Este documento analiza las fuentes del derecho administrativo en Perú. Explica que las principales fuentes incluyen la Constitución, leyes, decretos legislativos, tratados internacionales, reglamentos y jurisprudencia. Además, analiza en detalle cada una de estas fuentes, describiendo su jerarquía y función dentro del derecho administrativo peruano. Finalmente, concluye que estas fuentes proveen la base normativa para la administración pública en el país.
Este documento describe las fuentes del derecho en México. Identifica tres tipos de fuentes: históricas, reales y formales. Las fuentes formales incluyen la ley, la costumbre, la doctrina, la jurisprudencia, los tratados internacionales y los principios generales del derecho. También describe la jerarquía del orden jurídico mexicano encabezado por la Constitución y seguido por las leyes federales, tratados internacionales, decretos y normas individualizadas como sentencias y contratos.
U2. S4. Actividad 1. ¿Qué es el derecho administrativo?Mar Márquez
Investiguemos y definamos:
¿Qué es el derecho administrativo?
¿Cuáles son sus fuentes?
Integremos en una presentación virtual (PowerPoint, Slide Share, Google Slides, Prezi):
La definición
Las fuentes del derecho administrativo
Compartamos nuestra presentación en el blog de esta sección.
El documento define el derecho como el orden normativo que regula la conducta humana en sociedad. Explica que el derecho surge de normas aceptadas socialmente y que pueden hacerse cumplir mediante sanciones. Finalmente, señala que el derecho mexicano tiene sus orígenes en el derecho español y que se diferencia de otras normas por su carácter coercible.
Derechoyrealidad,+7 la distincion_entre_reglasKay Mare
Este documento discute la distinción entre reglas y principios jurídicos. Explica que los principios se caracterizan por su fundamentalidad, generalidad y vaguedad en comparación con las reglas. También distingue entre principios explícitos e implícitos, siendo los primeros aquellos expresamente establecidos en un texto normativo y los segundos deducidos por el intérprete. Finalmente, analiza algunos problemas relacionados con la juridicidad e integración de los principios implícitos en el ordenamiento jurídico.
Este documento discute las fuentes del derecho tributario. Explica que según el Código Tributario, las fuentes son las leyes, tratados internacionales, normas reglamentarias y resoluciones de la autoridad tributaria. Si bien menciona la jurisprudencia, también señala que no es considerada una fuente formal del derecho tributario debido a que no existe un sistema que sistematice y difunda adecuadamente la jurisprudencia administrativa. Finalmente, critica el uso de la jurisprudencia como fuente por limitaciones en la formación de abog
El documento describe las tres principales fuentes del derecho mexicano: la legislación, la jurisprudencia y la costumbre. Explica que la legislación se crea a través de un proceso legislativo de seis etapas, la jurisprudencia consiste en principios establecidos en decisiones judiciales, y la costumbre requiere un uso constante y convicción de que es obligatoria. También señala que en México la costumbre sólo puede ser fuente de derecho en ausencia de leyes o jurisprudencia.
Este documento describe diferentes tipos de fuentes normativas en el sistema jurídico, incluyendo leyes, decretos, reglamentos, instrucciones y sentencias judiciales. Define un decreto como un mandato escrito y formal dictado por la autoridad administrativa, mientras que un reglamento es más general e impersonal. También explica que un decreto con fuerza de ley es dictado por el Presidente sobre materias propias de ley durante un lapso de tiempo limitado.
Este documento describe las fuentes del derecho en México. Identifica tres tipos de fuentes: históricas, reales y formales. Las fuentes formales incluyen la ley, la costumbre, la doctrina, la jurisprudencia, los tratados internacionales y los principios generales del derecho. También describe la jerarquía del orden jurídico mexicano encabezado por la Constitución y seguido por las leyes federales, tratados internacionales, decretos y normas individualizadas como sentencias y contratos.
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El documento define el derecho como el orden normativo que regula la conducta humana en sociedad. Explica que el derecho surge de normas aceptadas socialmente y que pueden hacerse cumplir mediante sanciones. Finalmente, señala que el derecho mexicano tiene sus orígenes en el derecho español y que se diferencia de otras normas por su carácter coercible.
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Este documento discute la distinción entre reglas y principios jurídicos. Explica que los principios se caracterizan por su fundamentalidad, generalidad y vaguedad en comparación con las reglas. También distingue entre principios explícitos e implícitos, siendo los primeros aquellos expresamente establecidos en un texto normativo y los segundos deducidos por el intérprete. Finalmente, analiza algunos problemas relacionados con la juridicidad e integración de los principios implícitos en el ordenamiento jurídico.
Este documento discute las fuentes del derecho tributario. Explica que según el Código Tributario, las fuentes son las leyes, tratados internacionales, normas reglamentarias y resoluciones de la autoridad tributaria. Si bien menciona la jurisprudencia, también señala que no es considerada una fuente formal del derecho tributario debido a que no existe un sistema que sistematice y difunda adecuadamente la jurisprudencia administrativa. Finalmente, critica el uso de la jurisprudencia como fuente por limitaciones en la formación de abog
El documento describe las tres principales fuentes del derecho mexicano: la legislación, la jurisprudencia y la costumbre. Explica que la legislación se crea a través de un proceso legislativo de seis etapas, la jurisprudencia consiste en principios establecidos en decisiones judiciales, y la costumbre requiere un uso constante y convicción de que es obligatoria. También señala que en México la costumbre sólo puede ser fuente de derecho en ausencia de leyes o jurisprudencia.
Este documento describe diferentes tipos de fuentes normativas en el sistema jurídico, incluyendo leyes, decretos, reglamentos, instrucciones y sentencias judiciales. Define un decreto como un mandato escrito y formal dictado por la autoridad administrativa, mientras que un reglamento es más general e impersonal. También explica que un decreto con fuerza de ley es dictado por el Presidente sobre materias propias de ley durante un lapso de tiempo limitado.
