagar una sanción equivalente al 5% del mayor valor a pagar que
se genere entre la corrección y la declaración inicial.
REQUERIMIENTO PARA DECLARAR
O CORREGIR
Momento en que aplica el % % Valor de la Sanción
5% del mayor valor que se genere
entre la corrección y la declaración inicial
Antes de notificar el primer
Requerimiento de Información
Aumentará el 20%
Cuando se notifica el primer
Requerimiento de Información
Aumentará el 35%
Cuando se notifica el
Requerimiento para Declarar o
Corregir
Aumentará el 60% Cuando se notifica la Liquidación Oficial
Lo anterior sin perjuicio de los intereses moratorios aplicables para efectos tributarios.
Proceso
Sancionatorio
PROCESO SANCIONATORIO
¿Cuál es la sanción por no envío de información?
• Equivale a 5 UVT por cada día de retraso en la entrega de la
información solicitada.
• Se contabilizará desde el día siguiente a la finalización del término
otorgado para responder el Requerimiento de Información o
pruebas, hasta la fecha en que se entregue la información
requerida por la entidad.
¿Qué es una liquidación parcial?
• Es una actuación previa a la expedición del pliego de cargos por la
cual se informa el monto parcial de la sanción por no envío de
información generada desde la fecha del vencimiento hasta la
fecha de expedición de la liquidación parcial.
PROCESO SANCIONATORIO
¿Qué debe hacer el aportante que recibe una liquidación parcial?
• Verificar si entregó la información completa y oportunamente.
• Si no la ha suministrado o la entregó parcialmente, debe
completarla para evitar que la sanción se incremente.
• Si la aportó completa y oportunamente, puede hacer caso omiso de
la liquidación parcial.
¿Qué pasa si el aportante NO envía la información después de
recibir la liquidación parcial?
• La Unidad expedirá cada 6 meses una nueva liquidación parcial
hasta que entregue la información y emita un Pliego de Cargos
(Art. 5° del Dec. 3033 de 2013, en concordancia con lo arts. 179 y 180
de la Ley 1607 de 2012).
Requerimiento de información
Pliego de Cargos
Resolución sanción
Fallo
6 meses
Términos
6 meses
Tiempo
otorgado
por La
Unidad
1 mes
10 días h.
Liquidación Parcial
Aportantes UGPP
Envío de información
Respuesta
Recurso de reconsideración
COBRANZAS
Hasta 5
años
PROCESO SANCIONATORIO
Notificación de las
Actuaciones
NOTIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES
¿Una vez la Unidad emite un Acto Administrativo cómo
se notifica?
• Todos los actos administrativos de la Unidad se notifican
personalmente o por correo certificado, esta última, mediante
envío de una copia del Acto Administrativo emitido a la dirección que
el aportante tenga en el Registro Único Tributario RUT.
Las comunicaciones para notificación que se devuelvan por datos
de ubicación, se notifican por aviso en nuestro sitio web
www.ugpp.gov.co
La notificación se entiende surtida:
 Para la Unidad: En la primera fecha de introducción al correo
 Para el aportante: Desde la publicación del aviso o de la
corrección de la notificación.
NOTIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES
Formato para autorización de notificación electrónica
Proceso de Cobro
COBRO
Realizar acciones de cobro persuasivo y
coactivo que permitan la recuperación de las
contribuciones parafiscales del Sistema de la
Protección Social que son competencia de la
Unidad
COBRO
Contempla las siguientes etapas:
• Cobro persuasivo: Conjunto de acciones orientadas para que los deudores
paguen de manera voluntaria sus obligaciones. Plazo 90 días calendario
a partir de la Primera Acción persuasiva (que desde realizarse dentro de los 10
días siguientes a la fecha de asignación del expediente)
• Cobro coactivo: Es ejercer de forma directa la ejecución de las
obligaciones, con base en el procedimiento de cobro coactivo
administrativo.
• Acuerdos de pago: Figura a través de la cual se concede plazos al deudor
para que pague sus obligaciones.
• Procesos concursales: Consiste en presentar las obligaciones a favor
del sistema de la protección social y de la Unidad en los procesos de
reorganización empresarial, concurso de acreedores, reestructuración y
liquidación de sociedad para que sean reconocidas y pagadas
COBRO
Oficios de requerimiento
de pago de la obligación
Cobro
persuasivo
Cobro coactivo
Medidas cautelares
Mandamiento de Pago
Orden de ejecución
Liquidación del
crédito y costas
Embargo
Avalúo
Secuestro
Remate
Acuerdo de
pago
Proceso
concursal
Pago
Aplicación título de
depósito judicial
Situaciones
identificadas por
La Unidad
SITUACIONES IDENTIFICADAS
 No afiliar o vincular a los trabajadores al Sistema de la Protección y
Seguridad.
