2. COORDINACION EJECUTIVA GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS SUBGERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS Y PATROCINIO COORDINACIÓN DE ASUNTOS CONTENCIOSOS RESPONSABILIDAD PRIMARIA Ejercer la coordinación y apoyo del accionar de los equipos de trabajo de la Subgerencia que tienen a su cargo la representación del Instituto en causas judiciales, prejudiciales e instancias administrativas, asistiendo a la Subgerencia de Asuntos Contenciosos en la Dirección del Cuerpo de Abogados del Instituto. ACCIONES 1.- Intervenir en la asignación de pleitos a los diferentes equipos de trabajo atendiendo a requerimientos operativos, determinando competencias, administrando recursos y asignando prioridades.
3. 2.- Entender en el apoyo de los equipos de trabajo y unidades operativas de la Subgerencia: atendiendo a requerimientos de asistencia técnica y logística, acompañando y supervisando su accionar. 3.- Coordinar y apoyar el accionar de los asesores jurídicos de todo el país en materia de asuntos contenciosos atendiendo a requerimientos de asistencia técnica y logística, acompañando y supervisando su accionar, encuadrando su accionar a las pautas y criterios de la organización y la doctrina jurídica del Instituto. 4.- Supervisar el adecuado cumplimiento, por parte de las Delegaciones del Cuerpo de Abogados del Instituto, de las estrategias jurídicas para la defensa judicial y administrativa que fije la Gerencia de Asuntos Jurídicos.
4. 5.- Ejercer el control de gestión de los distintos equipos de trabajo dependientes de Subgerencia de Asuntos Contenciosos. 6.- Organizar, supervisar y sistematizar el registro de la información relativa a todos los procesos judiciales y/o extrajudiciales que se lleven a cabo desde la Subgerencia. 7.- Proponer a la Subgerencia todas las medidas que estime pertinentes a los fines de lograr mayor eficiencia en el trabajo de los diferentes equipos, así como respecto de los circuitos administrativos de apoyo. 8.- Realizar auditorías para evaluar la gestión de las distintas Delegaciones del Cuerpo de Abogados del Instituto, sus recursos y necesidades operativas y técnicas, recomendando al Gerente de Asuntos Jurídicos las medidas que juzgue necesario tomar para optimizar su desempeño.
5. 9.- Evaluar el desempeño de los abogados del Cuerpo de Abogados en los procesos judiciales y procedimientos administrativos y en materia de asesoramiento a las autoridades del Instituto. 10.- Elaborar Informes periódicos y específicos acerca de situaciones detectadas, recomendando cursos de acción para optimizar el desempeño de las Delegaciones del Cuerpo de Abogados. 11.- Brindar apoyo y asistencia técnica y operativa a las Delegaciones del Cuerpo de Abogados. 12.- Disponer las medidas necesarias para la gestión, resguardo, conservación y accesibilidad de la información vinculada al desempeño de las tareas de la Coordinación.
6. Subgerencia de Asuntos Contenciosos y Patrocinio Coordinación de Asuntos Contenciosos Coordinación del Serv. Jurídico de Patr. Gratuito UNIDAD DE ENLACE CON LA CONSOLIDACIÓN DE DEUDAS Y ASESORÍA JURÍDICAS DEL INTERIOR
7. ACCIONES JUDICIALES CONTRA EL INSSJP CUYO OBJETO PERSIGUE LA RESOLUCIÓN DE EXPTES. DE CONSOLIDACIÓN DE DEUDA. Amparo por mora Acción de Fijación de Plazo Medidas preliminares o preparatorias. ALCANCE DE LA PRETENSIÓN Resolución del expediente . No resuelven el fondo de la cuestión . Fijación de plazo y pronunciamiento expreso por parte del INSSJP.
8. ALCANCES DE LA INTIMACIÓN Firma y Elevación de F.R.P. INTIMACIONES IMPROCEDENTES CUESTIONES DE FONDO Quiebra – Concurso – Deudas no reconocidas judicialmente. CUESTIONES DE FORMA. No cumple los requisitos del decreto 1116/00 : Oficio art. 400 CPCC. Cédula. Falta de otras formalidades, (Transcripción o cita del art. 31 del decreto)
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10. CONSIGNACIÓN DE FRP Y ACTAS ACUERDO. PROCEDENCIA Incomparecencia por parte del acreedor a la suscripción. TRÁMITE Documentación a acompañar en el juzgado. Formalidades a respetar en el procedimiento de suscripción. RESULTADO ESPERADO Suscripción de los mismos en sede judicial. PAGO DE ACREENCIAS EXCLUIDAS DE LA CONSOLIDACIÓN Dec. 1647/09. Modificación del piso de $ 1000 a $ 5000. Otras exclusiones: Deuda alimentaria. Mayor de 70 años. Trámite de cobro por fuera del régimen de consolidación (pago judicial habitual). Cuestiones prácticas.
20. ACCIONES I.- PREVENTIVAS II.- PROCESALES (SACyP) III.- ADMINISTRATIVAS DE LA GAJ
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22. A) SELLO "RECIBIDO EN ……. FS..- SUJETO A VERIFICACION POR LA UGL Y/O AGENCIA CORRESPONDIENTE AL DOMICILIO DEL AFILIADO. LA RECEPCION DEL PRESENTE EN NIVEL CENTRAL NO IMPLICA INICIO DE TRAMITE, HASTA SU INGRESO EN LA UGL Y/O AGENCIA, UNICA HABILITADA A TAL FIN. ASIMISMO, SE DEBERÁ CUMPLIMENTAR CON LOS REQUISITOS DE DOCUMENTACION NECESARIOS REQUERIDOS CONFORME NORMATIVA VIGENTE DEL INSSJP, LA CUAL SE ENCUENTRA A SU DISPOSICION."
23. B) NOTA INFORMATIVA GENERICA : En caso de ser necesario se va a reforzar el sello antes indicado proveyendo a la Mesa General de Entradas y Salidas una nota ampliatoria tipo para adjuntar a las notas recibidas, que indicaran claramente donde, como y con qué documentación deben realizar las solicitudes. C) CAMBIO EN LOS PROCESOS DE CIRCULACION INTERNA : a) En lugar de remitir las notas de reclamo firmadas por abogados a las agencias o UGL donde cápita el afiliado, se puso en funcionamiento un canal de correspondencia especial con carácter de urgente para que dichas se dirijan directamente a la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Prestaciones Médicas, quien a su vez se encargará de darles curso urgente por ante el área que corresponda, mientras paralelamente desde la Gerencia de Prestaciones Médicas se arbitran los recaudos que se indican en el punto siguiente; b) Asimismo, las notas o expedientes que lleguen a este Instituto derivados desde la Superintendencia de Servicios de Salud, serán derivados desde la Mesa General de Entradas y Salidas a la Gerencia de Asuntos Jurídicos con carácter de urgente.
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31. ACCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA GAJ DERIVACION: Se derivará copia de las documentación recibida al área sustancial específica, conforme corresponda, a fin de que: a) Se revise y de curso a la solicitud, en caso que corresponda, y b) que se brinde a la GAJ la información necesaria para proceder a responder por ante la Superintendencia de Servicios de Salud.ç VERIFICACION DE OTRAS VIAS: Se verificará si el tema ha sido tratado por otro área del Instituto.-Si ha sido iniciado un proceso de amparo con la misma finalidad se hará conocer dicha circunstancia a la Superintendencia, para que se de por desistida la vía administrativa. RESPUESTA A LA SUPERINTENDENCIA: Se dará respuesta a la Superintendencia acompañando la información y documentación respaldatoria que corresponda