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Guía de usuario del Sistema Único de
Información de Trámites
SUIT 3
Dirección de Control Interno y Racionalización de Tramites
Oficina de Sistemas de Información
Enero de 2014
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Elizabeth Rodríguez Taylor
Directora
EQUIPO TÉCNICO DE TRABAJO
Grupo de racionalización de trámites
Grupo oficina de sistemas - SUIT 3.0
Programa Nacional de Servicio al Ciudadano - PNSC
TABLADECONTENIDOTABLADECONTENIDOTABLADECONTENIDO
Pag.
Introducción 5
CAPITULO No. I
Conceptos básicos
Producto o servicio 8
Ciclo de vida del producto o servicio 8
Roles y responsabilidades 10
Documentos de identificación válidos en Colom-
bia
12
Estandarización 13
Criterios de fusión 13
Trámites creados a partid de julio 8 de 2005
No son objeto de registro en el SUIT
14
14
CAPITULO No. II
Integración con otros sistemas de información
SIGEP 21
CAPITULO No. III
Recomendaciones 22
CAPITULO No. IV
Ingreso al sistema 26
Pag.
Módulo de Administración 27
Avance institución 27
Gestionar usuario 29
Gestionar formularios 36
Cambiar claves 24
Procedimiento para creación de usuarios de
Instituciones
25
Procedimiento de creación de usuario Ad-
ministrador de Trámites de la entidad o insti-
tución
26
CAPITULO No. IV
Formato Integrado 39
Paso: Descripción
Nombre 41
Nombre estandarizado 42
Propósito 43
Se puede realizar por medios electrónicos 43
Nombre del resultado 44
También se conoce como 44
Tiempo de obtención 45
Obtención inmediata 45
Hábil y calendario 45
Observaciones al tiempo de obtención 45
INGRESOALSISTEMAINGRESOALSISTEMAINGRESOALSISTEMA
TABLADECONTENIDOTABLADECONTENIDOTABLADECONTENIDO
Paso: Fundamento legal
Títulos, capítulos y artículos 46
Archivo soporte 47
Paso: Información de ejecución
Puntos de atención
Latitud y longitud
48
Fechas de ejecución 50
Paso: Dirigido a
Situaciones de vida 52
53
Paso: Qué se necesita
Momentos 54
Acciones y/o condiciones 54
Tipos de acciones y/o condiciones
Esta acción y/o condición en una excepción?
55
55
Paso: Medio de Seguimiento 70
Registro Basado en Modelo
Descripción del registro 54
Listado de modelos a la fecha 64
Ala fecha se encuentran disponibles los siguientes modelos:
Paso
64
 Autorización para capacitar a manipuladores de ali-
mentos
 Registro de los sujetos pasivos o responsables del impues-
to al consumo
 Señalización de los productos gravados con el impuesto
al consumo
 Impuesto de registro
 Impuesto sobre vehículos automotores
 Impuesto al degüello de ganado mayor
 Facilidades o acuerdos de pago para los deudores mo-
rosos de impuestos
 Devolución y/o compensación de saldos a favor por
conceptos de impuestos
 Fusión y/o conversión de establecimientos educativos
oficiales
 Ampliación del servicio educativo
 Cambio de sede de un establecimiento educativo
 Cambio de nombre o razón social de un establecimien-
to educativo oficial o privado
 Cambio de propietario de un establecimiento educati-
vo
 Cierre temporal o definitivo de programas de educa-
ción para el trabajo y el desarrollo humano
 Registro de firmas de rectores, directores y secretarios
(a) de establecimientos educativos
 Clasificación en el régimen de educación a un estable-
cimiento educativo privado
 Clausura de un establecimiento educativo oficial o pri-
vado
MODELMODELMODELOS DISPONIBLESOS DISPONIBLESOS DISPONIBLES ---SUIT 3.0SUIT 3.0SUIT 3.0
 Autorización de calendario académico especial
 Concesión de reconocimiento de un establecimiento
educativo oficial
 Cambio de propietario o poseedor de un bien inmueble
(Mutación de primera clase)
 Englobe o desenglobe de dos o más predios (Mutación
de segunda clase)
 Incorporación de obras físicas en los predios (Mutación
de tercera clase)
 Revisión de avalúo catastral de un predio (Mutación de
cuarta clase)
 Cambios producidos por la inscripción de predios o me-
joras por edificaciones no declaradas u omitidas duran-
te el proceso de formación o actualización del castro
(mutación de quinta clase)
 Rectificación de áreas y linderos
 Auto estimación del avalúo catastral (Autoavalúo)
 Expedición de la tornaguía de reenvíos
 Expedición de la tornaguía de tránsito
 Expedición de la tornaguía de movilización
 Legalización de tornaguías
 Anulación de tornaguía
 Aval de funcionamiento de las escuelas de formación
deportiva
 Registro de contribuyentes del impuesto de industria y
comercio
 Modificación en el registro de contribuyentes del im-
puesto de industria y comercio
 Impuesto de industria y comercio y su complementario
de avisos y tableros
Apartir del mes de septiembre encontrarán disponibles los
modelos que se enuncian a continuación, razón por lo cual,
amablemente se les solicita no hacer estos registros hasta
que el DAFP informe su disponibilidad:
65
 Cancelación del registro de contribuyentes del impuesto
de industria y comercio
 Exención del impuesto de industria y comercio
 Impuesto predial unificado
 Exención del impuesto predial unificado
 Impuesto de delineación urbana
 Impuesto a la publicidad visual exterior
 Impuesto de espectáculos públicos
 Exención del impuesto de espectáculos públicos
 Impuesto de rifas
 Autorización para la operación de juegos de suerte y
azar en la modalidad de rifas
 Prórroga de sorteo de rifas menores
 Devolución de elementos retenidos por ocupación ilegal
del espacio público
 Registro de las personas que realicen la actividad de ba-
requeo
 Certificado de estratificación socioeconómica
 Certificado de residencia
 Concepto del uso del suelo
 Impuesto sobre el servicio de alumbrado público
 Impuesto de casinos y Juegos permitidos
 Impuesto al degüello de ganado menor
 Impuesto sobre las ventas por el sistema de clubes
 Contribución por valorización
 Asignación de nomenclatura
 Certificado sanitario
 Licencia de inhumación de cadáveres
 Registro de la publicidad exterior visual
 Permiso para espectáculos públicos
 Permisos de ocupación vial
 Determinantes para la formulación de planes parciales
 Formulación y radicación del proyecto del plan parcial
 Determinantes para el ajuste de un plan parcial
 Ajuste de un Plan Parcial Adoptado
 Incorporación y entrega de las áreas de cesión a favor
del municipio
 Consulta preliminar para la formulación de planes de im-
plantación
 Formulación del proyecto de plan de implantación
 Licencia de funcionamiento para equipos de rayos x y
otras fuentes emisoras de radiaciones ionizantes
 Renovación de la licencia de funcionamiento para
equipos de rayos x y otras fuentes emisoras de radiacio-
nes ionizantes
 Carné de protección radiológica
 Licencia para prestación de servicios en seguridad y
salud en el trabajo
 Licencia para empresas aplicadoras de plaguicidas
 Carné de aplicador de plaguicidas
 Registro de los títulos en el área de la salud
MODELMODELMODELOS DISPONIBLESOS DISPONIBLESOS DISPONIBLES ---SUIT 3.0SUIT 3.0SUIT 3.0
66
 Reporte de novedades al registro especial de prestado-
res de servicios de salud
 Habilitación o renovación de plazas para el servicio so-
cial obligatorio
 Inscripción de profesionales para participar en el sorteo
de plazas del servicio social obligatorio
 Habilitación de servicios farmacéuticos a instituciones
prestadoras de servicios de salud
 Credencial de expendedor de drogas
 Apertura de establecimientos farmacéuticos
 Autorización sanitaria favorable de la calidad del agua
para consumo humano
 Carné de manipulador de alimentos
 Apertura de los centros de estética y similares
 Cancelación de la personería de jurídica de las organi-
zaciones comunales de primero y segundo grado
 Certificación de la personería jurídica y representación
legal de las organizaciones comunales de primer y se-
gundo grado
 Reconocimiento de personería jurídica a entidades sin
ánimo de lucro en áreas de la salud
 Reforma de estatutos de entidades sin ánimo de lucro
en áreas de la salud
 Inscripción de dignatarios de entidades sin ánimo de
lucro en áreas de la salud
 Registro de libros de entidades sin ánimo de lucro en
áreas de la salud
 Cancelación de personería jurídica de entidades sin áni-
mo de lucro en áreas de la salud
 Reconocimiento de personerías jurídicas de cuerpos de
bomberos voluntarios
 Reforma de estatutos de cuerpos de bomberos volunta-
rios
 Inscripción de dignatarios de cuerpos de bomberos vo-
luntarios
 Registro de libros de instituciones de cuerpos de bombe-
ros voluntarios
 Cancelación de personerías jurídicas de cuerpos de
bomberos voluntarios
 Reconocimiento de personerías jurídicas de instituciones
de educación
 Reforma de estatutos de instituciones de educación
 Inscripción de dignatarios de instituciones de educación
 Autorización sanitaria para el transporte de residuos es-
peciales
 Inscripción de dignatarios de las organizaciones comu-
nales de primero y segundo grado
 Inscripción o reforma de estatutos de las organizaciones
comunales de primero y segundo grado
 Apertura y registro de libros de las organizaciones comu-
nales de primero y segundo grado
 Reconocimiento de personería jurídica de los organis-
mos de acción comunal de primero y segundo grado
 Cancelación de la personería de jurídica de las organi-
zaciones comunales de primero y segundo grado
 Certificación de la personería jurídica y representación
legal de las organizaciones comunales de primer y se-
gundo grado
MODELMODELMODELOS DISPONIBLESOS DISPONIBLESOS DISPONIBLES ---SUIT 3.0SUIT 3.0SUIT 3.0
67
 Registro de libros de instituciones educativas
 Cancelación de personerías jurídicas de instituciones de
educación
 Reconocimiento de personerías jurídicas de ligas y clubes
deportivos
 Reforma de estatutos de ligas y clubes deportivos
 Inscripción de dignatarios de ligas y clubes deportivos
 Registro de libros de ligas y clubes deportivos
 Cancelación de personerías jurídica de ligas y clubes
deportivos
 Impuesto al consumo de productos de origen nacional
 Declaración del impuesto al consumo de productos ex-
tranjeros
 Condonación del impuesto de vehículos
 Sobre tasa a la gasolina motor y al ACPM
 Impuestos sobre premios de loterías
 Licencia de funcionamiento para las instituciones promo-
vidas por particulares que ofrezcan el servicio educativo
para el trabajo y el desarrollo humano
 Registro o renovación de programas de las instituciones
promovidas por particulares que ofrezcan el servicio edu-
cativo para el trabajo y el desarrollo humano
 Certificado de existencia y representación legal de las
instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo
humano
 Licencia de funcionamiento para establecimientos edu-
cativos promovidos por particulares para prestar el servi-
cio público educativo en los niveles de preescolar, bási-
ca y media
 Licencia de funcionamiento de instituciones educativas
promovidas por particulares que ofrezcan programas de
educación formal de adultos
 Seguro por muerte a beneficiarios de docentes oficiales
 Pensión de jubilación para docentes oficiales
 Pensión de jubilación por aportes para docentes oficiales
 Pensión de retiro por vejez para docentes oficiales
 Pensión de retiro de invalidez para docentes oficiales
 Pensión post-mortem para beneficiarios de docentes
oficiales
 Sustitución pensional para docentes oficiales
 Reliquidación pensional para docentes oficiales
 Cesantías parciales para docentes oficiales
 Cesantías definitivas para docentes oficiales
 Cesantías definitivas a beneficiarios de un docente falle-
cido
 Ascenso en el escalafón nacional docente
 Ascenso o reubicación en el escalafon docente
 Auxilio funerario para docentes oficiales
 Duplicaciones de diplomas y modificaciones del registro
del título
 Certificado catastral
 Auxilio para gastos de sepelio
 Inscripción de personas ante el Registro Único Nacional
de Tránsito
 Matrícula de vehículos automotores, remolques y semire-
molques
 Traspaso de propiedad de un vehículo
 Traslado y radicación de la matrícula de un vehículo
 Cancelación de matrícula de un vehículo
 Rematrícula de un vehículo automotor
 Cambio de características de un vehículo
 Duplicado de la licencia de tránsito o de la tarjeta de
registro y de la placa de un vehículo
 Renovación licencia de tránsito de un vehículo de im-
portación temporal
 Cambio de un servicio de un vehículo automotor
 Cambio de placa por clasificación de vehículo automo-
tor antiguo o clásico y cambio de placa de vigencias
anteriores
 Inscripción o levantamiento de limitación o gravamen a
la propiedad de un vehículo
MODELMODELMODELOS DISPONIBLESOS DISPONIBLESOS DISPONIBLES ---SUIT 3.0SUIT 3.0SUIT 3.0
Paso
68
 Licencia de conducción
 Duplicado de la licencia de conducción
 Certificado de tradición de un vehículo automotor
 Adaptación de vehículos de enseñanza automovilística
 Tarjeta de operación para vehículo automotor de trans-
porte terrestre
 Licencia de intervención y ocupación temporal de pla-
yas marítimas y terrenos de baja mar
 Encuesta del Sistema de Identificación y Clasificación
de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales - SIS-
BEN
 Retiro de personas de la base de datos del Sistema de
Identificación y Clasificación de Potenciales Beneficia-
rios de Programas Sociales - SISBEN
 Retiro de un hogar de la base de datos del Sistema de
Identificación y Clasificación de Potenciales Beneficia-
rios de Programas Sociales - SISBEN
 Actualización de datos de identificación de personas
registradas en la base de datos del Sistema de Identifi-
cación y Clasificación de Potenciales Beneficiarios de
Programas Sociales - SISBEN
 Inclusión de personas en la base de datos del Sistema
de Identificación y Clasificación de Potenciales Benefi-
ciarios de Programas Sociales - SISBEN
 Impuesto a la sobretasa de la gasolina motor
 Matrícula de arrendadores
 Radicación de documentos para adelantar actividades
de construcción y enajenación de inmuebles destinados
a vivienda
 Afiliación al régimen subsidiado del Sistema General de
Seguridad Social en Salud
 Suspensión de la afiliación al régimen subsidiado del Sis-
tema General de Seguridad Social en Salud
 Activación del cupo de afiliación al régimen subsidiado
del Sistema General de Seguridad Social en Salud
 Licencia de exhumación
 Licencia para la cremación de cadáveres
 Licencia urbanística
 Licencia de intervención y ocupación del espacio públi-
co
 Reconocimiento deportivo a clubes deportivos y clubes
promotores
 Renovación de reconocimiento a clubes deportivos
 Inscripción de la propiedad horizontal
 Inscripción o cambio del representante legal y/o revisor
fiscal de la propiedad horizontal
 Registro de extinción de la propiedad horizontal
 Permiso para espectáculos públicos de artes escénicas
en escenarios no habilitados
 Reconocimiento de escenarios habilitados para la reali-
zación de espectáculos públicos de las artes escénicas
 Permiso para demostraciones públicas de pólvora, artí-
culos pirotécnicos o fuegos
 Permiso para la rotura de vías e intervención de espacio
público
 Permiso para el aprovechamiento de árboles aislados
 Permiso de circulación para carga extra pesada y/o
extra dimensionada
 Acreditación como distribuidor minorista de combusti-
bles líquidos derivados del petróleo
 Licencia de funcionamiento para estaciones de servicio
 Registro de perros potencialmente peligrosos
 Registro de marcas de ganado
 Certificado permiso de ocupación
MODELMODELMODELOS DISPONIBLESOS DISPONIBLESOS DISPONIBLES ---SUIT 3.0SUIT 3.0SUIT 3.0
INTRODUCCIÓNINTRODUCCIÓNINTRODUCCIÓN
Esta guía tiene como propósito orientar a los usuarios del Sistema
Único de Información de Trámites—SUIT en el registro de la
información de los trámites y otros procedimientos administrativos
de cara al usuario (Formato Integrado), afianzar los diferentes
conceptos, entre los que se contemplan las políticas de creación
de usuarios, gestión de formularios y gestión de inventarios, entre
otros.
Está dirigido a:
 Difusores y asesores de la Política de Racionalización de
Trámites.
 Capacitadores del sistema.
 Responsables de la implementación de la Política de
Racionalización de Trámites en la institución frente al
Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP,
en la administración de los usuarios, de la información
contenida de los trámites y otros procedimientos
administrativos de cara al usuario, garantizando su
totalidad y actualización, así como de la implementación y
seguimiento a la Política de Racionalización de Trámites.
 Administradores de trámites, quienes son los responsables
del ingreso y actualización de la información de los
procedimientos administrativos de su institución en el
Sistema Único de Información de Trámites - SUIT.
5
CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS
6
CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS
Conjunto de acciones que se realizan en ejercicio de la función
administrativa para alcanzar y dar cumplimiento con los fines del
Estado, dentro de las reglas y principios que lo rigen.
Debido a que el universo de procedimientos administrativos es
amplio, la Ley 962 de 2005 y el Decreto Ley 019 de 2012, señalan
que los procedimientos administrativos a registrar en el SUIT, son
aquellos que tienen por finalidad proteger y garantizar la
efectividad de los derechos de las personas naturales y jurídicas,
así como el cumplimiento de sus obligaciones. Igualmente
aquellos procedimientos que faciliten a los usuarios acceder a los
bienes o servicios ofrecidos por las autoridades administrativas.
Conjunto de requisitos, pasos, o acciones regulados por el
Estado, dentro de un procedimiento administrativo misional,
que deben efectuar los usuarios ante una institución de la
administración pública o particular que ejerce funciones
administrativas, para adquirir un derecho o cumplir con una
obligación prevista o autorizada por la Ley y cuyo resultado
es un producto o un servicio.
Ejemplos:
 Tarjeta profesional de contador público
 Inscripción en el Registro Único Tributario -RUT
 Declaración de Ingreso o salida de dinero en efectivo del
país
Conjunto de acciones que realiza el usuario de manera
voluntaria para obtener un producto o servicio que ofrece
una institución de la administración pública o particular que
ejerce funciones administrativas dentro del ámbito de su
competencia, sus características son la no obligatoriedad
para el usuario y no tienen costo para éste.
Por lo general estos procedimientos administrativos están
asociados con un trámite, ya que de éste se pueden generar
acciones de consulta, certificaciones, constancias, entre
otras, los cuales acreditan el resultado de un trámite. Un
ejemplo de esto es:
7
Trámite
Procedimiento administrativo
Otros procedimientos administrativos de
cara al usuario
CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS
Producto o servicio
Es el resultado que obtiene el usuario por parte de la institución al
ejecutar un procedimiento administrativo. Estos pueden ser
tangibles e intangibles.
El ciclo de vida se refiere a las etapas, que por lo general,
surten los productos o servicios que se obtienen de la
ejecución de un procedimiento administrativo.
Las etapas que comprenden el ciclo de vida son:
 Inicio: Corresponde a los productos o servicios que solicita
el usuario a la institución por primera vez y que ésta los
expide y/o entrega también por primera vez.
Algunos de los verbos o las acciones que lo identifican son:
8
Afiliación y/o traslado de cesantías
Consulta de los extractos de cesantías
TRÁMITE
OTRO PROCEDIMIENTO
Impuesto de Industria y Comercio
Certificado de paz y salvo del Impuesto de Industria y
Comercio
TRÁMITE
OTRO PROCEDIMIENTO
Ciclo de vida del producto y/o servicio
Verbos
AfiliarAdquirir Asignar
RegistrarPostular Inscribir
CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS
 Novedad: Se da cuando el producto o servicio se ve
afectado por presentarse una variación y/o
transformación.
Algunos de los verbos o las acciones que lo identifican
son:
 Cierre: Se da cuando el producto o servicio se cancela
por las siguientes razones:
Primera: Por solicitud del usuario, el cual debe desarrollar
un procedimiento administrativo para dicho fin.
Segunda: Por vencimiento del producto o servicio que al
momento de obtenerse se encuentra estipulado dentro
de sus atributos.
Tercera: Por decisión de la Administración Pública.
Algunos de los verbos o las acciones que lo identifican son:
Un ejemplo de un trámite que pasa por todo el ciclo de vida
es el siguiente.
9
Verbos
CorrecciónCambio Modificación
AjusteRenovación Recuperación
Verbos
CancelarDisolver Desvincular
RenunciarExtinguir
Trámite Ciclo
Inicio
Ciclo
Novedad
Ciclo
Cierre
Expedición cédula Expedición Corrección Cancelación
No necesariamente debe existir un trámite
para cada ciclo de vida del producto o
servicio. Puede darse que en un mismo
trámite se establezca el procedimiento que
se debe hacer para cada etapa del ciclo.
TIP
El Sistema Único de Información de Trámites – SUIT como
instrumento de apoyo para la implementación de la Política de
Racionalización de Trámites, que tiene como propósito final ser la
fuente única y válida de la información de los trámites que las
instituciones del Estado ofrecen a la ciudadanía, requiere de los
siguientes usuarios para su operación:
Tiene el rol de Administrador de Usuarios. Funcionario de la
institución que se recomienda sea de la Oficina de
Planeación o quien haga sus veces, por el amplio
conocimiento de la institución, la relación directa entre sus
funciones y la Política Antitrámites y la existencia de normas
que hacen referencia a la Política y que involucra a las
oficinas de planeación, como son:
 Ley 872 de 2003 – Artículo 1: El Sistema de Gestión de la
Calidad adoptará en cada entidad un enfoque basado
en los procesos que se surten al interior de ella y en las
expectativas de los usuarios, destinatarios y beneficiarios
de sus funciones asignadas.
 NTC GP 1000:2009 – Numeral 7.2.1: Procesos relacionados
con el cliente “La entidad debe determinar los requisitos
legales y reglamentarios aplicables al producto y/o
servicio”, éstos incluyen los relacionados con la Política
de Racionalización de Trámites.
 Ley 1474 de 2011 - Artículo 73: Plan Anticorrupción y de
Atención al Ciudadano. Cada entidad del orden
nacional, departamental y municipal deberá elaborar e
implementar anualmente una estrategia de lucha contra
la corrupción y de atención al ciudadano. Dicha
estrategia contempla entre otras, la Estrategia
Antitramites.
