1. Este documento es una factura electrónica emitida por Sonepar Perú S.A.C. a Grupo 5 SAC por la venta de diferentes tipos y cantidades de conductores eléctricos para un proyecto en Arequipa.
2. La factura detalla 15 ítems de conductores eléctricos con sus respectivas descripciones, unidades de medida, códigos, cantidades y precios unitarios.
3. El valor total de la factura asciende a S/ 85,393.06 e incluye IGV y descuentos aplicados.
La Suprema Corte suspende ejecución de multas millonarias a Danone S.AMariano Manuel Bustos
La Administración Tributaria Mendoza le reclama millones de pesos a la empresa Danone por inconsistencias en el pago del impuesto de Ingresos Brutos entre los años 2011 y 2015.
Res.EPRE 382/14 - Reclamo Sr. De León Humberto s/Negativa y/o demora en la Conexión c/EdERSA ($15.900)
Res.EPRE 384/14 - Reclamo Sra. Mateu Andrea s/negativa s/Resarcimiento por Daños c/EdERSA ($2.300)
Res.EPRE 385/14 - Electrocución de Nene en Barrio Policial de General Roca ($40.000)
Res.EPRE 386/14 Reclamo Sres. Flores Enrique Omar y Toledano Stella Maris s/Negativa o Demora en la Conexión c/EdERSA ($2.690)
Este documento presenta una demanda contencioso administrativa por parte de Julio Marcos Mendoza Capa contra la Dirección Regional de Educación Moquegua, la Procuraduría Pública del Ministerio de Educación y la Souther Peru Copper Corporation. La demanda busca anular una resolución que declaró fundado un recurso de apelación e invalidó el reconocimiento de créditos devengados por la bonificación especial establecida en el Decreto de Urgencia 037-94. El demandante alega que tiene derecho a dicha bonificación por
Caso laboral perú sanchez zavalaga contra backusGerardo Mitre
Este documento resume una sentencia judicial que resuelve una demanda laboral. El demandante reclama el reconocimiento de una relación laboral directa con la empresa Backus y el pago de beneficios sociales por $83,178.78. Las demandadas alegan que existía un contrato de tercerización entre ellas y que el demandante tenía una relación laboral con San Ignacio. El juez analiza las posiciones de las partes y resuelve declarando infundada la demanda.
Sentencia Primera Instancia - Laboral - beneficios económicosRenatoPedroEspinozaG
Este documento resume una resolución judicial sobre una demanda laboral presentada por una exempleada contra un banco. La exempleada reclama el pago de beneficios sociales que alega no fueron calculados correctamente entre 1993 y 2005. El juez analiza los argumentos de ambas partes sobre la naturaleza de ciertos beneficios y su cálculo de acuerdo a los convenios colectivos. El juez debe determinar si los beneficios reclamados tenían naturaleza remunerativa y si su cálculo se ajustó a lo establecido en los convenios
La Corte Superior de Justicia de Lima está revisando una sentencia anterior relacionada con un caso laboral. La sentencia original ordenó a la demandada pagar reintegros de gratificaciones y compensación por tiempo de servicios al no incluir bonificaciones por productividad sindical y gerencial en los cálculos. La demandada apeló la sentencia citando varios agravios. La Corte ahora está considerando si dichas bonificaciones deben considerarse remuneraciones y si procede el pago de reintegros solicitados.
La sucesión amplía los fundamentos de su apelación contra una resolución de la Intendencia que determinó una deuda tributaria. Argumentan que la diferencia detectada por la SUNAT se debió a apropiación ilícita por parte de la ex contadora, como se estableció en fallo judicial firme. Solicitan que se anule la resolución y los valores determinados, dado que no se consideró dicho fallo ni se verificó en qué ejercicio ocurrieron las supuestas diferencias. Adjuntan pruebas del fallo penal.
La Suprema Corte suspende ejecución de multas millonarias a Danone S.AMariano Manuel Bustos
La Administración Tributaria Mendoza le reclama millones de pesos a la empresa Danone por inconsistencias en el pago del impuesto de Ingresos Brutos entre los años 2011 y 2015.
Res.EPRE 382/14 - Reclamo Sr. De León Humberto s/Negativa y/o demora en la Conexión c/EdERSA ($15.900)
Res.EPRE 384/14 - Reclamo Sra. Mateu Andrea s/negativa s/Resarcimiento por Daños c/EdERSA ($2.300)
Res.EPRE 385/14 - Electrocución de Nene en Barrio Policial de General Roca ($40.000)
Res.EPRE 386/14 Reclamo Sres. Flores Enrique Omar y Toledano Stella Maris s/Negativa o Demora en la Conexión c/EdERSA ($2.690)
Este documento presenta una demanda contencioso administrativa por parte de Julio Marcos Mendoza Capa contra la Dirección Regional de Educación Moquegua, la Procuraduría Pública del Ministerio de Educación y la Souther Peru Copper Corporation. La demanda busca anular una resolución que declaró fundado un recurso de apelación e invalidó el reconocimiento de créditos devengados por la bonificación especial establecida en el Decreto de Urgencia 037-94. El demandante alega que tiene derecho a dicha bonificación por
Caso laboral perú sanchez zavalaga contra backusGerardo Mitre
Este documento resume una sentencia judicial que resuelve una demanda laboral. El demandante reclama el reconocimiento de una relación laboral directa con la empresa Backus y el pago de beneficios sociales por $83,178.78. Las demandadas alegan que existía un contrato de tercerización entre ellas y que el demandante tenía una relación laboral con San Ignacio. El juez analiza las posiciones de las partes y resuelve declarando infundada la demanda.
Sentencia Primera Instancia - Laboral - beneficios económicosRenatoPedroEspinozaG
Este documento resume una resolución judicial sobre una demanda laboral presentada por una exempleada contra un banco. La exempleada reclama el pago de beneficios sociales que alega no fueron calculados correctamente entre 1993 y 2005. El juez analiza los argumentos de ambas partes sobre la naturaleza de ciertos beneficios y su cálculo de acuerdo a los convenios colectivos. El juez debe determinar si los beneficios reclamados tenían naturaleza remunerativa y si su cálculo se ajustó a lo establecido en los convenios
La Corte Superior de Justicia de Lima está revisando una sentencia anterior relacionada con un caso laboral. La sentencia original ordenó a la demandada pagar reintegros de gratificaciones y compensación por tiempo de servicios al no incluir bonificaciones por productividad sindical y gerencial en los cálculos. La demandada apeló la sentencia citando varios agravios. La Corte ahora está considerando si dichas bonificaciones deben considerarse remuneraciones y si procede el pago de reintegros solicitados.
La sucesión amplía los fundamentos de su apelación contra una resolución de la Intendencia que determinó una deuda tributaria. Argumentan que la diferencia detectada por la SUNAT se debió a apropiación ilícita por parte de la ex contadora, como se estableció en fallo judicial firme. Solicitan que se anule la resolución y los valores determinados, dado que no se consideró dicho fallo ni se verificó en qué ejercicio ocurrieron las supuestas diferencias. Adjuntan pruebas del fallo penal.
I. Juanita Fernández fue despedida injustificadamente del Banco de Trabajo y solicitó un peritaje contable para determinar sus beneficios sociales y la indemnización por despido.
II. El peritaje determinó que Juanita debía recibir un total de 26,207.23 nuevos soles por concepto de indemnización por despido injustificado, vacaciones no gozadas, compensación por tiempo de servicio y gratificaciones no pagadas.
III. El peritaje concluye que el Banco de Trabajo debe depositar el monto total de 26,207
El documento es un recurso de reconsideración presentado ante la SUNAT contra una resolución que dispuso el ingreso como recaudación de fondos de la cuenta de detracciones del contribuyente por supuestas inconsistencias entre ventas declaradas y depósitos realizados. El contribuyente adjunta documentación para sustentar que no existen dichas inconsistencias en el periodo tributario de enero de 2015 respecto al IGV, y solicita que se tenga por interpuesto el recurso de reconsideración y se declare fundado.
Este documento presenta el informe pericial de un caso judicial entre Ana Beatriz Cornejo Passiuri y Lápices y Conexos S.A. Layconsa sobre el pago de beneficios sociales. El informe detalla los antecedentes del caso, el objetivo de la pericia contable que es determinar la compensación por tiempo de servicios y vacaciones adeudadas, y realiza el cálculo aplicando la normativa laboral. El perito concluye determinando la remuneración adeudada por concepto de CTS y vacaciones para el periodo reclamado.
1. Industrial Tintotex S.A.C. presentó un recurso de reconsideración contra una resolución de sanción administrativa que los acusó de ampliar el área de su establecimiento sin autorización.
2. Alegaron que el inspector municipal no proporcionó pruebas de que el área excediera la autorizada y que presentaron un descargo explicando que el área es la misma que en el certificado de autorización.
3. Argumentaron que la resolución de sanción fue arbitraria y que no se siguió el debido procedimiento establecido en
El documento presenta un recurso de reclamación contra una resolución de intendencia de la SUNAT que acusa al reclamante de infringir el artículo 174 del Código Tributario al no emitir un comprobante de pago. El reclamante argumenta que sí emitió la boleta de venta correspondiente y cumplió con todos los requisitos formales, y que la operación de compraventa se realizó con un menor de edad cuando el personal se encontraba en hora de descanso. Adjunta pruebas y solicita que se declare fundado su recurso de reclam
La persona presenta un recurso de apelación contra una resolución administrativa que denegó su solicitud de reintegro de un beneficio laboral establecido en la ley. Argumenta que la resolución no está debidamente motivada y no considera normas legales como el derecho a recibir intereses moratorios. Solicita que se revoque o modifique la resolución impugnada de acuerdo a derecho.
El ejercicio de la potestad sancionadora del tribunal del OSCEJavier H. Mateo
La Resolución analiza el caso de una empresa (RTS AUTOMATION S.A.C.) acusada de presentar documentación falsa en un proceso de selección de SEDAPAL. Tras una investigación, SEDAPAL encontró que 3 certificados presentados por la empresa no habían sido emitidos realmente por las compañías nombradas. No obstante, la empresa alegó que fue un error de una empleada y la despidió. El Tribunal concluye que la presentación de documentación falsa atenta contra la moralidad y confianza entre el Estado y los participantes, pero
Este documento presenta una demanda de cobro de indemnización por despido arbitrario contra la Compañía Minera Roca Azul SRL. El demandante, Kevin Paúl Muñoz Bernal, trabajó para la compañía durante 16 años hasta que fue despedido el 23 de abril de 2020. Alega que el despido fue arbitrario e injustificado ya que la empresa no pudo probar las acusaciones de entregar información falsa. Solicita el pago de una indemnización de S/ 144,000 así como intereses, costas y costos del proceso.
47106954 reconsideracion-papeleta-y-multaSebitas Net
Este documento presenta un recurso de nulidad y reconsideración contra una resolución gerencial que dispuso la clausura temporal de un local. El recurso argumenta que (1) la resolución y la papeleta de multa tienen fechas incongruentes que denotan errores y falsedades, (2) la actividad del local no afecta la moral pública, y (3) la licencia de funcionamiento provisional del local debe entenderse otorgada automáticamente según la ley, dado que la municipalidad no se pronunció sobre la solicitud dentro del plazo estable
El documento es una carta de cobro de una deuda de S./ 25,005 más intereses a BLESING PERU SAC por parte del estudio de abogados que representa a MANEJO AMBIENTAL DE RESIDUOS INDUSTRIALES - MAREI SAC. Se detallan 8 facturas impagas desde octubre a noviembre de 2013. Se da un plazo de 72 horas para el pago antes de iniciar acciones legales como informar a clientes y proveedores o interponer demandas judiciales.
Industrial Tintotex S.A.C. presenta un recurso de reconsideración contra una resolución de cobranza emitida por ESSALUD. Argumenta que según la ley tiene derecho a la cobertura de salud siempre que haya realizado 3 meses de aportaciones consecutivas en los últimos 6 meses. Afirma haber cumplido con las declaraciones y pagos requeridos para el trabajador involucrado. Solicita que se revoque la resolución que los declara como empleador moroso por una deuda tributaria inexistente. Adjunta constancias de pago
El documento presenta una guía de modelos de solicitudes y recursos tributarios de uso frecuente. Incluye modelos para solicitudes de devolución de retenciones del IGV, solicitudes de devolución de percepciones del IGV por venta de bienes, recursos de reclamación parcial contra resoluciones de devolución, y recursos de reclamación contra resoluciones fictas denegatorias de solicitudes de devolución, entre otros. Explica los requisitos y procedimientos para cada tipo de solicitud o recurso tributario.
Este documento resume una causa judicial relacionada con una sanción administrativa impuesta a una empresa llamada Micro Sistemas SA. La sanción fue impuesta por incumplimientos a las obligaciones de un plan de promoción industrial. La empresa apeló la sanción alegando nulidad de la actuación administrativa debido a notificaciones incorrectas. El tribunal rechazó el planteo de nulidad pero declaró la nulidad de la sanción por estar viciada en su causa, al no sustentarse en los hechos del expediente.
Este documento presenta un recurso de apelación contra una resolución que sancionó a un conductor con una multa de S/. 2,150. El resumen consta de 3 oraciones:
El recurso alega la nulidad de la resolución debido a falta de motivación y porque las prórrogas al vencimiento de licencias de conducir dictadas por el MTC significan que no existía la infracción atribuida de conducir con licencia vencida. Adicionalmente, solicita la eliminación de antecedentes y el pago de costos y costas
Este documento es una resolución judicial que ordena el endoso y entrega de un certificado de depósito judicial por S/. 7,190.83 a favor del demandante Oscar Ricardo Sánchez Medina, descontando el 1.2% (S/. 86.28) que debe entregarse a Aracelly Rosalba Arroyo Fernández, litisconsorte necesario activo del demandante. Por lo tanto, se abonará al demandante la suma de S/. 7,104.55.
La Senabico realizará una subasta pública el 18 de diciembre de 2021 a las 8:00 hs en la que pondrá a la venta varios inmuebles y vehículos. Se detallan 5 lotes de terreno ubicados en Villa Elisa y Limpio con superficies entre 360m2 y 899 hectáreas, así como 8 vehículos de diferentes marcas y modelos con precios base entre G.956.200 y G.19.670.400. El documento proporciona información sobre las bases y condiciones de la subasta.