 No efectuar la autoliquidación y pago oportunamente de los aportes al
Sistema de Protección y Seguridad.
 No incluir en el Ingreso Base de Cotización (IBC) pagos que constituyen
salario y declararlos como no salariales para excluirlos del IBC.
(Aunque la normatividad permite a partir de la ley
 No incluir en el Ingreso Base de Cotización (IBC) pagos de vacaciones
disfrutadas, no disfrutadas pero pagadas en dinero o pagadas por
liquidación para el cálculo de los aportes parafiscales: SENA, ICBF, y
subsidio familiar.
 No incluir en el Ingreso Base de Cotización (IBC) pagos no salariales
superiores al 40% del total de la remuneración (Artículo 30 Ley 1393 de
2010).
SITUACIONES IDENTIFICADAS
 No pagar el 10% adicional en pensión por actividades de alto riesgo para
afiliados al régimen de prima media.
 No realizar cotizaciones con la tarifa legal.
 No cumplir con los requisitos para aplicar beneficios de Ley. (Ley 1429
 Registrar salarios integrales inferiores al mínimo (13 SMMLV).
 Clasificar de manera errada a los empleados en los tipos de cotizantes.
 No afiliar a los trabajadores cuando estos se encuentran afiliados a
Régimen Subsidiado o como beneficiarios
 Realizar aportes completos por trabajadores retirados en el periodo.
 Se alega no tener el deber de entregar la información porque la misma
se extravió o destruyó
 Se argumenta no tener la obligación de llevar contabilidad
SITUACIONES IDENTIFICADAS
 Se informa que la empresa está en proceso de disolución y liquidación
 Se informa que el plazo concedido para dar respuesta es insuficiente
 Se indica que la UGPP no tiene competencia para pedir la información
 Se manifiesta que la UGPP le puede pedir esa misma información a otras
entidades
Beneficios de
cumplir el pago
de aportes
BENEFICIOS DE CUMPLIR
 Garantía de pensión para sus empleados
actuales.
 Garantía de acceso a servicios de salud
 Coberturas de Riesgos laborales
 Evitar sanciones y demandadas laborales.
Canales de Atención
Integral al Ciudadano
Entregar los documentos completos para gestionar rápidamente los
requerimientos.
1
2
3
4
5
Consultar la manera de diligenciar formatos en www.ugpp.gov.co /
vinculo Parafiscales / Requerimiento de Información
Solicitar orientación de nuestros asesores en todos los trámites que
requieran realizar.
Denunciar los casos de corrupción que observen y atenten contra
sus derechos.
Utilizar nuestros Canales de Contacto para hacer seguimiento de
su solicitud:
 Punto Presencial y Virtual
 Telefónicos
 Chat – Llamada virtual y de vuelta en www.ugpp.gov.co
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finanzas

  • 1.
  • 2. Aspectos Relevantes de la Unidad Facultades y Competencias Legales Proceso de Determinación y discusión Proceso Sancionatorio Notificaciones de las Actuaciones Proceso de Cobro Situaciones detectadas por la Unidad Beneficios de cumplir con el pago de aportes Canales de Atención Integral al Ciudadano Sesión de Preguntas y Respuestas Agenda Primera Jornada de Capacitación
  • 3. Aspectos Relevantes de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales UGPP Procedimiento de Determinación de Obligaciones Procedimiento Sancionatorio Competencias Legales de la Unidad Sesión de Preguntas Agenda Aspectos Relevantes de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales Social
  • 4. Contribuciones Parafiscales de la Protección Social B Salud Pensiones Riesgos laborales Cajas de compensación familiar ICBF SENA Reconocimiento oportuno ajustado a la Ley Reconocimiento Pensiones Régimen de prima media A RESPONSABILIDADES CRÍTICAS
  • 5. Creación de la capacidad del SISTEMA para hacer cumplir las obligaciones de los 6 subsistemas de la Protección social PARAFISCALES Solución a la problemática pensional de Cajanal, Puertos de Colombia y 13 entidades más, de 40 entidades públicas del orden nacional liquidadas o en proceso de liquidación** PENSIONES *Cifra de 2013 Recaudo Anual $ 43,6 B Año 2012 – $39,9 B Incremento 9,3% Pensionados 341.026 ** Hoy la UGPP ha recibido 300.600 (88%) pensionados de 15 entidades.
