Novena de Pentecostés con textos de san Juan Eudes
Javier guerrero 17429851
1. República Bolivariana de Venezuela
Universidad Fermín Toro
Decanato de Investigación y Postgrado
Maestría en Gerencia Empresarial
Junio del 2014
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Autores:
Javier A. Guerrero V.
CI: Nº 17.429.851
Docente:
Claudia Zammarrelli
Grupo 13 A
2. INDICE
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Pág.
Introducción…………………………………………………………………………… 03
Sistema para el Soporte de Toma de Decisiones………………………………04-07
Conclusión…………………………………………………………………………….. 08
Bibliografía…………………………………………………………………………….. 09
3. Introducción
Una empresa es una organización, institución o industria dedicada a
actividades o persecución de fines económicos, sociales o comerciales para
satisfacer las necesidades de bienes o servicios de los demandantes, su evolución
ha venido dándose desde el mismo momento en que se conceptualizo, actualmente
existen diversas aristas que son tema de estudio dentro de cualquier organización.
Entre los que podemos mencionar la toma de decisiones, esto adquiere mayor
importancia cuando existen diversas dependencias de la empresa u organización
que no se encuentran físicamente en el mismo sitio, esto en virtud de la
globalización y expansión del mercado.
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones de Venezuela (Conatel), es el
organismo del Estado Venezolano que ejerce la regulación, supervisión y control
sobre las telecomunicaciones, organismo el cual a lo largo de su funcionamiento en
Venezuela ha promovido, ordenanzas, providencias administrativas y leyes que han
diversificado aun más la forma de controlar la regulación, creando oficinas en todos
los estados de la república y participación de diferentes ministerio y entes
nacionales. En la siguiente investigación se propenderá un sistema para la toma de
decisiones a los miembros del directorio de responsabilidad social de CONATEL el
cual está integrado por personas que no se encuentran laborando en el mismo sitio.
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4. Sistema para el Soporte de Toma de Decisiones
Un sistema de tienen como objeto ayudar a la gerencia en el proceso de toma de
decisiones permitiéndole evaluar, mediante el uso de modelos automatizados de
decisión, control y simulación, diferentes alternativas. Dentro de la Comisión
nacional de Telecomunicaciones, se establece la Ley de Responsabilidad Social en
Radio y Televisión y esta a su vez ordena la creación un Directorio de
Responsabilidad Social, el cual estará integrado por:
El Director General de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, quien lo
presidirá;
Un representante del Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e
información;
Un representante del Ministerio del Poder Popular para la Cultura;
Un representante del Ministerio del Poder Popular para la educación y el deporte;
Un representante del ente u organismo con competencia en materia de protección
al consumidor y al usuario;
Un representante del Instituto Nacional de la Mujer;
Un representante del Consejo Nacional de Derechos del Niño y del Adolescente;
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Un representante por las iglesias;
Dos representantes de las organizaciones de los usuarios y usuarias inscritas ante
la Comisión Nacional de Telecomunicaciones;
Un docente en representación de las escuelas de comunicación social de las
universidades nacionales.
Los titulares de cada ministerio u organismo del Estado designarán a su respectivo
representante principal y su suplente. El representante principal y el suplente del
5. Consejo Nacional de Derechos y del Adolescente serán designados por sus
integrantes. La representación de las iglesias, de los usuarios y usuarias y de las
escuelas de comunicación social de las universidades nacionales, será decidida en
asamblea de cada sector convocada por la Comisión Nacional de
Telecomunicaciones para tal fin, de conformidad con las normas respectivas para
asegurar la representatividad de los miembros a ser elegidos. Los miembros
suplentes del Directorio llenarán las faltas temporales de sus respectivos principales.
El Directorio de Responsabilidad Social sesionará válidamente con la presencia del
Presidente o su suplente y cinco de sus miembros. Las decisiones se tomarán por
mayoría simple. El Presidente del Directorio designará a un funcionario de la Comisión
Nacional de Telecomunicaciones para que ejerza las funciones de secretario o
secretaria del Directorio de Responsabilidad Social, sin derecho a voto. Mediante
reglamento interno se establecerán las demás normas de funcionamiento del
Directorio.
El Directorio de Responsabilidad Social tendrá las competencias siguientes:
Discutir y aprobar las normas técnicas derivadas de la Ley RESORTE.
Establecer e imponer las sanciones a que haya lugar de conformidad con la Ley
RESORTE.
Discutir y aprobar las recomendaciones que se deban proponer a la persona
titular del Ministerio del Popular para las Telecomunicaciones y la Informática,
en cuanto a la revocatoria de habilitaciones o la no renovación de las
concesiones.
Aprobar la erogación de recursos del Fondo de Responsabilidad Social.
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Las demás que se deriven de la ley.