Este documento presenta un recurso de apelación contra una resolución que sancionó a Alberto Galindo Torres con una multa equivalente al 18% de la UIT por exceder los límites de velocidad. El recurso alega que la resolución carece de motivación adecuada y no se pronuncia sobre la prescripción de la acción ni sobre la solicitud de acumulación de cinco procedimientos administrativos sancionadores relacionados que deberían tratarse como un solo hecho continuado. El documento fundamenta estos argumentos citando leyes
Este documento es una proforma de venta emitida por PROMOTORES ELECTRICOS S.A. a SERV NAC DE ADIESTRAM EN TRABAJ INDUST-SENATI. Incluye dos ítems para la venta: una luz de emergencia LED y una luz de emergencia halógena. El total de la cotización es de S/. 200.02 soles. Adjunta las condiciones generales de contratación compraventa que incluyen detalles sobre pago, entrega, garantía y fuerza mayor.
Este documento es una proforma de venta emitida por Promotores Eléctricos S.A. (Promelsa) a un cliente. La proforma detalla un ítem para la venta, un seccionador de porcelana de 15 kV, 100 A, por un precio de S/ 636.22. Además, incluye las condiciones generales de contratación de compraventa de bienes comerciales de Promelsa como plazos de entrega, garantías, devoluciones y fuerza mayor.
1) El crédito paralelo es un crédito para personas naturales y jurídicas que desarrollan una actividad económica y tienen un crédito vigente en la Caja Arequipa. 2) El crédito paralelo puede ser en nuevos soles o dólares estadounidenses y tiene un plazo de hasta 120 días. 3) El documento también describe los procedimientos para pagos, reclamos, resolución de contratos y otros asuntos relacionados con el crédito paralelo.
I. Juanita Fernández fue despedida injustificadamente del Banco de Trabajo y solicitó un peritaje contable para determinar sus beneficios sociales y la indemnización por despido.
II. El peritaje determinó que Juanita debía recibir un total de 26,207.23 nuevos soles por concepto de indemnización por despido injustificado, vacaciones no gozadas, compensación por tiempo de servicio y gratificaciones no pagadas.
III. El peritaje concluye que el Banco de Trabajo debe depositar el monto total de 26,207
El documento es un recurso de reconsideración presentado ante la SUNAT contra una resolución que dispuso el ingreso como recaudación de fondos de la cuenta de detracciones del contribuyente por supuestas inconsistencias entre ventas declaradas y depósitos realizados. El contribuyente adjunta documentación para sustentar que no existen dichas inconsistencias en el periodo tributario de enero de 2015 respecto al IGV, y solicita que se tenga por interpuesto el recurso de reconsideración y se declare fundado.
Este documento presenta el informe pericial de un caso judicial entre Ana Beatriz Cornejo Passiuri y Lápices y Conexos S.A. Layconsa sobre el pago de beneficios sociales. El informe detalla los antecedentes del caso, el objetivo de la pericia contable que es determinar la compensación por tiempo de servicios y vacaciones adeudadas, y realiza el cálculo aplicando la normativa laboral. El perito concluye determinando la remuneración adeudada por concepto de CTS y vacaciones para el periodo reclamado.
1. Industrial Tintotex S.A.C. presentó un recurso de reconsideración contra una resolución de sanción administrativa que los acusó de ampliar el área de su establecimiento sin autorización.
2. Alegaron que el inspector municipal no proporcionó pruebas de que el área excediera la autorizada y que presentaron un descargo explicando que el área es la misma que en el certificado de autorización.
3. Argumentaron que la resolución de sanción fue arbitraria y que no se siguió el debido procedimiento establecido en
El documento presenta un recurso de reclamación contra una resolución de intendencia de la SUNAT que acusa al reclamante de infringir el artículo 174 del Código Tributario al no emitir un comprobante de pago. El reclamante argumenta que sí emitió la boleta de venta correspondiente y cumplió con todos los requisitos formales, y que la operación de compraventa se realizó con un menor de edad cuando el personal se encontraba en hora de descanso. Adjunta pruebas y solicita que se declare fundado su recurso de reclam
La persona presenta un recurso de apelación contra una resolución administrativa que denegó su solicitud de reintegro de un beneficio laboral establecido en la ley. Argumenta que la resolución no está debidamente motivada y no considera normas legales como el derecho a recibir intereses moratorios. Solicita que se revoque o modifique la resolución impugnada de acuerdo a derecho.
El ejercicio de la potestad sancionadora del tribunal del OSCEJavier H. Mateo
La Resolución analiza el caso de una empresa (RTS AUTOMATION S.A.C.) acusada de presentar documentación falsa en un proceso de selección de SEDAPAL. Tras una investigación, SEDAPAL encontró que 3 certificados presentados por la empresa no habían sido emitidos realmente por las compañías nombradas. No obstante, la empresa alegó que fue un error de una empleada y la despidió. El Tribunal concluye que la presentación de documentación falsa atenta contra la moralidad y confianza entre el Estado y los participantes, pero
Este documento presenta una demanda de cobro de indemnización por despido arbitrario contra la Compañía Minera Roca Azul SRL. El demandante, Kevin Paúl Muñoz Bernal, trabajó para la compañía durante 16 años hasta que fue despedido el 23 de abril de 2020. Alega que el despido fue arbitrario e injustificado ya que la empresa no pudo probar las acusaciones de entregar información falsa. Solicita el pago de una indemnización de S/ 144,000 así como intereses, costas y costos del proceso.
47106954 reconsideracion-papeleta-y-multaSebitas Net
Este documento presenta un recurso de nulidad y reconsideración contra una resolución gerencial que dispuso la clausura temporal de un local. El recurso argumenta que (1) la resolución y la papeleta de multa tienen fechas incongruentes que denotan errores y falsedades, (2) la actividad del local no afecta la moral pública, y (3) la licencia de funcionamiento provisional del local debe entenderse otorgada automáticamente según la ley, dado que la municipalidad no se pronunció sobre la solicitud dentro del plazo estable
El documento es una carta de cobro de una deuda de S./ 25,005 más intereses a BLESING PERU SAC por parte del estudio de abogados que representa a MANEJO AMBIENTAL DE RESIDUOS INDUSTRIALES - MAREI SAC. Se detallan 8 facturas impagas desde octubre a noviembre de 2013. Se da un plazo de 72 horas para el pago antes de iniciar acciones legales como informar a clientes y proveedores o interponer demandas judiciales.
Industrial Tintotex S.A.C. presenta un recurso de reconsideración contra una resolución de cobranza emitida por ESSALUD. Argumenta que según la ley tiene derecho a la cobertura de salud siempre que haya realizado 3 meses de aportaciones consecutivas en los últimos 6 meses. Afirma haber cumplido con las declaraciones y pagos requeridos para el trabajador involucrado. Solicita que se revoque la resolución que los declara como empleador moroso por una deuda tributaria inexistente. Adjunta constancias de pago
El documento presenta una guía de modelos de solicitudes y recursos tributarios de uso frecuente. Incluye modelos para solicitudes de devolución de retenciones del IGV, solicitudes de devolución de percepciones del IGV por venta de bienes, recursos de reclamación parcial contra resoluciones de devolución, y recursos de reclamación contra resoluciones fictas denegatorias de solicitudes de devolución, entre otros. Explica los requisitos y procedimientos para cada tipo de solicitud o recurso tributario.
Este documento resume una causa judicial relacionada con una sanción administrativa impuesta a una empresa llamada Micro Sistemas SA. La sanción fue impuesta por incumplimientos a las obligaciones de un plan de promoción industrial. La empresa apeló la sanción alegando nulidad de la actuación administrativa debido a notificaciones incorrectas. El tribunal rechazó el planteo de nulidad pero declaró la nulidad de la sanción por estar viciada en su causa, al no sustentarse en los hechos del expediente.
Este documento presenta un recurso de apelación contra una resolución que sancionó a un conductor con una multa de S/. 2,150. El resumen consta de 3 oraciones:
El recurso alega la nulidad de la resolución debido a falta de motivación y porque las prórrogas al vencimiento de licencias de conducir dictadas por el MTC significan que no existía la infracción atribuida de conducir con licencia vencida. Adicionalmente, solicita la eliminación de antecedentes y el pago de costos y costas
Este documento es una resolución judicial que ordena el endoso y entrega de un certificado de depósito judicial por S/. 7,190.83 a favor del demandante Oscar Ricardo Sánchez Medina, descontando el 1.2% (S/. 86.28) que debe entregarse a Aracelly Rosalba Arroyo Fernández, litisconsorte necesario activo del demandante. Por lo tanto, se abonará al demandante la suma de S/. 7,104.55.
La Senabico realizará una subasta pública el 18 de diciembre de 2021 a las 8:00 hs en la que pondrá a la venta varios inmuebles y vehículos. Se detallan 5 lotes de terreno ubicados en Villa Elisa y Limpio con superficies entre 360m2 y 899 hectáreas, así como 8 vehículos de diferentes marcas y modelos con precios base entre G.956.200 y G.19.670.400. El documento proporciona información sobre las bases y condiciones de la subasta.
Este documento presenta un recurso de apelación contra una resolución que sancionó a Alberto Galindo Torres con una multa equivalente al 18% de la UIT por exceder los límites de velocidad. El recurso alega que la resolución carece de motivación adecuada y no se pronuncia sobre la prescripción de la acción ni sobre la solicitud de acumulación de cinco procedimientos administrativos sancionadores relacionados que deberían tratarse como un solo hecho continuado. El documento fundamenta estos argumentos citando leyes
Este documento es una proforma de venta emitida por PROMOTORES ELECTRICOS S.A. a SERV NAC DE ADIESTRAM EN TRABAJ INDUST-SENATI. Incluye dos ítems para la venta: una luz de emergencia LED y una luz de emergencia halógena. El total de la cotización es de S/. 200.02 soles. Adjunta las condiciones generales de contratación compraventa que incluyen detalles sobre pago, entrega, garantía y fuerza mayor.
Este documento es una proforma de venta emitida por Promotores Eléctricos S.A. (Promelsa) a un cliente. La proforma detalla un ítem para la venta, un seccionador de porcelana de 15 kV, 100 A, por un precio de S/ 636.22. Además, incluye las condiciones generales de contratación de compraventa de bienes comerciales de Promelsa como plazos de entrega, garantías, devoluciones y fuerza mayor.
1) El crédito paralelo es un crédito para personas naturales y jurídicas que desarrollan una actividad económica y tienen un crédito vigente en la Caja Arequipa. 2) El crédito paralelo puede ser en nuevos soles o dólares estadounidenses y tiene un plazo de hasta 120 días. 3) El documento también describe los procedimientos para pagos, reclamos, resolución de contratos y otros asuntos relacionados con el crédito paralelo.
Este documento contiene una orden de compra emitida por Administración de Empresas S.A.C. a Yesica Quispe Bellido por servicios de alojamiento de abril a junio de 2021 por un monto total de S/ 34,568.10. Incluye términos generales de contratación que definen conceptos como precio, calidad, entrega y pago. El pago se realizará en un plazo de 7 días posteriores a la recepción correcta de la factura en la oficina de San Isidro.
Lección 2 suspension temporal de actividadestributemos
Este documento describe el proceso de suspensión temporal de actividades de una empresa según la normativa peruana. Explica que una empresa puede suspender sus operaciones por hasta 12 meses consecutivos y puede realizar la suspensión hasta dos veces en un año fiscal. Detalla los pasos para comunicar la suspensión a través de la página web de SUNAT o en persona en una oficina de SUNAT presentando documentos requeridos.
Este documento contiene la póliza de seguro Todo Riesgo Montaje contratada por el Consorcio Ejecutor Shilcayo con AVLA Perú Compañía de Seguros. La póliza cubre los riesgos durante el montaje de proyectos del 25 de febrero al 22 de septiembre de 2023. El consorcio deberá pagar la prima de S/18,978.73 en una cuota el 10 de mayo para mantener la cobertura del seguro.
Este contrato resume los términos y condiciones de la compra de un equipo móvil y la contratación de servicios adicionales por parte de un cliente. Se detallan los datos del cliente y del servicio, incluyendo el equipo comprado, beneficios económicos por tiempo de permanencia, forma y plazos de pago. También incluye cláusulas sobre el tratamiento de datos personales y envío de publicidad, así como declaraciones del cliente aceptando los términos del contrato.
Este contrato establece los términos y condiciones para la compra de un equipo móvil y la prestación de servicios adicionales por parte de Movistar. El cliente acuerda pagar el precio del equipo en cuotas mensuales e incluye su número de identificación, datos personales, y detalles del equipo y servicios adquiridos. También se especifican las consecuencias de dar de baja el servicio de manera anticipada y se otorga consentimiento para el tratamiento de datos personales.
El documento describe el sistema de detracciones del IGV en Perú. Explica que el sistema permite que el comprador de bienes o servicios sujetos a detracciones retenga un porcentaje del pago y lo deposite en una cuenta del proveedor para que se use solo para pagar impuestos. También cubre quienes están sujetos a detracciones, cómo funciona el proceso de apertura de cuentas y liberación de fondos, y las modificaciones recientes para reducir la tasa de detracción del 12% al 10%.
Este documento resume el sistema de detracciones del IGV en Perú. El sistema permite al comprador descontar un porcentaje del precio de bienes y servicios gravados con IGV y depositarlo en una cuenta del proveedor para el pago de obligaciones tributarias. El documento explica los productos y servicios sujetos a detracciones, el proceso de apertura de cuentas, la liberación de fondos, infracciones y modificaciones al sistema.
Fraccionamiento tributario art 36º ct (1)Amy Mariarosa
Este documento establece los requisitos, plazos, garantías y procedimientos para solicitar el
fraccionamiento y/o aplazamiento de deudas tributarias según el artículo 36 del Código Tributario. Para
acceder, el contribuyente debe estar al día con sus declaraciones y pagos tributarios, presentar
garantías si la deuda supera ciertos montos, y puede solicitar hasta 72 meses de fraccionamiento o 6
meses de aplazamiento. De aprobarse, debe cumplir con pagar intereses y cuotas mensuales
Este documento es una solicitud de admisión para nuevos socios de LR Health & Beauty Systems. Contiene información sobre los requisitos para ser socio, incluyendo los datos personales requeridos y la firma del solicitante. También describe brevemente el sistema de bonificaciones, líneas y condiciones generales de la relación entre la compañía y los socios.
procedimiento de los pagos anticipados o prepagos.Henry Loja
La Caja Rural Los Libertadores de Ayacucho S.A., en adelante la Caja, de conformidad con la Ley Nº 28587,
en aplicación a lo dispuesto en la Resolución SBS Nº 1765-2005, Reglamento de Transparencia de
Información y el Código de Protección y Defensa del Consumidor, se emite el presente instructivo para la
aplicación y procedimiento de aquellos clientes que deseen realizar pago anticipado o prepago de los saldos,
en forma total o parcial, así como el pago adelantado de las cuotas
Este documento proporciona información sobre comprobantes de pago en Perú. Explica la legislación relevante, los tipos de comprobantes como facturas y boletas, los requisitos para su emisión como datos del emisor y receptor, y las excepciones. También cubre temas como oportunidad de emisión, obligados a emitir, y autorización de comprobantes físicos.
