1. Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Universidad del Perú, Decana de América
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
" Normas Internacionales de
Auditoría "
INTEGRANTES:
Chávez Pérez, Dary Junior
Fuentes Grijalva, Gerson Aldair
Jara Flores, Sayuri
Peralta Huamán, Karina
Ramirez Peña, Claudia Valeria
Sulca Nunura, Marco Antonio
DOCENTE:
Maglorio Acevedo Marzano
SECCIÓN: 12 AULA: 413
SEXTO CICLO
LIMA, ENERO DEL 2021
2. "Quién se dedica al comercio y quisiera hacerlo
bien, necesitaba tres cosas importantes: el
dinero, saber hacer bien las cuentas y con gran
rapidez registrar y anotar todos los negocios de
manera ordenada". Por eso un contador es
precisamente, un amante del orden que crea su
propio método para contribuir a la mejor
compresión y manejo de recursos.
- Luca Pacioli
3. DEDICATORIA
El presente trabajo va dedicado a nuestros padres, que
por ellos es que estamos presentes, tenemos salud y
estamos cursando una carrera universitaria, también va
dedicado a todo aquel que tiene el espíritu de investigar
y aportar a la sociedad; y, por último, a todos los que
nos dieron aliento en este proyecto.
4. AGRADECIMIENTOS
A nuestras familias por su apoyo incondicional.
A nuestro profesor, por la dirección que le dio a
nuestro trabajo y por la formación universitaria que
nos proporcionó en el proceso.
A la Universidad Nacional Mayor de San Marcos,
DECANA DE AMÉRICA.
A los autores citados en este proyecto por sus
aportes.
5. INTRODUCCIÓN
La adherencia por parte de los profesionales a un código común de valores y de
conducta establecido por su cuerpo administrativo y la aceptación de un deber para con la
sociedad permitirá el mantenimiento y el desarrollo del profesional contable. La confianza
que impone los involucrados sobre la profesión contable es una responsabilidad de interés
público por lo cual es importante para la profesión contable hacer conocimiento a los
usuarios de los servicios que éstos son prestados por contadores profesionales que los
ejecutan al nivel más alto de desempeño y de acuerdo con requerimientos éticos que
conducen a asegurar tal desempeño. Por lo que la auditoría tiene una función vital en los
negocios el gobierno y la economía de allí que sea necesario comprender cómo es que se
práctica, siendo necesario entender su función social y las responsabilidades profesionales
qué implica no en vano es obligatoria en muchos países desarrollados como Alemania,
Irlanda, Reino Unido, etc. La auditoría es una de las actividades de más alto nivel qué le
exige al profesional alimentarse de las fuentes éticas fundamentales. Pero en adición a esos
requisitos éticos requiere también el dominio de una habilidad intelectual particular
adquirida mediante entrenamiento y educación.
Es por ello por lo que este trabajo trata de poner al alcance del publico información
sintetizada sobre algunas NIAs de relevancia significativa las cuales se tocaran más
adelante, tocando puntos específicos que cualquier Auditor debe conocer. Pues como
sabemos la carrera de contabilidad en el transcurso del tiempo se ha visto manchada por
escándalos muy sonados por lo cual pensamos que para el crecimiento y el prestigio de
nuestra carrera, debemos buscar competencia profesional que abarque dos aspectos: El
estándar alto de educación seguido por entrenamiento, y exámenes específicos en temas
profesionales relevantes y en segundo punto pero el más importante es el desarrollo y la
formación de una sólida conducta ética que no solo revalore nuestra responsabilidad frente
al público sino que incluya aspectos tales como el trato entre profesionales el respeto mutuo
el prestigio y calidad por encima del dinero. Por lo que la finalidad de las NIA que
tocaremos a continuación es orientar la labor del auditor independiente, de tal modo que su
aplicación proporcione mayor calidad y veracidad a su trabajo.
6. INDICE
DEDICATORIA..................................................................................................3
AGRADECIMIENTOS.......................................................................................4
INTRODUCCIÓN...............................................................................................5
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 600- CONSIDERACIONES ESPECIALES DE GRUPOS DE
TRABAJO DE AUDITORES DEL COMPONENTE .......................................................8
Introducción......................................................................................................8
Objetivo. ...........................................................................................................8
Definiciones.......................................................................................................9
Requerimientos...............................................................................................10
Material de explicación....................................................................................15
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 610- UTILIZACION DEL TRABAJO DE LOS AUDITORES
INTERNOS ...........................................................................................................29
Introducción....................................................................................................29
Objetivos.........................................................................................................29
DEFINICIONES..................................................................................................29
Requerimientos...............................................................................................30
Material de explicación....................................................................................31
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 620- UTILIZACION DEL TRABAJO DE UN EXPERTO DEL
AUDITOR.............................................................................................................33
Introducción....................................................................................................33
Objetivos.........................................................................................................34
Definiciones.....................................................................................................34
Requerimientos...............................................................................................34
Material de explicación....................................................................................35
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 700 – FORMACION DE LA OPINION Y EMISION DEL
INFORME DE AUDITORIA SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS............................37
Introducción....................................................................................................37
Objetivos.........................................................................................................38
Definiciones.....................................................................................................38
Requerimientos...............................................................................................39
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 701 – comunicación DE LAS CUESTIONES CLAVES DE
LA AUDITORIA EN EL INFORME DE AUDITORIA EMITIDO POR UN AUDITOR INDEPENDIENTE
...........................................................................................................................42
Introducción....................................................................................................42
Objetivos.........................................................................................................43
Definiciones.....................................................................................................43
7. REQUERIMIENTOS...........................................................................................43
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 705 – OPINION MODIFICADA EN EK INFORME
EMITIDO POR UN AUDITOR INDEPENDIENTE .....................................................45
Introducción....................................................................................................45
Objetivo. .........................................................................................................45
Definición........................................................................................................45
Requerimientos...............................................................................................46
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORIA 710- MUESTREO DE AUDITORIA ........48
Introducción....................................................................................................48
Objetivo. .........................................................................................................48
DEFINICIONES..................................................................................................48
Requerimientos...............................................................................................49
MATERIAL DE EXPLICACION.............................................................................50
OTROS MATERIALES DE EXPLICACION..............................................................50
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 720 – RESPONSABILIDADES DEL AUDITOR CON
RESPECTO A OTRA INFORMACION......................................................................51
Introducción....................................................................................................51
Objetivos.........................................................................................................51
Definiciones.....................................................................................................52
Requerimientos...............................................................................................52
Material de explicación....................................................................................53
Otros materiales de explicación.......................................................................54
CASO PRACTICO DE INFORMES DE AUDITORIA...................................................56
CONCLUSIÓN ......................................................................................................60
RECOMENDACIÓN ..............................................................................................61
BIBLIOGRAFIA......................................................................................................62
8. NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 600-
CONSIDERACIONES ESPECIALES DE GRUPOS DE TRABAJO DE
AUDITORES DEL COMPONENTE
INTRODUCCIÓN.
Esta Normas Internacionales de Auditoría (NIA) es aplicado a las auditorías de grupos, nos
indica de las consideraciones particulares aplicables a las auditorías del grupo y a aquellas
en las que participan los auditores de los componentes. Por ejemplo, un auditor puede pedir
a otro auditor que presencie el recuento de las existencias o inspeccione los activos fijos
físicos situados en un lugar lejano.
También se aplicará esta NIA en el siguiente caso; cuando el auditor de un componente
puede estar obligado a expresar una opinión de auditoría sobre los estados financieros de
un componente; y el equipo del encargo del grupo decide utilizar la evidencia de auditoría
en la que se basa la opinión de auditoría sobre los estados financieros del componente como
evidencia de auditoría para la auditoría del grupo.
OBJETIVO.
La presente NIA nos brinda los objetivos que tendrá el auditor y son los siguientes:
• Determinar si es adecuado actuar como auditor de los estados financieros del grupo.
• Si actúa como auditor de los estados financieros del grupo:
✓ La comunicación clara con los auditores de los componentes sobre el
alcance y el momento de realización de su trabajo sobre la información
financiera relacionada con los componentes, así como sobre sus hallazgos.
✓ La obtención de evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre la
información financiera de los componentes y el proceso de consolidación,
para expresar una opinión sobre si los estados financieros del grupo han sido
preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco
de información financiera aplicable.
9. DEFINICIONES.
Para mayor entendimiento de esta NIA, las siguientes terminaciones se comprenderán de
la siguiente manera:
Componente: una entidad o unidad de negocio cuya información financiera se prepara por
la dirección del componente o del grupo para ser incluida en los estados financieros del
grupo.
Auditor del componente: auditor que realiza un trabajo para la auditoría del grupo en
relación con la información financiera de un componente.
Dirección del componente: la dirección responsable de la preparación de la información
financiera de un componente.
Importancia relativa del componente: la importancia relativa para un componente
determinado por el equipo del encargo del grupo.
Grupo: todos los componentes cuya información financiera se incluye en los estados
financieros del grupo.
Auditoría del grupo: la auditoría de los estados financieros del grupo.
Opinión de auditoría del grupo: la opinión de auditoría sobre los estados financieros del
grupo.
Socio del encargo del grupo: el socio u otra persona de la firma de auditoría que es
responsable del encargo del grupo y de su realización, así como del informe de auditoría
de los estados financieros del grupo que se emite en nombre de la firma de auditoría.
Cuando varios auditores actúan conjuntamente en la auditoría del grupo, los socios
conjuntos responsables del encargo y sus equipos constituirán, de forma colectiva, el socio
del encargo del grupo y el equipo del encargo del grupo, respectivamente.
• Equipo del encargo del grupo: los socios de auditoría, incluido el socio del encargo
del grupo, y los empleados que determinan la estrategia global de la auditoría del
grupo, se comunican con los auditores de los componentes del grupo, aplican
procedimientos de auditoría al proceso de consolidación del grupo y evalúan las
conclusiones obtenidas de la evidencia de auditoría como base para formarse una
opinión sobre los estados financieros del grupo.
• Estados financieros del grupo: los estados financieros que incluyen la información
financiera de más de un componente. El término "estados financieros del grupo"
10. también se refiere a estados financieros combinados, es decir, que resultan de la
agregación de la información financiera preparada por componentes que no tienen
una entidad dominante, pero se encuentran bajo control común.
• Dirección del grupo: la dirección responsable de la preparación de los estados
financieros del grupo.
• Controles del grupo: controles diseñados, implementados y mantenidos por la
dirección del grupo sobre la información financiera de éste.
• Componente significativo: componente identificado por el equipo del encargo del
grupo que es financieramente significativo para el grupo, considerado
individualmente, o es probable que, debido a su naturaleza o circunstancias
específicas, incorpore a los estados financieros del grupo un riesgo significativo de
incorrección material.
