DERECHO INTERNACCIONAL LA PROTECCION DIPLOMATICA NOCIONES. La determinación de la  responsabilidad  internacional por actos ilícitos que violan los  derechos  de los extranjeros se garantiza mediante el ejercicio de la protección diplomática.  En la institución de la protección diplomática un extranjero -sea  persona  natural o  persona  jurídica- puede recurrir a su país de origen con el objeto de obtener su intervención cuando se vea afectado por los actos u omisiones del  Estado  con el cual ha celebrado un  contrato . Por consiguiente, se busca que un determinado Estado proteja los intereses de sus nacionales que se encuentren en un Estado extranjero y, en casos excepcionales, protege los intereses del particular que esté vinculado en cierta forma al Estado
DERECHO INTERNACCIONAL LA PROTECCION DIPLOMATICA CONCEPTO. Se trata de una acción que un estado realiza frente a otro estado para reclamar, respecto de sus nacionales, la debida aplicación del dcho internacional. Es una institución que se vincula con la protección de las personas y de los bienes de los nacionales que se encuentran en el extranjero frente a un daño causado por el Estado en el que se encuentra. Tiene una doble finalidad: Finalidad preventiva, tiende a garantizar los dchos, de los nacionales en el extranjero. Finalidad reparadora, obtiene una indemnización o reparación cuando los dchos. Hayan sido dañados.
DERECHO INTERNACCIONAL LA PROTECCION DIPLOMATICA NATURALEZA JURIDICA. "Mediante la protección diplomática  el Estado  ejercita un derecho propio y no un derecho del ciudadano o nacional suyo"  La protección diplomática es una protección de Estado a Estado, el Estado ejerce un derecho propio y no de la persona que lo solicita. En el momento en el que el Estado asume la defensa de uno de sus nacionales frente a otro Estado, la relación de protección se convierte en una relación de Estado a estado.
DERECHO INTERNACCIONAL LA PROTECCION DIPLOMATICA CONSECUENCIAS: El estado es libre de proteger o no diplomáticamente. Es libre para interrumpir la acción en cualquier momento. Es libre de aceptar la reparación que le parezca idónea. El particular no puede renunciar a la protección diplomática por ser derecho del Estado. (Cláusula calvo). El ejercicio de la protección diplomática es discrecional para el Estado. (no existe norma que obligue al estado). El particular no está legitimado para hacer desistir al Estado en una acción emprendida.
DERECHO INTERNACCIONAL LA PROTECCION DIPLOMATICA MODOS DE EJERCICIOS. Los  procedimientos  por los que puede ejercerse la protección diplomática son variados. En la práctica internacional, por lo general se recurre a las gestiones diplomáticas, sean éstas oficiosas u oficiales; y dentro de las oficiales, la presentación de una reclamación formal es la principal. Si por medio de un arreglo directo dicha reclamación no obtiene una respuesta satisfactoria, se podrá recurrir -si las partes así lo han convenido o hubiesen aceptado a determinado órgano judicial como competente-.  la  fuerza  para el ejercicio de la protección diplomática está expresamente prohibido. Este principio lo encontramos en el artículo 2 inciso 4 de  la Carta  de las  Naciones Unidas , que señala: "Los Miembros de  la Organización , en sus  relaciones internacionales , se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la  independencia   política  de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas".
DERECHO INTERNACCIONAL LA PROTECCION DIPLOMATICA CLAUSULA CALVO. (en honor al jurista argentino Carlos Calvo). Por medio de esta cláusula, los extranjeros, en sus  contratos , declaraban expresamente que consentían el ser equiparados a los nacionales a efectos de reclamaciones y de  acciones  judiciales y renunciaban a cualquier privilegio que les pudiese otorgar su condición de extranjeros, incluyéndose el amparo diplomático. Se utilizaba mucho en latinoamérica.

Internacional

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    DERECHO INTERNACCIONAL LAPROTECCION DIPLOMATICA NOCIONES. La determinación de la responsabilidad internacional por actos ilícitos que violan los derechos de los extranjeros se garantiza mediante el ejercicio de la protección diplomática. En la institución de la protección diplomática un extranjero -sea persona natural o persona jurídica- puede recurrir a su país de origen con el objeto de obtener su intervención cuando se vea afectado por los actos u omisiones del Estado con el cual ha celebrado un contrato . Por consiguiente, se busca que un determinado Estado proteja los intereses de sus nacionales que se encuentren en un Estado extranjero y, en casos excepcionales, protege los intereses del particular que esté vinculado en cierta forma al Estado
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    DERECHO INTERNACCIONAL LAPROTECCION DIPLOMATICA CONCEPTO. Se trata de una acción que un estado realiza frente a otro estado para reclamar, respecto de sus nacionales, la debida aplicación del dcho internacional. Es una institución que se vincula con la protección de las personas y de los bienes de los nacionales que se encuentran en el extranjero frente a un daño causado por el Estado en el que se encuentra. Tiene una doble finalidad: Finalidad preventiva, tiende a garantizar los dchos, de los nacionales en el extranjero. Finalidad reparadora, obtiene una indemnización o reparación cuando los dchos. Hayan sido dañados.
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    DERECHO INTERNACCIONAL LAPROTECCION DIPLOMATICA NATURALEZA JURIDICA. "Mediante la protección diplomática el Estado ejercita un derecho propio y no un derecho del ciudadano o nacional suyo" La protección diplomática es una protección de Estado a Estado, el Estado ejerce un derecho propio y no de la persona que lo solicita. En el momento en el que el Estado asume la defensa de uno de sus nacionales frente a otro Estado, la relación de protección se convierte en una relación de Estado a estado.
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    DERECHO INTERNACCIONAL LAPROTECCION DIPLOMATICA CONSECUENCIAS: El estado es libre de proteger o no diplomáticamente. Es libre para interrumpir la acción en cualquier momento. Es libre de aceptar la reparación que le parezca idónea. El particular no puede renunciar a la protección diplomática por ser derecho del Estado. (Cláusula calvo). El ejercicio de la protección diplomática es discrecional para el Estado. (no existe norma que obligue al estado). El particular no está legitimado para hacer desistir al Estado en una acción emprendida.
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    DERECHO INTERNACCIONAL LAPROTECCION DIPLOMATICA MODOS DE EJERCICIOS. Los procedimientos por los que puede ejercerse la protección diplomática son variados. En la práctica internacional, por lo general se recurre a las gestiones diplomáticas, sean éstas oficiosas u oficiales; y dentro de las oficiales, la presentación de una reclamación formal es la principal. Si por medio de un arreglo directo dicha reclamación no obtiene una respuesta satisfactoria, se podrá recurrir -si las partes así lo han convenido o hubiesen aceptado a determinado órgano judicial como competente-. la fuerza para el ejercicio de la protección diplomática está expresamente prohibido. Este principio lo encontramos en el artículo 2 inciso 4 de la Carta de las Naciones Unidas , que señala: "Los Miembros de la Organización , en sus relaciones internacionales , se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas".
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    DERECHO INTERNACCIONAL LAPROTECCION DIPLOMATICA CLAUSULA CALVO. (en honor al jurista argentino Carlos Calvo). Por medio de esta cláusula, los extranjeros, en sus contratos , declaraban expresamente que consentían el ser equiparados a los nacionales a efectos de reclamaciones y de acciones judiciales y renunciaban a cualquier privilegio que les pudiese otorgar su condición de extranjeros, incluyéndose el amparo diplomático. Se utilizaba mucho en latinoamérica.