  • 6. Contribuciones Parafiscales de la Protección SocialB Reducir la evasión de los aportes parafiscales de la Protección Social generando cultura de pago a través de acciones persuasivas, de sensibilización y fiscalización.
  • 7. Dinam arca Sue ciaReino Unido EEU U Colo mbia LOGROS 1era estimación de la evasión de parafiscales en Colombia… con metodología de vanguardia Fuente: OCDE (2010) Tax Administration in OECD and Selected non-OECD Countries: Comparative Information Series Cifras en billones de $
  • 8. LINEAS DE ACCION Enfoque estratégico Construir una estrategia anti evasión Información Consolidar la información y utilizarla para hacer cumplir Articular acciones Coordinar un sistema en el que cada actor tiene metas y responsabilidades definidas Construir la capacidad del Sistema para hacer cumplir y combatir la evasión Apoyados en una estrategia de comunicaciones para crear conciencia de la importancia del cumplimiento de las obligaciones parafiscales y estimular la cultura de pago
  • 9. Eliminación de Barreras Propiciar acciones eficiente y coordinadas Acciones para hacer fácil cumplir Acciones con gremios Planeación de acciones coordinadas para promover cumplimiento Información a los ciudadanos Información de calidad con comunicaciones persuasivas Capacitaciones Sobre aspectos relevantes sobre el cumplimiento de las obligaciones
  • 10. Empleados controlando empleadores Envío masivo de información de aportes a empleados. Acciones de sensibilización Mayor Enfoque Estimaciones Anuales de evasión - Estudio sobre causas de evasión Mayor Eficiencia MÁS fiscalizaciones en menos tiempo Menos Oportunidades para Evadir Más validaciones en PILA Aplicación de Sanciones por la UGPP • Omisión afiliación, vinculación y NO pago • Inexactitud • Mora • NO remisión de información • Incumplimiento de estándares de cobro ACCIONES PARA HACER DIFÍCIL NO CUMPLIR Mayor Cobertura Acciones diseñadas para todos los perfiles (ej. Persuasivas, coactivas)
  • 11. La Dirección de Parafiscales es el área encargada de adelantar las tareas de seguimiento, colaboración y determinación de la adecuada, completa, y oportuna liquidación y pago de las contribuciones parafiscales de la Protección Social.
  • 12. ESTRUCTURA Dirección de Parafiscales Subdirección de Integración del Sistema de Aportes Parafiscales Subdirección de Determinación de Obligaciones Subdirección de Cobranzas Identifica presuntos casos de evasión mediante la recepción de denuncias, cruces y análisis de información de bases de datos. Realiza investigaciones para verificar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con liquidación y pago de los aportes. Realiza y dirige acciones de cobro persuasivas y coactivas para recuperar las contribuciones que se dejaron de pagar
  • 14. COMPETENCIAS LEGALES Ley 1151 de 2007 Decreto Ley 169 de 2008 Ley 1607 de 2012 Decreto 575 de 2013
  • 15. COMPETENCIAS LEGALES Crea la UGPP como Entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con personería jurídica , autonomía administrativa y patrimonio independiente otorgándole las siguientes funciones: 1. El reconocimiento de derechos pensionales. 2. Realizar seguimiento, colaboración y determinación de la adecuada, completa y oportuna liquidación y pago de las contribuciones parafiscales de la Protección Social. 3. Recibir hallazgos enviados por las entidades que administran sistemas de información de estas contribuciones y solicitar de los actores administradores de las mismas, la información que estime conveniente para establecer la ocurrencia de los hechos generadores. LEY 1151 DE 2007 – ARTÍCULO 156
  • 16. COMPETENCIAS LEGALES LEY 1151 DE 2007 – ARTÍCULO 156 Esta Ley tenía previstas funciones de determinación y cobro de las contribuciones parafiscales de la Protección Social por parte de cada una de las entidades integrantes del sistema y de la UGPP, las cuales se derogaron parcialmente por la Ley 1607 de 2012 donde se estableció un procedimiento especial en cabeza de la entidad y la continuidad de las funciones de cobro de las administradoras con opción preferente para la UGPP. • El procedimiento de Liquidación oficial se adelanta con base en las disposiciones establecidas en el Libro V, Títulos I, IV, V, Y VI del Estatuto Tributario. • Establece que los intereses aplicables en caso de mora corresponden a al misma tasa vigente aplicable para efectos tributarios y equivale a la máxima tasa de usura certificada por la Superintendencia Financiera.