REQUERIMIENTOS.
Responsabilidad
El socio del encargo del grupo es responsable de la dirección, supervisión y realización del
encargo de auditoría del grupo de conformidad con las normas profesionales y los
requerimientos legales y reglamentarios aplicables. Por ello, el informe de auditoría sobre
los estados financieros del grupo no hará referencia al auditor de un componente, a menos
que disposiciones legales o reglamentarias requieran incluir dicha mención, en ese caso el
informe de auditoría se indicará que la mención realizada no reduce la responsabilidad del
socio del encargo del grupo o de la firma de auditoría a la que pertenece el socio del encargo
del grupo.
Aceptación y continuidad
El socio del encargo del grupo establecerá si puede esperar conseguir evidencia de auditoría
suficiente y adecuada en la que basar la opinión de auditoría del grupo. A estos efectos, el
equipo del encargo del grupo obtendrá el conocimiento del grupo y de sus entornos que sea
suficiente para identificar los componentes que probablemente sean relevante.
Si el socio del encargo del grupo concluye que el equipo del encargo del grupo no le va a
ser posible obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada debido a restricciones
impuestas por la dirección del grupo, o si el posible efecto de esta imposibilidad dará lugar
a una denegación de opinión sobre los estados financieros del grupo; el socio del encargo
11. del grupo deberá, no aceptar el encargo o renunciar al encargo, si las disposiciones legales
o reglamentarias aplicables así lo permiten, y en el caso de que disposiciones legales o
reglamentarias prohíban al auditor rehusar un encargo o si la renuncia al encargo no es
posible por otro motivo, deberá denegar la opinión sobre los estados financieros del grupo.
Estrategia global de auditoría y plan de auditoría
El equipo del encargo del grupo establecerá una estrategia global de auditoría y desarrollará
un plan de auditoría del grupo de conformidad con la NIA 300, el cual será revisado por el
socio del encargo del grupo.
Conocimiento del grupo, de sus componentes y de sus entornos
El auditor a cargo debe identificar y valorar los riesgos de incorrección material mediante
la obtención de conocimiento de la entidad y de su entorno; el equipo del encargo del grupo
deberá mejorar su conocimiento del grupo y de sus entornos, así como de los controles del
grupo, durante la fase de aceptación o continuidad, también deberá tomar consideración de
obtener conocimiento del proceso de consolidación, incluidas las instrucciones emitidas
por la dirección del grupo a los componentes.
El equipo del encargo del grupo adquirirá conocimiento suficiente a fin de confirmar o
modificar la identificación inicialmente realizada de los componentes que probablemente
sean significativos y valorar los riesgos de incorrección en los estados financieros del
grupo, debida a fraude o error.
Conocimiento del auditor de un componente
Si se necesita, el equipo del encargo del grupo podrá solicitar al auditor de un componente
realizar un trabajo sobre la información financiera del componente, en el cual el equipo del
encargo del grupo tendrá información sobre los siguientes puntos:
• Si el auditor del componente conoce y cumplirá los requerimientos de ética que
sean aplicables para la auditoría del grupo y, en especial, si dicho auditor es
independiente.
• La competencia profesional del auditor del componente.
• Si el equipo del encargo del grupo podrá participar en el trabajo del auditor del
componente en la medida necesaria para obtener evidencia de auditoría suficiente
y adecuada.
• Si el auditor del componente desarrolla su actividad en un entorno regulador en el
que se supervisa activamente a los auditores.
12. Importancia relativa
El equipo del encargo del grupo tendrá que discutir y determinar lo siguiente:
• La importancia relativa para los estados financieros del grupo en su conjunto, en el
momento en el que establezca la estrategia global de auditoría del grupo.
• El nivel de importancia relativa para determinados tipos de transacciones,
información a revelar, cuando, teniendo en cuenta las circunstancias específicas del
grupo, existan determinados tipos de transacciones, saldos contables o información
a revelar en los estados financieros del grupo en relación con los cuales la existencia
de incorrecciones por importes inferiores a la importancia relativa determinada para
los estados financieros del grupo en su conjunto quepa, razonablemente, prever que
influya en las decisiones económicas que los usuarios toman basándose en los
estados financieros del grupo.
• La importancia relativa de aquellos componentes en relación con los cuales sus
auditores vayan a realizar una auditoría o una revisión a efectos de la auditoría del
grupo. La importancia relativa para el componente será inferior a la de los estados
financieros del grupo en su conjunto.
• El umbral por encima del cual las incorrecciones no pueden considerarse
claramente insignificantes para los estados financieros del grupo.
Respuestas a los riesgos valorados
El auditor tiene la obligación de diseñar e implementar respuestas apropiadas a los riesgos
valorados de incorreción material. El equipo del encargo del grupo determinará el tipo de
trabajo a realizar, por él mismo, o por los auditores de los componentes en su nombre, sobre
la información financiera de los componentes, así mismo, determinará también la
naturaleza, el momento de realización y la extensión de su participación en el trabajo de
los auditores de los componentes.
Componentes significativos
En el caso de un componente que sea significativo para el grupo desde el punto de vista
financiero, el equipo del encargo del grupo realizará una auditoría de la información
financiera de dicho componente aplicando la importancia relativa determinada para este;
en el caso de un componente que sea significativo porque es probable que incorpore riesgos
significativos de incorrección material a los estados financieros del grupo debido a su
13. naturaleza o sus circunstancias específicas, el equipo del encargo del grupo realizará una o
más de las siguientes actividades:
• Una auditoría de la información financiera del componente aplicando la
importancia relativa determinada para este.
• Una auditoría de uno o más saldos contables, tipos de transacciones o información
a revelar en relación con los probables riesgos significativos de incorrección
material en los estados financieros del grupo.
• Procedimientos de auditoría específicos en relación con los probables riesgos
significativos de incorrección material en los estados financieros del grupo.
Componentes no significativos
Para estos componentes se aplicará procedimientos analíticos a nivel del grupo. Si el equipo
del encargo del grupo considera que no se va a obtener evidencia de auditoría suficiente y
adecuada en la que basar la opinión de auditoría del grupo a partir del trabajo realizado
sobre la información financiera de los componentes significativos, sobre los controles del
grupo y sobre el proceso de consolidación, y los procedimientos analíticos aplicados a nivel
de grupo; el equipo del encargo del grupo seleccionará algunos componentes que no sean
significativos y realizará las siguientes actividades:
• Una auditoría de la información financiera del componente aplicando la
importancia relativa determinada para este.
• Una auditoría de uno o más saldos contables, tipos de transacciones o información
a revelar.
• Una revisión de la información financiera del componente aplicando la importancia
relativa determinada para este. Procedimientos específicos.
Componentes significativos - Valoración del riesgo
Si el auditor de un componente realiza una auditoría de la información financiera de un
componente significativo, el equipo del encargo del grupo participará en la valoración del
riesgo realizada por el auditor de dicho componente para identificar riesgos significativos
de incorrección material en los estados financieros del grupo; la naturaleza, el momento de
realización y la extensión de esta participación estarán condicionados por el conocimiento
que el equipo del encargo del grupo tenga del auditor del componente, dicha participación
incluirá las siguientes actuaciones:
14. • Discusión con el auditor del componente o con la dirección del componente sobre
aquellas actividades empresariales del componente que sean significativas para el
grupo.
• Discusión con el auditor del componente sobre la probabilidad de que en la
información financiera de dicho componente exista incorrección material, debida a
fraude o error,
• Revisión de la documentación del auditor del componente relativa a los riesgos
significativos identificados de incorrección material en los estados financieros del
grupo.
Proceso de consolidación
El equipo del encargo del grupo obtendrá conocimiento de los controles del grupo y del
proceso de consolidación, incluidas las instrucciones proporcionadas por la dirección del
grupo a los componentes. El equipo del encargo del grupo realizará pruebas sobre la
eficacia operativa de los controles del grupo, si la naturaleza, el momento de realización y
la extensión del trabajo a realizar sobre el proceso de consolidación se basan en una
expectativa de que los controles del grupo operan de forma eficaz, o si los procedimientos
sustantivos por sí solos no pueden proporcionar evidencia de auditoría suficiente y
adecuada en relación con las afirmaciones.
Comunicación con el auditor de un componente
La comunicación especificará el trabajo a realizar y la forma y el contenido de la
comunicación del auditor del componente al equipo del encargo del grupo. También
incluirá lo siguiente:
• Una solicitud de que el auditor del componente, y que confirme que colaborará con
el equipo del encargo del grupo.
• Los requerimientos de ética aplicables a la auditoría del grupo y los requerimientos
de independencia.
• En el caso de una auditoría o revisión de la información financiera del componente,
la importancia relativa del componente y el umbral a partir del cual las
incorrecciones no pueden considerarse claramente insignificantes para los estados
financieros del grupo.
• Los riesgos significativos de incorrección material, debida a fraude o error,
identificados en los estados financieros del grupo, que sean relevantes para el
trabajo del auditor del componente. El equipo del encargo del grupo solicitará al
15. auditor del componente que comunique cualquier otro riesgo significativo de
incorrección material en los estados financieros del grupo, identificado en dicho
componente como las respuestas del auditor del componente frente a dicho riesgo.
• Una lista de partes vinculadas preparada por la dirección del grupo, y cualquier otra
parte vinculada de la que el equipo del encargo del grupo tenga conocimiento. El
equipo del encargo del grupo solicitará al auditor del componente que comunique,
en el momento oportuno, las partes vinculadas no identificadas previamente por la
dirección del grupo o por el equipo del encargo del grupo.
Documentación
El equipo del encargo del grupo tendrá que incluir en la documentación:
• Un análisis de los componentes y el tipo de trabajo realizado sobre la información
financiera de los componentes.
• La naturaleza, el momento de realización y la extensión de la participación del
equipo del encargo del grupo en el trabajo realizado por los auditores de los
componentes en relación con los componentes significativos, incluido, cuando
proceda, en relación con la revisión efectuada por el equipo del encargo del grupo
de partes relevantes de la documentación de auditoría de los auditores de los
componentes, y sus conclusiones.
• Las comunicaciones escritas entre el equipo del encargo del grupo y los auditores
de los componentes sobre los requerimientos del equipo del encargo del grupo.
MATERIAL DE EXPLICACIÓN.
Responsabilidad
Aunque los auditores de los componentes pueden realizar un trabajo sobre la información
financiera de los componentes para la auditoría del grupo y sean responsables de sus
hallazgos, conclusiones u opiniones globales, el socio del encargo del grupo es responsable
de la opinión de auditoría del grupo.
Aceptación y continuidad
Obtención de conocimiento en la fase de aceptación o continuidad
En la situación de un nuevo cargo, el equipo del encargo del grupo podrá captar
información del grupo, de sus componentes, y de su medio a tomar consideración de:
16. • La información proporcionada por la dirección del grupo.