Este documento describe las fuentes del derecho mexicano. Identifica las fuentes formales como la Constitución, las leyes creadas por el proceso legislativo, y la costumbre reconocida por la Constitución. También cubre la jurisprudencia creada por los tribunales y la doctrina de los juristas. Por último, señala que las fuentes reales que determinan el contenido de las normas incluyen las necesidades económicas y culturales de la población.
Este documento define y clasifica las fuentes del derecho. Explica que las fuentes materiales son factores sociales que influyen en la creación de normas legales, mientras que las fuentes formales son los procedimientos y órganos que crean normas de manera expresa. Luego describe varias clasificaciones de las fuentes formales realizadas por autores como Squella, Nino y Bobbio. Finalmente, analiza brevemente las fuentes formales del derecho dominicano como la constitución, la ley y la jurisprudencia.
Fuentes del derecho administrativo phpapp01Pastorabet
Este documento presenta las principales fuentes del derecho administrativo en Venezuela. El derecho administrativo surgió en Francia en el siglo XIX y regula la organización de la administración pública. Las principales fuentes formales son la Constitución, las leyes derivadas de la Constitución, y los tratados internacionales. Otras fuentes incluyen reglamentos, resoluciones, instructivos presidenciales, costumbres, jurisprudencia y doctrina.
Este documento describe las principales fuentes del derecho en Chile, incluyendo la Constitución, las leyes, los tratados internacionales y otras normas. Define las fuentes del derecho como los actos y entidades que crean las normas jurídicas y la forma en que se expresan. Explica la clasificación de las fuentes formales, materiales y legales. Además, proporciona detalles sobre la Constitución Política chilena de 1980 y los diferentes tipos de leyes reconocidos en el sistema legal chileno.
Este documento lista 10 participantes de un curso de derecho constitucional y describe brevemente las fuentes del derecho constitucional, incluyendo fuentes directas como la historia, la constitución y las leyes institucionales, y fuentes indirectas como la jurisprudencia, la doctrina y el derecho constitucional comparado. También explica la finalidad del derecho constitucional de establecer el marco institucional de una sociedad y sus relaciones con otras disciplinas como la ciencia política y el derecho administrativo.
Las fuentes formales del derecho incluyen la legislación, la costumbre y la jurisprudencia. Estas fuentes formalizan y dotan de validez a las normas jurídicas a través de procesos como la promulgación de leyes o la creación de precedentes legales. Dentro de las fuentes formales se distinguen las fuentes directas e indirectas.
Este documento describe las distintas fuentes del derecho mexicano, incluyendo fuentes históricas, reales y formales. Las fuentes formales se dividen en directas e indirectas, donde las directas son la legislación y la costumbre, y las indirectas son la jurisprudencia, la doctrina y las normas individualizadas.
Las fuentes formales describen al lugar donde surge el Derecho, es decir aquellos elementos de donde normalmente se basa el legislador para crear disposiciones jurídicas; tradicionalmente se señalan: la legislación, la jurisprudencia y la costumbre, comprende ademas el estudio de los sistemas que tienen o han tenido vigencia.
El documento trata sobre conceptos básicos de derecho como su definición, fuentes y tipos. Explica que el derecho positivo se basa en normas vigentes independientemente de su justicia, mientras que el derecho natural exige que las normas sean justas. Identifica a la ley, jurisprudencia y costumbres como principales fuentes de derecho en Argentina y describe el proceso de formación de las leyes y características de los códigos como el Código Civil.
Este documento discute las diferentes perspectivas sobre las fuentes del derecho según varios autores como Genny, Cuento Rua y Cossio, Abelardo Torres y Savigny. Se describen las fuentes formales como la legislación, costumbre, doctrina y jurisprudencia. También se mencionan las fuentes reales y el pensamiento de que las fuentes no solo proveen orientación para casos litigiosos sino que coordinan la actividad social. Finalmente, Savigny considera que la fuente verdadera es la vida invisible del derecho en la conciencia común del pue
Este documento describe las principales fuentes del derecho en México. Identifica la jurisprudencia, legislación y costumbre como fuentes formales del derecho, y explica cómo se generan resoluciones jurisprudenciales y cómo funciona el proceso legislativo. También analiza el papel de la costumbre como fuente supletoria del derecho mexicano.
El documento resume las principales fuentes del derecho en Argentina, incluyendo la ley, la costumbre y la jurisprudencia. Explica que la costumbre jugó un papel importante en las sociedades primitivas pero que con el tiempo fue reemplazada en gran medida por la ley debido a su falta de precisión y certeza. También clasifica la costumbre jurídica en relación con la ley, como secundum legem, praeter legem y contra legem.
El derecho administrativo es la rama del derecho público que regula y estudia la organización y funciones de las instituciones del estado para defender los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la administración. Sus principales fuentes son la constitución, las leyes, los tratados y los reglamentos, así como la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina.
Este documento resume las fuentes formales del derecho. Explica que las fuentes formales son los procesos de creación de normas jurídicas y que las principales fuentes son la legislación, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina. Describe detalladamente la legislación, incluyendo sus características externas como la generalidad y permanencia, y características internas como ser justa, clara y provechosa. También analiza el poder legislativo y sus funciones de expedir leyes y velar por su cumplimiento.
El documento divide el derecho en público y privado. El derecho público incluye el constitucional, administrativo, organizacional, financiero y penal. El derecho privado incluye el civil, comercial, laboral y derechos humanos. También describe el derecho internacional público y privado. Explica que las fuentes del derecho son reales, históricas y formales, siendo estas últimas la ley, costumbre, jurisprudencia, doctrina y principios generales.
Fuentes Formales del Derecho en la Legislación SalvadoreñaVladimir Platero
Este documento presenta las generalidades de las fuentes del derecho. Define las fuentes como los orígenes o fundamentos de las normas jurídicas. Distingue entre fuentes formales, que son los procesos de creación de normas, y fuentes reales, que son los factores como necesidades sociales o valores que influyen en el contenido de las normas. Luego presenta ejemplos de fuentes reales en códigos salvadoreños y describe las principales fuentes formales como la ley, la costumbre y la jurisprudencia.
