Artículo 1.- Objeto de la ley
La presente ley tiene por objeto regular la
utilización de la fi rma electrónica otorgándole la
misma validez y efi cacia jurídica que el uso de
una fi rma manuscrita u otra análoga que conlleve
manifestación de voluntad.
Los delincuentes que utilizan actos violentos para cometer sus hechos (cuando son innecesarios para el cometido del acto), lo hacen porque hay algo dentro de ellos que promueve el estímulo e incitación a la violencia expresiva. En los casos de los asesinos múltiples y en serie, aunque obviamente hay variaciones en su motivación y modus operandi, se ha podido determinar que existen entre ellos algunos rasgos comunes (pensamiento, historial, actitudes, comportamiento previo, estructura de sus razonamientos, acción), lo mismo pasa con los delincuentes sexuales, lo que ha permitido a los investigadores, elaborar perfiles de criminales al obtener un modelo de individuo, sobre hechos ocurridos, basados en la evidencia levantada en la escena del crimen.
Artículo 1.- Objeto de la ley
La presente ley tiene por objeto regular la
utilización de la fi rma electrónica otorgándole la
misma validez y efi cacia jurídica que el uso de
una fi rma manuscrita u otra análoga que conlleve
manifestación de voluntad.
Los delincuentes que utilizan actos violentos para cometer sus hechos (cuando son innecesarios para el cometido del acto), lo hacen porque hay algo dentro de ellos que promueve el estímulo e incitación a la violencia expresiva. En los casos de los asesinos múltiples y en serie, aunque obviamente hay variaciones en su motivación y modus operandi, se ha podido determinar que existen entre ellos algunos rasgos comunes (pensamiento, historial, actitudes, comportamiento previo, estructura de sus razonamientos, acción), lo mismo pasa con los delincuentes sexuales, lo que ha permitido a los investigadores, elaborar perfiles de criminales al obtener un modelo de individuo, sobre hechos ocurridos, basados en la evidencia levantada en la escena del crimen.
• Usar el formato y documentos relacionados con Cadena de Custodia, por parte de los integrantes del sistema, funcionarios públicos y los particulares que en razón de su trabajo o función entren en contacto con el lugar de los hechos o con los indicios.
• Usar el formato y documentos relacionados con Cadena de Custodia, por parte de los integrantes del sistema, funcionarios públicos y los particulares que en razón de su trabajo o función entren en contacto con el lugar de los hechos o con los indicios.
Resolución de sobreseimiento a félix yupanquiErbol Digital
Angélica Yupanqui, hermana de Félix Yupanqui alias “Quitacalzón”, imputado por el asesinato de los hermanos periodistas Peñasco, aseguró que el Ministerio Público no encontró ningún indicio en contra del acusado, quien fue sobreseído por una fiscal y eximido de culpa por un informe policial. - See more at: http://erbol.com.bo/noticia/seguridad/18022014/no_hallan_indicios_contra_quita_calzon_y_lo_presentaron_como_asesino#sthash.LVhd30C1.dpuf
1. TÉCNICAS DE
VERBALIZACIÓN
LENGUAJE ORAL EN LA FUNCIÓN POLICIAL
Por: Sgos. Ab. Reynaldo Vilcaguano
Paralelo: “B”
Tutor: Cbos. Ab. Henry Silva
Distrito Metropolitano de Quito – Zona No. 9
San Francisco de Quito 09 de diciembre de 2015
3. 2
Por: Reynaldo Vilcaguano
RELATO POLICIAL
Encontrándome trabajando en la ciudad de Guayaquil, la central de radio patrulla
me indica que avance hasta la Unidad de Vigilancia Sur (como en ese entonces se
le llamaba al cuartel que está ubicado en la ciudadela los Esteros), esto con el fin
de atender una llamada de una ciudadana quien había sido víctima de robo. Al
llegar al lugar me entrevisté con la señora en cuestión, indagándole sobre las
circunstancias en las que se había suscitado el robo, indicándome que el hecho no
había sucedido por el sector, sino en el centro de la ciudad a la altura de la Av. 9
de Octubre y Machala, en circunstancias que al salir de su lugar de trabajo su ex
conviviente se había acercado a ella, increpándola a que le entregue su teléfono
celular a lo que ella se ha negado en virtud de que ya no mantenían ningún tipo de
relación con él. Es así que utilizando la fuerza ha procedido a arranchar el teléfono
de sus manos y llevárselo, al tiempo que ha lanzado improperios en su contra y
todo tipo de calumnias.
Conocidos estos datos se le preguntó si sabía dónde podíamos ubicarlo además
que al tiempo ella me indicaba que mantenía una boleta de auxilio en contra de su
ex conviviente, lo que para mí pensar ayudaba en mi procedimiento.
Posterior y con datos proporcionados de la señora nos trasladamos hasta el barrio
Cuba a circular por los sitios por él frecuentados y del lugar de su residencia, y a
los pocos minutos entre un grupo de jóvenes la señora pudo reconocer la
presencia del individuo, inmediatamente con una advertencia directa se le indico
se detuviera “alto policía”, pidiéndole que se ubicara con las manos contra el
patrullero para realizarle un registro, al tiempo que se advertía del procedimiento
que tenían que adoptar los acompañantes, que como es de suponerse pusieron
resistencia en un momento, es así que se a ellos se les informó de los
pormenores previos a nuestro actuar y mostrando la orden de auxilio que
manteníamos en nuestro poder y que estaba girada en contra de su amigo, se
llegó a disuadir su contraposición y persuadir para que colaboren con el
procedimiento policial.
Mientras tanto el intervenido procedía verbalmente a agredir a la denunciante por
lo que se le advirtió que lo que hacía provoca una efectiva acción de la orden de
autoridad emitida mediante boleta de auxilio, que era su detención inmediata, a su
vez que en el registro no se localizó el teléfono celular.
Por las agresiones verbales a la denunciante se procedió a ser efectiva la boleta y
detener al intervenido, una vez en el patrullero y leídos sus derechos
constitucionales, y por pedido de la señora denunciante se actuó realizando una
mediación, para llegar a una conciliación sobre la devolución del teléfono celular
4. 3
Por: Reynaldo Vilcaguano
que minutos antes él mismo indicara que si lo tenía y que por celos se le habría
arrebatado, en estas circunstancias y minutos transcurridos mientras estábamos
en este procedimiento llegaron familiares quienes de manera descortés
increpaban contra los uniformados para la liberación del detenido y mostrando que
tenían el celular pero que lo entregarían siempre y cuando se dejara en libertad al
muchacho. Así pues se les informó de los hechos y que por la boleta y agresiones
estaba siendo detenido, pero que sería bueno que el teléfono lo devolvieran para
que no genere más problemas por el robo, tal es así que se medió la devolución
del artefacto, evitando la denuncia por robo, pero se procedió a la detención del
individuo por las agresiones verbales proferidas a la señora denunciante.
Tal es el caso que a la semana de suscitados los hechos se me había presentado
una denuncia en Asuntos Internos de la Policía Nacional supuestamente por una
detención ilegal, por lo que como es de costumbre fui llamado a las
investigaciones donde en varias entrevistas con el agente investigador y luego de
rendir versiones y presentar pruebas no se pudo determinar responsabilidad
alguna de un mal procedimiento, por el contrario al detenido se le había impuesto
una pena de quince día de privación de libertad.