• La comunicación con la dirección del grupo.
• En su caso, la comunicación con el anterior equipo del encargo del grupo, con la
dirección del componente o con los auditores de los componentes.
En el caso de un encargo periódico, la capacidad del equipo del encargo del grupo para
obtener evidencia de auditoría adecuada y suficiente puede verse afectada por cambios
significativos, por ejemplo; cambios en la estructura del grupo, cambios en las actividades
empresariales de los componentes que son significativas para el grupo, entre otros.
Acceso a la información
El acceso a la información por parte del equipo del encargo del grupo puede estar
restringido por circunstancias que la dirección del grupo no pueda evitar, por ejemplo,
debido a normativa legal relacionada con la confidencialidad y privacidad de datos, o
porque hay motivos del auditor de un componente. Asimismo, también la dirección del
grupo puede restringir el acceso a dicha información.
Estrategia global de auditoría y plan de auditoría
La revisión por el socio del encargo del grupo de la estrategia y el plan de auditoria del
grupo es importante para el cumplimiento de su responsabilidad de dirigir el encargo de
auditoria del grupo.
Importancia relativa
El auditor debe tomar en consideración los siguientes puntos
• Al establecer la estrategia global de auditoría, determinarla importancia relativa
para los estados financieros en su conjunto, y el nivel de importancia relativa a
aplicar a determinados tipos de transacciones, saldos contables o información a
revelar, si, en las circunstancias específicas de la entidad, hay determinados tipos
de transacciones, saldos contables o información a revelar, en relación con los
cuales quepa, razonablemente, suponer que la existencia de incorrecciones por
importes inferiores a la importancia relativa para los estados financieros en su
conjunto influiría en las decisiones económicas que los usuarios toman basándose
en los estados financieros.
• Determinar la importancia relativa para la ejecución del trabajo.
Respuesta a los riesgos valorados
17. La decisión por parte del equipo del encargo del grupo del tipo de trabajo a realizar sobre
la información financiera de un componente y su participación en el trabajo del auditor del
componente se verá condicionada por:
• La significatividad del componente.
• Los riesgos significativos identificados de incorrección material en los estados
financieros del grupo.
• La evaluación por el equipo del encargo del grupo del diseño de los controles del
grupo y la determinación de si se han implementado.
• El conocimiento que el equipo del encargo del grupo tenga del auditor del
componente.
18. ¿Tiene el componente
SI
Auditoría de la información financiera
individual para el grupo? (Ap. 26)
del componente* (Ap. 26)
NO
Auditoría de la
NO información financiera
¿Es probable que el componente
del componente; * o
implique riesgos significativos de
auditoría de uno o más
SI
incorrección material para los estados financieros
saldos contables, tipos
del grupo debido a su naturaleza o circunstancias
de transacciones o
específicas? (Ap. 27)
información para
revelar
relacionados con los
riesgos significativos
probables (Ap. 27)
NO
¿Permitirá el alcance planificado
SI Comunicación con los
suficiente y adecuada en la que basar auditores del
la opinión de auditoría del grupo? componente
NO
Para los componentes adicionales seleccionados: auditoría de la
información financiera del componente; * o auditoría de uno o más saldos
contables, tipos de transacciones o información a revelar, o procedimientos
específicos r
procedimientos específicos (Ap. 29)
*Realizada utilizando la importancia relativa
fijada para el componente.
Procedimientos analíticos realizados a nivel del grupo para los
componentes que no sean componentes significativos (Ap. 28)
19. Proceso de consolidación
El proceso de consolidación puede requerir ajustes de importes incluidos en los estados
financieros del grupo que no se someten a los sistemas habituales de procesamiento de
transacciones. La evaluación por el equipo del encargo del grupo de la adecuación,
integridad y exactitud de los ajustes puede incluir:
• Evaluar si los ajustes significativos reflejan adecuadamente los hechos y las
transacciones subyacentes.
• Determinar si los ajustes significativos han sido correctamente calculados, procesados y
autorizados por la dirección del grupo y, cuando proceda, por la dirección del
componente.
• Determinar si los ajustes significativos están adecuadamente fundamentados y
suficientemente documentados.
• Comprobar la conciliación y eliminación de las transacciones intragrupo y los beneficios
no realizados, así como de los saldos contables intragrupo.
a) Otros materiales de explicación
Ejemplo de una opinión con salvedades cuando el equipo del encargo del grupo no ha podido
obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada en la que basar la opinión de auditoría
del grupo
Modelo NIA Modelo adaptado a la normativa española
20. En este ejemplo, el equipo del encargo grupo
no ha podido obtener evidencia de auditoría
suficiente y adecuada con respecto a un
componente significativo contabilizado por el
método de la participación (reconocido por 15
millones de dólares USA en el balance de
situación, que refleja unos activos totales de
60 millones de dólares USA) porque el equipo
del encargo del grupo no tuvo acceso a los
registros contables, a la dirección, o al auditor
del componente.
El equipo del encargo del grupo ha leído los
estados financieros auditados del componente
a 31 de diciembre de 20X1, incluido el
informe de auditoría correspondiente, y ha
examinado la información financiera
relacionada que posee la dirección del grupo
con respecto al componente.
En opinión del socio del encargo del grupo, el
efecto sobre los estados financieros del grupo
de esta imposibilidad de obtener evidencia de
auditoría suficiente y adecuada es material,
pero no generalizado.
En este ejemplo, el equipo del encargo grupo no
ha podido obtener evidencia de auditoría
suficiente y adecuada con respecto a un
componente significativo contabilizado por el
método de la participación (o de puesta en
equivalencia) (reconocido por 15 millones de
euros en el balance de situación, que refleja
unos activos totales de 60 millones de euros)
porque el equipo del encargo del grupo no tuvo
acceso a los registros contables, a la dirección,
o al auditor del componente.
El equipo del encargo del grupo ha leído las
cuentas anuales auditadas del componente a 31
de diciembre de 20X1, incluido el informe de
auditoría correspondiente, y ha examinado la
información financiera relacionada que posee
la dirección del grupo con respecto al
componente.
En opinión del socio del encargo del grupo, el
efecto sobre las cuentas anuales consolidadas
del grupo de esta imposibilidad de obtener
evidencia de auditoría suficiente y adecuada es
material, pero no generalizado.
21. Las circunstancias son, entre otras:
Auditoría de cuentas anuales
consolidadas formuladas por el órgano
de administración de la sociedad
dominante de conformidad con el
marco normativo de información
financiera que resulte de aplicación.
Los términos del encargo de auditoría
del grupo reflejan la descripción de la
responsabilidad del órgano de
administración que recoge la NIA 210,
en relación con las cuentas anuales
consolidadas.
El auditor no ha podido obtener
evidencia de auditoría suficiente y
adecuada en relación con una inversión
en una entidad asociada extranjera. Se
considera que los efectos de la
imposibilidad de obtener evidencia de
auditoría suficiente y adecuada son
materiales pero no
generalizados en las cuentas anuales
consolidadas.
• Adicionalmente a la auditoría de las
cuentas anuales consolidadas, el
auditor tiene la responsabilidad de
opinar sobre la concordancia del
informe de gestión con las cuentas
anuales consolidadas. En este ejemplo,
el informe de gestión emitido
concuerda con la información de las
cuentas anuales consolidadas
auditadas.
22. INFORME DE AUDITORÍA INFORME DE AUDITORÍA
INDEPENDIENTE
INDEPENDIENTE DE CUENTAS ANUALES CONSOLIDADAS
[Destinatario
correspondiente]
A los accionistas de ABC, S.A. [por encargo
de…..] [Destinatario correspondiente1
]:
Informe sobre los estados financieros Informe sobre las cuentas
anuales consolidadas
Hemos auditado las cuentas anuales
consolidadas adjuntas de la sociedad ABC, S.A.
y sociedades dependientes, que comprenden el
balance consolidado a 31 de diciembre de
20X1, la cuenta de pérdidas y ganancias
consolidada, el estado de cambios en el
patrimonio neto consolidado, el estado de flujos
de efectivo consolidado y la memoria
consolidada2
correspondientes al ejercicio
terminado en dicha fecha.
Responsabilidad de los administradores3
en
relación con las cuentas anuales consolidadas
Los administradores de la sociedad dominante
son responsables de formular las cuentas
anuales consolidadas adjuntas, de forma que
expresen la imagen fiel del patrimonio, de la
situación financiera y de los resultados
consolidados de ABC, S.A. y sociedades
dependientes, de conformidad con el marco
normativo de información financiera aplicable
consolidados25
Hemos auditado los estados financieros
consolidados adjuntos de la sociedad ABC y
sus
dependientes, que comprenden el balance de
situación consolidado a 31 de diciembre de
20X1, el estado de resultados consolidado, el
estado de cambios en el patrimonio neto
consolidado y el estado de flujos de efectivo
consolidado correspondientes al ejercicio
terminado en dicha fecha, así como un resumen
de las políticas contables significativas y otra
información explicativa.
Responsabilidad de la dirección26
en relación
con
los estados financieros consolidados
La dirección es responsable de la preparación
y
presentación fiel de los estados financieros
consolidados adjuntos de conformidad con las
Normas Internacionales de Información
Financiera27
, y del control interno que la
dirección considere necesario para permitir la
preparación de estados financieros
23. consolidados al Grupo en España, que se identifica en la nota
X de la memoria adjunta, y del control interno
que consideren necesario para permitir la
preparación de cuentas anuales consolidadas
libres de incorrección material, debida a fraude
o error.
Responsabilidad del auditor
Nuestra responsabilidad es expresar una
opinión sobre las cuentas anuales consolidadas
adjuntas
libres de incorrección material, debida a fraude
o
error.
Responsabilidad del auditor
Nuestra responsabilidad es expresar una
opinión
sobre los estados financieros consolidados
24. adjuntos basada en nuestra auditoría. Hemos
llevado a cabo nuestra auditoría de
conformidad con las Normas Internacionales
de Auditoría. Dichas normas exigen que
cumplamos los requerimientos de ética, así
como que planifiquemos y ejecutemos la
auditoría con el fin de obtener una seguridad
razonable sobre si los estados financieros
consolidados están libres de incorrección
material.