El documento clasifica las fuentes del derecho en directas e indirectas. Las fuentes directas producen normas jurídicas e incluyen la legislación y los principios generales del derecho. Las fuentes indirectas ayudan en la elaboración, interpretación y estudio de las leyes, como la costumbre, jurisprudencia y doctrina. También distingue entre fuentes formales, reales e históricas.
4 las fuentes formales del derecho colombianodoritamiryam
Este documento discute las fuentes formales del derecho colombiano a partir de la nueva Constitución de 1991. Define las fuentes formales como las normas jurídicas generales, impersonales y abstractas que manifiestan el ordenamiento jurídico. Explica que el ordenamiento jurídico establece sus propias fuentes formales y que conocer estas fuentes es fundamental para determinar los derechos y deberes consagrados en el ordenamiento.
El documento describe las principales fuentes del derecho. Identifica las fuentes formales como los textos legales como tratados, constituciones y leyes. También menciona fuentes informales como la costumbre y la jurisprudencia. Explica que las fuentes varían según el sistema legal, como el derecho escrito o el common law.
Este documento presenta una introducción al derecho constitucional. Define la constitución política como la norma fundamental del ordenamiento jurídico interno que regula la organización básica del estado y protege los derechos fundamentales. Explica que el derecho constitucional estudia no solo el texto constitucional formal sino también otras normas de jerarquía superior como tratados internacionales. Finalmente, traza la evolución del constitucionalismo desde un enfoque centrado en el estado a uno centrado en los derechos humanos.
Este documento describe las fuentes del derecho mexicano. Identifica las fuentes formales como la Constitución, las leyes creadas por el proceso legislativo, y la costumbre reconocida por la Constitución. También cubre la jurisprudencia creada por los tribunales y la doctrina de los juristas. Por último, señala que las fuentes reales que determinan el contenido de las normas incluyen las necesidades económicas y culturales de la población.
Este documento define y clasifica las fuentes del derecho. Explica que las fuentes materiales son factores sociales que influyen en la creación de normas legales, mientras que las fuentes formales son los procedimientos y órganos que crean normas de manera expresa. Luego describe varias clasificaciones de las fuentes formales realizadas por autores como Squella, Nino y Bobbio. Finalmente, analiza brevemente las fuentes formales del derecho dominicano como la constitución, la ley y la jurisprudencia.
Fuentes del derecho administrativo phpapp01Pastorabet
Este documento presenta las principales fuentes del derecho administrativo en Venezuela. El derecho administrativo surgió en Francia en el siglo XIX y regula la organización de la administración pública. Las principales fuentes formales son la Constitución, las leyes derivadas de la Constitución, y los tratados internacionales. Otras fuentes incluyen reglamentos, resoluciones, instructivos presidenciales, costumbres, jurisprudencia y doctrina.
Este documento describe las principales fuentes del derecho en Chile, incluyendo la Constitución, las leyes, los tratados internacionales y otras normas. Define las fuentes del derecho como los actos y entidades que crean las normas jurídicas y la forma en que se expresan. Explica la clasificación de las fuentes formales, materiales y legales. Además, proporciona detalles sobre la Constitución Política chilena de 1980 y los diferentes tipos de leyes reconocidos en el sistema legal chileno.
Este documento lista 10 participantes de un curso de derecho constitucional y describe brevemente las fuentes del derecho constitucional, incluyendo fuentes directas como la historia, la constitución y las leyes institucionales, y fuentes indirectas como la jurisprudencia, la doctrina y el derecho constitucional comparado. También explica la finalidad del derecho constitucional de establecer el marco institucional de una sociedad y sus relaciones con otras disciplinas como la ciencia política y el derecho administrativo.
Las fuentes formales del derecho incluyen la legislación, la costumbre y la jurisprudencia. Estas fuentes formalizan y dotan de validez a las normas jurídicas a través de procesos como la promulgación de leyes o la creación de precedentes legales. Dentro de las fuentes formales se distinguen las fuentes directas e indirectas.
Este documento describe las distintas fuentes del derecho mexicano, incluyendo fuentes históricas, reales y formales. Las fuentes formales se dividen en directas e indirectas, donde las directas son la legislación y la costumbre, y las indirectas son la jurisprudencia, la doctrina y las normas individualizadas.
Las fuentes formales describen al lugar donde surge el Derecho, es decir aquellos elementos de donde normalmente se basa el legislador para crear disposiciones jurídicas; tradicionalmente se señalan: la legislación, la jurisprudencia y la costumbre, comprende ademas el estudio de los sistemas que tienen o han tenido vigencia.
El documento trata sobre conceptos básicos de derecho como su definición, fuentes y tipos. Explica que el derecho positivo se basa en normas vigentes independientemente de su justicia, mientras que el derecho natural exige que las normas sean justas. Identifica a la ley, jurisprudencia y costumbres como principales fuentes de derecho en Argentina y describe el proceso de formación de las leyes y características de los códigos como el Código Civil.
Este documento discute las diferentes perspectivas sobre las fuentes del derecho según varios autores como Genny, Cuento Rua y Cossio, Abelardo Torres y Savigny. Se describen las fuentes formales como la legislación, costumbre, doctrina y jurisprudencia. También se mencionan las fuentes reales y el pensamiento de que las fuentes no solo proveen orientación para casos litigiosos sino que coordinan la actividad social. Finalmente, Savigny considera que la fuente verdadera es la vida invisible del derecho en la conciencia común del pue
Este documento describe las principales fuentes del derecho en México. Identifica la jurisprudencia, legislación y costumbre como fuentes formales del derecho, y explica cómo se generan resoluciones jurisprudenciales y cómo funciona el proceso legislativo. También analiza el papel de la costumbre como fuente supletoria del derecho mexicano.
El documento resume las principales fuentes del derecho en Argentina, incluyendo la ley, la costumbre y la jurisprudencia. Explica que la costumbre jugó un papel importante en las sociedades primitivas pero que con el tiempo fue reemplazada en gran medida por la ley debido a su falta de precisión y certeza. También clasifica la costumbre jurídica en relación con la ley, como secundum legem, praeter legem y contra legem.
