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s
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Cervantes
Méndez
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Cuatrimestre
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Impuestos
sobre la
Renta
Índice
 Federales
 Impuesto sobre la renta
 Impuesto sobre valor agregado
 IEPS Impuesto especial sobre producción y servicios
 ISAN Impuesto sobre automóviles nuevos
 Impuesto general de importación y exportación
 Municipales
 Impuesto sobre espectáculos públicos
 Impuesto predial
 Impuesto de adquisiciones de inmuebles y otros derechos reales
 Estatales
 Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos, concursos
 Impuesto sobre adquisición de vehículo automotores autorizados
 Impuesto sobre adquisiciones por desincorporación por bienes ejidales
 Impuestos sobre erogación por remuneración al trabajo
 Impuesto sobre servicios de hospedaje
F E D E R A L E
S
Impuesto sobre la
renta
Es una carga fiscal directa que se aplica a los
ingresos obtenidos que incrementen el
patrimonio de un contribuyente, por lo que
las personas físicas y morales (empresas)
están obligadas al pago de este impuesto.
Son los ingresos que la gente obtiene en efectivo, en especie o a crédito. En cuanto a las
personas jurídicas, se trata de los ingresos del comercio, la industria, la agricultura, la
ganadería o las actividades pesqueras. En cuanto a las personas físicas, reciben ingresos de
lo siguiente: salario e ingresos generalmente obtenidos por la prestación de servicios
personales subordinados; actividades comerciales y profesionales; arrendamientos, en
general, son para permitir el uso y uso temporal de bienes inmuebles; Disposición de activos;
venta de acciones en la bolsa de valores; compra de bienes; recepción de premios; dividendos
y utilidades generalmente distribuidos por personas jurídicas; y otros ingresos obtenidos por
personas físicas.
Impuesto sobre valor
agregado
El IVA (impuesto al valor
agregado, impuesto sobre el valor
menorado y el valor añadido o impuesto
sobre el valor añadido) es una carga
fiscal sobre el consumo, es decir,
financiado por el consumidor
como impuesto regresivo,1 aplicado en muchos países y generalizado en la Unión Europea.
El impuesto al valor agregado es un impuesto indirecto: no es recaudado directamente del
contribuyente por la tesorería, sino que lo recauda el vendedor durante cualquier transacción
comercial (transferencia de bienes o prestación de servicios). La cuenta del impuesto al valor
agregado existente en contabilidad es: IVA trasladado o causado. Acreditable o
repercutido. Por trasladar. Por acreditar. Los vendedores intermedios tienen derecho a
f e d e r a l e s
reembolsar el impuesto al valor agregado pagado (crédito fiscal) a otros vendedores en la
cadena de comercialización antes que al vendedor, a deducirlo del impuesto al valor agregado
cobrado a sus clientes (impuesto al débito) y deben pagar el saldo al tesoro nacional. El
consumidor final está obligado a pagar el IVA sin impuesto al valor agregado, que es
controlado por el Ministerio de Hacienda, que obliga a la empresa a entregar un recibo de
compra al consumidor final e incluir una copia del mismo en la contabilidad de la empresa .
Impuesto especial sobre
producción y servicios
(IEPS)
Es un impuesto que se paga por la producción y
venta o importación de alcoholes, cerveza,
gasolinas y tabacos. Es indirecto como
el Impuesto al Valor Agregado, IVA, es decir,
que los contribuyentes no lo pagan, sino que lo
trasladan o cobran a sus clientes.
Consiste en un impuesto que se paga por la producción y venta o importación de gasolinas;
bebidas con contenido alcohólico y cervezas; refrescos, bebidas hidratantes o rehidratantes y
tabacos. Es un impuesto indirecto, es decir, los contribuyentes del mismo no lo pagan, sino
que lo trasladan o cobran a sus clientes.
Impuesto sobre
automóviles nuevos
(ISAN)
Es un impuesto federal que administra el
estado que se encuentra contemplado en la
Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, el que grava la enajenación de automóviles
nuevos por primera vez al consumidor o la importación definitiva de automóviles al país.