  • 17. COMPETENCIAS LEGALES DECRETO LEY 169 DE 2008 Establece las funciones de la Unidad y armoniza el procedimiento de liquidación y cobro de las contribuciones parafiscales de la protección social. 1. Solicitar información relevante que tengan las diferentes entidades, administradoras, y órganos de vigilancia y control del Sistema de la Protección Social. 2. Solicitar a los aportantes , afiliados o beneficiarios del sistema explicaciones y documentos sobre las inconsistencias en la información relativa a sus obligaciones en materia de contribuciones parafiscales. 3. Realizar cruces de información con autoridades tributarias, instituciones financieras y otras entidades que administren información para la verificación de la adecuada, completa y oportuna liquidación pago de las contribuciones parafiscales. 4. Verificar la exactitud de las autoliquidaciones.
  • 18. COMPETENCIAS LEGALES DECRETO LEY 169 DE 2008 1. Citar a los aportantes, afiliados o beneficiarios para que rindan informes o testimonios referentes al cumplimiento de las obligaciones. 2. Realizar visitas de inspección y recopilar todas las pruebas que sustenten la omisión o inexactitud en la liquidación de las contribuciones parafiscales. Se podrán decretar las pruebas necesarias autorizadas por la legislación civil 3. Realizar las investigaciones que estime convenientes para establecer la existencia de hechos que generen obligaciones en materia de contribuciones parafiscales . 4. Proferir las liquidaciones oficiales. 5. Afiliar transitoriamente a la administradora publica respectiva a los evasores omisos que no hayan atendido la instrucción de afiliarse voluntariamente, hasta que el afiliado elija.
  • 19. COMPETENCIAS LEGALES Ley 1607 de 2012 – Artículos 178 -179 y 180 1. Competencia a la Unidad para realizar acciones de determinación y cobro de las Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, respecto de los omisos e inexactos; conservando la facultad de efectuar acciones de cobro sobre aquellos casos que considere conveniente adelantar directamente y de forma preferente. Lo anterior no implica que las administradoras se eximan de las responsabilidades fijadas legalmente por la omisión en el cobro de los aportes (Cobro persuasivo, coactivo y judicial). 2. Modifica el procedimiento de determinación de obligaciones e imposición de sanciones, manteniendo el procedimiento establecido en el Estatuto Tributario pero recortando algunos plazos. 3. Establece las sanciones que debe imponer la Unidad, por omisión en la afiliación y/o vinculación, inexactitud y NO envío de información en los plazos señalados por la Unidad. Las sanciones tanto por omisión y por inexactitud se aplican sin detrimento del cobro de intereses moratorios.
  • 20. COMPETENCIAS LEGALES DECRETO 575 DE 2013 • Modifica la estructura de la Unidad y establece las funciones de cada una de sus dependencias. • Estableciendo en la Subdirección de Determinación la facultad de investigación y determinación de las obligaciones parafiscales y en la Dirección de Parafiscales la facultad de conocer del proceso de discusión de las actuaciones administrativas expedidas en el proceso de determinación y sancionatorio.
