DERECHO INTERNACIONAL
PÚBLICO
Derecho Internacional Público (DIP):
Conjunto de normas que rigen las relaciones de
los Estados entre sí, y señalan sus derechos y
deberes recíprocos.
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
DE LA VIDA DE RELACION
INTERNACIONAL
Los principios son los fundamentos y la
razón básica sobre los cuales se desarrolla
la propia existencia del DIP para facilitar
las relaciones entre los pueblos y realizar
la cooperación internacional.
PRINCIPIO DE LA
IGUALDAD
JURIDICA: Arranca
desde la Paz de Westfalia.
Este principio sostiene
que los países son
jurídicamente iguales
entre sí.
PRINCIPIO DE IDENTIDAD:
Se manifiesta a través de sus
elementos (Población, Territorio,
Gobierno).
PRINCIPIO DE RESPETO MUTUO:
Todo Estado tiene derecho a que se respete
su soberanía Nacional.
PRINCIPIO DE DEFENSA PROPIA:
Constituye un derecho de conservación
del Estado. A través del cual el Estado se
provee de los medios necesarios para
atender a su propia defensa contra los
enemigos internos y externos
PRINCIPIO DE
INTERCAMBIO:
Este principio salvaguarda
la navegación aérea,
marítima y terrestre de
viajeros y mercaderías.
PRINCIPIO DE JURISDICCIÓN
EXCLUSIVA:
Se traduce en la Jurisdicción que el Estado
ejerce en todo su territorio sobre las cosas
nacionales o extranjeras.

Derecho Internacional Público