Impuesto general de
importación y exportación
Son básicamente las normativas relativas al
Comercio Exterior. Es decir, regulan la entrada y
salida en el territorio nacional de mercancía, así
como los medios de transporte, el despacho aduanero y los actos relacionados con el
comercio internacional.
M U N I
C A P
A L E S
Impuesto sobre espectáculos públicos
Es el que grava la adquisición de cualquier boleto que origine el derecho a presenciar un
espectáculo abierto al público, debiendo ser pagado por el adquirente del respectivo billete o
boleto de entrada en el momento de adquisición, a través del correspondiente agente de
recaudación.
Este impuesto se aplicará de acuerdo a lo
establecido con la Ley de Hacienda para los
Municipios de San Luis Potosí, y de acuerdo
al anexo 5 del Convenio de Adhesión al
Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, se
cobrará la tasa de 4 por ciento a los que
demuestren estar dentro de los lineamientos
que marca dicho convenio.
Impuesto predial
Un impuesto predial es una fiscalización de parte de los municipios que se encarga de cobrar
los impuestos que se tiene que pagar por las viviendas que tiene cada individuo.
Este impuesto se calculará aplicando la tasa que corresponda de acuerdo al tipo de predio, y
sobre la base gravable que señala la Ley de Hacienda para los Municipios de San Luis Potosí.
m u n i c i p a l
e s
Impuesto de
adquisiciones de
inmuebles y otros
derechos reales
Es una obligación fiscal que adquiere
una persona al momento de comprar una casa, departamento o terreno. Es un impuesto
estatal, ya que el gobierno de cada entidad es el que determina la tasa a pagar. Este gravamen
se calcula en función del valor catastral de la propiedad y las condiciones del mercado en la
localidad donde se ubica. Por lo regular se establece una tasa fija del 2% sobre el valor de
inmueble, pero en algunos estados puede variar.
Este impuesto se pagará aplicando la tasa neta del 1.6 por ciento sobre la base gravable: no
pudiendo ser este impuesto en ningún caso, inferior al importe de 4 salario mínimo general
diario de la zona económica que corresponda al Estado de San Luis Potosí (SMGZ). Para los
efectos de vivienda de interés social y vivienda popular se deducirá de la base gravable el
importe de 15 SMGZ elevados al año, y del impuesto a pagar resultante se reducirá el 50 por
ciento; el importe del impuesto a pagar en ningún caso podrá ser inferior a 4 SMGZ.
E S T A T A L E
S
Impuesto sobre
loterías, rifas,
sorteos, concursos
(Artículo 138 Tasas de impuesto y retención)
El impuesto por los premios de loterías, rifas, sorteos y concursos, organizados en territorio
nacional, se calculará aplicando la tasa del 1% sobre el valor del premio correspondiente a
cada boleto o billete entero, sin deducción alguna, siempre que las entidades federativas no
graven con un impuesto local los ingresos a que se refiere este párrafo, o el gravamen
establecido no exceda del 6%. La tasa del impuesto a que se refiere este artículo será del
e s t a t a l e s
21%, en aquellas entidades federativas que apliquen un impuesto local sobre los ingresos a
que se refiere este párrafo, a una tasa que exceda del 6%.
Las personas físicas que no efectúen la declaración a que se refiere el segundo párrafo del
artículo 90 de esta Ley, no podrán considerar la retención efectuada en los términos de este
artículo como pago definitivo y deberán acumular a sus demás ingresos el monto de los
ingresos obtenidos en los términos de este Capítulo. En este caso, la persona que obtenga el
ingreso podrá acreditar contra el impuesto que se determine en la declaración anual, la
retención del impuesto federal que le hubiera efectuado la persona que pagó el premio en los
términos de este precepto.
Impuesto sobre
adquisición de
vehículo
automotores
autorizados
Las personas y empresas que adquieran vehículos automotores usados por cualquier título o
causa, cuando por dichas operaciones no se cause el Impuesto al Valor Agregado y la tasa
del impuesto es el 1.5% sobre la base indicada en el artículo anterior.