El documento establece los términos y condiciones de uso del sistema PAGUM del banco Scotiabank Peru, el cual ofrece dos planes: PAGUM Básico y PAGUM Plus. El plan básico permite consultas de saldos, compras por internet con tarjeta virtual y retiros de efectivo. El plan plus adicionalmente permite transferencias a terceros, pagos de servicios y recibir dinero de otras cuentas PAGUM. Para acceder al plan plus se requiere estar afiliado a la clave token y contar con tarjeta de débit
Este documento contiene una solicitud de crédito presentada a FONACOT por Guillermo Unda Díaz. Incluye detalles personales como nombre, fecha de nacimiento, domicilio, datos laborales e ingresos. También incluye referencias personales y un resumen de las condiciones del crédito solicitado, como el destino de los fondos, medios de disposición, uso de la tarjeta de crédito y documentación requerida.
Este documento explica el procedimiento para solicitar un Comprobante por Operaciones no Habituales - Formulario N° 820 de la SUNAT. Se detalla que este formulario permite sustentar gastos o costos para empresas u otras entidades que realizan operaciones no habituales. El resumen incluye los pasos para solicitar el formulario, como exhibir documentos que sustenten la propiedad del bien o servicio y presentar la solicitud con información relevante de la operación.
La nueva ley de consumidores introduce varias novedades importantes para proteger mejor a los consumidores online, como ampliar la información precontractual que debe proporcionarse, establecer un plazo de 14 días para el derecho de desistimiento, regular mejor las llamadas comerciales, y garantizar la devolución de cantidades pagadas en caso de ejercicio del derecho de desistimiento.
La mejor manera de actualizarse y estar al tanto de las variaciones de la ley, es a través de nuestra publicación Fenaljurídico, que permite conocer los cambios normativos y las obligaciones legales más importantes a las que están sujetos los empresarios.
El documento proporciona modelos y ejemplos de diferentes documentos internos utilizados en las empresas, incluyendo recibos de ingreso y egreso, vales, notas de pedido, proformas, solicitudes de compra, órdenes de compra, boletas de venta, liquidaciones de compra, recibos por honorarios, y libros contables como el diario, caja y bancos, inventario y balance, registro de activos fijos e inventario permanente valorizado, y libro de planillas.
Este documento ha sido elaborado por el Observatorio Ciudadano de Seguridad Justicia y Legalidad de Irapuato siendo nuestro propósito conocer datos sociodemográficos en conjunto con información de incidencia delictiva de las 10 colonias y/o comunidades que del año 2020 a la fecha han tenido mayor incidencia.
Existen muchas más colonias que presentan cifras y datos en materia de seguridad, sin embargo, en este primer acercamiento lo que se prevées darle al lector una idea de como se encuentran las colonias analizadas, tomando como referencia los datos del INEGI 2020, datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública del 2020 al 2023 y las bases de datos propias que desde el 2017 el Observatorio Ciudadano ha recopilado de manera puntual con datos de las vıć timas de homicidio doloso, accidentes de tránsito, personas lesionadas por arma de fuego, entre otros indicadores.
LINEA DE TIEMPO Y PERIODO INTERTESTAMENTARIOAaronPleitez
linea de tiempo del antiguo testamento donde se detalla la cronología de todos los eventos, personas, sucesos, etc. Además se incluye una parte del periodo intertestamentario en orden cronológico donde se detalla todo lo que sucede en los 400 años del periodo del silencio. Basicamente es un resumen de todos los sucesos desde Abraham hasta Cristo
Minería de Datos e IA Conceptos, Fundamentos y Aplicaciones.pdfMedTechBiz
Este libro ofrece una introducción completa y accesible a los campos de la minería de datos y la inteligencia artificial. Cubre todo, desde conceptos básicos hasta estudios de casos avanzados, con énfasis en la aplicación práctica utilizando herramientas como Python y R.
También aborda cuestiones críticas de ética y responsabilidad en el uso de estas tecnologías, discutiendo temas como la privacidad, el sesgo algorítmico y transparencia.
El objetivo es permitir al lector aplicar técnicas de minería de datos e inteligencia artificial a problemas reales, contribuyendo a la innovación y el progreso en su área de especialización.
Reporte homicidio doloso descripción
Reporte que contiene información de las víctimas de homicidio doloso registradas en el municipio de Irapuato Guanajuato durante el periodo señalado, comprende información cualitativa y cuantitativa que hace referencia a las características principales de cada uno de los homicidios.
La información proviene tanto de medios de comunicación digitales e impresos como de los boletines que la propia Fiscalía del Estado de Guanajuato emite de manera diaria a los medios de comunicación quienes publican estas incidencias en sus distintos canales.
Podemos observar cantidad de personas fallecidas, lugar donde se registraron los eventos, colonia y calle así como un comparativo con el mismo periodo pero del año anterior.
Edades y género de las víctimas es parte de la información que incluye el reporte.
Informe de violencia mayo 2024 - Multigremial Mayo.pdf
Ilovepdf merged (2)
1.
2.
3. SONEPAR PERU S.A.C
Dirección:
R.U.C. N°:
Señor(es): F. Emisión:
F. Vencimiento:
Referencia de pago:
Moneda:
Central telefónica: 01-602-8000
Centro Distribucion: Jr. Yungay N°1870 Urb. Chacrarios
AGENTE DE RETENCIÓN RS-219-2006/SUNAT
(NO RETENER)
Orden Compra:
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23/12/2021
Guía Remisión: 42-3166
REQ. OBRA SENATI TRUJILLO
CAL. DANTE ALIGHIERE NRO. 25 URB. LOS PINOS - AREQUIPA -
AREQUIPA - AREQUIPA
20327647203
GRUPO 5 SAC
Contado
SOLES
San Isidro - LIMA - Lima
Of. Principal: AV. REPUBLICA DE PANAMÁ NRO. 3517
INT. 602
FACTURA ELECTRÓNICA
R.U.C. 20111740438
FF42-3312
23/12/2021
Forma de Pago: Contado
CÓDIGO VALOR TOTAL
IT VALOR TOTAL
CANT.
DESCRIPCIÓN
UM
CÓDIGO P.UNIT.
IT
6,169.90
120.979
51.00
CONDUCTOR ELECTRICO PARALELO 1KV LIBRE DE HALOGENO
3-1X70MM2 BL/NE/RO N2XOH
MTR
14613WX0015
1
2,081.10
10.405
200.00
CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 16MM2 NEGRO
N2XOH
MTR
14613WX0005
2
4,560.72
6.343
719.00
CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 10MM2
AMAR/VERDE NH-80
MTR
12333WB0002
3
8,998.63
14.444
623.00
CONDUCTOR ELECTRICO PARALELO 1KV LIBRE DE HALOGENO
3-1X6MM2 BL/NE/RO N2XOH
MTR
14613WX0027
4
2,810.35
4.511
623.00
CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 6MM2 NEGRO
N2XOH
MTR
14613WX0032
5
2,529.94
4.061
623.00
CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 6MM2
AMAR/VERDE NH-80
MTR
12313WB9640
6
10,085.76
20.968
481.00
CONDUCTOR ELECTRICO PARALELO 1KV LIBRE DE HALOGENO
3-1X10MM2 BL/NE/RO N2XOH
MTR
14613WX0024
7
3,258.94
6.775
481.00
CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 10MM2 NEGRO
N2XOH
MTR
14613WX0002
8
14,368.91
63.862
225.00
CONDUCTOR ELECTRICO PARALELO 1KV LIBRE DE HALOGENO
3-1X35MM2 BL/NE/RO N2XOH
MTR
14613WX0013
9
4,736.97
21.053
225.00
CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 35MM2 NEGRO
N2XOH
MTR
14613WX0016
10
1,335.12
10.038
133.00
CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 16MM2
AMAR/VERDE NH-80
MTR
12313WB0637
11
6,437.02
47.682
135.00
CONDUCTOR ELECTRICO PARALELO 1KV LIBRE DE HALOGENO
3-1X25MM2 BL/NE/RO N2XOH
MTR
14613WX0012
12
2,136.09
15.823
135.00
CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 25MM2 NEGRO
N2XOH
MTR
14613WX0006
13
12,259.72
85.732
143.00
CONDUCTOR ELECTRICO PARALELO 1KV LIBRE DE HALOGENO
3-1X50MM2 BL/NE/RO N2XOH
MTR
14613WX0014
14
3,623.89
28.092
129.00
CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 50MM2 NEGRO
N2XOH
MTR
14613WX0017
15
Adelanto de pedido: factura(s) FF05-2660 85,393.06
La presente factura esta sujeta a las condiciones generales de venta detalladas en nuestra página web: www.sonepar.pe
I.G.V. (18%)
PERCEPCIÓN
PRECIO DE VENTA
DESCUENTO
S/
S/
S/
S/
S/
S/
S/
SON: CERO CON 00/100 SOLES
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
ICBPER S/ 0.00
TOTAL BRUTO
VALOR VENTA
TOTAL A PAGAR
4. Página 2 de 4
Este documento está a disposición del adquiriente o usuario en el correo electrónico que haya designado previamente.
Autorizado mediante la resolución de intendencia N° 018-005-0002978.
Representación impresa de la factura electrónica.
F8BBB8F051D0BEDF443559619F2C00F8BBB8F
E2AAA2E06D356038BC75A1F0F9ED30E2AAA2E
8B9A97AEFE685767A298496754CC3A292D285
FD7A42A2C2B3A09C5521C886F1961BC5A97A7
497AEAA30B98576706D0D8CC913E1265AB2DD
3E88FDAE2C63A09E37AB2EDA490D73F37B2FD
FCFC2DA89D285766F499AAF1FB6E1A6529F4D
B222A2B0E7F3A09565A1D813C00FF8A8FE5A4
F0EEE0F0F328576795C8AFEBAFB1E9F8BE51F
8888888088008080008888808008000808008
5. 1. ACEPTACION DE LA OFERTA:
1.1. Este documento y su aceptación constituyen las condiciones generales de venta de los productos y/o servicios incluidas en la misma. Para aceptar nuestra
oferta sírvase enviar una Orden de Compra debidamente firmada por el representante autorizado de su empresa o utilizar nuestra propia oferta; para tal efecto, el
presente documento debe ser devuelto, con las firmas de sus representantes legales autorizados.
1.2. El pedido efectuado por el cliente, bajo esta oferta, no será considerado definitivo, hasta la aprobación por parte de Sonepar Perú S.A.C. por escrito, con envío
de confirmación de pedido.
2. MODIFICACION Y CANCELACION DEL PEDIDO
2.1. Una vez aprobado el pedido, no podrá ser modificado, salvo acuerdo entre las partes, quienes determinarán las variaciones a efectuar, las mismas que dará
lugar a un nuevo pedido que incluya los cambios efectuados de mutuo acuerdo.
2.2. En caso de cancelación del pedido, por causas no atribuibles a Sonepar Perú S.A.C. nos reservamos el derecho de no aceptarla de manera unilateral y en los
casos de común acuerdo, las partes acordarán si hay o no, lugar a la compensación por anulación.
2.3. Solo se aceptarán anulaciones por los artículos que se determinen como productos de stock regular para Sonepar Perú S.A.C. y cuyo extorno no genere sobre
stock o repercusión negativa en el inventario de la empresa.
2.4. No serán aceptadas anulaciones de pedidos, de productos de importación o fabricación exclusiva, cuyo proceso de importación o fabricación hayan sido
iniciados.
3. AMPLIACIONES DE PEDIDOS
3.1. La ampliación de pedidos, referidos a ofertas que ya hubieran originado un pedido en su modo y forma, deberán ser comunicadas para su previa aceptación, de
lo contrario, nos reservamos el derecho de no aceptarlas, salvo en los casos que la oferta tenga carácter vinculante a algún acuerdo o contrato temporal.
4. ENTREGA
4.1. El plazo de entrega comenzará a regir a partir de la confirmación del pedido, en los casos de condiciones de crédito.
4.2. En los casos de condiciones de venta al contado (previo pago: vía transferencia, depósito en cuenta o entrega de efectivo), el plazo de entrega comenzará a
partir de la confirmación de nuestra área respectiva, de que el dinero líquido, está en poder de Sonepar Perú S.A.C.
4.3. La entrega de los materiales y/o servicios, serán en los lugares ofrecidos dentro de la oferta, en los casos que no se reciba una orden de compra. En los casos
que se reciban órdenes de compra, posteriormente aceptadas, las entregas se realizaran en los lugares que indiquen la misma.
4.4. Sonepar Perú S.A.C. podrá solicitar al cliente, el apoyo con los medios técnicos y humanos necesarios, para la descarga de los envíos.
4.5. En los casos en que el cliente cambie el lugar de entrega previamente acordado, Sonepar Perú S.A.C. se reserva el derecho de cargar de manera adicional,
cualquier gasto por transporte o flete que este cambio genere.
5. RESPONSABILIDADES
5.1. La responsabilidad de Sonepar Perú S.A.C. sobre los materiales pedidos, es trasladada al cliente al momento de hacer la entrega conforme, en el punto
pactado.
5.2. No será responsabilidad de Sonepar Perú S.A.C. la entrega fuera de tiempo, de los productos o servicios, en los casos que el cliente tenga obligaciones
contractuales pendientes con Sonepar Perú S.A.C. como pagos pendientes, regularizaciones de documentos, entrega de partes de ingreso que retrasen los retornos
de inversión de Sonepar Perú S.A.C. o que distorsionen la línea de crédito y/o condiciones de pago asignada al cliente. Tampoco en el caso que hubiera alguna
acción previa por parte del cliente o de terceros, desde donde recién comience la responsabilidad de Sonepar Perú S.A.C.