10
Roles y responsabilidades
CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS
Jefe de Planeación
 Decreto 2641 de 2012 - Art. 4: La máxima autoridad de la
entidad u organismo velará directamente porque se
implementen debidamente las disposiciones contenidas
en el documento de “Estrategias para la Construcción
del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano”. La
consolidación del plan anticorrupción y de atención al
ciudadano, estará a cargo de la oficina de planeación
de las entidades o quien haga sus veces, quienes
además servirán de facilitadores para todo el proceso de
elaboración del mismo.
Este funcionario ejerce las siguientes funciones:
1. Gestionar usuarios.
2. Gestionar formularios
3. Gestionar Inventarios de trámite y otros procedimientos
Funcionario de la institución que tiene las funciones de
registrar, corregir y actualizar los trámites y otros
procedimientos administrativos de cara al usuario en el
El Departamento Administrativo de la Función Pública – DAFP
recomienda que el Administrador de Trámites sea un
funcionario de planta, en aras de garantizar la continuidad
en los procesos de capacitación y asesoría.
Funcionario del Departamento Administrativo de la Función
Pública -DAFP que tiene las siguientes funciones:
1. Brindar capacitación y asesoría a los responsables de la
implementación de la Política de Racionalización de
Trámites en las instituciones en el uso y manejo de la
herramienta.
2. Validar y aprobar los trámites y otros procedimientos de
cara al usuario en el Sistema Único de Información de
Trámites –SUIT.
11
Administrador de Trámites
CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS
Asesor de Política
Los documentos de identificación válidos de las personas de
carácter natural (Usuario) para la realización de trámites en
Colombia, son:
1. Registro civil de nacimiento: Es el único documento público
que legalmente prueba la existencia de una persona. Por lo
general es utilizado hasta los 7 años de edad.
2. Tarjeta de identidad Es el documento que identifica a las
personas mayores de 7 años y menores de 18 años de edad.
3. Cédula de ciudadanía: Es el único documento válido para
probar la identificación de una persona que cumpla la
mayoría de edad, 18 años.
1. Pasaporte: Sirve como identificación siempre y cuando la
permanencia en el país no supere los 3 meses.
2. Cédula de extranjería: Documento de identidad que se
otorga a los extranjeros mayores de 18 años, que sean
titulares de una visa superior a tres (3 meses) o a los
beneficiarios de los mismos.
Las personas de carácter jurídico (Organizaciones, instituciones
públicas) se identifican con el Número de Identificación Tributaria -
NIT que constituye el número de identificación de los inscritos en el
Registro Único Tributario — RUT. Permite individualizar a los
contribuyentes y usuarios, para todos los efectos en materia
tributaria, aduanera y cambiaria y en especial para el
cumplimiento de las obligaciones de dicha naturaleza. El NIT se
puede encontrar en los siguientes documentos que sirven para
para la ejecución de los trámites:
1. Certificado de existencia y representación legal demuestra
algunos aspectos relevantes de una sociedad comercial,
tales como la antigüedad, objeto social, domicilio, número y
nombre de los socios, monto del capital, nombre del
representante legal, facultades que éste tiene para
comprometer y obligar a la sociedad, fecha de extinción,
etc.
Las personas naturales que actúan en representación de
personas jurídicas (Representante legal) en la realización de
trámites, conservan el perfil de personas jurídicas.
12
Documentos de identificación válidos en
Colombia
El Certificado de existencia y
representación legal, según Decreto Ley 019
de 2012, NO DEBE SER SOLICITADO AL
USUARIO.
TIP
CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS
Colombianos
Extranjeros
2. Certificado de matrícula mercantil: Identificación del
comerciante y de su establecimiento de comercio, así como
medio de prueba de existencia de uno y de otro.
3. Registro Único Tributario - RUT: Constituye el mecanismo único
para identificar, ubicar y clasificar a las personas y entidades
que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del
impuesto de renta y no contribuyentes declarantes de
ingresos y patrimonio, los responsables del régimen común, los
pertenecientes al régimen simplificado, los agentes
retenedores, los importadores, exportadores y demás usuarios
aduaneros; y los demás sujetos de obligaciones administradas
por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.
Dando cumplimento con el Articulo 41 del Decreto Ley 019 de
2012 es competencia del Departamento Administrativo de la
Función Publica –DAFP, velar por la permanente estandarización
de los trámites de la Administración Pública y verificar su
cumplimento cuando se inscriben en el SUIT, por lo que este
sistema permite registrar Formatos Integrados - FI, basados en
modelos.
La estandarización corresponde a los trámites y otros
procedimientos administrativos de cara al usuario que son similares
o equivalentes y aplican a diferentes instituciones.
Se pueden fusionar trámites u otros procedimientos
administrativos de cara al usuario, cuando se cumple con los
siguientes criterios:
1. Si la norma que los soporta es la misma
2. Si el resultado que se obtiene es el mismo
3. Si los momentos son iguales
4. Si no existe una excepción dentro de otra excepción
13
CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS
Criterios de fusión
Estandarización
Los trámites creados a partir del 8 de julio de 2005, deben pasar
por aprobación del Departamento Admirativo de la Función
Pública - DAFP, quien determina la posibilidad de registro de este
en el SUIT, según lo establecido en la Ley 962 de 2005, Titulo I,
Artículo 1, Numeral 2 que dice:
“Procedimiento para establecer los trámites autorizados por la Ley.
<Numeral modificado por el artículo 39 del Decreto Ley 019 de 2012>
Las instituciones públicas y los particulares que ejercen una función
administrativa expresamente autorizada por la Ley para
establecer un trámite, deberán previamente someterlo a
consideración del Departamento Administrativo de la Función
Pública –DAFP, adjuntando la manifestación del impacto
regulatorio, con la cual, se acreditará su justificación, eficacia,
eficiencia y los costos de implementación para los obligados a
cumplirlo; así mismo, deberá acreditar la existencia de recursos
presupuestales y administrativos necesarios para su aplicación. En
caso de encontrarlo razonable y adecuado con la política de
simplificación, racionalización y estandarización de trámites, el
Departamento Administrativo de la Función Pública DAFP,
autorizará su adopción e implementación”.
El ámbito de aplicación de las normas antitrámites como son
la Ley 962 de 2005 y el Decreto Ley 019 de 2012, preceptúan
que las mismas aplican a todos los organismos y entidades de
la Administración Pública que ejerzan funciones de carácter
administrativo y a los particulares cuando cumplan funciones
administrativas.
De conformidad con el artículo 39 de la Ley 489 de 1998, la
administración pública está conformada por los organismos
de la rama ejecutiva del poder público y por todos los demás
organismos y entidades de naturaleza pública que de manera
permanente tienen a su cargo el ejercicio de actividades y
funciones administrativas o la prestación de servicios públicos
del Estado Colombiano.
La regla general es que la rama del Estado Colombiano que
ejerce funciones administrativas es la ejecutiva, sin embargo
las demás ramas y organismos también pueden ejercerlas (Ej.
expedición de tarjeta profesional de abogado a cargo de las
salas administrativas del Consejo Superior de la Judicatura,
institución que hace parte de la rama judicial ).
14
Trámites creados a partir de julio 08 de2005
CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS
Procedimientos que no se realicen en
ejercicio de funciones administrativas
No son objeto de registro en el SUIT
En un estado unitario como el colombiano, si bien existe una
división de poderes, es evidente la preeminencia de la Rama
Ejecutiva o Administrativa, dado que a través de ésta se diseñan,
implementan y controlan las acciones orientadas a cumplir con
los fines esenciales del Estado. El artículo 209 de la Constitución
Política de Colombia, establece que: “La función administrativa
está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con
fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia,
economía, celeridad, imparcialidad y publicidad mediante la
descentralización, la delegación y la desconcentración de
funciones”.
¿Qué es entonces la función administrativa? Es el conjunto de
tareas desempeñadas por las autoridades públicas, y por algunos
particulares autorizados por el Estado, que deben propender
principalmente por proporcionar servicios y satisfacer las
necesidades de toda la población, para lograr el desarrollo físico,
intelectual y moral de todos los colombianos; impulsar y propiciar
por el progreso y el crecimiento económico, social, cultural,
educativo y de salubridad, mediante la elaboración de planes de
desarrollo y proyectos específicos de cada municipio y distrito.
La función administrativa se desarrolla mediante las siguientes
herramientas: desconcentración, delegación y descentralización.
Fuente: Manual elementos básicos sobre el Estado Colombiano. Departamento Nacional
de Planeación - DNP . Febrero de 2010. Página 23
15
Qué es función administrativa?
CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS
Teniendo en cuenta lo anterior, se concluye que no son objeto de
registro en el SUIT:
a. Los procesos, demandas y en general los actos derivados de la
actividad jurisdiccional (Rama Judicial)
b. Las actuaciones desarrolladas en ejercicio de la actividad
legislativa del Estado (Rama legislativa)
c. Procedimiento disciplinario y fiscal que adelantan la
Procuraduría y Contraloría respectivamente (Art. 2 de la Ley 962
de 2005 - órganos de control)
d. Las actuaciones desarrolladas por particulares que no sean en
ejercicio de funciones administrativas.
Los trámites que se realicen en desarrollo de los procesos
estratégicos, de apoyo y de evaluación de las instituciones, no son
objeto de registro en el Sistema Único de Información de Trámites –
SUIT. Solo se registran los trámites desarrollados en procesos
misionales. Se definen en el Sistema de Gestión de Calidad las
diferentes categorías de los procesos de la siguiente manera:
1. Procesos Estratégicos (también denominados gerenciales):
Incluyen procesos relativos al establecimiento de políticas y
estrategias, fijación de objetivos, provisión de comunicación,
aseguramiento de la disponibilidad de recursos necesarios y
revisiones por la Dirección.
2. Procesos de Apoyo (también denominados procesos de
soporte): Incluyen todos aquellos procesos para la provisión de
los recursos que son necesarios en los procesos estratégicos,
misionales y de evaluación, análisis y mejora.
3. Procesos de evaluación, análisis y mejora: Incluyen aquellos
procesos necesarios para medir y recopilar datos destinados a
realizar el análisis del desempeño y la mejora de la eficacia y
la eficiencia. Incluyen procesos de medición y seguimiento,
auditoría interna, acciones correctivas y preventivas, y son una
parte integral de los procesos estratégicos, de apoyo y los
misionales.
4. Procesos Misionales (también denominados procesos clave,
de prestación del servicio, procesos esenciales): Incluyen todos
los procesos que proporcionan el resultado previsto por la
entidad en el cumplimiento de su objeto social o razón de ser.
16
CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS
Procedimientos administrativos que no sean mi-
sionales
Fuente: Guía de Diseño para Implementar el Sistema de Gestión de la Calidad bajo la
Norma Técnica de Calidad para la Gestión Pública NTCGP 1000:2004. Departamento
Administrativo de la Función Pública - DAFP. 2007. Página 16
De lo anterior se deduce que no son objeto de registro en el SUIT:
a. Los procedimientos administrativos sancionatorios: En ejercicio
de la potestad disciplinaria interna de la administración
pública.
b. Los procedimientos administrativos recursivo o de
impugnación, entendidos estos como los recursos susceptibles
de ser interpuestos contra aquellas decisiones de la
administración pública.
c. Procedimientos administrativos internos y los trámites
generados por clientes internos de la institución: En las
entidades existen dos tipos de clientes, externos (población y
organismos del estado) e internos (trabajadores de las
instituciones). Se registran solo los trámites o procedimientos
administrativos direccionados a clientes externos.
Teniendo en cuenta que en desarrollo de la fase de interacción
del Programa Gobierno en Línea, cada entidad en su página
web, debe habilitar un botón o enlace de contacto que permita
el ingreso, identificación, características, requisitos y plazos de
respuesta de cada tipo de solicitud, de acuerdo con el Código
de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo, lo que permite facilitar la comunicación entre las
entidades y los ciudadanos, por lo que las PQRD’S, no son objeto
de inscripción en el SUIT, sino que éstas, son manejadas dentro de
la estrategia de Gobierno en Línea en los portales de cada una
de las entidades
Las autoridades de policía ejercen función jurisdiccional y las
providencias que dicten son actos jurisdiccionales. Esta
asignación especial de atribuciones jurisdiccionales a las
autoridades policivas se aviene con el precepto constitucional
del artículo 116 inciso 3, según el cual "excepcionalmente la ley
podrá atribuir función jurisdiccional en materias precisas a
determinadas autoridades administrativas".
17
Procedimientos policivos
CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS
Peticiones, quejas, reclamos, denuncias -
PQRD
Aunque las autoridades que ejercen funciones de policía (Ej.
Inspectores de Policía) se encuentren dentro de la administración
pública, no todas sus actuaciones son administrativas. Existen
algunas actuaciones que desarrollan en ejercicio de atribuciones
jurisdiccionales (ej. querellas policivas para amparar la posesión,
la tenencia, las servidumbres y en general todos los derechos
reales legalmente constituidos) que se encuentran regidas por los
Códigos de Policía y Código General del Proceso, no por el
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo.
Entendidas como la infracción a las normas de menor gravedad
que los delitos. Las contravenciones son conductas reprochables
que se encuentran descritas en el Código Penal, Nacional de
Policía y Nacional de Tránsito. Cuando hablamos de una
contravención estamos hablando siempre de un acto que está
tipificado en el derecho y que supone un tipo de castigo o
sanción para aquel que la lleva a cabo. Al ser un proceso
sancionatorio, no son objeto de registro en el SUIT. Las conductas
punibles se dividen en delitos y contravenciones.
Los documentos, contratos y en general los actos derivados de la
actividad precontractual, contractual y poscontractual no son
objeto de registro en el SUIT, teniendo en cuenta que de
conformidad al artículo 3 de la Ley 1150 de 2007, se desarrolló el
Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP que
sirve de punto único de ingreso de información y de generación
de reportes para las entidades estatales y la ciudadanía y cuenta
con la información oficial de la contratación realizada con
dineros públicos. El Portal Único de Contratación se constituye
como la Fase Informativa del SECOP. Por lo tanto, los actos
derivados de la actividad contractual no son objeto de registro,
ya que existe un sistema que cumple con ésta función.
Además, de conformidad con la definición del contrato
establecida por el Código Civil en sus artículos 1494 y 1495, es una
fuente de las obligaciones ya que las mismas nacen del concurso
real de las voluntades de dos o más personas y es un acto por el
cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer
alguna cosa. Entonces, cada contrato es una situación particular
y propia teniendo en cuenta el acuerdo de voluntad que
suscriben las partes.
Según el inciso primero del artículo 34 del Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo,
los procedimientos administrativos se adelantarán por escrito,
verbalmente, o por medios electrónicos. Para que se active la
relación entre el usuario y el Estado, debe existir una solicitud,
actuación o pasos que den inicio al procedimiento
administrativo. Por lo tanto, los procedimientos que adelanten las
18
Contravenciones
CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS
Procedimientos que se adelanten de oficio o
en revisión
Procedimientos adelantados en la contrata-
ción pública
autoridades de oficio o en revisión no son objeto de registro en el
SUIT. (Ej. Cobro coactivo que adelanta el Fondo Nacional del
Ahorro cuando un deudor se atrasa en el pago de las cuotas de su
crédito hipotecario de vivienda).
Procedimientos con una serie de etapas, a través de las cuales las
personas que se encuentran involucradas en un conflicto desistible,
transigible o determinado como conciliable por la ley, encuentran
la manera de resolverlo a través de un acuerdo satisfactorio para
ambas partes con la ayuda de un tercero neutral y calificado
denominado conciliador. Los conciliadores pueden ser: Jueces de
la República, abogados y estudiantes adscritos a los consultorios
jurídicos de las facultades de derecho, Superintendente de Industria
y Comercio, Notarios, Defensor del Pueblo, Inspectores de trabajo,
Defensores y Comisarios de Familia, Agentes del Ministerio Público
de la jurisdicción respectiva o rama especializada del derecho y
Personeros, para algunos casos. Además, el Defensor del cliente
para los litigios con entidades financieras y bancarias. Puede ser
judicial, extrajudicial, en derecho y en equidad.
Se concluye que la conciliación no es objeto de registro en el SUIT
por lo siguiente:
1. No se adelanta en ejercicio de funciones administrativas. Es un
requisito de procedibilidad para acudir ante la jurisdicción civil,
administrativa y de familia (funciones jurisdiccionales).
2. El resultado no depende del conciliador sino de los acuerdos
de las partes intervinientes.
El cumplimiento de las decisiones judiciales no es trámite ni otro
procedimiento administrativo. Todas las instituciones del estado
tienen el deber de acatar los fallos judiciales, sin entrar a evaluar
si ellos son convenientes u oportunos. La autoridad judicial ordena
directamente a la autoridad administrativa sobre el cumplimiento
de la decisión judicial (Ej. Cancelar el Registro Sindical por Orden
Judicial - Ministerio del Trabajo).
La mayoría de instituciones públicas tienen atribuidas dentro de
sus funciones misionales las de asesorar, capacitar, acompañar y
apoyar cuando sean requeridas por sus usuarios y funcionarios, en
los asuntos propios de su competencia y facultades otorgadas
por el ordenamiento jurídico, para lograr una mayor eficiencia y
eficacia de la administración.
Por ser funciones inherentes a las instituciones del Estado, no es
necesario registrarlas en el SUIT como trámites u otros
procedimientos de cara al usuario.
Sin embargo, en algunas instituciones como el Servicio Nacional
de Aprendizaje - SENA, los entes autónomos universitarios y la
Escuela Superior de Administración Pública - ESAP, la razón de ser
de las mismas es ofrecer y realizar programas de capacitación. En
estos casos son objeto de registro en el SUIT los procedimientos
19
Conciliaciones en general
CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS
Asesorías, capacitaciones, acompañamiento
y apoyo en asuntos de competencia de las
instituciones públicas
Cumplimiento de orden judicial
administrativos de cara al ciudadano para acceder a los
programas de capacitación por ser procesos misionales.
Las instituciones del Estado en la implementación de la estrategia
de Gobierno en Línea, proveen en línea información en sus propias
páginas web. El contenido mínimo del sitio Web es acerca de la
institución, normatividad, presupuesto, políticas, planes, programas
y proyectos institucionales, trámites y servicios, contratación,
control y rendición de cuentas y, servicios de información.
Por otro lado, de acuerdo con las normas antitrámites el Sistema
Único de Información - SUIT, se define como la fuente única y
válida de la información de los trámites y procedimientos
administrativos de cara al ciudadano que las instituciones del
Estado ofrecen a la ciudadanía.
Por lo anterior, los procedimientos administrativos que no sean
objeto de registro en el SUIT, pueden ser divulgados en las páginas
web de las instituciones, así como el acceso a la información
relacionada con enlaces de interés nacional e internacional,
revistas electrónicas, boletines, normas, publicaciones, noticias,
guías, etc.
En las bibliotecas tradicionales los libros se encuentran realizados
en papel y en las virtuales en formatos de textos digitalizados.
Dentro de la política del DAFP, se considera que los servicios de las
bibliotecas ya sean virtuales o presenciales, no deben ser objeto
de registro en el SUIT, con la salvedad que aquellas instituciones
(Ej. Biblioteca de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño,
Biblioteca Pública Virgilio Barco) si deben registrar los
procedimientos administrativos que tengan de cara al ciudadano
por ser procesos misionales.
Ejemplos de procedimientos que no se deben registrar en el SUIT:
 Librería Virtual Agropecuaria - Corporación Colombiana de
Investigación Agropecuaria -CORPOICA
 Consulta Biblioteca Agropecuaria de Colombia (BAC) -
Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria –
CORPOICA
 Consulta Virtual Centro de Excelencia Fitosanitaria - ICA
 Consulta Biblioteca Agropecuaria de Colombia – ICA
 Consulta del material bibliográfico del Centro de
Documentación Arcadio Plazas - Dirección de Derechos de
Autor
20
Consulta de información página web de las
instituciones públicas
CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS
Consulta bibliotecas ya sea virtual o presen-
cial
Sistema de Información y Gestión del Empleo
Público –SIGEP
El SUIT está integrado con el Subsistema de Organización
Institucional del Sistema de Información y Gestión del Empleo
Público - SIGEP.
Dicha integración consta de los módulos que permiten gestionar
los datos que identifican y caracterizan las instituciones y los
organismos del Sector Público, como son: nombre, sigla,
identificación, clasificación orgánica, orden, departamento,
municipio, sector, nivel, naturaleza jurídica, entre otros, los que
son suministrados por el SIGEP al SUIT de forma automática.
Lo anterior indica que, para que una institución pública registre,
consulte, gestione o racionalice trámites en el SUIT, debe contar
con el pre-requisito de estar registrado en el SIGEP, ya que desde
el SUIT no es posible la creación de instituciones públicas.
Si la institución no se encuentra registrada en el SIGEP, puede
solicitar información del proceso de inclusión al correo
electrónico soportesigep@dafp.gov.co o a los números:
En Bogotá:
Directo: 3360710
Conmutador: 3344080 Ext 176 o 212
A nivel nacional:
018000917770
Entonces, se entiende como sede el edificio o punto
geográfico que la institución ingresó en SIGEP y que
comparte con SUIT. Una institución solo podrá tener una
única sede, ésta es entendida como ubicación principal de
la institución. La actualización de los datos de la sede se hace
directamente en el SIGEP y posteriormente se verán reflejados
en el SUIT.
Un punto de atención, es todo lugar propio de la institución,
compartido, alquilado o de un tercero, donde el usuario
puede dirigirse a recibir información, ejecutar u obtener el
producto o servicio del trámite a realizar.
La administración de los puntos de atención (creación,
edición y eliminación) se realiza desde el SUIT, ingresando por
la opción “Gestión de puntos de atención” que se
encuentra en el menú de la aplicación.