El derecho administrativo es la rama del derecho público que regula y estudia la organización y funciones de las instituciones del estado para defender los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la administración. Sus principales fuentes son la constitución, las leyes, los tratados y los reglamentos, así como la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina.
Este documento resume las fuentes formales del derecho. Explica que las fuentes formales son los procesos de creación de normas jurídicas y que las principales fuentes son la legislación, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina. Describe detalladamente la legislación, incluyendo sus características externas como la generalidad y permanencia, y características internas como ser justa, clara y provechosa. También analiza el poder legislativo y sus funciones de expedir leyes y velar por su cumplimiento.
El documento divide el derecho en público y privado. El derecho público incluye el constitucional, administrativo, organizacional, financiero y penal. El derecho privado incluye el civil, comercial, laboral y derechos humanos. También describe el derecho internacional público y privado. Explica que las fuentes del derecho son reales, históricas y formales, siendo estas últimas la ley, costumbre, jurisprudencia, doctrina y principios generales.
Fuentes Formales del Derecho en la Legislación SalvadoreñaVladimir Platero
Este documento presenta las generalidades de las fuentes del derecho. Define las fuentes como los orígenes o fundamentos de las normas jurídicas. Distingue entre fuentes formales, que son los procesos de creación de normas, y fuentes reales, que son los factores como necesidades sociales o valores que influyen en el contenido de las normas. Luego presenta ejemplos de fuentes reales en códigos salvadoreños y describe las principales fuentes formales como la ley, la costumbre y la jurisprudencia.
El documento clasifica las fuentes del derecho en directas e indirectas. Las fuentes directas producen normas jurídicas e incluyen la legislación y los principios generales del derecho. Las fuentes indirectas ayudan en la elaboración, interpretación y estudio de las leyes, como la costumbre, jurisprudencia y doctrina. También distingue entre fuentes formales, reales e históricas.
4 las fuentes formales del derecho colombianodoritamiryam
Este documento discute las fuentes formales del derecho colombiano a partir de la nueva Constitución de 1991. Define las fuentes formales como las normas jurídicas generales, impersonales y abstractas que manifiestan el ordenamiento jurídico. Explica que el ordenamiento jurídico establece sus propias fuentes formales y que conocer estas fuentes es fundamental para determinar los derechos y deberes consagrados en el ordenamiento.
El documento describe las principales fuentes del derecho. Identifica las fuentes formales como los textos legales como tratados, constituciones y leyes. También menciona fuentes informales como la costumbre y la jurisprudencia. Explica que las fuentes varían según el sistema legal, como el derecho escrito o el common law.
Este documento presenta una introducción al derecho constitucional. Define la constitución política como la norma fundamental del ordenamiento jurídico interno que regula la organización básica del estado y protege los derechos fundamentales. Explica que el derecho constitucional estudia no solo el texto constitucional formal sino también otras normas de jerarquía superior como tratados internacionales. Finalmente, traza la evolución del constitucionalismo desde un enfoque centrado en el estado a uno centrado en los derechos humanos.
El documento describe las fuentes del derecho tributario en Venezuela. Las principales fuentes incluyen la constitución, leyes, tratados internacionales, reglamentos, y doctrina y jurisprudencia. El Código Orgánico Tributario venezolano enumera explícitamente las fuentes del derecho tributario y establece su jerarquía, con la constitución en la cima y los reglamentos en la base. Las fuentes directas son obligatorias, mientras que la doctrina y jurisprudencia son fuentes indirectas de referencia.
Este documento describe las diferentes fuentes del derecho, incluyendo fuentes formales e informales, directas e indirectas, principales y subsidiarias. Define fuentes como los orígenes o actos que dan lugar a la creación, modificación o extinción de normas jurídicas. Las fuentes formales incluyen la ley y la costumbre, mientras que las fuentes materiales son factores como ideas políticas y condiciones sociales.
Este documento describe las principales fuentes del derecho, incluyendo la ley, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina. Explica que las fuentes del derecho son las reglas que componen el marco normativo de un estado y que imponen conductas positivas o negativas. También clasifica las fuentes en históricas, formales, directas e indirectas, y principales, subsidiarias y auxiliares.
El documento define el derecho financiero como el conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad financiera del estado en la obtención, manejo y erogación de ingresos y gastos. Explica las fuentes del derecho financiero, incluyendo la constitución, leyes, decretos, reglamentos, costumbres, principios generales del derecho, tratados internacionales, doctrina y jurisprudencia. Finalmente, señala la relación entre el derecho financiero y el derecho tributario, siendo este último parte del derecho público y ocupándose de
Fundamentalmente, el término fuente surge de una metáfora, pues remontarse a las fuentes de un río, es llegar al lugar en que sus aguas brotan de la tierra; de manera semejante, inquirir la fuente de una disposición jurídica es buscar el sitio en que ha salido de las profundidades de la vida social a la superficie del derecho, en tal sentido Fuentes del Derecho se puede definir como los diferentes procesos por los cuales se origina una ley o norma jurídica.
Posteriormente, cuando se habla de fuentes del derecho, se hace referencia a todas aquellas reglas que integran el marco normativo, que imponen conductas positivas o negativas a los habitantes de un estado, es decir, a aquello de donde el Derecho surge o nace.
Por ende, se considera como fuentes del derecho: La Constitución, la ley, el tratado Reglamentos, decreto ley, la costumbre, jurisprudencia y las doctrinas
El documento resume el derecho constitucional como la rama del derecho que establece la estructura y funcionamiento del Estado, así como los derechos fundamentales de los ciudadanos. Explica que las fuentes del derecho constitucional incluyen la legislación, la historia y la jurisprudencia. Además, describe la naturaleza normativa y política del derecho constitucional, su carácter jerárquico y garantista, y clasifica las fuentes constitucionales en formales, materiales, históricas y jurisprudenciales.