Se considera que el impuesto se causa y debe pagarse en el Estado, cuando la adquisición del
vehículo se lleve a cabo dentro de su territorio o, en su defecto, cuando el adquirente efectúe
el trámite de cambio de propietario, baja o dotación de placas, o pago del impuesto sobre
tenencia o uso de vehículos, en alguna de las Oficinas Recaudadoras de la Entidad.
Impuesto sobre
adquisición por
desincorporación
por bienes ejidales
Esto aplica a personas y empresas que
adquieran, en su primera enajenación,
mediante cualquier forma de transmisión legal de la propiedad, bienes inmuebles
desincorporados del régimen ejidal. Cuando los adquirentes o beneficiarios sean la
Federación, Estados o municipios, así como los organismos públicos descentralizados de
cualquiera de los tres órdenes de gobierno, los mismos estarán exentos del pago del impuesto,
asimismo, estarán exentos los ejidatarios cuando transmitan por cualquier figura legal de uno
a otro, bienes desincorporados del régimen ejidal.
Deberán realizar el pago de este Impuesto las personas físicas o morales que adquieran
inmuebles. Que consistan en el suelo, en
construcciones adheridas a él, o en ambos
conceptos, ubicados en los Municipios del
Estado.
Impuesto sobre
erogación por
remuneración al
trabajo
Son objeto de este impuesto las erogaciones
pagadas dentro del territorio del Estado, en dinero o en especie, por concepto de
remuneración al trabajo personal subordinado, considerándose como tales, salarios y, en
general, toda remuneración derivada de una relación laboral, honorarios y todo tipo de pagos
realizados a los administradores, comisarios o miembros de los consejos directivos y de
vigilancia en toda clase de sociedades y asociaciones; y honorarios a personas que presten
servicios profesionales en forma preponderante al contribuyente, en términos de lo dispuesto
por la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Impuesto sobre servicios de
hospedaje
Es un gravamen que a nivel nacional se sitúa entre el 2
y 3% por habitación y se cobra directamente al turista
en el momento que paga cada noche de hospedaje. A
continuación vemos la historia de este impuesto con la
situación actual, dónde deberá pagarse y sus tipos de cobro.
Son sujetos al pago del impuesto todas las personas y empresas que dentro del Estado de San
Luis Potosí reciban los servicios de hospedaje que se reciba en hoteles, moteles, suites
posadas, campamentos, paraderos de casas rodantes y de tiempo compartido, así como en
toda clase de establecimientos que presten servicios de esta naturaleza.
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  • 2. Índice  Federales  Impuesto sobre la renta  Impuesto sobre valor agregado  IEPS Impuesto especial sobre producción y servicios  ISAN Impuesto sobre automóviles nuevos  Impuesto general de importación y exportación  Municipales  Impuesto sobre espectáculos públicos  Impuesto predial  Impuesto de adquisiciones de inmuebles y otros derechos reales  Estatales  Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos, concursos  Impuesto sobre adquisición de vehículo automotores autorizados  Impuesto sobre adquisiciones por desincorporación por bienes ejidales  Impuestos sobre erogación por remuneración al trabajo  Impuesto sobre servicios de hospedaje
  • 3. F E D E R A L E S Impuesto sobre la renta Es una carga fiscal directa que se aplica a los ingresos obtenidos que incrementen el patrimonio de un contribuyente, por lo que las personas físicas y morales (empresas) están obligadas al pago de este impuesto. Son los ingresos que la gente obtiene en efectivo, en especie o a crédito. En cuanto a las personas jurídicas, se trata de los ingresos del comercio, la industria, la agricultura, la ganadería o las actividades pesqueras. En cuanto a las personas físicas, reciben ingresos de lo siguiente: salario e ingresos generalmente obtenidos por la prestación de servicios personales subordinados; actividades comerciales y profesionales; arrendamientos, en general, son para permitir el uso y uso temporal de bienes inmuebles; Disposición de activos; venta de acciones en la bolsa de valores; compra de bienes; recepción de premios; dividendos y utilidades generalmente distribuidos por personas jurídicas; y otros ingresos obtenidos por personas físicas. Impuesto sobre valor agregado El IVA (impuesto al valor agregado, impuesto sobre el valor menorado y el valor añadido o impuesto sobre el valor añadido) es una carga fiscal sobre el consumo, es decir, financiado por el consumidor como impuesto regresivo,1 aplicado en muchos países y generalizado en la Unión Europea. El impuesto al valor agregado es un impuesto indirecto: no es recaudado directamente del contribuyente por la tesorería, sino que lo recauda el vendedor durante cualquier transacción comercial (transferencia de bienes o prestación de servicios). La cuenta del impuesto al valor agregado existente en contabilidad es: IVA trasladado o causado. Acreditable o repercutido. Por trasladar. Por acreditar. Los vendedores intermedios tienen derecho a f e d e r a l e s