Una auditoría conlleva la aplicación de
procedimientos para obtener evidencia de
auditoría sobre los importes y la información
revelada en los estados financieros
consolidados. Los procedimientos
seleccionados dependen del juicio del auditor,
incluida la valoración de los riesgos de
incorrección material en los estados
financieros consolidados, debida a fraude o
error. Al efectuar dichas valoraciones del
riesgo, el auditor tiene en cuenta el control
interno relevante para la preparación y
presentación fiel28
por parte de la entidad de
los estados financieros consolidados, con el
fin de diseñar los procedimientos de auditoría
que sean adecuados en función de las
circunstancias, y no con la finalidad de
expresar una opinión sobre la eficacia del
control interno de la entidad29
. Una auditoría
también incluye la evaluación de la
adecuación de las políticas contables
aplicadas y de la razonabilidad de las
estimaciones contables realizadas por la
dirección, así como la evaluación de la
presentación global de los estados financieros
consolidados.
basada en nuestra auditoría. Hemos llevado a
cabo nuestra auditoría de conformidad con la
normativa reguladora de la auditoría de cuentas
vigente en España. Dicha normativa exige que
cumplamos los requerimientos de ética, así
como que planifiquemos y ejecutemos la
auditoría con el fin de obtener una seguridad
razonable de que las cuentas anuales
consolidadas están libres de incorrecciones
materiales.
Una auditoría requiere la aplicación de
procedimientos para obtener evidencia de
auditoría sobre los importes y la información
revelada en las cuentas anuales consolidadas.
Los procedimientos seleccionados dependen
del juicio del auditor, incluida la valoración de
los riesgos de incorrección material en las
cuentas anuales consolidadas, debida a fraude o
error. Al efectuar dichas valoraciones del
riesgo, el auditor tiene en cuenta el control
interno relevante para la formulación por parte
de los administradores de la sociedad
dominante de las cuentas anuales consolidadas,
con el fin de diseñar los procedimientos de
auditoría que sean adecuados en función de las
circunstancias, y no con la finalidad de expresar
una opinión sobre la eficacia del control interno
de la entidad. Una auditoría también incluye la
evaluación de la adecuación de las políticas
contables aplicadas y de la razonabilidad de las
estimaciones contables realizadas por la
dirección, así como la evaluación de la
presentación de las cuentas anuales
consolidadas tomadas en su conjunto.
Consideramos que la evidencia de auditoría que
25. Consideramos que la evidencia de auditoría
que hemos obtenido proporciona una base
suficiente y adecuada para nuestra opinión de
auditoría con salvedades.
Fundamento de la opinión con salvedades
La inversión de la sociedad ABC en la
sociedad XYZ, una asociada extranjera
adquirida durante el ejercicio y contabilizada
por el método de la participación, está
registrada por 15 millones de dólares USA en
el balance de situación consolidado a 31 de
diciembre de 20X1, y la participación de ABC
en el resultado neto de XYZ de 1 millón de
dólares USA se incluye en el estado de
resultados consolidado para el ejercicio
terminado en dicha fecha. No hemos podido
obtener evidencia de auditoría suficiente
y
adecuada sobre el importe en libros de
la inversión de ABC en XYZ a 31 de
diciembre de 20X1, ni sobre la participación
de ABC en el resultado neto de XYZ para el
ejercicio, porque se nos denegó el acceso a la
información financiera, a la dirección y a los
auditores de XYZ. Por consiguiente, no
hemos podido determinar si estos importes
deben ser ajustados.
Opinión con salvedades
En nuestra opinión, excepto por los posibles
efectos del hecho descrito en el párrafo de
"Fundamento de la opinión con salvedades”,
los estados financieros consolidados expresan
hemos obtenido proporciona una base
suficiente y adecuada para nuestra opinión de
auditoría con salvedades.
Fundamento de la opinión con salvedades
La inversión de la sociedad ABC, S.A. en la
sociedad XYZ, una asociada extranjera
adquirida durante el ejercicio y contabilizada
por el método de la participación, está
registrada por 15 millones de euros en el
balance consolidado a 31 de diciembre de
20X1, y la participación de ABC,
S.A. en el resultado neto de XYZ de 1 millón
de euros se incluye en la cuenta de péerdidas y
ganancias consolidada para el ejercicio
terminado en dicha fecha. No hemos podido
obtener evidencia de auditoría suficiente y
adecuada sobre el importe en libros de la
inversión de ABC, S.A. en XYZ a
31 de diciembre de 20X1, ni sobre la
participación de ABC, S.A. en el resultado neto
de XYZ para el ejercicio, porque se nos denegó
el acceso a la información financiera, a la
dirección y a los auditores de XYZ. Por
consiguiente, no hemos podido determinar si
estos importes deben ser ajustados.
Opinión con salvedades
En nuestra opinión, excepto por los posibles
efectos del hecho descrito en el párrafo de
“Fundamento de la opinión con salvedades”, las
cuentas anuales consolidadas adjuntas expresan
la imagen fiel del patrimonio consolidado y de la
situación financiera consolidada de la sociedad
ABC, S.A. y sociedades dependientes a 31 de
26. la imagen fiel de (o presentan fielmente, en
todos los aspectos materiales,) la situación
financiera de la sociedad ABC y sus
dependientes a 31 de diciembre de 20X1, así
como de sus resultados y flujos de efectivo
correspondientes al ejercicio terminado en
dicha fecha de conformidad con las Normas
Internacionales de Información Financiera.
diciembre de 20X1, así como de sus resultados
consolidados y flujos de efectivo consolidados
correspondientes al ejercicio terminado en dicha
fecha, de conformidad con el marco normativo
de información financiera que resulta de
aplicación y, en particular, con los principios y
criterios contables contenidos en el mismo.
27. Informe sobre otros requerimientos legales
y reglamentarios
[La estructura y contenido de esta sección del
informe de auditoría variará dependiendo de
la naturaleza de las otras responsabilidades de
información del auditor.]
[Firma del auditor]
[Fecha del informe de
auditoría] [Dirección del
auditor]
Informe sobre otros requerimientos legales y
reglamentarios
El informe de gestión consolidado adjunto del
ejercicio 20X1 contiene las explicaciones que
los administradores de la sociedad dominante
consideran oportunas sobre la situación de la
sociedad ABC, S.A. y sociedades dependientes,
la evolución de sus negocios y sobre otros
asuntos y no forma parte integrante de las
cuentas anuales consolidadas. Hemos
verificado que la información contable que
contiene el citado informe de gestión concuerda
con la de las cuentas anuales consolidadas del
ejercicio 20X1. Nuestro trabajo como auditores
se limita a la verificación del informe de gestión
con el alcance mencionado en este mismo
párrafo y no incluye la revisión de información
distinta de la obtenida a partir de los registros
contables de la sociedad ABC, S.A. y
sociedades dependientes.
[Firma del auditor]
[Fecha del informe de auditoría]
[Dirección del auditor y número de Registro
Oficial de Auditores de Cuentas]
Notas: Notas:
28. 25
El subtítulo “Informe sobre los estados
financieros del grupo” no es necesario en
aquellas circunstancias en las que no sea
procedente el segundo subtítulo, “Informe sobre
otros requerimientos legales o reglamentarios”.
1
De acuerdo con el artículo 3.1.a) del texto
refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas,
aprobado por Real Decreto Legislativo
1/2011, de 1 de julio, deberá identificarse las
personas que encargaron el trabajo y, en su
caso, las personas a las que vaya destinado.
Esta última mención podrá eliminarse cuando
el nombramiento se haya realizado por la Junta
General de Accionistas.
26
U otro término adecuado según el marco
legal de la jurisdicción de que se trate.
2
La denominación de los distintos componentes de
las cuentas anuales se adaptará, en su caso, a
la empleada por la sociedad, de acuerdo con el
marco normativo de información financiera
que resulte aplicable a la entidad.
27
Cuando la responsabilidad de la dirección sea
la preparación de estados financieros
consolidados que expresen la imagen fiel, la
redacción podrá ser la siguiente: “La dirección es
responsable de la preparación de estados
financieros consolidados que expresen la imagen
fiel de conformidad con las Normas
Internacionales de Información Financiera, y del
…”
3
U otro término adecuado según el marco
normativo aplicable a la entidad auditada.
28
En el caso de la nota 27, la redacción podrá ser
la siguiente: “Al efectuar dichas valoraciones del
riesgo, el auditor tiene en cuenta el control
interno relevante para la preparación por parte de
la entidad de los estados financieros
consolidados que expresen la imagen fiel, con el
fin de diseñar los procedimientos de auditoría
que sean adecuados en función de las
circunstancias, y no con la finalidad de expresar
una opinión sobre la eficacia del control interno
de la entidad”.
29. NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 610- UTILIZACION
DEL TRABAJO DE LOS AUDITORES INTERNOS
INTRODUCCIÓN.
La norma internacional de auditoria 610 manifiesta que de acuerdo con la Norma
Internacional de Auditoria 315 el auditor externo puede determinar si es necesaria e
importante la función de auditoría interna para el proceso de la auditoria en general. Por
tal motivo se evidencia en esta norma la responsabilidad del auditor externo respecto al
trabajo del auditor interno, sin que esto tenga que entenderse que el trabajo del auditor
interno es una ayuda directa en los procedimientos de auditoria del auditor externo, ya
que los objetivos de la función de auditoria de ambos son diferentes, dado que
los objetivos de la función de auditoria interna son determinados por la administración y
el gobierno corporativo. Sin embargo los medios por los cuales el auditor externo e
interno buscan lograr sus objetivos en la función de auditoria pueden ser similares.
Es importante aclarar que la función de auditoria interna no es independiente de la entidad
por el hecho de tener un cierto grado de autonomía y objetividad, y de la misma manera
el auditor externo tiene la responsabilidad de expresar su opinión sobre los estados
financieros sin que sea opacada por que la entidad lleva a cabo una auditoria interna.
La función de auditoria interna depende de la organización y estructura de la entidad, y
se ocupa del monitoreo del control interno, examinar la información financiera y de
operación, revisión de operaciones y cumplimiento de las leyes y regulaciones
pertinentes.
OBJETIVOS.
El principal objetivo del auditor es determinar si es necesaria y pertinente la utilización
del trabajo de la auditoria interna y si este trabajo está acorde a los objetivos de la
auditoria.
DEFINICIONES.
Para efecto de las NIA, el significado de los siguientes términos es así:
30. • Función de auditoría interna: actividad de evaluación establecida o prestada a
la entidad como un servicio. Sus funciones incluyen, entre otras, el examen,
la evaluación y el seguimiento de la adecuación y eficacia del control interno.
• Auditores internos: personas que realizan actividades correspondientes a la
función de auditoría interna. Los auditores internos pueden pertenecer a un
departamento de auditoría interna o función equivalente.
REQUERIMIENTOS.