6. Como hemos visto todos los representantes son miembros de otras instituciones
y son los responsables de la toma de decisiones de mecanismos y normas
importantes para la sociedad y la nación, es por ello que sus reuniones son de suma
importancia, actualmente se dispone la sala Simón Bolívar de CONATEL los días
martes para su reunión, la cual ha venido presentando en muchos casos suspensión
por no encontrarse el representante y su suplente, es por ello que en el presente
trabajo se propondrá un sistema para la toma de decisiones en grupos, esto con
fundamento del DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1204, de fecha 10 de
febrero de 2.001, SOBRE MENSAJES DE DATOS y FIRMAS ELECTRÓNICAS,
bajo los artículos:
Artículo 4. Los Mensajes de Datos tendrán la misma eficacia
probatoria que la ley otorga a los documentos escritos, sin perjuicio de
lo establecido en la primera parte del artículo 6 de este Decreto-Ley.
Su promoción, control, contradicción y evacuación como medio de
prueba, se realizará conforme a lo previsto para las pruebas libres en
el Código de Procedimiento Civil.
La información contenida en un Mensaje de Datos, reproducida en
formato impreso, tendrá la misma eficacia probatoria atribuida en la
ley a las copias o reproducciones fotostáticas.
Sometimiento a la Constitución y a la ley.
Artículo 5. Los Mensajes de Datos estarán sometidos a las
disposiciones constitucionales y legales que garantizan los derechos
a la privacidad de las comunicaciones y de acceso a la información
personal.
Cumplimiento de solemnidades y formalidades.
Artículo 6. Cuando para determinados actos o negocios jurídicos la
ley exija el cumplimiento de solemnidades o formalidades, éstas
podrán realizarse utilizando para ello los mecanismos descritos en
este Decreto-Ley.
Cuando para determinados actos o negocios jurídicos la ley exija la
firma autógrafa, ese requisito quedará satisfecho en relación con un
Mensaje de Datos al tener asociado una Firma Electrónica.
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7. 7
Se propone:
La Creación bajo la tecnología LTE de un sistema de video conferencia, que
posea lo siguiente:
- Imagen en vivo de cada uno de los participantes del directorio de
responsabilidad social de CONATEL, dispuesto en las sedes:
1. CONATEL sede Caracas
2. Sede del Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e información
3. Sede del Ministerio del Poder Popular para la Cultura
4. Sede del Ministerio del Poder Popular para la Educación y el Deporte.
5. Sede del SENIAT.
6. Sede del Instituto nacional de la Mujer.
7. Sede del Consejo Nacional de Derechos del Niño y del Adolescente.
- Monitor de servicio, para la verificación en tiempo real, conectado en red entre
las diferentes sedes a fin de ver el mismo archivo todos en tiempo real.
- Escáner para firma digitalizada.
- Micrófonos.
Para la instalación y puesta en práctica de este sistema se seleccionara una de las
tres operadoras de telefonía móvil habilitadas en Venezuela, los gastos derivados
de esto serán exonerados en los impuestos acumulados en el trimestre en cuestión
destinados al fondo de responsabilidad social de CONATEL.
De esta forma y bajo la Ley de SOBRE MENSAJES DE DATOS y FIRMAS
ELECTRÓNICAS, se realizara la reunión estipulada para todos los martes con
frecuencia periódica, donde serán beneficiados directamente todos los Venezolanos
pues no abran prorrogas por no asistir los directores.
8. Conclusión
Los modelos gerenciales radican en implementar sistemas de administración
y control para cada una de las realidades de los sectores empresariales, teniendo
en cuenta las dificultades y necesidades administrativas de cada compañía, en este
mismo orden de ideas la toma de decisiones dentro de una organización va
directamente relacionado con el éxito o el fracaso de las mismas.
Los modelos gerenciales son el soporte para conducir una organización en
forma rentable para llegar al éxito y los mecanismos que se pongan en práctica para
que esos modelos gerenciales sean llevados a la práctica son la autopista por donde
viajan cada uno de los integrantes de la organización a fin de generar medidas,
rápidas, precisas y a tiempo.
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones, debido a su espectro de
aplicación requiere de aplicaciones tecnológicas modernas en función de las
decisiones y directrices que toma propias de sus labores, es por ello que un sistema
de video conferencias bajo la tecnología LTE (4G) es una herramienta moderna,
actual, que impulsaría a los participantes de este ente autónomo a romper fronteras
y ser más eficientes.
La apuesta a un modelo de gerencial y/o otro depende del entorno
empresarial que se tenga, todo bajo la premisa de observar, estudiar y analizar los
competidores, con la claridad suficiente que el mercado define la tendencia a elegir.
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9. Jubert Bermudez [en línea]. Modelos Gerenciales. [Consulta: 23 agosto 2014].
Disponible en:
http://olapereira.blogspot.com/2012/04/modelos-gerenciales.html
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en el año 1999.
Ley de Responsabilidad Social en Radio Televisión y Medios Electrónicos,
publicada en el año 2007.
Decreto N° 1204, de fecha 10 de febrero de 2001, sobre Mensajes de datos y Firmas
Electrónicas.
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