  • 22. PROCESO DE DETERMINACIÓN Requerimiento de información Requerimiento para declarar o corregir Liquidación oficial Fallo 6 meses Términos 6 meses 1 mes 10 días h. Procesamiento de información y análisis Aportantes UGPP Envío de información Respuesta Recurso de reconsideración COBRANZAS
  • 23. ¿Qué es? Es una actuación administrativa para solicitar al aportante, entidad administradora del régimen o tercero en general, el envío de información relacionada con la liquidación y pago de aportes parafiscales de la protección social. ¿Qué contiene? • Presentación de la Unidad • Información solicitada al aportante, organizada en numerales • Plazo en la cual debe ser entregada a la Unidad, reuniendo características de calidad y completitud • Descripción de las consecuencias de no enviar información • Instrucciones para el aportante sobre el envío de información REQUERIMIENTO DE INFORMACION
  • 24.  Se debe incluir las clases 1 a la 9.  Con corte anual por los periodos que conforman años completos (Enero a Diciembre) y/o con corte mensual por periodos que conforman años parciales.  Debe contener las cuentas de balance y de resultados antes de cierre contable.  Certificados por el representante legal y contador público o revisor fiscal si está obligado a tenerlo. Precisiones: Punto 1. Balances de Prueba Recuerde: Presentar el balance de prueba consolidado PROCESO DE DETERMINACIÓN
  • 25.  Detallados por mes y por tercero.  Certificados por contador público o revisor fiscal, si está obligado a tenerlo. Precisiones: Punto 2 a) Auxiliares de las cuentas contables relacionadas con la causación y pago de la nómina* b) Auxiliares de las cuentas contables de servicios y diversos * Si los auxiliares no se encuentran por tercero (trabajador), anexar el reporte del consolidado de nómina para cargue a contabilidad detallado por concepto. PROCESO DE DETERMINACIÓN
  • 26. • En medio magnético, en el formato Requerimiento Nomina de Salarios (Excel), que se encuentra en la página web: http://www.ugpp.gov.co/parafiscales/requerimiento-informacion.html. • Consolidada por mes*. • Debe incluir todos los conceptos devengados, monetarios y no monetarios. • Debe incluir tanto los trabajadores activos como los retirados que hayan estado activos en los periodos solicitados. Personas Jurídicas Precisiones: Punto 3. Nóminas mensuales de salarios * El único evento en el que se puede presentar duplicidad de un registro en un mismo es cuando la persona cambia de tipo de vinculación PROCESO DE DETERMINACIÓN
  • 27.  Certificadas por el representante legal y contador público o revisor fiscal, si está obligado a tenerlo.  Si tiene software de nómina, anexar la parametrización de las cuentas contables asociadas a los conceptos de la nómina (reporte generado por el sistema). Precisiones Punto 3. Nóminas mensuales de salarios  La nómina mensual no debe registrar más de 30 días trabajados.  Incluya salarios y vacaciones pagados a personas retiradas en los periodos reportados. Recuerde PROCESO DE DETERMINACIÓN
  • 28. PROCESO DE DETERMINACIÓN Otras Precisiones: • Punto 4. Libro mayor y balances, con corte anual, en medio magnético. • Punto 5. Si la empresa tiene vinculados aprendices del SENA, copia de los contratos de aprendizaje. • Punto 6. Si la empresa tiene vinculados pensionados por vejez activos, copia de las resoluciones de reconocimiento de la pensión.
  • 29. Otras Precisiones:  Punto 7. Si la empresa tiene trabajadores extranjeros que no estén cotizando a pensiones en el país, copia del documento de identidad del trabajador, del contrato de trabajo u orden de prestación de servicios y constancia de aportes a pensiones en el país de origen.  Punto 8. Copia de las convenciones, pactos colectivos o similares, vigentes en los periodos antes citados, si existieren.  Punto 9. Si la empresa tiene personal suministrado por un tercero, fotocopia del contrato y certificación emitida por la empresa contratista, en la que se indique vigencia y objeto del mismo. PROCESO DE DETERMINACIÓN
  • 30. Otras Precisiones: • Punto 10. Relación de las planillas PILA mediante las cuales se realizó el pago de aportes, remitida en formato Excel. • Punto 11. Otros documentos o información adicional que estime pertinente para verificar el pago de aportes al Sistema de la Protección Social, detallada por periodo y trabajador. • Punto 12. Si autoriza la notificación electrónica, formato debidamente diligenciado. Esta autorización permite dar mayor agilidad al proceso. PROCESO DE DETERMINACIÓN
  • 31. REQUERIMIENTO PARA DECLARAR O CORREGIR Tabla de Sanción por omisión
  • 32. • Sanción por Inexactitud:  El aportante que corrija por inexactitud autoliquidaciones de las contribuciones parafiscales de la protección social, sin que medie Requerimiento de Información de la UGPP, debe liquidar y pagar una sanción equivalente al 5% del mayor valor a pagar que se genere entre la corrección y la declaración inicial. REQUERIMIENTO PARA DECLARAR O CORREGIR Momento en que aplica el % % Valor de la Sanción 5% del mayor valor que se genere entre la corrección y la declaración inicial Antes de notificar el primer Requerimiento de Información Aumentará el 20% Cuando se notifica el primer Requerimiento de Información Aumentará el 35% Cuando se notifica el Requerimiento para Declarar o Corregir Aumentará el 60% Cuando se notifica la Liquidación Oficial Lo anterior sin perjuicio de los intereses moratorios aplicables para efectos tributarios.
