1. INTEGRANTES:
SINCHE SALVADOR ANDREA K.
ARTEAGA MONTES FABIOLA
MORALES ESPINOZA, KATHERINE
GARCIAALVARADO BRITZY
BERNARDO ROBLES, JULISSA JAHEL
UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN
ESCUELA DE POSTGRADO
MAESTRÍA: GESTIÓN DE LA CONTAMINACIÓN II
AUDITORIA DE LEGALIDAD – MUNICIPALIDAD DE
METAN – EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY
DE PROTECCION DEL MEDIOAMBIENTE
2. 1. OBJETIVO DE LAAUDITORIA
Evaluar el
cumplimiento de la
Ley Nº 7.070 de
Protección del
Medio Ambiente de
la Provincia de Salta
y complementarias,
referidas a la
protección del
medioambiente
SUB OBJETIVOS
Evaluar la estructura y la organización con la
que cuenta el Municipio para llevar a
cabo la gestión medio ambiental.
Evaluar el grado de cumplimiento normativo
respecto a la disposición final de los residuos
domiciliarios.
Evaluar el grado de cumplimiento normativo
respecto a estudios de impacto ambiental y
social.
3. 2. ALCANCE DEL TRABAJO
DE AUDITORIA
CONSIDERACIONES GENERALES
La auditoría fue realizada
de conformidad con las
Normas Generales y
Particulares de Auditoría
Externa para el Sector
Público de la Provincia de
Salta, establecidas en la
Resolución Nº
61/01 de la Auditoría
General de la Provincia de
Salta
PROCEDIMIENTOS
Obtención de confirmación directa
de terceros.
Examen de documentación.
Inspecciones oculares.
Entrevistas a funcionarios de la
sub secretaria de Medio
Ambiente y Servicios Públicos.
4. ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN
MUNICIPAL RELACIONADO CON
MEDIO AMBIENTE
3. ACLARACIONES
PREVIAS
Mediante
Resolución N°
10/15 se designa
a Sr. Carlos
Coronel como
Subsecretario de
M.A y Servicios
Públicos.
RESIDUOS SOLIDOS
URBANOS (RSU)
Los RSU dispuestos en
un relleno sanitario de 4
has. ubicado a 6km al
norte de la ciudad de
Metan.
A la fecha del presente
informe se recepcionan
aproximadamente 45
toneladas de RSU por
día.
IMPACTO AMBIENTAL
Y SOCIAL
Se requirió el listado
de EIA en delante de
las obras propias y
terceros de la
municipalidad.
Hasta la fecha solo
existe EIA del
Relleno sanitario.
CLOACAS; EXTRACCION
DE ARIDOS Y
MATADEROS
a) Cloacas: A cargo de
compañía Salteña Aguas y
Saneamiento, informo que no se
requistran daños ambientales
por esta actividad.
b) Extracción de áridos: La
secretaria de minería realizo un
informe donde detallo que la
municipalidad no realiza
extracción de áridos por si
mismos.
c) Matadero: El municipio no cuenta
con matadero propio, el que existe es
privado habilitado por SENASA
5. 4. OBSERVACIONES
4.1. SE OBSERVA QUE EL
MUNICIPIO NO IMPLEMENTO
UN SISTEMA DE ESTUDIO DE
IMPACTO AMBIENTAL PARA
LAS OBRAS PUBLICAS Y
PRIVADAS.
4.2. FALTA DE
MANTENIMIENTO DE
VERTEDERO DE
SOLIDOS
4.3. EN EL VERTEDERO SE
OBSERVA LA PRESENCIA DE
NIÑOS Y PERSONAS AJENAS
AL VERTEDERO COMO ASI
TAMBIEN ANIMALES
4.4. PRESENCIA DE
SOBRE EL RIO CONCHAS, A
MODO DE BASURA
CLANDESTINA, CAMINO AL
VERTEDERO
No exigía a los
contratistas la
presentación de estos
estudios para enviarlos a
la Secretaria de
Medioambiente de la
Provincia.