Este documento discute el Bloque de Constitucionalidad, el Control de Constitucionalidad y el Control de Convencionalidad. Explica que el Bloque de Constitucionalidad incluye normas y principios que no están en el texto de la Constitución pero que han sido incorporados y sirven para controlar la constitucionalidad de las leyes. También describe el Control de Constitucionalidad como un mecanismo para garantizar que las leyes, actos y acciones del gobierno cumplan con la Constitución. Por último, explica que el Control de Convenc
Este documento presenta un resumen de dos capítulos de un curso de Derecho Administrativo. El primer capítulo introduce conceptos clave como las fuentes del derecho, la organización del Estado peruano y sus poderes, y la teoría del ordenamiento jurídico. El segundo capítulo cubre elementos básicos de Derecho Administrativo como la administración pública, el acto administrativo, y los procedimientos administrativos.
La ley introducción al derecho jhoivert amaroJhoivert
Este documento presenta información sobre las leyes y el sistema jurídico de Venezuela. Explica las diferentes fuentes del derecho como la constitución, leyes y tratados internacionales. También describe conceptos como la declaración de inconstitucionalidad, que permite invalidar una norma que viole la constitución, y la derogación de leyes, que elimina leyes existentes. Por último, resume que Venezuela es un estado federal descentralizado donde el poder público se divide entre los niveles nacional, estadal y municipal.
Este documento presenta información sobre las fuentes del derecho. En el capítulo 1, se define las fuentes del derecho y se clasifican en históricas, materiales, formales, directas e indirectas, y principales, subsidiarias y auxiliares. Luego, en el capítulo 2 se describen conceptos como la ley, costumbre, jurisprudencia y doctrina como fuentes formales del derecho. Finalmente, se incluyen conclusiones sobre las fuentes del derecho.
Este documento describe las fuentes del derecho tributario en Venezuela. Identifica las fuentes directas como la ley, leyes delegadas, decretos leyes, reglamentos emitidos por el ejecutivo, tratados internacionales y la constitución. También describe las fuentes indirectas como la doctrina, jurisprudencia, uso y costumbre. Explica que la ley es la principal fuente del derecho tributario y que debe prevalecer el principio de legalidad en esta materia.
Este documento presenta una introducción al derecho constitucional chileno. Explica conceptos clave como la constitución política, el derecho constitucional, las fuentes del derecho constitucional e introduce la constitución chilena de 1980. También describe la evolución del constitucionalismo desde uno centrado en el estado a uno centrado en los derechos humanos.
Denni freitez funetes del derecho administrativodenny freitez
1) El documento describe las principales fuentes del derecho administrativo en Venezuela, incluyendo la Constitución, las leyes, los tratados internacionales, los reglamentos, los decretos, las costumbres, la jurisprudencia y la doctrina.
2) Jerarquiza estas fuentes, colocando a la Constitución en la cima, seguida por las leyes, los tratados, los reglamentos y decretos. La jurisprudencia y doctrina complementan el ordenamiento jurídico.
3) Señala que esta jerarquía no es rí
Este documento trata sobre las fuentes del derecho y las fuentes históricas del derecho. Define las fuentes del derecho y las divide en fuentes materiales y formales. Discute las principales fuentes formales como la ley, la doctrina, la jurisprudencia y los usos y costumbres. También cubre brevemente las fuentes históricas del derecho y los elementos directos e indirectos que permiten reconstruir la formación del derecho a través de las épocas.
1) El documento describe las diferentes fuentes del derecho tributario en Venezuela, incluyendo la constitución, leyes, decretos con fuerza de ley, reglamentos, tratados internacionales y jurisprudencia. 2) Explica que el derecho tributario es una rama del derecho público dentro del derecho financiero. 3) Resalta que el principio de legalidad tiene especial importancia en materia tributaria, estableciendo que la norma escrita prevalece sobre cualquier otra fuente.
1) El documento describe las diferentes fuentes del derecho tributario en Venezuela, incluyendo la constitución, leyes, decretos con fuerza de ley, reglamentos, tratados internacionales y jurisprudencia. 2) Explica que el derecho tributario es una rama del derecho público dentro del derecho financiero. 3) Resalta que el principio de legalidad tiene especial importancia en materia tributaria, estableciendo que la norma escrita prevalece sobre cualquier otra fuente.
Este documento presenta una introducción al derecho constitucional. Explica que el derecho constitucional establece las normas que rigen la estructura del estado y la sociedad, y limita el poder del estado. Luego describe las relaciones del derecho constitucional con otras ramas del derecho como el derecho administrativo, penal y procesal. Finalmente, resume las principales fuentes del derecho constitucional, incluyendo la constitución, las leyes, los tratados internacionales, la jurisprudencia constitucional y la historia.
ENSAYO SOBRE LAS FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO. María Fabiana Quilesfabianaquileshey
Fuentes, definición, derecho general, constitución, la ley, los decretos, los tratados internacionales y los reglamentos. Derecho Tributario, Universidad Fermín Toro. María Fabiana Quiles
Tarea de derecho laboral para estudiantes de la univeridad de El Salvadoredwin70
Este texto es para estudiantes de derecho de la facultad multidisciplinaria oriental de la universidad de El Salvador. El objetivo consiste en eavlauar su aprendizaje
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
Derechos de las niñas, niños y adolescentes frente a a la violencia.pdfJosé María
La lucha contra la violencia en la infancia es un imperativo de derechos humanos. Para promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño es esencial asegurar y promover
el respeto de su dignidad humana e integridad física y psicológica, mediante la prevención de toda forma de violencia.
Legal Conducción Estado de Ebriedad. Análisis Lega
Fuentes del derecho administrativo
1. “Año De La Universalización De La Salud”
UNIVERSIDAD NACIONAL AMAZÓNICA DE MADRE DE
DIOS.