  • 34. PROCESO SANCIONATORIO ¿Cuál es la sanción por no envío de información? • Equivale a 5 UVT por cada día de retraso en la entrega de la información solicitada. • Se contabilizará desde el día siguiente a la finalización del término otorgado para responder el Requerimiento de Información o pruebas, hasta la fecha en que se entregue la información requerida por la entidad. ¿Qué es una liquidación parcial? • Es una actuación previa a la expedición del pliego de cargos por la cual se informa el monto parcial de la sanción por no envío de información generada desde la fecha del vencimiento hasta la fecha de expedición de la liquidación parcial.
  • 35. PROCESO SANCIONATORIO ¿Qué debe hacer el aportante que recibe una liquidación parcial? • Verificar si entregó la información completa y oportunamente. • Si no la ha suministrado o la entregó parcialmente, debe completarla para evitar que la sanción se incremente. • Si la aportó completa y oportunamente, puede hacer caso omiso de la liquidación parcial. ¿Qué pasa si el aportante NO envía la información después de recibir la liquidación parcial? • La Unidad expedirá cada 6 meses una nueva liquidación parcial hasta que entregue la información y emita un Pliego de Cargos (Art. 5° del Dec. 3033 de 2013, en concordancia con lo arts. 179 y 180 de la Ley 1607 de 2012).
  • 36. Requerimiento de información Pliego de Cargos Resolución sanción Fallo 6 meses Términos 6 meses Tiempo otorgado por La Unidad 1 mes 10 días h. Liquidación Parcial Aportantes UGPP Envío de información Respuesta Recurso de reconsideración COBRANZAS Hasta 5 años PROCESO SANCIONATORIO
  • 38. NOTIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES ¿Una vez la Unidad emite un Acto Administrativo cómo se notifica? • Todos los actos administrativos de la Unidad se notifican personalmente o por correo certificado, esta última, mediante envío de una copia del Acto Administrativo emitido a la dirección que el aportante tenga en el Registro Único Tributario RUT. Las comunicaciones para notificación que se devuelvan por datos de ubicación, se notifican por aviso en nuestro sitio web www.ugpp.gov.co La notificación se entiende surtida:  Para la Unidad: En la primera fecha de introducción al correo  Para el aportante: Desde la publicación del aviso o de la corrección de la notificación.
  • 39. NOTIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES Formato para autorización de notificación electrónica
  • 41. COBRO Realizar acciones de cobro persuasivo y coactivo que permitan la recuperación de las contribuciones parafiscales del Sistema de la Protección Social que son competencia de la Unidad
  • 42. COBRO Contempla las siguientes etapas: • Cobro persuasivo: Conjunto de acciones orientadas para que los deudores paguen de manera voluntaria sus obligaciones. Plazo 90 días calendario a partir de la Primera Acción persuasiva (que desde realizarse dentro de los 10 días siguientes a la fecha de asignación del expediente) • Cobro coactivo: Es ejercer de forma directa la ejecución de las obligaciones, con base en el procedimiento de cobro coactivo administrativo. • Acuerdos de pago: Figura a través de la cual se concede plazos al deudor para que pague sus obligaciones. • Procesos concursales: Consiste en presentar las obligaciones a favor del sistema de la protección social y de la Unidad en los procesos de reorganización empresarial, concurso de acreedores, reestructuración y liquidación de sociedad para que sean reconocidas y pagadas
  • 43. COBRO Oficios de requerimiento de pago de la obligación Cobro persuasivo Cobro coactivo Medidas cautelares Mandamiento de Pago Orden de ejecución Liquidación del crédito y costas Embargo Avalúo Secuestro Remate Acuerdo de pago Proceso concursal Pago Aplicación título de depósito judicial
  • 45. SITUACIONES IDENTIFICADAS  No afiliar o vincular a los trabajadores al Sistema de la Protección y Seguridad.  No efectuar la autoliquidación y pago oportunamente de los aportes al Sistema de Protección y Seguridad.  No incluir en el Ingreso Base de Cotización (IBC) pagos que constituyen salario y declararlos como no salariales para excluirlos del IBC. (Aunque la normatividad permite a partir de la ley  No incluir en el Ingreso Base de Cotización (IBC) pagos de vacaciones disfrutadas, no disfrutadas pero pagadas en dinero o pagadas por liquidación para el cálculo de los aportes parafiscales: SENA, ICBF, y subsidio familiar.  No incluir en el Ingreso Base de Cotización (IBC) pagos no salariales superiores al 40% del total de la remuneración (Artículo 30 Ley 1393 de 2010).