21
INTEGRACIÓN CON OTROS SISTEMASINTEGRACIÓN CON OTROS SISTEMASINTEGRACIÓN CON OTROS SISTEMAS
DE INFORMACIÓNDE INFORMACIÓNDE INFORMACIÓN
SIGEP sirve de apoyo a las instituciones en los procesos
de planificación, desarrollo y la gestión del recurso
humano al servicio del Estado. Adicionalmente,
suministra la información necesaria para la formulación
de políticas de organización institucional y recursos
RECOMENDACIONESRECOMENDACIONESRECOMENDACIONES
Con el fin de propender por una escritura unificada para el
registro de los procedimientos administrativos en el Sistema Único
de Información de Tramites - SUIT, se establecen los siguientes
lineamientos, los cuales deben ser tenidos en cuenta y usados en
su totalidad:
Los campos obligatorios se encuentran marcados en el sistema
con el símbolo “ * ”. En caso de no diligenciar uno de los
campos que se encuentre marcado con éste símbolo, el
sistema no permitirá continuar con el registro del procedimiento
administrativo.
El SUIT 3.0, al ser un sistema de información desarrollado en su
totalidad en tecnología WEB, está en la capacidad de utilizar las
funcionalidades que los navegadores como Mozzilla Firefox,
Google Chrome, Internet Explorer, Zafari, entre otros, ponen a
disposición de todas aquellas personas o aplicaciones que
utilicen sus navegadores.
El SUIT 3.0 utiliza de los navegadores el “Corrector ortográfico”, el
cual se recomienda activar y usar para que los trámites no
muestren errores de ortografía.
Cada navegador tiene su forma de activar dicha herramienta.
A continuación se explican los pasos de cómo hacerlo en los
navegadores más comunes:
 Activación ortográfica para el navegador Google Chrome:
1. Entrar a la configuración de Google Chrome
2. Hacer clic en la opción de “Configuración”
3. Hacer clic en la opción de “Mostrar opciones
avanzadas”
4. Buscar la opción de “Idioma” y hacer clic en el botón
de “Configuración de idiomas y del corrector
ortográfico…”
5. En la ventana que abre el navegador, verificar que
esté activa la opción de “Habilitar la opción
ortográfica”, que se encuentra en la parte inferior de
la ventana; de lo contrario actívela.
22
Campos obligatorios
Corrector ortográfico
RECOMENDACIONESRECOMENDACIONESRECOMENDACIONES
 Activación ortográfica para el navegador Mozilla Firefox:
1. Hacer clic en la opción de “Herramientas”
2. Hacer clic en la opción de “Opciones”
3. Hacer clic en la opción de “Avanzado”
4. En la pestaña “General” verificar que se encuentre
activa la casilla de “Comprobar la ortografía mientras
se escribe”; de lo contrario actívela.
 Activación ortográfica para el navegador Internet Explorer:
Este navegador es el único que no tiene dentro de sus
herramientas un corrector ortográfico incluido. Para poder
hacer uso de un corrector ortográfico, se debe hacer la
instalación de uno.
Se recomienda la descarga e instalación del software
gratuito “Speckie”, el cual se complementa
adecuadamente con este navegador.
Speckie solo trae por defecto el diccionario para “Inglés”,
de modo que cuando escriba cualquier palabra dentro
del Formato Integrado del Trámite - FIT la marcará como
error.
Para instalar el diccionario en “Español” debe realizar los
siguientes pasos:
1. Hacer clic sobre cualquier palabra resaltada como
error.
23
2. Hacer clic sobre la opción de “Configuración Speckie”.
3. De la sección de “Directorios instalados”, hacer clic en el
botón de “Obtener más diccionarios”
4. Seleccionar de la lista el diccionario “Spanish (Español)”
5. Hacer clic en la opción de “Instalar”
Una vez se hayan realizado los pasos descritos, el diccionario
quedará configurado y listo para usarse.
 Utilizar verbos en infinitivo:
 No utilizar gerundios:
 Evitar el uso de complementos que no agregan valor
24
Al momento de escribir
Escriba No escriba
Diligenciar el formulario Diligenciando el formulario
Escriba No escriba
Debe acercarse a la
oficina
Debe acercarse a la ofici-
na más cómoda para su
desplazamiento
Escriba No escriba
Firmar el documento Firmado el documento
RECOMENDACIONESRECOMENDACIONESRECOMENDACIONES
 Evitar el uso de extranjerismos
 Evitar escribir siglas
 Evitar el uso de adjetivos
 Evitar escribir en mayúscula sostenida
 Escribir en un lenguaje claro
Definición:
Es un método de comunicar información que busca
garantizar claridad y efectividad en la comunicación entre los
servidores públicos y los ciudadanos, guiado por los principios
de claridad, cercanía y estructura de la información. La
información deberá ser presentada siempre de tal manera
que el lector entenderá un texto a la primera lectura.
25
Escriba No escriba
Departamento Administra-
tivo de la Función Pública
DAFP
Escriba No escriba
Formulario diligenciado Formulario debida y com-
pletamente diligenciado
Escriba No escriba
Lista de verificación Check list
RECOMENDACIONESRECOMENDACIONESRECOMENDACIONES
Escriba No escriba
Solo se recibirán las solicitudes
que cumplan con todos los
requisitos exigidos en esta con-
vocatoria y con las fechas lími-
te para recibir los documentos
Por ningún motivo, se recibirán soli-
citudes que no cumplan estricta-
mente con la totalidad de los requi-
sitos exigidos en esta convocatoria
y con las fechas límite de recepción
de documentos
Escriba No escriba
Licencia de conducción LICENCIA DE CONDUCCIÓN
Ingresar a www.suit.gov.co con el usuario y contraseña asignada
por el sistema, a través de un correo cuyo remitente es Info Suit
(info_suit@dafp.gov.co), previa solicitud a la mesa de ayuda del
SUIT (soportesuit@dafp.gov.co) en el caso de los Jefes de
Planeación o la creación de usuarios realizada por el Jefe de
Planeación, en el caso de los Administradores de Trámites.
Dar click sobre la flecha en el menú “Ingresar al SUIT”.
Digitar el usuario, contraseña y el captcha para iniciar sesión:
Una vez logeado, el sistema muestra los módulos de
Administración, Formato Integrado y Reportes, los cuales se
describen a continuación:
INGRESOALSISTEMAINGRESOALSISTEMAINGRESOALSISTEMA
Módulo orientado a los Jefes de Planeación o quien haga sus
veces, el cual comprende las siguientes opciones de menú:
Avance institución, Gestionar usuario y Gestionar formularios.
Avance Institución
(vista del Sistema con el rol Jefe de Planeación y Administrador de Trámites)
Muestra la información básica de la entidad como nombre,
dirección, teléfono, sitio web, así como el avance porcentual
de la institución en Gestión de usuarios, Gestión de formularios
y Gestión inventarios.
MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
 Gestión de usuarios: Muestra los usuarios del sistema que
se han creado en la institución
 Gestión de formularios: Lista los formularios que la
institución tiene disponibles para el registro de los Formatos
integrados.
Por esta misma opción, también se puede consultar la gestión
de otra institución.
MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
Gestionar Usuario
(vista del Sistema con el rol Jefe de Planeación)
El Departamento Administrativo de la Función Pública -DAFP,
inicialmente crea el único usuario de cada institución (Jefe de
Planeación), quien a su vez tiene el rol de “Administrador de
usuarios” (crear los demás usuarios responsables del registro de
los Formatos integrados de la institución) y, la responsabilidad de
la administración de la información contenida en el sistema.
El “Administrador de usuarios” tiene la potestad de crear y
desactivar en el sistema los Administradores de Trámites, y si
además requiere permisos para registrar trámites, se debe crear
un usuario con el rol de “Administrador de trámites”, siguiendo las
Políticas (archivo pdf) y el procedimiento de creación de usuarios
descrito a continuación:
Procedimiento para creación de usuarios de Instituciones
Dar clic en la opción del menú Gestionar usuario - crear usuario
MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
Aparece la siguiente pantalla: En el campo Información de la Cuenta, digitar el usuario, número
de la clave, contraseña o password y volver a digitar el número
de la clave para confirmar la operación.
Nota: Por seguridad, al utilizar por primera vez el sistema se
recomienda cambiar la contraseña, de acuerdo con las Políticas
de creación de usuarios (archivo pdf).
A continuación, llenar todos los campos de Información del
usuario, recolectada previamente.
Campos Obligatorios:
Para la creación de usuarios son obligatorios los campos de
Identificación, Nombre, Apellido, Departamento donde domicilia,
Municipio donde domicilia, Correo electrónico institucional y
teléfono.
GESTIÓNDEUSUARIOSGESTIÓNDEUSUARIOSGESTIÓNDEUSUARIOS
MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
El correo electrónico personal, la extensión y el teléfono celular
son opcionales.
En la opción Roles, seleccionar o marcar el rol de “Administrador
de trámites” para el registro de trámites en el SUIT o “Consultante
de la entidad”, que como su nombre lo indica, le permite a este
usuario informarse sobre los contenidos de la institución en el
sistema.
Dar clic en el botón con el símbolo más para crear el usuario
1. Política para los nombres de usuarios
Al crear cualquier usuario, debe tener a mano:
 Los nombres y apellidos completos de la persona
 Número de documento de identificación (ejemplo: cédula de
ciudadanía)
 Teléfono fijo y/o extensión
 Teléfono celular
 Correo electrónico institucional y el personal
Para crear el usuario con los datos que ya tiene, siga las siguientes
indicaciones:
 Escribir la primera letra del primer nombre en mayúscula
 Luego, escribir el primer apellido completo (*)
 Y luego, escribir los tres últimos dígitos del documento de
identificación.
GESTIÓNDEUSUARIOSGESTIÓNDEUSUARIOSGESTIÓNDEUSUARIOS
En caso de presentarse homónimos, es decir, que el sistema informa
que ese usuario ya existe, tener en cuenta:
 Después de la primera letra del nombre, escribir la primer letra
del segundo nombre, seguido por el primer apellido completo
(*).
 Si sigue existiendo duplicidad, escribir la primera letra del
nombre, escribir la primera letra del segundo nombre, seguida
por el primer apellido completo(*) y la primera letra del segundo
apellido.
(*) Nota: Los apellidos que contengan la letra “ñ” no podrán
escribirse con esa letra puesto que hay teclados que son en inglés y
no en español.
Si la persona sólo tiene un nombre y existe duplicidad:
 Escribir la primera letra del nombre en mayúscula, seguido por el
primer apellido completo y la primera letra del segundo apellido.
En la Institución ABC, se crearán dos usuarios que utilizarán SUIT,
para lo cual, el encargado de ello al interior de la Institución,
recolectó la información y obtuvo los datos de un usuario de la
oficina de Sistemas:
Nota: Para la creación los campos obligatorios son: identificación,
Nombre, Apellido, Departamento, Municipio, Correo institucional
y teléfono.
El responsable de generar los usuarios, crea el usuario de la
Oficina de Sistemas siguiendo la política de la siguiente manera:
Dperalta354
El mes siguiente llega otra solicitud de creación de usuario para
SUIT, el responsable de la Institución ABC recolecta los datos de la
nueva persona de la Oficina de Planeación, obteniendo en su
bitácora la siguiente información:
En este caso, los dos usuarios tienen su nombre que comienza por
la letra “D”, el mismo primer apellido y los tres últimos números de
su documento de identificación igual, ¿entonces el segundo
usuario cómo lo crea? Siguiendo la política lo crea de la siguiente
manera:
MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
Ejemplo
DPperalta354 Adiciona la inicial del segundo nombre
A los tres meses llega otra solicitud de creación de usuario para
SUIT, el responsable de la Institución o Dependencia ABC,
recolecta los datos de la nueva persona de la oficina de Servicio
al Cliente, obteniendo en su bitácora la siguiente información:
En este caso, los tres usuarios tienen su nombre que comienza por
la letra “D”, el mismo primer apellido y los tres últimos números de
su documento de identificación igual. El segundo y tercer usuario
tienen su segundo nombre comenzando por la misma letra, la “P”,
entonces ¿cómo lo crea el tercer usuario?. Siguiendo la política lo
crea de la siguiente manera:
DPperaltaS354 Adiciona la inicial del segundo nombre y
apellido
2. Política para el manejo de usuarios por parte
de la institución
Las personas responsables en la institución, entidad u organización
de la creación de los usuarios con rol de “Administrador de
Trámites”, es decir quienes registrarán los trámites en el SUIT 3.0
deberán tener en cuenta:
1. Llevar un control de los usuarios creados del SUIT 3.0.
2. Velar porque los usuarios cambien periódicamente su
contraseña, principalmente porque cambien la primera
contraseña asignada cuando se crea el usuario.
3. Inactivar los usuarios cuando salgan de vacaciones o cuando
se retiren de la Institución.
4. Llevar un control de los usuarios creados e inactivados.
5. Reportar problemas a la Mesa de Ayuda del SUIT, en caso de
tener inconvenientes con su usuario ó con los que cree.
6. Reportar a la Mesa de Ayuda en caso de vacaciones u otro
motivo de ausencia, el reemplazo del rol de “Administrador de
Usuarios”. Esto para que otra persona pueda crear
“Administradores de trámites” durante la ausencia.
MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
3. Política para el manejo de claves
Por primera vez
Todo usuario que se cree por primera vez, debe tener una
contraseña, password o clave con las siguientes indicaciones:
 Contener letras y números
 Ser de mínimo 8 caracteres
Esta clave le será notificada al usuario al correo electrónico
institucional, ingresado en el sistema.
Periódicamente
Todo usuario debe cambiar su contraseña periódicamente
teniendo en cuenta las siguientes indicaciones:
 Clave de fácil recordación
 Clave con letras y números intercalados
 Clave de mínimo 8 caracteres
 No anotar la clave en un papel cerca a su escritorio
 No divulgar o dar a conocer a otros su clave
Responsabilidades de usuarios y claves
Las responsabilidades de los usuarios del SUIT son:
 Responsabilizarse de las acciones realizadas en el sistema
con el usuario asignado.
 Debe ser personal e intransferible.
 Seguir las políticas de manejo de usuarios de la Institución.
 Seguir las políticas sugeridas por el DAFP en cuanto a
claves y usuarios para el SUIT 3.0.
 Informar su retiro por vacaciones, incapacidad o
cancelación de contrato, para que el usuario sea
inactivado y no entregarlo a la persona que lo
reemplace.
MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
4. Procedimientos
Para cambiar la clave
Al utilizarse el sistema por primera vez, debe cambiarse la
contraseña, password o clave desde la opción Mi cuenta
Dar clic en Cambiar contraseña
Digitar la clave asignada por el sistema
Digitar la nueva clave con las siguientes consideraciones:
 Clave de fácil recordación
 Clave con letras y números intercalados
 Clave de mínimo 8 caracteres
MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
Gestionar Formularios
Un formulario es un elemento que permite la recolección de datos
introducidos por un usuario para gestionar un trámite u otro
procedimiento. Por tanto, no se considera formulario a los registros
que son utilizados únicamente para la validación de datos del
usuario.
Este módulo tiene como propósito indicar el procedimiento para
cargar en el SUIT los formularios que se requieren para el registro
de los formatos integrados, los cuales están clasificados en tipo A
y tipo B, soportado en el siguiente marco normativo:
 Decreto 2150 de 1995, artículos 23 y 24
 Ley 962 de 2005, artículos 4, 31, 43, 59 y 70
 Decreto Ley 019 de 2012, artículos 4, 11, 26 y 37
Formulario tipo B
Formulario único nacional de solicitud de trámites, definido
oficialmente y adoptado mediante norma, el cual es de
obligatoria utilización y aplicación en el territorio nacional. Debe
estar disponible para el usuario de forma gratuita y oportuna en
medio electrónico. Su modificación solo puede ser realizada
mediante otra norma. Este formulario puede ser utilizado por
varias instituciones que soliciten información de la misma
naturaleza y esté vinculado con sus trámites.
En la columna Acción, se visualiza la siguiente información del
formulario:
 Nombre del formulario
 Nombre de la institución que lo crea y su respetivo código
 Descripción
 La norma que crea el formulario
MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
Al dar clic en el botón del más se van adicionando los
formularios tipo B al inventario de formularios de la institución,
quedando disponibles para vincularlos con los formatos
integrados.
Formulario tipo A
Formulario que crea la institución para que el usuario realice los
trámites u otros procedimientos administrativos de cara al
usuario. Éste formulario solo aplica a la institución que lo crea y
puede ser modificado por la misma. Debe estar disponible para
el usuario de forma gratuita y oportuna en medio electrónico.
Crear formulario
Para la creación de los formularios tipo A y B se debe ingresar
por la opción CREAR FORMULARIO y registrar la siguiente
información solicitada :
 Código institución
 Nombre del formulario
 Descripción
 Anotaciones adicionales
MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
Tipos de Formularios
Dependiendo de la disponibilidad del formulario para el usuario,
se puede clasificar en descargable, diligenciable y transaccional.
Formulario descargable (Forma impresa)
Es el formulario habilitado por las instituciones para ser consultado
o descargado por el usuario. Pueden servir como referencia o
para ser impreso, diligenciado y presentado ante la institución
solicitante. Puede estar en archivos tipo TIFF, JPG, PNG, Open
Office, Word, Excel, Power Point, PDF. El formulario debe
corresponder con la versión del formulario físico que la institución
entrega para la realización del trámite o del procedimiento
administrativo de cara al usuario de manera presencial.
Formulario diligenciable
Es el formulario que se diligencia en línea a través de un
aplicativo, pero requiere ser impreso por el usuario y entregado
en forma presencial a la institución. Puede estar en archivos
tipo Word, Excel o PDF.
Formulario Transaccional
Es el formulario que se diligencia a través de un sistema de
información o aplicación en línea, sin necesidad que el usuario
lo imprima y lo lleve a la institución.
MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
Una vez el Jefe de Planeación o quien haga sus veces en la
Institución haya creado el Administrador de Trámites, éste ya
podrá ingresar y registrar los trámites u otros procedimientos
de cara al usuario — OPA así:
Dar clic sobre el botón FORMATO INTEGRADO.
En este módulo se encuentran las siguientes opciones en menú:
 Inicio
 Registrar Formato Integrado
 Gestionar Puntos de Atención
 Búsqueda de Formato integrados
En el Inicio se encuentra un semáforo con las siguientes
opciones que están dadas por color para hacer su respetiva
diferencia
 En creación (Gris): Trámites u Otro procedimiento -OPA que
la Institución ha iniciado a registrar y no les ha dado finalizar.
 Tareas pendientes (Rojo): Trámites u Otro procedimiento -
OPA que la Institución tiene para corregir, de acuerdo con
las observaciones que realiza el Asesor de Política.
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
Inicio
 Enviados para revisión: Trámites u OPA que la Institución ha
enviado al DAFP para verificación.
 Inscritos: Trámites u OPA que el DAFP ha aprobado y se
visualizan en el Portal del Estado Colombiano—PEC.
Por medio de la opción Inscritos se podrán ACTULIZAR los
Tramites u Otros procedimiento administrativos .
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
De acuerdo con los conceptos anteriormente expuestos, dar
clic sobre el botón que se desee inscribir según FORMATO
INTEGRADO. A continuación se describe cada uno de los
componentes del Formato Integrado que aplica tanto para
trámites como para otros procedimientos administrativos de
cara al usuario
Se pueden registrar Trámites u Otros Procedimientos- OPAS
únicos de la institución por la opción REGISTRAR.
En esta sección se encuentran las recomendaciones para el
diligenciamiento de los campos del Formato Integrado - FI
que tienen las políticas de uso en la sección de
“Descripción”. Tenerlas en cuenta y aplicarlas para un
registro exitoso y entendible para el usuario.
Escribir aquí el nombre del procedimiento administrativo de
la misma forma como es establecido en el fundamento legal
que lo crea. En caso que no lo diga de forma expresa, debe
ser redactado haciendo un análisis del fundamento legal.
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
Registro de Formato- Único
Nombre
Paso 1 DESCRIPCIÓN
Permite clasificar el nombre del procedimiento administrativo
por uno claro para el usuario, el cual debe estar relacionado
con el producto o servicio a obtener.
El nombre estandarizado está conformado por tres
elementos que son:
 “Acción” es un “verbo” que identifica la actuación del
usuario frente al producto o servicio a obtener.
El verbo que se utilice debe indicar claramente en qué
etapa del “ciclo de vida” se encuentra el producto o
servicio a obtener (inicio, - actualización, modificación,
cambio, etc… - fin).
 “Objeto” es una palabra que define o describe el
producto o servicio a obtener.
 “Complemento” palabras o conjunto de palabras que
proveen descripciones o detalles adicionales del
producto o servicio.
Escriba No escriba
Cédula de ciudadanía Expedición de documento de
identificación
Visa turista Visa visitante turista
Nombre estandarizado
Ejemplo
Acción Objeto Complemento
Expedición Cédula De ciudadanía
Expedición Visa Turista
Cancelación Matrícula De vehículo automotor por
destrucción total a causa
de un accidente de tránsito
Ejemplo
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
La redacción del propósito debe ser escrita respondiéndose
a la pregunta ¿Cuál es el objetivo del procedimiento
administrativo?. Debe dar al usuario una idea clara sobre la
finalidad del mismo. Debe ser breve y conciso.
Este campo contiene tres valores que son: “Totalmente”,
“Parcialmente” y “No disponible”.
 Si un procedimiento administrativo es desarrollado por el
usuario únicamente usando medios electrónicos, este
debe ser clasificado como “Totalmente”. Aquí el usuario
NO TIENE desplazamientos a algún punto de atención de
la Institución.
 Si un procedimiento administrativo es desarrollado por el
usuario únicamente de forma presencial, este debe ser
clasificado como “No disponible”
 Si parte de un procedimiento administrativo lo desarrolla
el usuario utilizando medios electrónicos y también de
forma presencial, este debe ser clasificado como
“Parcialmente”.
Se considera que es parcialmente en línea si el usuario
realiza alguna de estas acciones:
Escriba No escriba
Obtener el documento de
identificación a los
ciudadanos colombianos
que hayan cumplido
dieciocho años de edad
Si usted es mayor de 18 años
de edad debe solicitar la
cédula de ciudadanía ante
cualquier Registraduría
Autorización de ingreso y
permanencia en el país a
extranjeros que vayan a
realizar actividades de
descanso o esparcimiento
Autorización de ingreso y
permanencia en el país que
se otorgará al extranjero que
pretenda ingresar al país para
realizar actividades de
descanso o esparcimiento y
que requiera visa de turista
para ingresar y permanecer
temporalmente en Colombia.
La primera visa visitante turista
deberá tramitarse siempre en
los Consulados de Colombia
en el exterior.