5.3. El retraso de entrega, no dará lugar a la anulación del pedido, ni a entablar acción indemnizatoria o penalidad alguna, en los supuestos atribuibles a Sonepar
Perú S.A.C. que previamente no haya sido comunicado, evidenciando la imposibilidad del cumplimiento, donde se demuestre, que el retraso se debe a sucesos o
circunstancias fuera de su control razonable, tales como, causas de fuerza mayor como guerras, incendios, fenómenos naturales, accidentes, revueltas, motín
popular, conflictos laborales, aduaneros (incluidos los iniciados por cualquiera de las partes), cualquier otra causa de similar naturaleza imprevisible, incluso que
siendo previsible fuera inevitable, o por problemas atribuibles a terceros (tales como proveedores, transportistas, cortes en suministro energético u otras interferencias
que afecten la entrega o el servicio). En tales circunstancias Sonepar Perú S.A.C. solicitará extender el tiempo de manera prudencial, para la ejecución de la entrega
o servicio. Si tal retraso o incumplimiento, persistiera durante más de seis (6) meses, cada una de las partes, estará facultada para resolver este acuerdo, en lo que
respecta a los productos o servicios no entregados.
6. GARANTIA
6.1. Sonepar Perú S.A.C. garantiza que el material suministrado, cubre cualquier defecto de fabricación y contempla la reposición del producto dañado a nuestra
consideración, previa inspección de nuestra área especializada.
6.2. El periodo de garantía es relativo al tipo o línea de producto que haya sido suministrado, las mismas que pueden ser de forma implícita, desde un mínimo de 6
meses, hasta un máximo de 12 meses, salvo acuerdo previo entre las partes. Para mayor detalle, consultar con su asesor comercial.
6.3. La garantía no será válida bajo las siguientes condiciones:
• Cuando el producto se dañe como resultado de una mala manipulación o por accidentes no provocados por Sonepar Perú S.A.C.
• Por uso indebido o inadecuado del producto, según sus características.
• Cuando el producto haya sido expuesto a la humedad, líquido o sustancia que deteriore su capacidad o funcionamiento.
• Cuando el producto haya sido manipulado por personal no autorizado o ajeno a la entidad a quien se le efectuó la venta.
7. COBRANZA
7.1. Sonepar Perú S.A.C. reafirma su derecho de realizar la cobranza por los productos suministrados, incluyendo aquellos que pudieron tener alguna observación
por garantía, que no hayan cumplido con las características especificadas en el punto 6.3.
7.2. En los casos de que el cliente cuya línea de crédito se encuentre copada o que el cliente tenga deudas pendientes por cumplir, con retrasos considerables,
Sonepar Perú S.A.C. se reserva el derecho de suspender las entregas de nuevos pedidos o de saldos de pedidos pendientes.
8. DEVOLUCIONES
8.1. Sonepar Perú S.A.C. aceptará devoluciones siempre que los mismos se enmarquen en los siguientes criterios:
• Cuando el producto haya sido vendido directamente por Sonepar Perú S.A.C. y sea un error de Sonepar Perú S.A.C. al prescribir o entregar el producto.
• Cuando el Producto cumpla con las Condiciones de Garantía indicados en el punto 6 de la presente condiciones de venta.
• Cuando el producto no se enmarque en la garantía, sin embargo, sea una solicitud especial por parte del cliente, producto de un error de este, en la descripción,
cantidad, marca. Etc. En estos casos, Sonepar Perú S.A.C. se reserva el derecho de aceptarlas, en la medida que sus criterios de rotación de inventarios se lo
permitan. No se incluyen productos de fabricación a medida o de importación exclusiva, tampoco incluye los productos alternativos a lo solicitado, que probadamente
haya sido especificado por Sonepar Perú S.A.C. y aceptado por el cliente. Para estos casos, el tiempo límite establecido es de 30 días calendarios
9. CONDICIONES APLICABLES EN CASO DE REVENTA DEL PRODUCTO.
9.1. Será de aplicación, a todo cliente que no adquieran los productos para consumo propio, sino para su reventa posterior a un tercero, quienes:
• Se comprometen a cumplir en todo momento las normas, pautas y directrices que sobre el producto, calidad, uso y garantía establezca Sonepar Perú S.A.C.
• Deberán vender los productos en su presentación de origen, sin modificación ni alteración alguna.
• El incumplimiento de cualesquiera de estas condiciones exonera a Sonepar Perú S.A.C. de toda reclamación que pueda realizar el cliente o sus clientes finales,
que resulte a causa de dicho incumplimiento
10. POLÍTICA DE COMPLIANCE
El cliente reconoce que ha leído la Carta Anticorrupción, el Código de Conducta de Sonepar y Sonepar Perú. Las mismas que pueden encontrar en nuestra página
web http://sonepar.pe/politicas-compliance
6. 11. ANTICORRUPCIÓN
Las partes se obligan a respetar, cumplir y hacer cumplir el conjunto de leyes de Perú, Convenciones y Tratados Internacionales que Perú haya suscrito en materia
Anticorrupción, así como aquellos instrumentos internacionales anticorrupción de obligatoria observación por alguna de las partes de este acuerdo. Las partes se
obligan a no ofrecer o pagar ningún tipo de soborno, o cualquier otra forma de pago ilegal o favor, a ningún tipo de “funcionario Público” o empleado privado, de
cualquier Estado o persona jurídica, para iniciar, obtener o retener tipo de negocio o actividad relacionada con la venta. Asimismo, está prohibido por las partes el
ofrecimiento, pago y recepción de sobornos, o de cualquier otra forma de pago ilegal o favor, a “funcionarios públicos” o empleados privados de otra persona jurídica.
Las partes implementarán las medidas tendientes a evitar que sus operaciones puedan ser utilizadas como instrumentos para la Corrupción pública o privada, el
lavado de activos y financiación del terrorismo. Sonepar Perú podrá dar por terminado el negocio, abstenerse de ejecutar la orden de compra o pedido, sin que haya
lugar al pago de indemnización alguna a favor del comprador cuando éste sea: (i) condenado por parte de las autoridades competentes por delitos de corrupción
pública o privada, narcotráfico, terrorismo y su financiación, lavado de activos, administración de recursos relacionados con dichas actividades o en cualquier tipo de
proceso judicial relacionado con la comisión de los anteriores delitos; (ii) incluido en listas restrictivas, inhibitorias o vinculante, tales como la lista de la Oficina de
Control de Activos en el Exterior-OFAC emitida por la Oficina del Tesoro de los Estados Unidos de América, la lista de la Organización de las Naciones Unidas y otras
listas públicas relacionadas, así como de cualquier otro delito relacionado o conexo. El Código de Ética de Sonepar y Sonepar Perú (disponible en
http://www.sonepar.pe/politicas-compliance) es de obligatorio cumplimiento y hace parte del presente contrato. DECLARACIÓN DE CUMPLIMIENTO. El cliente
garantiza que cumple la regulación aplicable en comercio exterior, restricciones económicas, comerciales, financieras, prevención de la corrupción pública o privada,
embargos y demás, impuestos por organismos internacionales y Estados, como inclusiones en listas restrictivas o inhibitorias comprometiéndose a mantener a
Sonepar Perú/Sonepar, indemne ante cualquier acción o reclamación derivada del incumplimiento de ésta disposición, o del ocultamiento de información sobre el
destino final de la mercancía, su estatus internacional de cumplimiento o el del cliente final.
7. SONEPAR PERU S.A.C
Dirección:
R.U.C. N°:
Señor(es): F. Emisión:
F. Vencimiento:
Referencia de pago:
Moneda:
Central telefónica: 01-602-8000
Centro Distribucion: Jr. Yungay N°1870 Urb. Chacrarios
AGENTE DE RETENCIÓN RS-219-2006/SUNAT
(NO RETENER)
Orden Compra:
Lima - Lima - Lima
Encuéntranos también en Piura - Chiclayo - Trujillo -
Lima - Arequipa
Para mas información ingresa a www.sonepar.pe
23/12/2021
Guía Remisión: 42-3167
REQ. OBRA SENATI TRUJILLO
CAL. DANTE ALIGHIERE NRO. 25 URB. LOS PINOS - AREQUIPA -
AREQUIPA - AREQUIPA
20327647203
GRUPO 5 SAC
Contado
SOLES
San Isidro - LIMA - Lima
Of. Principal: AV. REPUBLICA DE PANAMÁ NRO. 3517
INT. 602
FACTURA ELECTRÓNICA
R.U.C. 20111740438
FF42-3313
23/12/2021
Forma de Pago: Contado
CÓDIGO VALOR TOTAL
IT VALOR TOTAL
CANT.
DESCRIPCIÓN
UM
CÓDIGO P.UNIT.
IT
812.33
12.124
67.00
CONDUCTOR ELECTRICO COBRE DESNUDO SUAVE 7 HILOS 25MM2
MTR
11123W90013
1
640.62
16.858
38.00
CONDUCTOR ELECTRICO COBRE DESNUDO SUAVE 7 HILOS 35MM2
MTR
11123W90014
2
2,046.72
15.624
131.00
CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 25MM2 NEGRO
NH-80
MTR
12313WB0015
3
204.24
25.530
8.00
CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 50MM2 NEGRO
NH-80
MTR
12313WB0026
4
Adelanto de pedido: factura(s) FF05-2660 3,703.91
Página 1 de 3
Este documento está a disposición del adquiriente o usuario en el correo electrónico que haya designado previamente.
Autorizado mediante la resolución de intendencia N° 018-005-0002978.
Representación impresa de la factura electrónica.
La presente factura esta sujeta a las condiciones generales de venta detalladas en nuestra página web: www.sonepar.pe
I.G.V. (18%)
PERCEPCIÓN
PRECIO DE VENTA
DESCUENTO
S/
S/
S/
S/
S/
S/
S/
SON: CERO CON 00/100 SOLES
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
F8BBB8F0B7F4DC996641DF45FD6A20F8BBB8F
E2AAA2E0A07CB4A5F0F5ACB92D7070E2AAA2E
FEDC77A2B3DAEE4C311AA3C5EDE7A8108EB2E
E91D48A78567C2DA72C1AE7293D03FE7EF5E1
F1DD74A026A183FA495F979545A35BB136640
C15F7BA2802119B5A102C2C8F026E14A50BD6
12F974A096BC3520D3DB4CD599283E076FD0B
322AA2B0CB9A740B2CF577BA1492F8A8F3139
F0EEE0F07C8AEE4706EB9029169AFBC995C34
8888888080008088808088808008000808008
ICBPER S/ 0.00
TOTAL BRUTO
VALOR VENTA
TOTAL A PAGAR
8. 1. ACEPTACION DE LA OFERTA:
1.1. Este documento y su aceptación constituyen las condiciones generales de venta de los productos y/o servicios incluidas en la misma. Para aceptar nuestra
oferta sírvase enviar una Orden de Compra debidamente firmada por el representante autorizado de su empresa o utilizar nuestra propia oferta; para tal efecto, el
presente documento debe ser devuelto, con las firmas de sus representantes legales autorizados.
1.2. El pedido efectuado por el cliente, bajo esta oferta, no será considerado definitivo, hasta la aprobación por parte de Sonepar Perú S.A.C. por escrito, con envío
de confirmación de pedido.
2. MODIFICACION Y CANCELACION DEL PEDIDO
2.1. Una vez aprobado el pedido, no podrá ser modificado, salvo acuerdo entre las partes, quienes determinarán las variaciones a efectuar, las mismas que dará
lugar a un nuevo pedido que incluya los cambios efectuados de mutuo acuerdo.
2.2. En caso de cancelación del pedido, por causas no atribuibles a Sonepar Perú S.A.C. nos reservamos el derecho de no aceptarla de manera unilateral y en los
casos de común acuerdo, las partes acordarán si hay o no, lugar a la compensación por anulación.
2.3. Solo se aceptarán anulaciones por los artículos que se determinen como productos de stock regular para Sonepar Perú S.A.C. y cuyo extorno no genere sobre
stock o repercusión negativa en el inventario de la empresa.
2.4. No serán aceptadas anulaciones de pedidos, de productos de importación o fabricación exclusiva, cuyo proceso de importación o fabricación hayan sido
iniciados.
3. AMPLIACIONES DE PEDIDOS
3.1. La ampliación de pedidos, referidos a ofertas que ya hubieran originado un pedido en su modo y forma, deberán ser comunicadas para su previa aceptación, de
lo contrario, nos reservamos el derecho de no aceptarlas, salvo en los casos que la oferta tenga carácter vinculante a algún acuerdo o contrato temporal.
4. ENTREGA
4.1. El plazo de entrega comenzará a regir a partir de la confirmación del pedido, en los casos de condiciones de crédito.
4.2. En los casos de condiciones de venta al contado (previo pago: vía transferencia, depósito en cuenta o entrega de efectivo), el plazo de entrega comenzará a
partir de la confirmación de nuestra área respectiva, de que el dinero líquido, está en poder de Sonepar Perú S.A.C.
4.3. La entrega de los materiales y/o servicios, serán en los lugares ofrecidos dentro de la oferta, en los casos que no se reciba una orden de compra. En los casos
que se reciban órdenes de compra, posteriormente aceptadas, las entregas se realizaran en los lugares que indiquen la misma.
4.4. Sonepar Perú S.A.C. podrá solicitar al cliente, el apoyo con los medios técnicos y humanos necesarios, para la descarga de los envíos.
4.5. En los casos en que el cliente cambie el lugar de entrega previamente acordado, Sonepar Perú S.A.C. se reserva el derecho de cargar de manera adicional,
cualquier gasto por transporte o flete que este cambio genere.
5. RESPONSABILIDADES
5.1. La responsabilidad de Sonepar Perú S.A.C. sobre los materiales pedidos, es trasladada al cliente al momento de hacer la entrega conforme, en el punto
pactado.
5.2. No será responsabilidad de Sonepar Perú S.A.C. la entrega fuera de tiempo, de los productos o servicios, en los casos que el cliente tenga obligaciones
contractuales pendientes con Sonepar Perú S.A.C. como pagos pendientes, regularizaciones de documentos, entrega de partes de ingreso que retrasen los retornos
de inversión de Sonepar Perú S.A.C. o que distorsionen la línea de crédito y/o condiciones de pago asignada al cliente. Tampoco en el caso que hubiera alguna
acción previa por parte del cliente o de terceros, desde donde recién comience la responsabilidad de Sonepar Perú S.A.C.