Determinar si se usara el trabajo de los auditores internos
Para abordar un poco más a profundidad el tema sobre cuando y como el auditor externo
determina el uso del trabajo de los auditores internos, es necesario empezar por definir si
es adecuado y pertinente realizar este proceso para lo que son los fines de la auditoria, de
ser así el auditor externo deberá evaluar la objetividad y la competencia técnica de la
función de auditoria interna y de los auditores internos. Además de que el trabajo se
desarrolle con el cuidado profesional requerido y que exista una comunicación efectiva y
apropiada entre los auditores internos y el auditor externo. De esta manera, el auditor
externo deberá considerar la naturaleza y el alcance de trabajo específico que realizaran
los auditores internos, además de los riesgos importantes que se presentan en
transacciones, saldos de cuentas y revelaciones que pueden estar directamente
relacionado con el grado de subjetividad en el proceso evaluativo de la evidencia reunida
por los auditores internos para sustentar lo que se está presentando de carácter
significativo.
Uso del trabajo específico de los auditores internos
Cuando el auditor externo usa el trabajo específico de los auditores internos deberá
realizar una rigurosa revisión y evaluación de los procedimientos de auditoria internos,
para determinar su adecuación para la consecución de los objetivos del auditor externo.
Para esto, el auditor puede evaluar si los auditores internos tienen la capacitación técnica
y competencias adecuadas, si el trabajo fue supervisado y revisado y se desarrolló de tal
manera que se obtuvo la suficiente y apropiada evidencia, Además de incluir en la
documentación de auditoria las conclusiones alcanzadas sobre la evaluación del trabajo
31. de los auditores internos y los procedimientos de auditoria realizados por el auditor
externo sobre ese trabajo.
Documentación:
El auditor externo debe documentar lo adecuado del uso del trabajo específico de los
auditores internos, cuyo trabajo debe ser documentado, revisado y supervisado de forma
pertinente, y así demostrar si la evidencia de auditoria fue suficiente para permitir que
los auditores internos saquen conclusiones razonables, además de la coherencia que exista
entre los informes de los auditores internos con los resultados del trabajo realizado por
los mismos, y más aún tener claridad si los asuntos inusuales detectados por los auditores
internos fueron resueltos de manera adecuada.
MATERIAL DE EXPLICACIÓN.
Los factores que pueden afectar a la determinación por el auditor externo de la posibilidad
de que el trabajo de los auditores internos sea adecuado para los fines de la auditoría son
los siguientes:
Objetividad:
• El estatus de la función de auditoría interna dentro de la entidad y el efecto que
dicho estatus tiene en la capacidad de los auditores internos de ser objetivos.
• Si la función de auditoría interna informa a los responsables del gobierno de la
entidad o a un directivo con suficiente autoridad, y si los auditores internos pueden
tener contacto directo con los responsables del gobierno de la entidad.
• Si los auditores internos están libres de conflicto de responsabilidades.
• Si los responsables del gobierno de la entidad supervisan las decisiones de
contratación relacionadas con la función de auditoría interna.
• Si existe alguna restricción o limitación impuesta a la función de auditoría interna
por la dirección o por los responsables del gobierno de la entidad.
• Si la dirección actúa, y en qué medida lo hace, basándose en las recomendaciones
de la función de auditoría interna, y el modo en que se pone de manifiesto dicha
actuación.
Competencia técnica
32. • Si los auditores internos son miembros de los organismos profesionales
pertinentes.
• Si los auditores internos tienen la formación técnica y la competencia adecuada
como auditores internos.
• Si se han establecido políticas de contratación y de formación de auditores
internos.
Diligencia profesional
• Si las actividades de la función de auditoría interna se planifican, supervisan,
revisan y documentan adecuadamente.
• Existencia y adecuación de manuales de auditoría u otros documentos similares,
programas de trabajo y documentación de auditoría interna.
Comunicacion
La comunicación entre el auditor externo y los auditores internos puede ser más eficaz
cuando los auditores internos tienen libertad para comunicarse abiertamente con los
auditores externos, y:
• se celebran reuniones, a intervalos apropiados, durante el periodo;
• el auditor externo recibe notificación de los informes de auditoría interna
pertinentes y tiene acceso a ellos, y recibe además información sobre cuestiones
significativas detectadas por los auditores internos cuando dichas cuestiones
puedan afectar al trabajo del auditor externo; y
• el auditor externo informa a los auditores internos sobre cualquier cuestión
significativa que pueda afectar a la función de auditoría interna.
a) Otros materiales de explicacion
Cuando el trabajo de los auditores internos vaya a ser un factor a tener en cuenta en la
determinación de la naturaleza, el momento de realización o la extensión de los
procedimientos del auditor externo, puede resultar útil acordar previamente con los
auditores internos las siguientes cuestiones:
• el momento de realización de dicho trabajo;
• la extensión de la cobertura de auditoría;
33. • la importancia relativa para los estados financieros en su conjunto (y, en su caso,
el nivel o los niveles de importancia relativa para determinados tipos de
transacciones, saldos contables o información a revelar), y la importancia relativa
para la ejecución del trabajo;
• los métodos propuestos de selección de elementos;
• la documentación del trabajo realizado; y
• los procedimientos de revisión y de información
Utilización de trabajos específicos de auditores internos
La naturaleza, el momento de realización y la extensión de los procedimientos de
auditoría aplicados a trabajos específicos de los auditores internos dependerán de la
valoración por el auditor externo del riesgo de incorrección material, así como de la
evaluación de la función de auditoría interna y de los trabajos específicos de los auditores
internos. Dichos procedimientos de auditoría pueden incluir:
• el examen de los elementos examinados por los auditores internos;
• el examen de otros elementos similares; y
• la observación de los procedimientos aplicados por los auditores internos.
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 620- UTILIZACION
DEL TRABAJO DE UN EXPERTO DEL AUDITOR
INTRODUCCIÓN
Esta Norma trata de las responsabilidades que tiene el auditor respecto del trabajo de
una persona u organización en un campo de especialización distinto al de la contabilidad
o auditoría, cuando dicho trabajo se utiliza para facilitar al auditor la obtención de
evidencia de auditoría suficiente y adecuada. Cabe resaltar que la presente NIA no trata
de las situaciones en las que el equipo del encargo incluye un miembro o consulta a una
persona u organización, especializado en un área específica de contabilidad o de auditoría
las cuales trata la NIA 220, como también ni el tratamiento de la NIA 500.
34. La responsabilidad del auditor respecto de la opinión de auditoría
El auditor es el único responsable de auditoría expresada, y la utilización por el auditor
del trabajo de un experto del auditor no reduce dicha responsabilidad-Por tanto,
habiéndose atenido a lo dispuesto por la presente NIA, concluye que el trabajo de dicho
experto es adecuado para los fines del auditor, puede aceptar los hallazgos o las
conclusiones del experto en su campo de especialización como evidencia de auditoría
adecuada.
OBJETIVOS
El objetivo de la norma nos detalla que el auditor deberá determinar si se utiliza su
trabajo como único o experto, en caso de utilizar el trabajo del mencionado, deberá
determinar si dicho trabajo es adecuado con fines del propio.
DEFINICIONES
• Experto del auditor: persona u organización especializada en un campo distinto al
de la contabilidad o auditoría, cuyo trabajo en ese campo se utiliza por el auditor
para facilitarle la obtención de evidencia de auditoría suficiente y adecuada. Un
experto del audito-r puede ser interno (es decir, un socio o empleado, inclusive
temporal, de la firma de auditoría o de una firma de la red) o externo.
• Especialización: cualificaciones, conocimiento y experiencia en un campo
concreto.
Experto de la dirección: persona u organización especializada en un campo distinto al de
la contabilidad o auditoría, cuyo trabajo en ese campo se utiliza por la entidad para
facilitar la preparación de los estados financieros
REQUERIMIENTOS
Los requerimientos de la presente norma estiman que:
- Si para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada fuera necesaria una
especialización en un campo distinto al de la contabilidad o auditoría, el auditor
determinará si debe utilizar el trabajo de un experto del auditor.
35. - La naturaleza, el momento de realización y la extensión de los procedimientos de
auditoría con respecto a los requerimientos de los apartados 9-13 de esta NIA variarán en
función de las circunstancias. Para la determinación de la naturaleza, el momento de
realización y la extensión de dichos procedimientos, por tanto, el auditor tendrá en cuenta:
la naturaleza de la cuestión con la que está relacionado el trabajo de dicho experto, los
riesgos de incorreción material en la cuestión con la que se relaciona, la significatividad
del trabajo, el conocimiento y la experiencia, si dicho experto está sujeto a las políticas y
procedimientos
- El auditor evaluará si el experto del auditor tiene la competencia, la capacidad y la
objetividad necesarias para los fines del auditor, sea el caso de un experto externo este
evaluará la objetividad incluirá indagar sobre los intereses y las relaciones que puedan
suponer una amenaza para la objetividad de dicho experto.
- El auditor acordará con el experto del auditor, por escrito cuando resulte adecuado, las
siguientes cuestiones: la naturaleza, el alcance y los objetivos del trabajo del experto; las
funciones y responsabilidades respectivas del auditor y del experto; la naturaleza, el
momento de realización y la extensión de la comunicación entre el auditor y el experto,
incluida la forma de cualquier informe que deba proporcionar el experto, la necesidad de
que el experto del auditor cumpla los requerimientos de confidencialidad.
- El auditor evaluará la adecuación del trabajo del experto del auditor para los fines del
auditor incluido: la relevancia y razonabilidad de los hallazgos, si el trabajo del experto
implica la utilización de hipótesis y de métodos significativos, la relevancia y
razonabilidad de dichas hipótesis y métodos teniendo en cuenta las circunstancias.
- Su el auditor determina que el trabajo del experto del auditor no es adecuado para los
fines del auditor: acordará con el experto la naturaleza y la extensión, aplicará
procedimientos de auditoría adicionales adecuados.
MATERIAL DE EXPLICACIÓN
En muchos casos, la distinción entre especialización en contabilidad o auditoría y
especialización en otro campo es clara, incluso cuando se trata de un área especializada
de contabilidad o auditoría. Por ejemplo, con frecuencia es fácil distinguir una persona
especializada en la aplicación de métodos de contabilización de impuestos diferidos de
36. un experto en legislación fiscal. El primero no es un experto a los efectos de esta NIA, ya
que su especialización es de tipo contable; el segundo es un experto a los efectos de esta
NIA, ya que su especialización es de tipo jurídico. Se pueden hacer distinciones similares
en otras áreas, por ejemplo, entre la especialización en métodos de contabilización de
instrumentos financieros y la especialización en modelos complejos de valoración de
instrumentos financieros. Sin embargo, en algunos casos, especialmente en aquellos
relacionados con un área emergente de especialización en contabilidad o auditoría,
establecer una distinción entre áreas especializadas de contabilidad o auditoría y la
especialización en otro campo será una cuestión de juicio profesional. Las reglas y normas
profesionales aplicables relativas a los requerimientos de formación y competencia para
profesionales de la contabilidad y auditores pueden facilitar al auditor la aplicación de
dicho juicio-
Determinación de la necesidad de un experto del auditor
Si la preparación de los estados financieros implica el recurso a una especialización en un
campo distinto al de la contabilidad, el auditor, con cualificaciones en contabilidad y
auditoría, puede que no tenga la especialización necesaria para auditar dichos estados
financieros. El socio del encargo debe satisfacerse de que el equipo del encargo, así como
cualquier experto del auditor que no forme parte del equipo del encargo, reúnen, en su
conjunto, la competencia y la capacidad adecuadas para realizar el encargo de auditoría.