Ejemplo
Propósito Se puede realizar por medios electrónicos
Parcialmente en línea
Diligenciamiento en línea de un formulario
Pago electrónico
Consulta en línea de la respuesta del trámite
Envío de requisitos por correo electrónico
Recibo de respuesta telefónicamente
Ejemplo
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
El nombre del resultado del procedimiento administrativo es
el producto o servicio que obtiene el usuario y debe ser
escrito teniendo en cuenta las siguientes recomendaciones:
 Respondiéndose a la pregunta ¿Qué obtiene el usuario al
finalizar el desarrollo del procedimiento administrativo?
 El resultado debe ser coherente con el nombre del
procedimiento administrativo
 Evitar denominarlo con la palabra “documento”
 Evitar negarlo y aceptarlo en la misma frase
Aquí la institución debe registrar las “Palabras” o “Frases” que
permita al usuario relacionarse o identificarse con el nombre
del trámite que desea realizar.
Estas “Palabras” o “Frases” son generalmente regionalismos,
adaptaciones culturales, o simplemente una forma mas fácil
de identificar el trámite.
Estas palabras son utilizadas por el sistema en el momento en
que el usuario hace la búsqueda del trámite desde un
buscador WEB (Ejemplo: google).
Ejemplo
Nombre del resultado
Escriba No escriba
Cédula de ciudadanía Documento de identificación
Visa turista Visa visitante turista en oficina
de visas en inmigración Co-
lombia
Examen reconocido Aprobación o negación de la
validez del examen
También se conoce como
Trámite También se conoce como
Licencia de conducción Pase
Tarjeta de reservista de se-
gunda clase
Libreta militar
Pensión de vejez Jubilación por vejez
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
Este debe ser el tiempo que toma la institución para la
ejecución del procedimiento administrativo en condiciones
normales y sin la consideración de excepciones.
Tenga en cuenta las siguientes características para
identificar si la obtención del resultado del desarrollo del
procedimiento administrativo es “inmediato”:
 Sucede enseguida y sin tardanza1
 El usuario obtiene el resultado (producto o servicio) una
vez termina de desarrollar el procedimiento
administrativo
 No hay tiempos de espera por parte del usuario, ni
cortos ni largos para obtener el resultado.
1 Definición de www.rae.es
Se especifica solo en el momento en que el tiempo de
obtención del producto o servicio es dado en “Días”.
Si el fundamento legal que soporta la adopción del
procedimiento administrativo NO hace referencia a que la
ejecución se realizará en días “Calendario”, se debe tomar
como días “Hábiles”.
Cuando el tiempo de obtención del producto o servicio es
dado en “Meses” y “Años” los días serán tomados como
“Calendario”
Aquí se ingresa información complementaria al tiempo de
obtención cuando existen excepciones o condiciones
particulares en la ejecución del procedimiento administrativo
por parte de la Institución.
Tiempo de obtención Hábil y calendario
Observaciones al tiempo de obtención
Obtención inmediata
Escriba
Si la expedición de la visa de turista se realiza en las oficinas
de inmigración en Colombia, el tiempo de obtención es de
un (1) día.
Ejemplo
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
Todos los procedimientos administrativos y las acciones y/o
condiciones que le son solicitadas al usuario deben estar
regulados mediante un fundamento legal, es decir, deben
estar claramente identificadas en alguno de los siguientes
tipos de normas:
El fundamento legal que debe ingresarse, es todo aquel que
hace referencia al trámite en lo concerniente a su: creación,
vigencia, características, requisitos (acciones y/o
condiciones), costo, aplicación, cobertura, etc…
NO deben incluirse normas que no tienen relación directa
con el trámite.
Si la norma que va a relacionar hace referencia al trámite en
una parte de su contenido, es necesario hacer la indicación
exacta de esta, ya que es de orientación y ayuda para el
usuario al momento de la consulta del fundamento legal.
La escritura adecuada de este campo debe tener la
siguiente estructura:
Tipos de normas
Acuerdo
Circular
Código
Decreto
Decreto Ley
Directiva
Documento Técnico
Estatuto
Ley
Norma Internacional
Ordenanza
Resolución
Escriba No escriba
Decreto Ley 19 2012 Constitución Política de
Colombia
Ejemplo
Títulos, capítulos o artículos
Paso 2 FUNDAMENTO LEGAL
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
 Escribir completa la palabra a la que se va a hacer
referencia (Titulo, Capitulo, Articulo)
 Hacer la separación de los títulos, capítulos y/o
artículos con una “coma”.
 El orden de ingreso es primero Títulos, después
capítulos, artículos, numerales, literales y por último
parágrafos
 La primera letra debe ir en “Mayúscula”
Todo fundamento legal, sin excepción del tipo de norma,
debe tener un soporte documental de forma que, tanto el
usuario como las personas encargadas de la revisión y
aprobación del trámite, puedan acceder al texto del
fundamento legal.
El soporte documental puede ser:
 Adjuntar archivo soporte: Aquí el usuario carga el archivo
que corresponde al fundamento legal que ingresó; el
archivo debe estar en formato PDF .
El tamaño que debe tener el archivo que se adjunte como
soporte no debe exceder las 10 Megas.
 URL de la norma: Aquí el usuario puede asociar la URL
(dirección WEB) en donde se encuentra en forma directa,
el texto del fundamento legal que se ingresa.
La URL que se ingresa para hacer referencia a la
visualización del fundamento legal, NO puede ser de
páginas WEB diferentes a las siguientes:
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
Escriba No escriba
Título 1, Capítulo 1, Artículos T 1, C 1, Art 4, 5 y 6
Ejemplo
Archivo soporte
Institución Páginas WEB
Presidencia de la República www.presidencia.gov.co
Senado de la Republica de www.senado.gov.co
Ministerios
Diario oficial www.imprenta.gov.co
Páginas institucionales de
las instituciones
Alcaldías, Gobernaciones,
descentralizadas y adscri-
tas, o instituciones dueñas
del tema
Si la norma que va a relacionar hace referencia al trámite en
todo su contenido, debe escribir la palabra “Todos”.
En esta sección se encuentra la información necesaria para
indicar al usuario “Dónde” y “Cuándo” puede realizar el
trámite frente a la institución.
Se debe seleccionar una única opción para indicar al
usuario en “Dónde” se puede realizar el trámite. Las opciones
disponibles son:
 Cualquier punto de atención de la institución: Se
selecciona esta opción cuando el usuario DEBE
acercarse a CUALQUIER punto de atención de la
Institución para ejecutar el trámite, sin importar su
ubicación o capacidad de atención.
 En un punto de atención específico de la institución: Se
selecciona esta opción cuando el usuario DEBE
acercarse a un punto ESPECÍFICO de la institución para la
ejecución del trámite.
Si selecciona la última opción “En un punto de atención
específico de la institución” debe seleccionar, de la lista
desplegable que ofrece el sistema, el punto de atención
específico en forma obligatoria.
NO es obligatorio el ingreso de las dos
formas presentadas para el “soporte
documental”, pero SÍ es obligatorio el
ingreso de mínimo una de las formas.TIP
Se recomienda que los documentos
escaneados se realicen a baja resolución.
En caso de que el documento ya
escaneado supere las 10 megas, se puede
utilizar el acrobat profesional para bajar la
resolución del archivo.
TIP
Paso 3 INFORMACIÓN EJECUCIÓN
Puntos de atención
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
A continuación se describen los pasos que se deben realizar
para obtener los datos de “Latitud” y “Longitud”, utilizando
aplicaciones gratis y de fácil uso.
Los pasos a seguir son:
1. Ingrese a http://maps.google.com/
2. En la barra blanca de búsqueda ingrese la dirección
del punto de atención.
3. Si la dirección ingresada fue encontrada, identificar en
el mapa el icono que representa la ubicación del
punto. Si no, navegar sobre el mapa y ubicar la
dirección deseada.
4. Hacer clic derecho sobre el punto
5. De las opciones que se presentan en el menú que se
desglosa, seleccionar la opción de What´s here? o Que
hay aquí?
Una vez seleccionada la opción, en la barra blanca de
búsqueda donde se ingresa la dirección, aparecerán los
valores en el siguiente orden: El primer valor indica la
“Latitud” y el segundo indica la “Longitud”.
Menú en inglés Menú en español
Latitud y longitud
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
Se debe seleccionar una única opción para indicarle al
usuario “Cuándo” se debe realizar el trámite. Las opciones
disponibles son:
 Cualquier fecha: Se selecciona esta opción cuando el
usuario puede ejecutar el trámite en CUALQUIER
MOMENTO sin restricción de fecha.
 Fechas específicas—Publicadas en su página WEB: Se
selecciona esta opción cuando para la ejecución del
trámite, el usuario DEBE cumplir con un calendario de
fechas específico.
Si la institución tiene publicado el calendario de fechas
para el trámite que se está ingresando en su página WEB
institucional y oficial, debe ingresar la URL (Dirección WEB)
que lleve de forma directa al calendario de fechas.
 Fechas específicas—Para ingresar manualmente: Se
leccionar esta opción cuando para la ejecución del
trámite el usuario DEBE cumplir con un calendario de
fechas específico. La institución ingresa en forma manual
cada una de las fechas con la siguiente información:
 Fecha inicial
 Fecha final
 Observaciones
Fechas especiales: Se selecciona esta opción cuando las
fechas de ejecución del trámite son irregulares y no están
compuestas por una fecha inicial y una final
Fecha de ejecución
Las “Fechas especiales” son una ayuda para
que el usuario con sus palabras escriba el
comportamiento de las fechas irregulares, pero
es posible que estas fechas sean ingresadas, en
su mayoría, también por la opción de “Fechas
específicas—Para ingresar manualmente”
TIP
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
Es muy importante la clasificación y la selección de los valo-
res de forma correcta ya que esta sección hace parte fun-
damental de los criterios de búsqueda que utiliza el usuario
para acceder a la información del trámite y de las estadísti-
cas que se generen para la alta gerencia
En esta sección el usuario debe indicar la Audiencia a la cual
le aplica o beneficia la ejecución del trámite.
.
Hay cuatro grupos de audiencias que presenta el sistema,
las cuales pueden ser combinadas entre sí:
 Instituciones públicas: La selección de esta opción indica
que el trámite lo pueden ejecutar instituciones que hacen
parte del sector público, las cuales se convertirían en
usuario del trámite.
 Ciudadano: Es toda persona natural, que tenga
nacionalidad colombiana ya sea por nacimiento o por
que fue adquirida y pueden ser menores o mayores de
edad. Con el fin de precisar esta clasificación y en
beneficio de reflejar estadísticas detalladas, se crearon
grupos que al momento de identificar que el trámite va
dirigido a alguno o muchos de estos, debe ser
seleccionado.
Grupos para “Ciudadano”
Infancia
Juventud
Adulto mayor
Grupos étnicos
Cabeza de familia
Personas en condición de discapacidad
Miembros Fuerzas militares y Policía
Desplazado
Víctima
Adulto
Paso 3 INFORMACIÓN EJECUCIÓN
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
 Organizaciones: La selección de esta opción indica que
el trámite está dirigido a organizaciones privadas o
mixtas. Al igual que la categoría de “Ciudadano”, esta
también cuenta con grupos de clasificación donde al ser
identificada su participación en el trámite debe ser
seleccionada la opción.
 Extranjeros: Son todas aquellas personas, empresas o
instituciones que se encuentran dentro del territorio
nacional y que no poseen la ciudadanía colombiana o
un documento que los identifique como persona jurídica
en Colombia. Si el trámite puede ser desarrollado por este
tipo de personas, debe seleccionar ésta opción
En las Situaciones de vida se describen algunas de las etapas
más representativas del ciclo de vida de una persona sea
esta ciudadano o extranjero, según los grupos de audiencia
que posee el sistema.
Si el trámite ingresado no se asocia a ninguna situación de
vida, debe ser seleccionado el valor de “Ninguno”.
Las situaciones de vida que se representan son:
Grupos para “Organizaciones”
Micro, pequeño y mediana empresa
Grandes empresas
Organizaciones sin ánimo de lucro
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
Situaciones de vida
Aunque no todos los trámites encajan en alguna de las
etapas listadas, es fundamental hacer la clasificación en
forma correcta porque esta hace parte de cómo el siste-
ma agrupa los trámites para optimizar las consultas por
parte del usuario.
Situaciones de vida
Me identifico
Me educo
Quiero vivienda
Pago impuestos
Me pensiono
Fallecimiento
TODO procedimiento administrativo debe estar relacionado
con mínimo uno y máximo dos temas. Los temas
seleccionados deben tener entre ellos alguna relación como
se muestra:
Los temas con los que cuenta el sistema son:
Temas
Agropecuario
Arte y cultura
Ciencia y tecnología
Deporte
Educación
Familia
Financiero
Impuestos
Medio ambiente
Migración e inmigración
Minas y energía
Movilidad y transporte
Salud
Seguridad y justicia
Servicios públicos
Subsidios
Turismo
Urbanismo
Vivienda
Identificación
Escriba No escriba
Tema 1: Vivienda
Tema 2: Subsidios
Tema 1: Vivienda
Tema 2: Deporte
Tema 1: Familia
Tema 2: Salud
Tema 1: Impuesto
Tema 2: Turismo
Ejemplo
Si tiene varios temas con los que pueda
asociar el trámite, oriéntese por el que el
usuario tenga más relación.
TIP
Una forma de identificar los temas con los
cuales asociar el trámite es el sector al que
pertenece la institución dueña del trámite
(para el caso que ésta sea nacional)
TIP
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
Paso 4 CLASIFICACIÓN TEMATICA
Esta sección contiene todo lo necesario para escribir en
forma clara y estandarizada lo que el usuario debe cumplir,
aportar, mostrar, acreditar, etc.. para la correcta ejecución
del trámite ante la institución. La definición de los siguientes
conceptos son básicos para el correcto ingreso de la
información:
La mejor forma de entender esta definición, es la respuesta a
la pregunta ¿Qué actividades generales debe realizar el
usuario para ejecutar el trámite?. Cada momento que
identifique, va a ser la entrada a la descripción detallada de
cada una de las acciones y/o condiciones que van a
conformar el momento.
El trámite debe tener por lo menos un momento y este a su
vez debe tener por lo menos una acción y/o condición.
Ahora, la forma en que se redacta el momento es
fundamental para darle idea al usuario de la actividad que
va a tener que realizar, por esto debe tener una estructura
estandarizada que es la siguiente:
Son la descripción detallada de cada uno de los “requisitos”
que necesita la institución para poder desarrollar el trámite
solicitado por el usuario.
 Las acciones, hacen referencia a una “actividad” que
debe hacer y/o presentar el usuario de manera física o
virtual (como presentar un documento, realizar un pago,
pedir una cita, etc.…) para obtener el producto o servicio
que espera de la institución.Verbo en infinitivo Sustantivo
Escriba No escriba
Reunir los siguientes docu-
mentos
Lleve los documentos
Realizar el pago Cancelar los derechos en el
Banco Agrario
Ejemplo
Tenga en cuenta que la sumatoria de
todos los momentos da como resultado lo
que el usuario debe hacer para obtener su
producto o servicio.
TIP
Momentos
Acciones y/o condiciones
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
Paso 6 QUE SE NECESITA
 Las condiciones, indican que el usuario debe cumplir con
un estado (Ej: estar constituido legalmente, estar a paz y
salvo, estar inscrito en el RUNT), pero no es necesaria la
presentación de algún soporte físico o digital, dado que
la condición de verificación debe ser realizada por la
institución que desarrolla el trámite.
Existen cinco tipos de “Acciones y/o Condiciones” que
pueden utilizar para describir el requisito que se le solicitará al
usuario. Cada tipo contiene datos propios y únicos para este,
por lo que es necesario que clasifique de forma adecuada el
tipo con el cual va a asociar el requisito.
Los tipos de “Acciones y/o Condiciones” con los que se
cuentan son:
Las “Acciones y/o condiciones” se escriben para que
apliquen de forma general a quienes vayan a ejecutar el
trámite; sin embargo, para algunos trámites es necesario
especificar “Acciones y/o condiciones” que permitan el
cubrimiento de características propias del trámite. A estas
“Acciones y/o condiciones” se les llama “Excepciones”.
Cada tipo de “Acciones y/o condiciones” contiene un
campo para indicar si ese registro es una “Excepción”, de ser
así, se debe describir claramente cuál es.
Tipos de acciones y/o condiciones
Tipos de Acciones y/o Condiciones
Pago
Documento soporte
Formulario
Canal de atención
Verificación de condiciones
¿Esta acción y/o condición es una
Excepción?
Escriba
Si es trabajador independiente
Si es menor de edad
En caso que el arma sea de dotación personal
Si va a solicitar crédito para remodelación
Las “Excepciones” hacen inclusión de
“acciones y/o condiciones” , no se debe
utilizar para hacer exclusión de estas. No
está bien crear una excepción para:
“Excepto para carros de 5 ejes”
TIP
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
Trámite
Qué se necesita
Momentos
Acciones y/o condiciones
Representación gráfica de los “Momentos” y de las “Acciones y/o Condiciones”
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
Aquí la institución describe detalladamente, uno a uno, los
“Documentos” que el usuario debe aportar a la institución
como parte de los requisitos que debe cumplir para
desarrollar el trámite.
Los “Documentos” se encuentran clasificados en dos
categorías , que son:
Son aquellos documentos que son usados de forma
frecuente en muchos trámites. Siempre se debe verificar la
lista de documentos que contiene este campo antes de
ingresar uno nuevo.
Estos documentos son todos aquellos que no se encuentran
dentro de los “Documentos comunes” y que se solicitan solo
para el trámite que se está ingresando.
Para escribir el “Documento” utilice un nombre que sea
entendible para el usuario. No haga la descripción de este
en el nombre ya que esto lo puede hacer en otro campo.
Este campo permite detallar especificaciones o
características adicionales que debe tener el documento
que se está solicitando con el fin de brindar mayor
información al usuario.
Este campo también lo puede utilizar cuando el documento
que se está solicitando se puede suplir con otro documento
que cumple la misma función para el trámite.
Documentos comunes
Licencia de conducción
Libreta militar
Tarjeta de institución
Cédula de ciudadanía
Cédula de extranjería
Certificado de tradición y libertad
Uso del tipo de “acción y/o condición”
DOCUMENTO SOPORTE
Documentos comunes
Documentos específicos
Anotaciones adicionales
Escriba No escriba
Debe estar firmado por el
representante legal con
tinta negra
Solo si usted es empleado
independiente
Ejemplo
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
Al usuario se le debe informar claramente la forma en que
debe presentar los documentos a la Institución.
Se puede adicionar muchas formas de presentación del
mismo documento, pero cada registro que adicione debe
estar acompañado por los siguientes datos:
 Cantidad: Numero de veces que debe presentar el
documento.
 Característica: Seleccione una de las siguientes formas en
la que el usuario debe presentar el documento:
 Observación: Este campo permite a la institución ampliar
la información para el usuario de la forma en que debe
presentar el documento.
Escriba No escriba
Este documento lo puede suplir
con la presentación del
documento de: “Licencia de
ventas vigente”
Licencia de ventas vigentes
Este documento no es
requerido si tiene un vehículo
de 5 ejes
Ejemplo
Atributo del
documento
Descripción
Copia Es cuando se hace la solicitud al ente que
expidió o emitió el documento original por
primera vez.
Fotocopia Es cuando el usuario saca una reproduc-
ción del documento original, de una copia
o de otra fotocopia. No requiere que sea
expedida por la institución origen del docu-
mento.
Original Es el documento primario o inicial expedido
Atributos del documento
Escriba No escriba
Al 150% Copia nítida
3x3 fondo azul
Ejemplo
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
Los formularios deben ser suministrados al usuario por la
institución solicitante. Para el ingreso del formulario, debe
escribir la siguiente información:
El nombre del formulario debe ser claro para el usuario y no
debe contener especificaciones o características, estas van
descritas en otro campo.
Aquí se le indica al usuario cómo puede acceder al
formulario, es decir, el medio por el cual la institución pone a
disposición del usuario el formulario para poder ser
diligenciado:
 Diligenciamiento directo en medio electrónico: Indica
que el formulario está expuesto por la institución en una
página WEB para que el usuario realice el
diligenciamiento en línea. Si selecciona esta opción,
debe ingresar la URL (Dirección WEB) donde se encuentra
el formulario.
 Adjuntar el formulario soporte: Indica que el formulario se
encuentra en un archivo digital y la institución debe
adjuntarlo al sistema en cualquier formato. El usuario
deberá: descargarlo, diligenciarlo y entregarlo a la
Institución junto con los demás documentos.
 Reclamar en los puntos de atención de la institución:
Indica que el formulario se encuentra en forma análoga
(físico o impreso) y es entregado de forma presencial; es
decir, el usuario deberá desplazarse a algún punto de
atención de la institución para poder acceder al
formulario. Si selecciona esta opción, debe indicar los
puntos de atención donde el usuario puede ir a reclamar
el formulario.
Uso del tipo de “acción y/o condición”
FORMULARIO
Nombre del formulario
Cuando el formulario se encuentre en
formato PDF, DOC, XLS, PPT, etc.. y esté
cargado en la página WEB de la institución
para ser descargado y diligenciado por el
usuario, NO ES equivalente a un formulario
diligenciado directamente en medio
electrónico
TIP
Formulario disponible para
Este campo permite detallar especificaciones o
características adicionales que debe tener el formulario que
se está solicitando, con el fin de brindar mayor información al
usuario.
A diferencia de los “Documentos” este campo en
“Formularios” no permite suplir el formulario que se solicita
con algún otro. Es decir, no hay formularios que suplan otros
formularios.
Una “Verificación” se da cuando el usuario debe cumplir
con una condición, acción, o requisito que es descrita por la
institución, pero el usuario NO DEBE presentar ningún soporte
para constatarlo. Es responsabilidad de la institución realizar
la verificación del cumplimiento del requisito.
Cuando existe una verificación, el SUIT incorpora un pie de
nota a la redacción del requisito que dice: “La acción que
está describiendo será verificada por la institución y el usuario
deberá cumplirla mas no la tendrá que soportar con ningún
documento”
La institución hace una verificación por las siguientes
razones:
Un “Pago” es usado para cuando existe un requisito dentro
del trámite correspondiente al aporte económico del usuario
para poder obtener el producto o el servicio esperado.