5.3. El retraso de entrega, no dará lugar a la anulación del pedido, ni a entablar acción indemnizatoria o penalidad alguna, en los supuestos atribuibles a Sonepar
Perú S.A.C. que previamente no haya sido comunicado, evidenciando la imposibilidad del cumplimiento, donde se demuestre, que el retraso se debe a sucesos o
circunstancias fuera de su control razonable, tales como, causas de fuerza mayor como guerras, incendios, fenómenos naturales, accidentes, revueltas, motín
popular, conflictos laborales, aduaneros (incluidos los iniciados por cualquiera de las partes), cualquier otra causa de similar naturaleza imprevisible, incluso que
siendo previsible fuera inevitable, o por problemas atribuibles a terceros (tales como proveedores, transportistas, cortes en suministro energético u otras interferencias
que afecten la entrega o el servicio). En tales circunstancias Sonepar Perú S.A.C. solicitará extender el tiempo de manera prudencial, para la ejecución de la entrega
o servicio. Si tal retraso o incumplimiento, persistiera durante más de seis (6) meses, cada una de las partes, estará facultada para resolver este acuerdo, en lo que
respecta a los productos o servicios no entregados.
6. GARANTIA
6.1. Sonepar Perú S.A.C. garantiza que el material suministrado, cubre cualquier defecto de fabricación y contempla la reposición del producto dañado a nuestra
consideración, previa inspección de nuestra área especializada.
6.2. El periodo de garantía es relativo al tipo o línea de producto que haya sido suministrado, las mismas que pueden ser de forma implícita, desde un mínimo de 6
meses, hasta un máximo de 12 meses, salvo acuerdo previo entre las partes. Para mayor detalle, consultar con su asesor comercial.
6.3. La garantía no será válida bajo las siguientes condiciones:
• Cuando el producto se dañe como resultado de una mala manipulación o por accidentes no provocados por Sonepar Perú S.A.C.
• Por uso indebido o inadecuado del producto, según sus características.
• Cuando el producto haya sido expuesto a la humedad, líquido o sustancia que deteriore su capacidad o funcionamiento.
• Cuando el producto haya sido manipulado por personal no autorizado o ajeno a la entidad a quien se le efectuó la venta.
7. COBRANZA
7.1. Sonepar Perú S.A.C. reafirma su derecho de realizar la cobranza por los productos suministrados, incluyendo aquellos que pudieron tener alguna observación
por garantía, que no hayan cumplido con las características especificadas en el punto 6.3.
7.2. En los casos de que el cliente cuya línea de crédito se encuentre copada o que el cliente tenga deudas pendientes por cumplir, con retrasos considerables,
Sonepar Perú S.A.C. se reserva el derecho de suspender las entregas de nuevos pedidos o de saldos de pedidos pendientes.
8. DEVOLUCIONES
8.1. Sonepar Perú S.A.C. aceptará devoluciones siempre que los mismos se enmarquen en los siguientes criterios:
• Cuando el producto haya sido vendido directamente por Sonepar Perú S.A.C. y sea un error de Sonepar Perú S.A.C. al prescribir o entregar el producto.
• Cuando el Producto cumpla con las Condiciones de Garantía indicados en el punto 6 de la presente condiciones de venta.
• Cuando el producto no se enmarque en la garantía, sin embargo, sea una solicitud especial por parte del cliente, producto de un error de este, en la descripción,
cantidad, marca. Etc. En estos casos, Sonepar Perú S.A.C. se reserva el derecho de aceptarlas, en la medida que sus criterios de rotación de inventarios se lo
permitan. No se incluyen productos de fabricación a medida o de importación exclusiva, tampoco incluye los productos alternativos a lo solicitado, que probadamente
haya sido especificado por Sonepar Perú S.A.C. y aceptado por el cliente. Para estos casos, el tiempo límite establecido es de 30 días calendarios
9. CONDICIONES APLICABLES EN CASO DE REVENTA DEL PRODUCTO.
9.1. Será de aplicación, a todo cliente que no adquieran los productos para consumo propio, sino para su reventa posterior a un tercero, quienes:
• Se comprometen a cumplir en todo momento las normas, pautas y directrices que sobre el producto, calidad, uso y garantía establezca Sonepar Perú S.A.C.
• Deberán vender los productos en su presentación de origen, sin modificación ni alteración alguna.
• El incumplimiento de cualesquiera de estas condiciones exonera a Sonepar Perú S.A.C. de toda reclamación que pueda realizar el cliente o sus clientes finales,
que resulte a causa de dicho incumplimiento
10. POLÍTICA DE COMPLIANCE
El cliente reconoce que ha leído la Carta Anticorrupción, el Código de Conducta de Sonepar y Sonepar Perú. Las mismas que pueden encontrar en nuestra página
web http://sonepar.pe/politicas-compliance
9. 11. ANTICORRUPCIÓN
Las partes se obligan a respetar, cumplir y hacer cumplir el conjunto de leyes de Perú, Convenciones y Tratados Internacionales que Perú haya suscrito en materia
Anticorrupción, así como aquellos instrumentos internacionales anticorrupción de obligatoria observación por alguna de las partes de este acuerdo. Las partes se
obligan a no ofrecer o pagar ningún tipo de soborno, o cualquier otra forma de pago ilegal o favor, a ningún tipo de “funcionario Público” o empleado privado, de
cualquier Estado o persona jurídica, para iniciar, obtener o retener tipo de negocio o actividad relacionada con la venta. Asimismo, está prohibido por las partes el
ofrecimiento, pago y recepción de sobornos, o de cualquier otra forma de pago ilegal o favor, a “funcionarios públicos” o empleados privados de otra persona jurídica.
Las partes implementarán las medidas tendientes a evitar que sus operaciones puedan ser utilizadas como instrumentos para la Corrupción pública o privada, el
lavado de activos y financiación del terrorismo. Sonepar Perú podrá dar por terminado el negocio, abstenerse de ejecutar la orden de compra o pedido, sin que haya
lugar al pago de indemnización alguna a favor del comprador cuando éste sea: (i) condenado por parte de las autoridades competentes por delitos de corrupción
pública o privada, narcotráfico, terrorismo y su financiación, lavado de activos, administración de recursos relacionados con dichas actividades o en cualquier tipo de
proceso judicial relacionado con la comisión de los anteriores delitos; (ii) incluido en listas restrictivas, inhibitorias o vinculante, tales como la lista de la Oficina de
Control de Activos en el Exterior-OFAC emitida por la Oficina del Tesoro de los Estados Unidos de América, la lista de la Organización de las Naciones Unidas y otras
listas públicas relacionadas, así como de cualquier otro delito relacionado o conexo. El Código de Ética de Sonepar y Sonepar Perú (disponible en
http://www.sonepar.pe/politicas-compliance) es de obligatorio cumplimiento y hace parte del presente contrato. DECLARACIÓN DE CUMPLIMIENTO. El cliente
garantiza que cumple la regulación aplicable en comercio exterior, restricciones económicas, comerciales, financieras, prevención de la corrupción pública o privada,
embargos y demás, impuestos por organismos internacionales y Estados, como inclusiones en listas restrictivas o inhibitorias comprometiéndose a mantener a
Sonepar Perú/Sonepar, indemne ante cualquier acción o reclamación derivada del incumplimiento de ésta disposición, o del ocultamiento de información sobre el
destino final de la mercancía, su estatus internacional de cumplimiento o el del cliente final.
10. SONEPAR PERU S.A.C
Dirección:
R.U.C. N°:
Señor(es): F. Emisión:
F. Vencimiento:
Referencia de pago:
Moneda:
Central telefónica: 01-602-8000
Centro Distribucion: Jr. Yungay N°1870 Urb. Chacrarios
AGENTE DE RETENCIÓN RS-219-2006/SUNAT
(NO RETENER)
Orden Compra:
Lima - Lima - Lima
Encuéntranos también en Piura - Chiclayo - Trujillo -
Lima - Arequipa
Para mas información ingresa a www.sonepar.pe
04/01/2022
Guía Remisión: 42-3246
06-2021-ADM
CAL. DANTE ALIGHIERE NRO. 25 URB. LOS PINOS - AREQUIPA - AREQUIPA
- AREQUIPA
20327647203
GRUPO 5 SAC
Factura 60 días
SOLES
- Lima - Lima
Of. Principal: AV. REPUBLICA DE PANAMÁ NRO. 3517
INT. 602
FACTURA ELECTRÓNICA
R.U.C. 20111740438
FF42-3382
05/03/2022
Forma de Pago: Crédito
IMPORTE DE CUOTA
F. VENCIMIENTO
CUOTA
1 05/03/2022 70,462.16
CÓDIGO VALOR TOTAL
IT VALOR TOTAL
CANT.
DESCRIPCIÓN
UM
CÓDIGO P.UNIT.
IT
108,664.45
250.370
434.00
CONDUCTOR ELECTRICO PARALELO 1KV LIBRE DE HALOGENO
3-1X150MM2 BL/NE/RO N2XOH
MTR
14613WX0008
1
35,543.50
81.890
434.00
CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 150MM2 NEGRO
N2XOH
MTR
14613WX0004
2
7,822.90
29.290
267.00
CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 50MM2
AMAR/VERDE NH-80
MTR
12313WB0653
3
2,026.74
39.740
51.00
CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 70MM2 NEGRO
N2XOH
MTR
14613WX0018
4
6,430.41
32.150
200.00
CONDUCTOR ELECTRICO PARALELO 1KV LIBRE DE HALOGENO
3-1X16MM2 BL/NE/RO N2XOH
MTR
14613WX0009
5
685.19
3.290
208.00
CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 4MM2 NEGRO
N2XOH
MTR
14613WX0029
6
110.50
2.120
52.00
CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 4MM2
AMAR/VERDE NH-80
MTR
12333WB0007
7
13,615.28
56.960
239.00
CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 95MM2 NEGRO
N2XOH
MTR
14613WX0019
8
72,887.05
314.160
232.00
CONDUCTOR ELECTRICO PARALELO 1KV LIBRE DE HALOGENO
3-1X185MM2 BL/NE/RO N2XOH
MTR
14613WX0010
9
23,351.49
100.650
232.00
CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 185MM2 NEGRO
N2XOH
MTR
14613WX0021
10
1,401.85
21.240
66.00
CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 35MM2 NEGRO
NH-80
MTR
12313WB0018
11
212,826
La presente factura esta sujeta a las condiciones generales de venta detalladas en nuestra página web: www.sonepar.pe
I.G.V. (18%)
PERCEPCIÓN
PRECIO DE VENTA
DESCUENTO
S/
S/
S/
S/
S/
S/
S/
SON: SETENTA MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS CON 16/100 SOLES
70,462.16
0.00
70,462.16
10,748.46
59,713.36
0
59,713.36
ICBPER S/ 0.00
TOTAL BRUTO
VALOR VENTA
TOTAL A PAGAR
11. Página 2 de 4
Este documento está a disposición del adquiriente o usuario en el correo electrónico que haya designado previamente.
Autorizado mediante la resolución de intendencia N° 018-005-0002978.
Representación impresa de la factura electrónica.
F8BBB8F065C01249C2052
6C87D2DA0F8BBB8F
E2AAA2E0F8F1E97921653
0A1A835B0E2AAA2E
AC4B64AC151FF426D700B
C09B5B196BC969C0
B5410BA90A1F0271B4D69
5FBA1C90C94239D2
DCCF88AB1742FC6122DE
12. 1. ACEPTACION DE LA OFERTA:
1.1. Este documento y su aceptación constituyen las condiciones generales de venta de los productos y/o servicios incluidas en la misma. Para aceptar nuestra
oferta sírvase enviar una Orden de Compra debidamente firmada por el representante autorizado de su empresa o utilizar nuestra propia oferta; para tal efecto, el
presente documento debe ser devuelto, con las firmas de sus representantes legales autorizados.
1.2. El pedido efectuado por el cliente, bajo esta oferta, no será considerado definitivo, hasta la aprobación por parte de Sonepar Perú S.A.C. por escrito, con envío
de confirmación de pedido.
2. MODIFICACION Y CANCELACION DEL PEDIDO
2.1. Una vez aprobado el pedido, no podrá ser modificado, salvo acuerdo entre las partes, quienes determinarán las variaciones a efectuar, las mismas que dará
lugar a un nuevo pedido que incluya los cambios efectuados de mutuo acuerdo.
2.2. En caso de cancelación del pedido, por causas no atribuibles a Sonepar Perú S.A.C. nos reservamos el derecho de no aceptarla de manera unilateral y en los
casos de común acuerdo, las partes acordarán si hay o no, lugar a la compensación por anulación.
2.3. Solo se aceptarán anulaciones por los artículos que se determinen como productos de stock regular para Sonepar Perú S.A.C. y cuyo extorno no genere sobre
stock o repercusión negativa en el inventario de la empresa.
2.4. No serán aceptadas anulaciones de pedidos, de productos de importación o fabricación exclusiva, cuyo proceso de importación o fabricación hayan sido
iniciados.
3. AMPLIACIONES DE PEDIDOS
3.1. La ampliación de pedidos, referidos a ofertas que ya hubieran originado un pedido en su modo y forma, deberán ser comunicadas para su previa aceptación, de
lo contrario, nos reservamos el derecho de no aceptarlas, salvo en los casos que la oferta tenga carácter vinculante a algún acuerdo o contrato temporal.
4. ENTREGA
4.1. El plazo de entrega comenzará a regir a partir de la confirmación del pedido, en los casos de condiciones de crédito.
4.2. En los casos de condiciones de venta al contado (previo pago: vía transferencia, depósito en cuenta o entrega de efectivo), el plazo de entrega comenzará a
partir de la confirmación de nuestra área respectiva, de que el dinero líquido, está en poder de Sonepar Perú S.A.C.
4.3. La entrega de los materiales y/o servicios, serán en los lugares ofrecidos dentro de la oferta, en los casos que no se reciba una orden de compra. En los casos
que se reciban órdenes de compra, posteriormente aceptadas, las entregas se realizaran en los lugares que indiquen la misma.
4.4. Sonepar Perú S.A.C. podrá solicitar al cliente, el apoyo con los medios técnicos y humanos necesarios, para la descarga de los envíos.
4.5. En los casos en que el cliente cambie el lugar de entrega previamente acordado, Sonepar Perú S.A.C. se reserva el derecho de cargar de manera adicional,
cualquier gasto por transporte o flete que este cambio genere.