  • 46. SITUACIONES IDENTIFICADAS  No pagar el 10% adicional en pensión por actividades de alto riesgo para afiliados al régimen de prima media.  No realizar cotizaciones con la tarifa legal.  No cumplir con los requisitos para aplicar beneficios de Ley. (Ley 1429  Registrar salarios integrales inferiores al mínimo (13 SMMLV).  Clasificar de manera errada a los empleados en los tipos de cotizantes.  No afiliar a los trabajadores cuando estos se encuentran afiliados a Régimen Subsidiado o como beneficiarios  Realizar aportes completos por trabajadores retirados en el periodo.  Se alega no tener el deber de entregar la información porque la misma se extravió o destruyó  Se argumenta no tener la obligación de llevar contabilidad
  • 47. SITUACIONES IDENTIFICADAS  Se informa que la empresa está en proceso de disolución y liquidación  Se informa que el plazo concedido para dar respuesta es insuficiente  Se indica que la UGPP no tiene competencia para pedir la información  Se manifiesta que la UGPP le puede pedir esa misma información a otras entidades
  • 48. Beneficios de cumplir el pago de aportes
  • 49. BENEFICIOS DE CUMPLIR  Garantía de pensión para sus empleados actuales.  Garantía de acceso a servicios de salud  Coberturas de Riesgos laborales  Evitar sanciones y demandadas laborales.
  • 51. Entregar los documentos completos para gestionar rápidamente los requerimientos. 1 2 3 4 5 Consultar la manera de diligenciar formatos en www.ugpp.gov.co / vinculo Parafiscales / Requerimiento de Información Solicitar orientación de nuestros asesores en todos los trámites que requieran realizar. Denunciar los casos de corrupción que observen y atenten contra sus derechos. Utilizar nuestros Canales de Contacto para hacer seguimiento de su solicitud:  Punto Presencial y Virtual  Telefónicos  Chat – Llamada virtual y de vuelta en www.ugpp.gov.co RECOMENDACIONES

Notas del editor

  1. Frente a este punto es importante que evidenciemos un ejemplo, este balance como pueden observar esta al máximo nivel 8 dígitos o niveles, tiene cada una de las cuentas del puc con cada movimiento del año.
  2. Los auxiliares por tercero deben tener ciertas especificaciones como lo muestra la estructura que tenemos en la presentación; se nombran cada columna. Además solicitamos las cuentas de servicios (5135) y diversos (5195) a nivel general de la empresa. Finalidad????
  3. Respecto a este punto, para ser mas precisos nos orientaremos con el archivo que actualmente se encuentra en la página web, para el cual realizaremos las siguientes precisiones: Lo primero que encontramos es el instructivo, el cual debe ser leído para poder diligenciar cada uno de los campos del archivo de nómina. Pasando al archivo es de indicar que todas las columnas deben estar completamente diligenciadas y sin filas vacías; “se inicia a describir cada columna con lo que se necesita de cada campo”
  4. Respecto a este punto, para ser mas precisos nos orientaremos con el archivo que actualmente se encuentra en la página web, para el cual realizaremos las siguientes precisiones: Lo primero que encontramos es el instructivo, el cual debe ser leído para poder diligenciar cada uno de los campos del archivo de nómina. Pasando al archivo es de indicar que todas las columnas deben estar completamente diligenciadas y sin filas vacías; “se inicia a describir cada columna con lo que se necesita de cada campo”
  5. Punto 4 es muy claro y todas las empresas tienen al día este numeral Con respecto al punto de los aprendices del sena, solicitamos nos envíen en medio magnético (pdf) cada uno de los contratos por los períodos solicitados. El punto 6 hace referencia a los pensionados con contrato laboral, anexamos en pdf copia de las resoluciones de pensión de estas personas. Y el punto , aplica para aquellas empresas que tienen trabajadores extranjeros y cuya cotización por pensión la estén realizando en otro país, para soportar deben anexar también en PDF las certificaciones que Ellos nos suministraron en el momento de la contratación.
  6. Punto 4 es muy claro y todas las empresas tienen al día este numeral Con respecto al punto de los aprendices del sena, solicitamos nos envíen en medio magnético (pdf) cada uno de los contratos por los períodos solicitados. El punto 6 hace referencia a los pensionados con contrato laboral, anexamos en pdf copia de las resoluciones de pensión de estas personas. Y el punto , aplica para aquellas empresas que tienen trabajadores extranjeros y cuya cotización por pensión la estén realizando en otro país, para soportar deben anexar también en PDF las certificaciones que Ellos nos suministraron en el momento de la contratación.