Se debe tener en cuenta que existen trámites que pueden
tener más de un pago durante la ejecución del trámite, o
que un mismo pago puede tener varios valores
dependiendo si cumple algún criterio, variable o condición
dada.
Si un trámite tiene más de un pago que se dan en
“Momentos” diferentes durante la ejecución del trámite, se
debe ingresar, para cada pago, un registro independiente.
Anotaciones adicionales
Uso del tipo de “acción y/o condición”
VERIFICACIÓN
Verificaciones
Porque la institución posee la información física o digital
Porque la institución tiene acceso a sistemas de informa-
ción, propios o de terceros, que provean la información
Porque por ley no debe ser solicitado
Uso del tipo de “acción y/o condición”
PAGO
MODULOMODULOMODULO
FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
Un ejemplo de este tipo de pagos son:
Si un trámite tiene un pago donde su valor varía
dependiendo de algún criterio, variable o condición, el
registro del pago es uno solo pero contiene mas de un sub
registro.
Un ejemplo de este tipo de pagos son:
La información que se debe diligenciar en esta sección
corresponde a:
 Descripción del pago: Aquí se hace una pequeña
descripción del pago, con sus características particulares
de ser necesario.
 Tipo de moneda: Se debe seleccionar de la lista el tipo de
la moneda que debe utilizar el usuario para realizar el
pago.
 Valor expresado en: La institución identifica y selecciona
la forma de cómo va a ingresar el valor, para que de esta
forma se le presente al usuario.
El objetivo de ingresar el valor en SMLMV y SMLDV es para
que el SUIT realice la actualización del valor de forma
automática cada año. Solo se ingresa en SMLMV o
SMLDV si la norma así lo expresa.
Ingresar información del pago
Valor expresado en
Fijo
SMLMV
SMLDV
Avalúo y/o liquidación
Trámite Pago Pagos en “Momentos
diferentes”
Expedición de visa
turista
Pago 1 Estudio de la visa
Pago 2 Aprobación de la visa
Autorización
aprovechamiento
forestal
Pago 1
Pagar el valor de la publica-
ción del acto administrativo
que da inicio al tramite
Pago 2 Evaluación del trámite
Pago 3
Publicación de la Resolución
por la cual se aprueba o niega
el permiso
Trámite Pago
Descripciones para un
mismo pago
Cambio de carac-
terísticas de un vehí-
culo motor
Pago 1
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Guía de usuario del sistema único de información de trámites

  • 1. Guía de usuario del Sistema Único de Información de Trámites SUIT 3 Dirección de Control Interno y Racionalización de Tramites Oficina de Sistemas de Información Enero de 2014
  • 2. DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Elizabeth Rodríguez Taylor Directora EQUIPO TÉCNICO DE TRABAJO Grupo de racionalización de trámites Grupo oficina de sistemas - SUIT 3.0 Programa Nacional de Servicio al Ciudadano - PNSC
  • 3. TABLADECONTENIDOTABLADECONTENIDOTABLADECONTENIDO Pag. Introducción 5 CAPITULO No. I Conceptos básicos Producto o servicio 8 Ciclo de vida del producto o servicio 8 Roles y responsabilidades 10 Documentos de identificación válidos en Colom- bia 12 Estandarización 13 Criterios de fusión 13 Trámites creados a partid de julio 8 de 2005 No son objeto de registro en el SUIT 14 14 CAPITULO No. II Integración con otros sistemas de información SIGEP 21 CAPITULO No. III Recomendaciones 22 CAPITULO No. IV Ingreso al sistema 26 Pag. Módulo de Administración 27 Avance institución 27 Gestionar usuario 29 Gestionar formularios 36 Cambiar claves 24 Procedimiento para creación de usuarios de Instituciones 25 Procedimiento de creación de usuario Ad- ministrador de Trámites de la entidad o insti- tución 26 CAPITULO No. IV Formato Integrado 39 Paso: Descripción Nombre 41 Nombre estandarizado 42 Propósito 43 Se puede realizar por medios electrónicos 43 Nombre del resultado 44 También se conoce como 44 Tiempo de obtención 45 Obtención inmediata 45 Hábil y calendario 45 Observaciones al tiempo de obtención 45 INGRESOALSISTEMAINGRESOALSISTEMAINGRESOALSISTEMA
  • 4. TABLADECONTENIDOTABLADECONTENIDOTABLADECONTENIDO Paso: Fundamento legal Títulos, capítulos y artículos 46 Archivo soporte 47 Paso: Información de ejecución Puntos de atención Latitud y longitud 48 Fechas de ejecución 50 Paso: Dirigido a Situaciones de vida 52 53 Paso: Qué se necesita Momentos 54 Acciones y/o condiciones 54 Tipos de acciones y/o condiciones Esta acción y/o condición en una excepción? 55 55 Paso: Medio de Seguimiento 70 Registro Basado en Modelo Descripción del registro 54 Listado de modelos a la fecha 64
  • 5. Ala fecha se encuentran disponibles los siguientes modelos: Paso 64  Autorización para capacitar a manipuladores de ali- mentos  Registro de los sujetos pasivos o responsables del impues- to al consumo  Señalización de los productos gravados con el impuesto al consumo  Impuesto de registro  Impuesto sobre vehículos automotores  Impuesto al degüello de ganado mayor  Facilidades o acuerdos de pago para los deudores mo- rosos de impuestos  Devolución y/o compensación de saldos a favor por conceptos de impuestos  Fusión y/o conversión de establecimientos educativos oficiales  Ampliación del servicio educativo  Cambio de sede de un establecimiento educativo  Cambio de nombre o razón social de un establecimien- to educativo oficial o privado  Cambio de propietario de un establecimiento educati- vo  Cierre temporal o definitivo de programas de educa- ción para el trabajo y el desarrollo humano  Registro de firmas de rectores, directores y secretarios (a) de establecimientos educativos  Clasificación en el régimen de educación a un estable- cimiento educativo privado  Clausura de un establecimiento educativo oficial o pri- vado MODELMODELMODELOS DISPONIBLESOS DISPONIBLESOS DISPONIBLES ---SUIT 3.0SUIT 3.0SUIT 3.0  Autorización de calendario académico especial  Concesión de reconocimiento de un establecimiento educativo oficial  Cambio de propietario o poseedor de un bien inmueble (Mutación de primera clase)  Englobe o desenglobe de dos o más predios (Mutación de segunda clase)  Incorporación de obras físicas en los predios (Mutación de tercera clase)  Revisión de avalúo catastral de un predio (Mutación de cuarta clase)  Cambios producidos por la inscripción de predios o me- joras por edificaciones no declaradas u omitidas duran- te el proceso de formación o actualización del castro (mutación de quinta clase)  Rectificación de áreas y linderos  Auto estimación del avalúo catastral (Autoavalúo)  Expedición de la tornaguía de reenvíos  Expedición de la tornaguía de tránsito  Expedición de la tornaguía de movilización  Legalización de tornaguías  Anulación de tornaguía  Aval de funcionamiento de las escuelas de formación deportiva  Registro de contribuyentes del impuesto de industria y comercio  Modificación en el registro de contribuyentes del im- puesto de industria y comercio  Impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros
  • 6. Apartir del mes de septiembre encontrarán disponibles los modelos que se enuncian a continuación, razón por lo cual, amablemente se les solicita no hacer estos registros hasta que el DAFP informe su disponibilidad: 65  Cancelación del registro de contribuyentes del impuesto de industria y comercio  Exención del impuesto de industria y comercio  Impuesto predial unificado  Exención del impuesto predial unificado  Impuesto de delineación urbana  Impuesto a la publicidad visual exterior  Impuesto de espectáculos públicos  Exención del impuesto de espectáculos públicos  Impuesto de rifas  Autorización para la operación de juegos de suerte y azar en la modalidad de rifas  Prórroga de sorteo de rifas menores  Devolución de elementos retenidos por ocupación ilegal del espacio público  Registro de las personas que realicen la actividad de ba- requeo  Certificado de estratificación socioeconómica  Certificado de residencia  Concepto del uso del suelo  Impuesto sobre el servicio de alumbrado público  Impuesto de casinos y Juegos permitidos  Impuesto al degüello de ganado menor  Impuesto sobre las ventas por el sistema de clubes  Contribución por valorización  Asignación de nomenclatura  Certificado sanitario  Licencia de inhumación de cadáveres  Registro de la publicidad exterior visual  Permiso para espectáculos públicos  Permisos de ocupación vial  Determinantes para la formulación de planes parciales  Formulación y radicación del proyecto del plan parcial  Determinantes para el ajuste de un plan parcial  Ajuste de un Plan Parcial Adoptado  Incorporación y entrega de las áreas de cesión a favor del municipio  Consulta preliminar para la formulación de planes de im- plantación  Formulación del proyecto de plan de implantación  Licencia de funcionamiento para equipos de rayos x y otras fuentes emisoras de radiaciones ionizantes  Renovación de la licencia de funcionamiento para equipos de rayos x y otras fuentes emisoras de radiacio- nes ionizantes  Carné de protección radiológica  Licencia para prestación de servicios en seguridad y salud en el trabajo  Licencia para empresas aplicadoras de plaguicidas  Carné de aplicador de plaguicidas  Registro de los títulos en el área de la salud MODELMODELMODELOS DISPONIBLESOS DISPONIBLESOS DISPONIBLES ---SUIT 3.0SUIT 3.0SUIT 3.0
  • 7. 66  Reporte de novedades al registro especial de prestado- res de servicios de salud  Habilitación o renovación de plazas para el servicio so- cial obligatorio  Inscripción de profesionales para participar en el sorteo de plazas del servicio social obligatorio  Habilitación de servicios farmacéuticos a instituciones prestadoras de servicios de salud  Credencial de expendedor de drogas  Apertura de establecimientos farmacéuticos  Autorización sanitaria favorable de la calidad del agua para consumo humano  Carné de manipulador de alimentos  Apertura de los centros de estética y similares  Cancelación de la personería de jurídica de las organi- zaciones comunales de primero y segundo grado  Certificación de la personería jurídica y representación legal de las organizaciones comunales de primer y se- gundo grado  Reconocimiento de personería jurídica a entidades sin ánimo de lucro en áreas de la salud  Reforma de estatutos de entidades sin ánimo de lucro en áreas de la salud  Inscripción de dignatarios de entidades sin ánimo de lucro en áreas de la salud  Registro de libros de entidades sin ánimo de lucro en áreas de la salud  Cancelación de personería jurídica de entidades sin áni- mo de lucro en áreas de la salud  Reconocimiento de personerías jurídicas de cuerpos de bomberos voluntarios  Reforma de estatutos de cuerpos de bomberos volunta- rios  Inscripción de dignatarios de cuerpos de bomberos vo- luntarios  Registro de libros de instituciones de cuerpos de bombe- ros voluntarios  Cancelación de personerías jurídicas de cuerpos de bomberos voluntarios  Reconocimiento de personerías jurídicas de instituciones de educación  Reforma de estatutos de instituciones de educación  Inscripción de dignatarios de instituciones de educación  Autorización sanitaria para el transporte de residuos es- peciales  Inscripción de dignatarios de las organizaciones comu- nales de primero y segundo grado  Inscripción o reforma de estatutos de las organizaciones comunales de primero y segundo grado  Apertura y registro de libros de las organizaciones comu- nales de primero y segundo grado  Reconocimiento de personería jurídica de los organis- mos de acción comunal de primero y segundo grado  Cancelación de la personería de jurídica de las organi- zaciones comunales de primero y segundo grado  Certificación de la personería jurídica y representación legal de las organizaciones comunales de primer y se- gundo grado MODELMODELMODELOS DISPONIBLESOS DISPONIBLESOS DISPONIBLES ---SUIT 3.0SUIT 3.0SUIT 3.0
  • 8. 67  Registro de libros de instituciones educativas  Cancelación de personerías jurídicas de instituciones de educación  Reconocimiento de personerías jurídicas de ligas y clubes deportivos  Reforma de estatutos de ligas y clubes deportivos  Inscripción de dignatarios de ligas y clubes deportivos  Registro de libros de ligas y clubes deportivos  Cancelación de personerías jurídica de ligas y clubes deportivos  Impuesto al consumo de productos de origen nacional  Declaración del impuesto al consumo de productos ex- tranjeros  Condonación del impuesto de vehículos  Sobre tasa a la gasolina motor y al ACPM  Impuestos sobre premios de loterías  Licencia de funcionamiento para las instituciones promo- vidas por particulares que ofrezcan el servicio educativo para el trabajo y el desarrollo humano  Registro o renovación de programas de las instituciones promovidas por particulares que ofrezcan el servicio edu- cativo para el trabajo y el desarrollo humano  Certificado de existencia y representación legal de las instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano  Licencia de funcionamiento para establecimientos edu- cativos promovidos por particulares para prestar el servi- cio público educativo en los niveles de preescolar, bási- ca y media  Licencia de funcionamiento de instituciones educativas promovidas por particulares que ofrezcan programas de educación formal de adultos  Seguro por muerte a beneficiarios de docentes oficiales  Pensión de jubilación para docentes oficiales  Pensión de jubilación por aportes para docentes oficiales  Pensión de retiro por vejez para docentes oficiales  Pensión de retiro de invalidez para docentes oficiales  Pensión post-mortem para beneficiarios de docentes oficiales  Sustitución pensional para docentes oficiales  Reliquidación pensional para docentes oficiales  Cesantías parciales para docentes oficiales  Cesantías definitivas para docentes oficiales  Cesantías definitivas a beneficiarios de un docente falle- cido  Ascenso en el escalafón nacional docente  Ascenso o reubicación en el escalafon docente  Auxilio funerario para docentes oficiales  Duplicaciones de diplomas y modificaciones del registro del título  Certificado catastral  Auxilio para gastos de sepelio  Inscripción de personas ante el Registro Único Nacional de Tránsito  Matrícula de vehículos automotores, remolques y semire- molques  Traspaso de propiedad de un vehículo  Traslado y radicación de la matrícula de un vehículo  Cancelación de matrícula de un vehículo  Rematrícula de un vehículo automotor  Cambio de características de un vehículo  Duplicado de la licencia de tránsito o de la tarjeta de registro y de la placa de un vehículo  Renovación licencia de tránsito de un vehículo de im- portación temporal  Cambio de un servicio de un vehículo automotor  Cambio de placa por clasificación de vehículo automo- tor antiguo o clásico y cambio de placa de vigencias anteriores  Inscripción o levantamiento de limitación o gravamen a la propiedad de un vehículo MODELMODELMODELOS DISPONIBLESOS DISPONIBLESOS DISPONIBLES ---SUIT 3.0SUIT 3.0SUIT 3.0
  • 9. Paso 68  Licencia de conducción  Duplicado de la licencia de conducción  Certificado de tradición de un vehículo automotor  Adaptación de vehículos de enseñanza automovilística  Tarjeta de operación para vehículo automotor de trans- porte terrestre  Licencia de intervención y ocupación temporal de pla- yas marítimas y terrenos de baja mar  Encuesta del Sistema de Identificación y Clasificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales - SIS- BEN  Retiro de personas de la base de datos del Sistema de Identificación y Clasificación de Potenciales Beneficia- rios de Programas Sociales - SISBEN  Retiro de un hogar de la base de datos del Sistema de Identificación y Clasificación de Potenciales Beneficia- rios de Programas Sociales - SISBEN  Actualización de datos de identificación de personas registradas en la base de datos del Sistema de Identifi- cación y Clasificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales - SISBEN  Inclusión de personas en la base de datos del Sistema de Identificación y Clasificación de Potenciales Benefi- ciarios de Programas Sociales - SISBEN  Impuesto a la sobretasa de la gasolina motor  Matrícula de arrendadores  Radicación de documentos para adelantar actividades de construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda  Afiliación al régimen subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud  Suspensión de la afiliación al régimen subsidiado del Sis- tema General de Seguridad Social en Salud  Activación del cupo de afiliación al régimen subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud  Licencia de exhumación  Licencia para la cremación de cadáveres  Licencia urbanística  Licencia de intervención y ocupación del espacio públi- co  Reconocimiento deportivo a clubes deportivos y clubes promotores  Renovación de reconocimiento a clubes deportivos  Inscripción de la propiedad horizontal  Inscripción o cambio del representante legal y/o revisor fiscal de la propiedad horizontal  Registro de extinción de la propiedad horizontal  Permiso para espectáculos públicos de artes escénicas en escenarios no habilitados  Reconocimiento de escenarios habilitados para la reali- zación de espectáculos públicos de las artes escénicas  Permiso para demostraciones públicas de pólvora, artí- culos pirotécnicos o fuegos  Permiso para la rotura de vías e intervención de espacio público  Permiso para el aprovechamiento de árboles aislados  Permiso de circulación para carga extra pesada y/o extra dimensionada  Acreditación como distribuidor minorista de combusti- bles líquidos derivados del petróleo  Licencia de funcionamiento para estaciones de servicio  Registro de perros potencialmente peligrosos  Registro de marcas de ganado  Certificado permiso de ocupación MODELMODELMODELOS DISPONIBLESOS DISPONIBLESOS DISPONIBLES ---SUIT 3.0SUIT 3.0SUIT 3.0
  • 10. INTRODUCCIÓNINTRODUCCIÓNINTRODUCCIÓN Esta guía tiene como propósito orientar a los usuarios del Sistema Único de Información de Trámites—SUIT en el registro de la información de los trámites y otros procedimientos administrativos de cara al usuario (Formato Integrado), afianzar los diferentes conceptos, entre los que se contemplan las políticas de creación de usuarios, gestión de formularios y gestión de inventarios, entre otros. Está dirigido a:  Difusores y asesores de la Política de Racionalización de Trámites.  Capacitadores del sistema.  Responsables de la implementación de la Política de Racionalización de Trámites en la institución frente al Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP, en la administración de los usuarios, de la información contenida de los trámites y otros procedimientos administrativos de cara al usuario, garantizando su totalidad y actualización, así como de la implementación y seguimiento a la Política de Racionalización de Trámites.  Administradores de trámites, quienes son los responsables del ingreso y actualización de la información de los procedimientos administrativos de su institución en el Sistema Único de Información de Trámites - SUIT. 5
  • 12. CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS Conjunto de acciones que se realizan en ejercicio de la función administrativa para alcanzar y dar cumplimiento con los fines del Estado, dentro de las reglas y principios que lo rigen. Debido a que el universo de procedimientos administrativos es amplio, la Ley 962 de 2005 y el Decreto Ley 019 de 2012, señalan que los procedimientos administrativos a registrar en el SUIT, son aquellos que tienen por finalidad proteger y garantizar la efectividad de los derechos de las personas naturales y jurídicas, así como el cumplimiento de sus obligaciones. Igualmente aquellos procedimientos que faciliten a los usuarios acceder a los bienes o servicios ofrecidos por las autoridades administrativas. Conjunto de requisitos, pasos, o acciones regulados por el Estado, dentro de un procedimiento administrativo misional, que deben efectuar los usuarios ante una institución de la administración pública o particular que ejerce funciones administrativas, para adquirir un derecho o cumplir con una obligación prevista o autorizada por la Ley y cuyo resultado es un producto o un servicio. Ejemplos:  Tarjeta profesional de contador público  Inscripción en el Registro Único Tributario -RUT  Declaración de Ingreso o salida de dinero en efectivo del país Conjunto de acciones que realiza el usuario de manera voluntaria para obtener un producto o servicio que ofrece una institución de la administración pública o particular que ejerce funciones administrativas dentro del ámbito de su competencia, sus características son la no obligatoriedad para el usuario y no tienen costo para éste. Por lo general estos procedimientos administrativos están asociados con un trámite, ya que de éste se pueden generar acciones de consulta, certificaciones, constancias, entre otras, los cuales acreditan el resultado de un trámite. Un ejemplo de esto es: 7 Trámite Procedimiento administrativo Otros procedimientos administrativos de cara al usuario
  • 13. CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS Producto o servicio Es el resultado que obtiene el usuario por parte de la institución al ejecutar un procedimiento administrativo. Estos pueden ser tangibles e intangibles. El ciclo de vida se refiere a las etapas, que por lo general, surten los productos o servicios que se obtienen de la ejecución de un procedimiento administrativo. Las etapas que comprenden el ciclo de vida son:  Inicio: Corresponde a los productos o servicios que solicita el usuario a la institución por primera vez y que ésta los expide y/o entrega también por primera vez. Algunos de los verbos o las acciones que lo identifican son: 8 Afiliación y/o traslado de cesantías Consulta de los extractos de cesantías TRÁMITE OTRO PROCEDIMIENTO Impuesto de Industria y Comercio Certificado de paz y salvo del Impuesto de Industria y Comercio TRÁMITE OTRO PROCEDIMIENTO Ciclo de vida del producto y/o servicio Verbos AfiliarAdquirir Asignar RegistrarPostular Inscribir
  • 14. CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS  Novedad: Se da cuando el producto o servicio se ve afectado por presentarse una variación y/o transformación. Algunos de los verbos o las acciones que lo identifican son:  Cierre: Se da cuando el producto o servicio se cancela por las siguientes razones: Primera: Por solicitud del usuario, el cual debe desarrollar un procedimiento administrativo para dicho fin. Segunda: Por vencimiento del producto o servicio que al momento de obtenerse se encuentra estipulado dentro de sus atributos. Tercera: Por decisión de la Administración Pública. Algunos de los verbos o las acciones que lo identifican son: Un ejemplo de un trámite que pasa por todo el ciclo de vida es el siguiente. 9 Verbos CorrecciónCambio Modificación AjusteRenovación Recuperación Verbos CancelarDisolver Desvincular RenunciarExtinguir Trámite Ciclo Inicio Ciclo Novedad Ciclo Cierre Expedición cédula Expedición Corrección Cancelación No necesariamente debe existir un trámite para cada ciclo de vida del producto o servicio. Puede darse que en un mismo trámite se establezca el procedimiento que se debe hacer para cada etapa del ciclo. TIP
  • 15. El Sistema Único de Información de Trámites – SUIT como instrumento de apoyo para la implementación de la Política de Racionalización de Trámites, que tiene como propósito final ser la fuente única y válida de la información de los trámites que las instituciones del Estado ofrecen a la ciudadanía, requiere de los siguientes usuarios para su operación: Tiene el rol de Administrador de Usuarios. Funcionario de la institución que se recomienda sea de la Oficina de Planeación o quien haga sus veces, por el amplio conocimiento de la institución, la relación directa entre sus funciones y la Política Antitrámites y la existencia de normas que hacen referencia a la Política y que involucra a las oficinas de planeación, como son:  Ley 872 de 2003 – Artículo 1: El Sistema de Gestión de la Calidad adoptará en cada entidad un enfoque basado en los procesos que se surten al interior de ella y en las expectativas de los usuarios, destinatarios y beneficiarios de sus funciones asignadas.  NTC GP 1000:2009 – Numeral 7.2.1: Procesos relacionados con el cliente “La entidad debe determinar los requisitos legales y reglamentarios aplicables al producto y/o servicio”, éstos incluyen los relacionados con la Política de Racionalización de Trámites.  Ley 1474 de 2011 - Artículo 73: Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano. Cada entidad del orden nacional, departamental y municipal deberá elaborar e implementar anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano. Dicha estrategia contempla entre otras, la Estrategia Antitramites. 10 Roles y responsabilidades CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS Jefe de Planeación
