El documento trata sobre la protección diplomática, que se define como la reclamación de un estado frente a otro por un hecho ilícito internacional que afecta a sus ciudadanos. Este derecho, propio del estado, asegura que los intereses de los nacionales en el extranjero sean defendidos, permitiendo que obtengan asistencia de su país cuando sus derechos son vulnerados. La protección diplomática se ejerce bajo ciertos principios y condiciones, como la necesidad de que el nacional tenga la ciudadanía del estado que reclama.