FACULTAD DE EDUCACIÓN
ESCUELA DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
TEMA:
FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
PRESENTADO POR:
USEDO SIHUAYRO, Alipio
CURSO : DERECHO ADMINISTRATIVO I
SEMESTRE : V
DOCENTE : Dr(a). ABG. KUENTAS ARAGON, SHELNI ADY
MADRE DE DIOS-PERÚ
Diciembre-2020
2. ÍNDICE
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO I
FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
1.1 Concepto de fuentes.............................................................pág. 01
1.2 Fuentes del derecho administrativo ....................................pág. 02
1.3 Análisis de las fuentes del derecho administrativo. ..........pág. 03
1.3.1 Constitución política......................................................pág. 03
1.3.2 Tratados y convenios internacionales incorporados al
ordenamiento jurídico nacional.....................................pág. 03
1.3.3 Las leyes y las disposiciones de jerarquía equivalente pág. 04
a) Decreto legislativo ...................................................pág. 05
b) Decreto de urgencia ................................................pág. 05
c) Normas regionales y locales de alcance general ....pág. 05
1.3.4 Los reglamentos Administrativos..................................pág. 06
1.3.5 Normas administrativas en general ..............................pág. 06
1.3.6 Fuentes delimitativas interpretativas.............................pág. 07
a) Jurisprudencia .......................................................pág. 07
b) Principios generales del derecho............................pág. 08
1.3.7 El precedente administrativo.........................................pág. 09
1.3.8 Disposiciones generales al interior de las entidades ....pág. 09
1.3.9 Resoluciones en el ámbito administrativo ante la deficiencia de
fuentes..........................................................................pág. 10
2. Cuadro sinóptico fuentes del derecho administrativo.........pág. 11
3. Conclusiones...........................................................................pág. 12
4. Bibliografía...............................................................................pág. 13
3. DEDICATORIA:
Brindamos este tributo, primero al
supremo creador del universo, ya que
sin el poder de la divina providencia,
no hubiésemos tenido la suficiente
fuerza e inspiración para realizar el
presente trabajo; segundo lugar,
nuestra dedicatoria a los desposeídos
del Perú.
4. INTRODUCCIÓN
La presente monografía es un estudio acerca de las fuentes del derecho
administrativo; tema que tiene gran importancia en el estudio del curso de
Derecho Administrativo I; así mismo realizamos un análisis de las
diferentes fuentes del derecho administrativo y su incidencia como fuente
del derecho administrativo.
El presente trabajo monográfico consta de un solo capítulo y analizamos
en ellos las diferentes fuentes del derecho administrativo.
Finalmente esperamos que este trabajo sea de agrado para todos los
lectores y compañeros que estén ávidos de conocer el presente tema;
además sirva también como apoyo en la fonación como futuros abogados
y para quienes no, sea como aporte a su bagaje cultural de cultivo propio o
personal de conocer más cada día.
5. 1
CAPÍTULO I
FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
1.1 Concepto de fuente.
La noción de fuente del derecho nos remite al origen del derecho, a su
proceso de formación y a su expresión final.1
En la teoría general del derecho (introducción al estudio del derecho),
generalmente se describen tres tipos de fuentes: formales, reales e
históricas. Las primeras se refieren a los diversos tipos de textos
normativos (constitución política, leyes, tratados, reglamentos, etc.).
Las fuentes reales son los acontecimientos culturales y fenómenos
naturales de cualquier tipo que determinan el contenido del derecho
vigente, y las fuentes históricas, aquellos documentos y vestigios de
otra índole que permiten conocer el orden jurídico de sociedades
anteriores a la nuestra.
El derecho administrativo, no obstante su amplitud, requiere
supletoriedad en su aplicación; por eso se recurre al derecho civil y
mercantil, al derecho procesal, a los principios generales de derecho y,
eventualmente, a la costumbre y los estudios doctrinales. La
supletoriedad se presenta, como es sabido, cuando un ordenamiento
adolece de lagunas y él mismo establece que sean subsanadas
mediante la aplicación de otros textos legales. La supletoriedad se da,
como indica Rafael de Pina, cuando existen normas subsidiarias
1
Osinermin, “Manual de derecho administrativo”, pag. 4
6. 2
1.2 Fuentes del derecho administrativo
En derecho administrativo, como en casi todas las ramas jurídicas,
suele citarse una lista de fuentes, que son, en realidad, las fuentes
formales o los documentos donde se encuentran las normas de nuestra
materia y aquellos otros textos, ideas o actividades que pueden
contener directa o indirectamente reglas o elementos supletorios o
interpretativos. En el derecho mexicano, dicha lista es la siguiente2:
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
2. Leyes federales
3. Tratados y convenios internacionales
4. Leyes locales
5. Reglamentos
6. Planes y programas
7. Normas ofi ciales
8. Circulares
9. Acuerdos
10. Decretos
11. Convenios
12. Jurisprudencia
13. Derecho civil, procesal, mercantil, penal y laboral
14. Principios generales de derecho
15. Costumbre
16. Doctrina.
Las señaladas en los numerales 1 a 11 son fuentes directas y están
ordenadas conforme a una secuencia de prelación jerárquica; las cinco
restantes son fuentes interpretativas o supletorias.
2 Martínez Morales, Rafael. I. “Derecho Administrativo 1er Curso”. Oxford University
Press, Mexico. Noviembre 2012. Pág. 12.
7. 3
1.3 Análisis de las fuentes del derecho administrativo
1.3.1Constitución política
La Constitución, en su dimensión de norma marco del derecho
nacional en el ámbito formal y el material, es la principal fuente de
derecho administrativo. Ello porque opera como norma que limita
el poder estatal, estableciendo como resultado evidentes límites
al accionar de la Administración Pública, sobre la base de
principios, derechos e instituciones constitucionalmente
garantizadas3.
Constitución define la denominada estructura del Estado, por la
cual se determinan las funciones y potestades asignadas a cada
uno de los organismos que componen dicho Estado, configurando
la base estructural del derecho administrativo4
1.3.2Tratados y convenios internacionales incorporados al
ordenamiento jurídico nacional.
El artículo 55º de la Constitución de 1993 establece que los
tratados internacionales en vigor se incorporan de manera
inmediata al ordenamiento jurídico interno, pues forman parte del
derecho nacional5.