5. RESPONSABILIDADES
5.1. La responsabilidad de Sonepar Perú S.A.C. sobre los materiales pedidos, es trasladada al cliente al momento de hacer la entrega conforme, en el punto
pactado.
5.2. No será responsabilidad de Sonepar Perú S.A.C. la entrega fuera de tiempo, de los productos o servicios, en los casos que el cliente tenga obligaciones
contractuales pendientes con Sonepar Perú S.A.C. como pagos pendientes, regularizaciones de documentos, entrega de partes de ingreso que retrasen los retornos
de inversión de Sonepar Perú S.A.C. o que distorsionen la línea de crédito y/o condiciones de pago asignada al cliente. Tampoco en el caso que hubiera alguna
acción previa por parte del cliente o de terceros, desde donde recién comience la responsabilidad de Sonepar Perú S.A.C.
5.3. El retraso de entrega, no dará lugar a la anulación del pedido, ni a entablar acción indemnizatoria o penalidad alguna, en los supuestos atribuibles a Sonepar
Perú S.A.C. que previamente no haya sido comunicado, evidenciando la imposibilidad del cumplimiento, donde se demuestre, que el retraso se debe a sucesos o
circunstancias fuera de su control razonable, tales como, causas de fuerza mayor como guerras, incendios, fenómenos naturales, accidentes, revueltas, motín
popular, conflictos laborales, aduaneros (incluidos los iniciados por cualquiera de las partes), cualquier otra causa de similar naturaleza imprevisible, incluso que
siendo previsible fuera inevitable, o por problemas atribuibles a terceros (tales como proveedores, transportistas, cortes en suministro energético u otras interferencias
que afecten la entrega o el servicio). En tales circunstancias Sonepar Perú S.A.C. solicitará extender el tiempo de manera prudencial, para la ejecución de la entrega
o servicio. Si tal retraso o incumplimiento, persistiera durante más de seis (6) meses, cada una de las partes, estará facultada para resolver este acuerdo, en lo que
respecta a los productos o servicios no entregados.
6. GARANTIA
6.1. Sonepar Perú S.A.C. garantiza que el material suministrado, cubre cualquier defecto de fabricación y contempla la reposición del producto dañado a nuestra
consideración, previa inspección de nuestra área especializada.
6.2. El periodo de garantía es relativo al tipo o línea de producto que haya sido suministrado, las mismas que pueden ser de forma implícita, desde un mínimo de 6
meses, hasta un máximo de 12 meses, salvo acuerdo previo entre las partes. Para mayor detalle, consultar con su asesor comercial.
6.3. La garantía no será válida bajo las siguientes condiciones:
• Cuando el producto se dañe como resultado de una mala manipulación o por accidentes no provocados por Sonepar Perú S.A.C.
• Por uso indebido o inadecuado del producto, según sus características.
• Cuando el producto haya sido expuesto a la humedad, líquido o sustancia que deteriore su capacidad o funcionamiento.
• Cuando el producto haya sido manipulado por personal no autorizado o ajeno a la entidad a quien se le efectuó la venta.
7. COBRANZA
7.1. Sonepar Perú S.A.C. reafirma su derecho de realizar la cobranza por los productos suministrados, incluyendo aquellos que pudieron tener alguna observación
por garantía, que no hayan cumplido con las características especificadas en el punto 6.3.
7.2. En los casos de que el cliente cuya línea de crédito se encuentre copada o que el cliente tenga deudas pendientes por cumplir, con retrasos considerables,
Sonepar Perú S.A.C. se reserva el derecho de suspender las entregas de nuevos pedidos o de saldos de pedidos pendientes.
8. DEVOLUCIONES
8.1. Sonepar Perú S.A.C. aceptará devoluciones siempre que los mismos se enmarquen en los siguientes criterios:
• Cuando el producto haya sido vendido directamente por Sonepar Perú S.A.C. y sea un error de Sonepar Perú S.A.C. al prescribir o entregar el producto.
• Cuando el Producto cumpla con las Condiciones de Garantía indicados en el punto 6 de la presente condiciones de venta.
• Cuando el producto no se enmarque en la garantía, sin embargo, sea una solicitud especial por parte del cliente, producto de un error de este, en la descripción,
cantidad, marca. Etc. En estos casos, Sonepar Perú S.A.C. se reserva el derecho de aceptarlas, en la medida que sus criterios de rotación de inventarios se lo
permitan. No se incluyen productos de fabricación a medida o de importación exclusiva, tampoco incluye los productos alternativos a lo solicitado, que probadamente
haya sido especificado por Sonepar Perú S.A.C. y aceptado por el cliente. Para estos casos, el tiempo límite establecido es de 30 días calendarios
9. CONDICIONES APLICABLES EN CASO DE REVENTA DEL PRODUCTO.
9.1. Será de aplicación, a todo cliente que no adquieran los productos para consumo propio, sino para su reventa posterior a un tercero, quienes:
• Se comprometen a cumplir en todo momento las normas, pautas y directrices que sobre el producto, calidad, uso y garantía establezca Sonepar Perú S.A.C.
• Deberán vender los productos en su presentación de origen, sin modificación ni alteración alguna.
• El incumplimiento de cualesquiera de estas condiciones exonera a Sonepar Perú S.A.C. de toda reclamación que pueda realizar el cliente o sus clientes finales,
que resulte a causa de dicho incumplimiento
10. POLÍTICA DE COMPLIANCE
El cliente reconoce que ha leído la Carta Anticorrupción, el Código de Conducta de Sonepar y Sonepar Perú. Las mismas que pueden encontrar en nuestra página
web http://sonepar.pe/politicas-compliance
13. 11. ANTICORRUPCIÓN
Las partes se obligan a respetar, cumplir y hacer cumplir el conjunto de leyes de Perú, Convenciones y Tratados Internacionales que Perú haya suscrito en materia
Anticorrupción, así como aquellos instrumentos internacionales anticorrupción de obligatoria observación por alguna de las partes de este acuerdo. Las partes se
obligan a no ofrecer o pagar ningún tipo de soborno, o cualquier otra forma de pago ilegal o favor, a ningún tipo de “funcionario Público” o empleado privado, de
cualquier Estado o persona jurídica, para iniciar, obtener o retener tipo de negocio o actividad relacionada con la venta. Asimismo, está prohibido por las partes el
ofrecimiento, pago y recepción de sobornos, o de cualquier otra forma de pago ilegal o favor, a “funcionarios públicos” o empleados privados de otra persona jurídica.
Las partes implementarán las medidas tendientes a evitar que sus operaciones puedan ser utilizadas como instrumentos para la Corrupción pública o privada, el
lavado de activos y financiación del terrorismo. Sonepar Perú podrá dar por terminado el negocio, abstenerse de ejecutar la orden de compra o pedido, sin que haya
lugar al pago de indemnización alguna a favor del comprador cuando éste sea: (i) condenado por parte de las autoridades competentes por delitos de corrupción
pública o privada, narcotráfico, terrorismo y su financiación, lavado de activos, administración de recursos relacionados con dichas actividades o en cualquier tipo de
proceso judicial relacionado con la comisión de los anteriores delitos; (ii) incluido en listas restrictivas, inhibitorias o vinculante, tales como la lista de la Oficina de
Control de Activos en el Exterior-OFAC emitida por la Oficina del Tesoro de los Estados Unidos de América, la lista de la Organización de las Naciones Unidas y otras
listas públicas relacionadas, así como de cualquier otro delito relacionado o conexo. El Código de Ética de Sonepar y Sonepar Perú (disponible en
http://www.sonepar.pe/politicas-compliance) es de obligatorio cumplimiento y hace parte del presente contrato. DECLARACIÓN DE CUMPLIMIENTO. El cliente
garantiza que cumple la regulación aplicable en comercio exterior, restricciones económicas, comerciales, financieras, prevención de la corrupción pública o privada,
embargos y demás, impuestos por organismos internacionales y Estados, como inclusiones en listas restrictivas o inhibitorias comprometiéndose a mantener a
Sonepar Perú/Sonepar, indemne ante cualquier acción o reclamación derivada del incumplimiento de ésta disposición, o del ocultamiento de información sobre el
destino final de la mercancía, su estatus internacional de cumplimiento o el del cliente final.
14.
15. 8/1/22 13:05 Gmail - RV: CARTA DE GARANTIA SANICENTER
https://mail.google.com/mail/u/0/?ui=2&ik=bac5d4b0c0&view=lg&permmsgid=msg-f%3A1721407720612292491&ser=1 1/4
Calidad Grupo 05 <calidadgrup5@gmail.com>
RV: CARTA DE GARANTIA SANICENTER
Edith Alvarado <edith_alvarado_2610@hotmail.com> 8 de enero de 2022, 12:18
Para: "calidadgrup5@gmail.com" <calidadgrup5@gmail.com>
De: JUAN JOSE CHAVEZ DÁVILA <jchavez@sanicenter.com.pe>
Enviado: sábado, 8 de enero de 2022 11:10
Para: Edith Alvarado <edith_alvarado_2610@hotmail.com>
Cc: tania_isabelle_22@hotmail.com <tania_isabelle_22@hotmail.com>
Asunto: Re: CARTA DE GARANTIA SANICENTER
Estimada Srta Edith Alvarado buenos dias ,tanto en los porcelanatos y sanitarios como ( TRÉBOL Y VAINSA ), no
dan certificado de calidad pero nosotros como empresa debemos brindar las garantías de estas facturas emitidas
como porcelanato y sanitario.
Se adjunta las fichas técnicas.
Saludos,
El sáb, 8 ene 2022 a las 10:04, Edith Alvarado (<edith_alvarado_2610@hotmail.com>) escribió:
Estimado Juan,
Para completar documentos para el área de calidad, agradeceré enviar certificado de calidad y
especificaciones técnicas de las ordenes atendidas.
Saludos cordiales
Grupo 5 SAC
Edith Alvarado
De: Tania C <tania_isabelle_22@hotmail.com>
Enviado: miércoles, 5 de enero de 2022 11:35
Para: Calidad Grupo 05 <calidadgrup5@gmail.com>
Cc: edith_alvarado_2610@hotmail.com <edith_alvarado_2610@hotmail.com>
Asunto: RV: CARTA DE GARANTIA SANICENTER
16. CARTA GARANTIA SANICENTER
GRUPO 5 SAC
RUC: 20327647203
Obra: “CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO DE 4 PISOS, SUB ESTACIÓN ELÉCTRICA,
OBRAS COMPLEMENTARIAS, PAISAJISMO, TALLER DE MAQUINARIA PESADA
Y HUB LOGÍSTICO - CFP TRUJILLO” y “Adecuación del CFP Trujillo para el
cumplimiento de los estándares de seguridad INDECI y Remodelación de
Servicios Higiénicos”
Dirección: Mza. A - Lote 28, Carretera Panamericana, Parque Industrial Senati
Distrito: La esperanza
Provincia: Trujillo
Departamento: La Libertad
SANICENTER SAC. Agradece su confianza al elegir nuestros productos y le confirma
que lo respaldamos para que pueda disfrutarlos a través de los años con total
tranquilidad.
SANICENTER SAC. Garantiza que las griferías, Sanitarios y Accesorios, que se comercializa
en nuestras tiendas, son de las prestigiosas Marcas. Tales como: Vainsa, Latino, Helvex,
Metusa, Record, Trebol entre otros, cumplen con los más severos controles estándar de
calidad de acuerdo a las Normas Técnicas Internacionales.
No obstante cualquier pieza encontrada defectuosa por Fabricación (FB) material y/o diseño,
será remplazado sin costo alguno para el cliente.
Esta Garantía solo cubre los productos de Primera Calidad y se hará efectiva desde la fecha
Que se genere su compra.
Producto:
CÓDIGO DESCRIPCIÓN CANTIDAD
CE049O001 ASIENTO ARO REDONDO BLANCO LIVIANO FIORI STD. 4 UND
DF3805007 MEZCLADORA D/DUCHA 2 LLAVES C/SALIDA OMEGA BAVARO 3 UND
8A0000638 LAVATORIO C/ PEDESTAL MANCORA BLANCO -- TREBOL STD 5 UND
8A0000477 INODORO RAPID JET PLUS C/MANIJA S/ASIENTO BLANCO 4 UND
CA09L1001 URINARIO CADET BLANCO --- TREBOL STD. 11 PZA
DC0000007 FLUXOMETRO D/URINARIO DESCARGA DIRECTA C/BOTON --- 11 UND
DE2202001 LLAVE D/LAVATORIO TEMPORIZADA C/AEREADOR ESPECIALI 29 UND
DC0000013 FLUXOMETRO D/INODORO DESCARGA DIRECTA C/BOTON 4.8 29 UND
17. SaniCenter SAC. Solicita que revise el material antes de colocarlo, verificar que el producto y el
modelo correspondan a lo solicitado, que el material sean idénticas igual al diseño, No utilice
pegantes, sellantes, hilazas ni grasas, en las roscas, en construcciones nuevas antes de
instalar los productos se debe drenar la tubería para eliminar residuos que puedan afectar el
correcto funcionamiento del producto Una vez instalado no se acepta reclamos.
Para atender algún reclamo será necesario la presentación de la boleta y/o factura
correspondiente, en caso de que el cliente desee que se le visite podrá llamar a Servicio
Técnico 534-7678.
SaniCenter SAC. No es responsable de fallas resultante de una instalación inadecuada, por
negligencia, mala manipulación del producto o accidente del mismo.
Por defectos ocasionados por desastres naturales y por desgastes propios que sufre todo
producto con el tiempo.
La garantía no cubre el remplazo de partes y/o piezas naturalmente desgastadas a
consecuencia del uso normal, ni el deterioro, daños y/o la destrucción del producto, sus partes
y/o piezas, y acabados, como consecuencia de uso, instalación, reparación o simple
Manipulación inadecuada, no los que se originen por la utilización, conservación y/o
mantenimiento de ácidos abrasivos u otros similares
Consideraciones:
El producto se hubiese utilizado en condiciones distintas a las normales.
El producto no hubiese sido instalado y operado de acuerdo con el instructivo de
uso incluido en cada producto.
Esta carta de garantía por 1 año se hará valida desde la fecha de emisión de las siguientes
facturas:
05 de Enero del 2022
Atentamente.
Ing. Jorge Luis Carhuachin P.