Asimismo, se requiere al auditor que establezca la naturaleza, el momento de empleo y la
extensión de los recursos necesarios para realizar el encargo. La determinación por el
auditor de si utiliza el trabajo de un experto del auditor, y, de ser así, en qué momento y
en qué medida, le facilita el cumplimiento de estos requerimientos. A medida que avanza
la auditoría, o cambian las circunstancias, el auditor puede necesitar revisar decisiones
anteriores sobre la utilización del trabajo de un experto del auditor.
Referencia al experto del auditor en el informe de auditoría
En algunos casos, las disposiciones legales o reglamentarias pueden requerir que se haga
referencia al trabajo del experto del auditor (se ha suprimido el ejemplo).
En algunas circunstancias puede ser adecuado referirse al experto del auditor en un
informe de auditoría en el que se expresa una opinión modificada, con el fin de explicar
la naturaleza de la modificación. En tales circunstancias, es posible que el auditor deba
obtener el consentimiento del experto del auditor antes de hacer dicha referencia.
37. a) Otros materiales de explicación.
La necesidad de que el experto del auditor cumpla los requerimientos de confidencialidad,
incluidos:
- Las disposiciones de confidencialidad de los requerimientos de ética aplicables a las que
esté sujeto del auditor.
- Los requerimientos adicionales que puedan, en su caso, venir impuestos por las
disposiciones legales o reglamentarias.
- Las disposiciones específicas de confidencialidad exigidas, en su caso, por la entidad.
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 700 – FORMACION
DE LA OPINION Y EMISION DEL INFORME DE AUDITORIA
SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS
INTRODUCCIÓN
La presente Norma Internacional de Auditoría (NIA) aborda el tema de la responsabilidad
que tiene el auditor de formarse una opinión sobre los estados financieros. También trata
de la estructura y el contenido del informe de auditoría emitido como resultado de una
auditoría de estados financieros. Además, es importante mencionar que La NIA 705 y la
NIA 706 tratan del modo en que la estructura y el contenido del informe de auditoría se
ven afectados cuando el auditor expresa una opinión modificada o incluye un párrafo de
énfasis o un párrafo sobre otras cuestiones en el informe de auditoría.
La NIA en mención se encuentra elaborada dentro del contexto de un conjunto completo
de estados financieros con fines explícitamente generales. La NIA 805 trata de las
consideraciones especiales aplicables en una auditoría de un solo estado financiero o de
un elemento, cuenta o partida específicos de un estado financiero.
La NIA 700 protege la congruencia del informe de auditoría es decir cuando la auditoría
se realiza de conformidad con las NIA, la congruencia del informe de auditoría promueve
la credibilidad en el mercado global al hacer más fácilmente identificables aquellas
auditorías que han sido realizadas de conformidad con unas normas reconocidas a nivel
38. mundial. También ayuda a fomentar la comprensión por parte del usuario y a identificar,
cuando concurren, circunstancias inusuales.
OBJETIVOS
Los objetivos del auditor que nos proporción la presente NIA abordada se clasifican en 2
las cuales se presentan a continuación:
1. la formación de una opinión sobre los estados financieros basada en una
evaluación de las conclusiones extraídas de la evidencia de auditoría obtenida
Es decir, la opinión que formule el auditor correspondiente se va basar netamente en una
opinión realizada en base a la evaluación de la evidencia respectiva.
2. la expresión de dicha opinión con claridad mediante un informe escrito en el que
también se describa la base en la que se sustenta la opinión.
Luego de formulada su opinión como menciona el primer objetivo se procederá a
plasmarla en un informe escrito de manera clara y entendible además en ese mismo
informe deberá evidenciar la base a través de la cual formulo su opinión.
DEFINICIONES
La presente NIA 700 nos presenta los siguientes términos con sus significados
correspondientes a efectos de comprender y abordar de manera más clara la norma , los
cuales se muestran figuran a continuación:
a) Estados financieros con fines generales: los estados financieros preparados de
conformidad con un marco de información con fines generales.
(b) Marco de información con fines generales: un marco de información financiera
diseñado para satisfacer las necesidades comunes de información financiera de un amplio
espectro de usuarios. El marco de información financiera requiere el cumplimiento de sus
requerimientos y además:
(i) reconoce de forma explícita o implícita que, para lograr la presentación fiel de los
estados financieros, puede ser necesario que la dirección revele información adicional a
la específicamente requerida por el marco; o
39. (ii) reconoce explícitamente que puede ser necesario que la dirección no cumpla alguno
de los requerimientos del marco para lograr la presentación fiel de los estados financieros.
Se espera que esto sea necesario sólo en circunstancias extremadamente poco frecuentes.
El término "marco de cumplimiento" se utiliza para referirse a un marco de información
financiera que requiere el cumplimiento de sus requerimientos, sin contemplar las
posibilidades descritas en los apartados (i) o (ii) anteriores.
(c) Opinión no modificada (o favorable): opinión expresada por el auditor cuando
concluye que los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos
materiales, de conformidad con el marco de información financiera aplicable6.
Además, la premisa “Estados financieros” en esta NIA se refiere a “un conjunto completo
de estados financieros con fines generales, con notas explicativas”. Las notas explicativas
normalmente incluyen un resumen de las políticas contables significativas y otra
información explicativa. Los requerimientos del marco de información financiera
aplicable determinan la estructura y el contenido de los estados financieros y lo que
constituye un conjunto completo de estados financieros.
Como último dato pero no menos importante en esta NIA, las “Normas Internacionales
de Información Financiera” hacen referencia a las Normas Internacionales de
Información Financiera emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de
Contabilidad.
REQUERIMIENTOS
Se abordan cuatro requerimientos dentro de la presente norma, las cuales se abordan a
continuación:
Formación de la opinión sobre los estados financieros
El auditor se formará una opinión sobre si los estados financieros han sido preparados, en
todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de información financiera
aplicable. Con el fin de formarse dicha opinión, el auditor concluirá si ha obtenido una
seguridad razonable sobre si los estados financieros en su conjunto están libres de
incorrección material. El auditor evaluará si los estados financieros han sido preparados,
en todos los aspectos materiales, de conformidad con los requerimientos del marco de
información financiera aplicable.
40. Tipo de opinión
El auditor expresará una opinión no modificada (o favorable) cuando concluya que los
estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad
con el marco de información financiera aplicable.
Si los estados financieros preparados de conformidad con los requerimientos de un marco
de imagen fiel no logran la presentación fiel, el auditor lo discutirá con la dirección y,
dependiendo de los requerimientos del marco de información financiera aplicable y del
modo en que se resuelva la cuestión, determinará si es necesario expresar una opinión
modificada en el informe de auditoría, de conformidad con la NIA 705.
Cuando los estados financieros se preparen de conformidad con un marco de
cumplimiento, no se requiere que el auditor evalúe si los estados financieros logran la
presentación fiel.
Informe de auditoria
El informe de auditoría será escrito.
Informe de auditoría de cuentas
El informe de auditoría llevará un título que indique con claridad que se trata del informe
de un auditor independiente.
Destinatario: El informe de auditoría irá dirigido al destinatario correspondiente según lo
requerido por las circunstancias del encargo.
Apartado introductorio: El apartado introductorio del informe de auditoría:
(a) identificará a la entidad cuyos estados financieros han sido auditados.
(b) manifestará que los estados financieros han sido auditados.
Responsabilidad del auditor: En el informe de auditoría se manifestará que la
responsabilidad del auditor es expresar una opinión sobre los estados financieros basada
en la auditoria.
1. Materiales de explicación
Aspectos cualitativos de las prácticas contables de la entidad
41. La dirección realiza una serie de juicios sobre los importes y la información revelados en
los estados financieros. La NIA 260 examina los aspectos cualitativos de las prácticas
contables11. Al considerar los aspectos cualitativos de las prácticas contables de la
entidad, puede ocurrir que el auditor advierta un posible sesgo en los juicios de la
dirección.
Revelación del efecto de las transacciones y los hechos que resulten materiales sobre la
información contenida en los estados financieros.
Los estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con
fines generales suelen presentar la situación financiera de la entidad, sus resultados y los
flujos de efectivo. En dichas circunstancias, el auditor evalúa si los estados financieros
revelan la información adecuada para permitir que los usuarios a quienes se destinan
comprendan el efecto de las transacciones y los hechos que resulten materiales sobre la
situación financiera de la entidad, sus resultados y los flujos de efectivo.
Descripción del marco de información financiera aplicable
Como se explica en la NIA 200, la preparación de los estados financieros por la dirección
y, cuando proceda, por los responsables del gobierno de la entidad, requiere que los
estados financieros incluyan una descripción adecuada del marco de información
financiera aplicable. Dicha descripción es importante porque informa a los usuarios de
los estados financieros del marco en el que éstos se basan.
Tipo de opinión
Puede haber casos en que los estados financieros, aunque hayan sido preparados de
conformidad con los requerimientos de un marco de imagen fiel, no logren la presentación
fiel. En estos casos, la dirección puede tener la posibilidad de revelar en los estados
financieros información adicional a la específicamente requerida por el marco o, en
circunstancias extremadamente poco frecuentes, de no cumplir alguno de los
requerimientos del marco para que los estados financieros logren la presentación fiel.
Informe de auditoria
Un informe por escrito abarca tanto los informes emitidos en soporte de papel como por
medios electrónicos. El anexo contiene ejemplos de informes de auditoría de estados
financieros a los que se han incorporado los elementos señalados en los apartados 21-42.
42. 2. Otros materiales de explicación
Responsabilidad del auditor
El informe de auditoría pone de manifiesto que la responsabilidad del auditor es expresar
una opinión sobre los estados financieros basada en su auditoría, con el fin de
diferenciarla de la responsabilidad de la dirección de preparar los estados financieros. La
referencia a las normas utilizadas informa a los usuarios del informe de auditoría de que
la auditoría ha sido realizada de conformidad con unas normas establecidas.
Opinión del auditor
La NIA 210 explica que, en algunos casos, las disposiciones legales o reglamentarias de
la jurisdicción correspondiente prescriben una redacción determinada para el informe de
auditoría (que incluye, en particular, la opinión del auditor), en términos
significativamente diferentes a los requerimientos de las NIA. En estas circunstancias, la
NIA 210 requiere que el auditor evalúe:
(a) si los usuarios podrían interpretar erróneamente el grado de seguridad obtenido de la
auditoría de los estados financieros y, de ser éste el caso,
(b) si una explicación adicional en el informe de auditoría podría mitigar dicha posible
interpretación errónea.