Los tratados internacionales sobre derechos humanos poseen
una particular importancia para el derecho administrativo en tanto
constituyen límites evidentes al comportamiento de la
Administración Pública. Las entidades administrativas no pueden
3
Guzmán Napuri, Christian. “Manual de Procedimiento Administrativo General”. Pacifico
editores S.A.C. Perú. Pág. 64
4 Cassagne, Derecho administrativo I. cit., p. 127.
5 Constitucion política del Perú, Articulo 55
8. 4
desplazar derechos fundamentales, ni limitarlos más allá de lo
establecido por el tratado en mención.
1.3.3Las leyes y las disposiciones de jerarquía equivalente
La ley sea en términos materiales o formales, es una norma
jurídica de alcance general, que abarca a un número
indeterminado de personas. La Ley en sentido propio debe
entenderse como la norma jurídica emitida por el Parlamento6.
Dentro de la categoría de ley en sentido formal debe incluirse no
solo la ley ordinaria, sino también la llamada Ley Orgánica, la
misma que regula la organización del Estado y es aprobada a
través de una votación calificada en el Parlamento, así como las
leyes presupuestarias, que poseen características propias y las
leyes de reforma constitucional.
Asimismo, cuando la Ley habla de disposiciones de jerarquía
equivalente debe incluirse a la mal llamada ley en sentido
material. Es decir, aquellas normas que, sin ser leyes, se le otorga
el rango de tales. En este orden de ideas, debe incluirse también
los decretos legislativos, los decretos de urgencia, el Reglamento
del Congreso y, con la debida reserva, a las normas regionales y
locales de alcance general, a las cuales haremos referencia más
adelante.
Finalmente, las leyes orgánicas únicamente pueden ser emitidas
por el Parlamento, dada su particular naturaleza y su aplicación a
regular la estructura del Estado y ciertas materias establecidas
por la Constitución, como son los procesos constitucionales7
6
Cosculluela Montaner, Manual de derecho administrativo, cit., pp. 73-74
7
Constitución política del Perú, articulo 106
9. 5
a) Decretos legislativos
Los decretos legislativos son normas emitidas por el Poder
Ejecutivo previa autorización por parte del Congreso. Dicha
autorización expresa las materias a regular y el plazo durante
el cual puede hacerse uso de la facultad delegada8.
b) Decretos de urgencia
La legislación de urgencia implica la posibilidad que tiene el
Gobierno de emitir normas con rango de Ley, sin necesidad
de autorización alguna, y ante situaciones excepcionales.
La Carta de 1993, pretendiendo reparar el uso anómalo de lo
previsto en la Constitución de 1979 respecto a los decretos de
urgencia, prescribe que las medidas extraordinarias que el
Jefe de Estado puede dictar, en materia económica o
financiera, debían ser expedidas a través de dichos
mecanismos normativos177, con cargo de dar cuenta al
Congreso y cuando lo requiera el interés nacional, previsión
que desde ya resulta ser sumamente permisiva.
c) Normas regionales y locales de alcance general
Asimismo, en el ámbito de los gobiernos regionales y locales
y en mérito a la organización descentralizada del Estado
peruano, existen normas que se reconocen de rango legal,
como las ordenanzas regionales y las ordenanzas
municipales, respectivamente9
8
Guzmán Napuri, Christian. “Manual de Procedimiento Administrativo General”. Pacifico
editores S.A.C. Perú. Pág. 72
9
Guzmán Napuri, Christian. “Manual de Procedimiento Administrativo General”. Pacifico
editores S.A.C. Perú. Pág. 77
10. 6
1.3.4Los reglamentos administrativos
El reglamento puede emanar de diferentes órganos del Poder
Ejecutivo. Los reglamentos constituyen una fuente cualitativa y
cuantitativa del derecho administrativo; además son normas en
sentido material y, en consecuencia, nunca tienen un alcance
individual10.
Asimismo, constituyen normas reglamentarias las normas
emitidas por los demás poderes del Estado, a fin de regular su
funcionamiento y las relaciones jurídicas por ellos generadas.
Ahora bien, es necesario señalar que el reglamento del Congreso
posee rango legal, a fin de asegurar la autonomía de dicho
organismo, razón por la cual cuando nos referimos a los otros
poderes del Estado, la Ley de Procedimiento Administrativo
General está haciendo mención particularmente al Poder Judicial,
a los organismos constitucionales autónomos y a los reglamentos
que pudiera emitir el Congreso de la República y que posean
rango inferior al del reglamento en cuestión.
1.3.5Normas administrativas en general
En el ordenamiento administrativos existen normas generales que
se reconocen de inferior jerarquía que los reglamentos, como las
llamadas resoluciones normativas, que en general desarrollan a
aquellos11.
Todas estas normas, que son emitidas al interior de las entidades,
poseen rango inferior al de los reglamentos y están subordinadas
a los mismos, pero constituyen también fuentes del derecho
administrativo, en tanto generadoras de efectos jurídicos
10
Guzmán Napuri, Christian. “Manual de Procedimiento Administrativo General”. Pacifico
editores S.A.C. Perú. Pág. 79
11
Guzmán Napuri, Christian. “Manual de Procedimiento Administrativo General”. Pacifico
editores S.A.C. Perú. Pág. 87
11. 7
generales. Pueden ser emitidas por entes inferiores a la Alta
Dirección de la entidad, siempre que exista asignación de
competencia expresa12.