  7. Punto 8, aplica para las empresas que tienen convenciones, pactos colectivos o similares, y que estuvieron vigentes en los períodos fiscalizados; deben adjuntarlo; con el fin que podamos aclarar las diferentes remuneraciones que tiene cada empleado. Punto 9, para el caso de las empresas que no manejan la nómina directa, es decir contratan a un tercero para que les realice dicho proceso, para soportarlo deben enviar copia del contrato y certificación emitida por el contratista, indicando vigencia y objeto del mismo. En lo referente al punto 10, es sacar un resumen de todas las planillas teniendo en cuenta la estructura indicada. “vamos al cuadro y enumeramos cada columna”
  8. Requerimiento para declarar o corregir: Se genera cuando se determina incumplimiento por parte del aportante. Liquidación Oficial: Recurso de Reconsideración: Inexactitud: Cuando se presenta un menor valor declarado y pagado en la autoliquidación de aportes frente a los aportes que efectivamente el aportante estaba obligado a declarar y pagar, según lo ordenado por la ley. Evasión: No pago de los aportes parafiscales.
  9. Requerimiento para declarar o corregir: Se genera cuando se determina incumplimiento por parte del aportante. Liquidación Oficial: Recurso de Reconsideración: Inexactitud: Cuando se presenta un menor valor declarado y pagado en la autoliquidación de aportes frente a los aportes que efectivamente el aportante estaba obligado a declarar y pagar, según lo ordenado por la ley. Evasión: No pago de los aportes parafiscales.
  10. Requerimiento para declarar o corregir: Se genera cuando se determina incumplimiento por parte del aportante. Liquidación Oficial: Recurso de Reconsideración: Inexactitud: Cuando se presenta un menor valor declarado y pagado en la autoliquidación de aportes frente a los aportes que efectivamente el aportante estaba obligado a declarar y pagar, según lo ordenado por la ley. Evasión: No pago de los aportes parafiscales.
  11. Requerimiento para declarar o corregir: Se genera cuando se determina incumplimiento por parte del aportante. Liquidación Oficial: Recurso de Reconsideración: Inexactitud: Cuando se presenta un menor valor declarado y pagado en la autoliquidación de aportes frente a los aportes que efectivamente el aportante estaba obligado a declarar y pagar, según lo ordenado por la ley. Evasión: No pago de los aportes parafiscales.
  12. Requerimiento para declarar o corregir: Se genera cuando se determina incumplimiento por parte del aportante. Liquidación Oficial: Recurso de Reconsideración: Inexactitud: Cuando se presenta un menor valor declarado y pagado en la autoliquidación de aportes frente a los aportes que efectivamente el aportante estaba obligado a declarar y pagar, según lo ordenado por la ley. Evasión: No pago de los aportes parafiscales.
  13. Requerimiento para declarar o corregir: Se genera cuando se determina incumplimiento por parte del aportante. Liquidación Oficial: Recurso de Reconsideración: Inexactitud: Cuando se presenta un menor valor declarado y pagado en la autoliquidación de aportes frente a los aportes que efectivamente el aportante estaba obligado a declarar y pagar, según lo ordenado por la ley. Evasión: No pago de los aportes parafiscales.
  14. Requerimiento para declarar o corregir: Se genera cuando se determina incumplimiento por parte del aportante. Liquidación Oficial: Recurso de Reconsideración: Inexactitud: Cuando se presenta un menor valor declarado y pagado en la autoliquidación de aportes frente a los aportes que efectivamente el aportante estaba obligado a declarar y pagar, según lo ordenado por la ley. Evasión: No pago de los aportes parafiscales.
  15. Requerimiento para declarar o corregir: Se genera cuando se determina incumplimiento por parte del aportante. Liquidación Oficial: Recurso de Reconsideración: Inexactitud: Cuando se presenta un menor valor declarado y pagado en la autoliquidación de aportes frente a los aportes que efectivamente el aportante estaba obligado a declarar y pagar, según lo ordenado por la ley. Evasión: No pago de los aportes parafiscales.
  16. Requerimiento para declarar o corregir: Se genera cuando se determina incumplimiento por parte del aportante. Liquidación Oficial: Recurso de Reconsideración: Inexactitud: Cuando se presenta un menor valor declarado y pagado en la autoliquidación de aportes frente a los aportes que efectivamente el aportante estaba obligado a declarar y pagar, según lo ordenado por la ley. Evasión: No pago de los aportes parafiscales.