Esto llevo a que el
vertedero se encuentre
en deterioro, donde se
constato in situ que no
cuenta con chimenea de
venteo ni
mantenimiento.
Incumpliendo a lo
establecido en el inc. A)
de Art 25 de la Ley N°
7.070
Incumpliendo a lo
establecido en la Ley N°
7.070 en su Art. 65
6. 4. OBSERVACIONES
4.5. PRESENCIA DE
DESECHOS EN BASURAS
CLANDESTINOS, EN LOS
LUGARES DENOMINADOS
CAMINO REAL; ZONA
BALDERRAMA, ETC.
4.6. PRESENCIA DE
DESECHOS EN ESTADO
DE COMBUSTION EN EL
VERTEDERO MUNICIPAL
DESDE TIEMPO
INDETERMINADO
4.7. FALTA DE RECICLAJE EN
ORIGEN, ES DECIR LA
SEPARACION DOMICILIARIO
Y SU POSTERIOR MANEJO
EN EL VERTEDERO SEGÚN
TIPO DE DESECHO
4.8. SE OBSERVA LA
PRESENCIA DE MENORES Y
TRABAJADORES SIN LA
PROTECCION ADECUADA
Incumpliendo a lo
establecido en la Ley N°
7.070 en su Art. 111
Incumpliendo a lo
establecido en la Ley N°
7.070 en su Art. 85
Incumpliendo a lo
establecido en la Ley N°
7.070 en su Art. 110
En la tareas de
clasificación y reciclaje
en los vertederos es
realizada por personas
ajenas.
7. 4. OBSERVACIONES
4.9. SE OBSERVA QUE LA
ADMINISTRACION
NO HA IMPLANTADO UN
SISTEMA DE GESTION
DESTINADO A QUE LOS
AGENTES MUNICIPALES
MANEJAN LOS RECURSOS
NATURALES
4.10 EL “PLAN DE
DE MANEJO DE RSU” NO
CONSTA QUE HUBIERA
SIDO APROBADO POR
RESOLUCION MUNICIPAL
NI ORDENANZA
4.11. EL MANEJO RSU DE LA
MUNICIPALIDAD NO PREVE
MEDIDAS DE HIGIENE Y
SEGURIDAD
4.12. SE OBSERVO QUE LA
MUNICIPALIDAD NO
Y POR ENDE NO
FONDOS DESTINADOS AL
TRATAMIENTO DE LOS RSU
Incumpliendo a lo
establecido en la Ley N°
7.070 en su Art. 63 y Art.
129
La municipalidad de
Metan realiza el manejo
de RSU en base a un
Plan no aprobado.
No contempla medidas
que mitiguen los altos
riesgos en la activad a
realizar.
En la Ley N° 7.070 en su
Art. 160 establece:
Los recursos del fondo
provincial del M.A.
tendrá como destino el
financiamiento diversas
actividades.
8. 4.13. EL PRESUPUESTO
MUNICIPAL, NO PREVE
UNA PARTIDA PARA EL
MANEJO DE LOS RSU
Incumpliendo a lo
establecido en la Ley N°
7.070 en su Art. 109 y Art.
180 del DR.
Art. 109; “Los
proyectos de
relleno sanitario,
públicos o
privados deben
incluir en su
presupuesto
planes de
remodelación y
recuperación de
terreno.
Art. 180; La ley
de protección
de M.A. fue
designado
como
responsable del
monitoreo y
control de
proyectos de
rellenos
sanitarios
públicos.
9. 5. RECOMENDACIONES
5.1. IMPLEMENTAR
UN SISTEMA DE
GESTION DE
IMPACTO
AMBIENTAL
Donde se
aconseja lo
siguiente:
Sancionar una
ordenanza
Diseñar e implementar un
circuito interno a seguir
en el área de obras
publicas
Prever una partida
presupuestaria especifica
para los gastos de
implementación.
Remitir a la secretaria de
Medio Ambiente los EIA