1.3.6Fuentes delimitativas e interpretativas
En particular, constituye fuente de derecho administrativo las
resoluciones emitidas por la Administración a través de sus
tribunales o consejos regidos por leyes especiales, estableciendo
criterios interpretativos de alcance general y debidamente
publicadas. Estas decisiones generan precedente administrativo,
agotan la vía administrativa y no pueden ser anuladas en esa
sede, como veremos más adelante. A ellas nos referiremos en el
acápite subsiguiente13.
a) Jurisprudencia
La jurisprudencia se encuentra constituida por el conjunto
ordenado de las decisiones emanadas de los órganos que
forman parte del Poder Judicial. En consecuencia, constituye
fuente de derecho administrativo la jurisprudencia proveniente
de las autoridades jurisdiccionales que interpreten
disposiciones administrativas226. En este orden de ideas, la
jurisprudencia en materia administrativa cumple con las
siguientes tres funciones:14
12
Guzmán Napuri, Christian. “Manual de Procedimiento Administrativo General”. Pacifico
editores S.A.C. Perú. Pág. 87
13
Guzmán Napuri, Christian. “Manual de Procedimiento Administrativo General”. Pacifico
editores S.A.C. Perú. Pág. 88
14
Guzmán Napuri, Christian. “Manual de Procedimiento Administrativo General”. Pacifico
editores S.A.C. Perú. Pág. 88
12. 8
Explicativa: si la ley es oscura, su aplicación por los
órganos judiciales supone aclarar y fijar su alcance, puesto
que estable un criterio interpretativo que puede considerarse
válido. Dicho criterio, por razones de coherencia e igualdad
será aplicado por el resto de operadores del Derecho227 y
servirá, por lo menos, como mecanismo ilustrativo.
Supletoria: la jurisprudencia debe dar solución a los casos
que la ley no ha previsto, a través de la llamada integración
jurídica y por medio de mecanismos como la analogía o el
empleo de los principios generales del derecho
administrativo. Ahora bien, se entiende en general que la
analogía se encuentra proscrita en el derecho
administrativo, razón por la cual para integrar deben
emplearse únicamente los principios generales.
Renovadora: la jurisprudencia prolonga la vigencia de la
Ley, y hace flexibles y duraderos sus principios, puesto que
permite interpretaciones acordes con la transformación de la
sociedad. La jurisprudencia puede incluso generar
mutaciones constitucionales, tal como lo ha efectuado el
Tribunal Constitucional en reiteradas oportunidades.
b) Principios generales del derecho
Nos referimos a los principios generales del derecho
administrativo, sean los contenidos en la Ley de Procedimiento
Administrativo General, la Constitución u otras normas de
carácter general. Los principios generales, como lo hemos
señalado en el capítulo precedente, sirven en especial para
evitar que los entes administrativos dejen de resolver por
13. 9
defecto o deficiencia de la Ley, es decir, como mecanismo de
integración jurídica; pero también funcionan como parámetros
interpretativos de la norma que se va a aplicar en un
procedimiento concreto.15
1.3.7EL precedente administrativo
Los precedentes administrativos se constituyen respecto a
resoluciones que resuelven casos particulares interpretando de
modo expreso y con carácter general el sentido de la legislación,
sea sustantiva o adjetiva, aplicable al procedimiento empleado por
la entidad. Ahora bien, dichos precedentes resultan de
observancia obligatoria por la entidad donde se siga el respectivo
trámite, mientras dicha interpretación no sea modificada.16
1.3.8Disposiciones generales al interior de las entidades
La doctrina y legislación comparadas establecen la existencia de
disposiciones generales al interior de las entidades o reglamentos
internos de la Administración, a través de los cuales las
autoridades superiores pueden dirigir u orientar con carácter
general la actividad de los subordinados a ellas mediante
circulares, instrucciones, reglamentos organizativos y otros
análogos. Estas normas configuran una categoría jurídica propia,
distinta a las que venimos describiendo; diferenciándolos en
especial de los reglamentos, puesto que estos últimos sí generan
efectos respecto de terceros.17
15
Guzmán Napuri, Christian. “Manual de Procedimiento Administrativo General”. Pacifico
editores S.A.C. Perú. Pág. 90.
16
Guzmán Napuri, Christian. “Manual de Procedimiento Administrativo General”. Pacifico
editores S.A.C. Perú. Pág. 91.
17
Guzmán Napuri, Christian. “Manual de Procedimiento Administrativo General”. Pacifico
editores S.A.C. Perú. Pág. 92
14. 10
1.3.9Resoluciones en el ámbito administrativo ante la deficiencia
de fuentes
El interés general que se encuentra detrás del procedimiento
administrativo, así como la necesidad de tutelar los intereses de los
administrados impiden que las autoridades administrativas puedan
dejar de resolver las cuestiones que se les proponga, por
deficiencia de sus fuentes; siendo que, en tales casos, deberán
acudir a los principios del procedimiento administrativo previstos en
la Ley de Procedimiento Administrativo General; de lo contrario,
podrán utilizar otras fuentes supletorias del derecho administrativo;
y solo subsidiariamente a las mencionadas, a las otras normas de
otros ordenamientos que sean compatibles con su naturaleza y
finalidad, normas que pueden incluir al derecho privado.
15. 11
2. Cuadro sinóptico de las fuentes del derecho administrativo
F
U
E
N
T
E
S
D
E
L
D
E
R
E
C
H
O
A
D
M
I
N
I
S
T
R
A
T
I
V
O
Constitución política
Tratados y convenios internacionales incorporados
al ordenamiento jurídico nacional
Las leyes y las disposiciones de jerarquía
equivalente.
a) Decretos legislativos
b) Decretos de urgencia
c) Normas regionales y locales
Los reglamentos Administrativos
Normas administrativas en general
Fuentes delimitativas interpretativas
a) Jurisprudencia
b) Principios generales del derecho
El precedente administrativo
Disposiciones generales al interior de las entidades
Resoluciones en el ámbito administrativo ante la
deficiencia de fuentes
16. 12
3. CONCLUSIONES
Las fuentes del derecho administrativo se sustentan en las fuentes
del derecho general como un modo suplementario a las lagunas o
vacios que puedan existir en el derecho administrativo.
Las principales fuentes del derecho son fuentes formales, reales e
históricas.
Entre las principales fuentes del derecho administrativo
encontramos a la constitución política del Perú como fuente principal
del derecho administrativo.
17. 13
4. BIBLIOGRAFÍA
Guzmán Napuri, Christian. “Manual de Procedimiento
Administrativo General”. Pacifico editores S.A.C. Perú
Constitución política del Perú.
Osinermin, “Manual de derecho administrativo”.
Martínez Morales, Rafael. I. “Derecho Administrativo 1er
Curso”. Oxford University Press, Mexico. Noviembre 2012