Jefe Comercial – SaniCenter
Telfs.: 5342165 – 5347393 anexo 301
E-mail: j_carhuchin@sanicenter.com.pe
Nº F070- 000002698
Av. Alfredo Mendiola Nro. 965 Urb. Palao San Martin de Porres – Lima
www.sanicenter.com.pe
18.
19.
20.
21.
22.
23.
24. 8/1/22 13:05 Gmail - RV: CARTA DE GARANTIA SANICENTER
https://mail.google.com/mail/u/0/?ui=2&ik=bac5d4b0c0&view=lg&permmsgid=msg-f%3A1721407720612292491&ser=1 1/4
Calidad Grupo 05 <calidadgrup5@gmail.com>
RV: CARTA DE GARANTIA SANICENTER
Edith Alvarado <edith_alvarado_2610@hotmail.com> 8 de enero de 2022, 12:18
Para: "calidadgrup5@gmail.com" <calidadgrup5@gmail.com>
De: JUAN JOSE CHAVEZ DÁVILA <jchavez@sanicenter.com.pe>
Enviado: sábado, 8 de enero de 2022 11:10
Para: Edith Alvarado <edith_alvarado_2610@hotmail.com>
Cc: tania_isabelle_22@hotmail.com <tania_isabelle_22@hotmail.com>
Asunto: Re: CARTA DE GARANTIA SANICENTER
Estimada Srta Edith Alvarado buenos dias ,tanto en los porcelanatos y sanitarios como ( TRÉBOL Y VAINSA ), no
dan certificado de calidad pero nosotros como empresa debemos brindar las garantías de estas facturas emitidas
como porcelanato y sanitario.
Se adjunta las fichas técnicas.
Saludos,
El sáb, 8 ene 2022 a las 10:04, Edith Alvarado (<edith_alvarado_2610@hotmail.com>) escribió:
Estimado Juan,
Para completar documentos para el área de calidad, agradeceré enviar certificado de calidad y
especificaciones técnicas de las ordenes atendidas.
Saludos cordiales
Grupo 5 SAC
Edith Alvarado
De: Tania C <tania_isabelle_22@hotmail.com>
Enviado: miércoles, 5 de enero de 2022 11:35
Para: Calidad Grupo 05 <calidadgrup5@gmail.com>
Cc: edith_alvarado_2610@hotmail.com <edith_alvarado_2610@hotmail.com>
Asunto: RV: CARTA DE GARANTIA SANICENTER
25. CARTA GARANTIA SANICENTER
GRUPO 5 S.A.C
RUC: 20327647203
Obra: “CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO DE 4 PISOS, SUB ESTACIÓN ELÉCTRICA,
OBRAS COMPLEMENTARIAS, PAISAJISMO, TALLER DE MAQUINARIA PESADA Y HUB
LOGÍSTICO - CFP TRUJILLO” y “Adecuación del CFP Trujillo para el cumplimiento de los
estándares de seguridad INDECI y Remodelación de Servicios Higiénicos”
Dirección: Mza. A - Lote 28, Carretera Panamericana, Parque Industrial Senati
Distrito: La esperanza
Provincia: Trujillo
Departamento: La Libertad
SANICENTER SAC. Agradece su confianza al elegir nuestros productos y le confirma
que lo respaldamos para que pueda disfrutarlos a través de los años con total
tranquilidad.
1. PRODUCTOS AMPARADOS:
Esta garantía cubre cualquier defecto con la calidad intrínseca de los productos de
SANICENTER S.A.C. Determinada por el acabado exterior, por la durabilidad de los
componentes internos y por el buen funcionamiento del producto.
2. COBERTURA:
El presente certificado cubre cualquier defecto de fabricación del producto que pueda afectar su
desempeño en los contextos específicos por el fabricante y el cumplimiento de lo establecido
en los manuales de instalación, uso y manteamiento de SANICENTER S.A.C. En caso que se
presente un defecto de fabricación o mal desempeño en alguno de los productos amparados
por la presente garantía y en cumplimiento de las condiciones estipuladas para efectos de su
reconocimiento, SANICENTER S.A.C. Procederá a la realización de las pruebas pertinentes
con el fin de la idoneidad y calidad del producto, recurriendo para esto a su servicio técnico o
directamente al fabricante. De comprobarse que la referencia que la referencia en cuestión no
cumple con los parámetros establecidos en las normas internaciones, SANICENTER S.A.C.
Reparará o remplazara el (los) productos en cuestión por otro igual (es) o por el (los) más
similar (es) disponible(s) a criterio de la empresa, reservándose el derecho de hacer
devoluciones de dinero, que corresponderán únicamente al valor neto del producto a la fecha
de la compra.
26. Producto:
CÓDIGO DESCRIPCIÓN CANTIDAD
BCG616051
MAYOLICA 30X60 UNICOLOR BRILLO NIVEO
BLANCO RECTIF
502.200 M2
Cumple sus funciones y Especificaciones Técnicas Físico –Químicas, siempre y cuando su uso
se encuentre dentro de las recomendaciones indicadas en su respectiva FICHA TECNICA Y
HOJA DE SEGURIDAD. Donde la perecibilidad del producto es de (06 a 08) meses y una vez
utilizado el producto. La empresa le otorga una garantía de (01) año, de utilizarse fuera de
condiciones normales, procedimientos no recomendados o para otros usos no indicados en la
ficha técnica, el cliente se responsabilizara de los resultados que obtenga.
Datos Técnicos:
Otras recomendaciones:
Duración 06 meses, en envase original sellado.
Guarde los sacos bajo techo y sobre parihuelas de madera.
Al transportar, sostenga los sacos por los extremos superior e inferior
Coloque los sacos en forma plana sobre la parihuela, descargue despacio el saco y
póngalos ordenadamente uno sobre otro.
No colocar sobre piso o apoyado en paredes.
27. Proteger de la humedad o corrientes de aire húmedo,
cubrir con plástico o strech Film.
Para atender algún reclamo será necesario la presentación de la boleta y/o factura
correspondiente, en caso de que el cliente desee que se le visite podrá llamar a Servicio
Técnico (01) 534-7678
Esta carta de garantía por 1 año se hará valida desde la fecha de emisión de las siguientes
facturas:
Lima 04 de Enero del 2022
Atentamente.
Ing. Jorge Luis Carhuachin P.
Gerente Comercial Corporativo – SaniCenter
Telfs.: 5342165
E-mail: j_carhuchin@sanicenter.com.pe
Av. Alfredo Mendiola Nro. 965 Urb. Palao San Martin de Porres – Lima
www.sanicenter.com.pe
Nº F070-00002695
28.
29.
30. CERTIFICADO DE CALIDAD
SIKA PERU S.A.C.
Habilitación Industrial El Lúcumo Mz. "B" Lote 6, Lurín - L3 Lima - Perú
Telf: +51 1 618 6060 · Fax: +51 1 618 6070 · www.sika.com.pe
El presente documento presenta el Estado Permisible de las especificaciones técnicas de
nuestro producto Sikadur® 32 Gel
1. ESTADO PERMISIBLE
Almacenamiento: 2 años en su envase original bien cerrado en lugar fresco y bajo techo, a
temperaturas entre 5°C y 30 °C. Acondicione el material a 18°C a 30 °C antes de usar.
Atentamente,
Lurín, Mayo de 2021
Formato CC-F 18
Autorizado por: GMS
Fecha: 18/07/13
Edición: 4
LA INFORMACIÓN Y EN PARTICULAR LAS RECOMENDACIONES DE ESTA INSTRUCCIÓN DE USO ESTÁN BASADAS EN LOS ACTUALES
CONOCIMIENTOS, EXPERIENCIA, Y EN PRUEBAS QUE CONSIDERAMOS SEGURAS SOBRE LOS PRODUCTOS APROPIADAMENTE
ALMACENADOS, MANIPULADOS Y UTILIZADOS EN LAS CONDICIONES NORMALES DESCRITAS. EN LA PRÁCTICA, Y NO PUDIENDO
CONTROLAR LAS CONDICIONES DE APLICACIÓN (TEMPERATURA, ESTADO DE LOS SUSTRATOS, ETC.), NO NOS RESPONSABILIZAMOS POR
NINGÚN DAÑO, PERJUICIO O PÉRDIDA OCASIONADAS POR EL USO INADECUADO DEL PRODUCTO. ACONSEJAMOS AL USUARIO QUE
PREVIAMENTE DETERMINE SI EL MISMO ES APROPIADO PARA EL USO PARTICULAR PROPUESTO. TODOS LOS PEDIDOS ESTÁN SUJETOS A
NUESTROS TÉRMINOS CORRIENTES DE VENTA Y ENTREGA. LOS USUARIOS SIEMPRE DEBEN REMITIRSE A LA ÚLTIMA EDICIÓN DE LAS
HOJAS TÉCNICAS DE LOS PRODUCTOS; CUYAS COPIAS SE ENTREGARÁN A SOLICITUD DEL INTERESADO O A LAS QUE PUEDEN ACCEDER EN
INTERNET A TRAVÉS DE NUESTRA PÁGINA WEB WWW.SIKA.COM.PE
Parámetros Rango de Aceptación
Aspecto Parte A Líquido viscoso blanquecino
Aspecto Parte B Líquido Viscoso negro
Densidad A (g/mL) 1.55 – 1.63
Densidad B (g/mL) 1.45 – 1.58
Valor epoxi A (mol/Kg) 2.3 – 2.6
Valor Amino B (mg KOH/g) 175 - 210
31. CERTIFICADO DE CALIDAD
SIKA PERU S.A.C.
Habilitación Industrial El Lúcumo Mz. "B" Lote 6, Lurín - L3 Lima - Perú
Telf: +51 1 618 6060 · Fax: +51 1 618 6070 · www.sika.com.pe
El presente documento presenta el Estado Permisible de las especificaciones técnicas de
nuestro producto Sikaflex® 11 FC+
1. ESTADO PERMISIBLE
Atentamente,
Lurín, Mayo de 2021
Formato CC-F 18
Autorizado por: GMS
Fecha: 18/07/13
Edición: 4
LA INFORMACIÓN Y EN PARTICULAR LAS RECOMENDACIONES DE ESTA INSTRUCCIÓN DE USO ESTÁN BASADAS EN LOS ACTUALES
CONOCIMIENTOS, EXPERIENCIA, Y EN PRUEBAS QUE CONSIDERAMOS SEGURAS SOBRE LOS PRODUCTOS APROPIADAMENTE
ALMACENADOS, MANIPULADOS Y UTILIZADOS EN LAS CONDICIONES NORMALES DESCRITAS. EN LA PRÁCTICA, Y NO PUDIENDO
CONTROLAR LAS CONDICIONES DE APLICACIÓN (TEMPERATURA, ESTADO DE LOS SUSTRATOS, ETC.), NO NOS RESPONSABILIZAMOS POR
NINGÚN DAÑO, PERJUICIO O PÉRDIDA OCASIONADAS POR EL USO INADECUADO DEL PRODUCTO. ACONSEJAMOS AL USUARIO QUE
PREVIAMENTE DETERMINE SI EL MISMO ES APROPIADO PARA EL USO PARTICULAR PROPUESTO. TODOS LOS PEDIDOS ESTÁN SUJETOS A
NUESTROS TÉRMINOS CORRIENTES DE VENTA Y ENTREGA. LOS USUARIOS SIEMPRE DEBEN REMITIRSE A LA ÚLTIMA EDICIÓN DE LAS
HOJAS TÉCNICAS DE LOS PRODUCTOS; CUYAS COPIAS SE ENTREGARÁN A SOLICITUD DEL INTERESADO O A LAS QUE PUEDEN ACCEDER EN
INTERNET A TRAVÉS DE NUESTRA PÁGINA WEB WWW.SIKA.COM.PE
Parámetros Rango de Aceptación
Aspecto Masilla sin grumos, ni burbujas
Comparación de color Similar al patrón
Fuerza de Extrucción
(5 mm)
300 – 600 N
Tiempo de Formación de Piel a 23 ºC y
50%HR
45 - 100 min
Dureza Shore a 2 días
(30 °C y 65%)
27 - 40
32. FACTURA DE VENTA
ELECTRÓNICA
: GRUPO 5 SAC
: CAL.DANTE ALIGHIERE NRO. 25 URB. LOS PINOS AREQUIPA - AREQUI - AREQUIPA
: 20327647203
SEÑOR(ES)
DIRECCIÓN
R.U.C.
FECHA : 28/12/2021
CANT. DESCRIPCIÓN P.UNIT. IMPORTE
CÓDIGO U.M.
: 21-2021-ADM
Nº de OC
: CONTADO
COND. DE PAGO
Nº de GUIA :
F. VENC. : 28/12/2021
Trujillo - Trujillo - La Libertad
R.U.C. 20606941677
LOTE 4 ZONA INDUSTRIAL
Nº F001-0001478
DISTRIBUCIONES EDIFICANDO
E.I.R.L
Sucursal: AV. VICE MZ. G-228
: VANESSA CHUNAS
VENDEDOR
: MERCADERIA
TIP.VENTA
Piura - Piura - Piura
Of. Principal: AV. MANSICHE N° 2301
MONEDA : SOLES
Sucursal: AV. ENRIQUE MEIGGS N° 473
P.J. MIRAMAR BAJO
Chimbote - Santa - Áncash
497.50
SIKAFLEX 11FC PLUS BLANCO X 300 ML
16.00 31.09
7489 UND
792.00
SIKADUR 32 JGO X 1KG
8.00 99.00
464128 UND
MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 50/100 SOLES
1,092.80
Total Gravado
0.00
Total No Gravado
0.00
Total Exonerado
196.70
I.G.V.
1,289.50
TOTAL
S/:
S/:
S/:
S/:
S/:
SON :
Representación impresa de la Factura Electrónica
Podrá ser consultada en
http://www.navasoft.com.pe/cpe
Autorizado mediante Resolución de Intendencia Nº
N/SUNAT
33. SONEPAR-CER-2016
Señores :
GRUPO 5 SAC
ASUNTO :
N° Factura :
F. Emision :
N° O/C :
Referencia :
CERTIFICADO DE CALIDAD Y GARANTIA
FF40-2027
28-12-2021
DESCRIPCION
Trujillo
jueves, 6 de enero de 2022
Garantía : 01 Año
“Construcción del edificio de 4 pisos, sub estación
eléctrica, obras complementarias, paisajismo, taller de
maquinaria pesada y Hub logísitico-CFP Trujillo para el
cumplimiento de los estándares de seguridad INDECI y
remodelación de servicios higiénicos”
CANT. CODIGO UNID.