  • 4. reembolsar el impuesto al valor agregado pagado (crédito fiscal) a otros vendedores en la cadena de comercialización antes que al vendedor, a deducirlo del impuesto al valor agregado cobrado a sus clientes (impuesto al débito) y deben pagar el saldo al tesoro nacional. El consumidor final está obligado a pagar el IVA sin impuesto al valor agregado, que es controlado por el Ministerio de Hacienda, que obliga a la empresa a entregar un recibo de compra al consumidor final e incluir una copia del mismo en la contabilidad de la empresa . Impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) Es un impuesto que se paga por la producción y venta o importación de alcoholes, cerveza, gasolinas y tabacos. Es indirecto como el Impuesto al Valor Agregado, IVA, es decir, que los contribuyentes no lo pagan, sino que lo trasladan o cobran a sus clientes. Consiste en un impuesto que se paga por la producción y venta o importación de gasolinas; bebidas con contenido alcohólico y cervezas; refrescos, bebidas hidratantes o rehidratantes y tabacos. Es un impuesto indirecto, es decir, los contribuyentes del mismo no lo pagan, sino que lo trasladan o cobran a sus clientes. Impuesto sobre automóviles nuevos (ISAN) Es un impuesto federal que administra el estado que se encuentra contemplado en la Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, el que grava la enajenación de automóviles nuevos por primera vez al consumidor o la importación definitiva de automóviles al país. Impuesto general de importación y exportación Son básicamente las normativas relativas al Comercio Exterior. Es decir, regulan la entrada y salida en el territorio nacional de mercancía, así
  • 5. como los medios de transporte, el despacho aduanero y los actos relacionados con el comercio internacional. M U N I C A P A L E S Impuesto sobre espectáculos públicos Es el que grava la adquisición de cualquier boleto que origine el derecho a presenciar un espectáculo abierto al público, debiendo ser pagado por el adquirente del respectivo billete o boleto de entrada en el momento de adquisición, a través del correspondiente agente de recaudación. Este impuesto se aplicará de acuerdo a lo establecido con la Ley de Hacienda para los Municipios de San Luis Potosí, y de acuerdo al anexo 5 del Convenio de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, se cobrará la tasa de 4 por ciento a los que demuestren estar dentro de los lineamientos que marca dicho convenio. Impuesto predial Un impuesto predial es una fiscalización de parte de los municipios que se encarga de cobrar los impuestos que se tiene que pagar por las viviendas que tiene cada individuo. Este impuesto se calculará aplicando la tasa que corresponda de acuerdo al tipo de predio, y sobre la base gravable que señala la Ley de Hacienda para los Municipios de San Luis Potosí. m u n i c i p a l e s
  • 6. Impuesto de adquisiciones de inmuebles y otros derechos reales Es una obligación fiscal que adquiere una persona al momento de comprar una casa, departamento o terreno. Es un impuesto estatal, ya que el gobierno de cada entidad es el que determina la tasa a pagar. Este gravamen se calcula en función del valor catastral de la propiedad y las condiciones del mercado en la localidad donde se ubica. Por lo regular se establece una tasa fija del 2% sobre el valor de inmueble, pero en algunos estados puede variar. Este impuesto se pagará aplicando la tasa neta del 1.6 por ciento sobre la base gravable: no pudiendo ser este impuesto en ningún caso, inferior al importe de 4 salario mínimo general diario de la zona económica que corresponda al Estado de San Luis Potosí (SMGZ). Para los efectos de vivienda de interés social y vivienda popular se deducirá de la base gravable