  • 16.  Decreto 2641 de 2012 - Art. 4: La máxima autoridad de la entidad u organismo velará directamente porque se implementen debidamente las disposiciones contenidas en el documento de “Estrategias para la Construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano”. La consolidación del plan anticorrupción y de atención al ciudadano, estará a cargo de la oficina de planeación de las entidades o quien haga sus veces, quienes además servirán de facilitadores para todo el proceso de elaboración del mismo. Este funcionario ejerce las siguientes funciones: 1. Gestionar usuarios. 2. Gestionar formularios 3. Gestionar Inventarios de trámite y otros procedimientos Funcionario de la institución que tiene las funciones de registrar, corregir y actualizar los trámites y otros procedimientos administrativos de cara al usuario en el El Departamento Administrativo de la Función Pública – DAFP recomienda que el Administrador de Trámites sea un funcionario de planta, en aras de garantizar la continuidad en los procesos de capacitación y asesoría. Funcionario del Departamento Administrativo de la Función Pública -DAFP que tiene las siguientes funciones: 1. Brindar capacitación y asesoría a los responsables de la implementación de la Política de Racionalización de Trámites en las instituciones en el uso y manejo de la herramienta. 2. Validar y aprobar los trámites y otros procedimientos de cara al usuario en el Sistema Único de Información de Trámites –SUIT. 11 Administrador de Trámites CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS Asesor de Política
  • 17. Los documentos de identificación válidos de las personas de carácter natural (Usuario) para la realización de trámites en Colombia, son: 1. Registro civil de nacimiento: Es el único documento público que legalmente prueba la existencia de una persona. Por lo general es utilizado hasta los 7 años de edad. 2. Tarjeta de identidad Es el documento que identifica a las personas mayores de 7 años y menores de 18 años de edad. 3. Cédula de ciudadanía: Es el único documento válido para probar la identificación de una persona que cumpla la mayoría de edad, 18 años. 1. Pasaporte: Sirve como identificación siempre y cuando la permanencia en el país no supere los 3 meses. 2. Cédula de extranjería: Documento de identidad que se otorga a los extranjeros mayores de 18 años, que sean titulares de una visa superior a tres (3 meses) o a los beneficiarios de los mismos. Las personas de carácter jurídico (Organizaciones, instituciones públicas) se identifican con el Número de Identificación Tributaria - NIT que constituye el número de identificación de los inscritos en el Registro Único Tributario — RUT. Permite individualizar a los contribuyentes y usuarios, para todos los efectos en materia tributaria, aduanera y cambiaria y en especial para el cumplimiento de las obligaciones de dicha naturaleza. El NIT se puede encontrar en los siguientes documentos que sirven para para la ejecución de los trámites: 1. Certificado de existencia y representación legal demuestra algunos aspectos relevantes de una sociedad comercial, tales como la antigüedad, objeto social, domicilio, número y nombre de los socios, monto del capital, nombre del representante legal, facultades que éste tiene para comprometer y obligar a la sociedad, fecha de extinción, etc. Las personas naturales que actúan en representación de personas jurídicas (Representante legal) en la realización de trámites, conservan el perfil de personas jurídicas. 12 Documentos de identificación válidos en Colombia El Certificado de existencia y representación legal, según Decreto Ley 019 de 2012, NO DEBE SER SOLICITADO AL USUARIO. TIP CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS Colombianos Extranjeros
  • 18. 2. Certificado de matrícula mercantil: Identificación del comerciante y de su establecimiento de comercio, así como medio de prueba de existencia de uno y de otro. 3. Registro Único Tributario - RUT: Constituye el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto de renta y no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio, los responsables del régimen común, los pertenecientes al régimen simplificado, los agentes retenedores, los importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros; y los demás sujetos de obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN. Dando cumplimento con el Articulo 41 del Decreto Ley 019 de 2012 es competencia del Departamento Administrativo de la Función Publica –DAFP, velar por la permanente estandarización de los trámites de la Administración Pública y verificar su cumplimento cuando se inscriben en el SUIT, por lo que este sistema permite registrar Formatos Integrados - FI, basados en modelos. La estandarización corresponde a los trámites y otros procedimientos administrativos de cara al usuario que son similares o equivalentes y aplican a diferentes instituciones. Se pueden fusionar trámites u otros procedimientos administrativos de cara al usuario, cuando se cumple con los siguientes criterios: 1. Si la norma que los soporta es la misma 2. Si el resultado que se obtiene es el mismo 3. Si los momentos son iguales 4. Si no existe una excepción dentro de otra excepción 13 CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS Criterios de fusión Estandarización
  • 19. Los trámites creados a partir del 8 de julio de 2005, deben pasar por aprobación del Departamento Admirativo de la Función Pública - DAFP, quien determina la posibilidad de registro de este en el SUIT, según lo establecido en la Ley 962 de 2005, Titulo I, Artículo 1, Numeral 2 que dice: “Procedimiento para establecer los trámites autorizados por la Ley. <Numeral modificado por el artículo 39 del Decreto Ley 019 de 2012> Las instituciones públicas y los particulares que ejercen una función administrativa expresamente autorizada por la Ley para establecer un trámite, deberán previamente someterlo a consideración del Departamento Administrativo de la Función Pública –DAFP, adjuntando la manifestación del impacto regulatorio, con la cual, se acreditará su justificación, eficacia, eficiencia y los costos de implementación para los obligados a cumplirlo; así mismo, deberá acreditar la existencia de recursos presupuestales y administrativos necesarios para su aplicación. En caso de encontrarlo razonable y adecuado con la política de simplificación, racionalización y estandarización de trámites, el Departamento Administrativo de la Función Pública DAFP, autorizará su adopción e implementación”. El ámbito de aplicación de las normas antitrámites como son la Ley 962 de 2005 y el Decreto Ley 019 de 2012, preceptúan que las mismas aplican a todos los organismos y entidades de la Administración Pública que ejerzan funciones de carácter administrativo y a los particulares cuando cumplan funciones administrativas. De conformidad con el artículo 39 de la Ley 489 de 1998, la administración pública está conformada por los organismos de la rama ejecutiva del poder público y por todos los demás organismos y entidades de naturaleza pública que de manera permanente tienen a su cargo el ejercicio de actividades y funciones administrativas o la prestación de servicios públicos del Estado Colombiano. La regla general es que la rama del Estado Colombiano que ejerce funciones administrativas es la ejecutiva, sin embargo las demás ramas y organismos también pueden ejercerlas (Ej. expedición de tarjeta profesional de abogado a cargo de las salas administrativas del Consejo Superior de la Judicatura, institución que hace parte de la rama judicial ). 14 Trámites creados a partir de julio 08 de2005 CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS Procedimientos que no se realicen en ejercicio de funciones administrativas No son objeto de registro en el SUIT
  • 20. En un estado unitario como el colombiano, si bien existe una división de poderes, es evidente la preeminencia de la Rama Ejecutiva o Administrativa, dado que a través de ésta se diseñan, implementan y controlan las acciones orientadas a cumplir con los fines esenciales del Estado. El artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, establece que: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”. ¿Qué es entonces la función administrativa? Es el conjunto de tareas desempeñadas por las autoridades públicas, y por algunos particulares autorizados por el Estado, que deben propender principalmente por proporcionar servicios y satisfacer las necesidades de toda la población, para lograr el desarrollo físico, intelectual y moral de todos los colombianos; impulsar y propiciar por el progreso y el crecimiento económico, social, cultural, educativo y de salubridad, mediante la elaboración de planes de desarrollo y proyectos específicos de cada municipio y distrito. La función administrativa se desarrolla mediante las siguientes herramientas: desconcentración, delegación y descentralización. Fuente: Manual elementos básicos sobre el Estado Colombiano. Departamento Nacional de Planeación - DNP . Febrero de 2010. Página 23 15 Qué es función administrativa? CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS
  • 21. Teniendo en cuenta lo anterior, se concluye que no son objeto de registro en el SUIT: a. Los procesos, demandas y en general los actos derivados de la actividad jurisdiccional (Rama Judicial) b. Las actuaciones desarrolladas en ejercicio de la actividad legislativa del Estado (Rama legislativa) c. Procedimiento disciplinario y fiscal que adelantan la Procuraduría y Contraloría respectivamente (Art. 2 de la Ley 962 de 2005 - órganos de control) d. Las actuaciones desarrolladas por particulares que no sean en ejercicio de funciones administrativas. Los trámites que se realicen en desarrollo de los procesos estratégicos, de apoyo y de evaluación de las instituciones, no son objeto de registro en el Sistema Único de Información de Trámites – SUIT. Solo se registran los trámites desarrollados en procesos misionales. Se definen en el Sistema de Gestión de Calidad las diferentes categorías de los procesos de la siguiente manera: 1. Procesos Estratégicos (también denominados gerenciales): Incluyen procesos relativos al establecimiento de políticas y estrategias, fijación de objetivos, provisión de comunicación, aseguramiento de la disponibilidad de recursos necesarios y revisiones por la Dirección. 2. Procesos de Apoyo (también denominados procesos de soporte): Incluyen todos aquellos procesos para la provisión de los recursos que son necesarios en los procesos estratégicos, misionales y de evaluación, análisis y mejora. 3. Procesos de evaluación, análisis y mejora: Incluyen aquellos procesos necesarios para medir y recopilar datos destinados a realizar el análisis del desempeño y la mejora de la eficacia y la eficiencia. Incluyen procesos de medición y seguimiento, auditoría interna, acciones correctivas y preventivas, y son una parte integral de los procesos estratégicos, de apoyo y los misionales. 4. Procesos Misionales (también denominados procesos clave, de prestación del servicio, procesos esenciales): Incluyen todos los procesos que proporcionan el resultado previsto por la entidad en el cumplimiento de su objeto social o razón de ser. 16 CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS Procedimientos administrativos que no sean mi- sionales
  • 22. Fuente: Guía de Diseño para Implementar el Sistema de Gestión de la Calidad bajo la Norma Técnica de Calidad para la Gestión Pública NTCGP 1000:2004. Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP. 2007. Página 16 De lo anterior se deduce que no son objeto de registro en el SUIT: a. Los procedimientos administrativos sancionatorios: En ejercicio de la potestad disciplinaria interna de la administración pública. b. Los procedimientos administrativos recursivo o de impugnación, entendidos estos como los recursos susceptibles de ser interpuestos contra aquellas decisiones de la administración pública. c. Procedimientos administrativos internos y los trámites generados por clientes internos de la institución: En las entidades existen dos tipos de clientes, externos (población y organismos del estado) e internos (trabajadores de las instituciones). Se registran solo los trámites o procedimientos administrativos direccionados a clientes externos. Teniendo en cuenta que en desarrollo de la fase de interacción del Programa Gobierno en Línea, cada entidad en su página web, debe habilitar un botón o enlace de contacto que permita el ingreso, identificación, características, requisitos y plazos de respuesta de cada tipo de solicitud, de acuerdo con el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, lo que permite facilitar la comunicación entre las entidades y los ciudadanos, por lo que las PQRD’S, no son objeto de inscripción en el SUIT, sino que éstas, son manejadas dentro de la estrategia de Gobierno en Línea en los portales de cada una de las entidades Las autoridades de policía ejercen función jurisdiccional y las providencias que dicten son actos jurisdiccionales. Esta asignación especial de atribuciones jurisdiccionales a las autoridades policivas se aviene con el precepto constitucional del artículo 116 inciso 3, según el cual "excepcionalmente la ley podrá atribuir función jurisdiccional en materias precisas a determinadas autoridades administrativas". 17 Procedimientos policivos CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS Peticiones, quejas, reclamos, denuncias - PQRD
  • 23. Aunque las autoridades que ejercen funciones de policía (Ej. Inspectores de Policía) se encuentren dentro de la administración pública, no todas sus actuaciones son administrativas. Existen algunas actuaciones que desarrollan en ejercicio de atribuciones jurisdiccionales (ej. querellas policivas para amparar la posesión, la tenencia, las servidumbres y en general todos los derechos reales legalmente constituidos) que se encuentran regidas por los Códigos de Policía y Código General del Proceso, no por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Entendidas como la infracción a las normas de menor gravedad que los delitos. Las contravenciones son conductas reprochables que se encuentran descritas en el Código Penal, Nacional de Policía y Nacional de Tránsito. Cuando hablamos de una contravención estamos hablando siempre de un acto que está tipificado en el derecho y que supone un tipo de castigo o sanción para aquel que la lleva a cabo. Al ser un proceso sancionatorio, no son objeto de registro en el SUIT. Las conductas punibles se dividen en delitos y contravenciones. Los documentos, contratos y en general los actos derivados de la actividad precontractual, contractual y poscontractual no son objeto de registro en el SUIT, teniendo en cuenta que de conformidad al artículo 3 de la Ley 1150 de 2007, se desarrolló el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP que sirve de punto único de ingreso de información y de generación de reportes para las entidades estatales y la ciudadanía y cuenta con la información oficial de la contratación realizada con dineros públicos. El Portal Único de Contratación se constituye como la Fase Informativa del SECOP. Por lo tanto, los actos derivados de la actividad contractual no son objeto de registro, ya que existe un sistema que cumple con ésta función. Además, de conformidad con la definición del contrato establecida por el Código Civil en sus artículos 1494 y 1495, es una fuente de las obligaciones ya que las mismas nacen del concurso real de las voluntades de dos o más personas y es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Entonces, cada contrato es una situación particular y propia teniendo en cuenta el acuerdo de voluntad que suscriben las partes. Según el inciso primero del artículo 34 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los procedimientos administrativos se adelantarán por escrito, verbalmente, o por medios electrónicos. Para que se active la relación entre el usuario y el Estado, debe existir una solicitud, actuación o pasos que den inicio al procedimiento administrativo. Por lo tanto, los procedimientos que adelanten las 18 Contravenciones CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS Procedimientos que se adelanten de oficio o en revisión Procedimientos adelantados en la contrata- ción pública
  • 24. autoridades de oficio o en revisión no son objeto de registro en el SUIT. (Ej. Cobro coactivo que adelanta el Fondo Nacional del Ahorro cuando un deudor se atrasa en el pago de las cuotas de su crédito hipotecario de vivienda). Procedimientos con una serie de etapas, a través de las cuales las personas que se encuentran involucradas en un conflicto desistible, transigible o determinado como conciliable por la ley, encuentran la manera de resolverlo a través de un acuerdo satisfactorio para ambas partes con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado conciliador. Los conciliadores pueden ser: Jueces de la República, abogados y estudiantes adscritos a los consultorios jurídicos de las facultades de derecho, Superintendente de Industria y Comercio, Notarios, Defensor del Pueblo, Inspectores de trabajo, Defensores y Comisarios de Familia, Agentes del Ministerio Público de la jurisdicción respectiva o rama especializada del derecho y Personeros, para algunos casos. Además, el Defensor del cliente para los litigios con entidades financieras y bancarias. Puede ser judicial, extrajudicial, en derecho y en equidad. Se concluye que la conciliación no es objeto de registro en el SUIT por lo siguiente: 1. No se adelanta en ejercicio de funciones administrativas. Es un requisito de procedibilidad para acudir ante la jurisdicción civil, administrativa y de familia (funciones jurisdiccionales). 2. El resultado no depende del conciliador sino de los acuerdos de las partes intervinientes. El cumplimiento de las decisiones judiciales no es trámite ni otro procedimiento administrativo. Todas las instituciones del estado tienen el deber de acatar los fallos judiciales, sin entrar a evaluar si ellos son convenientes u oportunos. La autoridad judicial ordena directamente a la autoridad administrativa sobre el cumplimiento de la decisión judicial (Ej. Cancelar el Registro Sindical por Orden Judicial - Ministerio del Trabajo). La mayoría de instituciones públicas tienen atribuidas dentro de sus funciones misionales las de asesorar, capacitar, acompañar y apoyar cuando sean requeridas por sus usuarios y funcionarios, en los asuntos propios de su competencia y facultades otorgadas por el ordenamiento jurídico, para lograr una mayor eficiencia y eficacia de la administración. Por ser funciones inherentes a las instituciones del Estado, no es necesario registrarlas en el SUIT como trámites u otros procedimientos de cara al usuario. Sin embargo, en algunas instituciones como el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, los entes autónomos universitarios y la Escuela Superior de Administración Pública - ESAP, la razón de ser de las mismas es ofrecer y realizar programas de capacitación. En estos casos son objeto de registro en el SUIT los procedimientos 19 Conciliaciones en general CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS Asesorías, capacitaciones, acompañamiento y apoyo en asuntos de competencia de las instituciones públicas Cumplimiento de orden judicial
  • 25. administrativos de cara al ciudadano para acceder a los programas de capacitación por ser procesos misionales. Las instituciones del Estado en la implementación de la estrategia de Gobierno en Línea, proveen en línea información en sus propias páginas web. El contenido mínimo del sitio Web es acerca de la institución, normatividad, presupuesto, políticas, planes, programas y proyectos institucionales, trámites y servicios, contratación, control y rendición de cuentas y, servicios de información. Por otro lado, de acuerdo con las normas antitrámites el Sistema Único de Información - SUIT, se define como la fuente única y válida de la información de los trámites y procedimientos administrativos de cara al ciudadano que las instituciones del Estado ofrecen a la ciudadanía. Por lo anterior, los procedimientos administrativos que no sean objeto de registro en el SUIT, pueden ser divulgados en las páginas web de las instituciones, así como el acceso a la información relacionada con enlaces de interés nacional e internacional, revistas electrónicas, boletines, normas, publicaciones, noticias, guías, etc. En las bibliotecas tradicionales los libros se encuentran realizados en papel y en las virtuales en formatos de textos digitalizados. Dentro de la política del DAFP, se considera que los servicios de las bibliotecas ya sean virtuales o presenciales, no deben ser objeto de registro en el SUIT, con la salvedad que aquellas instituciones (Ej. Biblioteca de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Biblioteca Pública Virgilio Barco) si deben registrar los procedimientos administrativos que tengan de cara al ciudadano por ser procesos misionales. Ejemplos de procedimientos que no se deben registrar en el SUIT:  Librería Virtual Agropecuaria - Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria -CORPOICA  Consulta Biblioteca Agropecuaria de Colombia (BAC) - Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria – CORPOICA  Consulta Virtual Centro de Excelencia Fitosanitaria - ICA  Consulta Biblioteca Agropecuaria de Colombia – ICA  Consulta del material bibliográfico del Centro de Documentación Arcadio Plazas - Dirección de Derechos de Autor 20 Consulta de información página web de las instituciones públicas CONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOSCONCEPTOSBÁSICOS Consulta bibliotecas ya sea virtual o presen- cial
  • 26. Sistema de Información y Gestión del Empleo Público –SIGEP El SUIT está integrado con el Subsistema de Organización Institucional del Sistema de Información y Gestión del Empleo Público - SIGEP. Dicha integración consta de los módulos que permiten gestionar los datos que identifican y caracterizan las instituciones y los organismos del Sector Público, como son: nombre, sigla, identificación, clasificación orgánica, orden, departamento, municipio, sector, nivel, naturaleza jurídica, entre otros, los que son suministrados por el SIGEP al SUIT de forma automática. Lo anterior indica que, para que una institución pública registre, consulte, gestione o racionalice trámites en el SUIT, debe contar con el pre-requisito de estar registrado en el SIGEP, ya que desde el SUIT no es posible la creación de instituciones públicas. Si la institución no se encuentra registrada en el SIGEP, puede solicitar información del proceso de inclusión al correo electrónico soportesigep@dafp.gov.co o a los números: En Bogotá: Directo: 3360710 Conmutador: 3344080 Ext 176 o 212 A nivel nacional: 018000917770 Entonces, se entiende como sede el edificio o punto geográfico que la institución ingresó en SIGEP y que comparte con SUIT. Una institución solo podrá tener una única sede, ésta es entendida como ubicación principal de la institución. La actualización de los datos de la sede se hace directamente en el SIGEP y posteriormente se verán reflejados en el SUIT. Un punto de atención, es todo lugar propio de la institución, compartido, alquilado o de un tercero, donde el usuario puede dirigirse a recibir información, ejecutar u obtener el producto o servicio del trámite a realizar. La administración de los puntos de atención (creación, edición y eliminación) se realiza desde el SUIT, ingresando por la opción “Gestión de puntos de atención” que se encuentra en el menú de la aplicación. 21 INTEGRACIÓN CON OTROS SISTEMASINTEGRACIÓN CON OTROS SISTEMASINTEGRACIÓN CON OTROS SISTEMAS DE INFORMACIÓNDE INFORMACIÓNDE INFORMACIÓN SIGEP sirve de apoyo a las instituciones en los procesos de planificación, desarrollo y la gestión del recurso humano al servicio del Estado. Adicionalmente, suministra la información necesaria para la formulación de políticas de organización institucional y recursos