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 701 –
COMUNICACIÓN DE LAS CUESTIONES CLAVES DE LA
AUDITORIA EN EL INFORME DE AUDITORIA EMITIDO POR UN
AUDITOR INDEPENDIENTE
INTRODUCCIÓN
La presente norma aborda la responsabilidad que tiene el auditor de comunicar las
cuestiones claves de la auditoria, cuyo propósito es de mejorar el valor comunicativo el
cual proporcionará información adicional fácil de comprender a los usuarios de los
estados financieros. Las cuestiones claves de auditoria son aquellas cuestiones de la
mayor significatividad en la auditoria del periodo actual según el auditor y que deben
comunicarse en el informe de auditoría.
43. Esta comunicación de las cuestiones claves de la auditoria puede ayudar a conocer la
entidad y las áreas de los estados financieros, el cual puede proporcionar una base para
involucrarse con la dirección y con los responsables de la entidad. En el informe de
auditoría se realiza en contexto en opinión del auditor de los estados financieros en su
conjunto.
La comunicación de las cuestiones claves de la auditoría no sustituye la información qué
debe revelar la dirección en los Estados financieros de conformidad con el marco de
información financiera aplicable, además no exime al auditor de expresar una opinión
modificada y no exime de informar cuando exista una incertidumbre relacionada con
hechos o condiciones que pueda generar dudas sobre la capacidad de seguir funcionando.
También no constituye una opinión separada sobre cuestiones particulares.
Esta Norma se aplica de forma completa de los estados financieros que el auditor decida
comunicar cuestiones claves en el informe de auditoría excepto cuando el auditor deniega
su opinión (NIA 705), en dicho caso el auditor tiene prohibido comunicar cuestiones
claves de auditoria.
OBJETIVOS
Los objetivos del auditor son determinar las cuestiones clave de la auditoría y una vez
que se ha formado una opinión Sí sobre los Estados financieros comunicar dichas
cuestiones de escribiéndolas en el informe de auditoría.
DEFINICIONES
Cuestiones clave de auditoría: aquellas cuestiones que según el juicio profesional del
auditor han sido de mayor significatividad en la auditoría de los Estados financieros del
periodo actual. Las cuestiones claves de la auditoría se relacionan entre las cuestiones
comunicadas a los responsables del Gobierno de la entidad.
REQUERIMIENTOS
- Determinación de las cuestiones clave de la auditoría: el auditor determinará entre
las cuestiones comunicadas a los responsables del Gobierno de la entidad aquellos que
hayan requerido atención significativa del auditor al realizar la auditoría. Sí para su
determinación el auditor tendrá en cuenta lo siguiente:
44. a. Las áreas de mayor riesgo valorado de incorrección material o los riesgos
significativos identificados de conformidad con la nía 315.
b. los juicios significativos del auditor en relación con las áreas de los
Estados financieros que han requerido juicios significativos de la dirección
incluyendo las estimaciones contables para las que se incertidumbre en la
estimación.
c. El efecto de la auditoría de hechos o transacciones significativas que han
tenido lugar durante el período.
- Comunicación de las cuestiones clave de auditoría: La comunicación de las
cuestiones clave de la auditoría no sustituye información a revelar por la Dirección en los
estados financieros de conformidad con el marco de referencia aplicable.
Las cuestiones clave de la auditoría no suplen la expresión de una opinión modificada. El
auditor no comunicará una cuestión en la sección “Cuestiones clave de la auditoría” de
su informe cuando, como resultado de esa cuestión, se requeriría que expresará una
opinión modificada de conformidad con la NIA 705. Cuando se den circunstancias en las
que una cuestión considerada cuestión clave de la auditoría no se comunicará en el
informe de auditoría pues el auditor describirá cada cuestión clave de la auditoría en el
informe de auditoría excepto cuando: (Ref. Apartados A53–A56) las disposiciones
legales o reglamentarias prohíban revelar públicamente la cuestión o (Ref. Apartado A52)
En circunstancias extremadamente poco frecuentes, el auditor determine que la cuestión
no se debería comunicar en el informe de auditoría porque cabe razonablemente
esperar que las consecuencias adversas de hacerlo sobrepasarían los beneficios en el
interés público que dicha.
- Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad: El auditor informará
a los responsables del gobierno de la entidad si hay cuestiones clave de la auditoría a
notificar en el informe, a fin de dar a conocer los temas específicos que piensa resaltar el
auditor en el informe y la Dirección pueda ampliar o entender el punto del auditor.
- Documentación: El auditor incluirá en la documentación de auditoria las cuestiones
que han requerido una atención significativa del auditor, tal como se establece en el
apartado 9, y el fundamento del auditor para determinar si cada una de esas cuestiones es
o no una cuestión clave de la auditoria.
45. NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 705 – OPINION
MODIFICADA EN EK INFORME EMITIDO POR UN AUDITOR
INDEPENDIENTE
INTRODUCCIÓN.
La Norma Internacional de Auditoria (NIA 705) presenta las responsabilidades del
auditor para emitir un dictamen apropiado cuando el auditor determina que luego de
formarse una opinion obre los estados Financieros se necesita una modificación a esta.
De acuerdo con esta modificación el auditor puede distinguir tres tipos de opiniones como
la opinión con salvedad, Opinion negativa y la Abstención de opinion; el auditor define
cual tipo de opinión presentar de acuerdo a las circunstancias de la modificación, por
ejemplo si los estados financieros presentan representación erróneas de importancia
relativa, si no se obtuvo la suficiente y apropiada evidencia y cuales son los efectos de
esas circunstancias sobre los estados financieros según el juicio del auditor.
Las representaciones erróneas de importancia relativa de estados financieros pueden
surgir en asuntos relacionados a lo apropiado de políticas contables, la aplicación de las
políticas contables o lo apropiado o adecuado de las revelaciones de los estados
financieros.
OBJETIVO.
El objetivo del auditor es presentar una opinión modificada sobre los estados financieros
cuando determina que los estados financieros, como un todo, no están libres de
representaciones erróneas de importancia relativa o cuando el auditor no puede obtener
lo suficiente y apropiada evidencia acerca de que los Estados Financieros, como un todo,
están libres de representaciones erróneas.
.
DEFINICIÓN.
- Penetrante: Termino utilizado para describir el efecto de las representaciones erróneas
sobre los estados financieros, como un todo, o el efecto de no haber detectado esas
representaciones erróneas por no obtener la suficiente y apropiada evidencia. Estos
46. efectos, a juicio del auditor, pueden no limitarse a elementos cuentas o partidas
específicas, están limitados y representas o pueden representar una parte importante de
los Estados Financieros y en relación con las revelaciones son fundamentales para que
los usuarios entiendas los Estados Financieros.
- Opinión modificada: Opinión del auditor que puede ser opinion con salvedad, opinion
negativa o abstención de opinión.
- Generalizado: Es un término que es utilizado al referirse a las incorreciones, para
describir los efectos de esta en los Estados Financieros, o los posibles efectos de las
incorreciones que en su caso no se hayan detectado debido a la imposibilidad de obtener
evidencia de auditoria suficiente y apropiada. Son efectos generalizados sobre los estados
Financieros aquellos que, a juicio del auditor no se limitan a elementos, cuentas o partidas
especificas o en su caso puedan limitarse a elementos, cuentas o partidas específicos.
REQUERIMIENTOS.
Los requerimientos de la presente norma estiman que:
Circunstancias en las que se requiere una opinión modificada:
- El auditor debe modificar su opinión cuando determina que de acuerdo a la
evidencia obtenida concluye que los estados financieros no están libres de
representaciones erróneas de importancia relativa o cuando no puede obtener la
suficiente y apropiada evidencia para concluir que los estados financieros están
libres de representaciones erróneas.
Determinación del tipo de modificación a la opinion del auditor
- El auditor de acuerdo a su juicio determinara el tipo de modificación a realizar a
la opinión sobre los estados financieros como un todo, de esa manera se puede
definir tres tipos de opiniones:
a) Opinión con salvedad: El auditor presentara una opinion con salvedad cuando
determina que los estados financieros como un todo no están libre de
representaciones erróneas de importancia relativa que no son penetrantes para
los estados financieros. De la misma manera, cuando no se obtiene la
suficiente y apropiada evidencia acerca de que los estados financieros como
47. un todo no están libres de representaciones erróneas de importancia relativa,
pero sus efectos sobre los estados financieros no son penetrantes.
b) Opinión negativa: El auditor presentara una opinion negativa cuando a partir
de la evidencia obtenida concluye que los estados financieros como un todo
no están libres de representaciones erróneas y estas son penetrantes para los
estados financieros.
c) Abstención de opinión: El auditor debe abstenerse de presentar su opinion
cuando no puede obtener la suficiente y apropiada evidencia de que los estados
financieros pueden presentar representaciones erróneas que podrían ser de
importancia relativa y penetrante para los estados financieros. Así mismo,
cuando el auditor determina que existen faltas de seguridad y a pesar de haber
obtenido la suficiente y apropiada evidencia sobre las faltas, no puede formar
una opinion sobre los estados financieros debido a los efectos de estas faltas
sobre los estados. La incapacidad de auditor para obtener la suficiente y
apropiada evidencia puede representar una limitación en el alcance de la
auditoria y puede deberse a circunstancias fuera de control de la entidad,
circunstancias relacionadas a la naturaleza u oportunidad del trabajo del
auditor o de limitaciones impuestas por la administración. Si el auditor
determina que existe una limitación impuesta por la administración que genere
la necesidad de presentar una opinion con salvedad o abstención de opinion,
el auditor deberá solicitar a la administración que elimine dicha limitación. En
caso de que la administración se niegue a revisar esa eliminación, el auditor
deberá informar a los encargados del gobierno corporativo cuando sea posible
o realizar procedimientos, tener la suficiente y apropiada evidencia de
auditoria. Si esto no es posible el auditor deberá realizar las implicaciones y
establecer que procedimientos seguirá los cuales podrían ser la presentación
de una opinion con salvedad o de acuerdo a la gravedad de la situación
determinar si se abstiene de presentar su opinion o se retira del trabajo si es
posible de acuerdo a las circunstancias
Formas y contenido del dictamen del auditor cuando se modifica la opinión
Cuando el auditor determina que es necesaria una modificación al dictamen, el auditor
deberá incluir en su dictamen una párrafo que presente la descripción de las circunstancias
de la modificación y especificar los casos en que se presenten representaciones erróneas
48. de importancia relativa relacionadas a montos específicos, revelaciones relativas o no
revelaciones.