el importe de 15 SMGZ elevados al año, y del impuesto a pagar resultante se reducirá el 50 por ciento; el importe del impuesto a pagar en ningún caso podrá ser inferior a 4 SMGZ. E S T A T A L E S Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos, concursos (Artículo 138 Tasas de impuesto y retención) El impuesto por los premios de loterías, rifas, sorteos y concursos, organizados en territorio nacional, se calculará aplicando la tasa del 1% sobre el valor del premio correspondiente a cada boleto o billete entero, sin deducción alguna, siempre que las entidades federativas no graven con un impuesto local los ingresos a que se refiere este párrafo, o el gravamen establecido no exceda del 6%. La tasa del impuesto a que se refiere este artículo será del e s t a t a l e s
  • 7. 21%, en aquellas entidades federativas que apliquen un impuesto local sobre los ingresos a que se refiere este párrafo, a una tasa que exceda del 6%. Las personas físicas que no efectúen la declaración a que se refiere el segundo párrafo del artículo 90 de esta Ley, no podrán considerar la retención efectuada en los términos de este artículo como pago definitivo y deberán acumular a sus demás ingresos el monto de los ingresos obtenidos en los términos de este Capítulo. En este caso, la persona que obtenga el ingreso podrá acreditar contra el impuesto que se determine en la declaración anual, la retención del impuesto federal que le hubiera efectuado la persona que pagó el premio en los términos de este precepto. Impuesto sobre adquisición de vehículo automotores autorizados Las personas y empresas que adquieran vehículos automotores usados por cualquier título o causa, cuando por dichas operaciones no se cause el Impuesto al Valor Agregado y la tasa del impuesto es el 1.5% sobre la base indicada en el artículo anterior. Se considera que el impuesto se causa y debe pagarse en el Estado, cuando la adquisición del vehículo se lleve a cabo dentro de su territorio o, en su defecto, cuando el adquirente efectúe el trámite de cambio de propietario, baja o dotación de placas, o pago del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, en alguna de las Oficinas Recaudadoras de la Entidad. Impuesto sobre adquisición por desincorporación por bienes ejidales Esto aplica a personas y empresas que adquieran, en su primera enajenación, mediante cualquier forma de transmisión legal de la propiedad, bienes inmuebles desincorporados del régimen ejidal. Cuando los adquirentes o beneficiarios sean la Federación, Estados o municipios, así como los organismos públicos descentralizados de cualquiera de los tres órdenes de gobierno, los mismos estarán exentos del pago del impuesto, asimismo, estarán exentos los ejidatarios cuando transmitan por cualquier figura legal de uno a otro, bienes desincorporados del régimen ejidal.
  • 8. Deberán realizar el pago de este Impuesto las personas físicas o morales que adquieran inmuebles. Que consistan en el suelo, en construcciones adheridas a él, o en ambos conceptos, ubicados en los Municipios del Estado. Impuesto sobre erogación por remuneración al trabajo Son objeto de este impuesto las erogaciones pagadas dentro del territorio del Estado, en dinero o en especie, por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado, considerándose como tales, salarios y, en general, toda remuneración derivada de una relación laboral, honorarios y todo tipo de pagos realizados a los administradores, comisarios o miembros de los consejos directivos y de vigilancia en toda clase de sociedades y asociaciones; y honorarios a personas que presten servicios profesionales en forma preponderante al contribuyente, en términos de lo dispuesto por la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Impuesto sobre servicios de hospedaje Es un gravamen que a nivel nacional se sitúa entre el 2 y 3% por habitación y se cobra directamente al turista en el momento que paga cada noche de hospedaje. A continuación vemos la historia de este impuesto con la situación actual, dónde deberá pagarse y sus tipos de cobro. Son sujetos al pago del impuesto todas las personas y empresas que dentro del Estado de San Luis Potosí reciban los servicios de hospedaje que se reciba en hoteles, moteles, suites posadas, campamentos, paraderos de casas rodantes y de tiempo compartido, así como en toda clase de establecimientos que presten servicios de esta naturaleza.