  • 27. RECOMENDACIONESRECOMENDACIONESRECOMENDACIONES Con el fin de propender por una escritura unificada para el registro de los procedimientos administrativos en el Sistema Único de Información de Tramites - SUIT, se establecen los siguientes lineamientos, los cuales deben ser tenidos en cuenta y usados en su totalidad: Los campos obligatorios se encuentran marcados en el sistema con el símbolo “ * ”. En caso de no diligenciar uno de los campos que se encuentre marcado con éste símbolo, el sistema no permitirá continuar con el registro del procedimiento administrativo. El SUIT 3.0, al ser un sistema de información desarrollado en su totalidad en tecnología WEB, está en la capacidad de utilizar las funcionalidades que los navegadores como Mozzilla Firefox, Google Chrome, Internet Explorer, Zafari, entre otros, ponen a disposición de todas aquellas personas o aplicaciones que utilicen sus navegadores. El SUIT 3.0 utiliza de los navegadores el “Corrector ortográfico”, el cual se recomienda activar y usar para que los trámites no muestren errores de ortografía. Cada navegador tiene su forma de activar dicha herramienta. A continuación se explican los pasos de cómo hacerlo en los navegadores más comunes:  Activación ortográfica para el navegador Google Chrome: 1. Entrar a la configuración de Google Chrome 2. Hacer clic en la opción de “Configuración” 3. Hacer clic en la opción de “Mostrar opciones avanzadas” 4. Buscar la opción de “Idioma” y hacer clic en el botón de “Configuración de idiomas y del corrector ortográfico…” 5. En la ventana que abre el navegador, verificar que esté activa la opción de “Habilitar la opción ortográfica”, que se encuentra en la parte inferior de la ventana; de lo contrario actívela. 22 Campos obligatorios Corrector ortográfico
  • 28. RECOMENDACIONESRECOMENDACIONESRECOMENDACIONES  Activación ortográfica para el navegador Mozilla Firefox: 1. Hacer clic en la opción de “Herramientas” 2. Hacer clic en la opción de “Opciones” 3. Hacer clic en la opción de “Avanzado” 4. En la pestaña “General” verificar que se encuentre activa la casilla de “Comprobar la ortografía mientras se escribe”; de lo contrario actívela.  Activación ortográfica para el navegador Internet Explorer: Este navegador es el único que no tiene dentro de sus herramientas un corrector ortográfico incluido. Para poder hacer uso de un corrector ortográfico, se debe hacer la instalación de uno. Se recomienda la descarga e instalación del software gratuito “Speckie”, el cual se complementa adecuadamente con este navegador. Speckie solo trae por defecto el diccionario para “Inglés”, de modo que cuando escriba cualquier palabra dentro del Formato Integrado del Trámite - FIT la marcará como error. Para instalar el diccionario en “Español” debe realizar los siguientes pasos: 1. Hacer clic sobre cualquier palabra resaltada como error. 23
  • 29. 2. Hacer clic sobre la opción de “Configuración Speckie”. 3. De la sección de “Directorios instalados”, hacer clic en el botón de “Obtener más diccionarios” 4. Seleccionar de la lista el diccionario “Spanish (Español)” 5. Hacer clic en la opción de “Instalar” Una vez se hayan realizado los pasos descritos, el diccionario quedará configurado y listo para usarse.  Utilizar verbos en infinitivo:  No utilizar gerundios:  Evitar el uso de complementos que no agregan valor 24 Al momento de escribir Escriba No escriba Diligenciar el formulario Diligenciando el formulario Escriba No escriba Debe acercarse a la oficina Debe acercarse a la ofici- na más cómoda para su desplazamiento Escriba No escriba Firmar el documento Firmado el documento RECOMENDACIONESRECOMENDACIONESRECOMENDACIONES
  • 30.  Evitar el uso de extranjerismos  Evitar escribir siglas  Evitar el uso de adjetivos  Evitar escribir en mayúscula sostenida  Escribir en un lenguaje claro Definición: Es un método de comunicar información que busca garantizar claridad y efectividad en la comunicación entre los servidores públicos y los ciudadanos, guiado por los principios de claridad, cercanía y estructura de la información. La información deberá ser presentada siempre de tal manera que el lector entenderá un texto a la primera lectura. 25 Escriba No escriba Departamento Administra- tivo de la Función Pública DAFP Escriba No escriba Formulario diligenciado Formulario debida y com- pletamente diligenciado Escriba No escriba Lista de verificación Check list RECOMENDACIONESRECOMENDACIONESRECOMENDACIONES Escriba No escriba Solo se recibirán las solicitudes que cumplan con todos los requisitos exigidos en esta con- vocatoria y con las fechas lími- te para recibir los documentos Por ningún motivo, se recibirán soli- citudes que no cumplan estricta- mente con la totalidad de los requi- sitos exigidos en esta convocatoria y con las fechas límite de recepción de documentos Escriba No escriba Licencia de conducción LICENCIA DE CONDUCCIÓN
  • 31. Ingresar a www.suit.gov.co con el usuario y contraseña asignada por el sistema, a través de un correo cuyo remitente es Info Suit (info_suit@dafp.gov.co), previa solicitud a la mesa de ayuda del SUIT (soportesuit@dafp.gov.co) en el caso de los Jefes de Planeación o la creación de usuarios realizada por el Jefe de Planeación, en el caso de los Administradores de Trámites. Dar click sobre la flecha en el menú “Ingresar al SUIT”. Digitar el usuario, contraseña y el captcha para iniciar sesión: Una vez logeado, el sistema muestra los módulos de Administración, Formato Integrado y Reportes, los cuales se describen a continuación: INGRESOALSISTEMAINGRESOALSISTEMAINGRESOALSISTEMA
  • 32. Módulo orientado a los Jefes de Planeación o quien haga sus veces, el cual comprende las siguientes opciones de menú: Avance institución, Gestionar usuario y Gestionar formularios. Avance Institución (vista del Sistema con el rol Jefe de Planeación y Administrador de Trámites) Muestra la información básica de la entidad como nombre, dirección, teléfono, sitio web, así como el avance porcentual de la institución en Gestión de usuarios, Gestión de formularios y Gestión inventarios. MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
  • 33.  Gestión de usuarios: Muestra los usuarios del sistema que se han creado en la institución  Gestión de formularios: Lista los formularios que la institución tiene disponibles para el registro de los Formatos integrados. Por esta misma opción, también se puede consultar la gestión de otra institución. MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
  • 34. Gestionar Usuario (vista del Sistema con el rol Jefe de Planeación) El Departamento Administrativo de la Función Pública -DAFP, inicialmente crea el único usuario de cada institución (Jefe de Planeación), quien a su vez tiene el rol de “Administrador de usuarios” (crear los demás usuarios responsables del registro de los Formatos integrados de la institución) y, la responsabilidad de la administración de la información contenida en el sistema. El “Administrador de usuarios” tiene la potestad de crear y desactivar en el sistema los Administradores de Trámites, y si además requiere permisos para registrar trámites, se debe crear un usuario con el rol de “Administrador de trámites”, siguiendo las Políticas (archivo pdf) y el procedimiento de creación de usuarios descrito a continuación: Procedimiento para creación de usuarios de Instituciones Dar clic en la opción del menú Gestionar usuario - crear usuario MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
  • 35. Aparece la siguiente pantalla: En el campo Información de la Cuenta, digitar el usuario, número de la clave, contraseña o password y volver a digitar el número de la clave para confirmar la operación. Nota: Por seguridad, al utilizar por primera vez el sistema se recomienda cambiar la contraseña, de acuerdo con las Políticas de creación de usuarios (archivo pdf). A continuación, llenar todos los campos de Información del usuario, recolectada previamente. Campos Obligatorios: Para la creación de usuarios son obligatorios los campos de Identificación, Nombre, Apellido, Departamento donde domicilia, Municipio donde domicilia, Correo electrónico institucional y teléfono. GESTIÓNDEUSUARIOSGESTIÓNDEUSUARIOSGESTIÓNDEUSUARIOS MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
  • 36. El correo electrónico personal, la extensión y el teléfono celular son opcionales. En la opción Roles, seleccionar o marcar el rol de “Administrador de trámites” para el registro de trámites en el SUIT o “Consultante de la entidad”, que como su nombre lo indica, le permite a este usuario informarse sobre los contenidos de la institución en el sistema. Dar clic en el botón con el símbolo más para crear el usuario 1. Política para los nombres de usuarios Al crear cualquier usuario, debe tener a mano:  Los nombres y apellidos completos de la persona  Número de documento de identificación (ejemplo: cédula de ciudadanía)  Teléfono fijo y/o extensión  Teléfono celular  Correo electrónico institucional y el personal Para crear el usuario con los datos que ya tiene, siga las siguientes indicaciones:  Escribir la primera letra del primer nombre en mayúscula  Luego, escribir el primer apellido completo (*)  Y luego, escribir los tres últimos dígitos del documento de identificación. GESTIÓNDEUSUARIOSGESTIÓNDEUSUARIOSGESTIÓNDEUSUARIOS
  • 37. En caso de presentarse homónimos, es decir, que el sistema informa que ese usuario ya existe, tener en cuenta:  Después de la primera letra del nombre, escribir la primer letra del segundo nombre, seguido por el primer apellido completo (*).  Si sigue existiendo duplicidad, escribir la primera letra del nombre, escribir la primera letra del segundo nombre, seguida por el primer apellido completo(*) y la primera letra del segundo apellido. (*) Nota: Los apellidos que contengan la letra “ñ” no podrán escribirse con esa letra puesto que hay teclados que son en inglés y no en español. Si la persona sólo tiene un nombre y existe duplicidad:  Escribir la primera letra del nombre en mayúscula, seguido por el primer apellido completo y la primera letra del segundo apellido. En la Institución ABC, se crearán dos usuarios que utilizarán SUIT, para lo cual, el encargado de ello al interior de la Institución, recolectó la información y obtuvo los datos de un usuario de la oficina de Sistemas: Nota: Para la creación los campos obligatorios son: identificación, Nombre, Apellido, Departamento, Municipio, Correo institucional y teléfono. El responsable de generar los usuarios, crea el usuario de la Oficina de Sistemas siguiendo la política de la siguiente manera: Dperalta354 El mes siguiente llega otra solicitud de creación de usuario para SUIT, el responsable de la Institución ABC recolecta los datos de la nueva persona de la Oficina de Planeación, obteniendo en su bitácora la siguiente información: En este caso, los dos usuarios tienen su nombre que comienza por la letra “D”, el mismo primer apellido y los tres últimos números de su documento de identificación igual, ¿entonces el segundo usuario cómo lo crea? Siguiendo la política lo crea de la siguiente manera: MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN Ejemplo
  • 38. DPperalta354 Adiciona la inicial del segundo nombre A los tres meses llega otra solicitud de creación de usuario para SUIT, el responsable de la Institución o Dependencia ABC, recolecta los datos de la nueva persona de la oficina de Servicio al Cliente, obteniendo en su bitácora la siguiente información: En este caso, los tres usuarios tienen su nombre que comienza por la letra “D”, el mismo primer apellido y los tres últimos números de su documento de identificación igual. El segundo y tercer usuario tienen su segundo nombre comenzando por la misma letra, la “P”, entonces ¿cómo lo crea el tercer usuario?. Siguiendo la política lo crea de la siguiente manera: DPperaltaS354 Adiciona la inicial del segundo nombre y apellido 2. Política para el manejo de usuarios por parte de la institución Las personas responsables en la institución, entidad u organización de la creación de los usuarios con rol de “Administrador de Trámites”, es decir quienes registrarán los trámites en el SUIT 3.0 deberán tener en cuenta: 1. Llevar un control de los usuarios creados del SUIT 3.0. 2. Velar porque los usuarios cambien periódicamente su contraseña, principalmente porque cambien la primera contraseña asignada cuando se crea el usuario. 3. Inactivar los usuarios cuando salgan de vacaciones o cuando se retiren de la Institución. 4. Llevar un control de los usuarios creados e inactivados. 5. Reportar problemas a la Mesa de Ayuda del SUIT, en caso de tener inconvenientes con su usuario ó con los que cree. 6. Reportar a la Mesa de Ayuda en caso de vacaciones u otro motivo de ausencia, el reemplazo del rol de “Administrador de Usuarios”. Esto para que otra persona pueda crear “Administradores de trámites” durante la ausencia. MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
  • 39. 3. Política para el manejo de claves Por primera vez Todo usuario que se cree por primera vez, debe tener una contraseña, password o clave con las siguientes indicaciones:  Contener letras y números  Ser de mínimo 8 caracteres Esta clave le será notificada al usuario al correo electrónico institucional, ingresado en el sistema. Periódicamente Todo usuario debe cambiar su contraseña periódicamente teniendo en cuenta las siguientes indicaciones:  Clave de fácil recordación  Clave con letras y números intercalados  Clave de mínimo 8 caracteres  No anotar la clave en un papel cerca a su escritorio  No divulgar o dar a conocer a otros su clave Responsabilidades de usuarios y claves Las responsabilidades de los usuarios del SUIT son:  Responsabilizarse de las acciones realizadas en el sistema con el usuario asignado.  Debe ser personal e intransferible.  Seguir las políticas de manejo de usuarios de la Institución.  Seguir las políticas sugeridas por el DAFP en cuanto a claves y usuarios para el SUIT 3.0.  Informar su retiro por vacaciones, incapacidad o cancelación de contrato, para que el usuario sea inactivado y no entregarlo a la persona que lo reemplace. MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
  • 40. 4. Procedimientos Para cambiar la clave Al utilizarse el sistema por primera vez, debe cambiarse la contraseña, password o clave desde la opción Mi cuenta Dar clic en Cambiar contraseña Digitar la clave asignada por el sistema Digitar la nueva clave con las siguientes consideraciones:  Clave de fácil recordación  Clave con letras y números intercalados  Clave de mínimo 8 caracteres MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
  • 41. Gestionar Formularios Un formulario es un elemento que permite la recolección de datos introducidos por un usuario para gestionar un trámite u otro procedimiento. Por tanto, no se considera formulario a los registros que son utilizados únicamente para la validación de datos del usuario. Este módulo tiene como propósito indicar el procedimiento para cargar en el SUIT los formularios que se requieren para el registro de los formatos integrados, los cuales están clasificados en tipo A y tipo B, soportado en el siguiente marco normativo:  Decreto 2150 de 1995, artículos 23 y 24  Ley 962 de 2005, artículos 4, 31, 43, 59 y 70  Decreto Ley 019 de 2012, artículos 4, 11, 26 y 37 Formulario tipo B Formulario único nacional de solicitud de trámites, definido oficialmente y adoptado mediante norma, el cual es de obligatoria utilización y aplicación en el territorio nacional. Debe estar disponible para el usuario de forma gratuita y oportuna en medio electrónico. Su modificación solo puede ser realizada mediante otra norma. Este formulario puede ser utilizado por varias instituciones que soliciten información de la misma naturaleza y esté vinculado con sus trámites. En la columna Acción, se visualiza la siguiente información del formulario:  Nombre del formulario  Nombre de la institución que lo crea y su respetivo código  Descripción  La norma que crea el formulario MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
  • 42. Al dar clic en el botón del más se van adicionando los formularios tipo B al inventario de formularios de la institución, quedando disponibles para vincularlos con los formatos integrados. Formulario tipo A Formulario que crea la institución para que el usuario realice los trámites u otros procedimientos administrativos de cara al usuario. Éste formulario solo aplica a la institución que lo crea y puede ser modificado por la misma. Debe estar disponible para el usuario de forma gratuita y oportuna en medio electrónico. Crear formulario Para la creación de los formularios tipo A y B se debe ingresar por la opción CREAR FORMULARIO y registrar la siguiente información solicitada :  Código institución  Nombre del formulario  Descripción  Anotaciones adicionales MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
  • 43. Tipos de Formularios Dependiendo de la disponibilidad del formulario para el usuario, se puede clasificar en descargable, diligenciable y transaccional. Formulario descargable (Forma impresa) Es el formulario habilitado por las instituciones para ser consultado o descargado por el usuario. Pueden servir como referencia o para ser impreso, diligenciado y presentado ante la institución solicitante. Puede estar en archivos tipo TIFF, JPG, PNG, Open Office, Word, Excel, Power Point, PDF. El formulario debe corresponder con la versión del formulario físico que la institución entrega para la realización del trámite o del procedimiento administrativo de cara al usuario de manera presencial. Formulario diligenciable Es el formulario que se diligencia en línea a través de un aplicativo, pero requiere ser impreso por el usuario y entregado en forma presencial a la institución. Puede estar en archivos tipo Word, Excel o PDF. Formulario Transaccional Es el formulario que se diligencia a través de un sistema de información o aplicación en línea, sin necesidad que el usuario lo imprima y lo lleve a la institución. MÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓNMÓDULODEADMINISTRACIÓN
  • 44. Una vez el Jefe de Planeación o quien haga sus veces en la Institución haya creado el Administrador de Trámites, éste ya podrá ingresar y registrar los trámites u otros procedimientos de cara al usuario — OPA así: Dar clic sobre el botón FORMATO INTEGRADO. En este módulo se encuentran las siguientes opciones en menú:  Inicio  Registrar Formato Integrado  Gestionar Puntos de Atención  Búsqueda de Formato integrados En el Inicio se encuentra un semáforo con las siguientes opciones que están dadas por color para hacer su respetiva diferencia  En creación (Gris): Trámites u Otro procedimiento -OPA que la Institución ha iniciado a registrar y no les ha dado finalizar.  Tareas pendientes (Rojo): Trámites u Otro procedimiento - OPA que la Institución tiene para corregir, de acuerdo con las observaciones que realiza el Asesor de Política. MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO Inicio
  • 45.  Enviados para revisión: Trámites u OPA que la Institución ha enviado al DAFP para verificación.  Inscritos: Trámites u OPA que el DAFP ha aprobado y se visualizan en el Portal del Estado Colombiano—PEC. Por medio de la opción Inscritos se podrán ACTULIZAR los Tramites u Otros procedimiento administrativos . MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
  • 46. De acuerdo con los conceptos anteriormente expuestos, dar clic sobre el botón que se desee inscribir según FORMATO INTEGRADO. A continuación se describe cada uno de los componentes del Formato Integrado que aplica tanto para trámites como para otros procedimientos administrativos de cara al usuario Se pueden registrar Trámites u Otros Procedimientos- OPAS únicos de la institución por la opción REGISTRAR. En esta sección se encuentran las recomendaciones para el diligenciamiento de los campos del Formato Integrado - FI que tienen las políticas de uso en la sección de “Descripción”. Tenerlas en cuenta y aplicarlas para un registro exitoso y entendible para el usuario. Escribir aquí el nombre del procedimiento administrativo de la misma forma como es establecido en el fundamento legal que lo crea. En caso que no lo diga de forma expresa, debe ser redactado haciendo un análisis del fundamento legal. MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO Registro de Formato- Único Nombre Paso 1 DESCRIPCIÓN
  • 47. Permite clasificar el nombre del procedimiento administrativo por uno claro para el usuario, el cual debe estar relacionado con el producto o servicio a obtener. El nombre estandarizado está conformado por tres elementos que son:  “Acción” es un “verbo” que identifica la actuación del usuario frente al producto o servicio a obtener. El verbo que se utilice debe indicar claramente en qué etapa del “ciclo de vida” se encuentra el producto o servicio a obtener (inicio, - actualización, modificación, cambio, etc… - fin).  “Objeto” es una palabra que define o describe el producto o servicio a obtener.  “Complemento” palabras o conjunto de palabras que proveen descripciones o detalles adicionales del producto o servicio. Escriba No escriba Cédula de ciudadanía Expedición de documento de identificación Visa turista Visa visitante turista Nombre estandarizado Ejemplo Acción Objeto Complemento Expedición Cédula De ciudadanía Expedición Visa Turista Cancelación Matrícula De vehículo automotor por destrucción total a causa de un accidente de tránsito Ejemplo MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
  • 48. La redacción del propósito debe ser escrita respondiéndose a la pregunta ¿Cuál es el objetivo del procedimiento administrativo?. Debe dar al usuario una idea clara sobre la finalidad del mismo. Debe ser breve y conciso. Este campo contiene tres valores que son: “Totalmente”, “Parcialmente” y “No disponible”.  Si un procedimiento administrativo es desarrollado por el usuario únicamente usando medios electrónicos, este debe ser clasificado como “Totalmente”. Aquí el usuario NO TIENE desplazamientos a algún punto de atención de la Institución.  Si un procedimiento administrativo es desarrollado por el usuario únicamente de forma presencial, este debe ser clasificado como “No disponible”  Si parte de un procedimiento administrativo lo desarrolla el usuario utilizando medios electrónicos y también de forma presencial, este debe ser clasificado como “Parcialmente”. Se considera que es parcialmente en línea si el usuario realiza alguna de estas acciones: Escriba No escriba Obtener el documento de identificación a los ciudadanos colombianos que hayan cumplido dieciocho años de edad Si usted es mayor de 18 años de edad debe solicitar la cédula de ciudadanía ante cualquier Registraduría Autorización de ingreso y permanencia en el país a extranjeros que vayan a realizar actividades de descanso o esparcimiento Autorización de ingreso y permanencia en el país que se otorgará al extranjero que pretenda ingresar al país para realizar actividades de descanso o esparcimiento y que requiera visa de turista para ingresar y permanecer temporalmente en Colombia. La primera visa visitante turista deberá tramitarse siempre en los Consulados de Colombia en el exterior. Ejemplo Propósito Se puede realizar por medios electrónicos Parcialmente en línea Diligenciamiento en línea de un formulario Pago electrónico Consulta en línea de la respuesta del trámite Envío de requisitos por correo electrónico Recibo de respuesta telefónicamente Ejemplo MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
  • 49. El nombre del resultado del procedimiento administrativo es el producto o servicio que obtiene el usuario y debe ser escrito teniendo en cuenta las siguientes recomendaciones:  Respondiéndose a la pregunta ¿Qué obtiene el usuario al finalizar el desarrollo del procedimiento administrativo?  El resultado debe ser coherente con el nombre del procedimiento administrativo  Evitar denominarlo con la palabra “documento”  Evitar negarlo y aceptarlo en la misma frase Aquí la institución debe registrar las “Palabras” o “Frases” que permita al usuario relacionarse o identificarse con el nombre del trámite que desea realizar. Estas “Palabras” o “Frases” son generalmente regionalismos, adaptaciones culturales, o simplemente una forma mas fácil de identificar el trámite. Estas palabras son utilizadas por el sistema en el momento en que el usuario hace la búsqueda del trámite desde un buscador WEB (Ejemplo: google). Ejemplo Nombre del resultado Escriba No escriba Cédula de ciudadanía Documento de identificación Visa turista Visa visitante turista en oficina de visas en inmigración Co- lombia Examen reconocido Aprobación o negación de la validez del examen También se conoce como Trámite También se conoce como Licencia de conducción Pase Tarjeta de reservista de se- gunda clase Libreta militar Pensión de vejez Jubilación por vejez MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