Comunicación con los encargados del gobierno corporativo
Cuando el auditor determina que es necesario hacer una modificación a la opinion sobre
los estados financieros, deberá comunicarlos a los encargados del gobierno corporativo
describiendo las circunstancias y razones para la modificación.
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORIA 710- MUESTREO DE
AUDITORIA
INTRODUCCIÓN.
La norma internacional de auditoria 710 presenta las responsabilidades del auditor en
relación con la información comparativa en una auditoria de estados financieros. La
naturaleza de la información comparativa depende del marco de referencia de
información financiera aplicable, y el auditor puede distinguir dos formas de esta
responsabilidad de informar, las cifras correspondientes y estados financieros
comparativos. Esta diferencia se hace evidente en los dictámenes de auditoria; para las
cifras correspondientes la opinión de los estados financieros se refiere al periodo actual,
mientras que para los estados financieros comparativo la opinión debe referirse a cada
periodo por el cual se presentan los estados financieros. En la aplicación de esta norma
debe tener presente la NIA 510, Saldos de Apertura.
OBJETIVO.
El auditor debe obtener la suficiente y apropiada evidencia de auditoria sobre si la
información comparativa incluida en los estados financieros esta presentada de acuerdo
con el marco de referencia de información financiera aplicable y cumple con los requisitos
pertinentes. Por consiguiente, el auditor debe presentar su dictamen de acuerdo con las
responsabilidades de dictaminar del auditor.
DEFINICIONES.
Para efecto de las NIA, el significado de los siguientes términos es así:
49. - Información comparativa: importes e información a revelar incluidos en los estados
financieros y relativos a uno o más periodos anteriores, de conformidad con el marco de
información financiera aplicable.
- Cifras correspondientes a periodos anteriores: información comparativa consistente
en importes e información revelada del periodo anterior que se incluyen como parte
integrante de los estados financieros del periodo actual, con el objetivo de que se
interpreten exclusivamente en relación con los importes e información revelada del
periodo actual (denominados “cifras del periodo actual”). El grado de detalle de los
importes y de las revelaciones comparativas presentadas depende principalmente de su
relevancia respecto a las cifras del periodo actual.
- Estados financieros comparativos: información comparativa consistente en importes
e información a revelar del periodo anterior que se incluyen a efectos de comparación con
los estados financieros del periodo actual, y a los que, si han sido auditados, el auditor
hará referencia en su opinión. El grado de información de estos estados financieros
comparativos es equiparable al de los estados financieros del periodo actual.
A efectos de esta NIA, las referencias al “periodo anterior” deben interpretarse como
“periodos anteriores” cuando la información comparativa incluya importes e información
a revelar de más de un periodo.
REQUERIMIENTOS.
Procedimientos de auditoria
El auditor debe determinar si los estados financieros incluyen información comparativa
de ejercicios anteriores y si esta información está organizada adecuadamente. Para esto
el auditor debe evaluar si los montos y revelaciones presentados concuerdo con los
establecidos en ejercicio anterior, y si están acorde a las políticas contables aplicables. En
caso de que se haya realizado algún cambio en las políticas, el auditor debe determinar si
se llevaron a cabo los cambios pertinentes.
De la misma manera el auditor deberá llevar a cabo los procedimientos de auditoria
necesarios para obtener la suficiente y apropiada evidencia sobre si existen
representaciones erróneas de representación errónea en la información comparativa.
Dictamen de auditoria
50. Cuando se presentan cifras correspondientes, el auditor deberá incluirla en su opinión si
el dictamen del auditor del ejercicio anterior incluye una opinión con salvedad, una
opinión negativa o una abstención de opinión, y el asunto especificado no fue resuelto.
Así mismo cuando los estados financieros presentaron representaciones erróneas de
importancia relativa y la opinión o fue previamente modificada y las cifras
correspondientes no fueron debidamente corregidas.
Si los estados financieros del ejercicio anterior fueron auditados por otro auditor, el
auditor puede referirse al dictamen del auditor, siempre y cuando sea posible de acuerdo
a las normas y regulaciones aplicables. Para esto el auditor deberá presentarlo en un
parrado de otro asunto en el dictamen que los estados financieros fueron auditados por
otro auditor, su tipo de opinión y si se realizó alguna modificación las razones para
hacerlo, y fecha del dictamen.
Cuando los estados financieros del ejercicio anterior no fueron auditados, también el
auditor deberá declararlo en el dictamen en un párrafo de otro asunto.
MATERIAL DE EXPLICACION
En el caso de estados financieros comparativos, se solicitan manifestaciones escritas para
todos los periodos a los que se refiere la opinión del auditor, ya que la dirección necesita
reafirmar que las manifestaciones escritas, previamente realizadas, con respecto al
periodo anterior siguen siendo adecuadas. En el caso de cifras correspondientes a periodos
anteriores, las manifestaciones escritas se solicitan únicamente en relación con los estados
financieros del periodo actual, ya que la opinión del auditor se refiere a dichos estados
financieros, los cuales incluyen las cifras correspondientes a periodos anteriores. Sin
embargo, el auditor solicita una manifestación escrita específica con respecto a cualquier
reexpresión que se haya realizado para corregir una incorrección material en los estados
financieros del periodo anterior y que afecte a la información comparativa.
OTROS MATERIALES DE EXPLICACION
Los estados financieros de la compañía ABC para el ejercicio que terminó el 31 de
diciembre de 20X0, fueron auditados por otro auditor que expreso una opinión no
modificada sobre esos estados financieros el 31 de Marzo de 20X1”
51. Igualmente, cuando se presentan estados financieros comparativos la opinión del auditor
debe referirse a cada periodo, y determinar si existen diferencias en la opinión que se
presente con la opinión previamente expresada, dando cuenta de las razones de esta
diferencia.
“Como parte de nuestra auditoria de los estados financieros de 20X2, también auditados
los ajustes descritos en la nota X que fueron aplicados para reformular los estados
financieros de 20X1. En nuestra opinión, dichos ajustes son apropiados y han sido
aplicados adecuadamente. No fuimos contratados para auditar, revisar ni aplicar ningún
procedimiento a los estados financieros de 20X1 de la compañía, excepto por los ajustes
y, por lo tanto, no expresamos una opinión ni ninguna otra forma de atestiguamiento
sobre los estados financieros de 20X1 tomados en su conjunto”.
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 720 –
RESPONSABILIDADES DEL AUDITOR CON RESPECTO A OTRA
INFORMACION
INTRODUCCIÓN
Esta Norma trata de las responsabilidades que tiene el auditor respecto del trabajo con
respecto a otra información, tanto financiera como no financiera y del informe de
auditoría correspondiente, incluida en el informe anual de una entidad. Cabe resaltar que
la presente NIA también puede ayudar al auditor en el cumplimiento de los
requerimientos de ética aplicables que establecen que debe evitar asociarse
deliberadamente con información que estime que contiene una declaración materialmente
falsa o que induce a error, declaraciones o información preparadas de manera negligente
o que omite u oculta información que debe ser incluida, cuando dicha omisión y
ocultación induciría a error.
OBJETIVOS
El objetivo de la norma nos detalla que se debe tener en cuenta si hay una incongruencia
material entre la otra información y el conocimiento obtenido por el auditor en la
auditoria, responder de manera adecuada cuando el auditor detecta que parece que existan
52. dichas incongruencias materiales o cuando llegue a su conocimiento, de cualquier otro
modo, informar de conformidad con esta NIA y tener en cuenta si hay incongruencia de
material entre la información y los estados financieros.
DEFINICIONES
Informe anual: documento o conjunto de documentos, preparado habitualmente con
periodicidad anual por la dirección o por los responsables del gobierno de la entidad de
conformidad con disposiciones legales, reglamentarias o con la costumbre, cuyo
propósito es proporcionar a los propietarios (u otros interesados similares) información
sobre las operaciones de la entidad y sobre sus resultados y su situación financiera tal
como se expone en los estados financieros. Especialización: cualificaciones,
conocimiento y experiencia en un campo concreto.
Incorrección en la otra información: existe una incorrección en la otra información
cuando la otra información está incorrectamente expresada o induce a error de algún otro
modo (lo que incluye cuando omite u oculta información necesaria para entender
adecuadamente una cuestión revelada en la otra información).
Otra información: información financiera o no financiera.
REQUERIMIENTOS
Los requerimientos de la presente norma estiman que:
• El auditor determinara mediante discusiones con la dirección, el
documento que comprende el informe anual y el modo y momento en que
la entidad prevé publicarlos, dispondrá lo necesario con la dirección para
obtener oportunamente y, si fuera posible antes de la fecha del informe de
auditoría.
• El auditor leerá otra información y, al hacerlo considerará si hay una
incongruencia material entre la otra información y los estados financieros,
como también considerará si hay una incongruencia material entre la otra
información y el conocimiento obtenido por el auditor.
• El informe de auditoría incluirá una sección titulada “Otra información”,
u otro título adecuado cuando, en la fecha de informe de auditoría.
53. • Al cumplir los requerimientos de la NIA 230 según se aplica la presente
NIA, el auditor incluirá en la documentación de auditoría: la
documentación de los procedimientos aplicados, la versión final de la otra
información sobre la que el auditor realizo el trabajo que requiere esta
NIA.
MATERIAL DE EXPLICACIÓN
Es posible que las disposiciones legales, reglamentarias o la costumbre definan, para las
entidades de una jurisdicción concreta, el contenido del informe anual y el título que se
le ha de dar; sin embargo, el nombre y el contenido pueden variar de una jurisdicción a
otra.
El informe anual se prepara habitualmente con periodicidad anual. Sin embargo, cuando
los estados financieros sometidos a auditoría se preparan con una periodicidad inferior o
superior al año, también se puede preparar un informe anual que cubra el mismo periodo
que los estados financieros.
Opinión con salvedades debida a una limitación al alcance
Cuando se produzca una limitación al alcance con respecto a una partida material de los
estados financieros, el auditor no habrá obtenido evidencia suficiente y adecuada en
relación con dicha cuestión. En dichas circunstancias, es posible que el auditor no pueda
concluir sobre si las cantidades u otros elementos de la otra información relacionados con
esta cuestión originan una incorrección material en la otra información. En consecuencia,
puede resultar necesario que el auditor modifique la declaración que requiere el apartado
para comunicar la imposibilidad de considerar la descripción de la cuestión realizada por
la dirección en la otra información en relación con la que el auditor ha emitido una opinión
modificada sobre los estados financieros como se explica en el párrafo de fundamento de
la opinión con salvedades. No obstante, el auditor está obligado a informar de cualquier
otra incorrección material que haya detectado en la otra información que no haya sido
corregida.
Opinión desfavorable (adversa)