64126U10007 UNID CAJA DE PASE PESADA 4 X 4 X 2 ( 100 X 100 X 50 mm)
(SIAM)
1
72128410017 Pza. CURVAS DE PVC (LUZ) SAP DE 3/4 (KINPLAST)
30
72128410012 Pza. CURVAS DE PVC (LUZ) SAP DE 1 1/4 (KINPLAST)
5
72128410003 Pza. CONEXION A CAJA DE PVC (LUZ) SAP DE 1 1/4 (KINPLAST)
9
72128410020 Pza. UNION DE PVC (LUZ) SAP DE 1 1/2 (KINPLAST)
2
72128410002 Pza. CONEXION A CAJA DE PVC (LUZ) SAP DE 1 1/2 (KINPLAST)
2
72128410019 Pza. UNION DE PVC (LUZ) SAP DE 1 (KINPLAST)
2
72128410011 Pza. CURVAS DE PVC (LUZ) SAP DE 1 1/2 (KINPLAST)
2
72128410001 Pza. CONEXION A CAJA DE PVC (LUZ) SAP DE 1 (KINPLAST)
2
SONEPAR PERU S.A.C. con RUC. Nº 20111740438, con domicilio legal en Av.
República de Panamá 3517 Interior 602 Piso 6 - San Isidro, cumple con
garantizar plenamente la calidad, bondad, durabilidad y buen
funcionamiento en condiciones normales de uso, de sus productos a
ser suministrados para sus Obras y comprometiéndose a reponer cualquier
falla por defecto de fabricación que se pudiera presentar, según relación
Atentamente
34.
35. SONEPAR-CER-2016
Señores :
GRUPO 5 SAC
ASUNTO :
N° Factura :
F. Emision :
N° O/C :
Referencia :
CERTIFICADO DE CALIDAD Y GARANTIA
FF42-3312
23-12-2021
DESCRIPCION
REQ. OBRA SENATI TRUJILLO
Trujillo
jueves, 6 de enero de 2022
Garantía : 01 Año
“Construcción del edificio de 4 pisos, sub estación
eléctrica, obras complementarias, paisajismo, taller de
maquinaria pesada y Hub logísitico-CFP Trujillo para el
cumplimiento de los estándares de seguridad INDECI y
remodelación de servicios higiénicos”
CANT. CODIGO UNID.
14613WX0015 M CONDUCTOR ELECTRICO PARALELO 1KV LIBRE DE HALOGENO 3-1X70MM2
BL/NE/RO N2XOH (INDECO)
51
14613WX0005 M CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 16MM2 NEGRO N2XOH
(INDECO)
200
12333WB0002 M CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 10MM2 AMAR/VERDE NH-80
(INDECO)
719
14613WX0027 M CONDUCTOR ELECTRICO PARALELO 1KV LIBRE DE HALOGENO 3-1X6MM2
BL/NE/RO N2XOH (INDECO)
623
14613WX0032 M CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 6MM2 NEGRO N2XOH (INDECO)
623
12313WB9640 M CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 6MM2 AMAR/VERDE NH-80
(INDECO)
623
14613WX0024 M CONDUCTOR ELECTRICO PARALELO 1KV LIBRE DE HALOGENO 3-1X10MM2
BL/NE/RO N2XOH (INDECO)
481
14613WX0002 M CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 10MM2 NEGRO N2XOH
(INDECO)
481
14613WX0013 M CONDUCTOR ELECTRICO PARALELO 1KV LIBRE DE HALOGENO 3-1X35MM2
BL/NE/RO N2XOH (INDECO)
225
14613WX0016 M CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 35MM2 NEGRO N2XOH
(INDECO)
225
12313WB0637 M CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 16MM2 AMAR/VERDE NH-80
(INDECO)
133
14613WX0012 M CONDUCTOR ELECTRICO PARALELO 1KV LIBRE DE HALOGENO 3-1X25MM2
BL/NE/RO N2XOH (INDECO)
135
SONEPAR PERU S.A.C. con RUC. Nº 20111740438, con domicilio legal en Av.
República de Panamá 3517 Interior 602 Piso 6 - San Isidro, cumple con
garantizar plenamente la calidad, bondad, durabilidad y buen
funcionamiento en condiciones normales de uso, de sus productos a
ser suministrados para sus Obras y comprometiéndose a reponer cualquier
falla por defecto de fabricación que se pudiera presentar, según relación
Atentamente
36.
37. SONEPAR-CER-2016
Señores :
GRUPO 5 SAC
ASUNTO :
N° Factura :
F. Emision :
N° O/C :
Referencia :
CERTIFICADO DE CALIDAD Y GARANTIA
FF42-3312
23-12-2021
DESCRIPCION
REQ. OBRA SENATI TRUJILLO
Trujillo
jueves, 6 de enero de 2022
Garantía : 01 Año
“Construcción del edificio de 4 pisos, sub estación
eléctrica, obras complementarias, paisajismo, taller de
maquinaria pesada y Hub logísitico-CFP Trujillo para el
cumplimiento de los estándares de seguridad INDECI y
remodelación de servicios higiénicos”
CANT. CODIGO UNID.
14613WX0006 M CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 25MM2 NEGRO N2XOH
(INDECO)
135
14613WX0014 M CONDUCTOR ELECTRICO PARALELO 1KV LIBRE DE HALOGENO 3-1X50MM2
BL/NE/RO N2XOH (INDECO)
143
14613WX0017 M CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 50MM2 NEGRO N2XOH
(INDECO)
129
SONEPAR PERU S.A.C. con RUC. Nº 20111740438, con domicilio legal en Av.
República de Panamá 3517 Interior 602 Piso 6 - San Isidro, cumple con
garantizar plenamente la calidad, bondad, durabilidad y buen
funcionamiento en condiciones normales de uso, de sus productos a
ser suministrados para sus Obras y comprometiéndose a reponer cualquier
falla por defecto de fabricación que se pudiera presentar, según relación
Atentamente
38.
39. SONEPAR-CER-2016
Señores :
GRUPO 5 SAC
ASUNTO :
N° Factura :
F. Emision :
N° O/C :
Referencia :
CERTIFICADO DE CALIDAD Y GARANTIA
FF42-3313
23-12-2021
DESCRIPCION
REQ. OBRA SENATI TRUJILLO
Trujillo
jueves, 6 de enero de 2022
Garantía : 01 Año
“Construcción del edificio de 4 pisos, sub estación
eléctrica, obras complementarias, paisajismo, taller de
maquinaria pesada y Hub logísitico-CFP Trujillo para el
cumplimiento de los estándares de seguridad INDECI y
remodelación de servicios higiénicos”
CANT. CODIGO UNID.
11123W90013 M CONDUCTOR ELECTRICO COBRE DESNUDO SUAVE 7 HILOS 25MM2 (INDECO)
67
11123W90014 M CONDUCTOR ELECTRICO COBRE DESNUDO SUAVE 7 HILOS 35MM2 (INDECO)
38
12313WB0015 M CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 25MM2 NEGRO NH-80
(INDECO)
131
12313WB0026 M CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 50MM2 NEGRO NH-80
(INDECO)
8
SONEPAR PERU S.A.C. con RUC. Nº 20111740438, con domicilio legal en Av.
República de Panamá 3517 Interior 602 Piso 6 - San Isidro, cumple con
garantizar plenamente la calidad, bondad, durabilidad y buen
funcionamiento en condiciones normales de uso, de sus productos a
ser suministrados para sus Obras y comprometiéndose a reponer cualquier
falla por defecto de fabricación que se pudiera presentar, según relación
Atentamente
40.
41. SONEPAR-CER-2016
Señores :
GRUPO 5 SAC
ASUNTO :
N° Factura :
F. Emision :
N° O/C :
Referencia :
CERTIFICADO DE CALIDAD Y GARANTIA
FF42-3345
28-12-2021
DESCRIPCION
34-2021 ADM
Trujillo
jueves, 6 de enero de 2022
Garantía : 01 Año
“Construcción del edificio de 4 pisos, sub estación
eléctrica, obras complementarias, paisajismo, taller de
maquinaria pesada y Hub logísitico-CFP Trujillo para el
cumplimiento de los estándares de seguridad INDECI y
remodelación de servicios higiénicos”
CANT. CODIGO UNID.
14613WX0024 M CONDUCTOR ELECTRICO PARALELO 1KV LIBRE DE HALOGENO 3-1X10MM2
BL/NE/RO N2XOH (INDECO)
100
14613WX0013 M CONDUCTOR ELECTRICO PARALELO 1KV LIBRE DE HALOGENO 3-1X35MM2
BL/NE/RO N2XOH (INDECO)
100
14613WX0027 M CONDUCTOR ELECTRICO PARALELO 1KV LIBRE DE HALOGENO 3-1X6MM2
BL/NE/RO N2XOH (INDECO)
210
14613WX0032 M CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 6MM2 NEGRO N2XOH (INDECO)
210
12313WB9640 M CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 6MM2 AMAR/VERDE NH-80
(INDECO)
210
14613WX0005 M CONDUCTOR ELECTRICO 1KV LIBRE HALOGENO 16MM2 NEGRO N2XOH
(INDECO)
50
SONEPAR PERU S.A.C. con RUC. Nº 20111740438, con domicilio legal en Av.
República de Panamá 3517 Interior 602 Piso 6 - San Isidro, cumple con
garantizar plenamente la calidad, bondad, durabilidad y buen
funcionamiento en condiciones normales de uso, de sus productos a
ser suministrados para sus Obras y comprometiéndose a reponer cualquier
falla por defecto de fabricación que se pudiera presentar, según relación
Atentamente
42.
43. SONEPAR-CER-2016
Señores :
GRUPO 5 SAC
ASUNTO :
N° Factura :
F. Emision :
N° O/C :
Referencia :
CERTIFICADO DE CALIDAD Y GARANTIA
FF42-3346
28-12-2021
DESCRIPCION
34-2021 ADM
Trujillo
jueves, 6 de enero de 2022
Garantía : 01 Año
“Construcción del edificio de 4 pisos, sub estación
eléctrica, obras complementarias, paisajismo, taller de
maquinaria pesada y Hub logísitico-CFP Trujillo para el
cumplimiento de los estándares de seguridad INDECI y
remodelación de servicios higiénicos”
CANT. CODIGO UNID.
12313WB0020 M CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 4MM2 AZUL NH-80 (INDECO)
800
12313WB0021 M CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 4MM2 BLANCO NH-80
(INDECO)
1,700
12313WB0022 M CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 4MM2 NEGRO NH-80
(INDECO)
900
12313WB0023 M CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 4MM2 ROJO NH-80 (INDECO)
1,600
12333WB0007 M CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 4MM2 AMAR/VERDE NH-80
(INDECO)
1,700
12313WB0029 M CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 6MM2 BLANCO NH-80
(INDECO)
300
12313WB0028 M CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 6MM2 AZUL NH-80 (INDECO)
300
12313WB0030 M CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 6MM2 NEGRO NH-80
(INDECO)
300
12313WB0031 M CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 6MM2 ROJO NH-80 (INDECO)
300
12313WB9640 M CONDUCTOR ELECTRICO 750V LIBRE HALOGENO 6MM2 AMAR/VERDE NH-80
(INDECO)
300
64126U10013 UNID CAJA DE PASE PESADA 8 X 8 X 4 ( 200 X 200 X 100 mm)
(SIAM)
5
C561R620002 Pza. CONECTOR CONDUIT ATORNILLABLE METAL HERMET P/TUBO CONDUIT EMT 1
1/2" H-150S (ATLANTIC INDUSTRY)
15
72128410002 Pza. CONEXION A CAJA DE PVC (LUZ) SAP DE 1 1/2 (KINPLAST)
2
72128410008 Pza. CONEXION A CAJA DE PVC (LUZ) SAP DE 3/4 (KINPLAST)
37
7343FO10003 Pza CURVA CONDUIT 90° EMT GALV 1 1/2" (PROSTAR)
2
SONEPAR PERU S.A.C. con RUC. Nº 20111740438, con domicilio legal en Av.
República de Panamá 3517 Interior 602 Piso 6 - San Isidro, cumple con
garantizar plenamente la calidad, bondad, durabilidad y buen
funcionamiento en condiciones normales de uso, de sus productos a
ser suministrados para sus Obras y comprometiéndose a reponer cualquier
falla por defecto de fabricación que se pudiera presentar, según relación
Atentamente
44.
45. SONEPAR-CER-2016
Señores :
GRUPO 5 SAC
ASUNTO :
N° Factura :
F. Emision :
N° O/C :
Referencia :
CERTIFICADO DE CALIDAD Y GARANTIA
FF42-3346
28-12-2021
DESCRIPCION
34-2021 ADM
Trujillo
jueves, 6 de enero de 2022
Garantía : 01 Año
“Construcción del edificio de 4 pisos, sub estación
eléctrica, obras complementarias, paisajismo, taller de
maquinaria pesada y Hub logísitico-CFP Trujillo para el
cumplimiento de los estándares de seguridad INDECI y
remodelación de servicios higiénicos”
CANT. CODIGO UNID.
7345AG10006 Pza. CURVA CONDUIT 90° EMT GALV 2" 8305 (PROSTAR)
1
B2117JJ0001 Und. DADO INTERRUP SIMPLE 1P 250V 16A 1 MOD MARFIL MATIX A5001
(TICINO)
4
B2117JJ0001 Und. DADO INTERRUP SIMPLE 1P 250V 16A 1 MOD MARFIL MATIX A5001
(TICINO)
6
B2917JJ0016 Und. PLACA TECNOPOLIMERO 3 MOD COLOR MARFIL C/SOP MATIX AM503S/3AV
(TICINO)
1
64218410006 Pza. TAPA CIEGA DE PVC. PARA CAJA OCTOGONAL (VARIOS)
31
SONEPAR PERU S.A.C. con RUC. Nº 20111740438, con domicilio legal en Av.
República de Panamá 3517 Interior 602 Piso 6 - San Isidro, cumple con
garantizar plenamente la calidad, bondad, durabilidad y buen
funcionamiento en condiciones normales de uso, de sus productos a
ser suministrados para sus Obras y comprometiéndose a reponer cualquier
falla por defecto de fabricación que se pudiera presentar, según relación
Atentamente