  • 50. Este debe ser el tiempo que toma la institución para la ejecución del procedimiento administrativo en condiciones normales y sin la consideración de excepciones. Tenga en cuenta las siguientes características para identificar si la obtención del resultado del desarrollo del procedimiento administrativo es “inmediato”:  Sucede enseguida y sin tardanza1  El usuario obtiene el resultado (producto o servicio) una vez termina de desarrollar el procedimiento administrativo  No hay tiempos de espera por parte del usuario, ni cortos ni largos para obtener el resultado. 1 Definición de www.rae.es Se especifica solo en el momento en que el tiempo de obtención del producto o servicio es dado en “Días”. Si el fundamento legal que soporta la adopción del procedimiento administrativo NO hace referencia a que la ejecución se realizará en días “Calendario”, se debe tomar como días “Hábiles”. Cuando el tiempo de obtención del producto o servicio es dado en “Meses” y “Años” los días serán tomados como “Calendario” Aquí se ingresa información complementaria al tiempo de obtención cuando existen excepciones o condiciones particulares en la ejecución del procedimiento administrativo por parte de la Institución. Tiempo de obtención Hábil y calendario Observaciones al tiempo de obtención Obtención inmediata Escriba Si la expedición de la visa de turista se realiza en las oficinas de inmigración en Colombia, el tiempo de obtención es de un (1) día. Ejemplo MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
  • 51. Todos los procedimientos administrativos y las acciones y/o condiciones que le son solicitadas al usuario deben estar regulados mediante un fundamento legal, es decir, deben estar claramente identificadas en alguno de los siguientes tipos de normas: El fundamento legal que debe ingresarse, es todo aquel que hace referencia al trámite en lo concerniente a su: creación, vigencia, características, requisitos (acciones y/o condiciones), costo, aplicación, cobertura, etc… NO deben incluirse normas que no tienen relación directa con el trámite. Si la norma que va a relacionar hace referencia al trámite en una parte de su contenido, es necesario hacer la indicación exacta de esta, ya que es de orientación y ayuda para el usuario al momento de la consulta del fundamento legal. La escritura adecuada de este campo debe tener la siguiente estructura: Tipos de normas Acuerdo Circular Código Decreto Decreto Ley Directiva Documento Técnico Estatuto Ley Norma Internacional Ordenanza Resolución Escriba No escriba Decreto Ley 19 2012 Constitución Política de Colombia Ejemplo Títulos, capítulos o artículos Paso 2 FUNDAMENTO LEGAL MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
  • 52.  Escribir completa la palabra a la que se va a hacer referencia (Titulo, Capitulo, Articulo)  Hacer la separación de los títulos, capítulos y/o artículos con una “coma”.  El orden de ingreso es primero Títulos, después capítulos, artículos, numerales, literales y por último parágrafos  La primera letra debe ir en “Mayúscula” Todo fundamento legal, sin excepción del tipo de norma, debe tener un soporte documental de forma que, tanto el usuario como las personas encargadas de la revisión y aprobación del trámite, puedan acceder al texto del fundamento legal. El soporte documental puede ser:  Adjuntar archivo soporte: Aquí el usuario carga el archivo que corresponde al fundamento legal que ingresó; el archivo debe estar en formato PDF . El tamaño que debe tener el archivo que se adjunte como soporte no debe exceder las 10 Megas.  URL de la norma: Aquí el usuario puede asociar la URL (dirección WEB) en donde se encuentra en forma directa, el texto del fundamento legal que se ingresa. La URL que se ingresa para hacer referencia a la visualización del fundamento legal, NO puede ser de páginas WEB diferentes a las siguientes: MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO Escriba No escriba Título 1, Capítulo 1, Artículos T 1, C 1, Art 4, 5 y 6 Ejemplo Archivo soporte Institución Páginas WEB Presidencia de la República www.presidencia.gov.co Senado de la Republica de www.senado.gov.co Ministerios Diario oficial www.imprenta.gov.co Páginas institucionales de las instituciones Alcaldías, Gobernaciones, descentralizadas y adscri- tas, o instituciones dueñas del tema
  • 53. Si la norma que va a relacionar hace referencia al trámite en todo su contenido, debe escribir la palabra “Todos”. En esta sección se encuentra la información necesaria para indicar al usuario “Dónde” y “Cuándo” puede realizar el trámite frente a la institución. Se debe seleccionar una única opción para indicar al usuario en “Dónde” se puede realizar el trámite. Las opciones disponibles son:  Cualquier punto de atención de la institución: Se selecciona esta opción cuando el usuario DEBE acercarse a CUALQUIER punto de atención de la Institución para ejecutar el trámite, sin importar su ubicación o capacidad de atención.  En un punto de atención específico de la institución: Se selecciona esta opción cuando el usuario DEBE acercarse a un punto ESPECÍFICO de la institución para la ejecución del trámite. Si selecciona la última opción “En un punto de atención específico de la institución” debe seleccionar, de la lista desplegable que ofrece el sistema, el punto de atención específico en forma obligatoria. NO es obligatorio el ingreso de las dos formas presentadas para el “soporte documental”, pero SÍ es obligatorio el ingreso de mínimo una de las formas.TIP Se recomienda que los documentos escaneados se realicen a baja resolución. En caso de que el documento ya escaneado supere las 10 megas, se puede utilizar el acrobat profesional para bajar la resolución del archivo. TIP Paso 3 INFORMACIÓN EJECUCIÓN Puntos de atención MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
  • 54. A continuación se describen los pasos que se deben realizar para obtener los datos de “Latitud” y “Longitud”, utilizando aplicaciones gratis y de fácil uso. Los pasos a seguir son: 1. Ingrese a http://maps.google.com/ 2. En la barra blanca de búsqueda ingrese la dirección del punto de atención. 3. Si la dirección ingresada fue encontrada, identificar en el mapa el icono que representa la ubicación del punto. Si no, navegar sobre el mapa y ubicar la dirección deseada. 4. Hacer clic derecho sobre el punto 5. De las opciones que se presentan en el menú que se desglosa, seleccionar la opción de What´s here? o Que hay aquí? Una vez seleccionada la opción, en la barra blanca de búsqueda donde se ingresa la dirección, aparecerán los valores en el siguiente orden: El primer valor indica la “Latitud” y el segundo indica la “Longitud”. Menú en inglés Menú en español Latitud y longitud MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
  • 55. Se debe seleccionar una única opción para indicarle al usuario “Cuándo” se debe realizar el trámite. Las opciones disponibles son:  Cualquier fecha: Se selecciona esta opción cuando el usuario puede ejecutar el trámite en CUALQUIER MOMENTO sin restricción de fecha.  Fechas específicas—Publicadas en su página WEB: Se selecciona esta opción cuando para la ejecución del trámite, el usuario DEBE cumplir con un calendario de fechas específico. Si la institución tiene publicado el calendario de fechas para el trámite que se está ingresando en su página WEB institucional y oficial, debe ingresar la URL (Dirección WEB) que lleve de forma directa al calendario de fechas.  Fechas específicas—Para ingresar manualmente: Se leccionar esta opción cuando para la ejecución del trámite el usuario DEBE cumplir con un calendario de fechas específico. La institución ingresa en forma manual cada una de las fechas con la siguiente información:  Fecha inicial  Fecha final  Observaciones Fechas especiales: Se selecciona esta opción cuando las fechas de ejecución del trámite son irregulares y no están compuestas por una fecha inicial y una final Fecha de ejecución Las “Fechas especiales” son una ayuda para que el usuario con sus palabras escriba el comportamiento de las fechas irregulares, pero es posible que estas fechas sean ingresadas, en su mayoría, también por la opción de “Fechas específicas—Para ingresar manualmente” TIP MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
  • 56. Es muy importante la clasificación y la selección de los valo- res de forma correcta ya que esta sección hace parte fun- damental de los criterios de búsqueda que utiliza el usuario para acceder a la información del trámite y de las estadísti- cas que se generen para la alta gerencia En esta sección el usuario debe indicar la Audiencia a la cual le aplica o beneficia la ejecución del trámite. . Hay cuatro grupos de audiencias que presenta el sistema, las cuales pueden ser combinadas entre sí:  Instituciones públicas: La selección de esta opción indica que el trámite lo pueden ejecutar instituciones que hacen parte del sector público, las cuales se convertirían en usuario del trámite.  Ciudadano: Es toda persona natural, que tenga nacionalidad colombiana ya sea por nacimiento o por que fue adquirida y pueden ser menores o mayores de edad. Con el fin de precisar esta clasificación y en beneficio de reflejar estadísticas detalladas, se crearon grupos que al momento de identificar que el trámite va dirigido a alguno o muchos de estos, debe ser seleccionado. Grupos para “Ciudadano” Infancia Juventud Adulto mayor Grupos étnicos Cabeza de familia Personas en condición de discapacidad Miembros Fuerzas militares y Policía Desplazado Víctima Adulto Paso 3 INFORMACIÓN EJECUCIÓN MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
  • 57.  Organizaciones: La selección de esta opción indica que el trámite está dirigido a organizaciones privadas o mixtas. Al igual que la categoría de “Ciudadano”, esta también cuenta con grupos de clasificación donde al ser identificada su participación en el trámite debe ser seleccionada la opción.  Extranjeros: Son todas aquellas personas, empresas o instituciones que se encuentran dentro del territorio nacional y que no poseen la ciudadanía colombiana o un documento que los identifique como persona jurídica en Colombia. Si el trámite puede ser desarrollado por este tipo de personas, debe seleccionar ésta opción En las Situaciones de vida se describen algunas de las etapas más representativas del ciclo de vida de una persona sea esta ciudadano o extranjero, según los grupos de audiencia que posee el sistema. Si el trámite ingresado no se asocia a ninguna situación de vida, debe ser seleccionado el valor de “Ninguno”. Las situaciones de vida que se representan son: Grupos para “Organizaciones” Micro, pequeño y mediana empresa Grandes empresas Organizaciones sin ánimo de lucro MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO Situaciones de vida Aunque no todos los trámites encajan en alguna de las etapas listadas, es fundamental hacer la clasificación en forma correcta porque esta hace parte de cómo el siste- ma agrupa los trámites para optimizar las consultas por parte del usuario. Situaciones de vida Me identifico Me educo Quiero vivienda Pago impuestos Me pensiono Fallecimiento
  • 58. TODO procedimiento administrativo debe estar relacionado con mínimo uno y máximo dos temas. Los temas seleccionados deben tener entre ellos alguna relación como se muestra: Los temas con los que cuenta el sistema son: Temas Agropecuario Arte y cultura Ciencia y tecnología Deporte Educación Familia Financiero Impuestos Medio ambiente Migración e inmigración Minas y energía Movilidad y transporte Salud Seguridad y justicia Servicios públicos Subsidios Turismo Urbanismo Vivienda Identificación Escriba No escriba Tema 1: Vivienda Tema 2: Subsidios Tema 1: Vivienda Tema 2: Deporte Tema 1: Familia Tema 2: Salud Tema 1: Impuesto Tema 2: Turismo Ejemplo Si tiene varios temas con los que pueda asociar el trámite, oriéntese por el que el usuario tenga más relación. TIP Una forma de identificar los temas con los cuales asociar el trámite es el sector al que pertenece la institución dueña del trámite (para el caso que ésta sea nacional) TIP MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO Paso 4 CLASIFICACIÓN TEMATICA
  • 59. Esta sección contiene todo lo necesario para escribir en forma clara y estandarizada lo que el usuario debe cumplir, aportar, mostrar, acreditar, etc.. para la correcta ejecución del trámite ante la institución. La definición de los siguientes conceptos son básicos para el correcto ingreso de la información: La mejor forma de entender esta definición, es la respuesta a la pregunta ¿Qué actividades generales debe realizar el usuario para ejecutar el trámite?. Cada momento que identifique, va a ser la entrada a la descripción detallada de cada una de las acciones y/o condiciones que van a conformar el momento. El trámite debe tener por lo menos un momento y este a su vez debe tener por lo menos una acción y/o condición. Ahora, la forma en que se redacta el momento es fundamental para darle idea al usuario de la actividad que va a tener que realizar, por esto debe tener una estructura estandarizada que es la siguiente: Son la descripción detallada de cada uno de los “requisitos” que necesita la institución para poder desarrollar el trámite solicitado por el usuario.  Las acciones, hacen referencia a una “actividad” que debe hacer y/o presentar el usuario de manera física o virtual (como presentar un documento, realizar un pago, pedir una cita, etc.…) para obtener el producto o servicio que espera de la institución.Verbo en infinitivo Sustantivo Escriba No escriba Reunir los siguientes docu- mentos Lleve los documentos Realizar el pago Cancelar los derechos en el Banco Agrario Ejemplo Tenga en cuenta que la sumatoria de todos los momentos da como resultado lo que el usuario debe hacer para obtener su producto o servicio. TIP Momentos Acciones y/o condiciones MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO Paso 6 QUE SE NECESITA
  • 60.  Las condiciones, indican que el usuario debe cumplir con un estado (Ej: estar constituido legalmente, estar a paz y salvo, estar inscrito en el RUNT), pero no es necesaria la presentación de algún soporte físico o digital, dado que la condición de verificación debe ser realizada por la institución que desarrolla el trámite. Existen cinco tipos de “Acciones y/o Condiciones” que pueden utilizar para describir el requisito que se le solicitará al usuario. Cada tipo contiene datos propios y únicos para este, por lo que es necesario que clasifique de forma adecuada el tipo con el cual va a asociar el requisito. Los tipos de “Acciones y/o Condiciones” con los que se cuentan son: Las “Acciones y/o condiciones” se escriben para que apliquen de forma general a quienes vayan a ejecutar el trámite; sin embargo, para algunos trámites es necesario especificar “Acciones y/o condiciones” que permitan el cubrimiento de características propias del trámite. A estas “Acciones y/o condiciones” se les llama “Excepciones”. Cada tipo de “Acciones y/o condiciones” contiene un campo para indicar si ese registro es una “Excepción”, de ser así, se debe describir claramente cuál es. Tipos de acciones y/o condiciones Tipos de Acciones y/o Condiciones Pago Documento soporte Formulario Canal de atención Verificación de condiciones ¿Esta acción y/o condición es una Excepción? Escriba Si es trabajador independiente Si es menor de edad En caso que el arma sea de dotación personal Si va a solicitar crédito para remodelación Las “Excepciones” hacen inclusión de “acciones y/o condiciones” , no se debe utilizar para hacer exclusión de estas. No está bien crear una excepción para: “Excepto para carros de 5 ejes” TIP MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
  • 61. Trámite Qué se necesita Momentos Acciones y/o condiciones Representación gráfica de los “Momentos” y de las “Acciones y/o Condiciones” MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
  • 62. Aquí la institución describe detalladamente, uno a uno, los “Documentos” que el usuario debe aportar a la institución como parte de los requisitos que debe cumplir para desarrollar el trámite. Los “Documentos” se encuentran clasificados en dos categorías , que son: Son aquellos documentos que son usados de forma frecuente en muchos trámites. Siempre se debe verificar la lista de documentos que contiene este campo antes de ingresar uno nuevo. Estos documentos son todos aquellos que no se encuentran dentro de los “Documentos comunes” y que se solicitan solo para el trámite que se está ingresando. Para escribir el “Documento” utilice un nombre que sea entendible para el usuario. No haga la descripción de este en el nombre ya que esto lo puede hacer en otro campo. Este campo permite detallar especificaciones o características adicionales que debe tener el documento que se está solicitando con el fin de brindar mayor información al usuario. Este campo también lo puede utilizar cuando el documento que se está solicitando se puede suplir con otro documento que cumple la misma función para el trámite. Documentos comunes Licencia de conducción Libreta militar Tarjeta de institución Cédula de ciudadanía Cédula de extranjería Certificado de tradición y libertad Uso del tipo de “acción y/o condición” DOCUMENTO SOPORTE Documentos comunes Documentos específicos Anotaciones adicionales Escriba No escriba Debe estar firmado por el representante legal con tinta negra Solo si usted es empleado independiente Ejemplo MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
  • 63. Al usuario se le debe informar claramente la forma en que debe presentar los documentos a la Institución. Se puede adicionar muchas formas de presentación del mismo documento, pero cada registro que adicione debe estar acompañado por los siguientes datos:  Cantidad: Numero de veces que debe presentar el documento.  Característica: Seleccione una de las siguientes formas en la que el usuario debe presentar el documento:  Observación: Este campo permite a la institución ampliar la información para el usuario de la forma en que debe presentar el documento. Escriba No escriba Este documento lo puede suplir con la presentación del documento de: “Licencia de ventas vigente” Licencia de ventas vigentes Este documento no es requerido si tiene un vehículo de 5 ejes Ejemplo Atributo del documento Descripción Copia Es cuando se hace la solicitud al ente que expidió o emitió el documento original por primera vez. Fotocopia Es cuando el usuario saca una reproduc- ción del documento original, de una copia o de otra fotocopia. No requiere que sea expedida por la institución origen del docu- mento. Original Es el documento primario o inicial expedido Atributos del documento Escriba No escriba Al 150% Copia nítida 3x3 fondo azul Ejemplo MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
  • 64. Los formularios deben ser suministrados al usuario por la institución solicitante. Para el ingreso del formulario, debe escribir la siguiente información: El nombre del formulario debe ser claro para el usuario y no debe contener especificaciones o características, estas van descritas en otro campo. Aquí se le indica al usuario cómo puede acceder al formulario, es decir, el medio por el cual la institución pone a disposición del usuario el formulario para poder ser diligenciado:  Diligenciamiento directo en medio electrónico: Indica que el formulario está expuesto por la institución en una página WEB para que el usuario realice el diligenciamiento en línea. Si selecciona esta opción, debe ingresar la URL (Dirección WEB) donde se encuentra el formulario.  Adjuntar el formulario soporte: Indica que el formulario se encuentra en un archivo digital y la institución debe adjuntarlo al sistema en cualquier formato. El usuario deberá: descargarlo, diligenciarlo y entregarlo a la Institución junto con los demás documentos.  Reclamar en los puntos de atención de la institución: Indica que el formulario se encuentra en forma análoga (físico o impreso) y es entregado de forma presencial; es decir, el usuario deberá desplazarse a algún punto de atención de la institución para poder acceder al formulario. Si selecciona esta opción, debe indicar los puntos de atención donde el usuario puede ir a reclamar el formulario. Uso del tipo de “acción y/o condición” FORMULARIO Nombre del formulario Cuando el formulario se encuentre en formato PDF, DOC, XLS, PPT, etc.. y esté cargado en la página WEB de la institución para ser descargado y diligenciado por el usuario, NO ES equivalente a un formulario diligenciado directamente en medio electrónico TIP Formulario disponible para
  • 65. Este campo permite detallar especificaciones o características adicionales que debe tener el formulario que se está solicitando, con el fin de brindar mayor información al usuario. A diferencia de los “Documentos” este campo en “Formularios” no permite suplir el formulario que se solicita con algún otro. Es decir, no hay formularios que suplan otros formularios. Una “Verificación” se da cuando el usuario debe cumplir con una condición, acción, o requisito que es descrita por la institución, pero el usuario NO DEBE presentar ningún soporte para constatarlo. Es responsabilidad de la institución realizar la verificación del cumplimiento del requisito. Cuando existe una verificación, el SUIT incorpora un pie de nota a la redacción del requisito que dice: “La acción que está describiendo será verificada por la institución y el usuario deberá cumplirla mas no la tendrá que soportar con ningún documento” La institución hace una verificación por las siguientes razones: Un “Pago” es usado para cuando existe un requisito dentro del trámite correspondiente al aporte económico del usuario para poder obtener el producto o el servicio esperado. Se debe tener en cuenta que existen trámites que pueden tener más de un pago durante la ejecución del trámite, o que un mismo pago puede tener varios valores dependiendo si cumple algún criterio, variable o condición dada. Si un trámite tiene más de un pago que se dan en “Momentos” diferentes durante la ejecución del trámite, se debe ingresar, para cada pago, un registro independiente. Anotaciones adicionales Uso del tipo de “acción y/o condición” VERIFICACIÓN Verificaciones Porque la institución posee la información física o digital Porque la institución tiene acceso a sistemas de informa- ción, propios o de terceros, que provean la información Porque por ley no debe ser solicitado Uso del tipo de “acción y/o condición” PAGO MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO
  • 66. Un ejemplo de este tipo de pagos son: Si un trámite tiene un pago donde su valor varía dependiendo de algún criterio, variable o condición, el registro del pago es uno solo pero contiene mas de un sub registro. Un ejemplo de este tipo de pagos son: La información que se debe diligenciar en esta sección corresponde a:  Descripción del pago: Aquí se hace una pequeña descripción del pago, con sus características particulares de ser necesario.  Tipo de moneda: Se debe seleccionar de la lista el tipo de la moneda que debe utilizar el usuario para realizar el pago.  Valor expresado en: La institución identifica y selecciona la forma de cómo va a ingresar el valor, para que de esta forma se le presente al usuario. El objetivo de ingresar el valor en SMLMV y SMLDV es para que el SUIT realice la actualización del valor de forma automática cada año. Solo se ingresa en SMLMV o SMLDV si la norma así lo expresa. Ingresar información del pago Valor expresado en Fijo SMLMV SMLDV Avalúo y/o liquidación Trámite Pago Pagos en “Momentos diferentes” Expedición de visa turista Pago 1 Estudio de la visa Pago 2 Aprobación de la visa Autorización aprovechamiento forestal Pago 1 Pagar el valor de la publica- ción del acto administrativo que da inicio al tramite Pago 2 Evaluación del trámite Pago 3 Publicación de la Resolución por la cual se aprueba o niega el permiso Trámite Pago Descripciones para un mismo pago Cambio de carac- terísticas de un vehí- culo motor Pago 1 Si es carro (El valor sería diferente) Si es moto (El valor sería diferente) Ejemplo Ejemplo MODULOMODULOMODULO FORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADOFORMATOINTEGRADO