Miguel Reale, refutando Hans Kelsen, afirma que, cuando acontece un hecho social, en otras palabras un modo de actuar, de pensar y de sentir que está fuera de nuestra conciencia individual; concurre inmediatamente un valor a ese hecho social, esta valoración podrá ser negativa, positiva o de otra índole, la misma que es convertida en una norma, condicionada por múltiples valores y hechos.
John Rawls, autor del artículo titulado “La justicia como equidad: política, no metafísica”, fue un filósofo-político liberal estadounidense, de los más connotados en la segunda mitad del siglo XX, cuya obra de mayor trascendencia -por su carácter multidisciplinar en las Ciencias Sociales- fue “Teoría de la Justicia” (1971), resultando ser un aporte contemporáneo innegable, tanto para el estudio y debate académico sobre conceptos como justicia, equidad y redistribución, como por el análisis crítico al paradigma liberal, fundamentalmente en lo que respecta a la política económica y al diseño de políticas públicas.
CURRÍCULUM VITAE
Inocencio Meléndez Julio
Licenciado en Derecho
Licenciado en Administración de Empresas
PhD en Derecho Patrimonial y Contratación Contemporánea.
MSc. en Derecho de los Contratos Administrativos, Civiles, Comerciales y Financieros.
MSc. en Administración, con énfasis en Gestión y Estructuración de Contratos de Obra Pública, de Concesiones de Infraestructura del Transporte, Concesiones Viales y Servicios Públicos. Diploma de Estudios Avanzados D.E.A en Responsabilidad Contractual, Extracontractual Civil y del Estado con Suficiencia Investigadora en Derecho Civil- Contratos y Daños
Especialista en Derecho Administrativo Económico
Especialista en Derecho Público, Ciencias y Sociología Políticas
Especialista en Gobierno y Control Distritos Ciudades Capitales
Especialista en Derecho Procesal
La vida conforme al Espíritu de Dios. Los Frutos del Espíritu Santo: “ Lo que el espíritu produce es amor, alegría, paz, paciencia, amabilidad, bondad, fidelidad, humildad, oración, salud, servicio a los demás y dominio propio. Contra tales cosas no hay ley.”
Carta de San Pablo a los Gálatas, Capítulo 5, Versículo 22.
I. PERFIL Y COMPETENCIA PROFESIONAL
Consultor- Asesor en Gestión, estructuración legal, técnica y financiera de Proyectos Estratégicos Corporativos en Contratos de Obra Pública, Contratos de Concesiones Viales, Infraestructura de Transporte, y asuntos del Derecho Constitucional, Administrativo, Civil, Comercial, Responsabilidad Contractual, Extracontractual Civil y del Estado, Derecho de Daños, y Derecho Patrimonial.
Concesiones de Servicios Públicos de energía eléctrica, gas natural, combustible y comprimido, Hidrocarburos, refinería, telecomunicaciones, telefonía fija, básica conmutada, celulares, larga distancia nacional internacional, internet, trunking, televisión, canales y espacios, televisión comunitaria, nacional regional y satelital; Aseo, saneamiento básico, acueducto, aguas, alcantarillado y cloacas; tratamiento de residuos sólidos.
Concesiones de infraestructura del transporte terrestre de carga y pasajeros, terminales de transporte terrestre, concesiones de aeropuerto, concesiones de transporte férreo, concesiones de transporte marítimo y fluvial, licencias administrativas.
Estructuración de la matriz de riesgos contractuales en negocios civiles, comerciales, financieros, riesgos en los contratos administrativos de obras públicas y concesiones viales y de servicios públicos.
Asesoría y consultoría jurídica en reclamaciones económicas derivadas de los contratos, indemnizaciones patrimoniales del derecho de daños, responsabilidad contractual extracontractual, civil y del Estado, Asesorías en Derecho Patrimonial y reparación integral de daños resarcibles; Derecho Civil, Derecho Comercial, Derecho de Sociedades, Regulación, Derecho del Consumidor, y reclamaciones de siniestralidad en el Derecho de Seguros; Asesorí
John Rawls, autor del artículo titulado “La justicia como equidad: política, no metafísica”, fue un filósofo-político liberal estadounidense, de los más connotados en la segunda mitad del siglo XX, cuya obra de mayor trascendencia -por su carácter multidisciplinar en las Ciencias Sociales- fue “Teoría de la Justicia” (1971), resultando ser un aporte contemporáneo innegable, tanto para el estudio y debate académico sobre conceptos como justicia, equidad y redistribución, como por el análisis crítico al paradigma liberal, fundamentalmente en lo que respecta a la política económica y al diseño de políticas públicas.
CURRÍCULUM VITAE
Inocencio Meléndez Julio
Licenciado en Derecho
Licenciado en Administración de Empresas
PhD en Derecho Patrimonial y Contratación Contemporánea.
MSc. en Derecho de los Contratos Administrativos, Civiles, Comerciales y Financieros.
MSc. en Administración, con énfasis en Gestión y Estructuración de Contratos de Obra Pública, de Concesiones de Infraestructura del Transporte, Concesiones Viales y Servicios Públicos. Diploma de Estudios Avanzados D.E.A en Responsabilidad Contractual, Extracontractual Civil y del Estado con Suficiencia Investigadora en Derecho Civil- Contratos y Daños
Especialista en Derecho Administrativo Económico
Especialista en Derecho Público, Ciencias y Sociología Políticas
Especialista en Gobierno y Control Distritos Ciudades Capitales
Especialista en Derecho Procesal
La vida conforme al Espíritu de Dios. Los Frutos del Espíritu Santo: “ Lo que el espíritu produce es amor, alegría, paz, paciencia, amabilidad, bondad, fidelidad, humildad, oración, salud, servicio a los demás y dominio propio. Contra tales cosas no hay ley.”
Carta de San Pablo a los Gálatas, Capítulo 5, Versículo 22.
I. PERFIL Y COMPETENCIA PROFESIONAL
Consultor- Asesor en Gestión, estructuración legal, técnica y financiera de Proyectos Estratégicos Corporativos en Contratos de Obra Pública, Contratos de Concesiones Viales, Infraestructura de Transporte, y asuntos del Derecho Constitucional, Administrativo, Civil, Comercial, Responsabilidad Contractual, Extracontractual Civil y del Estado, Derecho de Daños, y Derecho Patrimonial.
Concesiones de Servicios Públicos de energía eléctrica, gas natural, combustible y comprimido, Hidrocarburos, refinería, telecomunicaciones, telefonía fija, básica conmutada, celulares, larga distancia nacional internacional, internet, trunking, televisión, canales y espacios, televisión comunitaria, nacional regional y satelital; Aseo, saneamiento básico, acueducto, aguas, alcantarillado y cloacas; tratamiento de residuos sólidos.
Concesiones de infraestructura del transporte terrestre de carga y pasajeros, terminales de transporte terrestre, concesiones de aeropuerto, concesiones de transporte férreo, concesiones de transporte marítimo y fluvial, licencias administrativas.
Estructuración de la matriz de riesgos contractuales en negocios civiles, comerciales, financieros, riesgos en los contratos administrativos de obras públicas y concesiones viales y de servicios públicos.
Asesoría y consultoría jurídica en reclamaciones económicas derivadas de los contratos, indemnizaciones patrimoniales del derecho de daños, responsabilidad contractual extracontractual, civil y del Estado, Asesorías en Derecho Patrimonial y reparación integral de daños resarcibles; Derecho Civil, Derecho Comercial, Derecho de Sociedades, Regulación, Derecho del Consumidor, y reclamaciones de siniestralidad en el Derecho de Seguros; Asesorí
La caduca disputa entre el iusnaturalismo y el iuspositivismo, por una teoría...Senker Arevalo
El presente ensayo y las páginas que lo integran pretenden aportar válidos y justificados argumentos
sobre aquellos paradigmas que han subsistido a lo largo de la historia de la filosofía del derecho y de la teoría general del derecho; me refiero a la naturaleza misma, el alcance y el fundamento de las escuelas iusnaturalista e iuspositivista. Del mismo modo se pretende explicar el fundamento de los derechos humanos desde las perspectivas de ambas escuelas y cómo la imperante corriente neoconstitucionalista se manifiesta en el mundo de estas dos vertientes de la filosofía jurídica.
trabajo de 5 semestre de derecho, realizado con el fin de dar a conocer conceptoc previos de sociologia juridica.
se sube para que sirva de ayuda a otros estudiantes.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
es un libro utilizado para el peritaje o estudio de los documentos y firmas, encontrara una guía completa que le servirá para emitir un dictamen técnico en la materia.
contiene ejemplos para una mejor interpretación, ente no solo es de carácter teórico si no que presenta las habilidades de origen técnico.
PRIMER TALLER DE CAPACITACION 1. NORMATIVA PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PP 2024 ...
La Concepción Tridimensional del Derecho
1. LA CONCEPCIÓN TRIDIMENSIONAL DEL DERECHO
En su libro Filosofía del Derecho Benigno Mantilla Pineda, nos dice:
"…el derecho es algo que se da en Ia sociedad, que se verifica en el plano social y, por
consiguiente, en un momento de Ia acción en sociedad".
Con anterioridad Hans Kelsen habría dicho: “Derecho es norma jurídica y no es nada más que
norma.” Este debate persiste hasta nuestros días, en el plano de las definiciones del sistema
jurídico, así como en la metodología de la investigación jurídica, es un debate tan profundo y
filosófico, del que depende, el ser, el no ser y el cómo hacer en el derecho, de su existencia misma,
no es una simple deducción que por ventura podríamos definir.
Por su parte Benigno Mantilla Pineda, seguidor de Miguel Reale, sostiene que, si las personas son
el fundamento y fin del derecho y siendo que ellas viven en sociedad no es una equivocación
sostener que en toda relación social existe un hecho que tiene lugar en el espacio y tiempo, y se
realiza un valor gracias a Ia mediación de Ia norma.
Comparto esta última posición, ya que en el marco de la investigación Jurídica y la sociología, el
derecho encuentra como su objeto de estudio a las fuentes del derecho (vale decir constitución
leyes reglamentos, ordenanzas decretos, jurisprudencia costumbre, etc.) y la realidad social, que
es interpretada por las ciencias sociales, las mismas que se constituyen como piedra angular en
su desarrollo, es claro que las fuentes del derecho solo podrán expresarse en tanto sea posible
una sociedad existente, se abstraen de ella y vuelven a ella como norma y reflejo de una relación
social, determinada por el espacio y el tiempo en la historia.
Cabe señalar, que complementariamente al soporte metodológico que tiene el derecho en la
sociología, la realidad social es tan trascendente que no habría forma de derecho, ni fuente de
derecho para su investigación jurídica, si la sociedad no manifiesta o expresa su aprobación.
Por ello resulta de suma importancia analizar la Teoría TRIDIMENSIONAL del Derecho, creada
por el jurista, filósofo y político brasileño Miguel Reale, quien sostiene que en toda experiencia
jurídica concurren tres dimensiones básicas que son el hecho social, valor y norma.
Miguel Reale, refutando Hans Kelsen, afirma que, cuando acontece un hecho social, en otras
palabras un modo de actuar, de pensar y de sentir que está fuera de nuestra conciencia individual;
concurre inmediatamente un valor a ese hecho social, esta valoración podrá ser negativa, positiva
o de otra índole, la misma que es convertida en una norma, condicionada por múltiples valores y
hechos.
Consiguientemente la norma jurídica es la indicación de un camino guiado desde un punto de
partida hacia una dirección, donde el punto de partida de la norma es el hecho, que nos guía hacia
determinado valor. Por tanto estos tres elementos, (dimensiones), son inseparables, el derecho
constituye la integración normativa de los hechos con la medida de los valores, razón por la que
sustenta que el derecho es norma, es hecho y es valor a la vez.
Finamente Mario Álvarez Ledesma, suscribe que el derecho es un sistema de regulación de la
conducta social, lo que nos lleva a expresar, que no hay norma jurídica si no concurre el hecho
social y los valores, no importa si alguno prevalece sobre el otro, ambos son condicionantes de la
norma reguladora de “la conducta social”.
2. Descripción de las dimensiones del derecho:
Dimensión fáctica (sociológica).
Es un fenómeno social, defiende que necesita de los valores y las normas para comprender de los
hechos.
Dimensión normativa.
Se refleja en las normas jurídicas que determinan una conducta social debida.
A diferencia de las otras dos dimensiones puede ejercer coacción para su cumplimiento.
Dimensión axiológica.
Requiere de los hechos y normas para comprender los valores en determinado espacio y tiempo.
Concibe al derecho como valor.
Los valores perseguidos por todo Derecho son la razón de la obligatoriedad de las normas
jurídicas.
Doble estándar valorativo del Derecho:
El derecho generador de valores jurídicos con carácter instrumental (Orden, seguridad,
igualdad).
El derecho portador de valores superiores, (la vida, la dignidad humana).
Ejemplos de cada dimensión del derecho.
Caso: Feminicidio en el Perú
Hecho: en el Año 2010 en Perú se han registrado 125 casos de feminicidio con un total de 130
víctimas, es un problema social, político, cultural, transgresión que afecta la vida de las mujeres,
es una situación de violencia contra la mujer.
Norma: El Congreso de la República Peruana, aprobó, la Ley 29819 que modifica el artículo 107
del Código Penal que tipifica el delito de feminicidio y establece como castigo una pena no menor
de 15 años de cárcel.
Valor: la libertad, el respeto, la igualdad y dignidad de la mujer dañados.
ABRIL 2017
RUBEN ALFREDO CUYUBAMBA TENICELA.
Sociólogo Peruano